CONTRATO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE COMERCIALIZACIÓN DE PARTICIPACIONES FIDUCIARIAS ________ DEL PROYECTO ECONÓMICO
CONTRATO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE COMERCIALIZACIÓN DE PARTICIPACIONES FIDUCIARIAS ________
DEL PROYECTO ECONÓMICO
“______________________________”
PROYECTO ECONÓMICO: NOMBRE y DENOMINACIÓN de conformidad con el anexo descriptivo del mismo1.
ETAPA:
[●]: AREA PRIVADA CONSTRUIDA M2 AREA TOTAL CONSTRUIDA M22
PARTÍCIPES: |
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C.C. / NIT |
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Correo electrónico |
Cualquier devolución de recursos que se deba hacer a los PARTICIPES se realizará en la cuenta bancaria No.: ____________ del banco [______] cuyo titular es el _________________________. |
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FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO ECONÓMICO |
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___________, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número ___________, actuando como ___________ de ___________, sociedad legalmente constituida mediante ___________ número ___________ (___________) del ___________ (___________) de ___________ de ___________ (___________) de la Notaria ___________ (___________) de ___________, domiciliada en ___________, identificada con el NIT. ___________, todo lo cual se acredita con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de ___________, el cual se adjunta (Anexo No. ___) |
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FIDUCIARIA |
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CREDICORP CAPITAL FIDUCIARIA S.A., entidad de servicios financieros, constituida mediante Escritura Pública Nro. 884 del 25 xx xxxxx de 2012 otorgada en la Notaría 35 del Círculo Notarial de Bogotá, autorizada para funcionar por la Superintendencia Financiera de Colombia mediante Resolución Nro. 876 del 13 xx xxxxx de 2012, todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá y la Superintendencia Financiera de Colombia, Sociedad que comparece a través de la apoderada general que suscribe el presente contrato, quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denominará LA FIDUCIARIA, actuando como vocera y administradora del FIDEICOMISO COMERCIALIZACIÓN DE PARTICIPACIONES FIDUCIARIAS |
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NÚMERO DE PARTICIPACIONES |
La participación otorga el derecho de uso de _____________3 vinculada a la(s) PARTICIPACIÓN(ES) conforme lo establecido en el MANUAL DE USO, FUNCIONAMIENTO Y CONVIVENCIA / La PARTICIPACIÓN otorga el derecho de recibir a partir del inicio de la FASE OPERATIVA, las UTILIDADES o posibles pérdidas o eventuales perdidas provenientes de la explotación económica del, PROYECTO ECONÓMICO de acuerdo con la proporción de las PARTICIPACION(ES) |
*ANEXO 1: SE ESTABLECE LA PENALIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE EL(LOS) PARTÍCIPES, CUYA EXISTENCIA CONOCE Y ACEPTA EL (LOS) PARTÍCIPE(S) CON LA SUSCRIPCIÓN DE ESTE CONTRATO
CLAUSULAS LIMITATIVAS
Conforme a las estipulaciones previstas en el presente documento, las siguientes son limitaciones a los derechos de los FIDEICOMITENTES, BENEFICIARIOS y PARTICÍPES según la FASE del FIDEICOMISO que corresponda, las cuales manifiestan conocer y aceptar al momento de celebración del presente CONTRATO DE ADHESIÓN:
Los PARTÍCIPES se vinculan a un contrato de comercialización de participaciones fiduciarias que incorpora una fase operativa de la actividad vinculada al PROYECTO ECONÓMICO. Los PARTÍCIPES facultan al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO para que durante la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO y FASE CONSTRUCTIVA, adelante la comercialización, construcción y dotación del PROYECTO ECONÓMICO hasta su FASE OPERATIVA esto es la puesta en marcha de la actividad vinculada al PROYECTO ECONÓMICO en los términos del presente contrato. Iniciada la FASE OPERATIVA, el contrato fiduciario se comportará como un fideicomiso de administración y pagos. Como consecuencia de lo anterior durante cada una de las diferentes fases existirán para las partes obligaciones y derechos inherentes a su respectiva calidad, los cuales son específicos.
EL PARTÍCIPE manifiesta que conoce y acepta en todo el contenido del Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias de fecha _____________________, constitutivo del Fideicomiso ____________ (en adelante el Fideicomiso), respecto del cual a través de la suscripción del presente CONTRATO DE ADHESIÓN declara conocer y haber recibido una copia simple del mismo junto con sus correspondientes anexos (Anexo Proyecto, Anexo 1, Contrato Fiduciario y demás anexos asociados a la vinculación) por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.
En desarrollo del contrato fiduciario constitutivo del Fideicomiso, la FIDUCIARIA recibe y administra los dineros de las personas interesadas en adquirir las PARTICIPACIONES del PROYECTO ECONÓMICO propuesto por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO en los términos y condiciones descrito en el ANEXO 2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ECONOMICO, hasta tanto logre acreditar el cumplimiento de los CONDICIONES DE GIRO y demás requisitos establecidos en este CONTRATO DE ADHESIÓN.
Una vez terminadas las obras objeto del PROYECTO ECONOMICO por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, previamente incorporadas al FIDEICOMISO las mejoras realizadas en desarrollo del PROYECTO ECONOMICO y se radique en la FIDUCIARIA el acta de entrega del PROYECTO ECONOMICO suscrita entre el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y el OPERADOR, se procederá a liquidar la FASE DE CONSTRUCCION.
En virtud de la liquidación de la FASE CONSTRUCTIVA, la FIDUCIARIA como vocera del FIDEICOMISO entregará al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO las UTILIDADES o pérdidas DEL PROYECTO DURANTE LA FASE CONSTRUCTIVA, una vez:
se hayan cubierto los pasivos, costos y gastos del FIDEICOMISO para ese momento,
se hubiere entregado el beneficio establecido en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias a favor del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y
se haya hecho la reserva para atender los gastos de preapertura mencionados en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias.
Queda expresamente prohibido al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO recibir directamente o por medio de sus promotores, sus agentes o empleados, recursos de los terceros interesados en vincularse al PROYECTO ECONÓMICO.
Queda entendido que la custodia y tenencia del inmueble sobre el cual se desarrolla el PROYECTO ECONÓMICO durante la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO y FASE CONSTRUCTIVA está en cabeza del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y durante la FASE OPERATIVA la tendrá el OPERADOR bajo los términos y condiciones previstos en el contrato que se celebre para la operación del PROYECTO ECONÓMICO entre LA FIDUCIARIA como vocera del FIDEICOMISO y el OPERADOR.
Los PARTÍCIPES participarán en los resultados que genere la operación del PROYECTO ECONÓMICO ya sean estos positivos o negativos, según se cumplan o no las proyecciones de operación/administración de los activos subyacentes del FIDEICOMISO durante la FASE OPERATIVA. Por lo tanto, no se garantizan rentabilidades, ni reconocimiento y pago xx xxxxxx vitalicias, ni se trata de un producto equivalente a una pensión de jubilación. En todo caso, queda entendido entre las partes que dichas PARTICIPACIONES no generan ni otorgan el derecho de propiedad sobre los activos que conforman el FIDEICOMISO, ni otorgan derechos ni obligaciones equivalentes a los de un accionista de una sociedad comercial, ni participaciones en la sociedad que ostenta la calidad de FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.
El PROYECTO ECONÓMICO se desarrolla a través de un esquema fiduciario, de única y exclusiva responsabilidad financiera, técnica, jurídica y administrativa del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, quien estará encargado de realizar, sin participación alguna de la FIDUCIARIA, los estudios de factibilidad, la promoción y construcción del PROYECTO ECONÓMICO, y todas las demás actividades relacionadas con la ejecución del mismo.
El FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, quien en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias ostenta también la condición de gerente del Proyecto, adelantará las gestiones de tipo técnico y comercial para la ejecución de EL PROYECTO ECONÓMICO.
En desarrollo del presente contrato, la gestión de LA FIDUCIARIA no se relaciona bajo ningún punto de vista con las actividades y gestiones del constructor, gerente o interventor, por tanto no llevará a cabo actividades relacionadas con el diseño, gerencia, construcción, comercialización, promoción e interventoría del PROYECTO ECONÓMICO, razón por la cual en ningún caso recibirá remuneración o contraprestación por las mismas, ni constituye por parte de ésta directa, ni indirectamente, promoción para la comercialización de los inmuebles que forman parte de EL PROYECTO ECONÓMICO. Tampoco tiene ninguna injerencia en la determinación del punto de equilibrio que se requiera para llevar a cabo el mencionado PROYECTO ECONÓMICO, ni controla la destinación que se dé a los recursos entregados de manera que, el registro de la información financiera con fines de supervisión que realiza LA FIDUCIARIA se hace con base en los soportes entregados por el supervisor o interventor de la obra y una vez éstos sean entregados al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, la responsabilidad por la administración, utilización y destinación de los mismos es exclusiva de éste.
El FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO es el “Constructor” y el “Enajenador” del PROYECTO ECONÓMICO según el significado que a los términos de la Ley 1796 de 2016.
El FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y la FIDUCIARIA podrán acordar que la ejecución y operación del Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias sea a través xx xxxxxxx tecnológicos, por lo que los documentos que la FIDUCIARIA llegue a requerir de parte de los PARTÍCIPES o del mismo FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO serán tramitados a través de dichos canales, de modo tal que los mismos puedan ser firmados mecánica, electrónica o digitalmente.
El FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO entregará las tarjetas de recaudo a terceros adquirentes interesados en el PROYECTO ECONÓMICO una vez se hayan vinculado previamente a la FIDUCIARIA.
Queda entendido para las partes que la administración del PROYECTO ECONÓMICO, en su dotación, preservación, aseo y mantenimiento afectos al PROYECTO ECONÓMICO, será llevada a cabo por un OPERADOR conforme lo previsto en el contrato que para tales efectos celebre el fideicomiso con el OPERADOR, y posteriormente conforme las instrucciones que impartan la ASAMBLEA DE FIDEICOMITENTES y el COMITÉ FIDUCIARIO según corresponda.
Es entendido para las partes, que LA FIDUCIARIA, como vocera del FIDEICOMISO no es experta en la operación de proyectos, y en ningún caso tendrá a su cargo la operación directa del PROYECTO ECONÓMICO, razón por la cual no asume responsabilidades derivadas de dichas actividades sobre el PROYECTO ECONÓMICO, todo lo cual es única y exclusiva responsabilidad del OPERADOR. Por lo tanto, LA FIDUCIARIA, en ningún momento asume obligaciones derivadas de la promoción, asesoría, gerencia y/o veeduría.
El FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se obliga a entregar x Xxx y Salvo el PROYECTO ECONÓMICO por concepto de gravámenes, tasas, derechos liquidados o reajustados, tasas de servicios públicos, cuotas de administración de la copropiedad. A partir del inicio de la ETAPA OPERATIVA, dichos rubros serán atendidos con los recursos del FIDEICOMISO, provenientes de las UTILIDADES de la operación, y en caso de ser estos insuficientes por causa de eventos en que los que el PROYECTO ECONOMICO genere pérdida durante su OPERACIÓN, se solicitará su pago a los PARTÍCIPES, en la proporción de su participación en el FIDEICOMISO.
Manifiesto que conozco que las siguientes son las obligaciones adquiridas por mí en mi calidad de PARTÍCIPE: (i) Realizar la entrega de recursos a los que me obligo en el cuadro de aportes del presente contrato, en los plazos y montos establecidos en el respectivo plan de pagos. (ii) Actualizar la información requerida por LA FIDUCIARIA, en cumplimiento de los sistemas de administración de riesgos por ella implementados, (iii) Pagar la totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones, que se causen por la celebración, ejecución y liquidación del presente contrato, durante la FASE OPERATIVA, cuando los recursos del FIDEICOMISO no sean suficientes para tal efecto. (iv) Declarar y pagar costos que surjan o que se generen sobre los inmuebles fideicomitidos durante la FASE OPERATIVA. Durante la FASE OPERATIVA la obligación de declaración y pago estará en cabeza del PARTÍCIPE o del FIDEICOMITENTE que determine el COMITÉ FIDUCIARIO. (v) Informar por escrito a LA FIDUCIARIA dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, cada vez que se modifiquen o cambien los datos de contacto y (vi) las demás establecidas en el presente contrato y en el contrato del FIDEICOMISO.
El PARTÍCIPE manifiesta que ha sido prevenido sobre los siguientes aspectos, de acuerdo con lo establecido en la Circular Básica Jurídica expedidas por la Superintendencia Financiera:
La sociedad fiduciaria administra los recursos y los pone a disposición del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, estando este último obligado a invertirlos únicamente en el desarrollo del PROYECTO ECONÓMICO, todo de conformidad con lo establecido en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias constitutivo del FIDEICOMISO.
