Common use of SUPERVISIÓN DEL SERVICIO Clause in Contracts

SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. 13.1. Para la comprobación de la correcta ejecución del contrato, la UA empleará todos los medios a su alcance, tales como inspecciones, indicadores de calidad, encuestas a los usuarios, pudiéndose aplicar penalizaciones económicas en función de los resultados obtenidos. 13.2. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de remitir al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA copia (además del original para su cotejo) de todas las actas de inspecciones, resoluciones administrativas dictadas, que se realicen en el local, tanto de Inspección de Trabajo como cualquier otra, debiendo facilitar toda la información derivada de dicha inspección. El incumplimiento de esta norma será motivo automático de sanción, según se establece en el apartado de penalidades xxx xxxxxx de administrativas. 13.3. La dirección e inspección de la ejecución de las prestaciones que se contratan corresponderá al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA a través de su Director o del personal cualificado que éste designe para tales funciones. Se podrán realizar cuantas inspecciones se consideren necesarias con el fin de comprobar el cumplimiento del presente pliego de prescripciones técnicas. 13.4. La inspección y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones derivadas del cumplimiento del presente pliego se realizará, sin perjuicio de lo previsto en la legislación en materia de protección de derechos de los consumidores, de la siguiente manera:  Inspección del Servicio: La UA podrá realizar cuantas inspecciones considere oportunas. En el supuesto de detectar deficiencias, irregularidades o incumplimientos contractuales levantará acta, que deberá ser firmada por el representante designado por la UA y por el representante de la empresa, al cual se le entregará una copia, quedando obligada la empresa adjudicataria a subsanar de manera inmediata las irregularidades detectadas. De la misma forma, si de las Actas levantadas por Organismos Administrativos se detectara irregularidades en materia de salubridad, sanidad e higiene en el local, además de la obligación de comunicación prevista en el apartado 13.2 la UA podrá, dependiendo de la gravedad de los hechos constatados, aplicar las penalizaciones correspondientes.

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Samples: Administrative Contract

SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. 13.1El Fiscal de Obra designado para la obra “Refuerzo Estructural del Bloque Mural del Edificio del BCB” se constituirá en CONTRAPARTE del presente Contrato. Para la comprobación La CONTRAPARTE, será el medio autorizado de la correcta ejecución del contratocomunicación, la UA empleará todos los medios a su alcance, tales como inspecciones, indicadores notificación y aprobación de calidad, encuestas todo cuanto corresponda a los usuariosasuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el SUPERVISOR, pudiéndose aplicar penalizaciones económicas en función de bajo términos del presente Contrato y los resultados obtenidos. 13.2documentos que forman parte del mismo. La empresa adjudicataria CONTRAPARTE, tendrá la obligación autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de remitir al Servicio de Infraestructuras y Servicios de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente la UA copia (además del original para su cotejo) de todas las actas de inspecciones, resoluciones administrativas dictadas, que se realicen en el local, tanto de Inspección de Trabajo como cualquier otra, debiendo facilitar toda la información derivada de dicha inspección. El incumplimiento de esta norma será motivo automático de sanción, según se establece en el apartado de penalidades xxx xxxxxx de administrativas. 13.3ENTIDAD. La dirección e inspección de la ejecución de las prestaciones que se contratan corresponderá al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE, observará y evaluará permanentemente el desempeño del SUPERVISOR, a objeto de exigirle en su Director o caso, mejor desempeño y eficiencia en la prestación de la SUPERVISIÓN. Las funciones específicas de la CONTRAPARTE serán las siguientes: Exigir a través del personal cualificado que éste designe para tales funciones. Se podrán realizar cuantas inspecciones se consideren necesarias con el fin de comprobar SUPERVISOR el cumplimiento del presente pliego contrato de prescripciones técnicas. 13.4. La inspección obra, realizando seguimiento y vigilancia del cumplimiento control de las obligaciones derivadas del cumplimiento del presente pliego se realizará, sin perjuicio de lo previsto en tareas inherentes a la legislación en materia de protección de derechos Obra. Exigir el buen uso de los consumidoresrecursos asignados a la obra. Tomar conocimiento y en su caso pedir aclaraciones pertinentes sobre los certificados de obra aprobados por el SUPERVISOR. Aprobar informes, planillas de pago, órdenes de cambio, modificaciones de contrato, planillas de ejecución de obra, cronogramas de avance de obra u otros documentos inherentes a la obra presentados por el SUPERVISOR. Emitir la Autorización de Pago de la siguiente manera:  Inspección del Servicio: La UA podrá realizar cuantas inspecciones considere oportunasSUPERVISIÓN. En Calificar las causas de fuerza mayor y/o casos fortuitos que afecten el supuesto avance de detectar deficiencias, irregularidades o incumplimientos contractuales levantará acta, que deberá ser firmada por el representante designado por la UA y por el representante de la empresa, al cual se le entregará una copia, quedando obligada la empresa adjudicataria a subsanar de manera inmediata las irregularidades detectadas. De la misma forma, si de las Actas levantadas por Organismos Administrativos se detectara irregularidades en materia de salubridad, sanidad e higiene en el local, además de la obligación de comunicación prevista en el apartado 13.2 la UA podrá, dependiendo de la gravedad de los hechos constatados, aplicar las penalizaciones correspondientesobra.

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Samples: Consulting Agreement

SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. 13.19.1. Para la comprobación de la correcta ejecución del contrato, la UA empleará todos los medios a su alcance, tales como inspecciones, indicadores de calidad, calidad y encuestas a los usuarios, pudiéndose aplicar penalizaciones económicas en función de los resultados obtenidos. 13.29.2. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de remitir al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA copia (además del original para su cotejo) de todas las actas de inspecciones, resoluciones administrativas dictadas, que se realicen en el local, tanto de Sanidad, Inspección de Trabajo Trabajo, Consumo, así como cualquier otra, debiendo facilitar toda la información derivada de dicha inspección. El incumplimiento de esta norma será motivo automático de sanción, según se establece en el apartado de penalidades xxx xxxxxx penalizaciones incluidas en el pliego de cláusulas administrativas. 13.39.3. La dirección e inspección de la ejecución de las prestaciones que se contratan corresponderá al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA a través de su Director o del personal cualificado que éste designe para tales funciones. Se podrán realizar cuantas inspecciones se consideren necesarias con el fin de comprobar el cumplimiento del presente pliego de prescripciones técnicas. 13.49.4. La inspección y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones derivadas del cumplimiento del presente pliego se realizará, sin perjuicio de lo previsto en la legislación en materia de protección de derechos de los consumidores, de la siguiente manera:  Inspección del Servicio: La UA podrá realizar cuantas inspecciones considere oportunas. En el supuesto de detectar deficiencias, irregularidades o incumplimientos contractuales levantará acta, que deberá ser firmada por el representante designado por la UA y por el representante de la empresa, al cual se le entregará una copia, quedando obligada la empresa adjudicataria a subsanar de manera inmediata las irregularidades detectadas. De la misma forma, si de las Actas actas levantadas por Organismos Administrativos organismos administrativos se detectara irregularidades en materia de salubridad, sanidad e higiene en el local, además de la obligación de comunicación prevista en el apartado 13.2 presente pliego la UA podrá, dependiendo de la gravedad de los hechos constatados, aplicar las penalizaciones correspondientes.

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Samples: Contrato Administrativo Especial

SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. 13.1. Para a. El prestador del servicio acepta corregir cualquier deficiencia en el servicio, cuando ésta le sea comunicada por la comprobación persona que designe la Gerencia de Relaciones Industriales, en caso de que las mismas no sean atendidas de manera inmediata, resulten recurrentes o pongan en riesgo al personal o las instalaciones de la correcta ejecución del contratoEntidad, la UA empleará todos los medios Gerencia citada, remitirá a su alcancela Subdirección Corporativa de Recursos Materiales un escrito señalando la recurrencia o gravedad, tales como inspecciones, indicadores a fin de calidad, encuestas a los usuarios, pudiéndose aplicar penalizaciones económicas en función de los resultados obtenidosque se aplique lo conducente. 13.2. b. La empresa adjudicataria tendrá la obligación supervisión y observación del cumplimiento de remitir al Servicio las condiciones del servicio, estará a cargo del Responsable del Comedor designado por el proveedor que preste el servicio y el personal que designe el Gerente de Infraestructuras y Servicios Relaciones Industriales de la UA copia (además del original para su cotejo) Casa de todas las actas Moneda de inspecciones, resoluciones administrativas dictadas, que se realicen en el local, tanto de Inspección de Trabajo como cualquier otra, debiendo facilitar toda la información derivada de dicha inspección. El incumplimiento de esta norma será motivo automático de sanción, según se establece en el apartado de penalidades xxx xxxxxx de administrativasMéxico. 13.3. c. El personal del área de Seguridad e Higiene y Servicio Médico de Casa de Moneda de México, podrá realizar antes, durante y después del servicio, las supervisiones que considere convenientes, así como las observaciones concernientes al mismo para asegurarse que el proveedor del servicio lo otorgue de acuerdo a lo convenido entre las partes d. La dirección e inspección Gerencia de la ejecución de las prestaciones que se contratan corresponderá al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA Relaciones Industriales, podrá a través de su Director o un tercer, practicar en cualquier tiempo los análisis bacteriológicos que considere convenientes en alimentos elaborados, en estado natural, frotis a equipo de cocina y al personal prestador del personal cualificado que éste designe para tales funcionesservicio. Se podrán realizar cuantas inspecciones El resultado de los análisis antes mencionados, se consideren necesarias comentarán con el responsable del Comedor, con el fin de comprobar el cumplimiento del presente pliego tomar acciones correctivas inmediatas de prescripciones técnicas. 13.4. La inspección y vigilancia del cumplimiento conformidad a las indicaciones de las obligaciones derivadas del cumplimiento del presente pliego se realizará, sin perjuicio de lo previsto en la legislación en materia de protección de derechos de los consumidores, de la siguiente manera:  Inspección del Servicio: La UA podrá realizar cuantas inspecciones considere oportunas. En el supuesto de detectar deficiencias, irregularidades o incumplimientos contractuales levantará acta, que deberá ser firmada por el representante designado por la UA y por el representante de la empresa, al cual se le entregará una copia, quedando obligada la empresa adjudicataria a subsanar de manera inmediata las irregularidades detectadas. De la misma forma, si de las Actas levantadas por Organismos Administrativos se detectara irregularidades en materia de salubridad, sanidad e higiene en el local, además de la obligación de comunicación prevista en el apartado 13.2 la UA podrá, dependiendo de la gravedad de los hechos constatados, aplicar las penalizaciones correspondientes.esta Gerencia

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Samples: Service Agreement

SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. 13.1. Para la comprobación “EL PROVEEDOR” brindará al personal de “LA PROCURADURÍA” y a los miembros del equipo de trabajo de la correcta ejecución STPS, acceso permanente a las instalaciones y acceso remoto a través de internet, así como acceso a la aplicación principal con privilegios de consulta. Igualmente el “EL PROVEEDOR” permitirá al personal de “LA PROCURADURÍA” escuchar las llamadas de los operadores en tiempo real. interconexión con el programa en el que los operadores de “El Centro de Atención Telefónica” registran los datos solicitados de manera telefónica, así como con los sistemas basados en estas plataformas tecnológicas con los que ya cuenta o llegue a desarrollar “LA PROCURADURÍA” durante la vigencia del contrato. Las modalidades de apertura y acceso a esta alternativa serán definidas por “LA PROCURADURÍA”, a través de la UA empleará Subdirección de Informática. “EL PROVEEDOR” proporcionará a “LA PROCURADURÍA”, en caso de inconsistencia de la información de los reportes normales, y en un plazo no mayor de 5 días naturales, cuándo ésta lo solicite, evidencia documental que compruebe de manera inequívoca las horas de estación laboradas y los minutos de telefonía consumidos, en diferentes períodos de tiempo. “EL PROVEEDOR” dará las facilidades para que “LA PROCURADURÍA” realice la supervisión del 100% de las llamadas y verifique su duración tanto para llamadas inbound como outbond. Aplicando los estándares señalados en el numeral 10 de esta propuesta técnica. “EL PROVEEDOR” garantiza, mediante la presentación de reportes, que no se facturan a “LA PROCURADURÍA” aquellas llamadas en las que el usuario no puede establecer contacto con “El Centro”; es decir, ni siquiera con el IVR inicial. Solo aquellas que fueron contestadas por el IVR. “EL PROVEEDOR” contará con una grabación especial de IVR de al menos 6 segundos, en la que se informe que todos los medios a agentes están ocupados y que en breve se atenderá su alcancellamada, tales como inspecciones, indicadores de calidad, encuestas a los usuarios, pudiéndose aplicar penalizaciones económicas o que la línea no se encuentra en función de los resultados obtenidos. 13.2servicio en ese horario. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de remitir al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA copia (además del original Estos segundos no generarán costo alguno para su cotejo) de todas las actas de inspecciones, resoluciones administrativas dictadas, que se realicen en el local, tanto de Inspección de Trabajo como cualquier otra, debiendo facilitar toda la información derivada de dicha inspección. El incumplimiento de esta norma será motivo automático de sanción, según se establece “LA PROCURADURÍA” en el apartado de penalidades xxx xxxxxx de administrativas. 13.3telefonía. La dirección e inspección “EL PROVEEDOR” garantiza que no se facture a “LA PROCURADURÍA” aquellas llamadas en las que el usuario no contacte o no responda después de la ejecución canalización del IVR. “EL PROVEEDOR” convocará a realizar juntas de las prestaciones que se contratan corresponderá al Servicio seguimiento con “LA PROCURADURÍA”, y presentará los reportes de Infraestructuras diarios, semanales y Servicios mensuales para establecer la medición del desempeño de la UA a través operación de su Director o del personal cualificado que éste designe para tales funciones. Se podrán realizar cuantas inspecciones se consideren necesarias orientación, garantizando no solo la comunicación con “LA PROCURADURÍA”, sino la retroalimentación con el fin de comprobar el cumplimiento del presente pliego de prescripciones técnicassupervisor y los agentes. 13.4. La inspección y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones derivadas del cumplimiento del presente pliego se realizará, sin perjuicio de lo previsto en la legislación en materia de protección de derechos de los consumidores, de la siguiente manera:  Inspección del Servicio: La UA podrá realizar cuantas inspecciones considere oportunas. En el supuesto de detectar deficiencias, irregularidades o incumplimientos contractuales levantará acta, que deberá ser firmada por el representante designado por la UA y por el representante de la empresa, al cual se le entregará una copia, quedando obligada la empresa adjudicataria a subsanar de manera inmediata las irregularidades detectadas. De la misma forma, si de las Actas levantadas por Organismos Administrativos se detectara irregularidades en materia de salubridad, sanidad e higiene en el local, además de la obligación de comunicación prevista en el apartado 13.2 la UA podrá, dependiendo de la gravedad de los hechos constatados, aplicar las penalizaciones correspondientes.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. 13.17.1. Para la comprobación de la correcta ejecución del contrato, la UA empleará todos los medios a su alcance, tales como inspecciones, indicadores de calidad, calidad y encuestas a los usuarios, pudiéndose aplicar penalizaciones económicas en función de los resultados obtenidoslas personas usuarias. 13.27.2. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de remitir al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA copia (además del original para su cotejo) de todas las actas de inspecciones, resoluciones administrativas dictadas, que se realicen en el local, tanto de Sanidad, Inspección de Trabajo Trabajo, Consumo, así como cualquier otra, debiendo facilitar toda la información derivada de dicha inspección. El incumplimiento de esta norma será motivo automático de sanción, según se establece en el apartado de penalidades xxx xxxxxx penalizaciones incluidas en el pliego de cláusulas administrativas. 13.37.3. La dirección e inspección de la ejecución de las prestaciones que se contratan corresponderá al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la UA a través de su Director o del personal cualificado que éste designe para tales funciones. Se podrán realizar cuantas inspecciones se consideren necesarias con el fin de comprobar el cumplimiento del presente pliego de prescripciones técnicas. 13.47.4. La inspección y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones derivadas del cumplimiento del presente pliego se realizará, sin perjuicio de lo previsto en la legislación en materia de protección de derechos de las y los consumidores, de la siguiente manera:  Inspección del Servicio: La UA podrá realizar cuantas inspecciones considere oportunas. En el supuesto de detectar deficiencias, irregularidades o incumplimientos contractuales levantará acta, que deberá ser firmada por el representante designado por quien represente a la UA y por el representante de quien represente a la empresa, al cual a quien se le entregará una copia, quedando obligada la empresa adjudicataria a subsanar de manera inmediata las irregularidades detectadas. De la misma forma, si de las Actas actas levantadas por Organismos Administrativos organismos administrativos se detectara irregularidades en materia de salubridad, sanidad e higiene en el local, además de la obligación de comunicación prevista en el apartado 13.2 presente pliego la UA podrá, dependiendo de la gravedad de los hechos constatados, aplicar las penalizaciones correspondientes.

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Samples: Concession Agreement