REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. SI EL ASEGURADO O BENEFICIARIO, AL MOMENTO DE TENER CONOCIMIENTO DEL INCUMPLIMIENTO O CON POSTERIORIDAD A ÉSTE Y ANTERIOR AL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, FUERE DEUDOR DEL CONTRATISTA POR CUALQUIER CONCEPTO, SE APLICARÁ LA COMPENSACIÓN Y LA INDEMNIZACIÓN SE DISMINUIRÁ EN EL MONTO DE LAS ACREENCIAS, SEGÚN LA LEY, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 1714 Y SUBSIGUIENTES DEL CÓDIGO CIVIL. IGUALMENTE SE DISMINUIRÁ DEL VALOR DE LA INDEMNIZACIÓN EN EL DE LOS BIENES QUE LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA HAYA OBTENIDO DEL CONTRATISTA, JUDICIAL O EXTRAJUDICIALMENTE, EN EJERCICIO DE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL CONTRATO CUYO CUMPLIMIENTO SE GARANTIZA CON LA PRESENTE PÓLIZA.
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Samples: Garantía Única De Cumplimiento, Garantía Única De Cumplimiento
REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. SI EL ASEGURADO O – BENEFICIARIO, AL MOMENTO DE TENER CONOCIMIENTO DEL INCUMPLIMIENTO DEL TOMADOR – AFIANZADO O CON POSTERIORIDAD EN CUALQUIER MOMENTO POSTERIOR A ÉSTE ESTE Y ANTERIOR AL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, FUERE DEUDOR FUERE(N) DEUDORES(S) DEL CONTRATISTA TOMADOR / AFIANZADO POR CUALQUIER CONCEPTO, SE APLICARÁ LA COMPENSACIÓN Y LA INDEMNIZACIÓN SE DISMINUIRÁ EN EL MONTO DE LAS ACREENCIAS, ACREENCIAS SIEMPRE Y CUANDO ÉSTAS SEAN COMPENSABLES SEGÚN LA LEY. ESTA DISMINUCIÓN NO OPERARÁ CUANDO EXISTA UN ESQUEMA DE RETENCIÓN EN GARANTÍA CON EL TOMADOR / AFIANZADO PUES ESTE SERÁ UTILIZADA PARA EFECTOS DEL PAGO DE MULTAS O CLÁUSULA PENAL, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 1714 Y SUBSIGUIENTES DEL CÓDIGO CIVILSI EL CONTRATO PROVEE DICHAS CLAUSULAS. IGUALMENTE SE DISMINUIRÁ DEL VALOR EL MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN SE DISMINUIRÁ TAMBIÉN EN EL VALOR DE LOS BIENES HABERES O DERECHOS QUE LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA EL ASEGURADO HAYA OBTENIDO DEL CONTRATISTA, JUDICIAL O EXTRAJUDICIALMENTE, EXTRAJUDICIALMENTE EN EJERCICIO DE LAS ACCIONES LEGALES DERIVADAS DEL CONTRATO CUYO CUMPLIMIENTO SE GARANTIZA CON AMPARADO. NO HABRÁ REDUCCIÓN DE LA PRESENTE PÓLIZASUMA ASEGURADA EN CASO DE INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA OBLIGACIÓN ASEGURADA Y SERÁ OBJETO DE INDEMNIZACIÓN, EL VALOR TOTAL DE LOS PERJUICIOS DEMOSTRADOS GENERADOS POR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS, DENTRO DE LOS LÍMITES ASEGURADOS.
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Samples: Seguros De Cumplimiento
REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. SI EL ASEGURADO O BENEFICIARIOASEGURADO, AL MOMENTO DE TENER CONOCIMIENTO DEL INCUMPLIMIENTO DESCUBRIR EL SINIESTRO O POSTERIORMENTE A ESTE Y CON POSTERIORIDAD A ÉSTE Y ANTERIOR ANTERIORIDAD AL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, FUERE DEUDOR DEBERÁ RELACIONAR EL VALOR DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, QUE LEGALMENTE PUEDEN SER RETENIDAS Y CONSIGNARLAS A NOMBRE DEL CONTRATISTA POR CUALQUIER CONCEPTOTRABAJADOR O TRABAJADORES, EN EL JUZGADO QUE ADELANTA LA RESPECTIVA INVESTIGACIÓN, PARA QUE LA JUSTICIA DECIDA SI ESTE O ESTOS HAN PERDIDO EL DERECHO A RECIBIRLA(S). EN CASO DE PÉRDIDA DEL DERECHO, EL VALOR DE TALES DEUDAS SE APLICARÁ EN LA COMPENSACIÓN Y SIGUIENTE FORMA:
A. SI NO SE HA EFECTUADO LA INDEMNIZACIÓN SE DISMINUIRÁ EN INDEMNIZACIÓN, A DISMINUIR EL MONTO DE LAS ACREENCIAS, SEGÚN LA LEY, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 1714 Y SUBSIGUIENTES DEL CÓDIGO CIVIL. IGUALMENTE SE DISMINUIRÁ DEL VALOR DE LA INDEMNIZACIÓN EN EL DE LOS BIENES QUE LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA HAYA OBTENIDO DEL CONTRATISTA, JUDICIAL O EXTRAJUDICIALMENTE, EN EJERCICIO DE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL CONTRATO CUYO CUMPLIMIENTO SE GARANTIZA CON LA PRESENTE PÓLIZAPÉRDIDA.
