Normas Técnicas Cláusulas de Ejemplo

Normas Técnicas. El Contratista será responsable de la correcta interpretación de los Planos para la realización de la Obra y responderá por los errores de interpretación en que incurra durante la ejecución y conservación de la misma, hasta la Recepción Definitiva. Cualquier deficiencia o error que constatara en el Proyecto o en los Planos, deberá comunicarlo de inmediato al funcionario competente y abstenerse de realizar los trabajos que pudiesen estar afectados por esas deficiencias, salvo que el funcionario competente, le ordene la ejecución de tales trabajos. En este último caso, el Contratista quedará exento de responsabilidad, salvo cuando los vicios advertidos puedan llegar a comprometer la estabilidad de la Obra y provocar su ruina total o parcial. La falta de notificación a la administración o la ejecución de los trabajos sin orden escrita de ésta, hará responsable al Contratista. De igual manera que con las deficiencias técnicas del proyecto, procederá el Contratista con respecto a los vicios del pavimento, a los de los materiales provistos por la Entidad Contratante y a las deficiencias de los sistemas o procedimientos constructivos exigidos por los Pliegos u ordenados por aquella. Los procedimientos y métodos de construcción, para llevar a cabo la ejecución de la Obra, son responsabilidad del Contratista. La ejecución de la construcción, así como el suministro de Bienes y Equipos por parte del Contratista, deberán cumplir los requisitos de las Normas y Especificaciones Generales para la Construcción del tipo de obra objeto de la adjudicación, establecidas por los respectivos ministerios u otras entidades del Estado Dominicano. En caso de no contarse con especificaciones técnicas dominicanas se usarán normas internacionales reconocidas. En los casos que estas últimas normas superen en exigencia las respectivas dominicanas se usarán las internacionales reconocidas siempre que ello vaya en beneficio del interés público. Los materiales y demás elementos provenientes de demoliciones cuyo destino no hubiese sido previsto por el Contrato quedarán de propiedad de la Entidad Contratante. El Contratista será responsable de cualquier reclamo o demanda que pudiera originar la provisión o el uso indebido de materiales, sistemas de construcción o implementos utilizados. El Contratista no podrá recusar a quien la Entidad Contratante haya designado para la dirección, inspección, control o tasación de la Obra; pero si tuviese observaciones o quejas justificadas, las expondrán, ...
Normas Técnicas. 2.19. Las normas y especificaciones técnicas citadas en los documentos de licitación deben promover la competencia más amplia posible, asegurando simultáneamente el cabal cumplimiento de los requisitos de funcionamiento de los bienes o las obras que se contraten. En la medida de lo posible, el Prestatario debe especificar normas técnicas de aceptación internacional, como las emitidas por la Organización Internacional de Normalización, a las cuales deban ajustarse el equipo, los materiales o la mano de obra. En los casos en que no existan normas técnicas internacionales, o cuando las existentes no sean apropiadas, se pueden especificar normas técnicas nacionales. En todo caso, en los documentos de licitación se debe estipular que también se deben aceptar equipos, materiales y formas de ejecución que cumplan con otras normas técnicas que sean por lo menos sustancialmente equivalentes a las internacionales.
Normas Técnicas. El diseño, construcción, operación y mantenimiento del Sistema de Distribución se sujetarán a los parámetros y requerimientos establecidos en el Contrato, las Leyes Aplicables y el presente Anexo.
Normas Técnicas. El diseño, construcción, operación y mantenimiento del Sistema de Transporte de Gas se sujetará a los parámetros y requerimientos establecidos en el Contrato y a las normas técnicas establecidas en las Leyes Aplicables.
Normas Técnicas. Conjunto de disposiciones y requisitos generales establecidos por la Dirección de Obras Públicas, que deben aplicarse para la realización de estudios, proyectos, ejecución y equipamiento de las obras; puesta en servicio, conservación o mantenimiento y la supervisión de estos trabajos. Comprendiendo la medición y la base de pago de los conceptos de obra o servicios relacionados con la misma;
Normas Técnicas. No aplica No aplica.
Normas Técnicas. 5.1 La obra deberán ser entregados de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y las Normas Técnicas indicadas en la Planilla de Especificaciones Técnicas.-----------------
Normas Técnicas. El diseño, construcción, operación y mantenimiento del Sistema de Abastecimiento de GLP deberá cumplir con lo establecido en el Contrato y en las normas técnicas señaladas en las Leyes Aplicables, y en lo no previsto por éstos, con la normatividad técnica internacional aplicable y con las prácticas recomendadas de la industria de Hidrocarburos.
Normas Técnicas. Para todos los proyectos se tendrán en cuenta como mínimo las siguientes normas técni- cas: RETILAP Reglamento técnico de instalaciones de iluminación y alumbrado público RAS 2000 Reglamento Técnico del sector de Agua Potable y Saneamiento Básico NTC 3838 Gasoductos presiones de operación permisibles para el transpor- te y distribución de gas NTC 4596 Señalizaciones para instalaciones y ambientes escolares Ley 361 de 1997 Integración social de las personas con limitación Manual de referencia accesibilidad al medio físico y al transporte del Ministerio de transporte y el Invias NOTA: Para los proyectos que contemplen diseños nuevos y/o complementación y actua- lización de diseños existentes, el interventor no solo revisará y verificará sino que también aprobará los diseños realizados y certificará que los mismos cumplen con todas las nor- mas técnicas generales y particulares que les apliquen. Aplica para aquellos proyectos que son financiados por regalías y que se encuentran en fase de desarrollo 1 o 2 las cuales corresponden a:  Fase 1: Perfil de proyecto  Fase 2: Pre factibilidad (Diseños Básicos) Consiste en la ejecución de estudios técnicos y diseños de acuerdo con la fase de maduración en la que el ET o la ETC los haya presentado, si fueron presentados en Fase 1 (perfil del proyecto) deberá desarrollar la Fase 2 perfectibilidad (Diseños básicos) y la fase 3 Factibilidad (ingeniería de detalle), lo anterior no implica que en algunos casos el contratista deba realizar la fase 1, 2 y 3 de acuerdo a la solicitud que le haga el FFIE a través de la interventoría. El interventor deberá verificar que los proyectos ejecutados por el contratista se desarro- llen de acuerdo con la metodología prevista en la Resolución 252 de 22 de febrero de 2012 y los requisitos definidos en el acuerdo 0017 del 12 de diciembre 2013 “Por el cual se establecen los requisitos para la viabilización, aprobación y ejecución de los proyectos de Inversión Financiados con cargo al Sistema General de Regalías” y/o aquellos que los modifiquen, adicionen o sustituyan. En caso tal que la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías solicite modificaciones o complementaciones, la interventoría deberá garantizar que sean atendidas por el contratista dentro de los plazos establecidos para ello, hasta que el proyecto sea viabilizado por la Comisión. La interventoría no podrá permitir que por ningún motivo que el contratista de inicio a la Fase 2 de construcción hasta que los estudios y di...
Normas Técnicas. CAPITULO I.- PUBLICIDAD ESTÁTICA O FIJA SECCIÓN I.- EN SUELO PRIVADO