Common use of RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quién responderá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados de Avance de Obra o la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD podrá retener el total o parte del importe de las Planillas por Avance de Obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO.

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RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, pliegos de especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le les fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará harán inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISORDIRECTOR, quién responderá dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesariaconsulta, PLIEG-2022-60173920-APN-DGPFE#MS se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormenteindicada, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y u omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuentacuenta y sin costo adicional para el CONTRATANTE. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de los tres (3) días hábiles de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR DIRECTOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados certificados de Avance avance de Obra obra o de la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD el CONTRATANTE podrá retener el total o parte del importe de las Planillas por Avance los certificados de Obra avance de obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISORDIRECTOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD el CONTRATANTE procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la de ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) que incluirá al JEFE DE OBRA deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, un profesional con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el del presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará sin relevar al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO. El CONTRATISTA custodiará los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Provisoria de la OBRA, por el CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad que prevenga a terceros del riesgo de accidentes en el lugar de la OBRA. Estos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la OBRA. El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la OBRA. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, al igual que toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos. EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo. PLIEG-2022-60173920-APN-DGPFE#MS El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la OBRA removerá todos los obstáculos y materiales dejando la OBRA en estado de limpieza a satisfacción del DIRECTOR y del CONTRATANTE. Cumplimiento xx xxxxx: El CONTRATISTA es responsable de cumplir las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia. Se exonera de estas obligaciones al CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá indemne al CONTRATANTE y saldrá en su defensa por reclamos sobre cargas laborales y sociales de su personal.

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RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, pliegos de especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le les fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará harán inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISORDIRECTOR, quién responderá dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesariaconsulta, PLIEG-2022-60274203-APN-DGPFE#MS se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormenteindicada, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y u omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuentacuenta y sin costo adicional para el CONTRATANTE. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de los tres (3) días hábiles de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR DIRECTOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados certificados de Avance avance de Obra obra o de la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD el CONTRATANTE podrá retener el total o parte del importe de las Planillas por Avance los certificados de Obra avance de obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISORDIRECTOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD el CONTRATANTE procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la de ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) que incluirá al JEFE DE OBRA deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, un profesional con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el del presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará sin relevar al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO. El CONTRATISTA custodiará los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Provisoria de la OBRA, por el CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad que prevenga a terceros del riesgo de accidentes en el lugar de la OBRA. Estos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la OBRA. El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la OBRA. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, al igual que toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos. EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo. PLIEG-2022-60274203-APN-DGPFE#MS El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la OBRA removerá todos los obstáculos y materiales dejando la OBRA en estado de limpieza a satisfacción del DIRECTOR y del CONTRATANTE. Cumplimiento xx xxxxx: El CONTRATISTA es responsable de cumplir las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia. Se exonera de estas obligaciones al CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá indemne al CONTRATANTE y saldrá en su defensa por reclamos sobre cargas laborales y sociales de su personal.

