Common use of RETIRO DE FONDOS Clause in Contracts

RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo retiro de la Cuenta de Ahorros se realizará por EL TITULAR de la misma, quien se identificará a través de la biometría y la firma que se registraron en el momento de la apertura de la Cuenta de Ahorros. En materia de retiro de fondos de la Cuenta de Ahorros, EL BANCO permite la actuación de un apoderado o representante de EL TITULAR, siempre que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometría) y haga entrega del poder vigente para el efecto, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia. 3.2. El registro efectuado por el funcionario autorizado, en el formato de retiro o volante disponible al público en la oficina, expedido por EL BANCO, es plena prueba del retiro, por lo que EL TITULAR deberá presentarlo para toda operación con la entidad salvo en aquellos casos en que el pago se produzca mediante la utilización de un medio electrónico que permita dejar evidencia fidedigna de la transacción realizada. Es deber especial de EL TITULAR el cuidado de la información consignada en el formato de retiro o volante disponible en la oficina o respecto de cualquier otro mecanismo que permita el acceso de EL TITULAR de la cuenta a los fondos depositados en esta. 3.3. Las sumas depositadas en la Cuenta de Ahorros junto con los intereses devengados, serán pagadas a EL TITULAR o TITULARES de la misma, quienes para el efecto deberán acreditar su identidad a satisfacción de EL BANCO por lo que es requisito indispensable la presentación del documento de identidad de EL TITULAR de la Cuenta de Ahorros o del representante legal, según sea persona natural o jurídica, en el momento del retiro. Cuando falte este documento, queda a criterio de EL BANCO aceptar en reemplazo de estos documentos, la presentación de otros que identifiquen la persona y que comprueben su derecho sobre la Cuenta de Ahorros. En todos los casos podrá exigir la información, huellas, referencias y comprobaciones que estime conveniente y las acostumbradas en la práctica bancaria para identificar a EL TITULAR o TITULARES, o al representante legal y mientras por este no se suministren, EL BANCO no estará obligado a atender la solicitud de retiro. 3.4. El retiro de fondos en plazas diferentes a la de radicación de la Cuenta de Ahorros causará las comisiones que estén vigentes, que se debitarán de la Cuenta de Ahorros y que se darán a conocer al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país y de la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. 3.5. Frente a errores originados en la defectuosa o incompleta elaboración de los volantes de retiro o consignación de fondos que no sean imputables a EL BANCO, este solicitará los soportes que correspondan y realizará las investigaciones pertinentes, con el fin de establecer las circunstancias alrededor del error presentado así como la responsabilidad en relación con este. 3.6. EL BANCO fijará el monto a partir del cual el retiro se pagará en cheque y las medidas de seguridad y negociabilidad con que los cheques sean girados. Así mismo, EL BANCO podrá en cualquier momento fijar valores máximos a partir de los cuales acepta retiros. En todo caso los montos mínimos y máximos serán informados al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país. 3.7.Como se indica en el presente Reglamento y en el Reglamento de Uso de Tarjeta Débito, EL CLIENTE tendrá a su disposición los diferentes canales para realizar retiros de su cuenta de ahorros, dentro de los cuales se encuentran: cajeros electrónicos nacionales e internacionales, a través de transferencias electrónicas y a través de corresponsales bancarios habilitados. Igualmente todos los clientes de Cuenta de Ahorros sin excepción, tendrán a su disposición retiros gratuitos e ilimitados a través de la Red de cajeros propia de EL BANCO.

