Ámbito temporal y denuncia. El presente convenio entrará en vigor a todos los efectos el día siguiente de su publicación en el B.O.P., si bien sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 2011, y su duración será de cuatro años, por lo que terminará el 31 de diciembre de 2016, fecha en la cual perderán su vigencia exclusivamente las cláusulas obligacionales. El presente convenio se prorrogará bianualmente (de 2 años en 2 años), a partir del 1 de enero de 2.017, por tácita reconducción, si no mediase denuncia expresa del mismo por cualquiera de las partes con una antelación mínima de 4 meses al término de su período de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. Denunciado el convenio las partes se comprometen a iniciar conversaciones en plazo no superior a un mes de la fecha del vencimiento del convenio o de la prórroga. Las partes podrán someter a un arbitraje las discrepancias en la negociación del convenio colectivo. El sometimiento al mismo de las partes tendrá carácter voluntario hasta transcurridos 24 meses desde la finalización del término temporal de vigencia del convenio. A partir de entonces, será obligatorio si alguna de las partes lo solicita. En este caso, se mantendrá la vigencia del convenio anterior en sus cláusulas normativas hasta que se dicte el laudo arbitral. El arbitraje se solicitará a los órganos correspondientes de la comunidad autónoma que tengan asumidas estas funciones.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Ámbito temporal y denuncia. El La vigencia del presente convenio entrará en vigor a todos los efectos comenzará el día siguiente de su publicación en el B.O.P., si bien sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 2011, 2016 y su duración será de cuatro años, por lo que terminará finalizará el 31 de diciembre de 2016, fecha en la cual perderán 2018. Al término de su vigencia exclusivamente las cláusulas obligacionales. El presente convenio se prorrogará bianualmente (de 2 años en 2 años)tácitamente por periodos anuales, a partir del 1 de enero de 2.017, por tácita reconducción, si no mediase salvo denuncia expresa del mismo por cualquiera alguna de las partes con una antelación mínima que habrá de 4 realizarse por escrito en el periodo comprendido dentro de los 2 últimos meses al término a la fecha de su período de vigencia expiración del presente convenio o de cualquiera de sus prórrogas. Denunciado el convenio las partes se comprometen convenio, deberá procederse a iniciar conversaciones en plazo no superior a un mes la constitución de la fecha del vencimiento del convenio o Comisión Negociadora y al inicio de la prórroga. Las partes podrán someter a un arbitraje las discrepancias en la negociación del nuevo convenio colectivoen el plazo máximo señalado en el artículo 89.2.º del Estatuto de los Trabajadores. El sometimiento al mismo Para el caso de que la negociación del nuevo convenio resultase en un bloqueo definitivo de la misma, las partes tendrá carácter voluntario hasta transcurridos 24 meses expresamente se adhieren y someten a los procedimientos de solución extrajudicial de conflictos que se regulan en el artículo 41 del presente convenio, en los términos allí descritos. Transcurrido un año desde la finalización del término temporal de vigencia del convenio. A partir de entonces, será obligatorio si alguna de las partes lo solicita. En este caso, se mantendrá la vigencia denuncia del convenio anterior en sus cláusulas normativas hasta colectivo sin que se dicte el haya acordado un nuevo convenio colectivo o dictado un laudo arbitral. El arbitraje , aquél perderá su vigencia y se solicitará a los órganos correspondientes aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de la comunidad autónoma ámbito superior que tengan asumidas estas funcionesfuera de aplicación.
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Samples: Convenio Colectivo
Ámbito temporal y denuncia. El presente convenio Acuerdo entrará en vigor a todos los efectos el día siguiente partir de su publicación en el B.O.P., si bien sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 2011, la firma del mismo y su duración será de cuatro años, por lo que terminará vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 20162020, salvo aquellas materias para las que se haya establecido una fecha de vigencia distinta. A la finalización de su vigencia, que coincide con la vigencia del XIX CGIQ, el mismo se entenderá tácitamente prorrogado en la cual perderán su vigencia exclusivamente las cláusulas obligacionales. El presente convenio se prorrogará bianualmente (caso de 2 años en 2 años)no mediar denuncia, a partir del 1 de enero de 2.017, por tácita reconducción, si no mediase denuncia expresa del mismo por cualquiera de las partes con una antelación mínima partes, mediante comunicación fehaciente por la parte denunciante a la contraparte efectuada dentro de 4 los tres últimos meses al término del año de su período de vigencia término o de cualquiera de sus prórrogasprórroga. Denunciado el convenio las Las partes firmantes se comprometen a iniciar conversaciones en plazo no superior a un mes de la fecha del vencimiento del convenio o de la prórroga. Las partes podrán someter a un arbitraje las discrepancias en la negociación del convenio colectivonuevo Acuerdo Xxxxx una vez formulada la denuncia, aun cuando no se hubiese agotado su vigencia temporal. El sometimiento al mismo de Durante las partes tendrá carácter voluntario hasta transcurridos 24 meses desde la finalización del término temporal de vigencia del convenio. A partir de entonces, será obligatorio si alguna de las partes lo solicita. En este caso, negociaciones se mantendrá la vigencia del convenio anterior presente Acuerdo Marco en sus cláusulas normativas hasta los términos establecidos en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores. Transcurridos 24 meses desde su denuncia sin que se dicte haya acordado uno nuevo que lo sustituya, el laudo arbitralpresente Acuerdo Xxxxx perderá su vigencia en los términos establecidos en la legislación vigente. El arbitraje se solicitará Dicha pérdida de vigencia no afectará a los órganos correspondientes Pactos y Acuerdos prexistentes a la firma de la comunidad autónoma que tengan asumidas estas funcionesentrada en vigor del presente Acuerdo Marco.
