SUMA ASEGURADA Y DESCUBIERTO OBLIGATORIO Cláusulas de Ejemplo

SUMA ASEGURADA Y DESCUBIERTO OBLIGATORIO. La Suma Asegurada indicada en las Condiciones Particulares, representa el límite máximo de responsabilidad por acontecimiento que asume el Asegurador. Se entiende por acontecimiento todo evento que pueda ocasionar uno o mas reclamos, producto de un mismo hecho generador.
SUMA ASEGURADA Y DESCUBIERTO OBLIGATORIO. 3.1) La suma asegurada estipulada en las Condiciones Particulares representará el límite máximo de responsabilidad que asume el ASEGURADOR, incluyendo honorarios, costas, intereses y otros acrecidos. 3.2) El máximo de indemnizaciones admisibles a cargo del ASEGURADOR por todos los acontecimientos ocurridos durante la vigencia de la póliza o durante el período de Retroactividad (para el supuesto de sucesivas renovaciones) será, el importe asegurado por cada ACONTECIMIENTO que figura en las Condiciones Particulares. 3.3) EL ASEGURADO participará en todo y cada reclamo o serie de reclamos que se originen en un mismo acontecimiento, con el 5% (cinco por ciento) de la suma asegurada de la póliza vigente al momento del reclamo, por cada acontecimiento. En el supuesto de que el Asegurador arribara a una posible solución transaccional con el tercero, y existiese desacuerdo en celebrar la misma por parte del Asegurado, éste deberá manifestarlo mediante notificación fehaciente, dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas. En tal supuesto, habiéndose frustrado la posibilidad conciliatoria por decisión del Asegurado, los montos de una eventual sentencia o transacción posterior que excedan de los previstos en aquella posibilidad conciliatoria frustrada, serán a cargo exclusivo del Asegurado, asumiendo éste el compromiso expreso de reintegrar dichas sumas al Asegurador dentro de las 72 (setenta y dos) horas contadas a partir de que éste hubiera hecho efectivo el pago al tercero en cumplimiento de la resolución judicial que así lo ordene.

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