S U M A R I O
Número 180 Lunes, 6 xx xxxxxx de 2018
S U M A R I O
I. Comunidad Autónoma
4. Anuncios
Consejería de Fomento e Infraestructuras
5106 Anuncio declarando desierto el procedimiento de adjudicación de “adquisición de viviendas usadas de segunda mano con destino al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada: Murcia 2017”.
5107 Anuncio de formalización del contrato de obra nueva de rehabilitación del grupo 933 de 11 viviendas de promoción pública en la X/ Xxxx xx Xxxxxxxxxx xxx
Xxx Xxxxxx (Xxxx Xxxx xxx Xxxxxx). Expte. 55/2017. 21182
II. Administración General del Estado
2. Direcciones Provinciales de Ministerios
Autoridad Portuaria xx Xxxxxxxxx
5108 Bases reguladoras de colaboraciones y patrocinios en materia de responsabilidad social corporativa de la autoridad portuaria xx Xxxxxxxxx. 21184
III. Administración de Justicia
Primera Instancia e Instrucción número Cinco de Xxxxxx xx Xxxxxx
5109 Juicio ordinario 260/2015. 21185
Primera Instancia número Cinco xx Xxxxxx
5110 Juicio verbal 193/2017. 21186
Primera Instancia número Once xx Xxxxxx
5111 Procedimiento ordinario 1.109/2010. 21187
NPE: B-060818-180
IV. Administración Local
5112 Aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento
para personas con discapacidad. 21189
5113 Exposición pública xxx xxxxxx del impuesto de actividades económicas 2018. 21190
5114 Anuncio de formalización del contrato administrativo de obras de
asfaltado de distintas vías públicas de Jumilla. (Expte. 29/17). 00000
5115 Bases para la selección de un funcionario interino para cubrir una xxxxx
xx xxxxxxxx xxxxxxxx 000, xxxxxxx en la plantilla de personal funcionario. 00000
5116 Decreto de modificación del régimen de asignación de miembros del Grupo Municipal
5117 Modificación del apartado 21 en el Art. 19 del acuerdo xxxxx y xxxxxxxx
colectivo (jornada laboral y horario de la E.I. Xxxxx Xxxxxxxxx). 21202
5118 Aprobado inicialmente el expediente n.º 4/2018 de anulación y rectificación de saldos contables de derechos pendientes de cobro de ejercicios cerrados,
5119 Calendario y horario de presentación de documentos de forma presencial
en el registro municipal (oficina de asistencia en materia de registros). 21204
V. Otras Disposiciones y Anuncios
Ilustre Colegio Notarial xx Xxxxxx
5120 Devolución de fianza. 21205
Comunidad de Regantes “Los Ángeles” Siscar-Murcia
5121 Convocatoria a Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000
NPE: B-060818-180
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474
I. Comunidad Autónoma
4. Anuncios
Consejería de Fomento e Infraestructuras
5106 Anuncio declarando desierto el procedimiento de adjudicación de “adquisición de viviendas usadas de segunda mano con destino al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada: Murcia 2017”. Expte. 47/2017.
Mediante Orden del Consejero de fecha 2 xx xxxx de 2018, se ha declarado desierto el procedimiento de adjudicación para “Adquisición de viviendas usadas de segunda mano con destino al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada: Xxxxxx 0000”, xx haber quedado excluídas las ofertas presentadas, cuya licitación se publicó en el BORM., de fecha 22 de diciembre de 2017.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Murcia, 10 xx xxxx de 2018.—El Consejero, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
NPE: A-060818-5106
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474
I. Comunidad Autónoma
4. Anuncios
Consejería de Fomento e Infraestructuras
5107 Anuncio de formalización del contrato de obra nueva de rehabilitación del grupo 933 de 11 viviendas de promoción pública en la X/ Xxxx xx Xxxxxxxxxx xxx Xxx Xxxxxx (Xxxx Xxxx xxx Xxxxxx). Expte. 55/2017.
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Consejería de Fomento e Infraestructuras.
b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación.
c) Número de expediente: 55/2017.
d) Dirección de Internet del Perfil del Contratante: xxxx://xxx.xxxx.xx/ contratacionpublica
2. Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Obra Nueva
b) Descripción del objeto: Rehabilitación del grupo 933 de 11 viviendas de promoción pública en la X/ Xxxx xx Xxxxxxxxxx xxx Xxx Xxxxxx (Xxxx Xxxx xxx Xxxxxx).
c) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45211100-0: Trabajos de construcción para viviendas
d) CPA (Referencia de Nomenclatura): 410030: Trabajos generales de construcción de edificios residenciales (obras de nueva planta, de ampliación, modificación y renovación)
e) Boletín Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: B.O.R.M: 05/01/2018.
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento abierto un solo criterio.
