SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por este Contrato no es exigible la clasificación del empresario, de modo que los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características. 2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se detallan, respectivamente, en los Apartados O y P del Cuadro de características. La acreditación de este cumplimiento podrá efectuarse bien a través de los medios de acreditación que se relacionan en estos mismos Apartados O y P del Cuadro de características, bien, alternativamente, mediante la clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características. 3. A las empresas que, por razón válida, no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas en el Apartado O del Cuadro de características para acreditar su solvencia económica y financiera, se las autorizará a acreditarla mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado. 4. De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre y cuando demuestre que, durante toda la duración de la ejecución del Contrato, se dispondrá efectivamente de esta solvencia y medios, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una causa de prohibición de contratar. No obstante, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contrato, si así se indica en el Apartado O del Cuadro de Características. 5. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes en la unión o de otras entidades. 6. En el caso de que así se establezca en el Apartado R del Cuadro de características, los licitadores, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en los términos previstos en el PPT. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos en el Anexo número 2 de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de características. 7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismos.
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Samples: Service Agreement
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por este Contrato no es exigible la clasificación del empresario10.1.- Los licitadores deberán acreditar, el estar en posesión de modo que los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica o profesional que se detallan, respectivamente, en los Apartados O y P del Cuadro de características. La acreditación de este cumplimiento podrá efectuarse bien a través de los medios de acreditación justificación que se relacionan en estos mismos Apartados O reseñan a continuación:
a) Medios para acreditar la solvencia económica y P financiera:
1.- Se acreditará a través del Cuadro volumen anual de características, bien, alternativamente, mediante la clasificación negocios del licitador en el grupoámbito al que se refiera el contrato ( suministro equipos de iluminación), subgrupo referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y categoría quede presentación de las ofertas. En el caso que atendiendo a la fecha de constitución o de inicio de las actividades no alcancen las mismas el periodo de tres años, se exigirá que el licitador disponga del mínimo de solvencia exigido respecto del ejercicio de mayor volumen de los ejercicios disponibles. Al estar dividido el objeto del contrato en Lotes, el volumen anual de negocios exigido anteriormente se aplicará en relación con cada uno de los lotes, en los términos que a continuación se indican: Lote 1: volumen actual de negocios igual o superior a 48.700,00€ Lote 2: volumen actual de negocios igual o superior a 245.640,00€ En caso de presentarse ofertas por Lotes conjuntos deberá acreditarse el citado volumen anual de negocios respecto al conjunto de los Lotes por los que se presenta la oferta, sumando los importes exigidos para cada Lote. En las uniones temporales de empresas se contabilizarán las sumas del volumen anual de negocios de cada una de las empresas que la integran, de manera acumulativa, en proporción a su % de participación en la unión. Acreditación del volumen anual de negocios exigido en el contrato: El citado volumen anual de negocios del licitador se acreditará mediante certificación o nota simple comprensiva de las correspondientes cuentas anuales aprobadas y depositadas expedida por el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial, siempre que esté vencido el plazo de presentación de las cuentas del ejercicio correspondiente y se encuentren depositadas en dicho Registro. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
2.- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al precio del contrato, o al correspondiente de cada Lote, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
3. A las empresas que, por razón válida, no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas en el Apartado O del Cuadro de características para acreditar su solvencia económica y financiera, se las autorizará a acreditarla mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado.
4. De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre y cuando demuestre que, durante toda la duración de la ejecución del Contrato, se dispondrá efectivamente de esta solvencia y medios, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una causa de prohibición de contratar. No obstante, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contrato, si así se indica en el Apartado O del Cuadro de Características.
5. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes en la unión o de otras entidades.
6. En el caso de que así se establezca en el Apartado R del Cuadro de características, los licitadores, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en los términos previstos en el PPT. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos en el Anexo número 2 de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de características.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismos.
