Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL SERVICIO DE EJECUCIÓN DEL INVENTARIO DE ARBOLADO, EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID)
1. OBJETO DEL CONTRATO.- El contrato tendrá por objeto la prestación del siguiente servicio . ejecución de un inventario de arbolado , en el Municipio xx Xxxxx ( Madrid)
Código CPV: 77231000-8
Servicios de gestión forestal
El proyecto reúne los requisitos de los articulos 2,9,y 10 del Real Decreto- Ley 13/2009 de 26 de octubre , por el que se crea el Fondo Estatal par el Empleo y la Sostenibilidad local
Las características específicas del servicio, así como las condiciones en que ha de realizarse vienen determinadas en el Pliego de prescripciones técnicas.
2. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.- El contrato se adjudicará aplicando el procedimiento negociado sin publicidad puesto que el contrato se encuentra incluido en el supuesto previsto en el artículo 158
e) de la Ley de Contratos del Sector Público
Se aplicará el trámite de urgencia a que se refieren los artículos 96 y 128 de la Ley de Contratos del Sector Publico , a efectos de reducción de plazos, en los términos establecidos en el articulo 17 del Real Decreto –Ley 13/2.009
3. NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO.- El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego y por las siguientes normas:
- Real Decreto Ley 13/2.009, de 26 de Octubre, por el que se crea el fondo Estatal para el empleo y la sostenibilidad local
-
- Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx , por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 , de 30 de octubre, de contratos del Sector Público
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001 de 12 de Octubre
Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, y las restantes normas de derecho administrativo.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.
Las discrepancias o contradicciones que pudieran surgir entre el Pliego de cláusulas económico administrativas y el Pliego de cláusulas técnicas se resolverán conforme a lo establecido en el primero de los Pliegos.
Todos los plazos señalados en este Xxxxxx, salvo que expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a días naturales.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO.- El plazo de ejecución del contrato será de 5 meses a contar desde la fecha de adjudicación definitiva y concluir antes del día 31 de diciembre de 2.010.
5. BASE O TIPO DE LICITACIÓN.- El presupuesto base de licitación tiene un importe de 28.448,28 € más 4.551,72 € correspondiente al Impuesto sobre el Valor añadido
6. FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.- El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 13/2009 de 26 de Octubre , y se abonará en una sola anualidad correspondiente al año 2.010.
7. PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN
El pago se efectuará una vez ejecutada la prestación del objeto del contrato a que se refiere la cláusula 1 y expedida la
declaración de recepción de conformidad, ya sea parcial o total, tal como disponen los artículos 200 y 283 de la Ley de contratos del Sector Público .
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 17.5 del Real decreto- Ley 13/2009, de 26 de Octubre, se abonara al contratista el precio del contrato dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la recepción de conformidad .
El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en los artículos 200.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, se le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Ley .
8 CAPACIDAD PARA CONTRATAR.- Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público y acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos previstos en los artículos 63, 64 y 67 de la mencionada Ley.
Así mismo, las empresas no comunitarias deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La Administración podrá contratar con Uniones de Empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrará un representante o apoderado único.
9. GARANTÍA DEFINITIVA.- El adjudicatario del servicio deberá, una vez comunicada la adjudicación provisional, depositar una garantía definitiva que será del 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A., a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En el caso de efectuarse la garantía mediante talón conformado o cheque bancario, aval o seguro de crédito y caución, se ingresará en la Caja de la Corporación. Si se realizara en metálico deberá ingresarse en
cualquiera de las entidades bancarias de la localidad. En este caso el resguardo acreditativo del ingreso se canjeará por la Carta de Pago, veinticuatro horas después del ingreso. El horario de la Caja de la Corporación, es de 9 a 13 horas, de lunes a viernes.
En caso de optar por aval bancario, se realizará según modelo del Xxxxx XXX.
De conformidad con lo previsto en el art. 17 1.b) del Real Decreto Ley 13/2.009 de 26 de Octubre y el 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, la constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse antes de la adjudicación definitiva, es decir, dentro de los diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil del contratante del órgano de contratación. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la no adjudicación definitiva.
10. CONSULTA A EMPRESARIOS.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 de la Ley de Contratos del Sector Público, será necesario solicitar la oferta a empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, sin que su número sea inferior a tres, siempre que ello sea posible.
