DURACION Cláusulas de Ejemplo

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DURACION. La duración de la unión temporal, en caso de salir favorecida con la adjudicación, será igual al plazo del contrato del contrato y un (1) año más. En todo caso la unión temporal durará todo el término necesario para liquidar el contrato y atender las garantías prestadas. En caso de que la Propuesta presentada por la unión temporal no resulte favorecida, la vigencia del presente Acuerdo se extinguirá de manera automática.
DURACION. La duración del presente contrato es por un plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) años, forzosos para ambas partes (salvo lo señalado en los numerales 10.1 y 10.2 del presente contrato), iniciándose el 23 de setiembre de 2005 y vence el 22 de setiembre de 2015. No obstante ello, a su finalización, las partes podrán acordar la celebración de un nuevo contrato bajo los mismos términos y estipulaciones que los de este contrato. El computo del plazo, a efectos de de la renta, empezará a regir a partir de la fecha en que ocurra cualquiera de los siguientes actos, el que sea anterior a: Que la municipalidad del sector, apruebe la licencia definitiva para la instalación o construcción en el Área Arrendada de la Estación Radio Base de Telefonía Celular, que es el objeto esencial del contrato; Que la arrendataria inicie las labores de construcción o instalación en el Área Arrendada. Con una anticipación no menor de tres (3) meses de la fecha del vencimiento del plazo, cualquiera de las partes podrá comunicar a la otra, por conducto notarial, su deseo de no celebrar un nuevo contrato respecto del Área Arrendada. De ser ése el caso, el arrendamiento concluirá al vencimiento del plazo correspondiente para el Área Arrendada. De no remitirse dicha comunicación, las partes acuerdan expresamente que, al amparo de las facultades que les concede el artículo 142º del Código Civil, se entenderá mutua y recíprocamente emitida una declaración de voluntad en el sentido de celebrar un nuevo contrato de arrendamiento por diez (10) años adicionales, cuya vigencia se iniciará al día siguiente del vencimiento del plazo inicial y bajo las mismas condiciones contractuales aquí establecidas, salvo acuerdo distinto y expreso de las partes para modificarlas. Al término del contrato, LA ARRENDATARIA desocupará el Área Arrendada, salvo que se celebre un nuevo contrato conforme al numeral 4.2 anterior o se renueve el contrato. En caso se hayan producido mejoras necesarias o útiles que no pudieran ser separadas del inmueble sin causarle daño, éstas quedarán para EL ARRENDADOR sin costo alguno. En el supuesto que durante el plazo de vigencia del contrato, EL ARRENDADOR decidiese enajenar el Área Arrendada a un tercero; aquél se compromete expresamente a que dicho tercero respetará el plazo y la totalidad de las estipulaciones establecidas en el referido contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 1708° del Código Civil. Dicha obligación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ deberá figurar expresamente y bajo responsabilida...
DURACION. El presente contrato tendrá la duración de UN AÑO, llegado el día de vencimiento se prorrogara obligatoriamente para el arrendador por plazos anuales hasta que alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario, con un mínimo de treinta días a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, manifieste al arrendador su voluntad de renovarlo. Llegada la fecha de vencimiento del contrato una vez transcurridos los cinco años y las partes nos se hubiesen notificado, al menos con un mes de antelación su voluntad de renovarlo, se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años.
DURACION. El presente contrato tendrá una duración de un año (UN AÑO) a contar desde el momento de la firma del mismo por ambas partes, y entrará en vigor al día siguiente de su firma. Transcurrido el citado plazo de un año, el contrato se prorrogará automáticamente por periodos sucesivos de un año, siempre y cuando ninguna de las partes lo denunciase de forma fehaciente con una antelación mínima de 15 días a la fecha de finalización del contrato. Si bien con el aviso de 1 mes antes se podrá cancelar el contrato en cualquier momento.
DURACION. Este servicio de BANCA ELECTRÓNICA O BANCA EN LÍNEA se contrata por tiempo indefinido. Sin embargo, cualquiera de las partes puede darlo por terminado en cualquier momento, de conformidad con lo establecido por la cláusula No. 49 de las CONDICIONES GENERALES de este contrato.
DURACION. El presente contrato tendrá una duración de un (1) año el cual podrá ser prorrogado automáticamente por idéntico termino, en caso que ninguna de las partes manifieste su intención de darlo por terminado con una antelación no inferior a treinta (30) días calendario a la fecha prevista para la terminación.
DURACION. El término de duración del presente contrato es de NOVENTA (90) DÍAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO, PREVIA APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS REQUERIDAS POR LA UNIVERSIDAD, CLAUSULA
DURACION. El plazo de duración del contrato será UN AÑO, surtiendo efectos a partir del ---- de de 200-. Llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales y hasta alcanzar una duración de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador y a la SOCIEDAD, su voluntad de no renovarlo. Dicha comunicación deberá hacerse de forma fehaciente, como mínimo, con treinta días de antelación a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. A la fecha del vencimiento de la cuarta prórroga obligatoria, el contrato quedará extinguido de pleno derecho, y el arrendatario estará obligado a devolver al arrendador las llaves y la libre posesión y disposición de la finca objeto del mismo, quedando desde este momento notificado de la voluntad del arrendador de no renovar el contrato (sin perjuicio de que el arrendador le reitere esta notificación, si ello fuere necesario, al menos con un mes de antelación a la indicada fecha). Se establece de forma expresa que el contrato no será prorrogado en la anualidad siguiente si el arrendador necesita la vivienda para sí, en virtud de lo establecido en el art. 9.3 de la ▇▇▇. Este hecho deberá ser comunicado por el arrendador, tanto al arrendatario como a la Sociedad, 30 días antes de la entrada en vigor de la prórroga.
DURACION. Este contrato se otorga por la temporada de días, desde el día de , a las 12.00 pm, y quedará automáticamente resuelto sin necesidad de aviso alguno, el día de , a las 12.00 pm a las 12.00 pm debiendo La Parte Arrendataria entregar las llaves con anterioridad. La Parte Arrendataria deberá abandonar la finca en el estado en que la encontró, dejándola libre de efectos y enseres y permaneciendo en perfecto estado los servicios de que dispone y los muebles y enseres citados en el Expositivo I, sin quepa prorroga del mismo salvo acuerdo escrito entre las partes.
DURACION. La estancia máxima se establece por un plazo de 24 meses pudiendo ser prorrogado por otro periodo máximo de doce meses adicional.