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RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA En cumplimiento al R.D. 171/2004 por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales en materia de Coordinación de actividades empresariales, la empresa adjudicataria remitirá al Servicio de Prevención de la U.A. la siguiente documentación: - Nombre y su representante teléfono de contacto de la persona responsable de la seguridad y la salud para las actividades a desarrollar en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, especificaciones técnicas y demás documentos U.A. - Evaluación de Riesgos específica de la OBRA que le fueron proporcionadosejecución del contrato en la U.A (en un plazo máximo de tres meses). En caso de existir dudas- Información sobre los riesgos que, hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quién responderá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se hará antes de proceder debido a la ejecución del contrato, pueden ocasionar a terceros o en las instalaciones de cualquier trabajola U.A. - Las medidas de prevención y protección que se adoptarán para los riesgos identificados. En caso - Certificación de no actuar la formación específica en materia de seguridad y salud de los trabajadores. La empresa licitadora deberá adjuntar una terna de empresas colaboradoras cuando vaya a subcontratar a terceros para determinados servicios, reservándose la forma indicada anteriormenteUniversidad de Alicante la posibilidad de exigir a la empresa adjudicataria que los trabajos correspondientes a dichos capítulos sean realizados por cualquiera de las empresas pertenecientes a dicha terna o en su defecto, correrán por cuenta alguna de clasificación equivalente. La empresa adjudicataria deberá presentar al Servicio de Prevención de la U.A., respecto de las posibles empresas subcontratadas, la misma documentación a la que hace referencia el primer apartado del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionadospunto 12 sobre Prevención de Riesgos Laborales. El CONTRATISTA no podrá entregar adjudicatario, y previo a la OBRA defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados de Avance de Obra o la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD podrá retener el total o parte del importe de las Planillas por Avance de Obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto formalización del contrato), el personal técnico deberá de justificar la suscripción de una Póliza de Responsabilidad Civil, y la mano de obra necesaria de acuerdo que en ningún caso será inferior a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde 300.000 € por el monto del contrato) deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares siniestro y daños a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio terceros que sean derivados de la ejecución de las tareas del servicio. El adjudicatario se compromete a un estricto cumplimiento de la OBRAnormativa laboral y de Seguridad Social, así como lo dispuesto en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre en Prevención de Riesgos Laborales y sus normas de desarrollo. Sin embargoEn la adquisición de los productos de mantenimiento del adjudicatario se prohíbe expresamente que en las notas de entrega, esta previsión albaranes, facturas y cualquier otro documento que ampare el suministro de ningún modo relevará los mismos, figure cualquier denominación que haga referencia a la Universidad de Alicante. La ejecución del trabajo no realizado debido a huelgas del personal o cualquier otra causa imputable al CONTRATISTA contratista, dará lugar a indemnización a favor de sus responsabilidades contractuales específicas la Universidad de Alicante. Ello sin perjuicio de exigir la reparación de los daños que hubieran podido producirse. El adjudicatario remitirá al Servicio de Infraestructuras y generales bajo Servicios un informe trimestral en el presente CONTRATOque se incluirá, como mínimo, los siguientes datos: - Balance de actuaciones ordinarias realizadas. - Resultados Inspecciones preventivas realizadas - Actuaciones extraordinarias realizadas - Resumen de las quejas / sugerencias planteadas por los usuarios - Incidencias surgidas en el funcionamiento del servicio, así como las medidas adoptadas para solucionarlas. - Mejoras realizadas a iniciativa de la empresa. El adjudicatario se compromete a potenciar el uso de las dos lenguas oficiales en la Universidad de Alicante, (castellano y valenciano) en todas las rotulaciones, avisos, informes, escritos oficiales o cualquier otro medio de comunicación, incluido el trato con los usuarios.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para El Contrato De Servicios Mediante Concurso

RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante además de las previstas en la OBRA están obligados Especificaciones Técnicas, se compromete a conocer minuciosamente cumplir con las siguientes responsabilidades y obligaciones, que son de carácter enunciativo y no limitativo: El CONTRATISTA asume la responsabilidad técnica absoluta, de los planosservicios profesionales prestados bajo el presente Contrato, instrucciones, conforme lo establecido en los documentos anexos del presente Contrato por lo que deberá desarrollar su trabajo conforme a las especificaciones técnicas señaladas en el documento de contratación directa y demás documentos las más altas normas técnicas de la OBRA que le fueron proporcionadoscompetencia profesional, conforme a las Leyes Aplicables. En El CONTRATISTA garantiza y responde por el Servicio prestado bajo este Contrato, por lo que, en caso de existir dudasser requerida su presencia por escrito, hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISORpara cualquier aclaración, quién responderá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes forma posterior a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesarialiquidación del Contrato, se hará antes de proceder compromete a la ejecución de cualquier trabajono negar su participación. En caso de no actuar responder favorablemente al requerimiento, la ENTIDAD hará conocer a la Contraloría General del Estado, para los efectos legales consiguientes, en razón de que el Servicio ha sido prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual el CONTRATISTA es responsable ante el Estado. Por los efectos resultantes de la forma indicada anteriormenteinobservancia y/o infracción de las obligaciones del Contrato, correrán leyes, reglamentos y/o cualquier disposición legal. Por todo subcontrato suscrito por el CONTRATISTA, no obligará o pretenderá obligar a la ENTIDAD al cumplimiento de las obligaciones laborales, sociales o patronales de los subcontratista, proveedores y/o fabricantes, en este sentido la responsabilidad frente a la ENTIDAD por el cumplimiento de las obligaciones laborales, sociales o patronales, que provengan o emanen de la Ley Aplicable, son de exclusiva cuenta y riesgo del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionadossubcontratista, proveedores, suministradores, vendedores, fabricantes y/o el CONTRATISTA. El CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA defectuosa Por las indemnizaciones o mal ejecutada aduciendo reclamos ocasionados por errores, defectos y omisiones negligencia y/o impericias practicados en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos Servicios. Por las infracciones por el uso de materiales o no efectúe procesos de ejecución protegidos por marcas o patentes, respondiendo, en este caso, personal y directamente por cualquier indemnización, cargo y/o costo que fuere debido, así como por cualquier reclamo resultante del mal uso que de ellos hicieren. Por rehacer o reparar, a su costo y en los plazos estipulados por la corrección ENTIDAD, toda y/o cualquier parte de los Servicios que hubiese sido considerada inaceptable por la ENTIDAD. Por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del Servicio bajo este Contrato. Cumplir con el objeto del Contrato y consiguiente ejecución de los Servicios mediante personal especializado y dentro de las especificaciones establecidas conforme a padrones y normas técnicas usuales en servicios de esta naturaleza, garantizando la calidad del mismo. Ejecutar el Servicio de acuerdo a lo previsto en este Contrato, sus anexos y la Ley Aplicable, siendo el único responsable ante cualquier inobservancia. Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo o terceros, durante la ejecución del presente Contrato, por acciones que se deriven de incumplimientos, accidentes, atentados, etc. Asegurar que los contratos suscritos con subcontratistas (cuando corresponda) contengan disposiciones que cumplan con las obligaciones laborales, sociales, ambientales y tributarias, además de la Ley Aplicable. Cumplir y acatar por sí, por su personal y subcontratistas las estipulaciones contenidas en este Contrato y Ley Aplicable, así como cualquier determinación de orden legal emanadas de autoridades competentes, siendo el CONTRATISTA responsable por los efectos que se originaren de eventuales inobservancias, mencionando de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes: Toda norma laboral, social, de pensiones, migratoria y la que sea aplicable para posibilitar el correcto, legal y oportuno desenvolvimiento de su personal en territorio boliviano. Las estipulaciones y las obligaciones administrativas y de seguridad, medio ambiente y salud establecidas en este Contrato, que el CONTRATISTA declara conocer y aceptar todas y cada una de ellas, eximiendo de cualquier obligación o responsabilidad a la ENTIDAD. Planear, programar, dirigir y ejecutar los Servicios con calidad y seguridad, a fin de garantizar el pleno cumplimiento del Contrato. Ser único y exclusivo responsable por todo subcontrato suscrito, en el marco del presente Contrato, así como del cumplimiento de las obligaciones laborales, sociales o patronales de sus subcontratistas, proveedores y/o fabricantes que provengan o emanen de la Ley Aplicable Responder por la supervisión, dirección técnica y administrativa y mano de obra de su personal, necesarias para la ejecución de los Servicios, siendo para todos los efectos, el CONTRATISTA único y exclusivo responsable. Salvaguardar y liberar a la ENTIDAD de la responsabilidad de todos los reclamos, representaciones y procesos judiciales de cualquier naturaleza, relacionados con la ejecución de los Servicios. Responder por los daños o pérdidas causados a la ENTIDAD o a terceros, resultantes de acción u omisión en la ejecución de los Servicios. Informar por escrito y entregar todos los subcontratos suscritos con terceros, mismos que fueron especificados en la propuesta adjudicada. Responder por la supervisión, dirección técnica y administrativa y mano de obra de su Personal necesarias para la ejecución del Servicio, siendo para todos los efectos, el CONTRATISTA único y exclusivo responsable. Salvaguardar y liberar a la ENTIDAD de la responsabilidad de todos los reclamos, representaciones y procesos judiciales de cualquier naturaleza, relacionados con la ejecución del Servicio. Responder por los daños y perjuicios, en caso de pérdidas o extravíos causados a la ENTIDAD o a terceros, resultantes de acción u omisión en la ejecución del Servicio, a través de la reposición o descuento del monto de lo perdido o extraviado, que correspondiera. Autorizar a la ENTIDAD a realizar descuentos de los pagos mensuales durante la ejecución del Servicio, a efecto de la aplicación de las multas previstas en la cláusula (Morosidades y sus penalidades) del presente Contrato. Ser único y exclusivo responsable respecto a su Personal por el cumplimiento de toda norma o modificación de cualquier norma laboral, social o por creación de cualquier bono o beneficio social y/o laboral, incremento salarial, doble aguinaldo, prima u otra obligación laboral que provenga o emane de la Ley Aplicable. Ser responsable, conforme a la ley, en calidad de único y exclusivo empleador, de las obligaciones y cargas sociales, seguro por riesgo, obligaciones laborales, de seguridad social, gastos médicos del personal involucrado en la ejecución y todos los que pudiera corresponder, liberando a la ENTIDAD de cualquier reclamo. No utilizar mano de obra de menores de edad en las labores relacionadas con el objeto del presente Contrato, ya sea directa o indirectamente a través de sus proveedores o subcontratistas, dentro de los límites establecidos por Ley Aplicable. La ENTIDAD podrá pedir al CONTRATISTA en cualquier momento, dentro del tercer día calendario término del presente Contrato, una declaración que certifique el cumplimiento de recibida la orden correspondientepresente obligación. Responder por la inobservancia del derecho de uso de materiales, equipos o procesos de ejecución protegidos por normas, patentes o derechos de autor, siendo responsable por el SUPERVISOR podrá proceder pago de derechos de autor, comisiones o cualquier sanción u otros gastos resultantes de dicha inobservancia. No involucrarse, ni apoyar ningún tipo de discriminación, sea por raza, grupo o clase social, nacionalidad, región, religión, deficiencia, sexo, orientación sexual, asociación sindical, filiación política o edad al contratar. Cumplir las leyes vigentes y los padrones de la industria sobre el horario de trabajo. Todo servicio ejecutado en horas extras, debe ser remunerado o compensado, respetando las normas vigentes. Ser responsable Responsabilizarse por obtener a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe todas las licencias y autorizaciones de conformidad a la Ley Aplicable con relación a este Contrato y los Certificados de Avance de Obra o la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido registros que le exija la ENTIDAD podrá retener en conformidad al Contrato. Cumplir la legislación laboral y social vigente en el total Estado Plurinacional de Bolivia y será también responsable de dicho cumplimiento por parte de sus subcontratistas. Mantener a la ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o parte del importe penalidad de las Planillas cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por Avance causa de Obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos incumplimiento o infracción de la OBRA legislación laboral o social. Asegurar que los contratos suscritos con subcontratistas contengan disposiciones que cumplan con las obligaciones laborales, sociales, ambientales y no corregidos oportunamente pese a tributarias, además de la Ley Aplicable. Cumplir con las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá normas laborales respecto al pago de incremento salarial, bonos, doble aguinaldo, primas y cualquier otra obligación laboral, las sumas retenidas siempre cuales deben ser asumidas exclusivamente a cuenta y cargo del CONTRATISTA. Realizar el trabajo solicitado conforme a detalle y requerimiento realizado por la ENTIDAD. Cumplir con las demás obligaciones y responsabilidades a su cargo que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor sin estar expresamente mencionadas, emerjan del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATOContrato.