Appears in 1 contract

Samples: Cup (Contrato Unificado De Productos)

RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo retiro EL CLIENTE, podrá hacer uso de la Cuenta de Ahorros se realizará por EL TITULAR de la misma, quien se identificará los fondos disponibles que tenga en su cuenta a través de la biometría y la firma que se registraron en el momento de la apertura de la Cuenta de Ahorros. En materia de retiro de fondos de la Cuenta de Ahorroslos siguientes canales: i) BELLBANKING-E, EL BANCO permite la actuación de un apoderado o representante de EL TITULARii) Cajeros Automáticos, siempre que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometríaiii) y haga entrega del poder vigente para el efectoVentanilla, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia. 3.2. El registro efectuado por el funcionario autorizadoTransferencias, en el formato de retiro o volante disponible al público en la oficina, expedido Sub-Agentes Autorizados por EL BANCO, es plena prueba del retiro, por lo y otros medios que EL TITULAR deberá presentarlo para toda operación sean posibles de acuerdo con la entidad salvo en aquellos casos en las leyes y las regulaciones dominicanas vigentes o que el pago se produzca mediante la utilización de un medio electrónico que permita dejar evidencia fidedigna de la transacción realizada. Es deber especial de EL TITULAR el cuidado de la información consignada en el formato futuro pudieran ser incorporados. Para el uso de retiro o volante disponible en la oficina o respecto Cajeros Automáticos, Puntos de cualquier otro mecanismo que permita el acceso de EL TITULAR de la cuenta a los fondos depositados en esta. 3.3. Las sumas depositadas en la Cuenta de Ahorros junto con los intereses devengadosventa y similares, serán pagadas a EL TITULAR o TITULARES de la misma, quienes para el efecto deberán acreditar su identidad a satisfacción de EL BANCO por lo que es requisito indispensable que EL CLIENTE y/o sus representantes, o mandatarios, o autorizados legales, cuenten con una tarjeta de débito, una clave o PIN y que cumpla con todos los dispositivos y mecanismos de seguridad exigidos y provistos por EL BANCO para realizar estas operaciones. Los retiros de dinero en efectivo o cheque por ventanilla serán realizados por EL CLIENTE o representante de LA EMPRESA por medio de su orden en los formularios que EL BANCO disponga a tales fines. EL CLIENTE puede autorizar a cualquier otra persona a realizar un retiro en específico de su cuenta completando el formulario destinado por EL BANCO para tales fines o mediante el procedimiento contemplado en la presentación del documento Aplicación Computarizada que EL BANCO haya dispuesto para ello. En caso de identidad que EL CLIENTE CONTRATO MARCO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA BANCA EMPRESARIAL DEL BANCO MÚLTIPLE BELLBANK, S. A. (Aprobado desde el 06 de EL TITULAR Diciembre de 2018 mediante Xxxxxxxx Xx. 000000 y vigente hasta que su sustitución sea Autorizada por parte de la Cuenta SIB - RD) desee autorizar a terceras personas a realizar retiros ilimitados de Ahorros o del representante legal, según sea persona natural o jurídica, en el momento del retiro. Cuando falte este documento, queda a criterio de EL BANCO aceptar en reemplazo de estos documentos, la presentación de otros que identifiquen la persona y que comprueben su derecho sobre la Cuenta de Ahorros. En todos los casos podrá exigir la información, huellas, referencias y comprobaciones que estime conveniente y las acostumbradas en la práctica bancaria para identificar a EL TITULAR o TITULARES, o al representante legal y mientras por este no se suministrencuenta, EL BANCO no estará obligado a atender le requerirá un procedimiento especial que puede incluir hasta la solicitud notarización de retiro. 3.4. El retiro de fondos en plazas diferentes a la de radicación de la Cuenta de Ahorros causará las comisiones que estén vigentesun poder legal, que se debitarán de la Cuenta de Ahorros y que se darán a conocer al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país y de la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. 3.5. Frente a errores originados en la defectuosa o incompleta elaboración de los volantes de retiro o consignación de fondos que no sean imputables a EL BANCO, este solicitará los soportes que correspondan y realizará las investigaciones pertinentes, con el fin de establecer las circunstancias alrededor del error presentado así como la responsabilidad en relación con este. 3.6. provisión de documentos, formularios y firmas autógrafas que EL BANCO fijará el monto a partir del cual el retiro se pagará en cheque estime pertinentes. Si lo considera necesario, de acuerdo con sus normas y las medidas de seguridad y negociabilidad con que los cheques sean girados. Así mismoprocedimientos internos, EL BANCO podrá en cualquier momento fijar valores máximos a partir también tendrá derecho de los cuales acepta retiros. En todo caso los montos mínimos exigir, de manera alternativa o de manera complementaria, el cumplimiento de protocolos de verificación electrónicos y/o físicos, tales como comparación de datos, huellas dactilares o similares, entre otros, antes de aceptar como buena y máximos serán informados al público a través válida alguna autorización de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas parte de EL BANCO en todo el país. 3.7.Como se indica en el presente Reglamento y en el Reglamento de Uso de Tarjeta Débito, EL CLIENTE tendrá a su disposición los diferentes canales para realizar retiros de su cuenta de ahorros, dentro de los cuales se encuentran: cajeros electrónicos nacionales e internacionales, a través de transferencias electrónicas y a través de corresponsales bancarios habilitados. Igualmente todos los clientes de Cuenta de Ahorros sin excepción, tendrán a su disposición retiros gratuitos e ilimitados a través de la Red de cajeros propia de EL BANCOCLIENTE.