4. Valor estimado del contrato: 44.903,20 Euros (IVA excluido)
5. Presupuesto base de licitación:
a) Importe neto: 44.903,20 Euros
b) Importe total: 54.332,87 Euros
6. Formalización del Contrato:
a) Fecha de adjudicación: 27/06/2018
b) Fecha de formalización del contrato: 17/07/2018
c) Contratista: Obras y Servicios Musan, S.L.
d) Importe de adjudicación: importe neto: 29.775,32 Euros importe total: 36.028,14 euros
e) Ventajas de la oferta adjudicataria: oferta económicamente más ventajosa para la administración: precio más no incurso en temeridad.
NPE: A-060818-5107
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Murcia, 25 de julio de 2018.—El Consejero, P.D., la Secretaria General, (Orden Delegación de 10/05/2018 (BORM n.º 108 de 12/05/2018)), Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx.
II. Administración General del Estado
2. Direcciones Provinciales de Ministerios
Ministerio de Fomento
Autoridad Portuaria xx Xxxxxxxxx
5108 Bases reguladoras de colaboraciones y patrocinios en materia de responsabilidad social corporativa de la autoridad portuaria xx Xxxxxxxxx.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxxxxx, en su sesión ordinaria celebrada en fecha 15 xx xxxxx de 2018, adoptó el acuerdo de aprobar las “Bases reguladoras para colaboración y patrocinios de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxxxxx en materia de Responsabilidad Social Corporativa”, cuyo texto completo puede ser consultado en xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.
El funcionamiento eficiente y la existencia de una política en materia de Responsabilidad Social Corporativa efectiva son principios básicos de los puertos españoles y, en concreto de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxxxxx, la cual impulsa y promueve estos principios en beneficio de sus grupos de interés y su entorno.
Además, se entiende la responsabilidad social como herramienta para contribuir al desarrollo de la sociedad en la que opera, según desarrolla la Estrategia Española de Responsabilidad Social de las empresas 2014-2020 dirigida a empresas, administraciones públicas y el resto de organizaciones en la promoción de iniciativas de responsabilidad social.
Sobre esta base, se considera de especial importancia crea un marco regulador de las ayudas en materia social, cultural y deportiva con el objetivo de que asociaciones, ONG,s y otras instituciones asentadas en el municipio xx Xxxxxxxxx o en la Región xx Xxxxxx puedan solicitar ayudas en concurrencia competitiva y puedan ser seleccionadas de manera transparente y objetiva.
En este contexto se ha aprobado por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxxxxx la creación de una Comisión Puerto-Ciudad, cuyo cometido será la promoción de la Responsabilidad Social Corporativa en beneficio de asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que trabajen en pro de la sociedad a través de colaboraciones y patrocinios, así como sus bases reguladoras.
Cartagena, 20 de julio de 2018.—El Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
III. Administración de Justicia
Primera Instancia e Instrucción número Cinco de Xxxxxx xx Xxxxxx
5109 Juicio ordinario 260/2015.
Equipo/usuario: G02 Modelo: 76000J N.I.G.: 30027 41 1 2015 0001727
ORD Procedimiento Ordinario 260/2015 Sobre Otras Materias
Demandante: Millennium Insurance Company, LTD Procurador: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx
Abogado: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Demandados: Xxxx Xxxxxx, S.L., Dinamurb Promociones, S.L.
En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia de fecha 6 de noviembre de 2017, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
Sentencia: 177/2017
En Xxxxxx xx Xxxxxx, 6 de noviembre de 2017.
Vistos por mí, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cinco de esta Ciudad, los presentes autos de Juicio Ordinario, tramitado en este Juzgado con el número 260/15. El juicio se promovió a instancias del Procurador Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, en nombre y representación de “Millennium Insurance Company LTD”, que actuó con la defensa Letrada de Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. La demanda se dirigió frente a “Loto Sommos S.L.” y “Dinamur Promociones S.L.”, que no comparecieron, siendo declarados en situación de rebeldía procesal. El juicio tuvo por objeto una reclamación de una cantidad dineraria.
Parte dispositiva
Se estima la demanda interpuesta por el Procurador Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, en nombre y representación de “Millennium Insurance Company LTD”.
Se condena a “Loto Sommos S.L.” y “Dinamur Promociones S.L”, a que le satisfagan solidariamente a aquella el importe de 13.544,72 €, más los intereses del artículo 1.108 del Código Civil, a computar desde el día 12 xx xxxxx de 2015 hasta su completo pago. Se imponen las costas a las demandadas.
Notifíquese esta resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de veinte dias hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, ante la Iltma. Audiencia Provincial de esta Capital. Para interponer recurso de apelación se ha de consignar en la cuenta del Juzgado en concepto de depósito, la cantidad de cincuenta euros, requisito que ha de acreditarse al tiempo de interponerlo.
Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Xxxx Xxxxxx, S.L., Dinamurb Promociones, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Xxxxxx xx Xxxxxx, 4 xx xxxxx de 2018.—El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
III. Administración de Justicia
Primera Instancia número Cinco xx Xxxxxx
5110 Juicio verbal 193/2017.
Unidad Procesal de Apoyo Directo Equipo/usuario: SGM
Modelo: N27190
N.I.G.: 30030 42 1 2017 0003182
JVB Juicio verbal 193/2017 Sobre otras materias
Demandante: Consorcio de Compensación de Seguros
Abogado/a: Letrado del Consorcio de Compensación de Seguros Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx,
Cédula de notificación
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
En Murcia, a 2 de julio del año 2018.
Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de esta ciudad, ha dictado la siguiente.
Sentencia
Habiendo visto los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 193/2017 a instancia del Consorcio de Compensación de Xxxxxxx, representado por el Abogado del Estado, contra xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, declarados en rebeldía, en reclamación de cantidad por repetición contra el responsable del accidente por las indemnizaciones pagadas.
Fallo
Estimando totalmente la demanda presentada por el Abogado del Estado en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Xxxxxxx y condenando a xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx a abonar solidariamente a la entidad demandante la cantidad de 4.633,25 euros, más intereses legales desde la fecha de la presentación de la demanda, 17.02.2017, con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial xx Xxxxxx cuya admisión exige la acreditación de la previa constitución del depósito establecido en la DA 15.ª de la LO 1/2009.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Murcia a 2 de julio de 2018.—El/la Letrado/a de La Administración de Justicia.
III. Administración de Justicia
Primera Instancia número Once xx Xxxxxx
5111 Procedimiento ordinario 1.109/2010.
Sobre otras materias 5305M
NIG: 30030 42 1 2010 0012653
De: Consorcio de Compensación de Seguros Procurador/a Sr/a.
Contra: Hormigones La Serreta, SL, Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Hormigones Sanpa, SL
Procurado: Sr. Xxxxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx,
Cédula de notificación
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Juzgado de Primera Instancia numero Once xx Xxxxxx Procedimiento: Juicio ordinario número 1.109/2010. Murcia, 27 xx xxxxx de 2015
S.S.ª Ilma. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Once de esta Ciudad, vistos los presentes autos de juicio declarativo ordinario número 1.109/2010 seguidos a instancia de Consorcio de Compensación de Xxxxxxx, representada y asistida por Abogado del Estado contra xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, representado por el Procurador xxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx y asistido por el Letrado xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx, y contra don Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxxx, Hormigones Sanpa. SL y Hormigones La Serreta, SL, declarados en rebeldía; ha dictado en nombre de S.M. El Rey la siguiente
Sentencia Antecedentes de hecho
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx contra don Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxxx y contra Hormigones Sanpa, SL, declarados en rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente al ente consorcial la cantidad de veintiún mil seiscientos ochenta y ocho euros con sesenta y dos céntimos (21.668,62 euros) más intereses legales desde la interposición de la demanda hasta su completo pago, con imposición xx xxxxxx procesales a los demandados.
Que desestimando la misma demanda contra xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, representado por el Procurador xxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx y contra Hormigones La Serreta, SL, declarada en rebeldía, debo absolver y absuelvo a dichos demandados de los pedimentos que se le dirigen en la demanda, sin imposición xx xxxxxx procesales a ninguna de las partes.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma pueden interponer por escrito en este Juzgado
NPE: A-060818-5111
recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación, del cual conocerá la Ilma. Audiencia Provincial xx Xxxxxx.
Será requisito preciso para tener por interpuesta la apelación la constitución de un depósito de cincuenta euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, lo que así habrá de acreditarse, sin el cual no se dará trámite al recurso.
Inclúyase la presente en el libro de sentencias dejando en los autos testimonio de la misma.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Hormigones La Serreta, SL, Hormigones Sanpa SL, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Murcia, 4 xx xxxxx de 2015.—El/la Secretario/a Judicial.
IV. Administración Local
Albudeite
5112 Aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
El Pleno del Ayuntamiento de Albudeite, en sesión extraordinaria celebrada el 24 de julio de 2018 adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
Dicho acuerdo se somete a información pública por treinta días durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Finalizado el periodo de exposición pública el Ayuntamiento adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se presenten y aprobando definitivamente la modificación, en su caso. En el caso de que no se presenten reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo provisional sin necesidad de acuerdo plenario.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Albudeite, 25 de julio de 2018.—El Alcalde-Presidente, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
IV. Administración Local
Cehegín
5113 Exposición pública xxx xxxxxx del impuesto de actividades económicas 2018.
Aprobado el padrón del impuesto sobre actividades económicas, correspondiente al Ayuntamiento de Cehegín y al ejercicio de 2018, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 25-07-2018 y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2.º del Real Decreto 1172/91, de 26 de julio, queda expuesta al público para su examen y presentación de alegaciones durante el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx. Al propio tiempo se anuncia que el periodo de cobranza en voluntaria del referido impuesto, será el comprendido entre el día 1 de Septiembre y el 30 de Noviembre del año en curso.
Cehegín, 25 julio de 2018.—Alcalde-Presidente, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
IV. Administración Local
Jumilla
5114 Anuncio de formalización del contrato administrativo de obras de
asfaltado de distintas vías públicas de Jumilla. (Expte. 29/17).
