Aprobado por Decreto del Concejal Delegado nº 10225 de fecha 03/11/2011
Aprobado por Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx 00000 de fecha 03/11/2011
PLIEGO DE CLAUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTES EN LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del contrato la prestación de los Servicios postales generados en el ámbito del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, de acuerdo con las especificaciones que se detallan en este Pliego.
Sin perjuicio de las particularidades que se indican en este Pliego, la prestación de los servicios postales se ajustará a lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y xxx xxxxxxx postal, y sus correspondientes disposiciones de desarrollo.
Codificación CPV de la Comisión Europea: 64110000-0
2.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con el artículo 10 y Anexo II de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, de 30 de octubre (en adelante LCSP), el presente contrato se califica como CONTRATO DE SERVICIOS.
3.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
El expediente tiene carácter ordinario, tramitándose por procedimiento abierto mediante determinación de la oferta económicamente más ventajosa atendiendo a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, conforme disponen los artículos 141 y 134 de la LCSP.
4.- TIPO DE LICITACION.
El perfil de consumo del ANEXO X xxx xxxxxx de condiciones técnicas será utilizado a modo orientativo a efectos del cálculo del precio ofertado y como parte de la valoración económica de la oferta de cara a que la comparación entre las diferentes ofertas sea homogénea.
El licitador, siguiendo la estructura del perfil de consumo, deberá incluir en su propuesta un listado de precios unitarios lo más detallado posible en el que deberán constar su oferta completa de tarifas y descuentos al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
En todo caso, el tipo de licitación como suma de todos los servicios licitados no podrá ser superior a 125.000 € anuales, IVA incluido.
En base a estos consumos, se señalan como tipos máximos de licitación para cada servicio postal, los precios oficiales para 2011 de los servicios postales del prestador del Servicio Postal Universal, actualmente la empresa Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. Cada uno de esos precios detallados son precios máximos, no pudiéndose ofertar, en ningún apartado, precios que superen los allí definidos. La Oferta deberá cubrir la totalidad de los servicios postales detallados en la cláusula 5 xxx xxxxxx de condiciones técnicas.
5. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL ADJUDICATARIO
5.1. Cobertura del servicio
La cobertura del servicio mínima con la red propia del licitador será de un 100 % en envíos locales a Alcobendas y San Xxxxxxxxx de los Xxxxx; un 90% en la Comunidad Autónoma de Madrid y de un 70% del resto del Territorio Nacional. Los licitadores deben comprometerse en su oferta a cumplir estas coberturas mínimas. Si el adjudicatario del servicio no cumpliese con estos requisitos de cobertura será causa justificada de rescisión del contrato con las penalizaciones correspondientes. En todo caso, estará obligado a tramitar el 100% de los envíos. El resto de los envíos fuera de su área de cobertura se enviarán a través de la red del operador postal universal designado en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, debiendo desglosarse en la oferta económica para cada tipo de servicio postal los precios aplicados para la cobertura propia del licitador y para los envíos fuera de su área de cobertura.
5.2. Medios materiales
La empresa adjudicataria deberá contar con los medios materiales y humanos suficientes para poder cumplir adecuadamente con los plazos mínimos solicitados en el presente pliego.
5.3. Condiciones técnicas
La empresa adjudicataria deberá disponer de una página Web, o cualquier otro sistema mecanizado que permita a las distintas sedes del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx y sus Organismos Autónomos elaborar los albaranes para el depósito de los envíos, así como realizar el seguimiento y control de los envíos registrados. Así mismo el adjudicador proporcionara para el acceso una entrada de usuario y una clave la cual le permitirá al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx el acceso a la información relacionada con el servicio contratado
Los modelos xx xxxxxxx deben contener la información necesaria y suficiente para el control y la facturación de los envíos: unidad que deposita, tipo de envío, tramos de peso, modalidad, ámbitos de destino, servicios adicionales, etc.
