Variaciones. La COMPAÑÍA podrá solicitar, o bien el CONTRATISTA iniciar, una EVALUACIÓN DE VARIACIÓN por motivos de emergencia, seguridad u otra necesidad razonable, aunque no podrá hacerlo en relación con cuestiones comprendidas en el ALCANCE o que el CONTRATISTA haya acordado ejecutar o tomar en consideración en conexión con el CONTRATO. La COMPAÑÍA podrá rechazar o aceptar la EVALUACIÓN DE VARIACIÓN mediante la emisión de una ORDEN DE VARIACIÓN.
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