Common use of Revisión médica Clause in Contracts

Revisión médica. Se realizará anualmente por parte de un Servicio Médico que constará de una serie de pruebas mínimas, como son: - Audiometría. - Control visual. - Espirometría. - Análisis de sangre y orina. - Exploración clínica. Asimismo, a criterio de estos servicios médicos, aquellas otras que estimen oportunas. Para la realización de este reconocimiento médico se concederá el día del mismo como libre al trabajador/a que efectúe la revisión médica. Será la empresa la que fije el día del reconocimiento. Para el colectivo xx xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, si el día señalado no es de trabajo, se les dará un día de descanso compensatorio en otra fecha dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que realizó el reconocimiento médico. Al personal de nuevo ingreso se le realizará este reconocimiento médico antes de su incorporación al puesto de trabajo, salvo en campañas especiales y cuando por motivos de organización no pudiera realizarse el reconocimiento médico antes del ingreso del trabajador a su puesto de trabajo. El resultado de dicho reconocimiento será entregado a cada trabajador de forma confidencial. Del carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa, o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad (Art. 22 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y art. 243 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre). En el mes de octubre de cada año, se habilitará una vacuna contra la gripe, de carácter voluntario, efectuándose en horas de trabajo.

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Samples: Convenio Colectivo

Revisión médica. Se Con carácter voluntario para el trabajador, se realizará anualmente una revisión médica por parte de un Servicio Médico que constará de una serie de pruebas mínimas, como son: - Audiometría. - Control visual. - Espirometría. - Análisis de sangre y orina. - Exploración clínica. Asimismo, a criterio de estos servicios médicos, aquellas otras que estimen oportunas. Para la realización de este reconocimiento médico se concederá el día del mismo como libre al trabajador/a que efectúe la revisión médica. Será la empresa la que fije el día del reconocimiento. Para el colectivo xx xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, si el día señalado no es de trabajo, se les dará un día de descanso compensatorio en otra fecha dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que realizó el reconocimiento médico. Al personal de nuevo ingreso ingreso, igualmente con carácter voluntario con las excepciones de obli- gatoriedad recogidas en la normativa vigente, se le realizará este reconocimiento médico antes de su incorporación al puesto de trabajo, salvo en campañas especiales y cuando por motivos de organización no pudiera realizarse el reconocimiento médico antes del ingreso del trabajador a su puesto de trabajo. El resultado de dicho reconocimiento será entregado a cada trabajador de forma confidencial. Del carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadorestraba- jadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa, o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades activi- dades de especial peligrosidad (Art. 22 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y art. 243 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre). En el mes de octubre de cada año, se habilitará una vacuna contra la gripe, de carácter voluntariovolun- tario, efectuándose en horas de trabajo.

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Samples: Convenio Colectivo

Revisión médica. Se Con carácter voluntario, se realizará anualmente en horas de trabajo por parte de un del Servicio Médico que concertado por la Empresa, y constará de una serie de pruebas mínimas, como son: - Audiometría. - Control visualVisual. - Espirometría. - Análisis de sangre y orina. - Exploración clínica. Asimismo, a criterio de estos servicios médicos, aquellas u otras que estimen oportunas. Para la La realización de este reconocimiento médico se concederá respetará los descansos del trabajador fijando el día del reconocimiento la Empresa. Si el mismo como libre al trabajador/a que efectúe la revisión médica. Será la empresa la que fije el día del reconocimiento. Para el colectivo xx xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, si el día señalado no es se realizara en horas de trabajo, el trabajador una vez terminado deberá reintegrarse a su trabajo. En base a lo establecido en art. 243 de la Ley General de la Seguridad Social, los reconocimientos médicos serán obligatorios para todos los trabajadores que pertenezcan al grupo profesional de Técnico aplicador recogido en el art. 10 del presente Convenio (cuyas tareas conllevan aplicaciones de plaguicidas). Asimismo a los trabajadores que pertenezcan a los grupos profesiones de Técnico de higiene/instalador y Técnico de higiene/instalador junior, siendo su puesto de trabajo el de conductor, se les dará un día de descanso compensatorio en otra fecha dentro de los dos meses siguientes aplicará la excepción a la fecha voluntariedad del reconocimiento médico recogida en que realizó el reconocimiento médicoart. 22 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, al poder constituir las labores de conducción inherentes al puesto un peligro para el trabajador o para terceros. Al personal de nuevo ingreso se le realizará les realizara este reconocimiento médico antes una vez superado el periodo de su incorporación al puesto de trabajoprueba establecido para cada categoría, salvo en campañas especiales y cuando por motivos de organización no pudiera realizarse el reconocimiento médico antes del ingreso del trabajador a su puesto de trabajo. El resultado de dicho reconocimiento será entregado a cada trabajador de forma confidencial. Del carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe quedando autorizada la Empresa para recibir el certificado médico de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores aptitud o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa, o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad (Art. 22 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y art. 243 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre). En el mes de octubre ineptitud de cada año, se habilitará una vacuna contra la gripe, de carácter voluntario, efectuándose en horas de trabajotrabajador.

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Samples: Convenio Colectivo De Empresa

Revisión médica. Se Con carácter voluntario para el trabajador, se realizará anualmente una re- visión médica por parte de un Servicio Médico que constará de una serie de pruebas mínimas, como son: - Audiometría. - Control visual. - Espirometría. - Análisis de sangre y orina. - Exploración -Exploración clínica. Asimismo, a criterio de estos servicios médicos, aquellas otras que estimen esti- men oportunas. Para la realización de este reconocimiento médico se concederá el día del mismo como libre al trabajador/a que efectúe la revisión médica. Será la empresa la que fije el día del reconocimiento. Para el colectivo xx xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, si el día señalado no es de trabajo, se les dará un día de descanso compensatorio en otra fecha dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que realizó el reconocimiento médico. Al personal de nuevo ingreso ingreso, igualmente con carácter voluntario con las excepciones de obligatoriedad recogidas en la normativa vigente, se le realizará rea- lizará este reconocimiento médico antes de su incorporación al puesto de trabajo, salvo en campañas especiales y cuando por motivos de organización no pudiera realizarse el reconocimiento médico antes del ingreso del trabajador xxx xxxxx- jador a su puesto de trabajo. El resultado de dicho reconocimiento será entregado a cada trabajador de forma confidencial. Del carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes repre- sentantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa, o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad peligrosi- dad (Art. 22 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y art. 243 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre). En el mes de octubre de cada año, se habilitará una vacuna contra la gripe, de carácter voluntario, efectuándose en horas de trabajo.

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Samples: Convenio Colectivo