EXPERIENCIA MÍNIMA Cláusulas de Ejemplo

EXPERIENCIA MÍNIMA. La experiencia habilitante requerida es de mínimo cinco (5) años de experiencia como PROVEEDOR contada desde la fecha de constitución de la persona jurídica del proponente hasta la fecha de recepción de las Propuestas. Este requisito se acreditará con la información consignada en el Registro Único de Proponentes. ✓ Experiencia mínima habilitante: Los Proponentes deberán acreditar haber ejecutado en los cinco (5) años anteriores a la fecha de apertura del presente proceso de selección, como mínimo tres contratos (3) contratos fiduciarios en la modalidad xx xxxxxxx mercantil de administración y pagos con entidades públicas o privadas, encargo fiduciario o fiducia pública, que reúnan las características que se señalan a continuación: ✓ Que el valor administrado sea igual o superior a doscientos cincuenta mil millones de pesos ($ 250.000’000.000) m/cte, dentro del periodo mínimo exigido como experiencia, atendiendo LA PROPORCIONALIDAD establecida en el manual de requisitos habilitantes de AGENCIA MACIONAL COLOMBIA COMPRA EFICIENTE. ✓ Que los recursos se hayan administrado en un portafolio individual cuya estructuración haya sido determinada por el FIDEICOMITENTE. ✓ Que los recursos administrados se hayan contabilizado en subcuentas individuales separadas, de tal manera que se haya mantenido una contabilidad de la rentabilidad obtenida para cada una de las subcuentas, igualmente en forma separada. ✓ Que la duración de cada contrato que se acredite como experiencia del Proponente no haya sido inferior a un (1) año. ✓ Se aceptan certificaciones de contratos en ejecución. Para su validez deberá demostrarse la ejecución en mínimo el cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato o de los recursos administrados. Para que las certificaciones que acrediten la experiencia del Proponente sean consideradas válidas, éstas deberán contener como mínimo, la siguiente información y requisitos: ✓ Nombre o razón social del contratante y contratista, número de identificación, dirección y teléfonos ✓ Objeto del ContratoDuración del contrato en meses ✓ Fecha de inicio y de terminación del contrato ✓ Indicación del recibido a satisfacción por parte del contratante. No se tendrán en cuenta las certificaciones en las cuales la calificación haya sido regular, mala, deficiente o similares. ✓ Los valores o cantidades promedio mensuales administrados establecidos como características del contrato certificado expresadas en unidades o SMMLV. a la fecha de terminación del contrato. ✓ ...
EXPERIENCIA MÍNIMA. El proponente interesado deberá cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:  Acreditar como mínimo tres (3) años de experiencia en materia de prevención y atención de emergencias. Para lo cual deberá aportar certificaciones de Contratos ejecutados y terminados o el Acta de Liquidación, con Entidades del sector público o privado.  La sumatoria del valor de dichos contratos, deberá corresponder como mínimo al valor del presupuesto oficial. Las certificaciones con las que se pretenda acreditar la experiencia del proponente deberán ser expedidas por las entidades contratantes, en las que se indique lo siguiente: número del contrato, objeto, valor, entidad contratante, plazo de ejecución, fecha de inicio y terminación, tiempo total de suspensión si ha sido objeto de éstas, porcentaje de participación si es plural, servicios prestados y descripción de actividades o ítems relevantes. En el caso que la certificación no contenga la información solicitada anteriormente, el proponente deberá anexar los documentos complementarios, tales como, contrato con el anexo técnico, acta de recibo a satisfacción, acta de liquidación, que la acrediten. Las certificaciones deberán estar firmadas por el ordenador del gasto de la entidad contratante o el funcionario competente, no se aceptarán certificaciones expedidas o suscritas por supervisores externos a la Entidad contratante.
EXPERIENCIA MÍNIMA. El proponente nacional o extranjero deberá acreditar mediante la presentación de certificaciones de contratos ejecutados, expedidas por el contratante, a nombre del proponente o alguno(s) de los integrantes del consorcio o unión temporal como mínimo la experiencia siguiente:
EXPERIENCIA MÍNIMA. El proponente deberá presentar hasta cinco (5) certificaciones de contratos terminados, cuyo objeto este directamente relacionado con registro audiovisual o servicio de edición o servicio de graficación o Servicios de Producción de televisión, que se hayan ejecutado durante los últimos 10 años contados desde el día del cierre de proceso y cuya sumatoria de cuantías sea igual superior a 2205 SMMLV. En caso de que los valores de los contratos certificados que el proponente presente para efectos de acreditar la experiencia mínima se encuentren en moneda extranjera, la RTVC tendrá en cuenta la tasa de cambio del día de celebración del contrato. Para tales efectos, el proponente deberá presentar adjunto a la certificación, la consulta y/o reporte de la tasa de cambio del día en el que se haya celebrado el contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que la entidad realice la respectiva verificación. Las certificaciones de experiencia o actas deben reunir los siguientes requisitos para ser tenidas en cuenta:
EXPERIENCIA MÍNIMA. Solo participarán los proponentes que acrediten MAXIMO CUATRO (4) certificados de contratos ejecutados, expedidos y suscritos por el contratante, con objetos relacionados al de la presente INVITACIÓN DETALLADA, es decir, se deberá acreditar experiencia en EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS. Los Certificados de Experiencia, pueden ser relacionados en el Formato “Resumen Certificados de Experiencia”, el cual contiene la siguiente información: _ Número del contrato _ Nombre del contratista _ Nombre del contratante _ Objeto del contrato _ Valor _ Fecha de inicio _ Fecha de terminación _ Porcentaje de ejecución _ Porcentaje de participación si fue ejecutado con alguna forma de asociación Sin embargo, se podrán presentar otros formatos, aclarando que prima lo sustancial sobre lo formal.
EXPERIENCIA MÍNIMA. El proponente interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:
EXPERIENCIA MÍNIMA. El proponente deberá aportar máximo dos (2) certificaciones de contratos celebrados con entidades públicas u otros clientes, relacionados con el objeto del proceso contractual, indicando su monto -que sumados no podrán ser inferiores al presupuesto oficial- y fecha de terminación –que no podrá ser superior a 2 años anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección-. No se tendrán en cuenta contratos en ejecución. Para el efecto, son válidas relaciones de contratos, copia de los contratos por sí solos, copia de facturas, actas de recibo, de liquidación etc.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.