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RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, pliegos de especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le les fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará harán inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISORINSPECTOR, quién responderá dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesariaconsulta, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormenteindicada, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y u omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuentacuenta y sin costo adicional para el CONTRATANTE. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de los tres (3) días hábiles de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR INSPECTOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados certificados de Avance avance de Obra obra o de la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD el CONTRATANTE podrá retener el total o parte del importe de las Planillas por Avance los certificados de Obra avance de obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISORINSPECTOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD el CONTRATANTE procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la de ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) que incluirá al REPRESENTANTE TECNICO/JEFE DE OBRA deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, un profesional con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el del presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará sin relevar al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO. El CONTRATISTA custodiará los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la OBRA, por el CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad que prevenga a terceros del riesgo de accidentes en el lugar de la OBRA. Estos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la OBRA. El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la OBRA. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, al igual que toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos. EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo. El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la OBRA removerá todos los obstáculos y materiales dejando la OBRA en estado de limpieza a satisfacción del SUPERVISOR y del CONTRATANTE. Cumplimiento xx xxxxx: El CONTRATISTA es responsable de cumplir las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia. Se exonera de estas obligaciones al CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá indemne al CONTRATANTE y saldrá en su defensa por reclamos sobre cargas laborales y sociales de su personal.