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.
11.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en las Dependencias Municipales, en horario de 9 a 14:00 horas y de lunes a viernes, en el plazo señalado en la invitación que el Ayuntamiento envíe.
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día .
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo de presentación
No se pueden admitir proposiciones por medios electrónicos, informáticos o telemáticos al no disponer el Ayuntamiento xx Xxxxx de un programa informático para tal fin.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen en el contrato, sin salvedad o reserva alguna.
11.2.- Formalidades.- Las proposiciones se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxx, y se titularán “Proposición para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad, tramitado para adjudicar el servicio de ejecución del inventario de arbolado en el municipio xx Xxxxx ( Madrid) constando el nombre del licitador y se presentarán en un sobre en cuyo interior figurarán otros tres sobres cerrados, pudiendo ser lacrados y precintados denominados SOBRE “A”, SOBRE “B” y SOBRE “C”, en cada uno de los cuáles se hará constar su contenido y el nombre del licitador de la forma que se indica:
A) En el SOBRE “A”, titulado “Documentos generales para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad, tramitado para adjudicar el servicio de ejecución del inventario de arbolado en el municipio xx Xxxxx ( Madrid , se incluirá la siguiente documentación administrativa:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
(a) Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas por fotocopia compulsada, o Escrituras de constitución, adaptación, modificación de la Sociedad Mercantil, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica así mismo por original o fotocopia compulsada.
(b) Poder Bastanteado por el Sr. Secretario del Ayuntamiento xx Xxxxx, cuando se actúe por representación y presentación de fotocopia compulsada del D.N.I. de quien actúa por representación.
Para proceder al Bastanteo de Poder, los licitadores deberán personarse en el Ayuntamiento, con una antelación mínima de 24 horas a la finalización del procedimiento, debiendo aportar
D.N.I. de quien actúa por representación (original o fotocopia compulsada), Escrituras de poder, de constitución, adaptación, modificación de la Sociedad (por originales o fotocopias compulsadas), así como una declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
(c) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
2. Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, según Xxxxx XX.
3. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera según lo establecido en el art. 64 de la Ley de Contratos del Sector Público, mediante los siguientes medios:
- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
4. Acreditación de la solvencia técnica según lo previsto en el art. 67 de la Ley de Contratos del Sector Público, mediante el siguiente documento:
.-Relación de los trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o , cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido de éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, en todo caso , estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente
.-Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y en particular del personal responsable de la ejecución del contrato
.-Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente
5. Para las empresas extranjeras, una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por la disposición vigente, así como no tener deuda alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx (MADRID).
Quien resulte adjudicatario deberá presentar en el plazo xx xxxx (10) días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél en que se publique en el perfil del contratante del órgano de contratación, Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social que acredite la inscripción de la empresa y hallarse al corriente de las cuotas de la Seguridad Social del personal que trabaje a su servicio (por original o fotocopia compulsada), modelos de cotización TC1 y TC2 (por original o fotocopia compulsada), Certificado de la Delegación de Hacienda correspondiente que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias conforme establece el artículo
49.1 apartado d) de la Ley de Contratos del Sector Público (por original o fotocopia compulsada), y Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx de que no exista deuda alguna con este Ayuntamiento (por original o fotocopia compulsada).
7. Declaración por la que el licitador se obliga al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes sobre Protección a la Industria Nacional, Legislación Social, Estatutos de los Trabajadores, Prevención de Riesgos Laborales y demás normas sobre la materia.
8. Escrito firmado por el licitador en el que conste la dirección, e-mail, número de teléfono, número de fax, y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sean precisos realizar durante el procedimiento selectivo.
B) En el SOBRE “B”, denominado “Proposición técnica para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad para adjudicar el servicio de ejecución del inventario de arbolado en el municipio xx
Xxxxx ( Madrid) , se incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor y se presentarán cumpliendo el requisito establecido en el artículo 26 del Real decreto 817/2.009 de 8 xx xxxx . y en particular deberán incluirse los siguientes
1. Proyecto descriptivo que contenga las características de la prestación del servicio, de acuerdo con lo especificado en el Pliego de prescripciones técnicas.
