Reposición de prendas. A los trabajadores que procedan, comprendidos en el presente Convenio, incluidos los que procedan de empresas de trabajo temporal, se les proveerá obligatoriamente por parte de la empresa de uniformes y otras prendas en concepto de útiles de trabajo de las conocidas y típicas para la realización de las distintas y diversas actividades que el uso viene aconsejando. La provisión de tales prendas se ha de hacer al comenzar la relación laboral entre la empresa y el trabajador en número de dos prendas que se repondrán en anualidades sucesivas, de manera conveniente a al menos en la mitad de las mismas.
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Reposición de prendas. A los trabajadores que procedan, comprendidos en el presente Convenio, incluidos los que procedan de empresas de trabajo temporalconvenio, se les proveerá obligatoriamente proveerá, obli- gatoriamente, por parte de la empresa empresa, de uniformes y a otras prendas prendas, en concepto de útiles úti- les de trabajo trabajo, de las conocidas y típicas para la realización de las distintas y diversas actividades activi- dades que el uso viene aconsejando. La provisión de tales prendas se ha de hacer al comenzar la relación laboral entre la empresa empre- sa y el trabajador trabajador, en número de dos prendas prendas, que se repondrán en anualidades sucesivas, de manera conveniente a conveniente, o al menos en la mitad de las mismas.
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Reposición de prendas. A los trabajadores que procedan, comprendidos en el presente Convenio, incluidos los que procedan de empresas de trabajo temporalconvenio, se les proveerá obligatoriamente proveerá, obligatoriamente, por parte de la empresa empresa, de uniformes y a otras prendas prendas, en concepto de útiles de trabajo trabajo, de las conocidas y típicas para la realización de las distintas y diversas actividades acti- vidades que el uso viene aconsejando. La provisión de tales prendas se ha de hacer al comenzar la relación laboral entre la empresa y el trabajador trabajador, en número de dos prendas prendas, que se repondrán en anualidades sucesivas, de manera conveniente a conveniente, o al menos en la mitad de las mismas.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio De Colaboración
Reposición de prendas. A los trabajadores que procedan, comprendidos en el presente Convenio, incluidos los que procedan de empresas de trabajo temporal, se les proveerá obligatoriamente por parte de la empresa de uniformes y otras prendas en concepto de útiles de trabajo de las conocidas y típicas tí- picas para la realización de las distintas y diversas actividades que el uso viene aconsejando. La provisión de tales prendas se ha de hacer al comenzar la relación laboral entre la empresa empre- sa y el trabajador en número de dos prendas que se repondrán en anualidades sucesivas, de manera conveniente a al menos en la mitad de las mismas.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo