Common use of RESCISIÓN, CANCELACIÓN Y SUSPENSIÓN DE CONTRATOS Clause in Contracts

RESCISIÓN, CANCELACIÓN Y SUSPENSIÓN DE CONTRATOS. 7.7.1. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asuma el proveedor por virtud del contrato derivado de esta invitación a cuando menos tres personas, faculta al Instituto de Salud del Estado de México a dar inicio al procedimiento de rescisión administrativa del contrato sin ninguna responsabilidad a su cargo. Dicha acción operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que el Instituto de Salud del Estado de México comunique al proveedor por escrito y en forma fehaciente tal determinación, además también será causal del inicio de procedimiento de rescisión administrativa si el proveedor incurre en alguno de los siguientes supuestos mismos que se señalan de manera enunciativa más no limitativa: a) Si no otorga la fianza de garantía, cheque certificado o de caja y, en su caso el endoso de ampliación correspondiente, en los términos que se establecen en las bases, siendo a su cargo los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Instituto de Salud del Estado de México. b) Cuando hubiese transcurrido el plazo que se conceda al proveedor para reemplazar los bienes devueltos. c) Cuando el proveedor no entregue los bienes en el plazo establecido en el contrato y se hubiese agotado el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales. d) Si cede total o parcial a favor de cualquier otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, se deberá contar con la conformidad previa del Instituto de Salud del Estado de México. e) Si el proveedor es declarado en concurso mercantil o quiebra por autoridad competente, o por alguna situación distinta que sea análoga o equivalente y afecte el cumplimiento de las obligaciones consignadas en las bases, a cargo del proveedor. f) Por incumplimiento de cualquier otra obligación a cargo del proveedor consignadas en las bases y demás estipuladas en las bases y contrato respectivo, de ser el caso.

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RESCISIÓN, CANCELACIÓN Y SUSPENSIÓN DE CONTRATOS. 7.7.1. El 7.7.1.El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asuma el proveedor prestador del servicio por virtud del contrato derivado de esta invitación a cuando menos tres personas, faculta al Instituto de Salud del Estado de México a dar inicio al procedimiento de rescisión administrativa del contrato sin ninguna responsabilidad a su cargo. Dicha acción operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que el Instituto de Salud del Estado de México comunique al proveedor por escrito y en forma fehaciente tal determinación, además también será causal del inicio de procedimiento de rescisión administrativa si el proveedor incurre en alguno de los siguientes supuestos mismos que se señalan de manera enunciativa más no limitativa: a) Si no otorga la fianza de garantía, cheque certificado o de caja y, en su caso el endoso de ampliación correspondiente, en los términos que se establecen en las bases, siendo a su cargo los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Instituto de Salud del Estado de México. b) Cuando hubiese transcurrido el plazo que se conceda al proveedor para reemplazar los bienes devueltos. c) Cuando prestador de servicio no haya proporcionado el proveedor no entregue los bienes servicio en el plazo establecido en el contrato y se hubiese agotado el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales. dc) Si cede total o parcial a favor de cualquier otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, se deberá contar con la conformidad previa del Instituto de Salud del Estado de México. ed) Si el proveedor es declarado en concurso mercantil o quiebra por autoridad competente, o por alguna situación distinta que sea análoga o equivalente y afecte el cumplimiento de las obligaciones consignadas en las bases, a cargo del proveedor. fe) Por incumplimiento de cualquier otra obligación a cargo del proveedor consignadas en las bases y demás estipuladas en las bases y contrato respectivo, de ser el caso.

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Samples: Contract Subscription and Guarantee Presentation

RESCISIÓN, CANCELACIÓN Y SUSPENSIÓN DE CONTRATOS. 7.7.1. El 7.7.1.El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asuma el proveedor por virtud del contrato derivado de esta invitación a cuando menos tres personas, faculta al Instituto de Salud del Estado de México a dar inicio al procedimiento de rescisión administrativa del contrato sin ninguna responsabilidad a su cargo. Dicha acción operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que el Instituto de Salud del Estado de México comunique al proveedor por escrito y en forma fehaciente tal determinación, además también será causal del inicio de procedimiento de rescisión administrativa si el proveedor incurre en alguno de los siguientes supuestos mismos que se señalan de manera enunciativa más no limitativa: a) Si no otorga la fianza de garantía, cheque certificado o cheque de caja y, en su caso el endoso de ampliación correspondiente, en los términos que se establecen en las basesbases de invitación, siendo a su cargo los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Instituto de Salud del Estado de México. b) Cuando hubiese transcurrido el plazo que se conceda al proveedor para reemplazar los bienes devueltos. c) Cuando el proveedor no entregue haya proporcionado los bienes en el plazo establecido en el contrato y se hubiese agotado el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales. dc) Si cede total o parcial a favor de cualquier otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, se deberá contar con la conformidad previa del Instituto de Salud del Estado de México. ed) Si el proveedor es declarado en concurso mercantil o quiebra por autoridad competente, o por alguna situación distinta que sea análoga o equivalente y afecte el cumplimiento de las obligaciones consignadas en las basesbases de invitación, a cargo del proveedor. fe) Por incumplimiento de cualquier otra obligación a cargo del proveedor consignadas en las bases y demás estipuladas en las bases de invitación y contrato respectivo, de ser el caso. El Instituto de Salud del Estado de México podrá en cualquier momento iniciar la rescisión administrativamente de los contratos/pedidos cuando el proveedor incurra en incumplimiento de sus obligaciones, conforme lo establece los Artículos 54 y 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de que el proveedor sea quien decida rescindir el contrato, será necesario que acuda ante la autoridad judicial federal y obtenga la declaración correspondiente.

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Samples: Acquisition Agreement