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RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, pliegos de especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le les fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará harán inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISORINSPECTOR, quién responderá dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesariaconsulta, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormenteindicada, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y u omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuentacuenta y sin costo adicional para el CONTRATANTE. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de los tres (3) días hábiles de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR INSPECTOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados certificados de Avance avance de Obra obra o de la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD el CONTRATANTE podrá retener el total o parte del importe de las Planillas por Avance los certificados de Obra avance de obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISORINSPECTOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD el CONTRATANTE procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la de ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) que incluirá al REPRESENTANTE TÉCNICO/JEFE DE OBRA deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, un profesional con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el del presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará sin relevar al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO. El CONTRATISTA custodiará los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la OBRA, por el CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad que prevenga a terceros del riesgo de accidentes en el lugar de la OBRA. Estos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la OBRA. El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la OBRA. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, al igual que toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos. EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo. El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la OBRA removerá todos los obstáculos y materiales dejando la OBRA en estado de limpieza a satisfacción del SUPERVISOR y del CONTRATANTE Cumplimiento xx xxxxx: El CONTRATISTA es responsable de cumplir las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia. Se exonera de estas obligaciones al CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá indemne al CONTRATANTE y saldrá en su defensa por reclamos sobre cargas laborales y sociales de su personal.

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RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA obra están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA Obra que le fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quién responderá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados certificados de Avance avance de Obra obra o la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD podrá retener el total o parte del importe de las Planillas planillas por Avance avance de Obra obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA obra y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la ejecución de la OBRA Obra el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE de Obra (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE de Obra (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRAobra. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO. Personal.- El CONTRATISTA deberá emplear el personal técnico clave mencionado en su propuesta, para llevar a cabo las funciones especificadas. El FISCAL DE OBRA aprobará el reemplazo del personal clave sólo cuando la calificación, capacidad y experiencia de ellos sean iguales o superiores a las del personal propuesto en la oferta del CONTRATISTA. Si el SUPERVISOR solicita la remoción de un miembro del personal o integrante de la fuerza laboral del CONTRATISTA, indicando las causas que motivan el pedido, el CONTRATISTA se ocupará de que dicha persona se retire de la Zona de Obras dentro de siete (7) días calendario y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el contrato. Otros CONTRATISTAS.- El CONTRATISTA deberá cooperar y compartir la zona de obras con otros CONTRATISTAS, autoridades públicas, empresas de servicios y con la ENTIDAD en los periodos especificados en la lista de otros CONTRATISTAS. La ENTIDAD podrá modificar la lista de Otros CONTRATISTAS, y notificará al CONTRATISTA. EL CONTRATISTA deberá instalar uno o dos letreros en la obra (según corresponda). En el letrero se registrará que la obra es realizada por la ENTIDAD (registrar el nombre de la Entidad y el origen de los recursos que financia la obra), tendrá las dimensiones y características de acuerdo al modelo proporcionado por la ENTIDAD a través del SUPERVISOR. El CONTRATISTA custodiará todos los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la obra, por la ENTIDAD. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad en el lugar de la Obra, que prevenga a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la Obra. (Cuando corresponda por el tipo de obra se podrá insertar el presente numeral) El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la Obra. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, debiendo indemnizar por daños causados por las obras del CONTRATISTA a los propietarios vecinos de la Obra y de toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos. (Cuando corresponda por el tipo de obra se podrá insertar el presente numeral) El CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo. Para efecto la entidad proporcionará los planos e información necesaria. El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la obra removerá todos los obstáculos y materiales dejando la obra en estado de limpieza y esmero, a satisfacción del SUPERVISOR y de la ENTIDAD. El CONTRATISTA está obligado a dar cumplimiento a las obligaciones emergentes del pago de las cargas sociales y tributarias contempladas en su propuesta, en el marco de las leyes vigentes, y presentar a requerimiento de la entidad, el respaldo correspondiente. Cumplir el formulario A-10, asumiendo que su incumplimiento es causal de aplicación de multas por generación de empleo establecido en la Cláusula Trigésima Segunda.