Con el fin de que los destinatarios puedan recoger los envíos que no consigan ser entregados en su domicilio, la empresa adjudicataria deberá disponer de una red de oficinas de atención al público, a pié xx xxxxx, que cumpla como mínimo los siguientes requisitos:
Existirá al menos una oficina, con personal debidamente capacitado, en las capitales de provincia, y además, en el Municipio xx Xxxxxxxxxx.
El horario de atención al público de estas oficinas será, como mínimo, de 6 horas en jornada de mañana y tarde, de lunes a viernes.
A efectos de control, calidad, y posibles reclamaciones, la empresa adjudicataria deberá estampar en los envíos que se le confíen su sello o cualquier otra identificación inequívoca.
5.4. Protección de datos y tratamiento de la información
En cumplimiento de las estipulaciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), los datos que faciliten quedaran incorporados en los ficheros automatizados del licitador y serán tratados por esta entidad con la finalidad de prestación de servicio de distribución.
El licitador se compromete a que los datos facilitados serán tratados de forma totalmente confidencial y, según todas las medidas de seguridad establecidas por la Ley con el fin de evitar accesos y tratamientos no autorizados. Sin perjuicio de lo anterior, el licitador podrá revelar a las Autoridades Públicas competentes los datos de carácter personal y cualquier otra información que estime en su poder a través de los sistemas informáticos y que le sea requerida, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
El licitador. se compromete a que los referidos datos no serán cedidos a terceras empresas.
En cumplimiento del artículo 12.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, el licitador retendrá durante un período máximo de doce meses aquellos datos imprescindibles para identificar el origen de les datos alojados y el momento en que se va iniciar la prestación del servicio.
La obligación de retención de los datos no afectará al secreto de las comunicaciones. Los datos retenidos, lo serán a efectos de seguridad, y no serán utilizados con fines distintos de los indicados en la citada Ley.
6 .-FORMA DE PAGO Y FACTURACION
El pago se efectuará mediante la presentación, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, de la correspondiente factura, que se abonará previo informe del Departamento correspondiente, la fiscalización de la Intervención Municipal y una vez aprobada por el Órgano Municipal competente. Las facturas de los organismos autónomos, serán independientes para cada uno de ellos que serán los encargados de abonarlas.
El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el art. 200.4 de la LCSP y conforme lo dispuesto en la disposición transitoria octava de dicha norma legal, en los términos de la nueva redacción aprobada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
La empresa adjudicataria facturará mensualmente los servicios prestados de acuerdo con el precio ofertado y la información de los albaranes admitidos. Se emitirá una factura individualizada, en la que se detallará pormenorizadamente el número de envíos por tipo de servicio, tramos de peso, ámbitos de destino y valores añadidos cuando proceda.
Asimismo, deberá constar el precio unitario de cada envío, el I.V.A. y el importe total.
7.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
Para el gasto que supone esta contratación, el Ayuntamiento se compromete a consignar los créditos precisos para atender las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato hasta su conclusión.
El importe máximo del contrato por los posibles 4 años de duración será de 500.000 €, IVA incluido, que incluyen los 2 años iniciales y 2 años de prórroga.
El desglose por anualidades es el siguiente:
Año 2012 (12 meses)......... 125.000 Euros IVA incluido
Año 2013 (12 meses)......... 125.000 Euros IVA incluido
Año 2014 (12 meses)...... 125.000 Euros IVA incluido, en caso de prórroga
Año 2015 (12 meses)....... 125.000 Euros IVA incluido, en caso de prórroga
8.-PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de 2 años, prorrogables anualmente hasta 2 años más, previo acuerdo de las partes. Dicho plazo comenzará a partir del día siguiente al de la firma del contrato.
9. REVISION DE PRECIOS
Los precios que aplique el licitador para los envíos dentro de su red de cobertura se podrán revisar a partir del año siguiente a su formalización, previa solicitud, en un porcentaje del 85% del IPC general de los doce meses anteriores a la adjudicación. Los precios aplicados a los envíos fuera de la red serán revisados conforme a las tarifas oficiales que fije en cada momento el prestador del Servicio Postal Universal.