Appears in 1 contract

Samples: Marco De Productos Y Servicios Para Banca Empresarial

RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo retiro de la Cuenta de Ahorros se realizará hará por EL TITULAR de la misma, quien se identificará a través de la biometría y la firma los factores de seguridad que se registraron en EL BANCO hubiere adoptado para su completa identificación. Para el momento de la apertura de la Cuenta de Ahorros. En materia de retiro de fondos de la Cuenta de AhorrosAhorros en oficina bancaria, EL BANCO permite permitirá la actuación de un apoderado o representante de EL TITULAR, siempre que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometría) y haga entrega del poder vigente para el efecto, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia. 3.2. El registro efectuado por que el funcionario autorizado, autorizado haga en el formato de retiro o volante expedido por EL BANCO y disponible al público en la oficina, expedido por EL BANCO, es plena prueba del retiro, por lo que EL TITULAR deberá presentarlo para toda operación con la entidad salvo en aquellos casos en que el pago se produzca mediante la utilización de un medio electrónico que permita dejar evidencia fidedigna de la transacción realizada. Es deber especial de EL TITULAR el cuidado de la información consignada en el formato de retiro o volante disponible en la oficina o respecto de cualquier otro mecanismo que permita el acceso de EL TITULAR de la cuenta a los fondos depositados en esta. 3.3. Las sumas depositadas en la Cuenta de Ahorros junto con los intereses devengados, serán pagadas a EL TITULAR o TITULARES de la misma, quienes para el efecto deberán deberá acreditar su identidad a satisfacción de EL BANCO por lo que es requisito indispensable la presentación del documento de identidad de EL TITULAR de la Cuenta de Ahorros o del representante legal, según sea persona natural o jurídicaBANCO, en el momento del retiro. Cuando falte este documento, queda a criterio de EL BANCO aceptar en reemplazo de estos documentos, la presentación de otros que identifiquen la persona y que comprueben su derecho sobre la Cuenta de Ahorros. En todos los casos podrá exigir la información, huellas, referencias y comprobaciones que estime conveniente y las acostumbradas en la práctica bancaria para identificar a EL TITULAR o TITULARES, o al representante legal y mientras por este no se suministren, EL BANCO no estará obligado a atender la solicitud de retiro. 3.4. El retiro de fondos en plazas diferentes a la de radicación de la Cuenta de Ahorros causará las comisiones que estén vigentes, las que se debitarán de la Cuenta de Ahorros y que se darán a conocer al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país y de la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. 3.5. Frente a errores originados en la defectuosa o incompleta elaboración de los volantes de retiro o consignación de fondos que no sean imputables a EL BANCO, este solicitará los soportes que correspondan y realizará las investigaciones pertinentes, con el fin de establecer las circunstancias alrededor del error presentado así como la responsabilidad en relación con este. 3.6. EL BANCO fijará el monto a partir del cual el retiro se pagará en cheque y las medidas de seguridad y negociabilidad con que los cheques sean girados. Así mismo, EL BANCO podrá en cualquier momento fijar valores máximos a partir de los cuales acepta retiros. En todo caso los montos mínimos y máximos serán informados al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país. 3.7.Como se indica en el presente Reglamento y en el Reglamento de Uso de Tarjeta Débito, EL CLIENTE tendrá a su disposición los diferentes canales para realizar retiros de su cuenta de ahorros, dentro de los cuales se encuentran: cajeros electrónicos nacionales e internacionales, a través de transferencias electrónicas y a través de corresponsales bancarios habilitados. Igualmente todos los clientes de Cuenta de Ahorros sin excepción, tendrán a su disposición retiros gratuitos e ilimitados a través de la Red de cajeros propia de EL BANCO.

