Impuestos y otros Gastos Cláusulas de Ejemplo

Impuestos y otros Gastos. Todos los impuestos, tasas o cualesquiera otros gastos o contribuciones de índole fiscal o impositiva que actualmente o en el futuro pueden gravar este contrato, su ejecución o pagos que el CLIENTE deba realizar a cualquier Banco Participante, serán por cuenta integra del CLIENTE, quien se compromete a cancelarlos inmediatamente de ser requerido para el efecto.
Impuestos y otros Gastos. Los planes de tarifas y precios del servicio SaaS ofertados por NORAY no incluyen los impuestos, los gastos de conexión a Internet, teléfono o cualesquiera otros relativos a transmisiones de datos, salvo que se estipule lo contrario en las Condiciones Particulares del Servicio. El Cliente es responsable de abonar dichos gastos e impuestos si fueran necesarios para poder utilizar el servicio, y está legalmente obligado a pagar x XXXXX, entre otros, cualesquiera impuestos que resulten aplicables como los impuestos indirectos (I.G.I.C., I.V.A.) o cualesquiera otros que se detallarán en las Condiciones Particulares del servicio y en la factura correspondiente.
Impuestos y otros Gastos. Los planes de tarifas y precios del servicio de mantenimiento ofertado por NORAY no incluyen los impuestos, los gastos de conexión a Internet, teléfono o cualesquiera otros relativos a transmisiones de datos, salvo que se estipule lo contrario en las Condiciones Particulares del Servicio. El Cliente es responsable de abonar dichos gastos e impuestos si fueran necesarios para poder utilizar el servicio, y está legalmente obligado a pagar
Impuestos y otros Gastos. Serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DE ÁREA: 1. A PARTIR DE LA FECHA DE LA ENTREGA MATERIAL DE LA(S) UNIDAD(ES) INMOBILIARIA(S). Los gastos que se causen por servicios públicos como energía, acueducto, alcantarillado, tasa de aseo, gas, etc.; por impuesto predial, por cuotas de administración ordinarias o extraordinarias, así como intereses del crédito o intereses de subrogación, si los hubiere. En caso tal que EL(LOS) FIDEICOMITENTE(S) deban cancelar el impuesto predial por todo el año o por una fracción del mismo, para la consecución de los paz y salvos, que le permitan cumplir con la obligación de escriturar las unidades inmobiliarias, EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DE ÁREA deberá(n) pagarle a EL(LOS) FIDEICOMITENTE(S), al momento de la firma de la escritura, el valor que le corresponda por el lapso comprendido entre la entrega material de las unidades inmobiliarias y el último día facturado y pagado. 2. DESDE LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO: Todos los impuestos distintos al impuesto predial, las tasas distintas a la tasa de aseo, las contribuciones de valorización, bien sea de nuevas obras o de reajustes de las anteriores, y todas las demás contribuciones y gravámenes que sean establecidos, decretados y/o derramados por leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos, resoluciones u oficios emanados de cualquiera de los órganos del poder público o de cualquier entidad oficial y que recaigan sobre el(los) inmueble(s) objeto de este contrato. Si la contribución y/o el gravamen se derrama antes del desenglobe en la correspondiente Oficina de Catastro, EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DE ÁREA asumirá(n) su pago de acuerdo con el porcentaje de copropiedad que de acuerdo con el reglamento de propiedad horizontal le corresponda al(a los) inmueble(s). Si la contribución y/o el gravamen se derrama con posterioridad al desenglobe, será de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DE ÁREA el pago de la tarifa individual que se le asigne al (a los) inmueble(s). Si por exigencia de alguna entidad pública, EL(LOS) FIDEICOMITENTE(S) se ve(n) obligado(s) a cancelar la totalidad de la contribución y/o del gravamen derramado, sin consideración a los plazos concedidos por la respectiva oficina de valorización, el valor del gravamen correspondiente al (a los) inmueble(s) objeto de este contrato, deberá ser pagado por EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DE ÁREA a más tardar el día de la entrega material o del otorgamiento de la escritura pública, según lo que primero ocurra. 3. En el evento en que de acuerdo con l...
Impuestos y otros Gastos. Los planes de tarifas y precios del servicio de mantenimiento ofertado por NORAY no incluyen los impuestos, los gastos de conexión a Internet, teléfono o
Impuestos y otros Gastos. EL FIDEICOMITENTE GERENTE RESPONSABLE DEL PROYECTO se obliga a entregar el PROYECTO ECONÓMICO al OPERADOR x Xxx y Salvo por concepto de gravámenes, tasas, derechos liquidados o reajustados, tasas de servicios públicos, cuotas de administración de la copropiedad, servicios públicos, entre otros, A partir del inicio de la ETAPA OPERATIVA del PROYECTO ECONÓMICO, dichos rubros serán atendidos con los recursos del FIDEICOMISO, provenientes de las UTILIDADES o posibles pérdidas de la operación, y en caso de ser estos insuficientes se solicitará su pago a los PARTÍCIPE , en la proporción de su participación en el FIDEICOMISO.
Impuestos y otros Gastos. Todos los impuestos, contribuciones y derechos que deban cubrirse con motivo de la celebración y ejecución del Contrato serán cubiertos por la parte que resulte obligada a ello, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables. Siendo que LA CAJA retendrá y enterara el impuesto que le corresponde AL SOCIO respecto al IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) de acuerdo a la finalidad del crédito.
Impuestos y otros Gastos. EL FIDEICOMITENTE CONSTITUYENTE se obliga a entregar x Xxx y Salvo el inmueble por concepto de gravámenes, tasas, derechos liquidados o reajustados, tasas de servicios públicos, cuotas de administración de la copropiedad, hasta la fecha en que se firme la escritura de transferencia de dominio a título de compraventa, salvo en lo que se refiere a una contribución eventual de valorización que se causase, cobrase o liquidase a partir de la fecha de este documento, la cual será de cargo de EL FIDEICOMITENTE CONSTITUYENTE, inicialmente de acuerdo con el porcentaje de copropiedad determinado para el inmueble y luego con la tarifa individual que se facture. Igualmente a partir de la fecha de suscripción del presente contrato será de cargo del FUTURO ADQUIRENTE cualquier suma que se cobre en relación con impuestos, Xxxxx o contribuciones de cualquier orden, quien desde ya autoriza a XXXXXXXXX a descontar de los recursos que administre el valor correspondiente.
Impuestos y otros Gastos. Los planes de tarifas y precios del servicio SaaS ofertados por LAWA no incluyen los impuestos, los gastos de conexión a Internet, teléfono o cualesquiera otros relativos a transmisiones de datos, salvo que se estipule lo contrario en las Condiciones Particulares del Servicio. El Cliente es responsable de abonar dichos gastos e impuestos si fueran necesarios para poder utilizar el servicio, y está legalmente obligado a pagar a LAWA, entre otros, cualesquiera impuestos que resulten aplicables como los impuestos indirectos (I.G.I.C., I.V.A.) o cualesquiera otros que se detallarán en las Condiciones Particulares del servicio y en la factura correspondiente.
Impuestos y otros Gastos. Todos los pagos que el Tarjetahabiente debe efectuar al Emisor, serán libres de todo impuesto, retención, cargo, tasas, arbitrios o limitación de cualquier género. En caso el Emisor se viere obligado a incurrir en cualesquiera de estos gastos, el Tarjetahabiente deberá reembolsárselos.