10.- CLAUSULA DE RESERVA DEL AYUNTAMIENTO
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx se reserva la posibilidad de llevar a cabo las notificaciones en aquellos expedientes administrativos que deriven en recursos, ya sean administrativos o contenciosos-administrativos, mediante la utilización del operador designado en la Disposición Adicional Primera de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, “Correos y Telégrafos, S.A.”, como consecuencia del carácter probatorio de los documentos públicos, por remisión a lo establecido en el artículo 319.2 LEC y artículos 1218, 1220 a 1222 del Código Civil y artículos 30 a 33 del Código de Comercio.
En estos casos, será necesario informe del Director del Departamento en el que se justifique el supuesto de hecho concreto.
11.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto haga la oferta económicamente más ventajosa de acuerdo con el perfil de consumos detallados en el ANEXO X xxx xxxxxx de condiciones técnicas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente.
Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica:
CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR
Cobertura del servicio postal a nivel local, nacional e internacional.
1.2.) Gestión del Servicio: valoración de los medios materiales y humanos, las condiciones técnicas, compromiso de atención al cliente y el tratamiento de la información por encima de las obligaciones mínimas establecidas en la cláusula 6 xxx xxxxxx técnico.
SUBTOTAL CRITERIOS DE JUICIO DE VALOR………………………35 PUNTOS
CRITERIOS QUE SE APLICARÁN MEDIANTE FÓRMULA.
OFERTA ECONÓMICA: se puntuará por el tipo de licitación GLOBAL anual con arreglo a la información contenida en los cuadros definidos en el ANEXO X xxx xxxxxx de condiciones técnicas, en los que se deberá desglosar cada uno de los precios unitarios, pudiéndose obtener un máximo de 65 puntos.
La puntuación de las ofertas económicas se determinará según la siguiente fórmula:
La oferta más baja respecto al tipo de licitación, obtendría la máxima puntuación.
No obstante, la puntuación máxima se calcula valorando el porcentaje de baja que la media aritmética de las ofertas válidas presentadas tiene sobre el tipo de licitación, según la siguiente fórmula:
Tipo licitación - media de las ofertas
D (en tanto por ciento)= x 100 Tipo licitación
|
D <= |
3% |
9,00 |
3% |
< D <= |
6% |
19,00 |
6% |
< D <= |
9% |
32,00 |
9% |
< D <= |
12% |
39,00 |
12% |
< D <= |
15% |
45,00 |
15% |
< D <= |
18% |
52,00 |
18% |
< D <= |
21% |
58,00 |
|
D > |
21% |
65,00 |
El tramo de la escala que corresponda con la baja media respecto al tipo de licitación (variable “D”), corresponderá a la puntuación máxima (“PM”) que se otorgue a la mejor oferta. La puntuación de cada oferta, se hallará por una simple regla de tres según la siguiente fórmula:
TL - Ox
Px = x PM
TL - Om
Px: puntuación de la oferta.
TL: tipo de licitación.
Ox: oferta que se puntúa.
Om: oferta más baja
PM: puntuación máxima (según la escala)
Se calculará la media aritmética de las ofertas y se considerarán desproporcionadas o temerarias las que sean inferiores en más de 50 unidades porcentuales al tipo de licitación.
SUBTOTAL CRITERIOS MEDIANTE FORMULA…….…………65 PUNTOS
SUMA TOTAL PUNTUACION:……………..……..……….……..100 PUNTOS
En caso de empate entre varias empresas licitadoras tendrá preferencia la empresa que acredite un mayor porcentaje de discapacitados en plantilla, siempre que dicho porcentaje supere el 2 %.
En defecto de la anterior preferencia, y en caso de empate, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta presentada por empresa dedicada expresamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social.
Las anteriores preferencias se aplicarán conforme lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la LCSP.
12.- GARANTÍAS
PROVISIONAL: No se exige garantía provisional.
