VALOR ESTIMADO, PRESUPUESTO DE LICITACION Y PRECIO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato es el que figura en el apartado 0 xxx Xxxxx 0 de este pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP. El presupuesto de licitación es el que figura en el apartado 2 del anexo 1, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo en los términos aprobados por el órgano de contratación, e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido. La revisión del precio y su aplicación, si procede, se realizará en los términos detallados en el apartado 2 del anexo 1. En la oferta presentada se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los licitadores consignarán en sus propuestas la cantidad por la que se comprometen a las prestaciones y trabajos a realizar. A todos los efectos, se entenderá que en la oferta final y en el precio están incluidos todos los gastos que la empresa adjudicataria deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas. El precio incluye todos los gastos derivados de las prestaciones a realizar, incluyendo los correspondientes a personal, material necesario, tributos, y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato. En los términos expuestos y con carácter enunciativo no limitativo, serán gastos a satisfacer por el contratista, entre otros, los siguientes: - Los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, y recogida de los documentos o cualquier otra información de organismos o particulares. - Los correspondientes a pruebas, ensayos de materiales, envío y recogida de documentación, y, en general a cuantos trabajos e informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, así como para su comprobación. - Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones y demás gravámenes y exacciones que resultan de aplicación según las disposiciones vigentes con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Los gastos a que hubiera lugar para la realización del contrato, tales como gastos de personal, material de limpieza, material de oficina, vestuario del personal, tiempo libre, de transporte o desplazamiento, etc. - Los gastos empresariales a que hubiera lugar para la realización del contrato, tales como financieros, de seguros, asesorías, minutas, honorarios, etc. - Dentro del objeto del contrato y por tanto serán de cuenta del adjudicatario la infraestructura necesaria para la realización de cada uno de los espectáculos contratados, tales como equipos de luz y sonido, camerinos, catering, alojamientos, generadores de luz, etc. Las proposiciones que superen la citada cantidad serán desechadas en el mismo acto de apertura de las proposiciones. Si por cualquier circunstancia el plazo de ejecución del contrato fuera menor del establecido o no llegara a iniciarse en la fecha prevista en este Pliego, así como que el horario previsto sufriese variaciones, el precio de adjudicación se modificará en proporción a las referidas variaciones. El precio de la presente contratación se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria del ejercicio en que se ejecute, una vez contraído el crédito. El valor estimado del contrato se calculará en base a los criterios y los términos establecidos en el artículo 88 del TRLCSP.
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Samples: Contract for Musical Activities Services, Contract for Musical Activities Services
VALOR ESTIMADO, PRESUPUESTO DE LICITACION Y PRECIO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato es el que figura en el apartado 0 xxx Xxxxx 0 de este pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP. El presupuesto de licitación es el que figura en el apartado 2 del anexo 1, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo en los términos aprobados por el órgano de contratación, e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido. La revisión del precio y su aplicación, si procede, se realizará en los términos detallados en el apartado 2 del anexo 1. En la oferta presentada se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los licitadores consignarán en sus propuestas la cantidad por la que se comprometen a las prestaciones y trabajos a realizar. A todos los efectos, se entenderá que en la oferta final y en el precio del contrato están incluidos todos los gastos que la empresa adjudicataria deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas. El precio incluye todos los gastos derivados de las prestaciones a realizar, incluyendo los correspondientes a personal, material necesario, tributos, y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato. En los términos expuestos y con carácter enunciativo no limitativo, serán gastos a satisfacer por el contratista, entre otros, los siguientes: - Los de funcionamiento del Centro Joven, tales como seguros, botiquín, material de oficina, didácticos (métodos para el proyecto educativo) y de juegos, etc… - Los de servicio de limpieza: personal, mantenimiento, productos consumibles incluido el papel higiénico, toallas de papel, detergentes, jabones, etc… - Los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, y recogida de los documentos o cualquier otra información de organismos o particulares. - Los correspondientes a pruebas, ensayos de materiales, envío y recogida de documentación, y, en general a cuantos trabajos e informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, así como para su comprobación. - Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones y demás gravámenes y exacciones que resultan de aplicación según las disposiciones vigentes con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Los gastos a que hubiera lugar para la realización del contrato, tales como gastos de personal, material de limpieza, material de oficina, vestuario del personal, tiempo libre, de transporte o desplazamiento, etc. - Los gastos empresariales a que hubiera lugar para la realización del contrato, tales como financieros, de seguros, asesorías, minutas, honorarios, etc. - Dentro del objeto Si por cualquier circunstancia el plazo de ejecución del contrato y por tanto serán fuera menor del establecido o no llegara a iniciarse en la fecha prevista en este Pliego, así como que el horario previsto sufriese variaciones, el precio de cuenta del adjudicatario la infraestructura necesaria para la realización de cada uno de los espectáculos contratados, tales como equipos de luz y sonido, camerinos, catering, alojamientos, generadores de luz, etcadjudicación se modificará en proporción a las referidas variaciones. Las proposiciones que superen la citada cantidad serán desechadas en el mismo acto de apertura de las proposiciones. Si por cualquier circunstancia el plazo de ejecución del contrato fuera menor del establecido o no llegara a iniciarse en la fecha prevista en este Pliego, así como que el horario previsto sufriese variaciones, el precio de adjudicación se modificará en proporción a las referidas variaciones. El precio de la presente contratación se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria del ejercicio en que se ejecute, una vez contraído el crédito. El valor estimado del contrato se calculará en base a los criterios y los términos establecidos en el artículo 88 del TRLCSP.
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Samples: Contract for Management Services
VALOR ESTIMADO, PRESUPUESTO DE LICITACION Y PRECIO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato es el que figura en el apartado 0 xxx Xxxxx 0 de este pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP. El presupuesto de licitación es el que figura en el apartado 2 del anexo 1, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo en los términos aprobados por el órgano de contratación, e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido. La revisión del precio y su aplicación, si procede, se realizará en los términos detallados en el apartado 2 del anexo 1. En la oferta presentada se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los licitadores consignarán en sus propuestas la cantidad por la que se comprometen a las prestaciones y trabajos a realizar. A todos los efectos, se entenderá que en la oferta final y en el precio del contrato están incluidos todos los gastos que la empresa adjudicataria deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas. El precio incluye todos los gastos derivados de las prestaciones a realizar, incluyendo los correspondientes a personal, material necesario, tributos, y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato. En los términos expuestos y con carácter enunciativo no limitativo, serán gastos a satisfacer por el contratista, entre otros, los siguientes: - Los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, y recogida de los documentos o cualquier otra información de organismos o particulares. - Los correspondientes a pruebas, ensayos de materiales, envío y recogida de documentación, y, en general a cuantos trabajos e informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, así como para su comprobación. - Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones y demás gravámenes y exacciones que resultan de aplicación según las disposiciones vigentes con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Los gastos a que hubiera lugar para la realización del contrato, tales como gastos de personal, material de limpieza, material de oficina, vestuario del personal, tiempo libre, de transporte o desplazamiento, etc. - Los gastos empresariales a que hubiera lugar para la realización del contrato, tales como financieros, de seguros, asesorías, minutas, honorarios, etc. - Dentro del objeto del contrato Realización e instalación, así como su retirada, de un cartel visible en las obras, según modelo y por tanto serán medidas (mínimo 2 mts. x 2 mts.) oficiales que deberá poner de cuenta del adjudicatario manifiesto la infraestructura necesaria para la realización colaboración de cada uno las Administraciones Públicas correspondientes. El cartel se colocará en forma visible desde el exterior con las instrucciones que el Ayuntamiento dicte a tal fin, y será de los espectáculos contratados, tales como equipos de luz y sonido, camerinos, catering, alojamientos, generadores de luz, etcun material resistente a las inclemencias meteorológicas. Las proposiciones que superen la citada cantidad serán desechadas en el mismo acto de apertura de las proposiciones. Si por cualquier circunstancia el plazo de ejecución del contrato fuera menor del establecido o no llegara a iniciarse en la fecha prevista en este Pliego, así como que el horario previsto sufriese variaciones, el precio de adjudicación se modificará en proporción a las referidas variaciones. El precio de la presente contratación se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria del ejercicio en que se ejecute, una vez contraído el crédito. El valor estimado del contrato Si hubiese modificación o aumento de obra, se calculará en base a aplicarán los criterios y los términos establecidos elementos unitarios que figuren en el artículo 88 presupuesto del TRLCSPproyecto, aplicando el porcentaje que represente la baja en la adjudicación, y todo ello sin perjuicio de realizar la tramitación administrativa correspondiente de acuerdo con la legalidad vigente.
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Samples: Contract for Construction Works
VALOR ESTIMADO, PRESUPUESTO DE LICITACION Y PRECIO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato es el que figura en el apartado 0 xxx Xxxxx 0 de este pliego, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP. El presupuesto de licitación es el que figura en el apartado 2 del anexo 1, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo en los términos aprobados por el órgano de contratación, e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido. La revisión del precio y su aplicación, si procede, se realizará en los términos detallados en el apartado 2 del anexo 1. En la oferta presentada se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Cód. Validación: 97SHWZ7TFSXPGN2T4HRF7ZZQK | Verificación: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 54 Los licitadores consignarán en sus propuestas la cantidad por la que se comprometen a las prestaciones y trabajos a realizar. A todos los efectos, se entenderá que en la oferta final y en el precio del contrato están incluidos todos los gastos que la empresa adjudicataria deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas. El precio incluye todos los gastos derivados de las prestaciones a realizar, incluyendo los correspondientes a personal, material necesario, tributos, y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato. En los términos expuestos y con carácter enunciativo no limitativo, serán gastos a satisfacer por el contratista, entre otros, los siguientes: - Los que se requieran para la obtención de autorizaciones, licencias, y recogida de los documentos o cualquier otra información de organismos o particulares. - Los correspondientes a pruebas, ensayos de materiales, envío y recogida de documentación, y, en general a cuantos trabajos e informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, así como para su comprobación. - Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones y demás gravámenes y exacciones que resultan resulten de aplicación según las disposiciones vigentes con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Los gastos de transporte y desplazamiento a que hubiera lugar para la realización del contrato, tales como gastos de personal, material de limpieza, material de oficina, vestuario del personal, tiempo libre, de transporte o desplazamiento, etc. - Los gastos empresariales a que hubiera lugar para la realización del contrato, tales como financieros, de seguros, asesorías, minutas, honorarios, etc. - Dentro del objeto del contrato y por tanto serán de cuenta del adjudicatario la infraestructura necesaria para la realización de cada uno de los espectáculos contratados, tales como equipos de luz y sonido, camerinos, catering, alojamientos, generadores de luz, etc. Las proposiciones que superen la citada cantidad establecida en el presupuesto de licitación serán desechadas en el mismo acto de apertura de las proposiciones. Si por cualquier circunstancia el plazo de ejecución del contrato fuera menor del establecido o no llegara a iniciarse en la fecha prevista en este Pliegopliego, así como que el horario previsto sufriese variaciones, el precio de adjudicación del contrato se modificará en proporción a las referidas variaciones. El precio de la presente contratación del contrato se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria del ejercicio en que se ejecute, una vez contraído el crédito. El valor estimado del contrato se calculará en base a los criterios y los términos establecidos en el artículo 88 del TRLCSP.
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