Cuáles serán las causales y los plazos de devolución de los recursos entregados por los PARTÍCIPE a la FIDUCIARIA.
La identificación clara y expresa de la persona en favor de quien se celebra el negocio fiduciario.
Que los recursos por mi entregados se invertirán en el FONDO ABIERTO FIDUCREDICORP VISTA, y dicha inversión se encuentra sujeta a los riesgos derivados de los activos que componen el portafolio de dicho fondo, cuyo reglamento ha sido puesto a mi disposición en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxxxxxxxxxxx_xxxxx_xxxxxxxxxx_0000.xxx Con la suscripción del presente documento manifiesto que he recibido copia del mismo y por lo tanto conozco, entiendo y acepto el riesgo de los resultados financieros de esta inversión.
El PARTICIPE, de manera inequívoca, instruye a LA FIDUCIARIA para que, en los casos en los cuales de manera expresa y unilateral manifieste mi deseo de desistir o por incurrir en xxxx por más de 60 días en el cumplimiento de las cuotas previstas en el plan de pagos, me apliquen, además de mi desvinculación, la pena convenida en el Anexo 1 al presente contrato. El FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO tendrá plena potestad de decidir si aplica o no la pena e instruirá a LA FIDUCIARIA los términos de la aplicación de la pena, en caso de haber lugar a ella.
En caso de que el desistimiento expreso y unilateral sea solicitado por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, se aplicará la misma penalidad anteriormente mencionada en favor del PARTÍCIPE.
Para el caso del PARTICIPE, éste con la firma del presente documento autoriza a que se le descuente de los recursos entregados, la pena convenida en el Anexo 1 y que dicha suma sea entregada al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO. En consecuencia, la FIDUCIARIA pondrá a disposición EL PARTÍCIPE el remanente de los recursos si los hay, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que acaezca el evento bajo el cual se entienda que existe un desistimiento por parte del PARTÍCIPE.
En los casos anteriores, el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO debidamente facultado por EL PARTÍCIPE en virtud de la suscripción del presente contrato, procederá a la enajenación a título oneroso de su PARTICIPACIÓN en el FIDEICOMISO, respecto del cual se hallaba vinculado EL PARTÍCIPE desistido.
En cualquier caso, el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se obliga a aportar los recursos necesarios para realizar la devolución de los recursos aportados por EL PARTÍCIPE desistido menos la suma correspondiente cláusula la pena pactada en el Anexo 1 al presente contrato, con el fin de que LA FIDUCIARIA proceda, conforme a las instrucciones que le imparta el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, a devolver tales recursos a EL PARTÍCIPE. En caso que el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO no aporte dichos recursos dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al día en que EL PARTÍCIPE haya desistido o se entienda desistido, y siempre y cuando se haya vinculado un nuevo PARTÍCIPE respecto del derecho correspondiente y este último haya aportado recursos suficientes para la realizar la mencionada devolución, LA FIDUCIARIA procederá a devolver tales recursos al PARTÍCIPE desistido, con cargo a los recursos aportados por el nuevo PARTÍCIPE.
En los eventos en los cuales se presente desistimiento por: (i) la muerte del PARTICIPE, (ii) porque el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO solicite en cualquier momento la terminación del FIDEICOMISO antes del cumplimiento de las CONDICIONES DE GIRO o (iii) medie retiro anticipado o desistimiento por parte del PARTICIPE por incumplimientos imputables a FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, incluso de la FIDUCIARIA, procederá la devolución de los aportes realizados por el PARTICIPE más los rendimientos por estos generados, menos los costos y gastos generados por la transferencia, sin la aplicación de la pena prevista en el Anexo 1.
MANIFESTACIONES GENERALES DEL PARTÍCIPE
Con la suscripción del presente el(lo) PARTÍCIPE(S) (s) manifiesta(n) expresamente:
Que recibió(eron) copia de la cartilla informativa sobre fiducia elaborada por la Superintendencia Financiera de Colombia junto con el reglamento del FONDO ABIERTO FIDUCREDICORP VISTA
Que le fue informado que LA FIDUCIARIA cuenta con un Defensor del Consumidor Financiero, a quien pueden recurrir con el fin de que sean resueltas sus peticiones, quejas, y reclamos en los términos establecidos en la Ley 1328 de 2009, Ley 795 de 2003 y Decreto 2550 de 2010, sin perjuicio de las demás disposiciones que regulan dicha materia. En caso de existir alguna queja o reclamación me puedo contactar con el Dr ________Defensor del Consumidor Financiero a través del correo ___________Teléfono: ________Celular: _______, Dirección: ________
Que el modelo de CONTRATO DE ADHESIÓN fue aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia mediante oficio_________________________________.
Que es Anexo del presente CONTRATO DE ADHESIÓN, el formulario de SOLICITUD DE VINCULACIÓN debidamente diligenciado con los anexos y soportes exigidos por la FIDUCIARIA, manifestando que conozco y acepto que la solicitud de dicha información se hace en cumplimiento del programa de conocimiento al cliente de la Superintendencia Financiera en cumplimiento de las normas relativas al riesgo xx xxxxxx de activos y financiación de terrorismo establecidas en el Título IV Capítulo IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica y Circulares Externas emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia que la adicionen o la modifiquen y que el resultado del estudio podrá constituir causal de terminación del presente CONTRATO DE ADHESIÓN.
Que he recibido en la sala de negocios del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO información acerca de la gestión que llevará a cabo la FIDUCIARIA respecto al desarrollo del PROYECTO ECONÓMICO, quien llevará a cabo el control de la cartera y tesorería del PROYECTO ECONÓMICO, así como la forma como la FIDUCIARIA invertirá los aportes por mí entregados4.
Que el desarrollo del PROYECTO ECONÓMICO es única y exclusivamente responsabilidad del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, quien estará a cargo de los aspectos técnicos, financieros y jurídicos requeridos, así como de la veracidad de los estudios técnicos y de factibilidad, presupuestos, flujo de caja, licencias, planos arquitectónicos, programación general del PROYECTO ECONÓMICO, permisos para el desarrollo de las obras, estudios de suelos y recomendaciones de cimentación, a manera simplemente enunciativa. No obstante, lo anterior, la FIDUCIARIA en atención a las disposiciones previstas en el numeral 5.2.1 del Capítulo I, Título II, Parte 2 de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera evaluará, valorará y verificará la información que le sea suministrada por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.
LA FIDUCIARIA no participa de manera alguna en la designación del OPERADOR.
Para efectos de la rendición de cuentas, LA FIDUCIARIA enviará dicho informe a la dirección electrónica registrada por EL PARTÍCIPE, dentro de los quince (15) días hábiles siguiente al corte de cada período semestral calendario, de conformidad con lo establecido en la circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Entiendo que la vinculación de los PARTÍCIPES al FIDEICOMISO no configura de ningún modo una oferta pública que deba realizarse a través xxx xxxxxxx público de valores. Por lo anterior, entiendo que las PARTICIPACIONES no podrán ser negociadas en la Bolsa de Valores de Colombia, por lo que su negociabilidad se limita a lo establecido en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias.
Manifiesto que conozco y acepto que LA FIDUCIARIA no servirá de garante para el cumplimiento de las obligaciones a cargo del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y/o del OPERADOR y/o del PROYECTO ECONÓMICO y/o del FIDEICOMISO.
En el evento en que el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se someta al régimen de insolvencia previsto en la Ley 1116 de 2006, el FIDEICOMISO queda sujeto a los efectos previstos en dicha norma, de modo que la FIDUCIARIA procederá conforme las instrucciones que el promotor o liquidador le indiquen sin que por ello se le endilgue responsabilidad alguna por tal hecho.
Entiendo y acepto que, si desisto del negocio o incumplo los pagos acordados con el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, o incumplo con la entrega de los documentos exigida por LA FIDUCIARIA para mi vinculación, asumiré como sanción a favor del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO la suma relativa a la pena pactada en el Anexo 1 del presente contrato.
Conozco que la responsabilidad que asume la FIDUCIARIA es DE MEDIO Y NO DE RESULTADO y por ello la responsabilidad se evaluara según la naturaleza de las obligaciones o prestaciones a su cargo.
ANTECEDENTES5
PRIMERO. Que FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO tiene planificado el desarrollo de un PROYECTO ECONÓMICO el cual se llevará a cabo sobre un lote de terreno ubicado en la _________ de la ciudad de _________ identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número _________ de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de _________.
SEGUNDO. Que mediante documento privado de fecha _________ de _________ de _________, se celebró un Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias constitutivo del FIDEICOMISO _________ a través del cual se desarrolla el PROYECTO ECONÓMICO.
TERCERO. EL PARTÍCIPE se vincula como tal al mencionado FIDEICOMISO, en virtud de la designación que les hace el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO con el propósito de que a la terminación del PROYECTO ECONÓMICO, se le otorgue a cada PARTÍCIPE el derecho de (uso de la UNIDAD INMOBILIARIA vinculada a la(s) PARTICIPACIÓN(ES) / recibir a partir del inicio de la FASE OPERATIVA, los UTILIDADES o asumir las posibles pérdidas provenientes de la explotación económica del PROYECTO ECONÓMICO, de acuerdo con la proporción de las PARTICIPACION(ES) respecto de las cuales se haya vinculado el PARTÍCIPE.
CUARTO. Que la comercialización del PROYECTO se realizará a través de la venta de PARTICIPACIONES al público, en una etapa de preventas. Los precios podrán ajustarse en la medida en que se desarrolle el proyecto conforme lo determinen los estudios xx xxxxxxx. Los adquirentes de estas PARTICIPACIONES no tienen obligaciones respecto a la construcción del proyecto ni asumen riesgos en el PROYECTO ECONÓMICO en la fase de CONSTRUCCIÓN, en el mismo sentido, no tienen derecho a recibir UTILIDADES o asumir perdidas generadas en la etapa de construcción.
QUINTO. Que las PARTICIPACIONES son cada una de las ___ (____) partes o alícuotas de igual valor en que se dividirá el FIDEICOMISO a partir del inicio de la FASE OPERATIVA, y que recaerán sobre (un porcentaje de área y dotación del PROYECTO / un porcentaje de área y dotación de la UNIDAD INMOBILIARIA vinculada a la(s) PARTICIPACIONES) y otorgarán a cada PARTÍCIPE el derecho de (uso de la UNIDAD INMOBILIARIA vinculada a la(s) PARTICIPACIÓN(ES) / recibir a partir del inicio de la FASE OPERATIVA, las UTILIDADES o asumir las posibles pérdidas provenientes de la explotación económica del PROYECTO, de acuerdo con la proporción de las PARTICIPACION(ES) respecto de las cuales se haya vinculado el PARTÍCIPE , según lo pactado en el presente contrato suscrito por el PARTÍCIPE por medio del cual se vincula al FIDEICOMISO. Cada PARTICIPACIÓN equivaldrá al ___________ (____%) en el FIDEICOMISO durante la citada FASE OPERATIVA, es indivisible y respecto de cada una se podrán vincular hasta máximo ___ (___) PARTICIPE(S). Se tendrá que cada UNIDAD INMOBILIARIA del FIDEICOMISO tendrá asociada ___ (___) PARTICIPACION(ES).
SEXTO. Que el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO responsable de la construcción del PROYECTO es/son: ________
SEPTIMO. Para los anteriores efectos, EL PARTÍCIPE suscribe(n) el presente contrato, el cual reglamenta el actuar de las partes en el presente negocio, bajo el entendido que las funciones de LA FIDUCIARIA están circunscritas únicamente al cumplimiento de las obligaciones que en el presente contrato se establecen a su cargo, con total independencia del desarrollo del PROYECTO, el cual es responsabilidad única y exclusiva del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.
OCTAVO. EL PARTÍCIPE se vincula como tal al mencionado fideicomiso, en virtud de la designación que les hace el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO con el propósito de que al momento del inicio de la FASE OPERATIVA prevista en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias constitutivo del FIDEICOMISO sea registrado como PARTÍCIPE, de acuerdo con el significado que a dicho término se da en el citado contrato fiduciario.
NOVENO. EL FIDEICOMISO tiene prevista su ejecución en tres fases a saber, y en cada una de ellas, el objeto del PATRIMONIO AUTÓNOMO será el siguiente:
9..1 DURANTE LA FASE DE VINCULACIÓN Y RECAUDO O PRE-PROYECTO Y LA FASE CONSTRUCTIVA:
9.1.1 LA FIDUCIARIA como vocera del FIDEICOMISO mantenga la titularidad jurídica de los bienes que se le transfieran a título xx xxxxxxx mercantil para la conformación del PATRIMONIO AUTÓNOMO, y de aquellos que en ejecución del presente contrato le sean transferidos posteriormente al mismo título, incluidas las mejoras que se realicen por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.
