Contratación de Servicios de Consultoría Cláusulas de Ejemplo

Contratación de Servicios de Consultoría. Proceso para obtener la participación de personas naturales o jurídicas, ajenas a PETROPERÚ, en actividades de carácter profesional o altamente calificada: ▪ Elaboración de estudios y proyectos, ▪ Inspecciones, ▪ Peritaje de equipos, bienes y maquinarias, ▪ Investigaciones, ▪ Auditorías especializadas, ▪ Asesorías, Estudios de preinversión, tales como perfiles, estudios de prefactibilidad y estudios de factibilidad técnica, económica y financiera, ▪ Estudios básicos, preliminares y definitivos, ▪ Elaboración de estudios de ingeniería conceptual, básica y de detalle ▪ Proyectos y asesoramiento en la ejecución de proyectos, ▪ Diseños, ▪ Supervisiones, ▪ Elaboración de términos de referencia, especificaciones técnicas, expedientes técnicos de obras, ▪ Miembros del Comité de Compras, ▪ Elaboración de planos, y ▪ Supervisión de obras. La lista antes mencionada no es taxativa.
Contratación de Servicios de Consultoría. Los procedimientos establecidos en el documento de Política para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones Financiadas por FONPLATA de julio de 2017, se aplicarán para la contratación de todos los servicios de consultores y firmas consultoras con cargo a los recursos del financiamiento, y en particular para realizar las evaluaciones a que refiere el Artículo 6.02 de estas Estipulaciones Especiales.
Contratación de Servicios de Consultoría. Los procedimientos establecidos en el documento de Políticas para la Adquisición de Bienes y Servicios y para la Contratación de Consultores y Firmas Consultoras por Prestatarios y Beneficiarios de FONPLATA, se aplicarán para la contratación de todos los servicios de consultores y firmas consultoras con cargo a los recursos del financiamiento, y en particular para realizar las evaluaciones a que refiere el Artículo 6.02 de estas Estipulaciones Especiales.
Contratación de Servicios de Consultoría. 56 Artículo 54.- Utilización de criterios de evaluación 57
Contratación de Servicios de Consultoría. 7. a) Los métodos que podrán ser utilizados para contratos de servicios de consultoría son los siguientes: - selección basada en la calidad y el costo - selección basada en la calidad - selección basada en las calificaciones de los consultores - selección basado en el costo menor - selección directa - selección cuando el presupuesto es fijo - selección de consultores indiv iduales
Contratación de Servicios de Consultoría. Generalidades 5.1 El Banco y sus prestatarios contratan a personas físicas y xxxxxxx para proporcionar una amplia gama de servicios de consultoría y asesoría experta con respecto a sus operaciones y obligaciones administrativas. El factor predominante para escoger los consultores deberá ser la calidad de los servicios que se prestan. Los procedimientos para la selección de consultores y la contratación de sus servicios serán flexibles y transparentes para asegurar que se pueda realizar el trabajo con eficiencia y altas normas de desempeño, mientras que se proporcione la responsabilidad necesaria. Los procedimientos que se describen a continuación se seguirán para contratos de consultoría que serán financiados con los recursos de un préstamo otorgado por el Banco en las operaciones del sector público.
Contratación de Servicios de Consultoría. La 1. Cuando el monto no sea mayor de doscientos mil quetzales (Q.200,000.00), a través de la modalidad de Compra Directa, bajo la responsabilidad del Gerente de la Empresa o Gerente de Área que corresponda, quien tendrá la obligación de informar a Gerencia General, en el plazo de cinco (5) días. 2. Cuando el monto exceda de doscientos mil quetzales (Q.200,000.00), y no sea mayor de quinientos mil quetzales (Q.500,000.00), a través de la modalidad de Compra Directa, bajo la responsabilidad de la Gerencia General. 3. Cuando el monto sea mayor de quinientos mil quetzales (Q.500,000.00) y no exceda de novecientos mil quetzales (Q.900,000.00), se hará a través de la modalidad de Invitación a Cotizar, bajo la responsabilidad de lo establecido en el Artículo 27.