2. Declaración jurada de aquellos compromisos especiales y mejoras adicionales a las prescripciones mínimas que los licitadores estimen incluir en su plica, y que sean valorables en cuanto al procedimiento.
3. Declaración de la empresa sobre el número de personas a ocupar con ocasión de la ejecución del contrato.
C) En el SOBRE “C”, denominado “Proposición económica para tomar parte en el procedimiento negociado sin publicidad, tramitado para adjudicar las obras de mejora y mantenimiento del colegio publico Buenos Aires sito en Cañada Real de Xxxxxx xx Xxxxx ( Madrid) se incluirá el siguiente documento:
1. Oferta económica, una sola proposición formulada estrictamente conforme al modelo que figura como Xxxxx X a este Xxxxxx. No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en las que la cantidad expresada en letra y en número sea diferente.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
Todos los documentos que formen parte de la proposición, es decir, la documentación general, la proposición técnica y la oferta económica deberán estar redactados en castellano.
12. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.-
- En aplicación del artículo 295, apartado 1) de la Ley de Contratos del Sector Público, en el presente caso no se constituirá Mesa de Contratación. finalizado el plazo de presentación de ofertas se
procederá a la apertura por los Técnicos Municipales (Secretario General de la Corporación, Interventora Municipal, Técnico del Área correspondiente y Secretaria delegada de las Mesas de Contratación) de la documentación presentada
De lo actuado se dejara constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se comunicara a los interesados , concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen una vez transcurrido dicho plazo se abrirá la fase de negociación , por los técnicos correspondientes valorándose las ofertas. De los licitadores
y previos los informes técnicos y jurídicos, acordará en resolución motivada la adjudicación provisional a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarar desierta la licitación si no se cumpliera lo previsto en el art. 135.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, es decir, cuando no exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios fijados en el Pliego.
13. CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.- Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del contrato, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Ley de Contratos del Sector Público, serán los señalados en la cláusula 9ª xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas. Dichos criterios se detallarán en el anuncio de licitación.
14. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA.- El Órgano de Contratación, recibida la documentación y evacuados los informes técnicos correspondientes, acordará en resolución motivada la adjudicación provisional
La adjudicación provisional será notificada a todos los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación según lo establecido en los arts. 42 y 135.3 de la L.C.S.P.
La adjudicación provisional deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales , contados desde que finalice el plazo de presentación de proposiciones
Al efectuar dicha notificación se requerirá al adjudicatario para que aporte la documentación necesaria y constituya la garantía definitiva, en la cuantía y forma indicadas en la cláusula novena.
La adjudicación provisional se elevará a definitiva mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el artículo 17.1b) del Real decreto – Ley 13/2.009 de 26 de Octubre
Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de empresas , la escritura de constitución del contrato , deberá aportarse antes de la formalización del contrato
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- La Corporación y el contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación del servicio en documento administrativo dentro de los diez (10) días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, según lo establecido en el artículo 140.1 de la L.C.S.P., constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
El Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas tienen carácter contractual por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario en el acto de formalización del contrato.
La Administración podrá acordar el comienzo de la ejecución del contrato aunque no se haya formalizado este, siempre que , en su caso , se haya constituido la garantía correspondiente
16. .- REVISIÓN DE PRECIOS .- Por aplicación de lo dispuesto en el articulo 77.1 de la Ley ,en la relación con la cláusula 4ª de este pliego no existe revisión de precios
17. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA.- El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
18. RELACIÓN LABORAL.- El presente contrato no implicará ninguna vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxx ni del adjudicatario ni de sus asalariados, que serán por su cuenta y deberán estar dados de alta en la Seguridad Social.
19 RESPONSABLE DEL CONTRATO .- El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato conforme se establece en el artículo 41 de la Ley de contratos del Sector Público.
20. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Será condición de ejecución del contrato a que se refiere este pliego, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 17.2 del Real Decreto-Ley 13/2.009, de 26 de Octubre, que el nuevo personal que el contratista necesite emplear para la ejecución del contrato se encuentre en situación de desempleo. A estos efectos, sólo se computarán los contratos realizados o por realizar con los trabajadores desempleados inscritos en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes como demandantes de empleo no ocupados y los realizados o por realizar con trabajadores autónomos que hayan cesado en su actividad y que estén inscritos en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes, como demandantes de empleo no ocupados
21 PENALIDADES ;
Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación .
a).- Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución .El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejecución establecidas en este pliego dará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:
Como regla general , su cuantía será un 1% del importe de adjudicación del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el
incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad
.
Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía conforme al articulo 196.8 de la Ley de Contratos del Sector Público.
El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato ,y, en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción de la prestación.
Cuando el incumplimiento se refiera a la contratación de personal en los términos indicados en la cláusulas anterior, será considerado como infracción muy grave a los efectos previstos en el articulo
102.2 de la Ley de Contratos del Sector Público siempre que suponga una contratación de nueva de obra que no se encontrase en situación de para superior al 50% del total de la contratada como nueva.
b) Por cumplimiento defectuoso .Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos .
Si al tiempo de la recepción , la prestación no se ajustara a las prescripciones establecidas para su ejecución.
Como regla genera, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato. Salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave , en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10 %
, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
En todo caso, la imposición de la penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuento a la reparación de los defectos.
c) Por incumplir criterios de adjudicación .Se impondrán al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación en los siguientes términos .
Si durante la ejecución del contrato o zl tiempo de su recepción , se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su
oferta, en especial los relativos al volumen de mano de obra a utilizar en la ejecución del contrato.
Para considerar que el incumplimiento afecta a un criterio de adjudicación será preciso que al descontarse un 25 por 100 de la puntuación obtenida por el contratista en el criterio de adjudicación incumplido, resultara que su oferta no había sido la mejor valorada.
Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que , motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente ,. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
d) Por demora . Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, se estará a lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de contratos del Sector Público en cuanto a la imposición de estas penalidades
22.CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO .
La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Contratos del Sector Público
Al tiempo de la recepción se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones
1.- El cumplimiento no defectuoso del contrato
2.- El cumplimiento de los criterios de adjudicación
3.- El cumplimiento de las condiciones de ejecución .
Durante la ejecución del contrato la empresa adjudicataria informará al órgano de contratación mediante la presentación de la correspondiente declaración acreditativa de los puestos de trabajo creados así como de las altas de nuevos trabajadores y de las bajas que se produzcan
23. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 206 a 208 de la Ley de contratos del Sector Público y especificamente para el contrato de servicios en los artículos 284 y 285 de dicha Ley
.
En particular se considerará causa de resolución del contrato el supuesto de incumplimiento de la condición de ejecución establecida en la cláusula 20 en su primer párrafo cuando éste deba considerarse como muy grave de conformidad con lo establecido en la cláusula 21 letra a en su último párrafo .
En todo caso en caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley
24. PLAZO DE GARANTIA
El plazo de garantía será de un año y comenzará a partir de la fecha de recepción
25.LIQUIDACIÓN
Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato , procediéndose a la devolución de la garantía definitiva
26. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.-
.
De conformidad con el art. 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez finalizado el contrato y transcurrido el plazo de garantía que será de un de un mes a partir de la fecha de recepción ,se practicará la liquidación del contrato y sin que existan objeciones por parte de la Administración por el cumplimiento del mismo, se dará curso a la devolución de la garantía definitiva en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma.
27. RETIRADA DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS LICITADORES.- Transcurrido UN (1) MES desde la notificación de la adjudicación definitiva del contrato, los licitadores que no hayan sido adjudicatarios deberán retirar la documentación aportada, señalándose que si en dicho plazo no fuera retirada se procederá a la destrucción de la misma por este Ayuntamiento.
28.-JURISDICCIÓN COMPETENTE.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán
la vía administrativa y abrirán la vía contencioso-administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.
29 .RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 198 de la Ley de Contratos del Sector Público.
30 .- Corresponde a la Administración la prerrogativa de dirigir el servicio, de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
En Pinto, a 16 xx Xxxxx de 2010
LA TÉCNICO JEFE
DEL SERVICO DE CONTRATACIÓN
Fdo.: Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
I N F O R M E D E S E C R E T A R Í A
Examinado el Pliego de cláusulas administrativas particulares que antecede y que habrá de regir el procedimiento negociado para adjudicar el Servicio de ejecución del “Inventario de Arbolado” en el Municipio xx Xxxxx (Madrid), se considera que el mismo reúne todos los requisitos exigibles por la legislación vigente, por lo que no existe inconveniente en que, previa su aprobación por el Órgano competente, por el Departamento de Contratación se inicien los trámites encaminados a la contratación de empresa o persona física que lleve a cabo el objeto del contrato.