9.1.2 Permita que a través del FIDEICOMISO y sobre los INMUEBLES, el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO desarrolle el PROYECTO, bajo exclusiva y única responsabilidad técnica, financiera jurídica y administrativa del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.
9.1.3 Reciba, administre e invierta los recursos que a título xx xxxxxxx mercantil aporte el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, y paguen los PARTICIPES, de conformidad con lo establecido en el presente contrato.
9..1.4 LA FIDUCIARIA entregue al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO los recursos del FIDEICOMISO, así como los recursos entregados por los terceros interesados en vincularse al PROYECTO que constituyeron encargos fiduciarios en el FONDO y suscribieron el correspondiente CONTRATO DE ADHESIÓN, junto con sus rendimientos, una vez acreditadas las CONDICIONES DE GIRO, en la medida que dicho FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO efectúe la solicitud de giro en los términos del presente CONTRATO, solicitud que deberá encontrarse aprobada por el INTERVENTOR.
9.1.5 Una vez cumplidas las CONDICIONES DE GIRO, reciba con destino al FIDEICOMISO los recursos que (i) aporten los PARTÍCIPES en el FONDO ABIERTO FIDUCREDICORP VISTA, durante la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO , interesados en adquirir la calidad de PARTÍCIPES , de conformidad con el CONTRATO DE ADHESIÓN suscrito por ellos, y (ii) que aporten los PARTÍCIPES en virtud del respectivo CONTRATO DE ADHESIÓN, en ambos casos junto con sus rendimientos, y los ponga a disposición del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, en la medida que este último imparta las respectivas instrucciones de giro previo visto bueno del INTERVENTOR.
9.1.6 Una vez cumplidas las CONDICIONES DE GIRO, registrar a quienes aportaron recursos conforme a lo previsto en el anterior y suscribieron el respectivo CONTRATO DE ADHESIÓN como acreedores beneficiarios del FIDEICOMISO, en virtud de dichos aportes, hasta el momento en que se dé inicio a la FASE OPERATIVA, teniendo en cuenta que a partir de dicha fase serán registrados como PARTÍCIPES.
9.1.7 Activar en la contabilidad del FIDEICOMISO las mejoras construidas y la dotación instalada.
9.1.8 Una vez (i) terminadas las obras objeto del PROYECTO por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, previamente incorporadas al FIDEICOMISO las mejoras realizadas en desarrollo de dicho PROYECTO y (ii) entregada a LA FIDUCIARIA el Acta de Entrega del PROYECTO suscrita entre el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y el OPERADOR, proceder a liquidar la FASE CONSTRUCTIVA y a registrar a quienes suscribieron CONTRATOS DE ADHESIÓN y se encuentren al día en sus aportes como PARTÍCIPES. En virtud de la liquidación de la FASE CONSTRUCTIVA, la FIDUCIARIA como vocera del FIDEICOMISO entregará al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO los bienes, distintos al PROYECTO, y recursos que se encuentren formando parte del FIDEICOMISO, una vez: a) se hayan cubierto los pasivos, costos y gastos del FIDEICOMISO para ese momento, y b) se haya hecho la reserva para atender los gastos de preapertura mencionados en este contrato.
9.1.9 Suscribir el CONTRATO DE OPERACIÓN con los alcances jurídicos y patrimoniales previstos en la minuta de contrato de operación sin firma que hace parte integrante de del presente contrato y cuyo contenido jurídico y alcances económicos tiene carácter vinculante frente a los PARTICIPES, el cual es dado a conocer por e FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO a éstos al momento de la suscripción del presente CONTRATO ADHESION.
9.2 DURANTE LA FASE OPERATIVA:
9.2.1 Se entregarán formalmente las participaciones a los terceros que los han adquirido.
9.2.2 Se activarán los órganos de gobernabilidad del fideicomiso, Asamblea y Comité Fiduciario.
9.2.3 Se contratará al AUDITOR del fideicomiso.
9.2.4 Se contratará un COORDINADOR, designado por el Comité Fiduciario.
9.2.5 Se firmará el CONTRATO DE OPERACIÓN con el OPERADOR en las condiciones y modalidad que se les prometió a los PARTICIPES, En todo caso la facultad de nombramiento del primer OPERADOR corresponde al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la ASAMBLEA DE FIDEICOMITENTES PARTÍCIPES de remover y nombrar un operador diferente durante la FASE OPERATIVA.
9.2.6 Llevar el registro de los FIDEICOMITENTES del FIDEICOMISO.
9.2.7 Mantener la titularidad jurídica de los bienes que se encuentren formando parte del FIDEICOMISO y permitir que se lleve a cabo la operación del PROYECTO por parte del OPERADOR.
9.2.8 Llevar a cabo las gestiones que le instruya la ASAMBLEA DE PARTÍCIPES o el COMITÉ FIDUCIARIO, siempre dentro de los límites de lo establecido en el presente contrato, así como las establecidas en el CONTRATO DE OPERACIÓN para la FASE OPERATIVA.
9.2.9 Entregar a quien se encuentre registrado como FIDEICOMITENTE en esta fase, las UTILIDADES si las hubiere que de acuerdo con su participación en el FIDEICOMISO les correspondan en razón a las PARTICIPACIONES de su propiedad, todo de conformidad con las instrucciones y demás disposiciones establecidas en el presente contrato. / (permitir el uso de la UNIDAD INMOBILIARIA conforme lo establecido en el Manual de Uso, Funcionamiento y Convivencia para el caso de uso).
9.2.10 Se abrirá un fondo de reposición y mantenimiento para tener recursos para tener los inmuebles en óptimas condiciones, de conformidad con las instrucciones del Comité Fiduciario o Asamblea de Fideicomitentes, según corresponda.
9.2.11 Se cancelarán los gastos propios de los inmuebles tales como prediales, valorizaciones, comisión de LA FIDUCIARIA, honorarios del operador hotelero, seguros, servicios y administración de los inmuebles, entre otros.
9..2.12 LA FIDUCIARIA enviará al COORDINADOR el extracto mensual de los fondos del fideicomiso.
9.2.13 LA FIDUCIARIA presentará informes mensuales al COMITÉ FIDUCIARIO.
9.2.14 LA FIDUCIARIA no asistirá a Comités diferentes al COMITÉ FIDUCIARIO mensual, tales como comités de mantenimiento y aquellos que llegaren a constituirse.
DECIMO. EL PRESENTE DOCUMENTO NO ES UNA PROMESA DE COMPRAVENTA.
DECIMOPRIMERO. Dado que EL PARTÍCIPE se vincula al FIDEICOMISO únicamente con respecto a la PARTICIPACIÓN referenciada en el cuadro al inicio del presente CONTRATO DE ADHESIÓN, EL PARTÍCIPE no adquirirá(n) por dicha vinculación el carácter de BENEFICIARIO(S) con relación a los demás derechos y obligaciones propios del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, ni derecho a intervenir en las deliberaciones y decisiones propias del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias constitutivo del FIDEICOMISO.
DECIMOSEGUNDO. EL PARTÍCIPE suscribe(n) el presente CONTRATO DE ADHESIÓN para efectos de vincularse al FIDEICOMISO, con los derechos que se estipulan en el citado contrato para quien ostente la calidad de PARTÍCIPE, contrato que el PARTÍCIPE declara conocer y aceptar en su totalidad.
CON BASE EN LOS ANTERIORES ANTECEDENTES LAS PARTES CONVIENEN LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO DE ADHESIÓN QUE CONTENDRÁ DOS PARTES:
PRIMERA PARTE: VINCULACIÓN A LA FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO: El contenido de la parte I del presente contrato, rige la vinculación de los terceros dentro del lapso comprendido entre la celebración del Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias y el cumplimento de las CONDICIONES DE GIRO, esto es, en la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO. En este aparte del contrato, se establecerán los derechos y obligaciones de las partes durante la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO, de conformidad con lo dispuesto en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias, los terceros interesados en adquirir la calidad de PARTÍCIPES , adquieren la obligación de hacer aportes en recursos en el FONDO ABIERTO FIDUCREDICORP VISTA que administra la FIDUCIARIA, para que una vez alcanzadas las CONDICIONES DE GIRO, y en virtud de las instrucciones contenidas en la PRIMERA PARTE del presente contrato, la FIDUCIARIA traslade los recursos al FIDEICOMISO a título de aporte en fiducia mercantil, para destinarlos a la construcción del PROYECTO.
SEGUNDA PARTE: también denominada CONTRATO DE ADHESIÓN COMO PARTÍCIPE AL FIDEICOMISO, consistente en el clausulado posterior al cumplimiento de las CONDICIONES DE GIRO del PROYECTO establecidas en el contrato fiduciario constitutivo del FIDEICOMISO.
PRIMERA PARTE
VINCULACIÓN A LA FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO
____________ actuando en nombre propio manifiesto (manifestamos) que conozco (conocemos), y acepto (aceptamos) las estipulaciones señaladas en las CLAUSULAS LIMITATIVAS, MANIFESTACIONES y ANTECEDENTES del presente contrato, razón por la cual INSTRUYO IRREVOCABLEMENTE a LA FIDUCIARIA, para que por mi (nuestra) cuenta y riesgo y bajo mi (nuestra) exclusiva responsabilidad, proceda conforme las siguientes:
DISPOSICIONES
PRIMERA. Recibir los aportes correspondientes al valor de PARTICIPACIÓN (PARTICIPACIONES), de acuerdo con lo señalado en el Anexo ____ de este contrato. Se entiende que la FIDUCIARIA recibe los recursos, una vez sean entregados real y efectivamente y exista la plena identificación de la propiedad de los recursos correspondientes, todo previo diligenciamiento de los formatos de conocimiento del cliente y culminado el proceso de vinculación en la FIDUCIARIA. Hasta tanto no se formalice en debida forma mi vinculación con LA FIDUCIARIA, el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO O se abstendrá de entregarme tarjetas de recaudo, por lo que en el evento en el que la FIDUCIARIA detecte que he depositado recursos de terceros no vinculados será una causal para terminar inmediatamente el CONTRATO DE ADHESIÓN. Los dineros entregados serán invertidos en el Fondo administrado por la FIDUCIARIA.
SEGUNDA. Poner a disposición del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, los dineros entregados y administrados en el Fondo junto con sus rendimientos, cuando se acredite el cumplimiento de las condiciones para la entrega de recursos (las “Condiciones de Giro o Condiciones”) que se indican a continuación dentro del plazo establecido en el Contrato. Queda entendido que (i) mientras no se cumplan las Condiciones, o (ii) si las mencionadas Condiciones no se cumplen dentro del plazo establecido para el efecto, el beneficiario de los recursos junto con sus rendimientos soy(somos) yo(nosotros). Por lo tanto, el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se tendrá como Beneficiario Condicionado de los referidos dineros hasta tanto se cumplan las Condiciones.
TERCERA. Las CONDICIONES a ser acreditadas por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO6 dentro del término dispuesto en el CONTRATO y en el presente CONTRATO DE ADHESIÓN son las siguientes respecto de las cuales la FIDUCIARIA validará y me (nos) informará su cumplimiento, de cada una de las etapas del PROYECTO (si aplica) así:
Que se hayan dado las condiciones jurídicas del PROYECTO, esto es: i. Que el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO xxxxxxx a LA FIDUCIARIA la constancia de la radicación ante la autoridad administrativa competente de todos los documentos necesarios para desarrollar actividades de Anuncio y Enajenación del PROYECTO, en los términos establecidos en la normatividad aplicable vigente, ii. Que los terrenos en los cuales se va a desarrollar el PROYECTO se hayan adquirido con el lleno de las formalidades que la ley exige para este tipo de negociaciones directamente por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y sean propiedad del FIDEICOMISO COMERCIALIZACIÓN DE PARTICIPACIONES FIDUCIARIAS.
La entrega de un estudio de títulos sobre el bien inmueble en el cual se desarrollará el PROYECTO, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días de antelación a su expedición, suscrito por un abogado titulado y con tarjeta profesional vigente, con concepto favorable del abogado que lo realice, en el que conste que la tradición del inmueble es jurídicamente viable para el desarrollo del PROYECTO ECONÓMICO, y que sobre el mismo no pesan gravámenes, limitaciones o problemas de carácter legal que puedan afectar dicho desarrollo.
Que se hayan dado las condiciones técnicas del PROYECTO ECONÓMICO, esto es la existencia y entrega a LA FIDUCIARIA de la licencia de construcción del PROYECTO ECONÓMICO debidamente ejecutoriada, cuyo titular sea el mismo FIDEICOMITENTE CONSTITUYENTE, el flujo de caja y el presupuesto de obra.
