SALDO MÍNIMO. EL CLIENTE deberá abrir sus cuentas con el saldo mínimo que le indique LA CAJA y mantener en todo momento, no menos de dicho saldo mínimo depositado en las mismas. LA CAJA se reserva el derecho de modificar dicho saldo mínimo de tiempo en tiempo para lo cual informará a EL CLIENTE en la forma prevista en la cláusula 22 de este CONTRATO.
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