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Samples: Contract for Supply, Installation, and Transportation of Lighting Equipment
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por este Contrato no es exigible la clasificación del empresario, de modo que los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos de 13.1 La solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se detallanacreditarán mediante la aportación de los documentos siguientes: - Seguro de indemnización por responsabilidad civil, respectivamentevigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe no inferior a 600.000,00 €. Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los Apartados O importes y P riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del Cuadro seguro. - Compromiso de características. La acreditación suscribir, si resulta adjudicatario y en el plazo fijado en el apartado 23 de este cumplimiento podrá efectuarse bien pliego, la renovación o prórroga de la póliza. En el supuesto de personas jurídicas pertenecientes a través un grupo de los medios sociedades y a efectos de acreditación que se relacionan en estos mismos Apartados O y P del Cuadro la valoración de características, bien, alternativamente, mediante la clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
3. A las empresas que, por razón válida, no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas en el Apartado O del Cuadro de características para acreditar su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, se podrá tener en cuenta a las autorizará a acreditarla mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado.
4. De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellassociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando demuestre quela persona jurídica en cuestión acredite que tendrá efectivamente a su disposición, durante toda el plazo a que se refiere el artículo 70.2 del Texto Refundido de la duración Ley de Contratos del Sector Público, los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
13.2 La solvencia técnica o profesional de los licitadores se apreciarán teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse por los siguientes medios: - Una relación, suscrita por el empresario o representante legal de la empresa, de los principales servicios realizados en los últimos cinco años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos del respectivo código CPV1, incluyendo importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante: Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El importe anual, sin incluir los impuestos, que el licitador deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato será igual o superior al 70% de su anualidad media, equivalente a 105.000€ - Autorización emitida por el organismo competente para la ejecución del Contrato, se dispondrá efectivamente objeto de esta solvencia y medioslicitación (gestor de residuos autorizados, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una causa transporte de prohibición de contratar. No obstante, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contrato, si así se indica en el Apartado O del Cuadro de Características.
5. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes en la unión o de otras entidades.
6residuos). En el caso de que así tratamiento de residuos, será necesario presentar una relación donde se establezca en especifiquen las plantas donde se realizará, acompañado de las autorizaciones pertinentes. Para acreditar la gestión y seguimiento adecuado el Apartado R del Cuadro licitador deberá aportar los documentos siguientes: Modelo de características, los licitadores, además Solicitud de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en los términos previstos en el PPTAdmisión de Residuos Peligrosos y No Peligrosos. El compromiso Modelo de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos Documentos de compromiso contenidos en el Anexo número 2 Aceptación de este PCPresiduos peligrosos. El incumplimiento Modelo de dicho requisito podrá comportar la imposición Documentos de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro Control y Seguimiento. Modelo Documento de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de característicasIdentificación.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismos.
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Samples: Contratación De Servicios
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por En este Contrato no es exigible la clasificación del empresarioprocedimiento y en virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6 LCSP, de modo que se eximirá a los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos la acreditación de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se detallanprofesional. No obstante, respectivamentedeberán poseer la solvencia mínima exigida a continuación, aunque estén exentos de su acreditación. Sin perjuicio de esto, la entidad contratante podrá solicitar a los licitadores, en los Apartados O cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, la acreditación del cumplimiento de estos extremos.
A) Solvencia económica y P del Cuadro financiera: artículo 87.1 de característicasla LCSP. La acreditación El licitador deberá cumplir con las condiciones siguientes:
(i) Declaración sobre el volumen anual de este cumplimiento podrá efectuarse bien a través negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los medios de acreditación que tres últimos años concluidos deberá ser, al menos, una vez el valor anual medio del contrato equivalente a 5.000 euros. Este requisito se relacionan en estos mismos Apartados O y P del Cuadro de características, bien, alternativamente, mediante la clasificación en el grupo, subgrupo y categoría queacreditará, en su caso, se prevea mediante la aportación de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios para los que esté vencida la obligación de aprobación de las cuentas anuales y depositadas en el Apartado Q del Cuadro Registro Mercantil o Registro Oficial que corresponda. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil deberán acreditar su volumen anual de características.
3negocios respecto a los tres últimos años ejercicios mediante los libros de inventario y cuentas anules legalizados por el Registro Mercantil. A En el caso que la fecha de creación o inicio de las empresas queactividades de la empresa licitadora sea inferior a un año deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente. Si por razones justificadas, por razón válida, una empresa no estén en condiciones de presentar pudiera facilitar las referencias solicitadas solicitadas, en el Apartado O del Cuadro de características para caso que se requiera, podrá acreditar su solvencia económica y financiera, se las autorizará a acreditarla financiera mediante cualquier otro documento que el órgano otra documentación considerada como suficiente por la entidad contratante de contratación considere apropiado.
