Definición de Xxxxxxx Xxxxx

Xxxxxxx Xxxxx. Matrícula: 4770 C.E.C.B.A.
Xxxxxxx Xxxxx significa Xxxxxxx Xxxxx Ltd., sus subsidiarias y/o afiliadas.
Xxxxxxx Xxxxx. Matrícula: 4770 C.E.C.B.A. Escritura 43 folio 160 Registro 734 CABA 24/04/2024. SOCIOS Xxxxxxxx Xxxx XXXXX, argentino, casado, nacido 16/06/1945, DNI 4.639.292, C.U.I.T. 20-00000000-3, ingeniero químico, domicilio xxxxx 00 Xxx Xxxxxx 0000, Xxxxxx X. Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires; Xxxx Xxxxxx XXXXX, argentino, casado, nacido 12/04/1984, DNI 00.000.000, C.U.I.T. 20-00000000-6, Licenciado en Administración de Empresas, domicilio Xxxxx 000 xxxxxx 0000 Xxxxxx X. Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires; y Xxxxxxxxx Xxxx XXXX, argentino, casado, nacido 16/08/1966, DNI 00.000.000, C.U.I.T. 20-00000000-7, ingeniero Civil, domicilio en Club de Campo Abril, Au 4 km3, R41, Hudson, Provincia de Buenos Aires.- PLAZO: 90 AÑOS.- OBJETO: A) ENERGETICA: (i) Hidrocarburos, Electricidad y Energías Alternativas: explorar, producir, generar, procesar, almacenar, fraccionar, despachar, permutar, comprar y/o vender, transportar, manipular, exportar, importar y distribuir en el país o en el extranjero petróleo, gas natural y/o cualquier otro combustible derivado de estos, energía eléctrica y/o su almacenamiento y toda otra clase y/o fuente de energía de origen mineral o hidrocarburífero, eólico, biomasa, hídrico, solar y/u otras alternativas, actuales o futuras, bajo cualquier modalidad de comercialización y contratación, por si o en representación de terceros y/o asociada a terceros, participando en cualquiera de los mercados públicos y privados nacionales o internacionales existentes o futuros, previstos o estatuidos por la legislación y reglamentaciones aplicables, y bajo cualquier de las modalidades contempladas en el ámbito internacional, nacional, provincial y/o municipal.

Examples of Xxxxxxx Xxxxx in a sentence

  • Xxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Directora de la Fundación de Investigación Biomédica Hospital Universitario de la Princesa C.I.F.-G-83727081.

  • Si desea recibir más información o comenzar un proceso de mediación, comuníquese con nosotros en XxxxxxxxXxxxxxx@xxxxxxx.xxx o a través del gerente de la Oficina central de resolución de disputas, Xxx Xxxxxxx Xxx, XX00X000, Xxxxxxx Xxxxx, XX 00000 para obtener un formulario de notificación para disputas de clientes.

  • ACTA N° 000 Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Presidente; Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Vicepresidente; Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Director Vocal Primero; Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Director Vocal Segundo; Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, Director Vocal Tercero.

  • Se debe notificar a Verizon a XxxxxxxxXxxxxxx@xxxxxxx.xxx o al gerente de la Oficina central de resolución de disputas, Xxx Xxxxxxx Xxx, XX00X000, Xxxxxxx Xxxxx, XX 00000.

  • El Cierre tendrá lugar en las oficinas de Mijares, Xxxxxxxx, Xxxxxx y Fuentes, S.C. ubicadas en Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxx Xx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx, o en aquel otro lugar que las Partes acuerden por escrito.

  • The Closing shall be held at the offices of Xxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxx y Fuentes, S.C. located at Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, 0xx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xx, X.X. 00000, Xxxxxx City, Mexico, or such other place as the Parties may mutually agree in writing.

  • Xxxxxx del Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Jefe de Recursos Materiales del O.P.D. Salud de Tlaxcala C.P. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Contralor Interno de O.P.D Salud de Tlaxcala Lic.

  • Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx como Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana de Logística para la Seguridad y la Convivencia Ciudadana, EP EMSEGURIDAD (…)”; de conformidad con el numeral 13 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, en concordancia con el literal c), del artículo 91 del Reglamento Interno Sustitutivo de Administración xx Xxxxxxx Humano de la EP EMSEGURIDAD, con Acción de Personal No. 084-2021, de 21 de octubre de 2021.

  • Se llevará a cabo inmediatamente al concluir el acto de presentación descrito en la parte inicial de las presentes bases (cronograma) y en el punto anterior, en Xx. Xxxxx Xxxxxx Sur No. 1710 “X”, xxxxx 00, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Tlajomulco xx Xxxxxx, Jalisco.

  • Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx” Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx N° 2111, C.P. 82038, Col.


More Definitions of Xxxxxxx Xxxxx

Xxxxxxx Xxxxx. Xxxxxxxxx: 5597 C.E.C.B.A.
Xxxxxxx Xxxxx. Matrícula: 4984 C.E.C.B.A. CUIT 33-70197619-9: Por asamblea de fecha 02/02/2021 se resolvió reformar los Art. 10 y 14 del Estatuto Social para incorporar la posibilidad de celebrar reuniones de Directorio y Asamblea a distancia. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 02/02/2021 Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx - T°: 79 F°: 382 C.P.A.C.F. Por Escritura 17 del 15/02/2022. 1) Socios: Xxxxxxxx Xxxxxxx XXXXXXX, xxxxxxxxx, xxxxxx xx 00 xx xxxxxxx xx 0000, DNI 00.000.000, CUIT 27-00000000-3, gastronómica, casada en primeras nupcias con Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxx 000, Martinez, Partido de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires y Xxxxx XXX XXXXXXX, argentino, nacido el 00 xx xxxxx xx 1993, DNI 00.000.000, CUIT 23-00000000-9, comerciante, soltero, hijo de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, con domicilio en Xxxx 000, xxxx 0, departamento “B” de esta ciudad. 2) denominacion “LET IT VAKERY S.A.” 3) Su duración es de 30 años contados a partir del otorgamiento de la presente. 4) objeto: explotación de negocio de bar, restaurante, parrilla, confiteria, pizzería, hamburguesería, cafetería, cerveceria, servicio de lunch, catering, panadería, despacho y venta de toda clase
Xxxxxxx Xxxxx. Matrícula: 4769 C.E.C.B.A. CUIT 30-71766515-1. Por Esc. 65 del 29/03/2023 Reg 206 CABA se protocolizó: Actas de Reunión de socios del 14/03/2023 donde se decidió por unanimidad: 1) Modificar el objeto social, el cual quedará redacto de la siguiente forma: “La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, dedicarse a las siguientes actividades: la creación, administración y explotación de servicios educativos integrales e institutos de enseñanza privada de todos los niveles, ya sea inicial, primario, secundario, terciario, o universitario, así como de los diferentes ciclos y modalidades de la enseñanza reconocidas y aprobadas por las autoridades educativas nacionales y/o provinciales, enseñanza de todas las materias que abarquen el proyecto educativo de las carreras oficiales de la Dirección General de Escuelas. La sociedad podrá además brindar acompañamientos psicológicos, fonológicos, psicopedagógicos, integración y apoyo escolar, estimulación temprana y/o cualquier otro servicio educativo que permita generar espacios de enseñanza, aprendizaje, inclusión y promoción de la salud de personas con discapacidad y/o trastornos en el desarrollo temprano. Dictar cursos de capacitación y de perfeccionamiento dentro del ámbito educativo sobre temas de interés, así como también de apoyo a la enseñanza oficial de los diferentes niveles educativos. Promover cursos de capacitación e interés para empresas y público en general, especialmente capacitaciones laborales. Establecer convenios y vinculaciones con instituciones de distintos niveles de enseñanza, como así también con universidades nacionales públicas y privadas, tanto de la República Argentina como del extranjero para propender y favorecer las posibilidades de estudio e intercambio cultural y tecnológico. Establecer convenios de pasantías y/o gestionar becas de estudio y trabajo para alumnos del Instituto con las empresas nacionales y/o extranjeras. Promover el desarrollo tecnológico en el sistema educativo contando con nexos dentro y fuera del territorio nacional. Establecer Marketing y desarrollos a través de Internet. Propender un sistema de educación de nivel superior a distancia, utilizando los medios de comunicación existentes o futuros. Dictado de cursos, seminarios, charlas eventos de distintos tipos, tanto a cargo del instituto como de terceros, sean de nivel nacional como internacional, trazando convenios, acuerdos, contratos u...
Xxxxxxx Xxxxx. Cel (000) 0000000000 – Mail: xxxxxx@xxxx.xxx.xx
Xxxxxxx Xxxxx. Matrícula: 4770 C.E.C.B.A. CUIT 30515562172.Por esc. 39 del 5/3/20 Fº126 Registro Not. 1513 XXXX.Xx protocolizo las Actas de Asamblea Nº45 del 30/4/2015, Asamblea Nº47 del 11/3/2016, Directorio 349 del 4/11/2019 Asamblea Nº51 del 8/3/2019 y Asamblea Gral. Extraordinaria Nº52 del 28/11/2019 por las cuales los socios xx XXXX S.A.C.I.F.I.A.y M.resolvieron MODIFICAR algunos articulos adecuando a la sociedad a las nuevas normas legales, aumentar el capital y cambiar el domicilio social.Aumento el Capital de $ 0,01.- a $ 500.000.- y de $ 500.000.- a $ 900.000.- ARTICULO 4 CAPITAL
Xxxxxxx Xxxxx. Xxxxxxxxx: 5597 C.E.C.B.A. CUIT: 30-61912946-2. Se rectifica edicto N° 53647/22 de fecha 14/07/2022. Oficio judicial de fecha 24 xx xxxxx de 2022. Por fallecimiento de Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, quien posee 8 y un tercio de cuotas sociales como socia de la Sociedad EL TIROL S.R.L. se adjudican a los herederos Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx la cantidad de 4 y un sexto de cuotas sociales a valor de 100 pesos cada una y a Xxxxxx Xxxxx Xxxx 4 y un sexto de cuotas sociales a valor de 100 pesos cada una. Autorizado según instrumento privado OFICIO JUDICIAL de fecha 22/06/2022 Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx - T°: 61 F°: 247 C.P.C.E.C.A.B.A.

Related to Xxxxxxx Xxxxx

  • Período xx Xxxxxx Período adicional otorgado por la Compañía para el pago de la prima. El Período xx Xxxxxx en caso lo hubiere será determinado en las Condiciones Particulares, Solicitud-Certificado y/o Certificado.

  • Xxxxxxx Monto más bajo de Subvención Solicitada para proveer el acceso de las ofertas admitidas.

  • Xxxxxx xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx;

  • Fecha xx Xxxxx Es la fecha a partir de la cual el flujo de fondos de los Créditos fideicomitidos corresponde al Fideicomiso. Es el día 5 xx xxxxx de 2022, con cobranzas cuyos vencimientos operen a partir del 1 de julio de 2022. Forma en que están representados los Valores Fiduciarios: Los Valores Fiduciarios estarán representados por certificados globales permanentes, a ser depositados en Caja de Valores S.A. Los Beneficiarios renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley N 20.643, encontrándose habilitada Caja de Valores S.A. para cobrar aranceles a los depositantes, que éstos podrán trasladar a los Beneficiarios. Precio de suscripción, denominación mínima, monto mínimo de suscripción y unidad mínima de negociación de los Valores Fiduciarios: El Precio de Suscripción se encuentra detallado en la Sección XII del presente Suplemento. Cada Valor Fiduciario tendrá un valor nominal de $ 1 (Pesos uno), siendo el monto mínimo negociable de $ 1 (Pesos uno) y, a partir de dicho monto mínimo negociable, cada Valor Fiduciario podrá ser negociado por montos que sean múltiplos de $ 1 (Pesos uno). Las ofertas de suscripción deberán ser iguales o superiores a la suma de V/N $ 10.000 (Pesos diez mil) y por múltiplos de $ 1 (Pesos uno).

  • Periodo xx Xxxxxx Es una extensión del periodo de pago de la prima del seguro posterior a la fecha de vencimiento anotada durante el cual puede ser pagada, sin el cobro de intereses y recargos y en el cual se mantiene los derechos del Asegurado.

  • INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.

  • Xxxxx Es el acto mediante el cual uno o varios individuos se apoderan ilegítimamente del vehículo asegurado, sin ejercer violencia o intimidación en las personas, ni fuerza sobre las cosas.

  • XXXX XXXXXXX XXXXX 00, 8ª PLTA. 28071 - MADRID TEL: 00.000.00.00 FAX: 00.000.00.00 Xxxxxxxx_xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Queja Medio por el cual el suscriptor o usuario pone de manifiesto su inconformidad con la actuación de determinado funcionario, o con la forma y condiciones en que se ha prestado el servicio.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.

  • Cobertura Es la prestación que se ofrece en los términos establecidos en la póliza, cuando se produce un siniestro que afecte a cualquiera de las garantías contratadas.

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • País Origen Producto o Servicio España Importes de Adjudicación Importe total ofertado (sin impuestos) 19,5 EUR. Importe total ofertado (con impuestos) 20,28 EUR.

  • Colusión un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad o de obtener un fin ilícito. Si se presenta que se ha cometido un acto de fraude o corrupción vinculado con un proyecto financiado por el FCAS éste podrá: Decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato o de un contrato adjudicado para la adquisición de bienes y/o servicios financiado por el FCAS; suspender en cualquier etapa los desembolsos de la cooperación para el proyecto; cancelar y/o acelerar la devolución de una parte de la donación relacionada inequívocamente con el contrato vinculado; El FCAS establece las siguientes condiciones básicas: El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto exigirán tanto a su plantilla como los organismos ejecutores, contratistas y a todas las firmas, entidades o personas por participar o participando en proyecto financiados con los fondos, que no ofrezcan a terceros o acepten de terceros para ellos mismos o para otros, ningún regalo, remuneración, compensación o beneficio de ningún tipo, ya que podría ser interpretado como un acto/práctica de corrupción. El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto deberán mantener al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, informada sobre cualquier incidente o sospecha que pueda surgir en el transcurso de las operaciones con respecto al uso inadecuado de los fondos. El FCAS o la persona que dicha oficina designe se reserva el derecho de efectuar auditorías, incluidas las auditorías documentales e in situ, sobre la utilización de los fondos por parte del Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto, así como todos los ejecutores, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos españoles. Además, deberán autorizar explícitamente a las autoridades españolas para realizar controles e inspecciones in situ. Adicionalmente todos los involucrados en el proceso licitatorio, mencionados antes, deberán observar lo dispuesto en la legislación ecuatoriana sobre seguimiento, control y normas de fraude y corrupción en Contratos, para lo cual deberán proporcionar la información necesaria para el adecuado ejercicio de estas actividades y otorgar todas las facilidades para el desarrollo de las mismas. Las sanciones que de eventuales prácticas corruptivas o fraudulentas se deriven, se aplicarán de acuerdo a la legislación ecuatoriana y por las entidades competentes correspondientes. Cualquier evento de esta naturaleza debe ser informado al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, por el Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención o por los demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Tomador Persona física o jurídica que obrando por cuenta propia o ajena, contrata el seguro y traslada los riesgos a la empresa de seguros, mediante la contratación de esta póliza y se obliga al pago de las primas.

  • Auxiliar administrativo Es quien ejerce funciones administrativas, burocráticas, de atención al teléfono, recepción y demás servicios relacionados con el departamento de Administración. Contratado en formación: Es el trabajador que mantiene relación laboral con el centro, en virtud de un contrato específico de formación.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.

  • Vehículo Medio de transporte terrestre impulsado o no por su propio motor, provisto o no de remolque, destinado al transporte de personas, materiales o equipos utilizados para labores agrícolas, o de construcción, etc.