Common use of RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS Clause in Contracts

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS. La Contratista será responsable por todos los daños y/o perjuicios que ocasionare a terceros por la ejecución de las obras. Por tal motivo, deberá contratar un seguro de responsabilidad Civil Comprensiva, con adicional para construcción, refacción, demolición, instalaciones, y montaje de edificios. Adicionando además carga y descarga de bienes, guarda de vehículos, automotores o remolcados y daño a instalaciones subterráneas de servicios públicos con una cobertura mínima de $ 300.000.- (Pesos Trescientos Mil). La Contratista deberá acreditar mensualmente el pago del seguro. No se autorizará ningún pago sin haberse cumplimentado con esta obligación. También deberá contratar a su cargo un seguro contra accidentes que cubra al personal permanente. Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cubrir los riesgos de incapacidad transitoria, permanente y muerte. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, ampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente, que demande el seguro para el personal de la Inspección de la obra. El contratista deberá acreditar mensualmente con copia fiel, el pago de los seguros. La no presentación de dicha documentación habilitará a la Unidad de Gestión FOCEM a no autorizar ningún pago sin haberse cumplimentado con la referida obligación.

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Samples: www.santafe.gov.ar, www.santafe.gob.ar, www.obrapublica.com

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS. La Contratista será responsable Será de cuenta del contratista indemnizar a los propietarios por todos los daños y/o que se les cause con la explotación de canteras y de los perjuicios que ocasionare a terceros se les ocasionen por la ejecución el establecimiento de las obras. Por tal motivoalmacenes, deberá contratar un seguro talleres, depósitos, vertederos, habilitación de responsabilidad Civil Comprensivacaminos y vías provisionales, con adicional para construcción, refacción, demolición, instalacionesaperturas y desviaciones de cauces y finalmente, y montaje de edificios. Adicionando además carga y descarga de bienes, guarda de vehículos, automotores o remolcados y daño las que originen para atender a instalaciones subterráneas de servicios públicos con una cobertura mínima de $ 300.000.- (Pesos Trescientos Mil). La Contratista deberá acreditar mensualmente el pago del seguro. No se autorizará ningún pago sin haberse cumplimentado con esta obligación. También deberá contratar a su cargo un seguro contra accidentes que cubra al personal permanente. Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cubrir los riesgos de incapacidad transitoria, permanente y muerte. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, ampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente, que demande el seguro para el personal de la Inspección las demás necesidades de la obra. El contratista deberá acreditar mensualmente con copia fielSerán de cuenta exclusiva del adjudicatario las indemnizaciones por cualquier reclamación, demanda, actuación judicial, costas, daños, gastos y desembolso de toda índole, derivados de la ejecución del contrato en la medida en que sean de su responsabilidad. Fuera de los casos expresados, el pago adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionales en o por las obras. El adjudicatario deberá presentar en el plazo de treinta días a partir de la firma del contrato, una póliza de seguro a todo riesgo que cubra tanto los seguros. La no presentación posibles daños que se ocasionen a terceros como a las obras que son objeto del contrato; la prima asegurada deberá ascender a una cuantía equivalente a una 1'3 veces mas del presupuesto de dicha documentación habilitará a la Unidad de Gestión FOCEM a no autorizar ningún pago sin haberse cumplimentado con la referida obligaciónadjudicación, debiendo figurar como beneficiario El Consorcio.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS. La Contratista será responsable por todos los daños y/o perjuicios que ocasionare a terceros por la ejecución de las obras. Por tal motivo, deberá contratar un seguro de responsabilidad Civil Comprensiva, con adicional para construcción, refacción, demolición, instalaciones, y montaje de edificios. Adicionando además carga y descarga de bienes, guarda de vehículos, automotores o remolcados y daño a instalaciones subterráneas de servicios públicos con una cobertura mínima de $ 300.000.- 300.000 (Pesos Trescientos Milmil). La Contratista deberá acreditar mensualmente el pago del seguro. No se autorizará ningún pago sin haberse cumplimentado con esta obligación. También deberá contratar a su cargo un seguro contra accidentes que cubra al personal permanente. Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cubrir los riesgos de incapacidad transitoria, permanente y muerte. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, ampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente, que demande el seguro para el personal de la Inspección de la obra. El contratista deberá acreditar mensualmente con copia fiel, el pago de los seguros. La no presentación de dicha documentación habilitará a la Unidad de Gestión FOCEM Repartición a no autorizar ningún pago sin haberse cumplimentado con la referida obligación.

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Samples: www.santafe.gov.ar, www.santafe.gov.ar

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS. La Contratista será responsable por todos los daños y/o perjuicios que ocasionare a terceros por la ejecución de las obras. Por tal motivo, deberá contratar un seguro de responsabilidad Civil Comprensiva, con adicional para construcción, refacción, demolición, instalaciones, y montaje de edificios. Adicionando además carga y descarga de bienes, guarda de vehículos, automotores o remolcados y daño a instalaciones subterráneas de servicios públicos con una cobertura mínima de $ 300.000.- PESOS QUINIENTOS MIL (Pesos Trescientos Mil$500.000). La Contratista deberá acreditar mensualmente el pago del seguro. No se autorizará ningún pago sin haberse cumplimentado con esta obligación. También deberá contratar a su cargo un seguro contra accidentes que cubra al personal permanentepermanente y/o eventual de la Inspección de la Obra. Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cubrir los riesgos de incapacidad transitoria, permanente y muerte. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, ampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente, que demande el seguro para el personal de la Inspección de la obra. El contratista deberá acreditar mensualmente con copia fiel, el pago de los seguros. La no presentación de dicha documentación habilitará a la Unidad de Gestión FOCEM Ejecutora Provincial a no autorizar ningún pago sin haberse cumplimentado con la referida obligación.