4. De conformidad con acuerdo a lo establecido en el artículo 75 86.1 tercer párrafo de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre y cuando demuestre que, durante toda la duración de la ejecución del Contrato, se dispondrá efectivamente de esta solvencia y medios, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una causa de prohibición de contratar. No obstante, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contrato, si así se indica en el Apartado O del Cuadro de Características.
5. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes en la unión o de otras entidades.
6. En el caso de que así se establezca en el Apartado R del Cuadro de características, los licitadores, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en los términos previstos en el PPT. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos en el Anexo número 2 de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de características.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismos.
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Samples: Supply Agreement
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por este Contrato no es exigible la clasificación del empresario, de modo que los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos de 13.1 La solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se detallan, respectivamente, en los Apartados O y P del Cuadro de características. La acreditación de este cumplimiento podrá efectuarse bien a través acreditará mediante la aportación de los medios siguientes documentos: - Declaración anual sobre el volumen de acreditación que se relacionan en estos mismos Apartados O y P del Cuadro de características, bien, alternativamente, mediante la clasificación negocios en el grupoámbito de actividades correspondiente al objeto de esta licitación, subgrupo y categoría quede los tres últimos ejercicios, en su casoque anualmente deberá ser superior en, se prevea en al menos, el Apartado Q del Cuadro importe anual de características.
3la licitación. A En el supuesto de que las empresas quelicitadoras se hayan constituido dentro de los tres años anteriores a la fecha de publicación de la presente licitación, por razón válida, no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas en el Apartado O del Cuadro de características importe fijado para acreditar la solvencia económica y financiera se calculará en función del período de tiempo transcurrido desde el inicio de actividad. - Copia del seguro de responsabilidad civil que cubra la responsabilidad que sea imputable al licitador y a los profesionales que presten servicios para el mismo, acompañada de la copia del último recibo justificando el último pago realizado. En el supuesto de personas jurídicas pertenecientes a un grupo de sociedades y a efectos de la valoración de su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, se podrá tener en cuenta a las autorizará a acreditarla mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado.
4. De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellassociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando demuestre quela persona jurídica en cuestión acredite que tendrá efectivamente a su disposición, durante toda la duración el plazo a que se refiere el artículo 70.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución del Contrato, de los contratos.
13.2 La solvencia técnica y profesional se dispondrá efectivamente acreditarán mediante la aportación de esta solvencia y medios, y los documentos siguientes: - Relación suscrita por el empresario o el representante legal de la entidad a empresa en la que se recurra no esté incursa recojan los principales servicios prestados en una causa de prohibición de contratar. No obstantelos últimos tres ejercicios, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios que incluya importe, fechas y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras beneficiarios públicos o entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto privadas de los requisitos mismos. A tal efecto, en el importe no se incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido. Los servicios se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea una entidad del Sector privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de solvencia económica este certificado, mediante una declaración del empresario. - Informe emitido, en fecha actual, por la Tesorería General de la Seguridad Social relativo al Número anual medio de trabajadores en situación alta en los tres últimos años. - Declaración responsable indicando el equipamiento y financieralos recursos materiales descritos en el punto 5.3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas para la prestación del servicio. - Relación nominal, según modelo del Anexo V, del personal sanitario y no sanitario que prestará los servicios, en la que deberá incluirse: nombre, apellidos, DNI, categoría profesional (titulación), puesto de trabajo actual, tipo de servicios prestados, tipo de contrato, dedicación horaria. Además se deberá aportar de todo el personal sanitario el contrato de trabajo (laboral, mercantil u otros) o el certificado correspondiente emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (válido sólo en caso de contrato laboral). - Dentro del Anexo V, la empresa licitadora deberá diferenciar el personal de uso exclusivo (días laborables de lunes a viernes, de 8:00 h. a 22:00 h.) y dichas entidades responderán solidariamente el personal de la ejecución del Contratouso no exclusivo (24 h. en xxxxxxx, si así se indica xxxxxxxx y días festivos, y días laborables en horario de 22:00 h. a 8:00 h.) que prestará el servicio. La empresa licitadora deberá aportar un equipo de personal mínimo, tanto en el Apartado O del Cuadro caso de Características.
5personal de uso exclusivo como en el de uso no exclusivo, compuesto de: 2 facultativos de medicina general, 2 DUE’s, 1 médico especialista y 2 gestores. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades - Copia de las empresas participantes titulaciones académicas del personal sanitario (sólo médicos) incluidos en la unión o de otras entidades.
6el Anexo V que prestará los servicios. En el caso de que así la titulación aportada no corresponda a una universidad española, se establezca deberá acreditar su convalidación. - Certificado de colegiación profesional vigente del personal sanitario (sólo médicos) incluidos en el Apartado R Anexo V. Se podrá aportar certificado individual de cada profesional o certificado único válido para varios profesionales emitido por el Colegio de Médicos o el recibo del Cuadro pago de característicasla última cuota del colegio profesional. En todo caso se deberá acreditar la colegiación de todos los profesionales médicos que se hayan reflejado en el Anexo V. - Descripción detallada de las instalaciones disponibles. - Acreditación de que en el equipo de trabajo que prestará el servicio, los licitadoresbien sean personas de uso exclusivo o no exclusivo, existen empleados que disponen de nivel suficiente para conversar fluidamente, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en castellano en los términos previstos idiomas xxxxxx, xxxxxxx y alemán, garantizando que en el PPTcualquier momento del día, inclusive festivos, sean atendidos los servicios solicitados en cualquiera de los idiomas indicados. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos Lo indicado en el Anexo número 2 párrafo anterior se acreditará mediante certificado expedido por la Dirección de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de características.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 Recursos Humanos de la LCSP constituyen una presunción empresa licitadora, acreditativo de aptitud en relación la disponibilidad de personal con los requisitos conocimientos en idiomas requeridos, así como de selección cualitativa que figuren en la veracidad de los mismosdatos.
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Samples: Contract for Services
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por este Contrato no es exigible la clasificación del empresario10.1.- Los licitadores deberán acreditar, el estar en posesión de modo que los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica o profesional que se detallan, respectivamente, en los Apartados O y P del Cuadro de características. La acreditación de este cumplimiento podrá efectuarse bien a través de los medios de acreditación justificación que se relacionan en estos mismos Apartados O reseñan a continuación:
a) Medios para acreditar la solvencia económica y P financiera:
1.- Se acreditará a través del Cuadro volumen anual de características, bien, alternativamente, mediante la clasificación negocios del licitador en el grupoámbito al que se refiera el contrato ( suministro equipos de sonido), subgrupo referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y categoría quede presentación de las ofertas. En el caso que atendiendo a la fecha de constitución o de inicio de las actividades no alcancen las mismas el periodo de tres años, se exigirá que el licitador disponga del mínimo de solvencia exigido respecto del ejercicio de mayor volumen de los ejercicios disponibles. Al estar dividido el objeto del contrato en Lotes, el volumen anual de negocios exigido anteriormente se aplicará en relación con cada uno de los lotes, en los términos que a continuación se indican: Lote 1: volumen actual de negocios igual o superior a 251.500,00€ Lote 2: volumen actual de negocios igual o superior a 71.000,00€ Lote 3: volumen actual de negocios igual o superior a 77.852,39€ En caso de presentarse ofertas por Xxxxx conjuntos deberá acreditarse el citado volumen anual de negocios respecto al conjunto de los Lotes por los que se presenta la oferta, sumando los importes exigidos para cada Lote. En las uniones temporales de empresas se contabilizarán las sumas del volumen anual de negocios de cada una de las empresas que la integran, de manera acumulativa, en proporción a su % de participación en la unión. Acreditación del volumen anual de negocios exigido en el contrato: El citado volumen anual de negocios del licitador se acreditará mediante certificación o nota simple comprensiva de las correspondientes cuentas anuales aprobadas y depositadas expedida por el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial, siempre que esté vencido el plazo de presentación de las cuentas del ejercicio correspondiente y se encuentren depositadas en dicho Registro. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
2.- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al precio del contrato, o al correspondiente de cada Lote, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
3. A las empresas que, por razón válida, no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas en el Apartado O del Cuadro de características para acreditar su solvencia económica y financiera, se las autorizará a acreditarla mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado.
4. De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre y cuando demuestre que, durante toda la duración de la ejecución del Contrato, se dispondrá efectivamente de esta solvencia y medios, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una causa de prohibición de contratar. No obstante, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contrato, si así se indica en el Apartado O del Cuadro de Características.
5. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes en la unión o de otras entidades.
6. En el caso de que así se establezca en el Apartado R del Cuadro de características, los licitadores, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en los términos previstos en el PPT. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos en el Anexo número 2 de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de características.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismos.
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Samples: Contract for Supply, Transport, and Installation of Sound Equipment
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por En este Contrato no es exigible la clasificación del empresarioprocedimiento y en virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6 LCSP, de modo que se eximirá a los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos la acreditación de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se detallanprofesional. No obstante, respectivamentedeberán poseer la solvencia mínima exigida a continuación, aunque estén exentos de su acreditación. Sin perjuicio de esto, la entidad contratante podrá solicitar a los licitadores, en los Apartados O cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, la acreditación del cumplimiento de estos extremos.
A) Solvencia económica y P del Cuadro financiera: artículo 87.1 de característicasla LCSP. La acreditación El licitador deberá cumplir con las condiciones siguientes:
(i) Declaración sobre el volumen anual de este cumplimiento podrá efectuarse bien a través negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los medios de acreditación que tres últimos años concluidos deberá ser, al menos, una vez el valor anual medio del contrato equivalente a 16.500,00 euros. Este requisito se relacionan en estos mismos Apartados O y P del Cuadro de características, bien, alternativamente, mediante la clasificación en el grupo, subgrupo y categoría queacreditará, en su caso, se prevea mediante la aportación de las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios para los que esté vencida la obligación de aprobación de las cuentas anuales y depositadas en el Apartado Q del Cuadro Registro Mercantil o Registro Oficial que corresponda. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil deberán acreditar su volumen anual de características.
3negocios respecto a los tres últimos años ejercicios mediante los libros de inventario y cuentas anules legalizados por el Registro Mercantil. A En el caso que la fecha de creación o inicio de las empresas queactividades de la empresa licitadora sea inferior a un año deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente. Si por razones justificadas, por razón válida, una empresa no estén en condiciones de presentar pudiera facilitar las referencias solicitadas solicitadas, en el Apartado O del Cuadro de características para caso que se requiera, podrá acreditar su solvencia económica y financiera, se las autorizará a acreditarla financiera mediante cualquier otro documento que el órgano otra documentación considerada como suficiente por la entidad contratante de contratación considere apropiado.
4. De conformidad con acuerdo a lo establecido en el artículo 75 86.1 tercer párrafo de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre y cuando demuestre que, durante toda la duración de la ejecución del Contrato, se dispondrá efectivamente de esta solvencia y medios, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una causa de prohibición de contratar. No obstante, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contrato, si así se indica en el Apartado O del Cuadro de Características.
5. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes en la unión o de otras entidades.
6. En el caso de que así se establezca en el Apartado R del Cuadro de características, los licitadores, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en los términos previstos en el PPT. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos en el Anexo número 2 de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de características.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismos.