Que se hayan dado las condiciones financieras del PROYECTO ECONÓMICO, esto consiste en la recepción en la FIDUCIARIA de por lo menos ____ (__) CONTRATOS DE ADHESIÓN/ CONTRATOS DE ADHESIÓN cuyos compromisos de pago que equivalgan a un porcentaje de _____ (____) del monto estimado para las ventas del PROYECTO ECONÓMICO / CONTRATOS DE ADHESIÓN que representen la adquisición de por lo menos __________ (______) PARTICIPACIONES. Suscritos por los PARTICIPES interesados en adquirir PARTICIPACIONES, junto con sus correspondientes a los encargos fiduciarios individuales constituidos por los PARTICIPES en el FONDO, administrado por la FIDUCIARIA, en los cuales los PARTICIPES designen al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO como BENEFICIARIO de los recursos en el evento que éste último cumpla con las CONDICIONES DE GIRO. Queda entendido que no se computarán para efectos del cumplimiento de las CONDICIONES DE GIRO las PARTICIPACIONES que el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se haya reservado para sí. El referido porcentaje ha sido establecido por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, quien declara que el mismo no compromete la viabilidad del PROYECTO ECONÓMICO.
Que el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO haya pagado la comisión fiduciaria y los gastos, si hay lugar a ellos, a que alude el presente CONTRATO.
La designación del INTERVENTOR del PROYECTO ECONÓMICO o SUPERVISOR TECNICO cuando aplique.
La entrega a la Fiduciaria de la certificación de haber alcanzado la viabilidad técnica y financiera del PROYECTO ECONÓMICO debidamente suscrita por el representante legal del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, y certificada por el INTERVENTOR.
Que se hayan establecido las fuentes de financiación del PROYECTO ECONÓMICO, lo cual se acreditará de la siguiente manera, para efectos del cumplimiento de esta condición: (i) Si la fuente de financiación es un crédito constructor otorgado por un establecimiento de crédito vigilado por la Superintendencia Financiera, se debe entregar a la FIDUCIARIA la carta de aprobación del crédito constructor emitida por el respectivo establecimiento de crédito; o (ii) si la fuente de financiación es la inversión por parte de un Fondo de Capital Privado que esté debidamente establecido en Colombia conforme a la normatividad aplicable a este tipo de fondos, se debe entregar a la FIDUCIARIA el documento o compromiso de inversión en el cual dicho fondo se obliga a realizar la correspondiente inversión. Las cartas condicionadas para aprobación de créditos o promesas de aporte de fondos de capital privado no serán admisibles para acreditar el cumplimiento de la condición acá indicada.
Que se encuentren plenamente identificados y acreditados a cada uno de los PARTICIPES que son tenidos en cuenta con los CONTRATOS DE ADHESIÓN que dan cumplimiento de la condición indicada en el literal d) anterior, los recursos por ellos aportados al FONDO en virtud de lo establecido en sus CONTRATOS DE ADHESION.
La entrega del Certificado de Tradición y Libertad del inmueble sobre el cual se desarrolla el PROYECTO ECONÓMICO, cuya fecha de expedición no podrá ser mayor a treinta días calendario de antelación a su entrega a LA FIDUCIARIA.
La presentación a LA FIDUCIARIA de las pólizas expedidas por una compañía aseguradora vigilada por la Superintendencia Financiera, constituidas por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, que ampare todos los riesgos de la construcción, incluidos pero sin limitarse a los riesgos de daño de la obra, los riesgos en la construcción, los daños a maquinaria de la obra, los daños a terceros y los riesgos de responsabilidad civil, cuya vigencia sea igual a la duración del PROYECTO ECONÓMICO, en cada una de sus etapas, teniendo en cuenta la duración del periodo operativo establecida en este contrato. Estas pólizas deberán indicar que el beneficiario será el FIDEICOMISO.
La presentación a LA FIDUCIARIA de las pólizas expedidas por una compañía aseguradora vigilada por la Superintendencia Financiera, acompañadas de su correspondiente comprobante de pago, constituidas por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, por los amparos todo riesgo en construcción, que comprendan como mínimo los daños a las maquinarias, a la obra y riesgos de responsabilidad civil por un término no menor a la terminación de la construcción de la respectiva etapa del PROYECTO y tres (3) meses más y, cuyo beneficiario xxx xxxxxx sea el FIDEICOMISO, sin perjuicio de la existencia de otros beneficiarios como lo sería el mismo FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.
La entrega a LA FIDUCIARIA de la constancia de presentación de la declaración del impuesto de delineación urbana y su correspondiente pago por parte del titular de la licencia de construcción o de quien de acuerdo con la normatividad local aplicable sea el sujeto pasivo de dicho impuesto, según sea el caso.
La designación del OPERADOR.
CUARTA. Declaro Conocer y aceptar que las condiciones que constituyen el punto de equilibrio fueron definidas por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, y que serán éstas (las Condiciones) las que la FIDUCIARIA validará para la realización del giro de recursos. En evento en que para el desarrollo del PROYECTO ECONÓMICO sea requerido un crédito, LA FIDUCIARIA no será responsable de validar o corroborar las condiciones adicionales que la entidad financiadora del Proyecto (Banco) haya determinado para el desembolso de los recursos derivados del esquema de financiación que en tal caso se acredite a la FIDUCIARIA. En los eventos en que el condicionamiento sea sobre la aprobación del crédito y no sobre el desembolso de este, la condición no será admisible para la acreditación de las Condiciones.
QUINTA. Al decretarse el cumplimiento de las condiciones anteriormente indicadas, el Beneficiario Condicionado podrá acceder a los recursos. Así mismo, el Beneficiario Condicionado accederá a los rendimientos producidos por mis(nuestros) aportes, como contraprestación a la conservación obligatoria de las condiciones económicas pactadas en el presente documento, descontando la comisión prevista.
SEXTA. El FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se obliga a destinar los recursos entregados conforme a lo aquí indicado, única y exclusivamente al desarrollo del PROYECTO ECONÓMICO.
SÉPTIMA. Las CONDICIONES deben acreditarse en el término de _______ (__) meses contados desde __________, término que se prorrogará automáticamente por _______ (__) sola vez y por un término de ____ meses, término que ha sido establecido por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO en el CONTRATO.
OCTAVA. Si no se acreditan las CONDICIONES en el término anteriormente indicado (incluida la prórroga si es del caso), LA FIDUCIARIA así me lo informará y restituirá a mi(nuestro) favor o pondrá a mi(nuestra) disposición los recursos entregados junto sus rendimientos, previo descuento de la comisión de la Fiduciaria por la inversión de los recursos en el FONDO. En consecuencia, se deberá realizar el giro de los recursos correspondientes dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en la que informe (informemos) a la FIDUCIARIA la cuenta bancaria a la cual deberán ser transferidos dichos recursos. Transcurrido un (1) mes desde la fecha en que haya (hayamos) sido notificado(s) de la no acreditación de las Condiciones, sin que LA FIDUCIARIA haya sido informada de la cuenta bancaria, la FIDUCIARIA con la suscripción del presente documento se entiende instruida para que en el FONDO realice la apertura de una inversión a mi(nuestro) nombre, a la cual serán trasladados los recursos por mi(nosotros) entregados junto con sus rendimientos.
NOVENA. En el evento en que no se cumplan las CONDICIONES, el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO podrá manifestar su intención de continuar con el CONTRATO, estableciendo nuevos tiempos de plazo para el cumplimiento de las señaladas condiciones, en dicho caso podré(podremos) optar por continuar o no vinculados al CONTRATO. Si decido(decidimos) no continuar con la vinculación, me(nos) podré(podremos) retirar sin que haya lugar al cobro de la suma prevista en la cláusula denominada DESISTIMIENTO.
DÉCIMA. Descontar la comisión prevista para la FIDUCIARIA en los términos y condiciones estipuladas en el reglamento del Fondo, en virtud del cual se invierten los recursos de conformidad con lo establecido en el presente CONTRATO DE ADHESIÓN.
DECIMAPRIMERA. Me reservo el derecho de solicitar al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO el desistimiento del negocio si así lo manifiesto por escrito.
DECIMASEGUNDA. FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO directamente me(nos) puede desistir del negocio si: (i) se presente xxxx en la entrega de mis(nuestros) aportes por más de sesenta (60) días calendario conforme los plazos dispuestos en el Anexo (ii) Para aplicar estos desistimientos ante LA FIDUCIARIA será suficiente únicamente una comunicación dirigida por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO en ese sentido.
DECIMATERCERA. Con ocasión de las causales de desistimientos contemplados en los numerales 12 y 13 anteriores, autorizo(amos) a que se me(nos) descuente el % acortado entre el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO con el PARTICIPE del valor de la(s) PARTICIPACION (ES)/ valor total aportado, y que dicha suma sea entregada al Beneficiario Condicionado.
DECIMACUARTA. Si llegare a existir saldo a mi(nuestro) favor después de aplicar el desistimiento, y en general, si hay saldos a mi(nuestro) favor por conceptos de reajustes y que me(nos) sean informados por escrito por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, la FIDUCIARIA girará tales sumas de dinero dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que informe(mos) a la FIDUCIARIA la cuenta bancaria a la cual deberán ser transferidas dichas sumas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha en que haya(mos) informado mi(nuestra) voluntad de desistimiento, o haya(mos) sido enterado(s) de la aplicación del desistimiento por parte del Fideicomitente, o de la existencia de saldos a mi(nuestro) favor por concepto de reajustes, sin que LA FIDUCIARIA haya sido informada de la cuenta bancaria, la FIDUCIARIA se entenderá instruida para que en el Fondo realice la apertura de una inversión a mi(nuestro) nombre, a la cual serán trasladados los recursos correspondientes al saldo existente a mi(nuestro) favor.
DÉCIMA QUINTA. Autorizo a la FIDUCIARIA a realizar el reporte y consulta en listas y demás consultas necesarias para el conocimiento del cliente.
DÉCIMA SEXTA. Los PARTICIPES han sido informados que los recursos dinerarios de su vinculación deberán ser entregados única y exclusivamente a la FIDUCIARIA y no al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO directamente o por medio de sus promotores, sus agentes o empleados
DECIMA SEPTIMA. Los rendimientos que genere la inversión de los recursos entregados por el PARTÍCIPE incrementarán su aporte, hasta el momento en que se dé el cumplimiento de las CONDICIONES DE GIRO.
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA. El objeto del presente CONTRATO DE ADHESIÓN consiste en mí (nuestra) vinculación a la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO del CONTRATO para que con los recursos recibidos LA FIDUCIARIA separe las PARTICIPACIONES indicadas en el encabezado del presente documento y administre los recursos existentes en la participación individual constituida en el FONDO a mi (nuestro) nombre. Lo anterior, hasta tanto se cumplan las CONDICIONES para que los recursos sean entregados conforme se indica en el presente CONTRATO DE ADHESIÓN. En consecuencia, una vez el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO cumpla con las condiciones establecidas en la cláusula décima del CONTRATO y en el numeral señalado, EL BENEFICIARIO CONDICIONADO podrá disponer de los recursos por mí (nosotros) entregados.
PARÁGRAFO PRIMERO: Dada la estructura del esquema fiduciario, el presente CONTRATO DE XXXXXXXX hace parte integral del CONTRATO.
CLÁUSULA SEGUNDA. ACTIVOS QUE CONFORMAN EL FIDEICOMISO: El FIDEICOMISO que se constituyó mediante el CONTRATO al cual me estoy vinculando a través del presente CONTRATO DE ADHESIÓN, estará conformado con las sumas de dinero recibidas por la FIDUCIARIA para su administración en los términos establecidos en El CONTRATO y este CONTRATO DE ADHESIÓN, provenientes de: (i) los recursos entregados por los PARTÍCIPES con el fin de adquirir participaciones en el FONDO, (ii) los bienes inmuebles y recursos que transfiera y entregue EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, (iii) Una vez cumplidas las CONDICIONES, los recursos entregados por los terceros interesados en vincularse al PROYECTO ECONÓMICO durante la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO al FONDO, bajo los respectivos CONTRATOS DE ADHESIÓN y sus rendimientos, (iv) los rendimientos que produzcan los recursos que ingresen conforme a lo previsto en este parágrafo los cuales incrementarán el FIDEICOMISO, (v) el inmueble sobre el cual se desarrolla el PROYECTO ECONÓMICO, dotación y mejoras y (vi) durante la FASE OPERATIVA los recursos derivados de la operación del PROYECTO ECONÓMICO/ APORTADOS POR LOS FIDEICOMITENTES.
ACTIVOS QUE CONFORMAN EL CONTRATO DE ADHESIÓN: En virtud del presente acuerdo los recursos que serán aportados de acuerdo con lo señalado en el Anexo ___.
Para todos los efectos, los recursos dinerarios se entienden como bienes asociados al FIDEICOMISO hasta tanto la FIDUCIARIA: (i) tenga certeza sobre la consignación de los mismos; (ii) exista la plena identificación del PARTÍCIPE propietario de dichos recursos aportados y (iii) previa VINCULACIÓN de los PARTÍCIPES.
CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DEL PARTÍCIPE:
3.1. Diligenciar la información para vincularse a LA FIDUCIARIA y actualizar la misma cuando sea del caso.
3.2. Realizar los aportes al FONDO, a los que se obligan bajo el presente CONTRATO DE ADHESIÓN, únicamente a dicho FONDO, en los plazos y montos establecidos en el respectivo plan de aportes.
3.3. Obtener previa aprobación de la FIDUCIARIA y del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO para la celebración de cesiones sobre los derechos derivados de su vinculación al FONDO.
3.4. Actualizar la información requerida por LA FIDUCIARIA, en cumplimiento de los sistemas de administración de riesgos por ella implementados.
CLÁUSULA CUARTA. las obligaciones de la FIDUCIARIA y del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO son las previstas en el CONTRATO FIDUCIARIO.
DECLARACIONES
PRIMERA. Conozco(conocemos) que el punto de equilibrio del PROYECTO ECONÓMICO fue establecido directamente por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, sin participación de LA FIDUCIARIA.
SEGUNDA. Que este documento no corresponde, ni se asimila a una PROMESA DE COMPRAVENTA, y que LA FIDUCIARIA como sociedad, como administradora del Contrato no es parte o tiene injerencia o funciones relacionadas con:
Intervenir en Diseño, comercialización, construcción, dotación, puesta en marcha del PROYECTO ECONÓMICO.
Responsabilidades por la calidad o estabilidad de la obra, obtención de licencias para construir u operar, ni garantiza ningún tipo de rentabilidad.
Brindar asesoría jurídica, tributaria, comercial, contable, técnica, financiera, etc. respecto al PROYECTO ECONÓMICO o la OPERACION.
Responder por caso fortuito, fuerza mayor, el hecho de un tercero o la violación de deberes legales o contractuales de las partes y/o intervinientes en el Contrato.
TERCERA. Conozco (conocemos) y acepto(aceptamos) los mecanismos de administración y mitigación de riesgos de la FIDUCIARIA, y la forma como serán aplicados, de conformidad con lo establecido en el Contrato.
CUARTA. Manifiesto(manifestamos) saber que el desarrollo del PROYECTO ECONÓMICO será única y exclusivamente responsabilidad del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, quien estará encargado de realizar, sin participación alguna ni responsabilidad de la FIDUCIARIA, los estudios de factibilidad, la promoción y construcción del PROYECTO ECONÓMICO, y todas las demás actividades relacionadas con la ejecución del mismo.
QUINTA. Manifiesto(manifestamos) conocer y aceptar que la responsabilidad que adquiere la FIDUCIARIA es de medio y no de resultado y, por lo tanto, responderá hasta por la culpa leve en el desarrollo de su gestión (inciso 2do, art. 63 del Código Civil).
SEXTA. Manifiesto (manifestamos) conocer y aceptar que la inversión realizada se encuentra sujeta a los riesgos derivados de los activos que componen el portafolio del Fondo, cuyo reglamento ha sido puesto a mi(nuestra) disposición. Por lo tanto, el riesgo de los resultados financieros de esta inversión bien sea que los mismos se traten de un mayor valor o de reducción de los recursos entregados o sus rendimientos, se encuentran radicados en mi(nuestra) cabeza, mientras sea(seamos) el(los) beneficiario(s) de los mismos. Cuando el PROYECTO ECONOMICO cumpla las CONDICIONES DE GIRO, los recursos con sus rendimientos o perdidas serán entregados para el desarrollo del PORYECTO ECONOMICO.
SEPTIMA. Manifiesto(manifestamos) que los siguientes son los derechos que adquiero (adquirimos) con mi(nuestra) vinculación al periodo preoperativo del FIDEICOMISO: (i) que la Fiduciaria me(nos) rinda cuentas de su gestión bajo los parámetros establecidos en el numeral 6.1.4.2.13.2 del Capítulo I del Título II de la Parte II de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia. (ii) A que sí se cumplen las Condiciones, a ser registrado como PARTÍCIPE y los recursos aportados junto con los rendimientos sean entregados al Beneficiario Condicionado. (iii) A que una vez los recursos sean puestos a disposición del Beneficiario Condicionado, se me(nos) informe del cumplimiento de las Condiciones y de la puesta a disposición de los recursos a favor del Beneficiario Condicionado, para que éste imparta a LA FIDUCIARIA las instrucciones para la disposición de los mismos conforme el Contrato; (iv) En caso que no se cumplan las Condiciones dentro del plazo establecido para el efecto, a que me(nos) sean restituidos los recursos entregados junto con los rendimientos de los mismos.
OCTAVA. Cualquier modificación que altere las Condiciones definidas en el Contrato deberá ser notificado y aprobado por mí(nosotros), previamente y por escrito, salvo que se trate de modificaciones en la conformación del PROYECTO ECONÓMICO, el cual podrá variar, de acuerdo con lo aprobado en la respectiva licencia urbanística, siempre que no cambie el uso asignado al PROYECTO ECONÓMICO. En todo caso, se debe mantener la proporción establecida en el literal d del numeral tercero de la primera parte del presente contrato. De lo contrario, la respectiva modificación requerirá mi(nuestra) aprobación.
NOVENA. Manifiesto (manifestamos) que las instrucciones impartidas en el presente documento son de carácter irrevocable, en consecuencia, las mismas no podrán ser revocadas o modificadas en todo o en parte, sin el previo consentimiento del Fideicomitente.
DÉCIMA. Manifiesto(manifestamos) que conozco(conocemos) que las siguientes son las obligaciones adquiridas por mí en el periodo preoperativo del FIDEICOMISO En mi calidad de PARTÍCIPE incluyendo las señaladas en la Cláusula Tercera del presente CONTRATO DE ADHESIÓN: (i) Realizar los aportes al Fondo, a los que me obligo bajo el presente contrato, en los plazos y montos establecidos en el Anexo 2. (ii) Obtener previa aprobación de la FIDUCIARIA y del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, para la celebración de cesiones sobre los derechos derivados del presente contrato en cualquiera de sus partes. (iii) Actualizar la información requerida por LA FIDUCIARIA, en cumplimiento de los sistemas de administración de riesgos por ella implementados.
DÉCIMA PRIMERA. La FIDUCIARIA solicitará periódicamente al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y al PARTÍCIPE la actualización de los datos aquí indicados y el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO o PARTÍCIPES deben informar a la FIDUCIARIA cualquier cambio a través del diligenciamiento del formato dispuesto por ella para el efecto. De igual forma, sus modificaciones y actualizaciones deben ser informadas a la FIDUCIARIA mediante el diligenciamiento y entrega del formato de actualización de información dispuesto por la FIDUCIARIA.
DÉCIMA SEGUNDA. Por la suscripción del presente documento, la FIDUCIARIA acepta la vinculación del PARTÍCIPE al CONTRATO, y el mandato con representación que por el presente documento le confiere dicho PARTÍCIPE para poner a disposición del BENEFICIARIO CONDICIONADO, los dineros entregados y administrados en el FONDO junto con sus rendimientos, cuando se acredite el cumplimiento de las CONDICIONES.
SEGUNDA PARTE
CONTRATO DE ADHESIÓN COMO PARTÍCIPE A LA FASE OPERATIVA DEL FIDEICOMISO
PRIMERA. VINCULACIÓN. Una vez cumplidas las CONDICIONES DE GIRO del PROYECTO ECONÓMICO, señaladas en la PRIMERA PARTE del presente contrato, y sujeto a la entrega de los aportes o sumas previstos en el Anexo ___, el PARTÍCIPE adquirirá la calidad de FIDEICOMITENTE, con arreglo a los términos y condiciones del Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias que al efecto se celebró para dar origen al FIDEICOMISO. Por lo tanto, lo que al PARTÍCIPE le ha de corresponder por todo concepto en razón de esa vinculación, le será cubierto exclusivamente mediante su registro como PARTÍCIPE en el FIDEICOMISO respecto de la(s) PARTICIPACIÓN(ES) indicada(s) en el cuadro al inicio de este contrato. En consecuencia, una vez entre en vigencia la SEGUNDA PARTE del presente contrato, y hasta el momento en que se dé inicio a dicha fase respecto de una etapa del PROYECTO ECONÓMICO, el PARTÍCIPE tendrá en el PATRIMONIO AUTÓNOMO un derecho de beneficio en razón a su aporte dinerario al FIDEICOMISO.
Por la vinculación que en el presente documento consta, EL PARTÍCIPE no adquirirá el carácter de FIDEICOMITENTE / FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, ni adquirirá(n) los derechos, ni contraerá(n) las obligaciones que el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias al cual se vincula, tenga establecidas para EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, conservando este último todos los derechos y continuando a su cargo todas las obligaciones propias del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO. Por su parte el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se ha obligado a destinar los recursos que le sean entregados por LA FIDUCIARIA como vocera del FIDEICOMISO, en virtud de la acreditación del cumplimiento de las CONDICIONES DE GIRO, única y exclusivamente al desarrollo del PROYECTO ECONÓMICO.
Los rendimientos que genere la inversión de los recursos entregados por el PARTÍCIPE incrementarán el FIDEICOMISO y quedarán afectos al objeto del mismo.
PARÁGRAFO PRIMERO. Las características generales del PROYECTO ECONÓMICO aparecen en el documento denominado LISTADO DE ESPECIFICACIONES (ANEXO NO. 2), que se entiende parte integrante de este contrato, cuyo cumplimiento es de única y exclusiva responsabilidad del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO. EL PARTÍCIPE acepta desde la suscripción del presente documento que las especificaciones técnicas y diseño del PROYECTO ECONÓMICO pueden sufrir variaciones, no obstante, lo cual, el proyecto debe guardar relación con la propuesta inicial presentada por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO a EL PARTÍCIPE.
PARÁGRAFO SEGUNDO. EL PARTÍCIPE conoce y acepta que, en cuanto a hipotecas, los predios en donde se desarrolla EL PROYECTO ECONÓMICO podrán ser gravados con una hipoteca de primer grado constituida a favor de una entidad bancaria con el fin de garantizar el respectivo crédito de constructor que requiera EL PROYECTO ECONÓMICO. En todo caso FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, se obliga a salir al saneamiento conforme a la Ley.
PARÁGRAFO TERCERO. EL PARTÍCIPE no intervendrá directa, ni indirectamente, en el desarrollo de la construcción de EL PROYECTO ECONÓMICO.
PARÁGRAFO CUARTO. Tal como se acaba de indicar, el PARTÍCIPE, siempre y cuando se encuentre al día en los aportes a los que se obliga en virtud de este CONTRATO DE ADHESIÓN tendrá(n) derecho de (uso de la UNIDAD INMOBILIARIA vinculada a la(s) PARTICIPACIÓN(ES) / recibir a partir del inicio de la FASE OPERATIVA, las UTILIDADES o posibles pérdidas provenientes de la explotación económica del PROYECTO ECONÓMICO, de acuerdo con la proporción de las PARTICIPACION(ES))
SEGUNDA. DECLARACIÓN DEL PARTÍCIPE. EL PARTÍCIPE con la firma del presente contrato acepta que EL PROYECTO ECONÓMICO que se ha de construir y desarrollar sobre los bienes inmuebles de propiedad de_____________ PODRA SER EL FIDEICOMITENTE APORTANTE SI LA ESTRUCTURA LO CONTEMPLA, es de responsabilidad única y exclusiva de EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, quien tiene la obligación de suministrar todos los recursos necesarios para realizarlo. Por consiguiente, EL PARTÍCIPE declara que conoce y acepta que la construcción de EL PROYECTO es de exclusiva responsabilidad de EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, quien por la vinculación realizada no pierde tal calidad y que LA FIDUCIARIA será la titular de los bienes que conformen EL FIDEICOMISO, sin injerencia ni participación en el desarrollo de la construcción o en el cumplimiento de las obligaciones que surgen para EL FIDEICOMITENTE CONSTITUYENTE/ FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO en virtud del presente contrato y del Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias que dio origen a EL FIDEICOMISO.
TERCERA. REGISTRO DEL PARTÍCIPE COMO FIDEICOMITENTE EN EL FIDEICOMISO. Conforme a lo dispuesto en el contrato fiduciario constitutivo del FIDEICOMISO, el PARTÍCIPE será registrado como FIDEICOMITENTE en el citado PATRIMONIO AUTÓNOMO, una vez culminada la FASE DE CONSTRUCCIÓN de PROYECTO ECONÓMICO, siempre y cuando se encuentre al día en sus aportes, lo cual implica que el PARTÍCIPE adquiera la calidad de FIDEICOMITENTE en el porcentaje que sus PARTICIPACIONES representen en el FIDEICOMISO en una respectiva etapa del PROYECTO ECONÓMICO, designación que les dará derecho durante la FASE OPERATIVA del PROYECTO ECONÓMICO, lo cual les dará derecho de (uso de la UNIDAD INMOBILIARIA vinculada a la(s) PARTICIPACIÓN(ES) / recibir a partir del inicio de la FASE OPERATIVA, las UTILIDADES o posibles pérdidas provenientes de la explotación económica del PROYECTO ECONÓMICO, de acuerdo con la proporción de las PARTICIPACION(ES). También ostentará la calidad de FIDEICOMITENTE durante la etapa OPERATIVA FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO respecto de aquellas PARTICIPACIONES a las que no se haya vinculado ningún PARTÍCIPE durante LA FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO y de CONSTRUCCIÓN del PROYECTO ECONÓMICO.