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RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 19.1. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA obra están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA Obra que le fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quién responderá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados la Planilla de Avance de Obra Obra, Certificado de Pago o la liquidación finalPlanilla de Liquidación Final de obra, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD podrá retener el total o parte del importe de las Planillas por Avance la Planilla de Obra Liquidación Final de obra o Certificado de Pago para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA obra y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISORsu propuesta. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero ResidenteCONTRATISTA custodiará todos los materiales, si corresponde equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la obra, por la ENTIDAD. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad en el lugar de la Obra, que prevenga a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos serán retirados por el monto CONTRATISTA, a la terminación de la Obra. El CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, ductos, conductores y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo, sin derecho a pago alguno y cumplir con todas las instrucciones del contrato) SUPERVISOR relacionadas a la OBRA. El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; deberá ser necesariamente proceder al retiro de todo el profesional, calificado escombro que se genere en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRAObra, cuantas veces sea necesario y/o requerido, evitando la acumulación de escombros al interior del inmueble y al terminar la obra removerá todos los obstáculos y materiales dejando la obra en estado de limpieza y esmero, a satisfacción del SUPERVISOR y de la ENTIDAD. Sin embargoEn caso de emergencia en la que pudiera afectarse la seguridad de las personas de la Obra, esta previsión deberá tomar las medidas que juzgue prudentes para evitar daños o pérdidas, sin exigir para ello remuneración alguna. El SUPERVISOR podrá ordenar al CONTRATISTA la paralización de ningún cualquier trabajo si en su opinión, dicho trabajo esté siendo ejecutado de modo relevará que se ponga en riesgo la vida o la propiedad. El hecho de que el SUPERVISOR no ordene tal paralización del trabajo, no libera al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas su responsabilidad al respecto. El CONTRATISTA deberá disponer de insumos para primeros auxilios. Aspecto que será verificado por el Departamento de Seguridad y generales bajo Contingencias de la ENTIDAD. Antes del inicio de la OBRA, deberá presentar al SUPERVISOR los Certificado de Antecedentes Policiales (vigentes) emitidos por la FELCC de todo el presente CONTRATOpersonal que realice cualquier actividad relacionada a la OBRA.

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Samples: www.bcb.gob.bo

RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, pliegos de especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le les fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará harán inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISORDIRECTOR, quién responderá dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesariaconsulta, PLIEG-2022-18852105-APN-DG7P1FE#MS se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormenteindicada, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y u omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuentacuenta y sin costo adicional para el CONTRATANTE. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de los tres (3) días hábiles de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR DIRECTOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados certificados de Avance avance de Obra obra o de la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD el CONTRATANTE podrá retener el total o parte del importe de las Planillas por Avance los certificados de Obra avance de obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISORDIRECTOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD el CONTRATANTE procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la de ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) que incluirá al JEFE DE OBRA deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, un profesional con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el del presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará sin relevar al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO. El CONTRATISTA custodiará los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Provisoria de la OBRA, por el CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad que prevenga a terceros del riesgo de accidentes en el lugar de la OBRA. Estos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la OBRA. El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la OBRA. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, al igual que toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos. EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo.

