Common use of SINIESTRO Clause in Contracts

SINIESTRO. ES TODO HECHO EXTERNO, ACAECIDO EN FORMA ACCIDENTAL, REPENTINA E IMPREVISTA DURANTE LA VIGENCIA ANUAL DE LA PÓLIZA, QUE HAYA CAUSADO UN DAÑO QUE PUEDA DAR ORIGEN A UNA RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL CONTRA EL ASEGURADO AMPARADO POR ESTA SECCIÓN. CONSTITUYE UN SOLO SINIESTRO EL ACONTECIMIENTO O SERIE DE ACONTECIMIENTOS DAÑOSOS DEBIDOS A UNA MISMA CAUSA ORIGINARIA, CON INDEPENDENCIA DEL NÚMERO DE RECLAMANTES, RECLAMACIONES FORMULADAS O PERSONAS LEGALMENTE RESPONSABLES.

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Samples: Póliza De Seguro Todo Riesgo, Póliza De Seguro

SINIESTRO. ES TODO HECHO EXTERNOLA OCURRENCIA DEL RIESGO ASEGURADO DESCRITO EN EL CAPÍTULO 1, ACAECIDO EN FORMA ACCIDENTALQUE HA PRODUCIDO UNA PÉRDIDA O DAÑO IMPUTABLE AL ASEGURADO POR LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL AMPARADA, REPENTINA E IMPREVISTA QUE HAYA SUCEDIDO DURANTE LA VIGENCIA ANUAL DE PACTADA EN LA PÓLIZA, QUE HAYA CAUSADO UN DAÑO QUE PUEDA DAR ORIGEN Y RECLAMADO A UNA RECLAMACIÓN MÁS TARDAR DOS (2) AÑOS DESPUÉS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL CONTRA EL ASEGURADO AMPARADO POR ESTA SECCIÓNDICHA OCURRENCIA. CONSTITUYE CONSTITUYEN UN SOLO SINIESTRO EL ACONTECIMIENTO O SERIE DE ACONTECIMIENTOS LOS SUCESOS DAÑOSOS DEBIDOS A UNA MISMA CAUSA ORIGINARIAUN ACCIDENTE DE TRÁNSITO AMPARADO, CON INDEPENDENCIA DEL NÚMERO DE RECLAMANTESAFECTADOS, RECLAMACIONES FORMULADAS RECLAMANTES O PERSONAS LEGALMENTE RESPONSABLES.

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Samples: Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil Extracontractual

SINIESTRO. ES TODO HECHO EXTERNOEN DESARROLLO DEL PRINCIPIO DE QUE EL GARANTE NO SE COMPROMETE A MÁS DE AQUELLO A LO QUE EL GARANTIZADO SE COMPROMETIÓ, ACAECIDO CONFIANZA NO ASUME RESPONSABILIDAD ALGUNA POR AMPAROS O COBERTU- RAS QUE NO SE EXIJAN EXPRESAMENTE EN FORMA ACCIDENTALLA OBLIGA- CIÓN ASEGURADA. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 1077 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, REPENTINA E IMPREVISTA DURANTE EL ASEGURADO DEBERÁ ACREDITAR LA VIGENCIA ANUAL OCURRENCIA DEL SINIESTRO Y LA CUANTÍA DE LA PÓLIZA, QUE HAYA CAUSADO UN DAÑO QUE PUEDA DAR ORIGEN A UNA RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL CONTRA EL ASEGURADO AMPARADO POR ESTA SECCIÓN. CONSTITUYE UN SOLO SINIESTRO EL ACONTECIMIENTO O SERIE DE ACONTECIMIENTOS DAÑOSOS DEBIDOS A UNA MISMA CAUSA ORIGINARIA, CON INDEPENDENCIA DEL NÚMERO DE RECLAMANTES, RECLAMACIONES FORMULADAS O PERSONAS LEGALMENTE RESPONSABLESRECLAMACIÓN.

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Samples: Guarantee Agreement

SINIESTRO. ES TODO LA REALIZACIÓN DEL RIESGO ASEGURADO POR UN HECHO EXTERNO, ACAECIDO EN FORMA ACCIDENTALACCIDENTAL Y SÚBITO, REPENTINA E IMPREVISTA DURANTE AJENO A LA VIGENCIA ANUAL DE LA PÓLIZAVOLUNTAD DEL ASEGURADO, QUE HAYA CAUSADO UN HA PRODUCIDO UNA PÉRDIDA O DAÑO QUE PUEDA DAR ORIGEN A UNA RECLAMACIÓN INDEMNIZABLE BAJO LA PRESENTE PÓLIZA. PARA EFECTOS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL CONTRA SE ENTENDERÁ COMO TAL EL ASEGURADO AMPARADO HECHO INDEMNIZABLE POR ESTA SECCIÓNLA PRESENTE XXXXXX, ACAECIDO DURANTE LA VIGENCIA DEL SEGURO Y RECLAMADO A MÁS TARDAR DOS (2) AÑOS DESPUÉS DE DICHA OCURRENCIA. CONSTITUYE UN SOLO SINIESTRO EL ACONTECIMIENTO O SERIE DE ACONTECIMIENTOS DAÑOSOS DEBIDOS A UNA MISMA CAUSA ORIGINARIA, CON INDEPENDENCIA DEL NÚMERO DE AFECTADOS, RECLAMANTES, RECLAMACIONES FORMULADAS O PERSONAS LEGALMENTE RESPONSABLESRESPONSABLE.

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Samples: Póliza De Seguro