SIGLAS Y REFERENCIAS Cláusulas de Ejemplo

SIGLAS Y REFERENCIAS. ▪ CGR : Contraloría General de la República. ▪ SIDJI : Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses. ▪ DJI : Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses. ▪ DNIe : Documento de identidad electrónico. ▪ Declarante-entidad: Sujeto obligado a la presentación de la DJI según lo estipula en la Ley N° 31227.
SIGLAS Y REFERENCIAS. 1 Siglas AGESIC Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento AGEV Dirección de Gestión y Evaluación OPP Oficina de Planeamiento y Presupuesto FGN Fiscalía General de la Nación SIPPAU Sistema de Información y Gestión del Proceso Penal Acusatorio del Uruguay SGSP Sistema de Gestión de Seguridad Pública 1) AGESIC - Metadatos Modelo de Referencia Persona 2) AGESIC – Modelo de Direcciones Geográficas del Uruguay xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/x/0000/0/xxxxxx/xx_xxx:_xxxxxx_xx_xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxxxx_xxx_ uruguay_.html?menuderecho=2 3) AGESIC - Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento – Normas Técnicas xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/x/000/0/xxxxxx/xxxxxx_xxxxxxxx.xxxx 4) AGESIC – Pautas de Usabilidad xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxx/000/0/Xxxxxxxx_0_Xxxxxxxxxx_x0_0.xxx 5) AGESIC – Pautas de Accesibilidad xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxx/000/0/Xxxxxxxx_0_Xxxxxxxxxxxxx_x0_0.xxx 6) AGESIC - Normas técnicas aplicadas al diseño xx xxxxxxxx xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/x/000/0/xxxxxx/xxxxxxx_xx_xxxxxx.xxxx?xxxxx=000&xxxxxxxxxxx= 2 7) AGESIC - Normas técnicas aplicadas a la seguridad de la información xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/x/000/0/xxxxxx/xxxxxxx_xx_xxxxxx.xxxx?xxxxx=000&xxxxxxxxxxx= 2 8) Ley Nº 18.331 - Protección de datos personales y acción de "Habeas Data" xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/XxxxxxXxxxxXxx.xxx?Xxx=00000&Xxxxxx
SIGLAS Y REFERENCIAS. Entidad : Entidad sujeta al ámbito del Sistema Nacional de Control. SNC : Sistema Nacional de Control.
SIGLAS Y REFERENCIAS. Contraloría : Contraloría General de la República.

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  • PRESUPUESTO REFERENCIAL Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • VALOR REFERENCIAL El valor referencial asciende a S/. 71,008.65 (Setentaiún mil ocho con 65/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes xx Xxxx.

  • TÉRMINOS DE REFERENCIA El Suscrito concuerda con los términos de referencia establecidos en el Anexo A de este Contrato. El Suscrito se encontrara bajo la dirección del Director de proyecto identificado en dicho anexo.

  • TERMINOS DE REFERENCIA DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA:

  • REFERENCIAS Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

  • Objeto y ámbito de aplicación LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO REGULAR LA FORMA Y TÉRMINOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, DENOMINADO COMPRANET, POR PARTE DE LOS SUJETOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO DE LOS INVITADOS, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN DICHOS ORDENAMIENTOS LEGALES.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • PERIODO DE CARENCIA Todas las prestaciones que en virtud de la Póliza asuma la Mutua, serán facilitadas desde el momento de entrada en vigor del Contrato. No obstante, se exceptúan de este principio general los supuestos que a continuación se detallan, que tendrán los siguientes periodos de carencia: • La hospitalización e intervenciones quirúrgicas, tanto con ingreso hospitalario como ambulatorias, incluida la asistencia al parto, 180 días. • Los tratamientos recogidos en los apartados Métodos Terapéuticos y Otros Servicios (Cláusulas 17.4 y 17.5 de las Condiciones Generales), 180 días. • Prestaciones Especiales recogidas en la Cláusula 17.9 de estas Condiciones Generales, 24 meses (salvo el Chequeo Médico Preventivo cuya carencia es de 180 días). • En general, todos los actos terapéuticos y pruebas diagnósticas que precisan autorización previa por parte de la Mutua y que así se encuentran descritos en el baremo de la misma (ver Anexo I Prestaciones que requieren autorización previa), 180 días. Los periodos de carencia anteriormente citados no serán exigibles en el caso de accidentes cubiertos por la Póliza, o de enfermedades que precisan asistencia de urgencia, así como en los casos de partos prematuros, siempre que, de no haber sido prematuro, dicho parto se hubiera producido una vez superado el periodo de carencia.

  • Documentos que Establecen las Calificaciones del Oferente 19.1 La evidencia documentada de las calificaciones del Oferente para ejecutar el Contrato si su oferta es aceptada, deberá establecer a completa satisfacción del Comprador: (a) que, si se requiere en los DDL, el Oferente que no fábrica o produce los bienes que propone proveer deberá presentar una Autorización del Fabricante mediante el formulario incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta para demostrar que ha sido debidamente autorizado por el fabricante o productor de los Bienes para suministrarlos en el país del Comprador; (b) que, si se requiere en los DDL, en el caso de un Oferente que no está establecido comercialmente en el país del Comprador, el Oferente está o estará (si se le adjudica el Contrato) representado por un Agente en el país del Comprador equipado y con capacidad para cumplir con las obligaciones de mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos, estipuladas en las Condiciones del Contrato y/o las Especificaciones Técnicas; y (c) que el Oferente cumple con cada uno de los criterios de calificación estipulados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.

  • GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.