REQUISITOS GENERALES. 11.2.1. Cada empresa no podrá presentar más de una proposición (sin perjuicio de las variantes que en su caso autorice la Carátula) ni individualmente, ni como miembro de más de una unión temporal de empresa. Y, quien participe individualmente no podrá participar en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas suscritas en contravención a las mismas. 11.2.2. Podrán participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigida en la Carátula de este pliego (punto 29 de la Carátula). 11.2.3. Así mismo, las empresas deberán disponer de la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que ejecuten. 11.2.4. Las personas jurídicas sólo podrán participar en contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. 11.2.5. En el caso de que el punto de la Carátula reserve el contrato a determinadas entidades, únicamente podrá participar quien, además de los demás requisitos de capacidad y solvencia, acredite estar en condiciones de cumplir dicha reserva (véase el punto 27 de la Carátula).
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Suministros, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Suministros
REQUISITOS GENERALES. 11.2.1. 11.2.1.- Cada empresa no podrá presentar más de una proposición (sin perjuicio de las variantes que en su caso autorice la Carátula) ni individualmente, ni como miembro de más de una unión temporal de empresa. Y, quien participe individualmente no podrá participar en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas suscritas en contravención a las mismas.
11.2.2. 11.2.2.- Podrán participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigida en la Carátula de este pliego (punto 29 de la Carátula).
11.2.3. 11.2.3.- Así mismo, las empresas deberán disponer de la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que ejecuten.
11.2.4. 11.2.4.- Las personas jurídicas sólo podrán participar en contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
11.2.5. 11.2.5.- En el caso de que el punto de la Carátula reserve el contrato a determinadas entidades, únicamente podrá participar quien, además de los demás requisitos de capacidad y solvencia, acredite estar en condiciones de cumplir dicha reserva (véase el punto 27 de la Carátula).
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Samples: Suministros, Suministros
REQUISITOS GENERALES. 11.2.1. 11.1.1.- Cada empresa no podrá presentar más de una proposición o solicitud de participación (sin perjuicio de las variantes que en su caso autorice la Carátula) ni individualmente, ni como miembro de más de una unión temporal de empresaempresas. Y, quien participe individualmente no podrá participar en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas o solicitudes de participación suscritas en contravención a las mismas.
11.2.2. 11.1.2.- Podrán participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que acrediten la su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en su caso, la clasificación exigida en la Carátula de este pliego (punto 29 23 de la Carátula).
11.2.3. 11.1.3.- Así mismo, las empresas licitadoras deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, así como, de la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que ejecuten.
11.2.4. 11.1.4.- Las personas jurídicas sólo podrán participar en licitar a contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
11.2.5. En el caso de que el punto de la Carátula reserve el contrato a determinadas entidades, únicamente podrá participar quien, además de los demás requisitos de capacidad y solvencia, acredite estar en condiciones de cumplir dicha reserva (véase el punto 27 de la Carátula).
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Samples: Contract for Services
REQUISITOS GENERALES. 11.2.1. 11.2.1.- Cada empresa no podrá presentar más de una proposición (sin perjuicio de las variantes que en su caso autorice la Carátula) ni individualmente, ni como miembro de más de una unión temporal de empresaempresas. Y, quien participe individualmente no podrá participar en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas suscritas en contravención a las mismas.
11.2.2. Podrán participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, 11.2.2.- Para contratar es necesario que la empresa tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas esté incursa en prohibición de contratar y que acrediten la acredite su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en su caso, la clasificación exigida en la Carátula de este pliego (punto 29 de la Carátula).
11.2.3. 11.2.3.- Así mismo, las empresas deberán disponer de la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que ejecuten.
11.2.4. 11.2.4.- Las personas jurídicas sólo podrán participar en contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
11.2.5. 11.2.5.- En el caso de que el punto de la Carátula reserve el contrato a determinadas entidades, únicamente podrá participar quien, además de los demás requisitos de capacidad y solvencia, acredite estar en condiciones de cumplir dicha reserva (véase el punto 27 de la Carátula).
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Samples: Contract for Works