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Samples: Póliza De Seguro Todo Riesgo
REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. SI EL ASEGURADO O BENEFICIARIO, AL MOMENTO DE TENER CONOCIMIENTO DEL INCUMPLIMIENTO O CON POSTERIORIDAD A ÉSTE Y ANTERIOR AL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, FUERE DEUDOR DEL CONTRATISTA AFIANZADO POR CUALQUIER CONCEPTO, SE APLICARÁ LA COMPENSACIÓN Y LA INDEMNIZACIÓN SE DISMINUIRÁ EN EL MONTO DE LAS ACREENCIAS, SEGÚN LA LEY, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 1714 Y SUBSIGUIENTES DEL CÓDIGO CIVIL. IGUALMENTE SE DISMINUIRÁ DEL VALOR DE LA INDEMNIZACIÓN EN EL DE LOS BIENES QUE LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA HAYA OBTENIDO DEL CONTRATISTAAFIANZADO, JUDICIAL O EXTRAJUDICIALMENTE, EN EJERCICIO DE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL CONTRATO CUYO CUMPLIMIENTO SE GARANTIZA CON AFIANZA POR LA PRESENTE PÓLIZA.
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Samples: Póliza De Cumplimiento
REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. SI EL ASEGURADO O BENEFICIARIOASEGURADO, AL MOMENTO DE TENER CONOCIMIENTO DEL INCUMPLIMIENTO DESCUBRIR EL SINIESTRO O POSTERIORMENTE Y CON POSTERIORIDAD A ÉSTE Y ANTERIOR ANTERIORIDAD AL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, FUERE DEUDOR DEBERÁ RELACIONAR EL VALOR DE LAS PRESTACIONES SOCIALES QUE LEGALMENTE PUEDAN SER RETENIDAS Y CONSIGNARLAS A NOMBRE DEL CONTRATISTA TRABAJADOR, EN EL JUZGADO QUE ADELANTA EL RESPECTIVO PROCESO CUANDO ELLO SEA FACTIBLE A LA LUZ DE LA LEGISLACIÓN LABORAL VIGENTE; PARA QUE LA JUSTICIA DECIDA SI HA PERDIDO EL DERECHO A RECIBIRLAS. EN CASO DE PÉRDIDA DEL DERECHO, EL VALOR DE TALES PRESTACIONES SE DESTINARÁ:
A. SI NO SE HA EFECTUADO EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, A DISMINUIR EL MONTO DE LA PÉRDIDA.
B. SI YA SE HA EFECTUADO EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, EL ASEGURADO, DESPUÉS DE REEMBOLSARSE EL EXCESO DE SU PÉRDIDA SOBRE EL VALOR DEL SEGURO, DEBERÁ ENTREGAR EL EXCEDENTE A LA ASEGURADORA, HASTA CONCURRENCIA DEL VALOR INDEMNIZADO. PARÁGRAFO: SI EL ASEGURADO ESTUVIESE EXONERADO DEL PAGO PROPORCIONAL DE LA PRIMA DE SERVICIOS POR CUALQUIER CONCEPTOHABER DADO POR TERMINADO EL CONTRATO POR JUSTA CAUSA, SE APLICARÁ LA COMPENSACIÓN Y EL MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN SE DISMINUIRÁ REDUCIRÁ EN EL MONTO UNA SUMA IGUAL A LA DE LAS ACREENCIAS, SEGÚN LA LEY, DICHA PRIMA DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 1714 Y SUBSIGUIENTES DEL CÓDIGO CIVIL. IGUALMENTE SE DISMINUIRÁ DEL VALOR DE LA INDEMNIZACIÓN EN EL DE LOS BIENES QUE LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA HAYA OBTENIDO DEL CONTRATISTA, JUDICIAL O EXTRAJUDICIALMENTE, EN EJERCICIO DE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL CONTRATO CUYO CUMPLIMIENTO SE GARANTIZA CON LA PRESENTE PÓLIZASERVICIOS.
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REDUCCIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN. SI EL ASEGURADO O BENEFICIARIO, EL BENEFICIARIO AL MOMENTO DE TENER CONOCIMIENTO DEL INCUMPLIMIENTO O CON POSTERIORIDAD EN CUALQUIER MOMENTO POSTERIOR A ÉSTE Y ANTERIOR AL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, FUERE DEUDOR DEL CONTRATISTA GARANTIZADO POR CUALQUIER CONCEPTO, SE APLICARÁ LA COMPENSACIÓN Y LA INDEMNIZACIÓN INDEMNI- ZACIÓN SE DISMINUIRÁ EN EL MONTO DE LAS ACREENCIAS, ACREEN- CIAS SIEMPRE Y CUANDO ÉSTAS SEAN COMPENSABLES SEGÚN LA LEY, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 1714 Y SUBSIGUIENTES SIGUIENTES DEL CÓDIGO CIVIL. IGUALMENTE LOS MONTOS ASÍ COMPENSADOS SE DISMINUIRÁ DISMINUIRÁN DEL VALOR DE LA INDEMNIZACIÓN. DISMINUIRÁ TAMBIÉN LA INDEMNIZACIÓN EN EL VALOR DE LOS BIENES HABERES O DERECHOS QUE LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA EL ASEGURADO O EL BENEFICIARIO HAYA OBTENIDO DEL CONTRATISTA, JUDICIAL O EXTRAJUDICIALMENTE, EXTRA- JUDICIALMENTE EN EJERCICIO DE LAS ACCIONES DERIVADAS DEL CONTRATO CUYO CUMPLIMIENTO SE GARANTIZA CON DE LA PRESENTE OBLIGACIÓN ASEGURADA MEDIANTE ESTA PÓLIZA, O SUS CERTIFICADOS DE APLICACIÓN PREVISTOS O NO EN AQUELLA.
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Samples: Guarantee Agreement