XXXXXXX DE ADMINISTRACIÓN DEL DINERO Cláusulas de Ejemplo

XXXXXXX DE ADMINISTRACIÓN DEL DINERO. Todas las cuentas (de transacciones) ofrecidas por el Banco que devengan y no devengan intereses son designadas como "Cuentas de Administración del Dinero". Las cuentas de depósito del "mercado monetario" y de ahorros no se consideran "Cuentas de Administración del Dinero". Para la mayoría de los fines, a las Cuentas de Administración del Dinero se las considera como una sola cuenta para ciertos asuntos de mantenimiento de registros, cargos, saldos mínimos y pagos. A los fines de la regulación contable, en nuestros archivos su cuenta de cheques constará de dos "subcuentas". Una de esas subcuentas es una cuenta de cheques del tipo designado por el titulo de la cuenta ("Subcuenta de Cheques”). La otra subcuenta es una cuenta xxx xxxxxxx monetario (“Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario”). Si la cuenta de cheques devenga intereses, los intereses se acumularán sobre el saldo combinado cobrado en depósito en ambas subcuentas, a la tasa de interés establecida para la cuenta de cheques correspondiente. Por lo tanto, el Porcentaje de Rendimiento Anual (APY, por sus siglas en inglés) devengado por la cuenta se calcula en función del saldo combinado cobrado en depósito en ambas subcuentas durante el ciclo de estado de cuenta. Si la cuenta de cheques no devenga intereses, no se pagará interés alguno a la subcuenta. Conforme a las regulaciones, la Subcuenta de Cheques se clasifica como una cuenta de "transacciones" de la cual puede hacerse una cantidad ilimitada de transferencias de fondos; la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario se clasifica como una cuenta del "mercado monetario", en cuyo caso la cantidad de transferencias de fondos desde la cuenta se limita a seis (6) por ciclo de estado de cuenta. El límite regulatorio sobre transferencias desde la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario durante un ciclo de estado de cuenta es el factor determinante para el procedimiento que se describe a continuación sobre transferencias entre las subcuentas. Los fondos en depósito en la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario se maximizarán durante cada ciclo mensual de estado de cuenta mediante transferencias automáticas desde la Subcuenta de Cheques, lo cual reducirá los Fondos en depósito en la Subcuenta de Cheques. A fin de lograr esa meta, los fondos en depósito en la Subcuenta de Cheques que excedan el Saldo Objetivo, el cual se define más abajo, se transferirán automáticamente a la Subcuenta xxx Xxxxxxx Monetario hasta el momento en cada ciclo de estado de cuenta en el que se hayan realizado un tot...

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  • Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)

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  • FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El incumplimiento de la persona prestadora en la prestación continua del servicio se denomina falla en la prestación del servicio y su ocurrencia le confiere al suscriptor y/o usuario el derecho, desde el momento en que se presente, a la resolución del contrato de condiciones uniformes o su cumplimiento con las reparaciones consagradas en el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, esto es, a que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo o de la adquisición de bienes y servicios recibidos y a la indemnización de perjuicios.