Renovación automática de un Periodo de Suscripción Cláusulas de Ejemplo

Renovación automática de un Periodo de Suscripción. Para los clientes del Acuerdo IBM International Passport Advantage o el Acuerdo IBM International Passport Advantage Express, las condiciones de los dos primeros párrafos de la Sección 3.5.4 del Acuerdo: Renovación Anual de Subscripción y Soporte de Software y Soporte Seleccionado, incluidos los términos aplicables exclusivos de cada país, son aplicables a esta oferta de IBM SaaS, salvo que (a) para la finalidad de estas Condiciones de Uso, las palabras "subscripción y soporte de software" o "Soporte Seleccionado" se sustituyen por las palabras "Periodo de Subscripción de IBM SaaS", y (b) a fin de evitar una renovación automática del Periodo de Suscripción de IBM SaaS, el Cliente deberá proporcionar a IBM y por escrito un aviso de cancelación 90 días antes del final del Periodo de Suscripción vigente.
Renovación automática de un Periodo de Suscripción. Las condiciones de los primeros dos párrafos de la Cláusula 3.5.4 del Acuerdo: Renovación Anual de Suscripción y Soporte de Software y Soporte Seleccionado, incluidas las condiciones exclusivas para cada país, son aplicables a esta oferta IBM SaaS, salvo a los efectos de las presentes Condiciones de Uso: a. las palabras "subscripción y soporte de software" o "Soporte Seleccionado" se sustituyen por las palabras "Periodo de Subscripción de IBM SaaS"; y b. para evitar que el Periodo de Suscripción de IBM SaaS se renueve automáticamente, el Cliente debe avisar a IBM de la cancelación por escrito y con noventa (90) días de antelación antes del final del Periodo de Suscripción aplicable.
Renovación automática de un Periodo de Suscripción. El Cliente puede renovar el Período de Suscripción de IBM SaaS que vaya a expirar mediante una autorización por escrito para su renovación (por ejemplo, formulario de pedido u orden de pedido), antes de la fecha de expiración, según las condiciones del Acuerdo. SI IBM NO RECIBE DICHA AUTORIZACIÓN EN LA FECHA DE EXPIRACIÓN, EL PERIODO DE SUSCRIPCIÓN DE IBM SaaS QUE VAYA A EXPIRAR SE RENOVARÁ AUTOMÁTICAMENTE POR EL PLAZO DE UN AÑO AL MISMO PRECIO Y FRECUENCIA DE FACTURACIÓN, A MENOS QUE, ANTES DE LA FECHA DE EXPIRACIÓN, IBM RECIBA, YA SEA DIRECTAMENTE DEL CLIENTE O A TRAVÉS DEL DISTRIBUIDOR DEL CLIENTE, SEGÚN CORRESPONDA, LA NOTIFICACIÓN ESCRITA POR PARTE DEL CLIENTE DE QUE ÉSTE NO DESEA UNA RENOVACIÓN. DE LO CONTRARIO, EL CLIENTE ACEPTA PAGAR DICHOS CARGOS DE RENOVACIÓN.
Renovación automática de un Periodo de Suscripción. Las condiciones de los dos primeros párrafos de la Sección 3.5.4 del Acuerdo: Renovación Anual de Subscripción y Soporte de Software y Soporte Seleccionado, incluidos los términos aplicables exclusivos de cada país, son aplicables a esta oferta de IBM SaaS, salvo a los efectos de las presentes Condiciones de Uso; las palabras "subscripción y soporte de software" o "Soporte Seleccionado" se sustituyen por las palabras "Periodo de Subscripción de IBM SaaS".
Renovación automática de un Periodo de Suscripción. El Cliente puede renovar el Período de Suscripción de IBM SaaS que vaya a expirar mediante una autorización por escrito para su renovación (por ejemplo, formulario de pedido u orden de pedido), antes de la fecha de expiración, según las condiciones del Acuerdo. SI IBM NO RECIBE DICHA AUTORIZACIÓN EN LA FECHA DE EXPIRACIÓN, EL PERIODO DE SUSCRIPCIÓN DE IBM SaaS QUE VAYA A EXPIRAR SE RENOVARÁ AUTOMÁTICAMENTE POR EL PLAZO DE UN AÑO AL MISMO PRECIO Y FRECUENCIA DE FACTURACIÓN, A MENOS QUE, ANTES DE LA FECHA DE EXPIRACIÓN, IBM RECIBA, YA SEA DIRECTAMENTE DEL CLIENTE O A TRAVÉS DEL DISTRIBUIDOR DEL CLIENTE, SEGÚN CORRESPONDA, LA NOTIFICACIÓN ESCRITA POR PARTE DEL CLIENTE DE QUE ÉSTE NO DESEA UNA RENOVACIÓN. DE LO CONTRARIO, EL CLIENTE ACEPTA PAGAR DICHOS CARGOS DE RENOVACIÓN. Las siguientes ofertas de IBM SaaS y los servicios remotos están sujetos a renovación automática del Periodo de Suscripción: ● IBM DemandTec Advanced Analytics Managed Cloud Delivery ● IBM DemandTec Price Management - Servicios de Habilitación de Plataforma ● IBM DemandTec Price Optimization -Servicios de Habilitación de Plataforma ● IBM DemandTec Price and Promotion Optimization - Servicios de Habilitación de Plataforma ● IBM DemandTec Promotion Optimization - Servicios de Habilitación de Plataforma ● IBM DemandTec Promotion Planning - Servicios de Habilitación de Plataforma
Renovación automática de un Periodo de Suscripción. Las condiciones de los dos primeros párrafos de la Sección 3.5.4 del Acuerdo: Renovación Anual de Subscripción y Soporte de Software y Soporte Seleccionado, incluidos los términos aplicables exclusivos de cada país, son aplicables a esta oferta de DM SaaS, salvo a los efectos de las presentes Condiciones de Uso: (a) las palabras "subscripción y soporte de software" o "Soporte Seleccionado" se sustituyen por las palabras "Periodo de Subscripción de DM SaaS", y (b) a fin de evitar una renovación automática del Periodo de Suscripción de DM SaaS, el Cliente deberá proporcionar a IBM y por escrito un aviso de cancelación 90 días antes del final del Periodo de Suscripción vigente. En el caso de que IBM haya retirado DM SaaS en su totalidad de conformidad con la Sección 5.6 del Acuerdo, la Suscripción de DM SaaS no se renovará automáticamente.

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  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • PERIODO DE GARANTÍA Deberá ser durante la vigencia del contrato.

  • CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).

  • De La Declaratoria De Desierto O De La Cancelación Del Proceso 1.- De la Declaratoria de Desierto a) Cuando no se presente postulantes al proceso. b) Cuando ninguno de los postulantes cumple los requisitos mínimos. c) Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, no se obtiene puntaje mínimo en las etapas de la evaluación.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.