Sesiones del Comité Asesor de Contratación Cláusulas de Ejemplo

Sesiones del Comité Asesor de Contratación. El Comité Asesor de Contratación se reunirá de forma ordinaria, cuando existan asuntos a tratar. La convocatoria de la sesión ordinaria se remitirá por el Secretario Técnico con mínimo dos días hábiles de antelación a la realización del Comité. En esta comunicación se adjuntará la documentación soporte de los asuntos que se tratarán en la respectiva sesión. Sin perjuicio de lo anterior, el Comité Asesor de Contratación podrá reunirse de manera extraordinaria en cualquier tiempo por solicitud del Presidente del Comité o cualquiera de sus miembros, con una convocatoria inferior a la establecida para las sesiones ordinarias, anexando todos los soportes de los asuntos que se tratarán en la respectiva sesión. Las reuniones del Comité Asesor de Contratación podrán ser presenciales, virtuales, o híbridas según la convocatoria que para el efecto realice la Secretaría Técnica del mismo mediante correo electrónico.
Sesiones del Comité Asesor de Contratación. El Comité Asesor de Contratación se reunirá de forma ordinaria en el marco de las funciones establecidas. En el resto de eventos se reunirá de forma extraordinaria cuando el competente contractual lo requiera. La convocatoria a las sesiones del comité serán citadas por el Secretario Técnico con una antelación no inferior a un día hábil, dicha convocatoria se realizará por mensaje de correo electrónico adjuntando el orden del día.

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  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Condiciones Especiales del Contrato A menos que se indique lo contrario, el Contratante deberá completar todas las CEC antes de emitir los documentos de licitación. Se deberán adjuntar los programas e informes que el Contratante deberá proporcionar.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.

  • Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Esta sección incluye cláusulas específicas que son propias para cada contrato y que complementan las Condiciones Generales del Contrato (CGC)

  • CONDICIONES DEL CONTRATO Categoría: TITULADO DE GRADO MEDIO Retribución mensual bruta: Jornada semanal: 35 horas semanales Financiación asignada al contrato: 29.987,40 € Otros méritos a valorar:

  • Ley Sobre el Contrato de Seguro El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.