Pinto, a 16 xx xxxxx de 2010 EL SECRETARIO
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
A N E X O I
(MODELO DE PROPOSICIÓN)
D/Xx. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio en . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , nº . . . . , NIF nº (en el caso
de actuar en representación como apoderado de ,
con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . , nº . . . . , CIF o NIF nº . . . . . . . . . , teléfono . . . . . . . . . . . , fax . . . . . . . . .
. . , enterado de la solicitud de proposiciones del Ayuntamiento xx Xxxxx así como de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento negociado sin publicidad, tramitado para adjudicar el Servicio de ejecución del “Inventario de Arbolado” en el Municipio xx Xxxxx (Madrid), cree que se encuentra en situación de acudir como licitador de la misma.
A este efecto hace constar que conoce el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas por los que se rige la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . (propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo el mencionado contrato, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio de € (EN LETRA Y NÚMERO),
exento de I.V.A., que supone un tanto por ciento de rebaja del % (EN
LETRA Y NÚMERO).
. . . . . . . . , a . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . de 200. . (FIRMA DEL PROPONENTE)
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX.-
A N E X O I I
(MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE)
D/Xx. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , mayor de edad, con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . , nº . . . . . . . . . y NIF nº . . . . . . . . . . . . . . . , (En el caso de actuar en
representación como apoderado de ,
con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . nº . .
. . . . . CIF o NIF )
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que no se halla incurso (caso de actuar en representación: Que ni la empresa a la que representa, ni los administradores de la misma se hallan incursos) en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición para contratar con la Administración, a que se refiere el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 390/96, de 18 xx Xxxx.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, expido y firmo la presente declaración en Pinto, (Madrid), a . . . . . . .
. . . . . de . . . . . . . . . . . de 2 . . . . . .
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX.-
A N E X O I I I
(MODELO DE AVAL)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NIF con domicilio (a
efectos de notificaciones y requerimientos) en . . . . . . . . . . . . . . . . . en la calle/plaza/avenida . . . . . . . . . . . . . . C.P y en su nombre (nombre y
apellidos de los apoderados). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
A V A L A
a:(nombre y apellidos o razón social del avalado). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . NIF en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que
impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato de SERVICIO DE EJECUCIÓN DEL “INVENTARIO DE ARBOLADO” EN EL MUNICIPIO XX XXXXX
(MADRID) (EXPTE.: 013/10), ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, por importe de . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . euros (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxx (Madrid), con sujeción a los términos previstos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
. . . . . . . . . . . . . . . .(lugar y fecha)
. . . . . . . . . (razón social de la entidad)
. . . . . . . . . . .(firma de los Apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA
C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia: Fecha: Nº Código:
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de Julio de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACIÓN, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y COMPRAS.
2.4 ADJUDICACION DEFINITIVA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE EJECUCIÓN DEL “INVENTARIO DE ARBOLADO” EN EL MUNICIPIO.
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
“La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 7 xx xxxxx de 2010, adoptó acuerdo sobre la adjudicación provisional del contrato de SERVICIO DE EJECUCIÓN DEL “INVENTARIO DE ARBOLADO” EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID), a la empresa “Tecnigral, S.L.”.
Visto que el adjudicatario provisional ha presentado la documentación requerida por el órgano de contratación para poder proceder a la formalización del contrato administrativo, y a la vista del informe jurídico emitido por la Técnico Jefe de Servicio de Contratación que consta unido al expediente.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente el contrato de servicio de ejecución del inventario de arbolado en el Municipio xx Xxxxx (Madrid), a la empresa TECNIGRAL, S.L., por el importe de 27.025,87 €., según la propuesta realizada por dicha empresa, más la cantidad de 4.324,14 €. en concepto del 16% de I.V.A.
SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario que en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación, proceda a la formalización del contrato administrativo en el Departamento de Contratación de este Ayuntamiento.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a seis de Julio de dos mil diez.