CUARTA. OPERADOR: Será la sociedad que designe el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO con la cual LA FIDUCIARIA , como vocera del FIDEICOMISO, suscribirá el contrato de operación, bajo la modalidad, términos y condiciones instruidos por dicho FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO si el contrato se celebra durante la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO o de construcción, o por la ASAMBLEA DE FIDEICOMITENTES si se firma durante la FASE OPERATIVA y se encuentre cancelado el primer contrato de operación, para que sea dicha sociedad la que lleve a cabo la OPERACIÓN del PROYECTO ECONÓMICO, con arreglo a lo dispuesto en el contrato fiduciario constitutivo del FIDEICOMISO.
La designación del OPERADOR es un requisito necesario para cumplir CONDICIONES DE GIRO Es entendido para las partes, que LA FIDUCIARIA como vocera del FIDEICOMISO, en ningún caso y bajo ninguna circunstancia tendrá a su cargo la operación directa del PROYECTO ECONÓMICO, razón por la cual no asume responsabilidades derivadas de dichas actividades, todo lo cual es única y exclusiva responsabilidad del OPERADOR. La gestión de LA FIDUCIARIA al respecto será la de administrar el PROYECTO ECONÓMICO.
QUINTA. IMPUESTOS Y OTROS GASTOS: EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se obliga a entregar el PROYECTO ECONÓMICO al OPERADOR x Xxx y Salvo por concepto de gravámenes, tasas, derechos liquidados o reajustados, tasas de servicios públicos, cuotas de administración de la copropiedad, servicios públicos, entre otros, A partir del inicio de la ETAPA OPERATIVA del PROYECTO ECONÓMICO, dichos rubros serán atendidos con los recursos del FIDEICOMISO, provenientes de las UTILIDADES o posibles pérdidas de la operación, y en caso de ser estos insuficientes se solicitará su pago a los PARTÍCIPE , en la proporción de su participación en el FIDEICOMISO.
SÉXTA. VIGENCIA: El presente contrato estará vigente hasta la duración del PROYECTO ECONOMICO de acuerdo con lo establecido en el contrato constitutivo del FIDEICOMISO. .
SEPTIMA. TERMINACIÓN. Este contrato terminará al cumplimiento del término pactado para su expiración o anticipadamente por las siguientes causas:
Por terminación del contrato del FIDEICOMISO.
Por haberse cumplido plenamente su objeto.
Por la disolución de la Entidad Fiduciaria.
Por las causales previstas en la ley.
Por común acuerdo entre el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y el PARTÍCIPE.
Por incumplimiento del PARTÍCIPE o el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO en la entrega de los aportes indicados en el anexo __.
Por la inclusión de EL(LOS) PARTICIPES en cualquiera de las listas Xxxxxxx, Ofac o en cualquier lista para el control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo, administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera.
OCTAVA. CESIÓN: EL PARTÍCIPE FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO sólo podrá(n) ceder en todo o en parte el presente contrato, cuando exista concepto favorable previo y escrito del FIDEICOMITENTE CONSTITUYENTE/ FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y aceptación de LA FIDUCIARIA surtido previamente el procedimiento de VINCULACIÓN a la FIDUCIARIA. La FIDUCIARIA, en desarrollo de dicho procedimiento se reserva la facultad de aceptar u objetar la VINCULACIÓN en ejecución del Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SARLAFT) sin que tal decisión genere algún tipo de responsabilidad a la FIDUCIARIA. Una vez el PARTÍCIPE sea registrado como FIDEICOMITENTE la cesión de sus PARTICIPACIONES estará sujeta a lo previsto en el contrato fiduciario constitutivo del PATRIMONIO AUTÓNOMO que se describe a continuación: Durante la FASE OPERATIVA, los PARTÍCIPE que sean registrados como FIDEICOMITENTES podrán ceder la totalidad o parte de los derechos y las obligaciones correlativas a ellos, siempre que dicha cesión NO IMPLIQUE, NI RESULTE en la existencia de más _____(___)Partícipes simultáneos y respecto de cada PARTICIPACION un número superior a _____(___)Partícipes simultáneos. Dicha cesión se efectuará mediante documento privado suscrito por cedente y cesionario en el cual conste el nombre, dirección y teléfono del cedente y cesionario, la declaración por la cual el cesionario manifiesta y conoce el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias constitutivo del FIDEICOMISO, el estado del mismo, y las obligaciones y derechos que adquiere en virtud de la cesión. Dicho documento de cesión deberá ser radicado en las oficinas de LA FIDUCIARIA para que esta última manifieste su aceptación o no a la cesión. LA FIDUCIARIA no reconocerá como válida ni aceptará ni registrará una cesión, venta o enajenación a cualquier título que implique o resulte en la existencia de más de _____ (___) PARTÍCIPES simultáneos. LA FIDUCIARIA podrá solicitar modificaciones, aclaraciones o adiciones al texto del acuerdo de cesión, cuando considere que con el mismo se afectan derechos de terceros o de los PARTÍCIPES, de los contratantes o de LA FIDUCIARIA, así mismo, LA FIDUCIARIA podrá objetar la vinculación de cesionarios mediante comunicación escrita en dicho sentido dirigida al cedente. Adicionalmente, en virtud de la cesión efectuada en los términos anteriores, y como requisito necesario para el registro de la misma en LA FIDUCIARIA, el cesionario deberá suscribir un pagaré con espacios en blanco para que LA FIDUCIARIA lo llene según las instrucciones que el otorgante dará y en las cuales se preverá que el valor del pagaré será por concepto de comisiones fiduciarias, costos y gastos a favor de LA FIDUCIARIA, en desarrollo del objeto del presente contrato, durante la FASE OPERATIVA.
NOVENA. NOTIFICACIONES: Para todos los efectos que se deriven del presente documento las partes convienen como domicilio del mismo la ciudad de Bogotá D.C., y recibirán notificaciones en las direcciones que figuran en el cuadro que figura al inicio de este contrato. Será responsabilidad de cada parte comunicar el cambio de dirección.
DÉCIMA. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN. Para los fines previstos en la normatividad emitida por la Superintendencia Financiera relacionada con el Sistema de Administración de Riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT, EL PARTÍCIPE se obliga(n) a entregar información veraz y verificable; y a actualizar sus datos por lo menos anualmente, suministrando la totalidad de los soportes documentales e información exigidos por LA FIDUCIARIA al momento de la vinculación. LA FIDUCIARIA queda desde ya facultada para dar por terminado unilateralmente y en forma anticipada el presente contrato, en caso de desatención a estos deberes. LA FIDUCIARIA aplicará, durante toda la vigencia del presente contrato al PARTÍCIPE, a sus cesionarios por otra parte desde su vinculación, y en general a los terceros que resulten partícipes en el desarrollo del presente contrato, los procedimientos que a continuación se describen, respecto de cada uno de los siguientes riesgos:
A. RIESGO XX XXXXXXX Y LIQUIDEZ: LA FIDUCIARIA cuenta con herramientas tales como: políticas, límites, análisis técnico y fundamental (análisis estadístico de las variables y factores de riesgo que inciden sobre las decisiones de inversión), sistemas de información xxx xxxxxxx de valores, metodologías de valor en riesgo (VaR) que permiten calcular y controlar las posibles pérdidas por efectos xx xxxxxxx y modelos de Back Testing y Stress Testing que permiten evaluar y ajustar el modelo de VaR.
B. RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO: LA FIDUCIARIA ha implementado procesos de vinculación, conocimiento y estudio de sus clientes, al igual que con un monitoreo de las operaciones realizadas dentro de la vigencia del contrato. La Fiduciaria cuenta con los mecanismos de control necesarios que permiten detectar operaciones sospechosas e inusuales y proceder a tomar las decisiones pertinentes, de conformidad con el Manual correspondiente sobre el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo SARLAFT.
C. RIESGO OPERATIVO: La FIDUCIARIA ha implementado mecanismos compuestos por políticas y procedimientos que le permiten una efectiva administración y mitigación del riesgo operativo que se pudieren llegara a generar en desarrollo de los negocios fiduciarios. Estos mecanismos abarcan la administración y mitigación del riesgo legal y reputacional. Adicionalmente, cuenta con políticas de confidencialidad para el manejo y protección de información privilegiada y, política de manejo de conflicto de interés. Las partes, con la suscripción del presente contrato, se obligan a acatar los mecanismos establecidos para el cumplimiento de los estándares indicados para la gestión de los riesgos asociados al presente contrato, y de igual forma se obligan a dar a conocer tales mecanismos a los terceros interesados en vincularse al negocio.
DÉCIMA PRIMERA. DESISTIMIENTO. Se entenderá que cualquiera de las partes desiste de su vinculación a este contrato cuando: El PARTICIPE, de manera inequívoca, instruye a LA FIDUCIARIA para que, en los casos en los cuales de manera expresa y unilateral manifieste mi deseo de desistir o por incurrir en xxxx por más de 60 días en el cumplimiento de las cuotas previstas en el plan de pagos, me apliquen, además de mi desvinculación, una pena libremente acordado entre FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y el PARTICIPE en el Anexo 1.
En caso de que el desistimiento sea expreso y unilateral sea solicitado por el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, se aplicará la misma penalidad anteriormente mencionada en favor del PARTÍCIPE.
En el evento de la xxxx por parte del PARTICIPE, LA FIDUCIARIA procederá a notificar por escrito a EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO respecto de la misma y FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO tendrá plena potestad de decidir si reanuda o no el contrato e instruirá los términos de la aplicación de la sanción indicada anteriormente.
Para el caso del PARTICIPE , éste con la firma del presente documento autoriza a que se le descuente de los recursos entregados el porcentaje señalado, y que dicha suma sea entregada al FIDEICOMITENTE CONSTITUYENTE/FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO En consecuencia, la FIDUCIARIA pondrá a disposición EL PARTÍCIPE el remanente de los recursos si los hay, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que acaezca el evento bajo el cual se entienda que existe un desistimiento por parte del PARTÍCIPE .
En los casos anteriores, EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO debidamente facultado por EL PARTÍCIPE en virtud de la suscripción del presente contrato, procederá a la enajenación a título oneroso de su PARTICIPACIÓN en el FIDEICOMISO, respecto del cual se hallaba vinculado EL PARTÍCIPE que ha desistido o se entiende desistido conforme a esta cláusula. Por su parte, el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se obliga a aportar los recursos necesarios para realizar la devolución de los recursos aportados por EL PARTÍCIPE desistido menos la suma correspondiente al porcentaje establecido en el parágrafo segundo de esta cláusula, con el fin de que LA FIDUCIARIA proceda, conforme a las instrucciones que le imparta el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, a devolver tales recursos a EL PARTÍCIPE.
En caso que el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO no aporte dichos recursos dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al día en que EL PARTÍCIPE haya desistido o se entienda desistido, y siempre y cuando se haya vinculado un nuevo PARTÍCIPE respecto del derecho correspondiente y este último haya aportado recursos suficientes para la realizar la mencionada devolución, LA FIDUCIARIA procederá a devolver tales recursos al PARTÍCIPE desistido, con cargo a los recursos aportados por el nuevo PARTÍCIPE .
En los eventos en los cuales se presente desistimiento por: (i) la muerte del PARTICIPE o (ii) EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO solicite en cualquier momento la terminación del Contrato Fiduciario antes del cumplimiento de las CONDICIONES DE GIRO, (iii) medie retiro anticipado o desistimiento por parte del PARTICIPE por incumplimientos imputables a EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, incluso de la sociedad fiduciaria, procederá la devolución de los aportes realizados por el PARTICIPE más los rendimientos por estos generados, menos los costos y gastos generados por la transferencia, sin la aplicación de penalidad alguna. EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO podrá incorporar clausulas adicionales relativas a clausulas penales que se incorporarán conforme lo que disponga.