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Samples: Service Agreement
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por este Contrato no es exigible la clasificación del empresario10.1.- Los licitadores deberán acreditar, el estar en posesión de modo que los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica o profesional que se detallan, respectivamente, en los Apartados O y P del Cuadro de características. La acreditación de este cumplimiento podrá efectuarse bien a través de los medios de acreditación justificación que se relacionan en estos mismos Apartados O reseñan a continuación:
a) Medios para acreditar la solvencia económica y P financiera:
1.- Se acreditará a través del Cuadro volumen anual de características, bien, alternativamente, mediante la clasificación negocios del licitador en el grupoámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. En el caso que atendiendo a la fecha de constitución o de inicio de las actividades no alcancen las mismas el periodo de tres años, subgrupo se exigirá que el licitador disponga del mínimo de solvencia exigido respecto del ejercicio de mayor volumen de los ejercicios disponibles. Al estar dividido el objeto del contrato en Lotes, el volumen anual de negocios exigido anteriormente se aplicará en relación con cada uno de los lotes, en los términos que a continuación se indican: Lote 1: volumen actual de negocios igual o superior a 263.000,00€ Lote 2: volumen actual de negocios igual o superior a 17.000,00€ En caso de presentarse ofertas por Xxxxx conjuntos deberá acreditarse el citado volumen anual de negocios respecto al conjunto de los Lotes por los que se presenta la oferta, sumando los importes exigidos para cada Lote. En las uniones temporales de empresas se contabilizarán las sumas del volumen anual de negocios de cada una de las empresas que la integran, de manera acumulativa, en proporción a su % de participación en la unión. Acreditación del volumen anual de negocios exigido en el contrato: El citado volumen anual de negocios del licitador se acreditará mediante certificación o nota simple comprensiva de las correspondientes cuentas anuales aprobadas y categoría quedepositadas expedida por el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial, siempre que esté vencido el plazo de presentación de las cuentas del ejercicio correspondiente y se encuentren depositadas en dicho Registro. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
2.- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al precio del contrato, o al correspondiente de cada Lote, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
3. A las empresas que, por razón válida, no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas en el Apartado O del Cuadro de características para acreditar su solvencia económica y financiera, se las autorizará a acreditarla mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado.
4. De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre y cuando demuestre que, durante toda la duración de la ejecución del Contrato, se dispondrá efectivamente de esta solvencia y medios, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una causa de prohibición de contratar. No obstante, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contrato, si así se indica en el Apartado O del Cuadro de Características.
5. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes en la unión o de otras entidades.
6. En el caso de que así se establezca en el Apartado R del Cuadro de características, los licitadores, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en los términos previstos en el PPT. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos en el Anexo número 2 de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de características.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismos.
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SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por este Contrato no es exigible la clasificación del empresario7.1.- Los licitadores deberán acreditar, el estar en posesión de modo que los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en los Apartados O y P del Cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
2. Por tanto, los licitadores deben cumplir los requisitos mínimos las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica o profesional que se detallan, respectivamente, en los Apartados O y P del Cuadro de características. La acreditación de este cumplimiento podrá efectuarse bien a través de los medios de acreditación justificación que se relacionan reseñan a continuación:
a) Medios para acreditar la solvencia económica y financiera: La justificación de la solvencia económica y financiera habrá de acreditarse por todos los medios siguientes:
1.- Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en estos mismos Apartados O el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior a 410.000.00€ igic excluido.
2.- Justificación de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por un importe igual o superior a 410.000.00 €, igic excluido así como copia del último recibo abonado por el adjudicatario.
b) La solvencia técnica o profesional, habrá de acreditarse por todos los medios siguientes:
1.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y P el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del Cuadro de características, bien, alternativamentesector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante la clasificación en el grupoun certificado expedido por éste o, subgrupo y categoría quea falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, se prevea en el Apartado Q del Cuadro de características.
3. A las empresas que, por razón válida, no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas en el Apartado O del Cuadro de características para acreditar su solvencia económica y financiera, se las autorizará a acreditarla mediante cualquier otro documento que el estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación considere apropiadopor la autoridad competente.
42.- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
3.- Relación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario aplicará al ejecutar el contrato.
4.- Acreditación de poseer los certificados de: Sistema de Gestión de Calidad (ISO 9001 o equivalente). De conformidad con el artículo 75 Sistema de Gestión Medioambiental (EMAS, ISO 14001 o equivalente). Sistema de Gestión de la LCSPPrevención de Riesgos Laborales (OHSAS 18001 o equivalente).
5.- Declaración indicando la maquinaria, material (fungible o no) y equipo técnico del que se dispondrá para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica ejecución de los vínculos que tenga con ellastrabajos o prestaciones, siempre y cuando demuestre que, durante toda la duración de la ejecución del Contrato, se dispondrá efectivamente de esta solvencia y medios, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una causa de prohibición de contratar. No obstante, respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a adjuntará la experiencia profesional documentación acreditativa pertinente, solo podrá recurrirse a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contrato, si así se indica en el Apartado O del Cuadro de Características.