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Jumilla.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General/Contratación.
c) Número de expediente: 29/17.
d) Perfil de Contratante: xxx.xxxxxxx.xxx.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo de contrato: Contrato administrativo de obras.
b) Descripción: Fresado y reasfaltado de diversas vías públicas xxx xxxxx urbano de Jumilla (C/ Xxxxxxxx xx Xxxx, C/ Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Avda. Xxxxxxxxx, C/ Príncipe Xxxxxx, C/ Xxxxxxxxx, C/ Xxxxxxxx Xxxxxx, C/ Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Paseo Poeta Xxxxxxx Xxxxxxxxx y C/ San Xxxxxxxxx), en los términos descritos en la Memoria Valorada redactada por el Jefe del Servicio Técnico Municipal de Obras y Urbanismo y aprobada por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 27 de noviembre de 2017.
c) Duración: Tres meses.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
4. Licitación del contrato:
a) Presupuesto base de licitación: 247.933,88 euros + 52.066,11 euros (IVA 21%)
b) Publicidad: Perfil de Contratante.
c) Criterios para la adjudicación: Oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de negociación.
d) Número de licitadores participantes: 22.
5. Adjudicación del contrato:
a) Fecha: 2 de julio de 2018.
b) Contratista: Etosa Obras y Servicios Building, S.L.U. (B73801193).
c) Precio del contrato: 153.719,01 euros + 32.280,99 (IVA 21%).
6. Formalización del contrato: 25 de julio de 2018.
En Jumilla, 26 de julio de 2018.—La Alcaldesa, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
IV. Administración Local
Mazarrón
5115 Bases para la selección de un funcionario interino para cubrir una xxxxx xx xxxxxxxx xxxxxxxx 000, xxxxxxx en la plantilla de personal funcionario.
Por decreto de Alcaldía-Presidencia n.º 1116/2018 de fecha 22/06/2017, se han aprobado las bases y convocatoria de una plaza de funcionario interino para el puesto de operador de terminal 112 como sigue:
Bases para la selección de un funcionario interino para cubrir una xxxxx xx xxxxxxxx xxxxxxxx 000, xxxxxxx en la plantilla de personal
funcionario del muy Ilustre Ayuntamiento de Mazarrón por situación de servicios especiales del titular
Primera. - Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presentes bases la cobertura de la vacante de la plaza de operador de la plantilla de personal funcionario de esta Corporación, con carácter de interinidad, al ser necesaria su cobertura, en tanto en cuanto, permanezca en situación de servicios especiales el funcionario titular de la plaza, de acuerdo con lo estipulado en el apartado b) del Artículo 10, del R.D. 5/2015, de 30 de octubre del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico de Empleado Público.
Esta plaza tiene las siguientes características:
-Grupo, C; Subgrupo C2; Escala de Administración, Especial; Subescala, Servicios Especiales; Clase, Cometidos especiales; Denominación, Operador; Localidad, Mazarrón.
La referida plaza está adscrita a la Concejalía de Protección Civil del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón y entre las funciones a desarrollar destaca:
• Atender los terminales del 112, tomando o facilitando los datos del siniestro a quien proceda en el menor tiempo posible.
• Recibe órdenes directas del Jefe de Protección Civil.
• Atención de las llamadas telefónicas, y las realiza para resolver aspectos de su competencia, informando, tomando nota o pasando la comunicación.
• Atención de las comunicaciones por radio de los distintos servicios.
• Informatiza toda la información recabada por el servicio, bases de datos, etc.
• Aporta todos los datos referentes a un servicio, siniestro, etc., al mando que corresponda.
• Realiza la búsqueda de datos o medios que precisen los miembros del servicio.
• Es el único responsable durante su jornada laboral, del servicio, dependencias del 112, terminales, muebles, etc. (en ausencia de su superior).
• Efectúa parte diario del servicio.
• Colabora con la Policía Local según directrices del Jefe del Servicio de Protección Civil.
• Realiza además todas aquellas tareas análogas y complementarias que le sean asignadas por su superior relacionadas con las misiones propias del puesto.
Segunda. - Normativa de Aplicación
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes Bases, a lo regulado en las siguientes normas jurídicas:
-Lev 7/1985. de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
-Lev 39/2015. de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
Lev 40/2015. de 0 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx -XXXXX-.
Lev 3/2017, de 27 xx xxxxx, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 -LPGE 2017-.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local -TRRL-.
Real Decreto Legislativo 5/2015. de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
Tercera. - Proceso selectivo.
La selección del aspirante se efectuará de acuerdo con el artículo 10.2, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, mediante un procedimiento ágil que respetará en todo caso los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, reseñado en el artículo 18, observándose en todo caso lo expuesto por la Ley 3/2007, de igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer en el acceso a la función pública, debiendo ser tramitada con carácter de urgencia, debido a la necesidad inaplazable de cubrir la plaza ofertada.
