Carta de garantía Cláusulas de Ejemplo

Carta de garantía. El licitante entregará conjuntamente con la propuesta, una carta compromiso en original preferentemente en papel membretado y denominada “Carta de Garantía” (Formato H), misma que estará vigente durante un plazo de 1 mes, contado a partir de la fecha de entrega de los servicios a satisfacción de la convocante.
Carta de garantía. La garantía relativa al anticipo del contrato, deberá ser constituida a partir de la firma del mismo. ANEXO 7 Queda a salvo y a criterio del titular de la Unidad Centralizada de Compras, aplicar lo dispuesto en el Artículo 110 fracción III del Reglamento de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco.
Carta de garantía. CONFORME EL PUNTO 1.6 DE LAS BASES DE LICITACIÓN. LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 1C-NA-004-2014
Carta de garantía. EL LICITANTE ENTREGARÁ UNA CARTA COMPROMISO (BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD) EN PAPEL MEMBRETADO, DENOMINADA CARTA DE GARANTÍA, EN LA QUE DEBERÁ INDICAR QUE SE HACE RESPONSABLE DE MANERA DIRECTA DE LOS VICIOS OCULTOS O DEFECTOS DE LOS SERVICIOS QUE SE LLEGARAN A PRESENTAR AL INSTITUTO, QUEDANDO OBLIGADO A REALIZAR EL 100% DE LOS SERVICIOS NO ACEPTADOS POR EL INSTITUTO. PERSONAL AUTORIZADO DEL HOSPITAL CUANDO ASÍ LO ESTIME CONVENIENTE, SE ENCARGARÁ DE COMPROBAR, SUPERVISAR VERIFICAR Y SANCIONAR LA REALIZACIÓN CORRECTA Y EFICIENTE DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTA INVITACIÓN.
Carta de garantía. El licitante entregará una carta compromiso denominada “carta de garantía”, misma que estará vigente durante la vigencia del contrato. Una vez presentadas sus proposiciones, los licitantes se obligan a permitir el acceso al personal que el organismo designe para ello, a efecto de realizar las visitas que juzguen necesarias a sus instalaciones, a fin de verificar que cuenta con los elementos y la capacidad señalados en su oferta técnica, y que sean necesarios para realizar, controlar, evaluar y supervisar la correcta prestación del servicio; en el caso de que se realicen dichas visitas, se levantará un dictamen donde se asentara la evaluación de la misma; de igual forma el organismo entregará una constancia de recorrido al proveedor, o en su caso requisitará un documento que explique las causas por las cuales no se efectúo dicho recorrido, siempre y cuando éstas sean imputables al proveedor. De igual forma, a la Junta de Aclaraciones, el licitante deberá presentarse los días señalados en el calendario de la presente convocatoria, para la visita a las instalaciones del hogar cabañas, a fin de conocer el lugar donde se prestará el servicio, y las condiciones que se requieren; así mismo, ese día deberá presentar la constancia de visita conforme al anexo 9 para ser sellado en el día y hora elegido previa cita solicitada al organismo. Una vez sellado el documento, se deberá integrar en su propuesta técnica. La omisión de este requisito será motivo de descalificación El proveedor se hará responsable de los vicios ocultos o defectos que se deriven de la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, quedando obligado a subsanar el 100% de los mismos, en el plazo máximo que, en su caso y dependiendo de la naturaleza de las mismas, establecerá el Hogar Cabañas. No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de autoridad competente. Las personas que participen en esta convocatoria deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Carta de garantía. Los licitantes deberán presentar una carta “de garantía”, con vigencia de tres años a partir de la fecha de entrega de los bienes, en la que indicará además:
Carta de garantía. Para todos los casos los licitantes deberán presentar una carta “de garantía”, con vigencia de un año a partir de la fecha de entrega de los bienes, en la que indicará además:
Carta de garantía. UN PLAZO DE 6 MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA DE LOS SERVICIOSA SATISFACCIÓN DE LA CONVOCANTE Y QUE DEBERÁ CUBRIR:
Carta de garantía es el documento que autoriza la atención del ASEGURADO en la IPRESS en convenio o contrato con LA IAFAS.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.