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Samples: www.msal.gob.ar

RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA obra están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA Obra que le fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quién le responderá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados certificados de Avance avance de Obra obra o la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD podrá retener el total o parte del importe de las Planillas planillas por Avance avance de Obra obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA obra y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la ejecución de la OBRA Obra el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE Superintendente de Obra (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE Superintendente de Obra (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRAobra. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO. Personal.- El CONTRATISTA deberá emplear el personal técnico clave mencionado en su propuesta y Datos del Contrato, para llevar a cabo las funciones especificadas. El FISCAL DE OBRA aprobará el reemplazo del personal clave sólo cuando la calificación, capacidad y experiencia de ellos sean iguales o superiores a las del personal propuesto en la oferta del CONTRATISTA. Si el SUPERVISOR solicita la remoción de un miembro del personal o integrante de la fuerza laboral del CONTRATISTA, indicando las causas que motivan el pedido, el CONTRATISTA se ocupará de que dicha persona se retire de la Zona de Obras dentro de siete días y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el contrato. Otros CONTRATISTAS.- El CONTRATISTA deberá cooperar y compartir la zona de obras con otros CONTRATISTAS, autoridades públicas, empresas de servicios y con la ENTIDAD en los periodos especificados en la lista de otros CONTRATISTAS. La ENTIDAD podrá modificar la lista de Otros CONTRATISTAS, y notificará al CONTRATISTA. EL CONTRATISTA deberá instalar uno o dos letreros en la obra (según corresponda). En el letrero se registrará que la obra es realizada por la ENTIDAD (registrar el nombre de la Entidad y el origen de los recursos que financia la obra), tendrá las dimensiones y características de acuerdo al modelo proporcionado por la ENTIDAD a través del SUPERVISOR. El CONTRATISTA custodiará todos los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la obra, por la ENTIDAD. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad en el lugar de la Obra, que prevenga a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la Obra. (Cuando corresponda por el tipo de obra se podrá insertar el presente numeral) El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la Obra. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, debiendo indemnizar por daños causados por las obras del CONTRATISTA a los propietarios vecinos de la Obra y de toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos. (Cuando corresponda por el tipo de obra se podrá insertar el presente numeral)EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo. El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la obra removerá todos los obstáculos y materiales dejando la obra en estado de limpieza y esmero, a satisfacción del SUPERVISOR y de la ENTIDAD. El CONTRATISTA está obligado a dar cumplimiento a las obligaciones emergentes del pago de las cargas sociales y tributarias contempladas en su propuesta, en el marco de las leyes vigentes, y presentar a requerimiento de la entidad, el respaldo correspondiente.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada

RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, las instrucciones, especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quién le responderá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y las especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados de Avance de Obra o la liquidación final. El CONTRATISTA custodiará todos los materiales, según correspondaequipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la OBRA, por la ENTIDAD. Queda también establecido El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad en el lugar de la OBRA, que prevenga a terceros del riesgo de accidentes, siendo responsable en cualquier situación de riesgo o accidente donde no exista una señalización adecuada. Dichos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la ENTIDAD podrá retener terminación de la OBRA. EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, conductores y cables de instalación eléctrica y telefónica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo. El CONTRATISTA mantendrá el total o parte del importe área de las Planillas por Avance trabajo libre de Obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos obstáculos y desperdicios; a la terminación de la OBRA removerá todos los obstáculos y no corregidos oportunamente pese materiales dejando la OBRA en estado de limpieza y esmero, a satisfacción del SUPERVISOR y de la ENTIDAD. El CONTRATISTA está obligado a dar cumplimiento a las instrucciones obligaciones emergentes del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre quecargas sociales y tributarias contempladas en su propuesta, en el marco de las leyes vigentes, y presentar a requerimiento de la ENTIDAD, el respaldo correspondiente. El CONTRATISTA está obligado a implementar y capacitar a todo su personal en cuanto a procedimientos y normas de seguridad industrial vigentes. Asimismo, ésta obligado a dotar de materiales, ropa de trabajo y equipo de protección personal para la solución ejecución de ellas no se haya empleado parte o los trabajos, dicho aspecto será verificado periódicamente por el total de dichos fondosSUPERVISOR. Esta retención no creará derechos en favor del El CONTRATISTA para solicitar ampliación evitar toda emergencia que potencialmente afecte la seguridad e integridad de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda personas e instalaciones por la ejecución de la OBRA debe tomar todas las medidas necesarias para evitar daño a terceros, tanto personales como materiales, precautelar la integridad de las instalaciones y reponer los años, en caso de que ocurran. En caso de producirse alguna emergencia en la que pudiera afectarse la seguridad de las personas de la obra, el CONTRATISTA deberá mantener tomar las medidas que juzgue prudentes para evitar daños o pérdidas, sin exigir por ello compensación, asimismo deberá disponer en el sitio lugar de trabajo el servicio de primeros auxilios. El CONTRATISTA deberá presentar los planos As Built de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero ResidenteOBRA previamente a la recepción definitiva, si corresponde los mismos deben ser aprobados por el monto del contrato), el personal técnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO.