El sistema de selección utilizado es el concurso oposición.
Cuarta. - Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57, del R.D. 5/2015 de 30 de octubre del texto refundido del Estatuto Básico de Empleado Público.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado inhabilitado.
e) Poseer el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Quinta. - Forma y plazo de presentación de instancias.
5.1 Aprobación de la convocatoria
Una vez aprobada la convocatoria por la Junta de Gobierno del M. I. Ayuntamiento de Mazarrón, al gozar de esta competencia por delegación de la Alcaldía-Presidencia de acuerdo con los artículos 21 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, conteniendo el anuncio de dicha convocatoria y las bases que la han de regir.
5.2 Forma v plazo de presentación de instancias.
5.2.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, deberán estar debidamente cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las Base cuarta, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de instancias, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx.
5.2.2.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su sede electrónica, con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, que será xx xxxx días hábiles.
Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional. En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio que, en todo caso, se realizará transcurridos un mínimo de 10 días naturales desde la publicación.
De no presentarse reclamaciones la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva, haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior.
5.2.3.- Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los interesados interponer el recurso potestativo de reposición previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, o alternativamente recurso contencioso- administrativo, en los términos de la vigente Lev 29/1998. de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
5.2.4.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
Sexta. - Órgano de selección.
6.1.- El órgano de selección estará compuesto por los siguientes miembros, todos ellos con voz y voto. En todo caso, habrán de poseer titulación académica igual o superior a la exigida a los candidatos.
- Presidente: Un funcionario xx xxxxxxx del Ayuntamiento de Mazarrón de titulación igual o superior a la exigida.
- Secretario: El/La Secretario General de este Ayuntamiento.
- 3 Vocales, funcionarios xx xxxxxxx, con igual o superior titulación académica que la exigida en la convocatoria.
El órgano de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
Los miembros del tribunal de selección serán personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.
6.2.- A efectos de lo dispuesto en el artículo 30 y en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, sobre indemnizaciones por razón del servicio, el órgano de selección que actúe en esta prueba selectiva, tendrá la categoría segunda.
6.3.- En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la composición del órgano de selección a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros. La composición del órgano de selección incluirá también la de los respectivos suplentes, que serán designados conjuntamente con los titulares. La resolución se anunciará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su sede electrónica.
6.4.- Para aquellas pruebas que lo requieran el órgano de selección podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del órgano de selección.
6.5.- No podrán formar parte del órgano de selección quienes hayan impartido cursos o trabajos para la preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
La Alcaldía podrá requerir a los miembros del órgano de selección una declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas. Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán comunicarlo a la Alcaldía en el plazo máximo de 5 días hábiles.
Séptima. - Sistema de selección.
La Selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición.
7.1 Fase de concurso.
La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. La puntuación obtenida en la presente fase no podrá exceder de 7.5 puntos de los 17.5 puntos totales de ambas fases de las que se compone el proceso selectivo.
La documentación relativa a los méritos a valorar en la fase de concurso deberá ser aportada junto con la instancia de participación, en sobre cerrado.
Serán méritos puntuables:
1.- Experiencia profesional.
2.- Formación específica.
Los méritos alegados y justificados documentalmente serán valorados con arreglo al siguiente baremo:
1.- Experiencia profesional.
Por el desempeño de funciones propias de la plaza convocada, en cualquier Administración Pública, se valorará a razón de 0,06 puntos por cada mes completo de servicios, con un máximo de 2.50 puntos.
1.1.- Por colaboración como voluntario, en agrupaciones municipales de protección civil, 0.20 puntos por cada 10 horas, con un máximo de 2 puntos.
2.- Formación específica.
Por la realización de cursos específicos que estén directamente relacionados con la plaza convocada y con las características de la misma, expuestas en la base primera de la convocatoria, se valorarán a razón de 0.10 puntos por cada 10 horas lectivas o fracción, con un máximo de 1. Puntos por cada curso. La puntuación máxima de este apartado no podrá exceder de 3.00 puntos.
7.2 Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de un examen tipo test que verse sobre los temas que se establecen en el anexo I de estas bases.
La puntuación del ejercicio será de 0 a 10 puntos.
Octava.- Calificación del proceso.
8.1 CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN
El ejercicio tipo test constará de 20 preguntas. Cada pregunta acertada se valorará con 0,5 puntos
La calificación de la fase de oposición es la suma obtenida en el ejercicio tipo test, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos.
La corrección y calificación del ejercicio, siempre que sea posible, se hará de forma anónima, utilizándose para ellos sistemas que garanticen la objetividad de las puntuaciones otorgadas y el anonimato de los aspirantes.
8.2 CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO
Baremados los méritos, el órgano de selección expondrá al público la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en esta fase, así como la de aprobados por orden de puntuación total, concediéndoles un plazo de 10 días hábiles para que formulen las reclamaciones y alegaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.
La puntuación final vendrá determinada por la suma de la puntuación de la fase de oposición y la de concurso. En caso de empate se decidirá a favor del aspirante que haya obtenido más puntuación en la fase de oposición, y en caso de persistir el empate se decidirá por sorteo. La lista se hará pública, en el tablón anuncios de este Ayuntamiento y en su sede electrónica.
Se considerará que ha superado el proceso el aspirante haya obtenido la mayor puntuación.
Novena. - Relación de aprobados.
9.1 Relación de aprobados.
El órgano de selección elevará la lista a la Alcaldía junto con el acta de la última sesión, en la que habrán de figurar los aspirantes que hayan superado las pruebas, ordenados por de mayor a menor puntuación, así como el aspirante propuesto para la plaza, que será el de mayor puntuación. Quienes no reúnan los requisitos exigidos, no podrán ser seleccionados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
9.2 Presentación de documentos.
El aspirante propuesto deberá presentar ante el M. I. Ayuntamiento de Mazarrón, dentro del plazo xx xxxx días naturales desde que se publica en el Tablón de edictos del Ayuntamiento la superación del presente proceso selectivo, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, así como los originales de los méritos aportados. La no acreditación de los documentos comportará la nulidad de la propuesta de selección.
9.3 Nombramiento.
La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía-Presidencia a favor del aspirante propuesto por el Tribunal, quien deberá tomar posesión en el plazo xx xxxx días a contar desde el día siguiente a aquel en que se notifique el nombramiento.
Décima. - Bolsa de Trabajo.
La Alcaldía dictará Resolución formando la bolsa de trabajo, de conformidad con la lista elevada por el tribunal. A esta bolsa de trabajo, a la que podrá acudirse directamente cuando resulte necesaria la contratación laboral de un operador.
Esta bolsa permanecerá vigente hasta tanto se constituya las derivadas de los procesos selectivos de la siguiente oferta de empleo público para la especialidad o categoría profesional objeto de la presente convocatoria.
Las diversas necesidades que sea necesario cubrir a través de esta Bolsa, se notificarán a los aspirantes seleccionados para ser contratados temporalmente como operador, mediante cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral.
Una vez nombrados, deberán prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del puesto, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.
La bolsa de trabajo, se sujetará a las siguientes reglas:
1.- El aspirante dispondrá de un plazo máximo de cinco días hábiles desde el llamamiento para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Base Cuarta. En el supuesto de no presentarla en el indicado plazo, se entenderá que rechaza la oferta y se situará al final de la lista de inscritos. Si el rechazo se efectúa dos veces consecutivas, será excluido de la bolsa.
2.- En aquellos casos en que se rechace la oferta alegando incapacidad laboral transitoria o maternidad, se les mantendrá el orden que originalmente ocupaban en la bolsa. La concurrencia de tales causas deberá quedar suficientemente acreditada por cualquier medio admisible en Derecho.
3.- Quienes hayan sido contratados, una vez cesados, volverán a ocupar el mismo lugar que tenían en la bolsa.
Decimoprimera. - Incidencias.
El órgano de selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta convocatoria y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Decimosegunda. - Vinculación de las bases.
Las presentes Bases vinculan al Ayuntamiento, al órgano de selección y a quienes participen en las pruebas selectivas. Tanto las Bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano de selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Lev 39/2015. de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
Los miembros del órgano de selección serán personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.
Contra estas Bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxx en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (EDL 1998/44323). Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
Segundo.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx y en la página web del Ayuntamiento para su conocimiento y efectos.
Anexo 1. Temario
Parte general
Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Principales derechos y deberes de los españoles contenidos en la constitución.
Tema 2.- La Corona. Las Cortes generales: composición y funciones. El Gobierno. El Poder Judicial.
Tema 3.- La organización territorial del Estado. Administración Central. Administración autonómica. La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Órganos que comprende.
Tema 4.- La administración Local. Principios Constitucionales. La Provincia. El Municipio. Mancomunidades. Agrupaciones. La Comarca.
Tema 5.- El Municipio. Concepto y elementos del municipio. El Ayuntamiento pleno. El Alcalde. Los tenientes xx xxxxxxx. La Junta de Gobierno Local. Competencias municipales. Idea sobre la estructura de los principales servicios administrativos del ayuntamiento.
Tema 6.- Personal al servicio del Ayuntamiento. Funcionarios. Personal laboral. Derechos y deberes. Sindicación. Seguridad social y derechos pasivos.
Tema 7.- Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. El acto administrativo. Principios generales y fases del procedimiento administrativo.
Tema 8.- Fuentes del derecho público: La ley y el reglamento: fundamentos conceptos y clases. Límites de la potestad reglamentaria. Especial consideración de la potestad reglamentaria.
Parte específica
Tema 1.- Norma Básica de Protección Civil.
Tema 2.- Ley 17/2015 de 9 de julio del Sistema Nacional de Protección Civil. Tema 3.- Plan de salvamento en playas del Ayuntamiento de Mazarrón.
