TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. TRANSCARIBE S.A., puede terminar, modificar y/o interpretar unilateralmente el contrato, de acuerdo con los artículos 15 a 17 de la Ley 80 de 1993, cuando lo considere necesario para que el Contratista cumpla con el objeto del presente Contrato.
Appears in 6 contracts
Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Vigilancia Y Seguridad, www.transcaribe.gov.co, www.transcaribe.gov.co