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Samples: Convenio Colectivo
Ámbito temporal y denuncia. 1. El período de vigencia del presente convenio entrará Convenio Colectivo será desde su entrada en vigor a todos los efectos el al día siguiente de su publicación en el B.O.P.Boletín Oficial de Cantabria, si bien sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 2011, y su duración será de cuatro años, por lo que terminará hasta el 31 de diciembre de 2016, fecha en la cual perderán su vigencia exclusivamente las cláusulas obligacionales2025.
2. El presente convenio se prorrogará bianualmente (de 2 años en 2 años), a partir del 1 de enero de 2.017, por tácita reconducción, si no mediase denuncia expresa del mismo por cualquiera Cualquiera de las partes legitimadas para ello podrá denunciar formalmente este Convenio, siempre que lo haga expresamente y por escrito, y con una antelación mínima de 4 dos meses al término a la fecha de expiración de su período vigencia; en el plazo de vigencia o un mes a partir de cualquiera de sus prórrogasla referida denuncia, se constituirá la correspondiente Comisión Negociadora. Denunciado el convenio Convenio y, en tanto no se logre acuerdo expreso, se mantendrá éste en vigor en todo su contenido. CVE-2022-8928
3. Si la Jurisdicción competente declarase la nulidad de alguna parte del contenido del presente Convenio, las partes determinadas en el mismo se comprometen a iniciar conversaciones en el plazo no superior a de un mes desde la resolución firme de dicha nulidad, una nueva negociación de dichas cláusulas y aquellas que se vean afectadas, bajo el principio de que la nulidad de alguna o algunas de las cláusulas, no supone la nulidad de todo el Convenio.
4. Si las negociaciones para suscribir nuevo Convenio se prolongaran más allá de la fecha expiración de éste, y hasta tanto no se alcance nuevo acuerdo, se entenderá prorrogado el contenido normativo del vencimiento del convenio o presente Convenio, sin perjuicio de la prórroga. Las partes podrán someter a un arbitraje las discrepancias lo que el nuevo Convenio, en la negociación del convenio colectivo. El sometimiento al mismo de las partes tendrá carácter voluntario hasta transcurridos 24 meses desde la finalización del término temporal de vigencia del convenio. A partir de entonces, será obligatorio si alguna de las partes lo solicita. En este su caso, se mantendrá la vigencia del convenio anterior en sus cláusulas normativas hasta que se dicte el laudo arbitral. El arbitraje se solicitará a los órganos correspondientes de la comunidad autónoma que tengan asumidas estas funcionesdisponga sobre su retroactividad.