Tema 4.- Ordenanza municipal de uso y disfrute de playas
Tema 5.- La Agrupación de voluntarios de Protección Civil de Mazarrón.
Finalidad y organización, derechos y obligaciones.
Tema 6.- Plan Copla de la Región xx Xxxxxx. Estructura y organización. Tema 7.- Plan Copla de la Región xx Xxxxxx. Operatividad del Plan.
Tema 8. Reglamento de Organización y funcionamiento de la Policía Local de Mazarrón.-
Organización del cuerpo, Estructura y plantilla
Tema 9.- Reglamento de Organización y funcionamiento de la Policía Local de Mazarrón.-Funciones.
Tema 10.- Decreto 67/1997 por el que se implanta el servicio de atención de llamadas de urgencia 112, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Tema 11.- Protocolo de aviso y seguimiento de meteorología adversa en la Región xx Xxxxxx.
Tema 12.- El Municipio de Mazarrón. Playas, Pedanías, Núcleos de Población.
ANEXO II
Solicitud de participación en el proceso selectivo para proveer una plaza de operador en el Ayuntamiento de Mazarrón, como funcionario interino.
DATOS PERSONALES
Nombre y apellidos del solicitante | •• |
D.N.I. | •• |
Dirección | •• |
Teléfono | •• |
Correo electrónico | •• |
Expone:
Que conoce las bases de la convocatoria para proveer una plaza de operador en el Ayuntamiento de Mazarrón, como funcionario interino.
Que cumple los requisitos establecidos en las mismas. Por lo que solicita:
Tomar parte en el proceso selectivo.
Documentos que acompaña:
Fotocopia del D.N.I. o pasaporte. Méritos en sobre cerrado.
Mazarrón, a Firmado:
Mazarrón, 00 xx xxxxx 0000.—La Alcaldesa-Presidenta, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.—Ante mí, el Secretario Accidental, Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx.
IV. Administración Local
Murcia
5116 Decreto de modificación del régimen de asignación de miembros
del Grupo Municipal Cambiemos Murcia.
Por decreto de la Alcaldía de fecha 26 xx xxxxx de 2018 se ha resuelto lo siguiente:
“Vista la solicitud del Portavoz del Grupo Municipal Cambiemos Murcia y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de Pleno de fecha 3 de julio de 2015, sobre el régimen de asignaciones a los miembros de la Corporación, y a tenor de lo dispuesto por el art. 75.5. de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, vengo en disponer:
Primero.- Dejar sin efecto decreto de esta Alcaldía de fecha 7 de noviembre de 2017, en lo referente a la adscripción al régimen de Dedicación Parcial sin Delegación de Competencias de don Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx a fecha 30 xx xxxxx de 2018 y adscribirlo al régimen de Dedicación Exclusiva sin delegación de competencias con efectos de 1 de julio de 2018.
Segundo.- Así mismo dejar sin efecto, a fecha 30 xx xxxxx de 2018, decreto de esta Alcaldía de fecha 23 xx xxxxx de 2018 sobre adscripción al régimen de Dedicación Exclusiva sin delegación de competencias de xxxx Xxxxxxxxx xxx Xxxxx Guerrero Xxxxxxxx y adscribirla al régimen de Dedicación Parcial sin Delegación de Competencias, con efectos de 1 de julio de 2018.
Tercero.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx.”
Murcia 28 xx xxxxx de 2018.—El Secretario General del Pleno del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx.
IV. Administración Local
Totana
5117 Modificación del apartado 21 en el Art. 19 del acuerdo xxxxx y convenio colectivo (jornada laboral y horario de la E.I. Xxxxx Xxxxxxxxx).
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día treinta y uno xx xxxx de dos mil dieciocho, aprobó la modificación del apartado 21 en el art. 19 del acuerdo xxxxx y convenio colectivo con el siguiente texto:
“19.21- La jornada de trabajo de las Escuelas Infantiles se realizará de forma continuada, en turnos de mañana y tarde, en computo anual igual al del resto de empleados públicos, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) El horario de los centros de trabajo será de 08’00 horas hasta las 17’00 horas, con la excepción de la 1.ª Semana de enero, los meses de Julio y Septiembre, el día de la excursión, el día xx Xxxxx, el día de San Xxxxxx y el día de la fiesta de fin de curso, que será de 08’00 a 14’00 horas.
b) Los centros permanecerán cerrados el lunes, martes y miércoles de Semana Santa y la última semana de diciembre. También cerraran el Día del Maestro (27 de noviembre), en sustitución de la celebración de Santa Xxxx. Caso de ser festivo se trasladará al lunes siguiente.
c) En el mes de julio, y como consecuencia de la adaptación al horario general aprobado para todo el personal del Ayuntamiento, se compensará en tiempo libre medio mes, permaneciendo abierta la Escuela todo el mes.
d) Además de lo anterior, en la negociación del calendario laboral y cálculo de las jornadas de trabajo, se podrá establecer los días de libre disposición necesarios para que el cómputo real sea igual que al resto de los trabajadores de este Ayuntamiento. Se computarán como trabajo efectuado, a los efectos del computo anual, los 30 minutos diarios del desayuno no disfrutados por tener atención permanente a los niños a su cargo.”