VºBº
EL ALCALDE
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 7 xx xxxxx de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACIÓN, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y COMPRAS.
2.1 ADJUDICACION PROVISIONAL DEL CONTRATO DE SERVICIO DE EJECUCION DEL INVENTARIO DE ARBOLADO EN EL MUNICIPIO.
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
“Visto el estado procedimental en el que se encuentra el expediente de contratación mediante procedimiento negociado urgente, tramitado para adjudicar el SERVICIO DE EJECUCIÓN DEL “INVENTARIO DE ARBOLADO” EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
Vista el Acta de la reunión celebrada el día 12 xx xxxx de 2010, para proceder a la apertura de las proposiciones presentadas al referido procedimiento, así como el informe emitido por el Técnico de Medio Ambiente, D. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, con fecha 28 xx xxxx de 2010, en el que se dictamina que en el análisis realizado por ese Departamento la oferta presentada por la entidad TECNIGRAL,
S.L. es, a priori, la más ventajosa para el Ayuntamiento xx Xxxxx por tratarse del licitador que obtiene una puntuación más amplia con base en la distribución de puntos propuesta en el Pliego de Condiciones.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad y en votación ordinaria acuerda: PRIMERO.- Declarar válido el acto de licitación.
SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente el contrato de servicio de ejecución del “Inventario de arbolado” en el Municipio xx Xxxxx (Madrid), a la empresa TECNIGRAL, S.L., por el importe de 27.025,87 €., según la propuesta realizada por dicha empresa, más la cantidad de 4.324,14 €. en concepto del 16% de I.V.A.
TERCERO.- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario que en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en el perfil del contratante del órgano de
contratación, deberá presentar en el Departamento de Contratación de este Ayuntamiento la siguiente documentación:
1) Copia de la Carta de Pago de haber depositado la garantía definitiva por un importe de 1.351,29 euros.
2) Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
3) Modelos de cotización TC1 y TC2.
4) Certificado de la Delegación de Hacienda.
5) Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a nueve xx Xxxxx de dos mil diez.
VºBº
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
EL ALCALDE
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 22 xx xxxxx de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, PATRIMONIO, REGIMEN INTERIOR Y COMPRAS.
2.6 APROBACION DE LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS QUE HAN DE REGIR PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO DE SERVICIO PARA LA EJECUCION DEL INVENTARIO DEL ARBOLADO
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
“Visto que la Concejalía de Medio Ambiente está interesada en la contratación deL SERVICIO DE EJECUCIÓN DEL “INVENTARIO DE ARBOLADO” EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID), en el
marco del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, mediante procedimiento negociado.
Visto el Pliego de cláusulas administrativas particulares elaborado en el Departamento de Contratación e informado por la Técnico Jefe del Servicio de Contratación y el Pliego de prescripciones técnicas elaborado e informado por el Técnico Municipal de Medio Ambiente, así como los informes de la Secretaría y de la Intervención Municipal que constan unidos al expediente,”
La Junta de Gobierno Local vistos los antecedentes que obran en el expediente, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratación del servicio de ejecución del “Inventario de arbolado” en el Municipio xx Xxxxx (Madrid).
SEGUNDO.- Declarar la urgencia del referido expediente con los efectos previstos en el art. 96 de la Ley de Contratos del Sector Público y en el art. 17 del Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.
TERCERO.- Aprobar el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas que habrán de regir la contratación, por el procedimiento negociado, del servicio ejecución del “Inventario de arbolado” en el Municipio xx Xxxxx (Madrid).
CUARTO.- Que se proceda a invitar, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato al procedimiento negociado en los términos establecidos en los Pliegos de cláusulas, siendo el tipo de negociación de 28.448,28 euros, más la cantidad de 4.551,72 euros, correspondiente al Impuesto sobre el valor añadido.
QUINTO.- Aprobar el gasto de 28.448,28 euros, más la cantidad de 4.551,72 euros, correspondiente al Impuesto sobre el valor añadido, lo que supone un total de 33.000,00 euros, que dicha contratación supone con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado
por el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre y se abonará en una sola anualidad correspondiente al año 2010.
SEXTO.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a veintitrés xx xxxxx de dos mil diez.
VºBº
EL ALCALDE
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO, PARA CONTRATAR LA CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA EJECUCIÓN DEL ”INVENTARIO DE ARBOLADO” EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
1.- INTRODUCCIÓN
El presente Pliego de Condiciones Técnicas tiene por finalidad describir básicamente los trabajos a desarrollar, definir las directrices y criterios técnicos, así como perfilar los contenidos que ha de incluir el ”INVENTARIO DE ARBOLADO” EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
2. OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato que regula el presente pliego de prescripciones técnicas tiene por objeto la realización del INVENTARIO INFORMATIZADO CON SOPORTE CARTOGRÁFICO DIGITAL DEL ARBOLADO URBANO DE DIVERSAS ZONAS EN EL MUNICIPIO XX XXXXX.-
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
La Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento xx Xxxxx ha visto la necesidad de realizar un inventario informatizado del arbolado urbano existente en el municipio xx Xxxxx para disponer de un diagnóstico preciso del patrimonio vegetal de nuestra localidad con objeto de conocer el estado real de los árboles que ornamentan el municipio.
El inventario servirá además como herramienta que permitirá en el futuro adoptar medidas preventivas en el mantenimiento del arbolado sobre determinados árboles que muestren algún tipo de daño y minimizar así al máximo posible cualquier riesgo vinculado a la caída o fractura de ramas o troncos.
Asimismo, esta iniciativa viene a sumarse y a dar continuidad a la adquisición en 2007 por parte del Ayuntamiento xx Xxxxx de la herramienta de gestión informatizada Arbomap que necesariamente servirá de base al trabajo de campo e informático necesarios para la elaboración del inventario.
Debido a la especificidad en la formación requerida para abordar la materia en cuestión objeto del proyecto, (requerimientos técnicos en el ámbito de aplicaciones informáticas ad hoc, conocimientos en el ámbito forestal, etc ) y a la dimensión del trabajo a abordar que obliga a su implementación por parte de un equipo amplio de trabajo (se estima en aproximadamente 12.300.- árboles los que se incluirían en la base de datos correspondiente), la Concejalía de Medio Ambiente precisa los servicios externos de asistencia técnica y consultoría en dicha materia. De hecho, ya en ocasiones anteriores ha sido preciso recurrir a la asistencia técnica externa. Tal es el caso de la elaboración del Inventario Informatizado del arbolado existente en el Parque Xxxx Xxxxxx X (con un número aproximado de posiciones arboladas de 6.000 ejemplares).
3.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN .-
El proyecto de inversión denominado ”Inventario de Arbolado” supone la creación del inventario informatizado con soporte cartográfico digital del arbolado urbano y su ámbito de actuación será todo
el suelo urbano del término municipal xx Xxxxx, a excepción del Parque Xxxx Xxxxxx X, que ya dispone de inventario.
Como herramienta de apoyo preliminar se suministrará a priori al adjudicatario el correspondiente acceso a la cartografía municipal básica, en soporte digital, de todas las áreas objeto de inventario .
4.- XXXXX LEGAL Y COMPROMISOS AMBIENTALES
La actuación se inscribe en el marco de la Ley 8/ 2005 , de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid (publicada en el BOCM de fecha 31 de diciembre de 2005), la cual establece en su articulado que los Ayuntamientos deberán proceder a la elaboración de un inventario completo del arbolado urbano existente en su territorio municipal .
Paralelamente , la iniciativa objeto del presente Pliego de Condiciones Técnicas atiende a la ejecución y seguimiento de las acciones priorizadas dentro del Plan de Acción Municipal en materia Medio Ambiente referido a los contenidos de la Agenda 21 Local , procurando la orientación del municipio hacia el desarrollo sostenible.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
5. ACTIVIDADES A DESARROLLAR.
Básicamente, los trabajos a desarrollar y que se requerirán para la ejecución del proyecto de inversión denominado ”Inventario de Arbolado” consisten en :
a.- Realización del inventario de todo el arbolado urbano municipal, el cuál comprenderá la siguiente toma de datos in situ (trabajo de campo, fotos , fichas, etc.):
- Identificación y marcado sobre plano.
- Identificación botánica.
- Toma de datos dendrométricos y de estado (huecos, inclinación, etc).
- Toma de datos del entorno (alcorques, protectores, interferencias, etc).
- Toma de documentación fotográfica.
b.- Gestión de la información recogida en campo.
- Creación de base de datos.
- Generación de cartografía digital. Como es lógico, se requerirá un proceso de ajuste y equivalencia entre la cartografía digital base disponible por el Ayuntamiento y la herramienta ya existente “Arbomap”.
c.- Edición de informes del inventario.
x.- Xxxxxxxx e inclusión del inventario (trabajo de campo) a la aplicación informática de gestión “Arbomap” para el control y la gestión de la información recogida.
6. DURACIÓN.
La duración del presente contrato será de cinco (5) meses , ajustada y referida al ejercicio 2010. Esta duración no podrá ser prorrogable.
7. PRESUPUESTO.
Con fecha 27 de octubre de 2009, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 259, el Real Decreto - Ley 13/2009 de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, que tiene por objeto financiar la realización por los Ayuntamientos de inversiones generadoras de empleo y actuaciones de carácter social, de competencia municipal, que contribuyan a la sostenibilidad económica, social y ambiental.
En la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 25 de enero de 2010, se acuerda, entre otros asuntos, y a propuesta del Concejal Delegado de Ordenación del Territorio, Vivienda, Proyectos y Obras, Licencias e Inspección Urbanística, aprobar el proyecto de inversión denominado “Inventario de arbolado”, que se incluirá para ser ejecutado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local por el importe que figura a continuación: Presupuesto de la Inversión Proyectada sin IVA: 28.448,28 euros.- IVA: 4.551,72 euros. Inversión Máxima impuestos incluidos: 33.000 euros.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Por todo ello, el precio total máximo del presupuesto no podrá exceder de los 33.000 euros, IVA incluido (es decir, 28.448,28 euros en concepto de base imponible más 4.551,72 euros en concepto de 16% de IVA).
8.- SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El seguimiento de la realización del inventario del arbolado se realizará mediante una Comisión que revisará periódicamente la evolución del trabajo y estará formada por un representante designado al efecto por la entidad adjudicataria y los técnicos o asesores que designe el Ayuntamiento xx Xxxxx.
9. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
El presente contrato atiende a los siguientes criterios de adjudicación en una escala de 0 a 100 puntos:
• Oferta económica. Se le asigna la máxima puntuación (20 puntos) a la mayor baja, valorándose el resto en proporción.
• Calidad de contenidos del estudio diagnóstico, riqueza en el trabajo de campo propuesto, calidad y operatividad del material cartográfico propuesto, etc. Se asignará un máximo de 30 puntos.
• Se especificará en la oferta el número de personas a ocupar por la empresa adjudicataria o los subcontratistas de aquellas, debiendo indicar las que forman parte de la empresa y las que resultaren de nueva contratación. Se valorará el número de personas de nueva contratación
para la realización del contrato. Sólo se valorará aquellas ofertas que contraten un mínimo de 1 persona. (10 puntos). Se asignará la mayor puntuación a la empresa que mayor número de personas contrate, valorándose el resto en proporción.
• Se valorará la aportación gratuita por parte del licitador que resulte adjudicatario del contrato, de los árboles inventariados sin coste adicional para el Ayuntamiento xx Xxxxx y que se añadan a los 12.300 ejemplares inicialmente previstos. Se asignará hasta un máximo de 40 puntos al licitador que oferte el mayor número extra de árboles inventariados.- Al resto de ofertas se les asignará la puntuación correspondiente de forma proporcional y descendente. Para poder considerar esta mejora será preciso como mínimo el inventario de 50 árboles adicionales. En otro caso, no se considerará la aportación extra como mejora valorable.
10.- CARTEL ANUNCIADOR
Se considera incluido en el precio del contrato el suministro y colocación, por parte del adjudicatario y en el lugar donde indique el Ayuntamiento xx Xxxxx, de un cartel anunciador para la identificación de la fuente de financiación del proyecto.
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
El cartel se confeccionará según lo establecido en la Resolución de 20 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el modelo y las condiciones técnicas del cartel anunciador que debe instalarse en las obras financiadas con cargo al Fondo Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009 de 26 de Octubre.
Pinto, a 17 xx xxxxx de 2010
EL TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx