Rescisión por BAYOGOC. BAYOGOC podrá rescindir el presente contrato de acuerdo a lo estipulado en los Pliegos licitatorios, y en los siguientes supuestos enviando notificación por escrito al Patrocinador: 7.2.1 si el Patrocinador comete un incumplimiento sustancial del presente Contrato que no puede ser remediado; 7.2.2 el Patrocinador comete un incumplimiento sustancial del presente Contrato que puede ser remediado pero no se subsana dicho incumplimiento dentro de los quince (15) días de la recepción del aviso por escrito de BAYOGOC especificando el incumplimiento y exigiendo la reparación del mismo; 7.2.3 el Patrocinador utiliza alguna Marca JOJ o cualquier otra Marca Olímpica que no sea conforme al presente Contrato; 7.2.4 si el Patrocinador está imposibilitado de pagar sus deudas, se presenta en concurso de acreedores o se le decreta la quiebra, se aprueba una resolución para la liquidación del Patrocinador, se presenta una solicitud o se emite una orden para la liquidación del Patrocinador o queda sujeto a un proceso de disolución, o se presenta una petición o se aprueba una resolución para que el Patrocinador sea intervenido; 7.2.5 el Patrocinador cesa o amenaza con el cese de la totalidad o de una parte significativa de su actividad comercial relativa a los Productos/Servicios; 7.2.6 existe un cambio en el control del del Patrocinador (es decir, la capacidad para dirigir los asuntos, ya sea por contrato, en virtud de la propiedad de acciones o de otro modo) que: (a) podría esperarse de manera razonable que afecte negativamente la capacidad del Patrocinador de llevar a cabo sus obligaciones en virtud del presente Contrato;
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Samples: Patrocinio, Sponsorship Agreement, Sponsorship Agreement
Rescisión por BAYOGOC. BAYOGOC podrá rescindir el presente contrato de acuerdo a lo estipulado en los Pliegos licitatorios, y en los siguientes supuestos enviando notificación por escrito al Patrocinador:
7.2.1 si el Patrocinador comete un incumplimiento sustancial del presente Contrato que no puede ser remediado;
7.2.2 el Patrocinador comete un incumplimiento sustancial del presente Contrato que puede ser remediado pero no se subsana dicho incumplimiento dentro de los quince (15) días de la recepción del aviso por escrito de BAYOGOC especificando el incumplimiento y exigiendo la reparación del mismo;
7.2.3 el Patrocinador utiliza alguna Marca JOJ o cualquier otra Marca Olímpica que no sea conforme al presente Contrato;
7.2.4 si el Patrocinador está imposibilitado de pagar sus deudas, se presenta en concurso de acreedores o se le decreta la quiebra, se aprueba una resolución para la liquidación del Patrocinador, se presenta una solicitud o se emite una orden para la liquidación del Patrocinador o queda sujeto a un proceso de disolución, o se presenta una petición o se aprueba una resolución para que el Patrocinador sea intervenido;
7.2.5 el Patrocinador cesa o amenaza con el cese de la totalidad o de una parte significativa de su actividad comercial relativa a los Productos/Servicios;
7.2.6 existe un cambio en el control del del Patrocinador (es decir, la capacidad para dirigir los asuntos, ya sea por contrato, en virtud de la propiedad de acciones o de otro modo) que:
(a) podría esperarse de manera razonable que afecte negativamente la capacidad del Patrocinador de llevar a cabo sus obligaciones en virtud del presente Contrato;
(b) resulta del control al Patrocinador (directa o indirectamente) un competidor, de un Patrocinador TOP, un Colaborador del COI o un Participante del Programa BAYOGOC; o
(c) resulta del control al Patrocinador (directa o indirectamente) por cualquier persona cuya asociación con los JOJ podría, en la opinión razonable de BAYOGOC, afectar negativamente el buen nombre, reputación e imagen del Movimiento Olímpico;
7.2.7 si existe un cambio sustancial en la dirección del Patrocinador que podría de manera razonable afectar negativamente y sustancialmente la capacidad del Patrocinador a la hora de cumplir con sus obligaciones en virtud del presente Contrato; o
7.2.8 si existe algún acto u omisión del Patrocinador, sus empleados, agentes o subcontratistas o algún tercero, que BAXXXXX xonsidera, a su razonable discreción, ser incompatible con la actividad del presente Contrato.
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Samples: Public Contract