Common use of RUBROS FINANCIABLES Clause in Contracts

RUBROS FINANCIABLES. Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el plan de negocio, los necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, que se aplicarán para los siguientes fines: Pago de salarios u honorarios Insumos para el ciclo productivo (materia prima y bienes en proceso) que contribuyan de manera directa o que forman parte del proceso de producción. Adquisición de maquinaria, equipos y software. Costos que se generen por permisos, licencias y registros, requeridos por la ley para el normal funcionamiento del proyecto. Adquisición o arriendo de bienes muebles y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrial, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario Adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdo, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y genere valor agregado, garantizando la sostenibilidad en el mercado para que no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo. En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos.

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Samples: Fondo Emprender Agreement, Grant Agreement

RUBROS FINANCIABLES. Los De acuerdo con lo establecido en el artículo 6° del Acuerdo N° 00004 de 2009, los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la para: La financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el trabajo del plan de negocio, entendiéndose por capital de trabajo, los recursos necesarios para el funcionamiento y operación de la empresaempresa que eventualmente se constituya , que se aplicarán para los siguientes fines: Pago consistente en dinero destinado al pago de salarios u honorarios Insumos salarios, insumos para el ciclo productivo (materia prima y prima, bienes en proceso) que contribuyan de manera directa contribuyen directamente o que forman parte del proceso de producción. Infraestructura y Montaje: Adquisición de maquinariamaquinaria y equipo, equipos y software. Costos costos que se generen por permisos, concepto de constitución legal y licencias y registros, requeridos requeridas por la ley para el normal funcionamiento del proyecto. Adquisición ; así mismo podrá financiarse con estos recursos las adecuaciones o arriendo remodelaciones de los bienes muebles que conforman el proceso de dotación técnica y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) % del valor total de los recursos asignados por solicitado ante el Fondo Emprender. Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrialAsí mismo, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de Emprender financiará la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario Adquisición adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdoartículo 13 del Acuerdo 00004 de 2009, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y región, genere valor agregado, garantizando la garantice sostenibilidad en el mercado para que mercado, no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo. En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos. Para el desembolso de recursos será requisito previo, el trámite de formalización y constitución legal de empresa, asociación o figura jurídica mediante la cual se desarrollara el plan de negocios, a menos que los posibles beneficiarios lo hayan presentado bajo la modalidad de una empresa con menos de un año de constituida .

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Samples: Interadministrative Contract

RUBROS FINANCIABLES. Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el plan de negocio, los necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, que se aplicarán para los siguientes fines: : 1. Pago de salarios u honorarios honorarios 2. Insumos para el ciclo productivo (materia prima y bienes en proceso) que contribuyan de manera directa o que forman parte del proceso de producción. 3. Adquisición de maquinaria, equipos y software. 4. Costos que se generen por permisos, licencias y registros, requeridos por la ley para el normal funcionamiento del proyecto. 5. Adquisición o arriendo de bienes muebles y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. 6. Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. 7. Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrial, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario beneficiario. 8. Adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdo, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y genere valor agregado, garantizando la sostenibilidad en el mercado para que no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo. En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos.. Nota: el desarrollo de la aplicación de pagos de estos rubros está sujeta a las condiciones del Instructivo de pagos, disponible en la plataforma del Fondo Emprender

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Samples: Fondo Emprender Contract

RUBROS FINANCIABLES. Los De acuerdo con lo establecido en el artículo 6° del Acuerdo N° 00004 de 2009, los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para para: la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el trabajo del plan de negocio, entendiéndose por capital de trabajo, los recursos necesarios para el funcionamiento y operación de la empresaempresa que eventualmente se constituya , que se aplicarán para los siguientes fines: Pago consistente en dinero destinado al pago de salarios u honorarios Insumos salarios, insumos para el ciclo productivo (materia prima y prima, bienes en proceso) que contribuyan de manera directa contribuyen directamente o que forman parte del proceso de producción. Infraestructura y Montaje: Adquisición de maquinariamaquinaria y equipo, equipos y software. Costos costos que se generen por permisos, concepto de constitución legal y licencias y registros, requeridos requeridas por la ley para el normal funcionamiento del proyecto. Adquisición ; así mismo podrá financiarse con estos recursos las adecuaciones o arriendo remodelaciones de los bienes muebles que conforman el proceso de dotación técnica y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) % del valor total de los recursos asignados por solicitado ante el Fondo Emprender. Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrialAsí mismo, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de Emprender financiará la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario Adquisición adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdoartículo 13 del Acuerdo 00004 de 2009, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y región, genere valor agregado, garantizando la garantice sostenibilidad en el mercado para que mercado, no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo. En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos. Para el desembolso de recursos será requisito previo, el trámite de formalización y constitución legal de empresa, asociación o figura jurídica mediante la cual se desarrollara el plan de negocios, a menos que los posibles beneficiarios lo hayan presentado bajo la modalidad de una empresa con menos de un año de constituida .

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Samples: Interadministrative Contract

RUBROS FINANCIABLES. Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el plan de negocio, los necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, que se aplicarán para los siguientes fines: Pago de salarios u honorarios Insumos para el ciclo productivo (materia prima y bienes en proceso) que contribuyan de manera directa o que forman parte del proceso de producción. Adquisición de maquinaria, equipos y software. Costos que se generen por permisos, licencias y registros, requeridos por la ley para el normal funcionamiento del proyecto. Adquisición o arriendo de bienes muebles y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrial, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario Adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdo, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y genere valor agregado, garantizando la sostenibilidad en el mercado para que no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo. En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor la emprendedora debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos. Recursos que podrán ser reembolsables o no reembolsables, siempre y cuando la destinación que se les dé corresponda a lo establecido en el plan de negocios aprobado por el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, en su calidad de Consejo de Administración del Fondo Emprender y cumpla con los indicadores de gestión formulados en el mismo.

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Samples: Grant Agreement

RUBROS FINANCIABLES. Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el plan de negocio, los necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, que se aplicarán para los siguientes fines: Pago de salarios u honorarios Insumos para el ciclo productivo (materia prima y bienes en proceso) que contribuyan de manera directa o que forman parte del proceso de producción. Adquisición de maquinaria, equipos y software. Costos que se generen por permisos, licencias y registros, requeridos por la ley para el normal funcionamiento del proyecto. Adquisición o arriendo de bienes muebles y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrial, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario Adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdo, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y genere valor agregado, garantizando la sostenibilidad en el mercado para que no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo. En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos. Recursos que podrán ser reembolsables o no reembolsables, siempre y cuando la destinación que se les dé corresponda a lo establecido en el plan de negocios aprobado por el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, en su calidad de Consejo de Administración del Fondo Emprender y cumpla con los indicadores de gestión formulados en el mismo.

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Samples: Contract

RUBROS FINANCIABLES. Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el plan de negocio, los necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, que se aplicarán para los siguientes fines: : 1. Pago de salarios u honorarios honorarios 2. Insumos para el ciclo productivo (materia prima y bienes en proceso) que contribuyan de manera directa o que forman parte del proceso de producción. 3. Adquisición de maquinaria, equipos y software. 4. Costos que se generen por permisos, licencias y registros, requeridos por la ley para el normal funcionamiento del proyecto. 5. Adquisición o arriendo de bienes muebles y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. 6. Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. 7. Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrial, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario beneficiario 8. Adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdo, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y genere valor agregado, garantizando la sostenibilidad en el mercado para que no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo. En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos.

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Samples: Fondo Emprender Agreement

RUBROS FINANCIABLES. Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para para: la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el trabajo del plan de negocio, entendiéndose por capital de trabajo, los recursos necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, que se aplicarán para los siguientes fines: Pago consistente en dinero destinado al pago de salarios u honorarios Insumos salarios, insumos para el ciclo productivo (materia prima y prima, bienes en proceso) que contribuyan de manera directa contribuyen directamente o que forman parte del proceso de producción. Infraestructura y Montaje: Adquisición de maquinariamaquinaria y equipo, equipos y software. Costos costos que se generen por permisos, concepto de constitución legal y licencias y registros, requeridos requeridas por la ley para el normal funcionamiento del proyecto. Adquisición ; así mismo podrá financiarse con estos recursos las adecuaciones o arriendo remodelaciones de los bienes muebles que conforman el proceso de dotación técnica y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) % del valor total de los recursos asignados por solicitado ante el Fondo Emprender. Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrialAsí mismo, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de Emprender financiará la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario Adquisición adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdoartículo 13 del acuerdo 00004 de 2009, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y región, genere valor agregado, garantizando la garantice sostenibilidad en el mercado para que mercado, no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo. En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos. El Fondo Emprender no financiará los siguientes rubros: Compra de bienes muebles que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio. Compra de bienes inmuebles. Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes inmuebles, que no conformen el proceso de dotación técnica y que no sean indispensables para el desarrollo del plan de negocios. Estudios de factibilidad de proyectos (consultorías, asesoría jurídica, financiera, etc.). Adquisición de vehículos automotores.

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Samples: Financing Agreement