REPRESENTANTE TÉCNICO. La persona que designe la contratista para ser representada durante la ejecución de la obra, que deberá revestir la calidad de profesional universitario Arquitecto o Ingeniero Civil, en correspondencia con la Inspección de Obra y según las características de la obra a ejecutar, que deberá estar inscripto en el Colegio o Consejo Profesional que correspondiera. Está obligado a presentar antes de la firma del contrato y formando parte de la documentación respectiva, el duplicado de la Orden de Trabajo conformada por el Consejo o Colegio Profesional correspondiente. (Art. 42 LOP Nº 5854 -texto consolidado-).
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REPRESENTANTE TÉCNICO. La persona que designe la contratista para ser representada durante la ejecución de la obra, que deberá revestir la calidad de profesional universitario Arquitecto o Ingeniero Civil, en correspondencia con la Inspección de Obra y según las características de la obra a ejecutar, que deberá estar inscripto en el Colegio o Consejo Profesional que correspondiera. Está obligado a presentar antes de la firma del contrato y formando parte de la documentación respectiva, el duplicado de la Orden de Trabajo conformada por el Consejo o Colegio Profesional correspondiente. (Art. 42 LOP Nº 5854 -texto consolidado-Nº5854).
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