DEFINITIVA: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el siguiente a la recepción del requerimiento que le efectúe el órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 135.2 de la LCSP deberá depositar la garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación, excluido el IVA, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público y en caso de constituirse mediante aval el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el Anexo correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
Trámite de ingreso de la garantía definitiva:
El ingreso en efectivo se efectuará del siguiente modo: se solicitará del Departamento de Contabilidad (1ª planta del edificio del Ayuntamiento) la emisión de la oportuna carta de pago para efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora.
La carta de pago con los datos del ingreso de la garantía definitiva, debe entregarse en el Departamento de Contratación.
En caso de constituirse mediante aval, valores o mediante contrato de seguro de caución, deberá efectuarse su ingreso previo en la Tesorería Municipal (1ª planta del edificio del Ayuntamiento) y habrán de ajustarse a los requisitos establecidos en los artículos 55 a 58 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Si la constitución de garantía es mediante aval, el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el ANEXO correspondiente, que figura al final del presente Xxxxxx.
La carta de pago de ingreso en Tesorería en el caso de la garantía definitiva debe entregarse en el Departamento de Contratación.
13.-GASTOS.
Se fija en 1.200 euros el importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a que se refiere el art. 126.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión que debe abonar el adjudicatario, de conformidad con el art. 75 del RGLCAP.
El trámite para ingresar los gastos de publicidad será en efectivo siguiendo los trámites establecidos en la cláusula anterior.
14.- CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR.
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad establecidos en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, y estén en posesión de la clasificación o solvencia requerida en el Pliego de Condiciones Técnicas.
La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria.
15.- PUBLICIDAD PREVIA
De conformidad con lo señalado en los artículos art. 126 y 143 de la Ley de Contratos del Sector Público, el procedimiento a que se refiere el presente Xxxxxx será anunciado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Además los anuncios se publicarán en el perfil de contratante ubicado en la página web institucional, en cumplimiento del art. 42 LCSP.
16.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS
El plazo de presentación de ofertas para contratos sujetos a regulación armonizada no será inferior a 52 DIAS NATURALES a contar desde la fecha de envío del anuncio para su publicación en el diario Oficial de la Unión Europea. Se reducirán 7 días puesto que se preparan y envían los anuncios por medios electrónicos o telemáticos. En consecuencia, el plazo de presentación de ofertas queda fijado en 45 días naturales.
El Pliego de condiciones está disponible en el perfil del contratante dentro de la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx: xxx.xxxxxxxxxx.xxx.
Antes de las 14 horas del último día del plazo, los interesados podrán entregar las plicas en el Registro General del Ayuntamiento, Xxxxx Xxxxx xx 0- 00000 Xxxxxxxxxx o se enviarán por correo cumpliendo con los requisitos del art. 80 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se establezca.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados y lacrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y con los siguientes datos:
Nombre y apellidos o razón social de la empresa.
CIF o NIF.
Persona de contacto.
Dirección Postal.
Nº de Teléfono, Fax, correo electrónico.
En caso de presentarse bajo el compromiso de constituir una UTE, en el sobre figurarán los anteriores datos de todas las empresas que la formen.
En el interior de cada sobre se incluirá un índice o relación numérica detallando su contenido.
Sobre 1. Documentación Administrativa.
La documentación administrativa podrá aportarse por cualquiera de los siguientes modos, a elección del licitador:
A).- Registro de licitadores.
En caso de encontrarse inscrito el licitador en el Registro de licitadores de la Comunidad de Madrid, bastará con la presentación de original o fotocopia compulsada de la certificación correspondiente, vigente a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a cuyo efecto se acompañará de declaración expresa de que los datos incluidos en la certificación se mantienen en vigor y de que no ha experimentado variación.
La aportación de esta certificación deberá ir acompañada del resguardo acreditativo de haber depositado la garantía provisional, en su caso y, o bien la clasificación acompañada de una declaración de vigencia, o bien de la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, según se requiera en el Pliego Técnico, así como de la dirección a efectos de notificaciones conforme el apartado C, f).
