Supervisión de las Pruebas Cláusulas de Ejemplo

Supervisión de las Pruebas. Participar en las pruebas internas de operación. Participar en las pruebas de puesta en servicio del Proyecto establecidas en el Anexo 2 del Contrato. Los profesionales requeridos para la labor de Supervisión deben estar colegiados y habilitados en el ejercicio profesional en el Perú. El perfil de cada profesional, sin ser limitativo, es el siguiente: Jefe de Supervisión del Proyecto: Ingeniero mecánico-electricista o electricista, con una experiencia mínima xx xxxx (10) años en supervisión de líneas y subestaciones de 220 kV o superior. Jefe Supervisor de Línea de Transmisión: Ingeniero mecánico-electricista o electricista, con una experiencia mínima de cinco (5) años en supervisión de líneas de 220 kV o superior. Jefe Supervisor de Subestaciones: Ingeniero mecánico-electricista o electricista, con una experiencia mínima de cinco (5) años en supervisión de subestaciones de 220 kV o superior. Jefe Supervisor de Obras Civiles: Ingeniero civil, con una experiencia mínima de cinco (5) años en supervisión de obras civiles de líneas y subestaciones de alta tensión. Especialista en Protección Eléctrica: Ingeniero mecánico-electricista o electricista, con una experiencia mínima de cinco (5) años en sistemas de protección de subestaciones de 220 kV o superior.
Supervisión de las Pruebas. Participar en las pruebas internas de operación. Participar en las pruebas de verificación de la línea eléctrica establecidas en el Anexo N° 2 del Contrato. Los profesionales requeridos para la labor de Supervisión y su respectivo perfil, sin ser limitativo, es el siguiente: Jefe de Supervisión del Proyecto: Ingeniero mecánico-electricista o electricista, con una experiencia mínima de 10 años en supervisión de líneas y subestaciones de 220 kV. Jefe Supervisor de Línea de Transmisión: Ingeniero mecánico-electricista o electricista, con una experiencia mínima de 10 años en supervisión de líneas de 220 kV. Jefe Supervisor de Subestaciones: Ingeniero mecánico-electricista o electricista, con una experiencia mínima de 10 años en supervisión de subestaciones de 220 kV. Jefe Supervisor de Obras Civiles: Ingeniero civil, con una experiencia mínima de 10 años en supervisión de obras civiles de líneas y subestaciones de alta tensión. Especialista en Protección Eléctrica: Ingeniero mecánico-electricista o electricista, con una experiencia mínima de 5 años en sistemas de protección de subestaciones 220 kV. Especialista en Telecomunicaciones: Ingeniero mecánico-electricista o electricista con una experiencia mínima de 5 años en sistemas de telecomunicaciones de líneas eléctricas de alta tensión. Supervisor de Geotecnia: Xxxxxxxxx Xxxxxxx, con experiencia mínima de 10 años en supervisión de trabajos en líneas y subestaciones de alta tensión. Jefe de Seguridad: Ingeniero mecánico electricista, electricista o de profesión afín con experiencia mínima de 10 años en la supervisión de la seguridad durante la construcción de líneas y subestaciones eléctricas de alta tensión. Técnicos civiles, electromecánicos y de telecomunicaciones, con experiencia mínima en trabajos similares en obras de Líneas eléctricas, subestaciones y telecomunicaciones de alta tensión.
Supervisión de las Pruebas.  Participar en las pruebas internas de operación.  Participar en las pruebas de verificación de la Línea Eléctrica establecidas en el Anexo N° 2 del Contrato.
Supervisión de las Pruebas. Participar en las pruebas internas de operación. • Participar en las pruebas de verificación del Proyecto establecidas en el Anexo 2 del Contrato. 5. Calificaciones del personal de la Empresa Supervisora

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  • SUPERVISIÓN DEL SERVICIO Con el objeto de realizar el seguimiento y control de la consultoría a ser prestada por el CONSULTOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de CONTRAPARTE, a cuyo fin designará ___________ (Especificar la profesión y la especialidad del profesional técnico especializado o si corresponde a un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en que ejercerá la Jefatura del equipo). La CONTRAPARTE, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente LA ENTIDAD.

  • SUPERVISIÓN DEL CONTRATO Paralelamente a las tareas de autocontrol que ejerce el Contratista se realizarán las tareas de supervisión que aquí se establecen. La Contratante designará un grupo de técnicos que conformará el Órgano de Control del contrato. Este es el órgano de máxima jerarquía en la función de control, los técnicos que lo integren ejercerán sus funciones de manera técnicamente independiente. El Órgano de Control de la Contratante estará representado por un Ingeniero debidamente calificado que, como Supervisor de Obra, tendrá la responsabilidad de la Supervisión. El Supervisor de Obra podrá ser un funcionario de la Contratante o un consultor contratado a tal fin. Todas las tareas de supervisión que se detallan a continuación serán realizadas por el Supervisor de Obra o el Órgano de Control, según corresponda, con equipos propios de la Contratante o por terceros contratados para tal fin. En ambos casos el equipo será seleccionado teniendo en cuenta la oportunidad, conveniencia, idoneidad y naturaleza de la tarea a realizar. La supervisión cumple varias funciones que van variando en sus objetivos e intensidad a lo largo del contrato, estas son: SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS DE “PUESTA A PUNTO” Y “COMPLEMENTARIAS”. La supervisión de las obras de “puesta a punto” tiene por objeto asegurar el completo apego a las condiciones que debe cumplir el autocontrol de la empresa Contratista e incluye la comprobación estadística de los ensayos de control de calidad. Esta tarea comprenderá, además, la verificación de la calibración de los equipos usados por el equipo de autocontrol, la idoneidad del personal, el cumplimiento de las normas de ensayo, de los pliegos de condiciones técnicas, de las frecuencias de ensayo y de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales, procesos y productos terminados. El Supervisor de Xxxx realizará informes mensuales al Órgano de Control de la contratante, y a la empresa Contratista acerca de la forma en que se realiza el autocontrol especificando las posibles desviaciones, errores y omisiones, su gravedad y las medidas que se han tomado o que se deberán tomar para corregirlas.

  • SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS El Estado" a través del área solicitante descrita en la carátula, podrá supervisar y vigilar en todo tiempo la ejecución del (los) servicio(s) objeto de este contrato, así como dar a "El Proveedor" las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con la ejecución, a fin de que se ajuste a las especificaciones correspondientes.

  • ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS “LA CONAVI” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. (COLOCAR NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), (COLOCAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la entrega de los bienes o prestación de los servicios o de su personal. Asimismo, “LA CONAVI” sólo aceptará los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. Los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; la inspección de los bienes consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, no se tendrán por aceptados por parte de “LA CONAVI”. “LA CONAVI”, a través administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los bienes si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose “EL PROVEEDOR” en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para “LA CONAVI”

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • SUPERVISIÓN LA UNIVERSIDAD ejercerá la supervisión y control de forma directa sobre el desarrollo y cumplimiento del presente contrato, por intermedio del Director de Bienestar Universitario de la Sede. El SUPERVISOR está facultado para hacer solicitudes e impartir instrucciones al ARRENDATARIO sobre asuntos de su responsabilidad; éste debe acatarlas Parágrafo primero.- Corresponde al supervisor, además de las funciones que se deriven de la naturaleza y esencia propias del presente contrato; supervisará, fiscalizará, revisará el planeamiento y ejecución del mismo y verificará de que el ARRENDATARIO cumpla con las obligaciones pactadas en el contrato, para lo cual desempeñará las siguientes funciones principales: 1) Verificar que EL ARRENDATARIO cumpla con el objeto del contrato dentro del término estipulado para tal fin. 2) Corroborar que EL ARRENDATARIO cumpla con las condiciones funcionales y técnicas ofrecidas en la oferta 3) Emitir concepto sobre: a. adiciones; b. reclamaciones; c. garantías constituidas; d. Prórrogas. 4) Realizar todas las actividades que considere necesarias, tendientes a asegurar que EL ARRENDATARIO cumpla con las obligaciones pactadas. 5) Elaborar y suscribir el acta de entrega y recibo a satisfacción. 6) Elaborar y dar visto bueno al acta de liquidación final del contrato. En dicho documento debe quedar constancia de la verificación del pago de EL ARRENDATARIO de los aportes de sus empleados a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF y Sena, cuando legalmente a ello haya lugar, de conformidad con lo establecido en las Leyes 789/02 y 828/03, y demás norma que las adiciones o modifique.

  • EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Una vez efectuada la diligencia de cierre en la fecha y hora fijada para ello en el cronograma del presente proceso, el Comité Evaluador designado, realizará el estudio de la verificación de los requisitos habilitantes: jurídicos, financieros, de orden técnico y de experiencia del proponente, conforme al cronograma del proceso. La evaluación de las propuestas se efectuará conforme a lo señalado en el presente documento, o en las adendas que lo modifiquen. Los aspectos jurídicos, financieros, técnicos no darán lugar a puntaje, pero habilitan o inhabilitan la propuesta. Con el fin de garantizar la legalidad y los principios de la contratación estatal, la Dirección Nacional de Derecho de Autor se reserva la facultad de verificar toda la información presentada, para lo cual solicitará cuando lo estime conveniente a las entidades estatales y privadas y/o a los proponentes la información que considere necesaria. De la misma manera, podrá designar funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o sedes de cada uno de los proponentes y obtener o solicitar por cualquier medio idóneo la información que requiera para verificar la información suministrada en las propuestas. El informe que contiene la evaluación preliminar de los proponentes podrá ser consultado en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o en la Dirección Nacional de Derecho de Autor – Grupo de Contratos – ubicada en la calle 28 No. 13 A – 15 piso 17 de la ciudad de Bogotá, durante el término señalado en el cronograma del proceso. En la citada publicación (Evaluación Preliminar) se relacionarán los proponentes que se encuentran habilitados y aquellos que no lo están. Los proponentes no habilitados tendrán el término establecido en el cronograma, o el que les conceda la entidad, para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena de rechazo definitivo de su propuesta. En ejercicio de esta facultad, el proponente no podrá completar, adicionar, modificar o mejorar su propuesta. La DNDA verificará los documentos que hayan sido aportados y determinara los proponentes que quedan habilitados.

  • INDEPENDENCIA DE LAS PARTES Las Partes manifiestan expresamente que la firma del presente Contrato no supone ninguna asociación o dependencia entre ellas, de tal forma que éste no constituye ni puede entenderse como título jurídico que les permita actuar como agente, socio, gestor, mandatario, representante legal o empleado de las restantes entidades o partes. Las Partes, en tanto que entidades independientes y con personalidad jurídica propia, no se encuentran ligadas orgánicas ni funcionalmente, y la vinculación entre ellos será única y exclusivamente la que resulte de los términos del presente Contrato y durante el tiempo en que éste se mantenga vigente. Por lo expuesto, no se deriva relación o vínculo laboral alguno entre las Partes, ni entre el Promotor y el personal del Centro y de la Fundación que, eventualmente, pudiera estar prestando alguno de los servicios que constituye el objeto del presente Contrato. Nada de lo contenido en el presente Contrato podrá ser interpretado en modo alguno como constitutivo de una obligación o inducción para prescribir, recomendar, comprar, usar o concertar el uso de ningún producto del Promotor o de sus afiliadas.

  • Evaluación de las propuestas técnicas Para verificar la solvencia de las propuestas técnicas presentadas, el área técnica y/o requirente será la que analizará cada uno de los documentos presentados de conformidad con los Anexos, la descripción técnica de “LOS SERVICIOS” solicitados, y en general, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36, segundo párrafo de la Ley se procederá a evaluar técnicamente cuando menos a las dos proposiciones económicas que resulten ser las más bajas. Se verificará que la información proporcionada cumpla con cada uno de los requisitos y criterios técnicos, indicaciones, descripciones, características y especificaciones técnicas aplicables a cada uno de “LOS SERVICIOS” solicitados; así como los descritos en su caso, en la(s) acta(s) derivada(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de la licitación. Los documentos que se solicitan en estos requisitos y criterios de evaluación técnica deben ser presentados al momento del acto de presentación y apertura de proposiciones, el incumplimiento de alguno de los requisitos expresamente solicitados por LA ENTIDAD será motivo de desechamiento de la propuesta técnica. La evaluación de las propuestas técnicas recibidas se realizará por el total de las Partidas completas en la(s) que participe; los licitantes deberán cumplir con los requisitos y criterios de evaluación técnica que a continuación se detallan: Para ser consideradas en la evaluación técnica, la(s) Partida(s) respectivas deberán cotizarse completas (100%); el incumplimiento de algún documento y/o requerimiento solicitado para la evaluación técnica, será motivo para desechar la propuesta técnica. En caso de que el licitante omitiera la entrega del algún documento o información que no desvirtué la solvencia de la proposición técnica, no será motivo de descalificación del concurso. El área técnica requirente elaborará un dictamen de análisis detallado a las proposiciones presentadas, en el cual se hará constar la solvencia de las proposiciones analizadas.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 9.1.- El plazo máximo de ejecución de la obra será de 5 MESES, a contar, según estipulaciones del contrato, desde la iniciación de las mismas, esto al día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo. 9.2.- De conformidad con lo establecido en el artículo 213.2 del TRLCSP, dicho plazo de ejecución podrá prorrogarse cuando el contratista no pudiere cumplirlo por causas que no le sean imputables, siempre que las justifique debidamente.