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Samples: Iii Convenio Colectivo
Ámbito temporal y denuncia. El presente convenio entrará en vigor a todos los efectos el día siguiente de su publicación en el B.O.P.BOP, si bien sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 2011, y su duración dura- ción será de cuatro años, por lo que terminará el 31 de diciembre de 2016, fecha en la cual perderán su vigencia exclusivamente las cláusulas obligacionales. El presente convenio se prorrogará bianualmente (de 2 años en 2 años), a partir del 1 de enero ene- ro de 2.0172017, por tácita reconducción, si no mediase denuncia expresa del mismo por cualquiera de las partes con una antelación mínima de 4 meses al término de su período de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. Denunciado el convenio las partes se comprometen a iniciar conversaciones en plazo no superior su- perior a un mes de la fecha del vencimiento del convenio o de la prórroga. Las partes podrán someter a un arbitraje las discrepancias en la negociación del convenio colectivoco- lectivo. El sometimiento al mismo de las partes tendrá carácter voluntario hasta transcurridos transcurri- dos 24 meses desde la finalización del término temporal de vigencia del convenio. A partir de entonces, será obligatorio si alguna de las partes lo solicita. En este caso, se mantendrá la vigencia vi- gencia del convenio anterior en sus cláusulas normativas hasta que se dicte el laudo arbitral. El arbitraje se solicitará a los órganos correspondientes de la comunidad autónoma que tengan ten- gan asumidas estas funciones.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Ámbito temporal y denuncia. El presente convenio Xxxxxxxx entrará en vigor a todos los efectos el día siguiente de su publicación en el B.O.P., si bien sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 201101-01-2014, y su duración será de cuatro tres años, por lo que terminará el 31 de diciembre de 31-12-2016, fecha en la cual perderán su vigencia exclusivamente las cláusulas obligacionales. El presente convenio se prorrogará bianualmente (, prorrogándose de 2 años año en 2 años), a partir del 1 de enero de 2.017año, por tácita reconducción, si no mediase hasta que entre en vigor un nuevo Convenio. La denuncia expresa del presente convenio se comunicará por escrito, que deberá dirigir la parte legitimada denunciante a las demás partes otorgantes del mismo por cualquiera y a la autoridad laboral, con al menos 60 días de las partes con una antelación mínima de 4 meses al término a la finalización de su período de vigencia vigencia, o de cualquiera de sus prórrogas, expresando detalladamente en la comunicación la legitimación que ostente, el ámbito del convenio y las materias objeto de negociación. Denunciado el convenio las partes se comprometen a iniciar conversaciones convenio, en el plazo no superior a máximo de un mes desde la recepción de la fecha del vencimiento del convenio o comunicación, se procederá a constituir la comisión negociadora. El plazo máximo de negociación será de dieciocho meses, independientemente de la prórroga. Las partes podrán someter duración del anterior convenio, a un arbitraje las discrepancias en contar desde la fecha de pérdida de vigencia del anterior convenio, si el proceso de negociación del nuevo convenio colectivo. El sometimiento al mismo colectivo se prolongara sin alcanzarse acuerdo durante más de dieciocho meses, cualquiera de las partes tendrá carácter voluntario hasta transcurridos 24 meses desde la finalización del término temporal podrá instar mediación ante el Tribunal de vigencia del convenio. A partir Arbitraje Laboral (TAL), en relación a aquellas materias en las que persistan las discrepancias y con el fin de entonces, será obligatorio si alguna de lograr acuerdos sobre las partes lo solicita. En este caso, se mantendrá la vigencia del convenio anterior en sus cláusulas normativas hasta que se dicte el laudo arbitral. El arbitraje se solicitará a los órganos correspondientes de la comunidad autónoma que tengan asumidas estas funcionesmismas.
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Samples: Convenio Colectivo
Ámbito temporal y denuncia. El a. Ámbito temporal: Sin perjuicio de las situaciones de concurrencia establecidas en el artículo 4 del convenio colectivo, que deberán respetarse en todo caso, el presente convenio colectivo entrará en vigor a todos los efectos el día siguiente de desde su publicación oficial en el B.O.P., si bien sus BOE y tendrá efectos económicos se retrotraerán al día desde el 1 de enero del 2022, salvo en aquellas materias para las que en su articulado se establezca otro plazo de 2011, y su duración será de cuatro años, por lo que terminará aplicación diferente. La vigencia del presente convenio colectivo finalizará el 31 de diciembre de 20162025, fecha salvo que la Comisión de Negociación Permanente prevista en este convenio, acuerde expresamente la cual perderán prórroga de su vigencia exclusivamente las cláusulas obligacionalescontenido. El La negociación de dicho acuerdo de prórroga deberá llevarse a cabo en el seno de la referida comisión durante el año 2025.
b. Denuncia: De no alcanzarse un acuerdo sobre la prórroga del presente convenio se prorrogará bianualmente (de 2 años en 2 años)colectivo, a partir del 1 de enero de 2.017, por tácita reconducción, si no mediase denuncia expresa del mismo por cualquiera de las partes legitimadas con una un mes de antelación mínima a la fecha prevista de 4 meses al término finalización de su período vigencia podrá denunciarlo sin más requisito que la obligación de vigencia o comunicárselo a la otra parte de cualquiera de sus prórrogasmodo escrito. Denunciado el convenio las partes se comprometen a iniciar conversaciones en plazo no superior a un mes estará, para la constitución de la fecha del vencimiento del convenio o de la prórrogacomisión negociadora, a lo previsto en el artículo 89.2 ET. Las partes podrán someter a condiciones pactadas en el presente convenio colectivo subsistirán en todo caso, hasta su sustitución por un arbitraje las discrepancias en la negociación del nuevo convenio colectivo. El sometimiento al mismo En caso de las partes tendrá carácter voluntario hasta transcurridos 24 meses desde la finalización del término temporal de vigencia del convenio. A partir de entonces, será obligatorio si alguna de las partes lo solicita. En este caso, se mantendrá la vigencia que no exista denuncia del convenio anterior colectivo el mismo se prorrogará de año en sus cláusulas normativas hasta que se dicte el laudo arbitral. El arbitraje se solicitará a los órganos correspondientes de la comunidad autónoma que tengan asumidas estas funcionesaño.
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Samples: Convenio Colectivo