Appears in 1 contract

Samples: Cup (Contrato Unificado De Productos)

RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo retiro Las sumas de la Cuenta de Ahorros se realizará por EL TITULAR dineros que figuren depositadas en una(s) Cuenta(s) Corriente(s) Bancaria(s), junto con sus intereses, si a ello hubiere lugar, serán pagadas al Cliente que figure como titular de la misma, quien . El retiro de los fondos se identificará podrá efectuar a través de los siguientes mecanismos: (1) Retiro con CHEQUE en Oficinas. (2) Utilización de la biometría tarjeta débito en las oficinas y la firma en los cajeros automáticos de Bancoomeva y de las entidades afiliadas a las redes asociadas tales como Credibanco VISA, Redeban Multicolor, Cirrus, Servibanca y las demás que se registraron afilien en el momento futuro. (3) Utilización de los puntos de pago POS en los establecimientos de comercio. (4) A través de la apertura de la Cuenta de AhorrosOficina Virtual y Banca Móvil. En materia de retiro de fondos de la Cuenta de Ahorros, EL BANCO permite la actuación de un apoderado o representante de EL TITULAR, siempre (5) Por cualquier otro mecanismo que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometría) ofrezca Bancoomeva y haga entrega del poder vigente para el efecto, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia. 3.2. El registro efectuado por el funcionario autorizado, en el formato de retiro o volante disponible al público en la oficina, expedido por EL BANCO, es plena prueba del retiro, por lo que EL TITULAR deberá presentarlo para toda operación con la entidad salvo en aquellos casos en que el pago se produzca mediante la utilización de un medio electrónico que permita dejar evidencia fidedigna de las transacciones con sujeción a las condiciones que fije Bancoomeva. Parágrafo I: Para efectos de los retiros, el solicitante deberá exhibir el documento idóneo que acredite su identificación, presentar la transacción realizada. Es deber especial de EL TITULAR correspondiente tarjeta débito con el cuidado de la información consignada en el formato de retiro o volante disponible en la oficina o respecto de cualquier otro mecanismo que permita el acceso de EL TITULAR de la cuenta a los fondos depositados en esta. 3.3. Las sumas depositadas en la Cuenta de Ahorros junto con los intereses devengados, serán pagadas a EL TITULAR o TITULARES de la misma, quienes para el efecto deberán acreditar su identidad respectivo comprobante diligenciado y firmado a satisfacción de EL BANCO por lo que es requisito indispensable la presentación del documento de identidad de EL TITULAR de la Cuenta de Ahorros o del representante legal, según sea persona natural o jurídica, en el momento del retiroBancoomeva. Cuando falte este documentola cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad excepcionalmente y bajo la absoluta responsabilidad del Gerente de la Oficina, queda a criterio de EL BANCO Bancoomeva podrá aceptar en su reemplazo la impresión de estos documentos, la presentación las huellas dactilares de otros los titulares y otro documento de identificación que identifiquen la persona y que comprueben compruebe su derecho sobre la Cuenta de Ahorrosel depósito. En todos los casos casos, podrá exigir la información, huellaslas informaciones, referencias y comprobaciones que estime conveniente previstas en el Reglamento y las acostumbradas en la práctica bancaria para identificar a EL TITULAR o TITULARES, o al representante legal Titular y mientras por este éste no se suministrenlas suministre, EL BANCO Bancoomeva no estará obligado obligada a atender la solicitud de del retiro. 3.4. Igualmente, El retiro de fondos en plazas diferentes a la de radicación Cliente Titular de la Cuenta podrá autorizar débitos mediante instrucción expresa y escrita del mismo, acompañada de Ahorros causará firma registrada. Los retiros con volantes únicamente podrán ser efectuados por El Cliente y no admiten autorización de retiros por parte de Terceros. Parágrafo II: Los Retiros de las comisiones que estén vigentes, Cuentas que se debitarán de la Cuenta de Ahorros y que se darán a conocer al público a través de las carteleras que se situarán realicen en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO Oficinas podrán ser pagados en todo el país y de la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. 3.5. Frente a errores originados en la defectuosa efectivo o incompleta elaboración de los volantes de retiro o consignación de fondos que no sean imputables a EL BANCO, este solicitará los soportes que correspondan y realizará las investigaciones pertinentes, con el fin de establecer las circunstancias alrededor del error presentado así como la responsabilidad en relación con este. 3.6. EL BANCO fijará el monto a partir del cual el retiro se pagará en cheque y las medidas girado a nombre de seguridad y negociabilidad con que los cheques sean giradosEl Cliente. Así mismo, EL BANCO podrá Será potestativo de Bancoomeva aceptar o no la realización de retiros en cualquier momento fijar valores máximos cheque girados a partir nombre de los cuales acepta retiros. En todo caso los montos mínimos y máximos serán informados al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país. 3.7.Como se indica en el presente Reglamento y en el Reglamento de Uso de Tarjeta Débito, EL CLIENTE tendrá a su disposición los diferentes canales para realizar retiros de su cuenta de ahorros, dentro de los cuales se encuentran: cajeros electrónicos nacionales e internacionalesTerceros, a través solicitud de transferencias electrónicas y a través de corresponsales bancarios habilitados. Igualmente todos los clientes de Cuenta de Ahorros sin excepciónEl Cliente, tendrán a su disposición retiros gratuitos e ilimitados a través de pero siempre bajo la Red de cajeros propia de EL BANCOabsoluta responsabilidad.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento General Para La Apertura Y Manejo De Productos Financieros

RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo retiro de la Cuenta de Ahorros se realizará por EL TITULAR de la misma, quien se identificará a través de la biometría y la firma que se registraron en el momento de la apertura de la Cuenta de Ahorros. En materia de retiro de fondos de la Cuenta de Ahorros, EL BANCO permite la actuación de un apoderado o representante de EL TITULAR, siempre que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometría) y haga entrega del poder vigente para el efecto, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia. 3.2. El registro efectuado por el funcionario autorizado, en el formato de retiro o volante disponible al público en la oficina, expedido por EL BANCO, es plena prueba del retiro, por lo que EL TITULAR deberá presentarlo para toda operación con la entidad salvo en aquellos casos en que el pago se produzca mediante la utilización de un medio electrónico que permita dejar evidencia fidedigna de la transacción realizada. Es deber especial de EL TITULAR el cuidado de la información consignada en el formato de retiro o volante disponible en la oficina o respecto de cualquier otro mecanismo que permita el acceso de EL TITULAR de la cuenta a los fondos depositados en esta.. REV 17 / ABRIL DE 2021 3.3. Las sumas depositadas en la Cuenta de Ahorros junto con los intereses devengados, serán pagadas a EL TITULAR o TITULARES de la misma, quienes para el efecto deberán acreditar su identidad a satisfacción de EL BANCO por lo que es requisito indispensable la presentación del documento de identidad de EL TITULAR de la Cuenta de Ahorros o del representante legal, según sea persona natural o jurídica, en el momento del retiro. Cuando falte este documento, queda a criterio de EL BANCO aceptar en reemplazo de estos documentos, la presentación de otros que identifiquen la persona y que comprueben su derecho sobre la Cuenta de Ahorros. En todos los casos podrá exigir la información, huellas, referencias y comprobaciones que estime conveniente y las acostumbradas en la práctica bancaria para identificar a EL TITULAR o TITULARES, o al representante legal y mientras por este no se suministren, EL BANCO no estará obligado a atender la solicitud de retiro. 3.4. El retiro de fondos en plazas diferentes a la de radicación de la Cuenta de Ahorros causará las comisiones que estén vigentes, que se debitarán de la Cuenta de Ahorros y que se darán a conocer al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país y de la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. 3.5. Frente a errores originados en la defectuosa o incompleta elaboración de los volantes de retiro o consignación de fondos que no sean imputables a EL BANCO, este solicitará los soportes que correspondan y realizará las investigaciones pertinentes, con el fin de establecer las circunstancias alrededor del error presentado así como la responsabilidad en relación con este. 3.6. EL BANCO fijará el monto a partir del cual el retiro se pagará en cheque y las medidas de seguridad y negociabilidad con que los cheques sean girados. Así mismo, EL BANCO podrá en cualquier momento fijar valores máximos a partir de los cuales acepta retiros. En todo caso los montos mínimos y máximos serán informados al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país. 3.7.Como se indica en el presente Reglamento y en el Reglamento de Uso de Tarjeta Débito, EL CLIENTE tendrá a su disposición los diferentes canales para realizar retiros de su cuenta de ahorros, dentro de los cuales se encuentran: cajeros electrónicos nacionales e internacionales, a través de transferencias electrónicas y a través de corresponsales bancarios habilitados. Igualmente todos los clientes de Cuenta de Ahorros sin excepción, tendrán a su disposición retiros gratuitos e ilimitados a través de la Red de cajeros propia de EL BANCO.

Appears in 1 contract

Samples: Cup (Contrato Unificado De Productos)

RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo retiro de la Cuenta de Ahorros se realizará por EL TITULAR de la misma, quien se identificará a través de la biometría y la firma que se registraron en el momento de la apertura de la Cuenta de Ahorros. En materia de retiro de fondos de la Cuenta de Ahorros, EL BANCO permite la actuación de un apoderado o representante de EL TITULAR, siempre que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometría) y haga entrega del poder vigente para el efecto, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia.. CUPPJ - V1/AGOSTO 2017 3.2. El registro efectuado por el funcionario autorizado, en el formato de retiro o volante disponible al público en la oficina, expedido por EL BANCO, es plena prueba del retiro, por lo que EL TITULAR deberá presentarlo para toda operación con la entidad salvo en aquellos casos en que el pago se produzca mediante la utilización de un medio electrónico que permita dejar evidencia fidedigna de la transacción realizada. Es deber especial de EL TITULAR el cuidado de la información consignada en el formato de retiro o volante disponible en la oficina o respecto de cualquier otro mecanismo que permita el acceso de EL TITULAR de la cuenta a los fondos depositados en esta. 3.3. Las sumas depositadas en la Cuenta de Ahorros junto con los intereses devengados, serán pagadas a EL TITULAR o TITULARES de la misma, quienes para el efecto deberán acreditar su identidad a satisfacción de EL BANCO por lo que es requisito indispensable la presentación del documento de identidad de EL TITULAR de la Cuenta de Ahorros o del representante legal, según sea persona natural o jurídica, en el momento del retiro. Cuando falte este documento, queda a criterio de EL BANCO aceptar en reemplazo de estos documentos, la presentación de otros que identifiquen la persona y que comprueben su derecho sobre la Cuenta de Ahorros. En todos los casos podrá exigir la información, huellas, referencias y comprobaciones que estime conveniente y las acostumbradas en la práctica bancaria para identificar a EL TITULAR o TITULARES, o al representante legal y mientras por este no se suministren, EL BANCO no estará obligado a atender la solicitud de retiro. 3.4. El retiro de fondos en plazas diferentes a la de radicación de la Cuenta de Ahorros causará las comisiones que estén vigentes, que se debitarán de la Cuenta de Ahorros y que se darán a conocer al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país y de la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. 3.5. Frente a errores originados en la defectuosa o incompleta elaboración de los volantes de retiro o consignación de fondos que no sean imputables a EL BANCO, este solicitará los soportes que correspondan y realizará las investigaciones pertinentes, con el fin de establecer las circunstancias alrededor del error presentado así como la responsabilidad en relación con este. 3.6. EL BANCO fijará el monto a partir del cual el retiro se pagará en cheque y las medidas de seguridad y negociabilidad con que los cheques sean girados. Así mismo, EL BANCO podrá en cualquier momento fijar valores máximos a partir de los cuales acepta retiros. En todo caso los montos mínimos y máximos serán informados al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país. 3.7.Como se indica en el presente Reglamento y en el Reglamento de Uso de Tarjeta Débito, EL CLIENTE tendrá a su disposición los diferentes canales para realizar retiros de su cuenta de ahorros, dentro de los cuales se encuentran: cajeros electrónicos nacionales e internacionales, a través de transferencias electrónicas y a través de corresponsales bancarios habilitados. Igualmente todos los clientes de Cuenta de Ahorros sin excepción, tendrán a su disposición retiros gratuitos e ilimitados a través de la Red de cajeros propia de EL BANCO.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Unificado De Productos

RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo El DEPOSITANTE podrá efectuar retiro de la Cuenta de Ahorros se realizará por EL TITULAR de la mismalos fondos que tenga en su cuenta, quien se identificará únicamente a través de la biometría y la firma que se registraron en el momento de la apertura de la Cuenta de Ahorros. En materia de retiro de fondos de la Cuenta de Ahorros, EL BANCO permite la actuación del envío de un apoderado o representante de EL TITULAR, siempre que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometría) y haga entrega del poder vigente para el efecto, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia. 3.2. El registro efectuado por el funcionario autorizadodocumento escrito, en el formato cual conste la identificación del titular de la cuenta, su NIT, el valor del retiro tanto en letras como en números, la cuenta de la cual se debitará y además, indicar el nombre del beneficiario o volante disponible beneficiarios de los cheques que se deban girar hasta cubrir el monto del retiro autorizado, así como la nominación e identificación de la persona autorizada para retirar los cheques, si es del caso. Cuando el retiro deba realizarse mediante transferencia electrónica, deberá indicarse el nombre del beneficiario o beneficiarios, su identificación, número y tipo de cuenta y el banco al público cual pertenece dicha cuenta. El documento escrito mediante el cual se solicita el retiro deberá estar suscrito por los funcionarios debidamente autorizados por el representante legal del DEPOSITANTE, que se encuentren inscritos en la oficinacorrespondiente Tarjeta de Registro de Firmas Autorizadas, expedido por EL BANCO, es plena prueba del retiro, por lo a la que EL TITULAR deberá presentarlo se deben incorporar las demás medidas de seguridad que se tengan previstas para toda operación con la entidad salvo en aquellos casos en que el pago se produzca mediante la utilización de un medio electrónico que permita dejar evidencia fidedigna de la transacción realizada. Es deber especial de EL TITULAR el cuidado de la información consignada en el formato de retiro o volante disponible en la oficina o respecto de cualquier otro mecanismo que permita el acceso de EL TITULAR manejo de la cuenta a y los fondos depositados en esta. 3.3controles adicionales que para tal fin establezca INFIVALLE. Las sumas depositadas en la Cuenta de Ahorros junto con los intereses devengados, serán pagadas a EL TITULAR o TITULARES de la misma, quienes para el efecto deberán acreditar su identidad a satisfacción de EL BANCO El DEPOSITANTE será responsable por lo las inconsistencias que es requisito indispensable la presentación del documento de identidad de EL TITULAR de la Cuenta de Ahorros o del representante legal, según sea persona natural o jurídica, en el momento del retiro. Cuando falte este documento, queda a criterio de EL BANCO aceptar en reemplazo de estos documentos, la presentación de otros que identifiquen la persona y que comprueben su derecho sobre la Cuenta de Ahorros. En todos los casos podrá exigir la información, huellas, referencias y comprobaciones que estime conveniente y las acostumbradas en la práctica bancaria para identificar a EL TITULAR o TITULARES, o al representante legal y mientras por este no se suministren, EL BANCO no estará obligado a atender contenga la solicitud de retiro. 