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Samples: www.bcb.gob.bo

RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, las instrucciones, especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le fueron proporcionados. En caso de existir dudas, el CONTRATISTA hará inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISORFISCAL DE OBRA, quién le responderá dentro de los cinco un (51) días hábiles siguientes día hábil siguiente a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y especificaciones técnicaslas Especificaciones Técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR FISCAL DE OBRA podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados la Planilla de Avance de Obra o la liquidación finalLiquidación Final, según corresponda. Queda también establecido El CONTRATISTA custodiará todos los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la OBRA, por la ENTIDAD. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad en el lugar de la OBRA, que prevenga a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la ENTIDAD podrá retener terminación de la OBRA. El CONTRATISTA mantendrá el total o parte del importe área de las Planillas por Avance trabajo libre de Obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos obstáculos y desperdicios; a la terminación de la OBRA removerá todos los obstáculos y no corregidos oportunamente pese materiales dejando la obra en estado de limpieza y esmero, a satisfacción del FISCAL DE OBRA y de la ENTIDAD. El CONTRATISTA está obligado a dar cumplimiento a las instrucciones obligaciones emergentes del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre quecargas sociales y tributarias contempladas en su propuesta, para la solución en el marco de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la ejecución las leyes vigentes y presentar a requerimiento de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato)ENTIDAD, el personal técnico y respaldo correspondiente. Para evitar toda emergencia que potencialmente afecte la mano seguridad e integridad de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde personas e instalaciones por el monto del contrato) deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA, el CONTRATISTA deberá tomar las medidas que juzgue prudentes para evitar emergencias, daños o pérdidas, sin exigir por ello compensación, asimismo deberá disponer en el lugar de trabajo el servicio de primeros auxilios. Sin embargoAsimismo, esta previsión de ningún modo relevará al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATOdebe cumplir todas las instructivas del FISCAL DE OBRA relacionadas con la OBRA.

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RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA y su representante en la OBRA están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, pliegos de especificaciones técnicas y demás documentos de la OBRA que le les fueron proporcionados. En caso de existir dudas, hará harán inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quién responderá dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta si es necesariaconsulta, se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no actuar en la forma indicada anteriormenteindicada, correrán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados. El EL CONTRATISTA no podrá entregar la OBRA obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y u omisiones en los planos y especificaciones técnicas, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuentacuenta y sin costo adicional para el CONTRATANTE. Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecución de los trabajos o no efectúe la corrección de los mismos dentro del tercer día calendario de los tres (3) días hábiles de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podrá proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los Certificados certificados de Avance avance de Obra obra o de la liquidación final, según corresponda. Queda también establecido que la ENTIDAD el CONTRATANTE podrá retener el total o parte del importe de las Planillas planillas por Avance avance de Obra obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la OBRA y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, la ENTIDAD el CONTRATANTE procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. Durante el tiempo que demanda la de ejecución de la OBRA el CONTRATISTA deberá mantener en el sitio de la misma al SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal técnico y la mano que incluirá al RESIDENTE de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobación del SUPERVISOR. El SUPERINTENDENTE (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) Obra deberá ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, un profesional con experiencia en ejecución de obras similares a las previstas en el del presente Contrato y representará al CONTRATISTA en el sitio de la ejecución de la OBRA. Sin embargo, esta previsión de ningún modo relevará sin relevar al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales específicas y generales bajo el presente CONTRATO. El CONTRATISTA custodiará los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepción Definitiva de la OBRA, por el CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá permanentemente barreras, letreros, luces y señalización adecuada y en general todo medio de seguridad que prevenga a terceros del riesgo de accidentes en el lugar de la OBRA. Estos elementos serán retirados por el CONTRATISTA, a la terminación de la OBRA. El CONTRATISTA protegerá de posibles daños a las propiedades adyacentes a la OBRA. En caso de que éstos se produzcan deberán ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, al igual que toda lesión causada a terceras personas como resultado de sus trabajos. EL CONTRATISTA precautelará de daños a cañerías, árboles, conductores, xxxxxx y cables de instalación eléctrica, debiendo reparar cualquier daño o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo. El CONTRATISTA mantendrá el área de trabajo libre de obstáculos y desperdicios; a la terminación de la OBRA removerá todos los obstáculos y materiales dejando la OBRA en estado de limpieza a satisfacción del SUPERVISOR y del CONTRATANTE. Cumplimiento xx xxxxx: El CONTRATISTA es responsable de cumplir las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia. Se exonera de estas obligaciones al CONTRATANTE. El CONTRATISTA mantendrá indemne al CONTRATANTE y saldrá en su defensa por reclamos sobre cargas laborales y sociales de su personal.

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