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Samples: www.santafe.gov.ar

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS. La Contratista será responsable por todos los daños y/o perjuicios que ocasionare a terceros por la ejecución de las obras. Por tal motivo, deberá contratar un seguro de responsabilidad Civil Comprensiva, con adicional para construcción, refacción, demolición, instalaciones, y montaje de edificios. Adicionando además carga y descarga de bienes, guarda de vehículos, automotores o remolcados y daño a instalaciones subterráneas de servicios públicos con una cobertura mínima de $ 300.000.- 500.000 (Pesos Trescientos Milpesos quinientos mil). La Contratista deberá acreditar mensualmente el pago del seguro. No se autorizará ningún pago sin haberse cumplimentado con esta obligación. También deberá contratar a su cargo un seguro contra accidentes que cubra al personal permanentepermanente y/o eventual de la Inspección de la Obra. Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cubrir los riesgos de incapacidad transitoria, permanente y muerte. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, ampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente, que demande el seguro para el personal de la Inspección de la obra. El contratista deberá acreditar mensualmente con copia fiel, el pago de los seguros. La no presentación de dicha documentación habilitará a la Unidad de Gestión FOCEM Repartición a no autorizar ningún pago sin haberse cumplimentado con la referida obligación.

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Samples: Pliego Licitación Pública

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS. La Contratista será responsable por todos los daños y/o perjuicios que ocasionare a terceros por la ejecución de las obras. Por tal motivo, deberá contratar un seguro de responsabilidad Civil Comprensiva, con adicional para construcción, refacción, demolición, instalaciones, y montaje de edificios. Adicionando además carga y descarga de bienes, guarda de vehículos, automotores o remolcados y daño a instalaciones subterráneas de servicios públicos públi os con una cobertura mínima de $ 300.000.- 500.000 (Pesos Trescientos Milpesos quinientos mil). La Contratista C ntratista deberá acreditar mensualmente el pago del seguro. No se autorizará ningún pago sin haberse cumplimentado con esta obligación. También deberá contratar a su cargo un seguro contra accidentes que cubra al personal permanentepermanente y/o eventual de la Inspección de la Obra. Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cubrir los riesgos de incapacidad transitoria, permanente y muerte. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, ampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente, que demande el seguro para el personal de la Inspección de la obra. El contratista deberá acreditar mensualmente con copia fiel, el pago de los seguros. La no presentación de dicha documentación habilitará a la Unidad de Gestión FOCEM Repartición a no autorizar ningún pago sin haberse cumplimentado con la referida obligación.

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Samples: Pliego Licitación Pública

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A TERCEROS. La Contratista será responsable Será de cuenta del contratista indemnizar a los propietarios por todos los daños y/o que se les cause con la explotación de canteras y de los perjuicios que ocasionare a terceros se les ocasionen por la ejecución el establecimiento de las obras. Por tal motivoalmacenes, deberá contratar un seguro talleres, depósitos, vertederos, habilitación de responsabilidad Civil Comprensivacaminos y vías provisionales, con adicional para construcción, refacción, demolición, instalacionesaperturas y desviaciones de cauces y finalmente, y montaje de edificios. Adicionando además carga y descarga de bienes, guarda de vehículos, automotores o remolcados y daño las que originen para atender a instalaciones subterráneas de servicios públicos con una cobertura mínima de $ 300.000.- (Pesos Trescientos Mil). La Contratista deberá acreditar mensualmente el pago del seguro. No se autorizará ningún pago sin haberse cumplimentado con esta obligación. También deberá contratar a su cargo un seguro contra accidentes que cubra al personal permanente. Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cubrir los riesgos de incapacidad transitoria, permanente y muerte. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, ampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente, que demande el seguro para el personal de la Inspección las demás necesidades de la obra. El contratista deberá acreditar mensualmente con copia fielSerán de cuenta exclusiva del adjudicatario las indemnizaciones por cualquier reclamación, demanda, actuación judicial, costas, daños, gastos y desembolso de toda índole, derivados de la ejecución del contrato en la medida en que sean de su responsabilidad. Fuera de los casos expresados, el pago adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionales en o por las obras. El adjudicatario deberá presentar en el plazo de treinta días a partir de la firma del contrato, una póliza de seguro a todo riesgo que cubra tanto los seguros. La no presentación posibles daños que se ocasionen a terceros como a las obras que son objeto del contrato; la prima asegurada deberá ascender a una cuantía equivalente a una 1'3 veces más del presupuesto de dicha documentación habilitará a la Unidad de Gestión FOCEM a no autorizar ningún pago sin haberse cumplimentado con la referida obligaciónadjudicación, debiendo figurar como beneficiario El Consorcio.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares