Common use of TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- Clause in Contracts

TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-. 22.1.- El contrato terminará xx xxxxxxxxx por la finalización del plazo contractual. Adicionalmente, serán causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 223 del TRLCSP, así como el incumplimiento de lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal, todo ello con los efectos previstos en el art. 225 del TRLCSP. La concurrencia de alguna de las anteriores causas facultará a la parte cumplidora para resol- ver el contrato de manera unilateral y sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, y comportará asimismo el nacimiento de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a cargo del infractor; siendo de cuenta y cargo de éste, además, el pago de las costas que la reclamación origine, si a ella diere lugar, incluido el pago de honorarios de peritos, abogados y procuradores aunque su intervención fuese meramente extrajudicial o no preceptiva. Si el incumplimiento fuese atribuible al adjudicatario, ello facultará a LA FUNDACIÓN a com- pensar las cantidades aportadas por el primero en concepto de garantía, o a ejecutarla en su caso, en el importe a que asciendan los daños sufridos o los menoscabos en las instalaciones y equipos, sin perjuicio de su derecho a reclamar el exceso y, en su caso, los perjuicios causa- dos; quedando asimismo facultada LA FUNDACIÓN, por este motivo, para suspender el cum- plimiento de sus obligaciones, sin que por ello pueda el adjudicatario dirigir reclamación alguna frente a aquélla.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Audiovisuales E Iluminacion Para Eventos Y Actos en La Fundación Canaria De Ar Tes Escénicas Y De La Música De Gran Canaria, Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Carga, Descarga Y Maquinaria De La Fundación Canaria De Artes Escénicas Y De La Música De Gran Canaria, Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato Relativo a La Explotación Del Servicio De Impresión De La Fundación Canaria De Artes Escénicas Y De La Música De Gran Ca Naria

TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-. 22.1.- 23.1.- El contrato terminará xx xxxxxxxxx por la finalización del plazo contractual. Adicionalmente, serán causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 223 del TRLCSP, así como el incumplimiento de lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal, todo ello con los efectos previstos en el art. 225 del TRLCSP. La concurrencia de alguna de las anteriores causas facultará a la parte cumplidora para resol- ver el contrato de manera unilateral y sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, y comportará asimismo el nacimiento de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a cargo del infractor; siendo de cuenta y cargo de éste, además, el pago de las costas que la reclamación origine, si a ella diere lugar, incluido el pago de honorarios de peritos, abogados y procuradores aunque su intervención fuese meramente extrajudicial o no preceptiva. Si el incumplimiento fuese atribuible al adjudicatario, ello facultará a LA FUNDACIÓN a com- pensar las cantidades aportadas por el primero en concepto de garantía, o a ejecutarla en su caso, en el importe a que asciendan los daños sufridos o los menoscabos en las instalaciones y equipos, sin perjuicio de su derecho a reclamar el exceso y, en su caso, los perjuicios causa- dos; quedando asimismo facultada LA FUNDACIÓN, por este motivo, para suspender el cum- plimiento de sus obligaciones, sin que por ello pueda el adjudicatario dirigir reclamación alguna frente a aquélla.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato

TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-. 22.1.- El contrato terminará xx xxxxxxxxx por la finalización del plazo contractual. Adicionalmente, serán causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 223 del TRLCSP, así como el incumplimiento de lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal, todo ello con los efectos previstos en el art. 225 del TRLCSP, así como cualesquiera otras que específicamente se contemplen como tal en las presentes Bases. La concurrencia de alguna de las anteriores causas facultará a la parte cumplidora para resol- ver el contrato de manera unilateral y sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, y comportará asimismo el nacimiento de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a cargo del infractor; siendo de cuenta y cargo de éste, además, el pago de las costas que la reclamación origine, si a ella diere lugar, incluido el pago de honorarios de peritos, abogados y procuradores aunque su intervención fuese meramente extrajudicial o no preceptiva. Si el incumplimiento fuese atribuible al adjudicatario, ello facultará al CAAM a LA FUNDACIÓN a com- pensar compensar las cantidades aportadas por el primero en concepto de garantía, o a ejecutarla en su caso, en el importe a que asciendan los daños sufridos o los menoscabos en las instalaciones y equipos, sin perjuicio de su derecho a reclamar el exceso y, en su caso, los perjuicios causa- doscausados; quedando que- dando asimismo facultada LA FUNDACIÓNfacultado EL CAAM, por este motivo, para suspender el cum- plimiento cumplimiento de sus obligaciones, sin que por ello pueda el adjudicatario dirigir reclamación alguna frente a aquélla.

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