Si llegare a existir saldo a mi(nuestro) favor después de aplicar el desistimiento, y en general, si hay saldos a mi(nuestro) favor por conceptos de reajustes y que me(nos) sean informados por escrito por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, la FIDUCIARIA girará tales sumas de dinero dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que informe(mos) a la FIDUCIARIA la cuenta bancaria a la cual deberán ser transferidas dichas sumas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha en que haya(mos) informado mi(nuestra) voluntad de desistimiento, o haya(mos) sido enterado(s) de la aplicación del desistimiento por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, o de la existencia de saldos a mi(nuestro) favor por concepto de reajustes, sin que LA FIDUCIARIA haya sido informada de la cuenta bancaria, la FIDUCIARIA se entenderá instruida por este documento para que aperture una inversión a mi(nuestro) nombre en el Fondo, a la cual serán trasladados los recursos correspondientes al saldo existente a mi(nuestro) favor.
DÉCIMA SEGUNDA. ESTIPULACIONES VERBALES: Las partes manifiestan que no reconocerán validez a las estipulaciones verbales relacionadas con el presente contrato, el cual constituye un acuerdo completo y total acerca de su objeto y reemplaza y deja sin efecto alguno cualquier otro contrato verbal o escrito, celebrado entre las partes con anterioridad.
DÉCIMA TERCERA. EL PARTÍCIPE manifiesta(n) que ha sido plenamente informado, de manera previa, sobre las condiciones pactadas en el presente contrato, sobre las consecuencias que le pueden acarrear un desistimiento unilateral y adicionalmente que ha obtenido las explicaciones e información que le ha solicitado a EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y/o a LA FIDUCIARIA, de acuerdo con lo establecido en la ley 388 de 1997 o las normas que la puedan modificar, adicionar o complementar en el futuro, así mismo, actuando en nombre propio manifiesto (manifestamos) que conozco (conocemos) y acepto (aceptamos) en todo el contenido del Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias (el “Contrato xx Xxxxxxx”), del cual declaro haber recibido una copia, constitutivo del Patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO
DECIMA CUARTA. EL PARTÍCIPE manifiesta que ha sido prevenido sobre los siguientes aspectos, de acuerdo con lo establecido en la circular Básica Jurídica expedidas por la Superintendencia Financiera:
La sociedad fiduciaria administra los recursos desde la ETAPA PRECONSTRUCTIVA, y los pone a disposición del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO en la etapa constructiva conforme se establece en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias constitutivo del FIDEICOMISO.
Cuáles serán las causales y los plazos de devolución de los recursos entregados por los EL PARTÍCIPE / FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO a la Fiduciaria antes del cumplimiento de las CONDICIONES DE GIRO.
La identificación clara y expresa de la persona en favor de quien se celebra el negocio fiduciario.
Que ha suscrito el anexo de información sobre la inversión en el FONDO ABIERTO FIDUCREDICORP VISTA y conoce quién asume el riesgo de la pérdida de valor de los recursos entregados a la fiduciaria, como producto de la pérdida de valor de las inversiones realizadas por ésta con tales recursos, ya sea que los mismos se administren a través del FONDO ABIERTO FIDUCREDICORP VISTA, administrados por la FIDUCIARIA o a través de cualquier otro mecanismo, y así lo acepta.
El alcance de la participación de la fiduciaria en el negocio corresponde a un contrato de administración de recursos para la posterior transferencia de derecho de (uso de la UNIDAD INMOBILIARIA vinculada a la(s) PARTICIPACIÓN(ES) / recibir a partir del inicio de la FASE OPERATIVA, las UTILIDADES o posibles pérdidas provenientes de la explotación económica del PROYECTO ECONÓMICO, de acuerdo con la proporción de las PARTICIPACION(ES)
DÉCIMA QUINTA. MERITO EJECUTIVO: En razón a que el presente contrato contiene una obligación expresa, xxxxx y exigible a favor de LA FIDUCIARIA y a cargo de EL PARTÍCIPE, el mismo presta mérito ejecutivo en virtud de lo dispuesto por el Artículo 422 del Código General del Proceso.
DÉCIMA SEXTA. AUTORIZACIÓN, REPORTE Y CONSULTA A ________: EL(LOS) PARTÍCIPES autoriza(n) a EL(LOS) FIDEICOMITENTE(S) y la FIDUCIARIA, para que, con fines estadísticos, de control, supervisión y de información comercial, reporte a la _______________________y de cualquier otra entidad que maneje bases de datos con los mismos fines, el nacimiento, modificación, extinción de obligaciones que se desprenden de este contrato. La autorización aquí descrita comprende, especialmente, la información referente a la existencia de deudas vencidas sin cancelar y/o la utilización indebida de los servicios financieros, por un término no mayor al momento en el cual se extingue la obligación y en todo caso durante el tiempo de la xxxx, el retardo o el incumplimiento. Asimismo, faculta a la FIDUCIARIA para que solicite información sobre las relaciones comerciales que EL(LOS) PARTÍCIPES tenga(n) con el sistema financiero y para que los datos reportados sean procesados para el logro del propósito de la central y puedan circular con fines comerciales, de conformidad con su respectivo reglamento.
DÉCIMA SEPTIMA. PROTECCIÓN DE DATOS: EL(LOS) PARTÍCIPES autoriza(n) de manera irrevocable a la FIDUCIARIA, para el tratamiento de sus datos personales contenidos en las bases de datos de CREDICORP CAPITAL FIDUCIARIA S.A. En virtud de esta autorización, CREDICORP CAPITAL FIDUCIARIA S.A. podrá procesar, recolectar, almacenar, usar, circular, suprimir, compartir, actualizar, transmitir y/o transferir a terceros países, incluyendo datos sensibles, de acuerdo con los términos y condiciones de las Políticas de Privacidad de CREDICORP CAPITAL FIDUCIARIA S.A.
La FIDUCIARIA manifiesta que la información allí contenida será utilizada para el correcto desarrollo de la relación que CREDICORP CAPITAL FIDUCIARIA tiene con EL(LOS) PARTÍCIPE, principalmente para hacer posible la prestación de sus servicios, para los registros contables que sean requeridos, para reportes a autoridades de control y vigilancia, y en general para su uso con fines administrativos, comerciales y de publicidad y contacto.
De conformidad con la legislación aplicable, PARTÍCIPE podrá(n) ejercer sus derechos de conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos personales enviando su solicitud a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, y podrán acudir las autoridades en materia de protección de datos personales y de considerarlo pertinente podrán acudir a la Superintendencia Financiera de Colombia, conforme a lo señalado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-1011 de 2008, respecto al estudio de asequibilidad de las funciones, facultades y competencia de esta Autoridad de Supervisión.
DÉCIMA OCTAVA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTÍCIPES.
18.1 DERECHOS DE LOS PARTÍCIPE: Además de los derechos que se les confieren a los PARTÍCIPES en otras cláusulas del presente contrato, una vez concluida la FASE CONSTRUCTIVA tendrán en especial los siguientes: 18.1.1 A que la FIDUCIARIA los registre como FIDEICOMITENTES y BENEFICIARIOS del Fideicomiso, una vez termine la FASE CONSTRUCTIVA.
18.1.2 A que durante la FASE CONSTRUCTIVA se registren en el FIDEICOMISO como PARTICIPES.
18.1.3 A que la FIDUCIARIA les rinda cuentas de su gestión bajo los parámetros establecidos en el numeral 6.1.4.2.13.2 del Capítulo I del Título II de la Parte II de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia, sin perjuicio de la rendición de cuentas que les debe ser presentada por la FIDUCIARIA durante la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO y la FASE CONSTRUCTIVA.
18.1.4 Revisar las cuentas generales del Patrimonio Autónomo.
18.1.5 Oponerse a toda medida preventiva o ejecutiva tomada contra los bienes del Fideicomiso o por obligaciones que los afecten, en el caso de que LA FIDUCIARIA no lo hiciere.
18.1.6 Solicitar la remoción del fiduciario, en virtud de la decisión que en tal sentido tome la ASAMBLEA DE FIDEICOMITENTES.
18.1.7 Conforme con el artículo 1.231 del Código de Comercio, exigir que LA FIDUCIARIA preste caución y efectúe el inventario de los bienes fideicomitidos, de haber lugar a ello.
18.1.8 Participar en las deliberaciones y decisiones de la Asamblea de PARTÍCIPES, siempre y cuando se encuentren en paz y a salvo con el Fideicomiso.
18.1.9 Recibir en proporción a las PARTICIPACIONES de las que sean propietarios, en forma mensual, las UTILIDADES o posibles pérdidas o derecho de uso según corresponda, que produzcan los bienes del FIDEICOMISO, después de descontados los gastos que demande el desarrollo del contrato. Los PARTICÍPES conocen y aceptan que su participación en el FIDEICOMISO puede generar ganancias o pérdidas, según se cumplan o no la proyección de explotación y operación de los activos subyacentes del Fideicomiso.
18.1.10 Decidir, a través de los órganos competentes del Fideicomiso, sobre la distribución de los bienes fideicomitidos a la terminación del Fideicomiso, conforme a lo establecido en este contrato.
18.1.11 Conocer por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO los riesgos asociados a las posibilidades de pérdidas o ganancias del PROYECTO ECONÓMICO.
18.1.12 Una vez se cumplan las CONDICIONES DE GIRO y los recursos entregados en la etapa PRECONSTRUCTIVA sean puestos a disposición del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, tendrán derecho a ser informado de la ocurrencia de dicha situación en los términos de que trata el presente CONTRATO.
18.1.13 Solicitar el desistimiento del negocio antes del cumplimiento de CONDICIONES DE GIRO, y a que se le entreguen el saldo de los recursos aportados, descontando previamente las deducciones por concepto de penalidad, sanciones, comisión fiduciaria, impuestos, etc.
18.2 OBLIGACIONES DE LOS PARTÍCIPES: Además de otras establecidas en el presente contrato, las siguientes son obligaciones de los PARTÍCIPES:
18.2.1 Realizar la entrega de recursos a los que se obligan bajo el presente CONTRATO DE ADHESIÓN, en los plazos y montos establecidos en el anexo ____.
18.2.2 Obtener previa aprobación de la FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, para la celebración de cesiones sobre los derechos derivados del presente contrato.
18.2.3 Actualizar la información requerida por CREDICORP CAPITAL FIDUCIARIA S.A., en cumplimiento de los sistemas de administración de riesgos por ella implementados.
18.2.4 Suministrar oportunamente a LA FIDUCIARIA las sumas de dinero que ésta le solicite por escrito y en lo posible con un término de antelación no menor de cinco (5) días hábiles, para pagar la totalidad de las obligaciones que contraiga el PATRIMONIO AUTÓNOMO, durante la FASE OPERATIVA para sufragar todos los costos en los cuales se incurran y en general para el cumplimiento de sus gestiones. Los perjuicios o reclamaciones de cualquier naturaleza que pudieren causarse con ocasión del no suministro oportuno del dinero serán de única y exclusiva responsabilidad de los PARTÍCIPES.
18.2.5 Prestar su colaboración a LA FIDUCIARIA para la realización del fin establecido en este contrato.
18.2.6 Pagar la totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones, que se causen por la celebración, ejecución y liquidación del presente contrato, durante la FASE OPERATIVA, cuando los recursos del FIDEICOMISO no sean suficientes para tal efecto.
18.2.7 Declarar y pagar el impuesto predial que se genere sobre los inmuebles fideicomitidos durante la FASE OPERATIVA. Durante la FASE OPERATIVA la obligación de declaración y pago estará en cabeza del PARTÍCIPE que determine el COMITÉ FIDUCIARIO.
18.2.8 Informar por escrito a LA FIDUCIARIA dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, cada vez que se modifiquen o cambien los datos correspondientes a dirección, domicilio, teléfono, fax, ocupación, profesión, oficio, razón social, representación legal, lugar de trabajo o residencia y en fin cualquier circunstancia que varíe de las que reporten a la firma del presente contrato, con base en lo dispuesto por las circulares emitidas por la Superintendencia Financiera, sin perjuicio de la obligación de suministrar los documentos que deban ser entregados en virtud de actos y disposiciones legales o administrativas, relacionados con la obligación a que se hace referencia. Igualmente, se obliga a enviar fotocopia del certificado de ingresos y retenciones, declaración xx xxxxx, xxxxxxxxxx de honorarios o balance del último año según el caso, por cada año de vigencia del presente contrato, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a aquel en que dichos documentos sean expedidos o presentados.
18.2.9 Actualizar la información requerida por LA FIDUCARIA., en cumplimiento de los sistemas de administración de riesgos por ella implementados.
18.2.10 Las demás establecidas en este contrato y cualquier otra que se desprenda de la naturaleza de su gestión, de acuerdo con las normas legales vigentes.
18.2.11. Abstenerse de entregar sumas de dinero al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO directamente o a través de los promotores, empleados o agentes de éstos últimos.
DECIMA NOVENA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO: Son derechos y obligaciones del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y la FIDUCIARIA, los indicados en el Contrato de Adhesión.
OBLIGACIONES DE LA FIDUCIARIA: tiene las siguientes obligaciones:
Realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del contrato.