5. En las UTE, la solvencia exigida deberá cumplirse por todas las empresas que la conforman. Con el fin de determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes en la unión o de otras entidades.
6. En el caso de que así se establezca en el Apartado R del Cuadro de características, los licitadores, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales o materiales suficientes, en los términos previstos en el PPT. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos en el Anexo número 2 de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, si se prevé como una falta específica en el Apartado AF del Cuadro de características, o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI del Cuadro de características.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismos.
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Samples: Contract for Maintenance Services
SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1. Por Para este Contrato contrato no es exigible la clasificación del empresario, de modo por lo que los licitadores pueden acreditar su solvencia indistintamente acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia indicados en los Apartados apartados O y P del Cuadro cuadro de características, o bien acreditando su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado apartado Q del Cuadro cuadro de características.
2. Por lo tanto, los licitadores deben deberán cumplir los requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se detallan, respectivamente, en los Apartados apartados O y P del Cuadro cuadro de características. características La acreditación de este cumplimiento podrá efectuarse bien ya sea a través de los medios de acreditación que se relacionan en estos mismos Apartados apartados O y P del Cuadro cuadro de características, o bien, alternativamente, mediante la clasificación en el grupo, subgrupo y categoría que, en su caso, se prevea en el Apartado apartado Q del Cuadro cuadro de características.
3. A las Las empresas que, por una razón válida, no estén en condiciones de presentar las referencias solicitadas en el Apartado apartado O del Cuadro cuadro de características para acreditar su solvencia económica y financiera, se las autorizará a tendrán autorización para acreditarla mediante cualquier otro documento que el órgano de contratación considere apropiado.
4. De conformidad con el artículo 75 de la LCSP, para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el Contratocontrato, el licitador podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre y cuando demuestre que, que durante toda la duración de la ejecución del Contrato, contrato se dispondrá efectivamente de esta solvencia y de medios, y la entidad a la que se recurra no esté incursa en una ninguna causa de prohibición de para contratar. No obstanteSin embargo, respecto a de los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales y a la experiencia profesional pertinente, solo podrá recurrirse se puede recurrir a las capacidades de otras entidades si estas prestan los servicios para los que son necesarias dichas capacidades. Si una empresa recurre a las capacidades de otras entidades respecto de los requisitos de solvencia económica y financiera, la empresa y dichas entidades responderán solidariamente de la ejecución del Contratocontrato, si así se indica en el Apartado apartado O del Cuadro cuadro de Característicascaracterísticas.
5. En las UTEUTEs, la solvencia exigida deberá cumplirse por para todas las empresas que la conforman. Con el fin de Para determinar la solvencia de la UTE, se acumulará la solvencia acreditada por cada una de sus integrantes. Dichas UTE pueden recurrir a las capacidades de las empresas participantes que participan en la unión o de otras entidades.
6. En el caso de que así se establezca en el Apartado apartado R del Cuadro cuadro de características, los licitadores, además de reunir la solvencia exigida, tendrán que deberán comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los contrato suficientes medios personales o materiales suficientesmateriales, en los términos previstos en el PPT. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del Contrato los contrato suficientes medios personales y/o materiales suficientes se efectuará mediante los modelos de compromiso contenidos en el Anexo anexo número 2 de este PCP. El incumplimiento de dicho requisito podrá comportar la imposición de penalidades, penalidades si se prevé como una falta específica en el Apartado AF apartado R del Cuadro cuadro de características, características o bien tendrá la consideración de causa específica de resolución del Contrato contrato por incumplimiento de una obligación esencial, de acuerdo con el Apartado AI mencionado apartado R del Cuadro cuadro de características.
7. Los certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar a los que se refiere hace referencia el artículo 97 de la LCSP constituyen una presunción de aptitud en relación con los requisitos de selección cualitativa que figuren en los mismosellos.
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Samples: Servicio De Mantenimiento De La Plataforma De Datos