VENTA DE LAS BASES Cláusulas de Ejemplo

VENTA DE LAS BASES. Es facultad de las dependencias y entidades del estado de Tabasco; el decidir el cobro por obtención de Bases de Licitaciones Públicas; así como comunicar a los interesados en participar de las mismas el costo y forma de pago de dichas bases; toda vez que a partir del 15 xx xxxxx de 2010; el sistema Compranet dejó de emitir los formatos de Pagos de Bases; se comunica a todos los interesados lo siguiente: Que de conformidad a lo que disponen los artículos 26, fracción III, de la Ley y 36 fracción II del Reglamento de la Ley; las bases estarán a disposición de los interesados para consulta y/o venta en la Oficialía Mayor, ubicada en el 3er. Piso del edificio sede del Tribunal Superior de Justicia, ubicado en la Calle Independencia esq. Xxxxxxx Xxxxx s/n; Col. Centro Villahermosa, Tabasco, C.P. 86000 Tel/Fax. (00000) 000-0000, ext. 4010 en días y horas hábiles, desde la publicación de la convocatoria y hasta el 10 de Diciembre de 2014; en horario de 8:00 a 15:00 horas. En el entendido de que el horario señalado para venta de bases, concluye el día 10 de Diciembre de 2014 a las 15:00 horas. Y por ninguna otra causa se extenderá dicho plazo. Por lo que no se aceptarán propuestas de los licitantes que presenten fichas de depósitos con sello de Banco después de la fecha y hora indicada como límite para adquirir bases. El costo de las bases es la cantidad de $1,500.00 (Mil quinientos pesos, 00/100 MN) (IVA incluido), cantidad que podrá ser pagada mediante efectivo; depósitos o transferencia bancaria, a favor del Tribunal Superior de Justicia del estado de Tabasco, en la institución HSBC al número de cuenta 400323033-1, con clave interbancaria: 021790040032303312 cuyo Registro Federal de Contribuyentes es TSJ-250202-PH0. O bien directamente en la Tesorería Judicial del Tribunal Superior de Justicia. Aquellas empresas o personas físicas con actividad comercial que opten por realizar el pago de sus bases directamente en instituciones bancarias, indefectiblemente deberán acudir a la Tesorería judicial, a fin de que mediante el canje de la ficha de depósito, se les entregará el recibo oficial de pago de bases que emite la Tesorería Judicial; toda vez, que será este recibo el que se deberá de adjuntar a las proposiciones técnicas de cada licitante. (DOCUMENTO No. 1). Lo anterior en virtud de que esta convocante, requiere las fichas de depósito de quienes hayan pagado sus bases a través de instituciones bancarias a fin de poder rastrear estos depósitos en la cuenta. Los ...
VENTA DE LAS BASES. Las Bases estarán disponibles los días 22, 23 y 24 xx xxxx de 2012, en un horario de 10:00 a 14:00 horas de lunes a viernes días hábiles y tendrán un costo de $1,100.00 (UN MIL CIEN PESOS 00/100 M. N.), I.V.A. incluido, en forma impresa, en la “Unidad Departamental”, ubicada en Xxxxxxxxx Xx. 00 xxxxxxx Xxxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, C.P. 06200, Delegación Xxxxxxxxxx, Distrito Federal, mediante cheque certificado o de caja a nombre de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y si son consultadas en la página xxx.xxx.xxx.xx su forma de pago será vía ventanilla bancaria a la cuenta número 65501123467 de la Institución Bancaria Santander, S.A. (México) a favor del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Finanzas/Tesorería del Distrito Federal y deberá de incluir el recibo de pago bancario en la documentación legal y administrativa. En la compra de las bases, el licitante deberá verificar que en el recibo de pago que emita la convocante, aparezca el nombre correcto de la persona moral o física del participante que las adquiere.
VENTA DE LAS BASES. Las bases estarán a disposición de los interesados para consulta y/o venta en la Coordinación de Control Presupuestal, ubicada en el 3er. Piso del edificio sede del Tribunal Superior de Justicia, ubicado en la Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx xxx. Xxxxxxx Xxxxx s/n; Col. Centro Villahermosa, Tabasco, C.P. 86000 Tel/Fax. (00000) 000-0000, ext. 2087 en días y horas hábiles, desde la publicación de la convocatoria y hasta el 19 xx xxxxx de 2008; en horario de 9:00 a 15:00 horas. Tienen un costo de $3,200.00 (Tres mil doscientos pesos, 00/100 MN) (IVA incluido), cantidad que deberá ser pagada mediante efectivo; cheque certificado o de caja, a favor del Tribunal Superior de Justicia del estado de Tabasco, cuyo Registro Federal de Contribuyentes es TSJ-250202-PH0. Los pagos elaborados con cheque nominativo a cargo de una institución bancaria, preferentemente deberán ser de una institución que cuente con sucursal en la ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco. Los interesados podrán revisar las bases de manera electrónica en la Unidad de Transparencia del Poder Judicial, sita en el sótano del Tribunal Superior de Justicia, o en nuestro sitio web xxx.xxx-xxxxxxx.xxx.xx.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.