Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar en concepto de comisión por su función un monto inicial pagadero por única vez aproximadamente $ 248.974 (Pesos doscientos cuarenta y ocho mil novecientos setenta y cuatro), más una remuneración de: (i) aproximadamente de $ 124.487 (Pesos ciento veinticuatro mil cuatrocientos ochenta y siete), más IVA, mensuales, durante los primeros seis meses desde la fecha del presente Contrato de Fideicomiso; y (ii) de aproximadamente $ 143.160 (Pesos ciento cuarenta y tres mil ciento sesenta), más IVA, mensuales, desde el séptimo mes desde la fecha del presente Contrato de Fideicomiso hasta su liquidación. Tales honorarios, como así también los que se devenguen durante los meses siguientes, podrán sufrir actualizaciones según se acuerden entre las partes.
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar en concepto de comisión por su función un monto que podrá fijarse en hasta la suma de $ 4.000 (pesos cuatro mil) mensuales más IVA hasta el 31 de enero de 2013 y de $ 4.500 (pesos cuatro mil quinientos) mensuales más IVA desde el 1 de febrero de 2013
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar en concepto de comisión por su función un monto que podrá fijarse en hasta la suma de $ 3.500 (pesos tres mil quinientos) mensuales más IVA.
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar en concepto de honorarios por su función una remuneración que para el mes de diciembre de 2020 será de aproximadamente $66.800 (Pesos sesenta y seis mil ochocientos). Para los meses siguientes los honorarios se fijarán de común acuerdo entre las partes.
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar en concepto de comisión por su función un monto inicial pagadero por única vez de aproximadamente $83.900 (Pesos ochenta y tres mil novecientos) más una remuneración de: (i) aproximadamente $82.200 (Pesos ochenta y dos mil doscientos), más IVA, mensuales, durante los primeros seis meses desde la fecha del presente Contrato de Fideicomiso; y (ii) de aproximadamente
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar en concepto de honorarios por su función un monto inicial pagadero por única vez aproximadamente $ 160.000 (Pesos ciento sesenta mil), más una remuneración de: (i) aproximadamente $ 75.000 (Pesos setenta y cinco mil), más IVA, mensuales, durante los primeros seis meses desde la fecha del presente Contrato de Fideicomiso; y (ii) de aproximadamente $ 115.000 (Pesos ciento quince mil ), más IVA, mensuales, desde el séptimo mes desde la fecha del presente Contrato de Fideicomiso hasta su liquidación. Tales honorarios, como así también los que se devenguen durante los meses siguientes, podrán sufrir actualizaciones según se acuerden entre las partes.
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a percibir en concepto de honorarios por la realización de las tareas a su cargo bajo el Contrato de Fideicomiso, una comisión mensual de $ 8.000(Pesos ocho mil) más IVA hasta la liquidación del Fideicomiso.
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar por la realización de la revisión inicial de los Documentos la suma de $ 11.250.- (pesos once mil doscientos cincuenta) más IVA. La remuneración por su función será de $ 9.500.- (pesos nueve mil quinientos) más IVA mensuales para el año 2018 y $ 11.000.- (pesos once mil) más IVA mensuales para el año 2019.
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar en concepto de comisión por su función un monto que podrá fijarse en hasta la suma de
Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho a cobrar en concepto de comisión por su función un monto que podrá fijarse en hasta la suma de $ 20.000 (pesos veinte mil) mensuales más IVA hasta el 31 de diciembre de 2019. A partir del 01 de enero de 2020 tendrá derecho a cobrar en concepto de comisión un monto que podrá fijarse en hasta la suma de $25.000 (pesos veinticinco mil) mensuales más IVA.