3.4. El retiro La sección de fondos en plazas diferentes a Tesorería de INFIVALLE deberá expedir y firmar una nota, una vez se registre dicha operación, siendo este el único documento con el que puede demostrarse la de radicación validez de la Cuenta de Ahorros causará las comisiones misma. En caso que estén vigentes, que se debitarán de la Cuenta de Ahorros y que se darán a conocer al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país y de la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. 3.5. Frente a errores originados en la defectuosa o incompleta elaboración de los volantes de retiro o consignación de fondos que no sean imputables a EL BANCO, este solicitará los soportes que correspondan y realizará las investigaciones pertinentes, con el fin de establecer las circunstancias alrededor del error presentado así como la responsabilidad en relación con este. 3.6. EL BANCO fijará el monto a partir del cual el retiro se pagará solicite de una cuenta de pignoración crédito a nombre del DEPOSITANTE, dicho retiro deberá ser autorizado previamente por el profesional de cartera, requisito sin el cual no será posible verificar la orden dada por el DEPOSITANTE. Los retiros de las cuentas de manejo crédito solo podrán realizarse previa autorización de los profesionales de la Subgerencia de Gestión Integral de Proyectos de INFIVALLE. PARÁGRAFO: Será potestativo de INFIVALLE aceptar o no la realización de retiros en cheque girados a nombre de terceros, a solicitud del DEPOSITANTE, pero siempre bajo la absoluta responsabilidad de este último. PÉRDIDA, HURTO O EXTRAVÍO DE CHEQUES CONSIGNADOS: Teniendo presente que INFIVALLE actúa como entidad consignataria y las medidas gestora de seguridad y negociabilidad con que los cheques sean girados. Así mismonegocios ajenos, EL BANCO podrá solo responderá por el extravío, pérdida o hurto de un cheque consignado en cualquier momento fijar valores máximos a partir de los cuales acepta retiros. En todo caso los montos mínimos y máximos serán informados al público a través de las carteleras que se situarán en los lugares de atención al cliente de cada una de las oficinas de EL BANCO en todo el país. 3.7.Como se indica en el presente Reglamento y en el Reglamento de Uso de Tarjeta Débito, EL CLIENTE tendrá a su disposición los diferentes canales para realizar retiros de su la cuenta de ahorrosdepósito, dentro de los cuales se encuentran: cajeros electrónicos nacionales e internacionales, a través de transferencias electrónicas y a través de corresponsales bancarios habilitados. Igualmente todos los clientes de Cuenta de Ahorros sin excepción, tendrán a cuando tal hecho ocurra por su disposición retiros gratuitos e ilimitados a través de la Red de cajeros propia de EL BANCOculpa debidamente declarada por autoridad competente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Depósito