Totana, a 26 xx xxxxx de 2018.—El Alcalde, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
IV. Administración Local
Totana
5118 Aprobado inicialmente el expediente n.º 4/2018 de anulación y rectificación de saldos contables de derechos pendientes de cobro de ejercicios cerrados, por fallidos.
Aprobado inicialmente expediente n.º 4/2018 de Anulación y Rectificación de saldos contables de Derechos pendientes de cobro de ejercicios cerrados, por fallidos, por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de fecha 26 de julio de 2018, se expone al público el expediente instruido, con indicación de que se convoca trámite de información pública a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tenga por conveniente.
El plazo de exposición será de veinte días a contar a partir del día siguiente a la de la fecha de publicación el presente anuncio en el BORM de conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
Totana, 27 de Julio de 2018.—El Alcalde, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
IV. Administración Local
Yecla
5119 Calendario y horario de presentación de documentos de forma presencial en el registro municipal (oficina de asistencia en materia de registros).
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 3 de julio de 2018 adoptó el siguiente acuerdo:
Resultando que la Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 26 de febrero de 2002, adoptó acuerdo sobre el calendario y horario de apertura de los Registros Municipales.
Teniendo en cuenta que dado que el referido calendario y horario ha sufrido diferentes modificaciones por diversos acuerdos y disposiciones legales y reglamentarias, resulta conveniente para mayor seguridad jurídica de los ciudadanos, precisar y actualizar el mencionado acuerdo.
Y visto el informe emitido por Secretaría con fecha 2 de julio de 2018.
La Junta de Gobierno Local adopta por unanimidad los siguientes acuerdos:
1. El Registro Municipal (Oficina de asistencia en materia de registros) permanecerá abierto para la presentación física de documentos, todos los días laborables de lunes a viernes, de 10:30 a 15:00 horas, con las siguientes excepciones, en que el horario será de 10:30 a 14 horas:
- Lunes, martes, miércoles, y en su caso Jueves Santo.
- Meses de julio, agosto y septiembre (hasta el viernes siguiente al lunes festivo local de la Feria de Septiembre).
- Del día 24 de diciembre al 6 de enero, ambos incluidos.
Yecla, a 23 de julio de 2018.—El Alcalde, Xxxxxx Xxxxxx Xxxx.
V. Otras Disposiciones y Anuncios
Ilustre Colegio Notarial xx Xxxxxx
5120 Devolución de fianza.
Habiendo fallecido en activo el notario de este Colegio Notarial xx Xxxxxx, xxx Xxxxx Xxxxx Madrid Xxxxxx, su viuda ha presentado escrito, en este Decanato, solicitando la devolución de fianza que tiene constituida como garantía para el cargo xx Xxxxxxx el cual desempeñó en las plazas de Caravaca de la Xxxx y Yecla (de este Colegio Notarial xx Xxxxxx).
En su virtud se fija el plazo de un mes, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, para formular reclamación, contra la mencionada fianza, ante la Junta Directiva de este Colegio Notarial xx Xxxxxx.
Murcia, 25 xx xxxxx de 2018.—El Decano Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
V. Otras Disposiciones y Anuncios
Comunidad de Regantes “Los Ángeles” Siscar-Murcia
5121 Convocatoria a Junta General Ordinaria.
Por la presente, se convoca a los comuneros a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar el próximo día 7 de septiembre de 2018 (viernes), a las 19:30 horas en primera convocatoria, y si no hubiera mayoría absoluta dicha Junta se celebrará el mismo día a las 20:00 horas, ambas tendrán lugar en el local social de la comunidad, para tratar el siguiente orden del día.
Orden del día
1.- Lectura y aprobación, si procede, de la parte final del acta de la Asamblea General marzo 2018, de todo lo relacionado con el turno de xxxxxx y preguntas.
2.- Informe de la Memoria Semestral.
3.- Presupuesto ingresos y gastos 2019.
4.- Ratificación acuerdo contrato suministro agua desaladora.
5.- Elección del Presidente de nuestra Comunidad, por vencimiento de su cargo. 6.-Elección de cargos del Sindicato xx Xxxxxx, por vencimiento de su cargo. 7.- Xxxxxx y preguntas. Derechos sobre el uso de las infraestructuras xx
xxxxx en la zona de la sierra.
8.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta celebrada. El Presidente.
Los documentos a los que se refiere el orden del día y que son motivo de debate, estarán a disposición de todos los comuneros 15 días antes de la celebración de la Asamblea y podrán solicitar copia gratuita de los mismos.
Todos los Comuneros deben identificarse presentando el carnet de identidad. Los votos por delegación, deben justificarlos presentando las respectivas autorizaciones firmadas por ambos Comuneros y fotocopia del carnet de identidad del comunero que delega; las autorizaciones las pueden recoger en la oficina.