Realizar, las actividades a su cargo conforme a lo establecido en el presente CONTRATO DE ADHESION y en el Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias, de acuerdo con las instrucciones impartidas por quien en la respectiva etapa se encuentra facultado para hacerlo.
Ejercer las acciones o proponer las excepciones legales, inherentes a su calidad de propietario, respecto de los bienes que forman parte del FIDEICOMISO, en cuanto sea informada por El FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO de los hechos o actos de terceros que originen la exigencia de tal ejercicio, e instruida respecto de las acciones que deba adelantar como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO. Teniendo en cuenta que el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO es quien ejerce la custodia y tenencia de los inmuebles sobre los cuales será desarrollado EL PROYECTO ECONÓMICO durante la FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO y la FASE CONSTRUCTIVA, queda entendido que el ejercicio de dichas acciones o excepciones durante las citadas fases está supeditado a las instrucciones que imparta el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO. Durante la FASE OPERATIVA las mencionadas instrucciones las deberá impartir el COMITÉ FIDUCIARIO, dado que la custodia y tenencia del PROYECTO ECONÓMICO estará en cabeza del OPERADOR. En consecuencia, el incumplimiento por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO o del COMITÉ FIDUCIARIO, en la respectiva fase, de su obligación de impartir instrucciones a LA FIDUCIARIA al respecto, hará responsable a quienes se encuentren registrados como FIDEICOMITENTES en ese momento, de cualquier perjuicio, demanda o reclamación que surja con ocasión de dichos hechos o actos de terceros.
Contratar, conforme a las instrucciones que imparta el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO o el COMITÉ FIDUCIARIO, según la FASE en la que se encuentre el FIDEICOMISO, los expertos que se requieran para defender o representar los intereses del FIDEICOMISO.
Rendir cuentas comprobadas de su gestión cada seis (6) meses contados a partir de la celebración del presente contrato, así como a la terminación del FIDEICOMISO. Dicha rendición de cuentas deberá ser presentada y enviada al correo electrónico suministrado por EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO y PARTÍCIPES, según la fase en la que se encuentre el FIDEICOMISO, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha xxx xxxxx que se está informando, de conformidad con lo establecido en la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera.
Pedir instrucciones al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO o al COMITÉ FIDUCIARIO, ASAMBLEA DE FIDEICOMITENTES, según corresponda, de acuerdo con la fase en la que se encuentre el FIDEICOMISO, cuando en la ejecución del contrato se presentaren hechos sobrevinientes e imprevistos, que impidan el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. En todo caso, el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, ASAMBLEA DE FIDEICOMITENTES o el COMITÉ FIDUCIARIO, según corresponda, deberán pronunciarse en un plazo no mayor a treinta (30) hábiles. Cuando la FIDUCIARIA haga uso de esta facultad quedarán en suspenso todas las obligaciones relacionadas con el asunto consultado hasta la fecha en la cual se produzca la respuesta por parte del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO o el COMITÉ FIDUCIARIO, según corresponda, sin que pueda imputársele por este hecho responsabilidad alguna.
Pedir instrucciones a la Superintendencia Financiera cuando se tengan fundadas dudas sobre la naturaleza y alcance de sus facultades y obligaciones o cuando deba apartarse de las autorizaciones contenidas en este contrato, o cuando las circunstancias así lo exijan. Cuando la FIDUCIARIA haga uso de esta facultad quedarán en suspenso todas las obligaciones relacionadas con el asunto consultado hasta la fecha en la cual se produzca la respuesta por parte de la Superintendencia Financiera, sin que pueda imputársele por este hecho responsabilidad alguna, siempre que no existe negligencia, error u omisión de la FIDUCIARIA en el uso de la facultad acá prevista.
Informar al FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, así como a quienes suscribieron CONTRATO DE ADHESIÓN, las circunstancias que surjan al momento de la ejecución del Contrato de Comercialización de Participaciones Fiduciarias y que sean conocidas por ella, que puedan incidir de manera desfavorable en el desarrollo del objeto del presente CONTRATO DE ADHESIÓN, con independencia de la ejecución del FIDEICOMISO. Durante la FASE OPERATIVA dicha información será suministrada a todo aquel que se encuentre registrado en el FIDEICOMISO como FIDEICOMITENTE. Dicha información será suministrada al correo electrónico registrado por los PARTÍCIPES al momento de su vinculación.
Invertir, durante la FASE CONSTRUCTIVA y la FASE OPERATIVA las sumas de dinero del FIDEICOMISO en el FONDO ABIERTO FIDUCREDICORP VISTA, cuyos reglamentos han sido puestos a disposición del FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxxxxxxxxxxx_xxxxx_xxxxxxxxxx_0000.xxx quien con la suscripción del presente documento manifiesta que ha recibido copia de los mismos. Así mismo serán puestos a disposición de los PARTÍCIPES al momento de la celebración del presente CONTRATO DE ADHESIÓN.
Mantener los bienes del PATRIMONIO AUTÓNOMO separados de los suyos y de los que correspondan a otros negocios fiduciarios
Llevar una contabilidad separada de este negocio, de conformidad con las disposiciones normativas que regulan la materia, en especial, lo establecido en la Circular Externa 100 de 1995 de la Superintendencia Financiera de Colombia, y demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.
La FIDUCIARIA dará cumplimiento a lo establecido en las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y en la normativa local aplicable, en concreto en el artículo 20 de la Ley 1121 de 2006 y cualquier otra que la adicione modifique o sustituya, incluyendo para tal efecto la revisión de las listas vinculantes emitida por Naciones Unidas, las publicadas por el Office of Foreign Assets Control del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de América (OFAC), las Naciones Unidas, entre otras listas de control xx Xxxxxx de Activo y Financiación del Terrorismo, y se abstendrá de hacer negocios con personas que aparezcan en dichas listas o relacionadas en prensa u otros medios a partir de los cuales se sospeche que están relacionados con lavado de activos o financiación de terrorismo.
Previo a la transferencia de los bienes inmuebles al FIDEICOMISO, la FIDUCIARIA verificará las personas incluidas en la cadena de tradición de los bienes, para mitigar los riesgos por extinción de dominio.
Conservar la información del FIDEICOMITENTE y los PARTÍCIPES bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
La FIDUCIARIA deberá dar cumplimiento a los deberes de publicación y de información a que se refieren los incisos finales del subnumeral 3.4.7.1. de la Parte I, Título III, Capítulo I, de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia, en lo relativo a la publicación y entrega de los contratos y la cartilla a los terceros que se vinculen al PROYECTO ECONÓMICO, según el caso.
Las demás que se consignen en el presente contrato o en la ley.
DURACIÓN FASE OPERATIVO: ____________________________ (____) meses, a partir de la fecha de ________________(___) del mes de ______________________ del año _______________ (____) prorrogables automáticamente por ____________________(__) meses adicionales, por cada etapa del PROYECTO ECONÓMICO.
VIGÉSIMA. FALLECIMIENTO: Si EL(LOS) PARTÍCIPES fallece, o de ser varios, uno de ellos fallece(n), EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO dará aviso por escrito al cónyuge sobreviviente y/o a los herederos de la existencia del presente contrato (si se tiene conocimiento de su existencia) y a las demás personas que tengan la calidad de PARTÍCIPE, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la fecha en que tenga conocimiento del fallecimiento. Si dentro de _____ siguientes a la fecha de la comunicación, no se ha terminado el trámite de liquidación y adjudicación de la herencia, EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO podrá dar por terminado o resuelto este contrato de manera unilateral, lo cual deberá ser notificado por escrito a LA FIDUCIARIA, a EL(LOS) PARTÍCIPE si los hubiere y a los sucesores de PARTÍCIPES fallecido (si se tiene conocimiento de su existencia), dando instrucciones a LA FIDUCIARIA para que dentro los treinta (30) días siguientes a la notificación de la terminación de este contrato, abra, con base en lo dispuesto en el artículo 2195 del Código Civil, una cuenta de inversión en el fondo de inversión colectiva administrado por la FIDUCIARIA a nombre de EL PARTÍCIPE fallecido (sucesión ilíquida), y le consigne las sumas recibidas a la referida cuenta de inversión. Ocurrido lo anterior, se entenderá liberada las PARTICIPACIONES objeto del presente contrato y el FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO podrá vincular a nuevos terceros interesados en adquirirlas en calidad de PARTÍCIPE.
Si dentro del término de los tres (3) meses previstos en esta cláusula finaliza el trámite de liquidación y adjudicación de la herencia, la FIDUCIARIA como vocera del FIDEICOMISO y EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO continuarán con este contrato, con el sucesor o sucesores a quién(es) se les adjudiquen los derechos y obligaciones que el causante tuvo en vida. Y, dado el caso que el (los) sucesores estén de acuerdo con continuar con el negocio y sean clientes objetivos de la FIDUCIARIA.
En caso de no continuar con el negocio porque los herederos o adjudicatarios se encuentre(n) incurso(s) en alguna de las causales previstas en las normas relativas al sistema de administración de riesgos xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo o por aparecer reportado(s) en la lista XXXXXXX y/o en la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior (OFAC), o en cualquier lista para el control xx xxxxxx de activos, administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, la FIDUCIARIA, como vocera del FIDEICOMISO, o EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, si EL FIDEICOMISO no tuviere recursos, devolverán las sumas recibidas de la manera indicada en esta cláusula sin aplicar las penalidades del caso, tanto a los sucesores adjudicatarios como a los demás PARTICIPES, de ser varios. Comunicado a los sucesores y a los restantes PARTICIPES, lo anterior, quedan la FIDUCIARIA y EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO en libertad de vincular con relación a las PARTICIPACIONES de que trata el presente contrato, a nuevos PARTÍCIPES
Para la entrega de los recursos depositados en FIDUCREDICORP VISTA a los adjudicatarios del PARTÍCIPE fallecido, deberán entregar a la FIDUCIARIA los documentos que acreditan el trámite de sucesión y adjudicación debidamente ejecutoriado, quienes deberán surtir el procedimiento de vinculación a la FIDUCIARIA o realizar la actualización de datos según corresponda.
VIGÉSIMA PRIMERA. ACEPTACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO: Las partes manifiestan que han leído completamente el contenido de este instrumento, han entendido a cabalidad tanto el alcance de sus derechos y obligaciones como las consecuencias de su incumplimiento y lo han aceptado en su integridad.
Para constancia de lo anterior se suscribe el presente documento tres originales del mismo valor, uno para EL PARTÍCIPE, uno para FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO, el día __________________________________.
1 Se diligencia teniendo como guía el Anexo 2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ECONOMICO.
2 Descripción de la UNIDAD INMOBILIARIA RESULTANTE DEL PROYECTO ECONÓMICO o PORCENTAJE DE ÁREA correspondiente, o descripción detallada del activo relacionado a la participación según corresponda. Se incluye esta posibilidad pensando en los fideicomisos de desarrollo hotelero o aparta suites, en los cuales la noma permite que se deriven matriculas independientes, en estos casos como beneficios adicionales a la participación se les otorga a los partícipes la posibilidad del uso y goce de las suites en determinadas fechas, definidas y descritas en el manual de convivencia y uso.
3 Cambia si existe variación de los activos a administrar por parte del fideicomiso.
4 En la sala de ventas del PROYECTO ECONOMICO deben entregar al PARTICIPE toda la información relacionada con el negocio explicando el detalle de la participación de la fiduciaria, adicionalmente, en el contrato que suscriben y en el contrato de COMERCIALIZACIÓN DE PARTICIPACIONES FIDUCIARIAS al que se adhieren se encuentra la descripción detallada de la participación y alcance de la fiduciaria en el negocio. La forma de administración de los recursos se encuentra en el reglamento del fondo, y la forma en que la FIDUCIARIA entrega los recursos está en la cláusula de CONDICIONES DE GIRO.
5 Capitulo que se ajustará a la descripción exacta del negocio y los elementos particulares del contrato propuesto por EL FIDEIOCMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO. La propuesta en LAS CONSIDERACIONES es meramente ilustrativa y responde a ilustrar LA FASE DE VINCULACIÓN, RECAUDO O PRE-PROYECTO, FASE CONSTRUCCIÓN y una FASE OPERATIVA. Los antecedentes variarán también en la medida en que medien otros actores en los que se dividan las obligaciones y responsabilidades del. FIDEIOCMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.
6 Las CONDICIONES DE GIRO, varían según el esquema propuesto por el FIDEICOMITENTE, y el activo a administrar por parte de la FIDUCIARIA, las mismas deben ser siempre INFORMADAS en el CONTRATO DE ADHESIÓN AL CONTRATO DE COMERCIALIZACIÓN DE PARTICIPACIONES FIDUCIARIAS, indicando de manera clara y precisa la fecha para ser acreditadas por parte del FIDEIOCMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO.