VENTAJAS DEL PROGRAMA Cláusulas de Ejemplo

VENTAJAS DEL PROGRAMA. Los Clientes del Programa podrán disfrutar de diferentes ventajas en función del consumo acumulado de sus suministros eléctricos así como por el tipo de servicios contratados. Todos los Clientes tendrán acceso al Catálogo Oficial del Programa desde el momento de la activación en el Programa. Las ventajas por pertenecer a un grupo u otro dentro del Programa se comunicarán periódicamente y debidamente a cada Cliente de manera individual a través de cualquier medio de comunicación Los Clientes disfrutarán de todas las ventajas del Programa desde la fecha de activación en el mismo. Enérgya-VM procederá anualmente a revisar la clasificación de cada Cliente teniendo en cuenta su consumo eléctrico acumulado y otros productos y servicios suministrados por Enérgya-VM en los últimos 365 días desde la activación del Programa. La obtención de Puntos Energya-VM (en adelante, los Puntos) se realiza de forma automática por diferentes conceptos como consta en la cláusula 7 del documento Los Puntos obtenidos por un Cliente serán recogidos en la denominada Cuenta de Puntos del Cliente (en adelante, la Cuenta). La cuenta permanecerá abierta mientras el Cliente no haya causado baja en el Programa, se mantenga el suministro eléctrico activo, o al menos, uno si fueran varios, o el Programa no hubiese sido suspendido por Energya- VM. En caso contrario, la Cuenta quedará inactiva, quedando sin efecto los puntos que en ese momento hubiera en dicha cuenta. La titularidad de la Cuenta es personal y corresponde al titular del contrato de suministro, únicamente habrá una cuenta por CIF/NIF/DNI/Pasaporte/NIE, tarjeta de Residencia y grupo empresarial con la que se participará en el Programa. Así, si un mismo Cliente es titular de varios suministros eléctricos, los Puntos generados por todos ellos se contabilizarán en una única Cuenta, de la cual será titular el Cliente. Energya-VM entiende por Grupo empresarial a efectos del Programa todo grupo de CIFs cuyos contratos de suministro eléctrico suscritos con Energya-VM estén refrendados por la misma persona identificada con el DNI y presumiéndose facultades para realizarlo. o tengan domiciliados los pagos en la misma cuenta bancaria. Podrán acceder a la cuenta. a través de la Oficina Online, una vez validado el documento identificativo del firmante del contrato y insertado la referencia que figura en la tarjeta, la persona que figure como titular del contrato de suministro así como las personas autorizadas expresamente por éste para el di...
VENTAJAS DEL PROGRAMA. Artículo 4.1. Ventajas. PayPal puede ofrecer los beneficios del programa ("Beneficios") como se establece en la Guía del Programa de Partners PayPal que se encuentra en xxxxx://xxx.xxxxxx- xxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxx/xx/xxxxxx-xx/xxxx.xxxx ("Guía del Programa"). PayPal pondrá los beneficios a disposición de los Partners que cumplen con el derecho o los requisitos para participar, según lo describe PayPal a su entera discreción de forma ocasional. PayPal puede cambiar los beneficios en cualquier momento.

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  • Integración de la solvencia con medios externos 1. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e), o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si estas van a ejecutar las obras o prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades. 2. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al poder adjudicador que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor oferta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145, previo requerimiento cumplimentado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 150, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del artículo 140. 3. Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. 4. En el caso de los contratos de obras, los contratos de servicios, o los servicios o trabajos de colocación o instalación en el contexto de un contrato de suministro, los poderes adjudicadores podrán exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, siempre que así se haya previsto en el correspondiente pliego con indicación de los trabajos a los que se refiera.

  • EXONERACIÓN DE LAS CARGAS LABORALES Y SOCIALES A LA ENTIDAD El PROVEEDOR corre con las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

  • CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Etapa Fecha, hora y lugar

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

  • Terminación de las Obras en la fecha prevista 17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Gerente de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación.

  • Medios auxiliares, equipos y herramientas Útiles de la máquina o del equipo de trabajo. • Mantenimiento y verificaciones, manual del fabricante, características de los principales elementos, dispositivos de seguridad, documentación, sistemas de elevación, etc.

  • CRONOGRAMA DEL PROCESO ACTIVIDAD FECHA LUGAR

  • MEDIOS HUMANOS La empresa adjudicataria deberá facilitar al MUSEO la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. La empresa adjudicataria deberá designar una persona responsable, que debe poseer un título de ingeniero/a técnico/a o superior y con experiencia en mantenimiento y en gestión de instalaciones térmicas y eléctricas en edificios. Actuará como responsable del servicio frente al MUSEO y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por este. Será la persona encargada de la relación con las/os responsables del MUSEO, emitiendo, además, informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc. La empresa adjudicataria se asegurará de que todos/as los/as miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. La empresa adjudicataria no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. Durante los períodos vacacionales xx xxxxxxx, semana santa y verano, la empresa adjudicataria no paralizará su coordinación con el MUSEO, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. La empresa adjudicataria se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del MUSEO. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos/as trabajadores/as y el MUSEO, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos/as los/as trabajadores/as deberán estar debidamente asegurados/as en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al MUSEO, y debiendo la empresa adjudicataria poner a disposición del MUSEO, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El MUSEO deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadoras/es adscritas/os al contrato. Todo el personal de la empresa adjudicataria que vaya a participar en actividades bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del MUSEO sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el MUSEO o por terceras personas facilitadas por el MUSEO se considera obligatoria, y no supondrá gasto para la empresa adjudicataria, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.