B).- Diligencia:
Se podrá aportar, en el Departamento de Contratación con anterioridad a la presentación de la oferta, la documentación que a continuación se relaciona con objeto de crear una base de datos de licitadores para las contrataciones exclusivamente del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx (exceptuando los Patronatos Municipales y las Empresas Municipales):
1) Escritura de Constitución y de todas sus modificaciones; 2) Escritura de Poder o similar; 3) Bastanteo de Poder; 4) Declaración expresa de que el poder no está revocado; 5) Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración; 6) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y 7) Certificación del 2% de empleados minusválidos u otros documentos recogidos en la letra e) de este apartado.
Se expedirá una diligencia que servirá para las licitaciones, eximiendo de la presentación de toda la documentación referenciada, durante un plazo de 6 meses.
La aportación de esta certificación deberá ir acompañada del resguardo acreditativo de haber depositado la garantía provisional, en su caso y, o bien la clasificación acompañada de una declaración de vigencia, o bien de la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, según se requiera en el Pliego Técnico, así como de la dirección a efectos de notificaciones conforme el apartado C, f).
C).- Aportación de la siguiente documentación:
Deberán presentar originales o fotocopias debidamente compulsadas por Notario o por el Secretario General de este Ayuntamiento.
Carta de pago justificativa de haber depositado la garantía provisional, si procede (según el trámite establecido en la cláusula “GARANTÍAS” xxx xxxxxx).
La falta de constitución de la garantía provisional será motivo de exclusión de la licitación.
Los documentos que acrediten la personalidad del ofertante y, en su caso, su representación (D.N.I., Escritura de Constitución, Elevación a Público de Acuerdos, Escritura de Poder, representación, etc..). Tratándose de personas jurídicas, el poder deberá estar inscrito en los Registros Oficiales necesarios según su naturaleza.
La escritura de Poder deberá acompañarse de declaración expresa de que el poder no se encuentra revocado.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad jurídica se acompañarán a la proposición bastanteados por el Secretario General del Ayuntamiento, a cuyo efecto, deberán ser presentados previamente en la Oficina de Contratación Municipal (3ª planta del edificio del Ayuntamiento), en atención al siguiente trámite:
Podrá efectuarse en cualquier momento desde la apertura de la licitación hasta las 48 horas previas a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, requiriéndose la aportación de escritura de constitución de Sociedad, escritura de poder, D.N.I. del apoderado e ingreso de la tasa correspondiente (según ordenanzas municipales) en las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento. Este documento tendrá una validez de 6 meses.
Las personas físicas no han de realizar este trámite.
Acreditación de la clasificación o solvencia económica y técnica o profesional en los términos expuestos en la cláusula de “Criterios de selección y capacidad para contratar” xxx Xxxxxx Técnico.
En su caso, deberá acompañarse la clasificación de declaración expresa de que la misma se mantiene en vigor y que no ha experimentado variación.
Declaración en la que el licitador afirma bajo su responsabilidad que no se halla comprendido en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración, a que se refieren los artículos 49 y concordantes de la LCSP.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.
La declaración correspondiente a las obligaciones tributarias podrá sustituirse por la autorización que realice el adjudicatario para que, por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx se acceda a los datos tributarios de su empresa, cumplimentando para ello el modelo que figura en el Anexo correspondiente del presente Xxxxxx.
Certificación relativa al cumplimiento de la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, a trabajadores minusválidos en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y por tanto el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de integración social de minusválidos.
Esta certificación podrá sustituirse por una declaración de excepcionalidad y adopción de medidas alternativas, según lo dispuesto en el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
En el caso, de que la Sociedad licitadora no esté obligada al cumplimiento de tener en plantilla el 2% de trabajadores minusválidos por no superar los 50 trabajadores, se deberá aportar una declaración en la que conste tal circunstancia y que se comprometen a cumplir con la legislación vigente.
Correo electrónico y domicilio a efectos de notificación: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax.
Cualquier otro documento que, a criterio del licitador, ayude al Ayuntamiento a su mejor identificación y valoración de la oferta presentada.
En el caso de empresas extranjeras deberán aportar además:
Sus documentos constitutivos, traducidos al Castellano.
Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero Jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea acreditarán su capacidad de obrar mediante la aportación de los documentos previstos en los arts. 47 y 61.2 de la Ley de Contratos del Sector Público. La prueba, cuando se trate de empresas de estados miembros de la Unión Europea de no estar incursos los empresarios en las prohibiciones para contratar con la administración recogidas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, podrá también realizarse por declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial cuando esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, conforme a lo dispuesto en el art. 62.2 del indicado texto legal.
Las empresas extranjeras no comunitarias acreditarán su capacidad de obrar mediante la aportación de los documentos previstos en el art. 61.3 de la LCSP.
Sobre 2. Documentación Técnica:
En este sobre deberá introducirse exclusivamente la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada en los aspectos recogidos en la cláusula de criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
Será motivo de rechazo de la oferta la inclusión en este sobre de cualquier dato que se refiera a los criterios de aplicación mediante fórmula, así como a la propuesta económica.
Sobre 3. Proposición Económica.
En este sobre deberá introducirse exclusivamente los criterios de ponderación mediante fórmula, es decir la proposición económica conforme al modelo recogido al final xxx Xxxxxx, así como toda la documentación relativa al resto de criterios objetivos.
17.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación la constituirán las personas que a continuación se relacionan:
Presidenta: La Concejal Delegada del área que promueve la contratación: Xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
Vocales:
Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, grupo PP.
Xxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, grupo PP.
Xxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, grupo PP.
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx; suplente, xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, grupo UPyD.
Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx; suplente, indistintamente, cualquier miembro del grupo PSOE.
Doña Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx; suplente, xxx Xxxxxxx Xxx, grupo IU.
La interventora general del Ayuntamiento, xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue.
El director general de la Asesoría Xxxxxxxx, don Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, o funcionario en quien delegue.
El director de la Concejalía o Consejería que promueva la contratación o funcionario en quien delegue.
Con voz y sin voto:
Secretaria: La Jefa del Departamento de Contratación.
Los vocales concejales podrán delegar su asistencia en cualquier concejal de su grupo político, previo escrito presentado en la Secretaría de la mesa de contratación.
A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, actuando con voz pero sin voto.
Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha de la secretaria que sólo tendrá voz.
Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, la Secretaria, y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano.
18.-APERTURA DE OFERTAS
1) A las trece horas del día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas (a estos efectos se considerará inhábil el sábado) la Mesa de Contratación examinará, a puerta cerrada, la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1: Documentación administrativa. Se levantará acta incluyendo la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres.
La Mesa calificará la documentación y hará pronunciamiento expreso sobre las ofertas que se ajustan a los criterios de selección y son admitidas a trámite y las rechazadas y los motivos del rechazo.
Si la Mesa no hubiese observado defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se procederá seguidamente en acto público a la apertura de los sobres nº 2 correspondiente a la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación que requieran un juicio de valor, denominados criterios subjetivos en el Pliego de Condiciones.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada lo comunicará verbalmente a los licitadores que estén presentes y lo pondrá en conocimiento de aquellos que no lo estén, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles a contar desde la puesta en conocimiento del requerimiento, para su subsanación, mediante entrega de los documentos que corrijan o subsanen la documentación en el Departamento de Contratación, 3ª planta, Plaza Mayor, nº 1.
2) Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la mesa declarará admitidos al procedimiento a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
3) En este último caso, la apertura de la documentación de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos se llevará a cabo en acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, anunciándose en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación.
4) Se efectuará la evaluación de las ofertas conforme a los criterios dependientes de un juicio de valor y en el acto público de apertura del sobre nº 3, que se celebrará en la fecha que se señale en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación. En dicho acto se dará lectura, en primer lugar, a la valoración de los aspectos técnicos.
Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres nº 3 que contienen la oferta económica y la oferta técnica en cuanto puede ser valorado mediante fórmulas.
La Mesa de Contratación podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos antes de elevar propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación.
19.- ADJUDICACIÓN:
19. 1) Clasificación de las ofertas:
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes correspondientes, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no la incluirá en la clasificación de ofertas.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 que le reclame el órgano de contratación, así como constituir la garantía definitiva.
Igualmente el adjudicatario acreditará por escrito haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004 , de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la documentación al licitador siguiente en el orden de clasificación de las ofertas.
19.2) Adjudicación:
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. Dicha adjudicación deberá expresarse en los términos expuestos en el art. 135.4 de la LCSP.
19.3) Formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará con la formalización.
En los contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, conforme el art. 310.1 de la LCSP la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
El contrato se firmará dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento, efectuándose dicho requerimiento siempre con carácter posterior al plazo del párrafo anterior y siempre que no se haya interpuesto recurso que implique la suspensión de la formalización, o interpuesto el recurso la formalización haya sido levantada, conforme dispone el art. 140.3 de la LCSP.
En los contratos no susceptibles de recurso especial en materia de contratación la formalización se efectuará en los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores.
20.-RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN:
En caso de tratarse de un expediente de regulación armonizada, o tratarse de un contrato de servicios comprendido en las categorías 17 a 27 del Anexo II de la LCSP cuyo valor sea igual o superior a 193.000 euros se podrá interponer recurso especial en materia de contratación según lo previsto en el artículo 310 y siguientes de la LCSP.
21.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
Este pliego no prevé la realización de ninguna modificación del contrato, tal y como señala el art. 92.ter de la LCSP. Por tanto, una vez perfeccionado el contrato sólo podrá modificarse las características del mismo por razón de interés público, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en el artículo 202 de la Ley de Contratos del Sector Público y en la demás legislación vigente.
Cuando la modificación del contrato sea causa de resolución, deberá ser acordada por el Órgano de Contratación competente, atendiendo a los límites determinados en el artículo 284 de la Ley de Contratos del Sector Público.
22.- PLAZO DE GARANTIA
Dada la naturaleza y características de este contrato de servicios no regirá ningún plazo de garantía
23.- CLASIFICACIÓN DE INFRACCIONES
De conformidad con lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas, las infracciones que puedan cometerse en la ejecución de este contrato, se tipifican en leves, graves y muy graves.
Se consideran infracciones leves las siguientes:
La demora de los plazos establecidos en apartado 6.2 Plazos xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas.
Se consideran infracciones graves:
La demora reiterada en la ejecución del contrato.
Incurrir en incumplimiento de cualquiera de los apartados de la cláusula 5 del presente pliego.
3. Se consideran infracciones muy graves las siguientes:
No guardar sigilo respecto a datos del contrato que se le hayan manifestado como confidenciales.
No asignar al contrato los medios humanos y materiales que resultaren precisos y que figurasen en la oferta del contratista. Se graduará la infracción en función de la importancia que pueda tener para el buen desarrollo del contrato.
Incumplimiento reiterado de tiempos y disponibilidad del servicio.
Incumpliendo, fallos reiterados en tramitación administrativa de facturas y pedidos.
Incumplimiento reiterado en la Gestión de incidencias.
Incumplimiento reiterado en el tiempo de resolución de incidencias.
La incapacitación técnica del personal o cualquier otra causa injustificada que afecte esencialmente a la prestación de los servicios y que sea considerada muy grave.
Cada proveedor deberá incorporar en su oferta las penalizaciones económicas que propone por incumpliendo de los compromisos de calidad recogidos en el pliego y serán valorados en el conjunto de la oferta presentada.
24.- CASOS DE IMPOSICION DE SANCIONES AL CONTRATISTA, RESOLUCION Y DENUNCIA DEL CONTRATO.
El contrato quedará sometido en estos aspectos a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y legislación que la desarrolle, según lo determinado en el pliego de condiciones técnicas.
Las infracciones se clasificarán en el pliego técnico en: muy graves, graves y leves.
Las sanciones aplicables por la comisión de las infracciones mas arriba recogidas consistirán en multa pecuniaria en el caso de las infracciones leves y graves en la siguiente cuantía:
Sanciones leves: entre 0,10 y 0,13 euros por cada 1.000 de precio del contrato en el momento de cometerse la infracción.
Sanciones graves: entre 0,14 y 0,17 euros por cada 1.000 de precio del contrato en el momento de cometerse la infracción.
Las infracciones que se tipifiquen como muy graves conllevarán sanción pecuniaria por importe de entre 0,18 y 0,20 euros por cada 1.000 de precio del contrato o bien la resolución del contrato en los términos recogidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La apertura de expediente sancionador no exime al contratista de su obligación de ejecutar el servicio conforme a los términos del contrato y de su oferta pudiendo ser requerido para el cumplimiento de esta obligación junto con la incoación del expediente sancionador o en expediente independiente.
La apertura de expediente por cualquiera de las infracciones anteriores podrá suponer la adopción de medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento del contrato en todos sus términos.
En caso de que la adopción de estas medidas cautelares o el cumplimiento de ordenes de ejecución origine gastos para el Ayuntamiento, el importe de los mismos se repercutirá al contratista detrayéndolo de la siguiente factura que se pase al cobro.
La aplicación de penalizaciones no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Ayuntamiento, originados por la demora del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada la garantía y deberá además indemnizar al Ayuntamiento por los daños y perjuicios ocasionados.
Será competente para la iniciación de los expedientes a que se refiere esta cláusula la Concejal Delegada del Área de Administración Municipal y para su resolución, el órgano de contratación que lo fuera para aprobar el expediente y adjudicar el contrato.
Los expedientes sancionadores se tramitarán y resolverán según lo dispuesto en el RD 1398/93 de 4 xx xxxxxx, Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.
Estas sanciones se podrán detraer del pago de las facturas pendientes.
25.-RIESGO Y XXXXXXX
El contrato se entiende a "riesgo y xxxxxxx" del contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados a los servicios, si no se da causa de fuerza mayor.
26.- INTERPRETACION
El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo que se derive de este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 194 LCSP, para la resolución de las incidencias surgidas durante la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el art. 97 del Reglamento.
27.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años.
Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.
28.- JURISDICCION COMPETENTE
El contrato que estas cláusulas regulan tiene naturaleza administrativa y, como tal, en caso de litigio, se resolvería por el Juzgado Contencioso-Administrativo en cuya jurisdicción esté comprendido el término municipal xx Xxxxxxxxxx.
29.- LEGISLACION APLICABLE.
En lo no previsto en los Pliegos, será de aplicación lo dispuesto en:
Ley 43/2010, de 30 de diciembre del Servicio Postal Universal
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, de modificación de la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
- La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.
30.- DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
El Pliego de Condiciones Técnicas.
El documento en que se formalice el xxxxxxxx.Xx oferta técnica y económica del adjudicatario.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICION
D. --------------------------------------------------------con domicilio en ---------------------------------------- y D.N.I. nº -----------------, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de -----------------------------------------, según se acredita debidamente, hace constar:
1º.- Que enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Técnicas y xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas aprobado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, que ha de regir en el contrato de SERVICIOS POSTALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX, lo acepta íntegramente, presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido a la licitación que se convoca.
2º) Se incluye la siguiente relación respecto al plan de precios detallado que se ofrece para la ejecución del contrato y que deberá incluir todos los precios unitarios a aplicar, así como el porcentaje de descuento que resulte de aplicación.
3º) La oferta económica se ajustará al siguiente modelo de tabla de precios:
TABLA DE PRECIOS |
PRECIOS |
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PRODUCTO: CARTAS ORDINARIAS |
Tramo de Peso |
Envíos Nacionales |
Envíos Internacionales |
Carta |
0 - 20 gr normalizadas |
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0 - 20 gr sin normalizar |
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00 - 00 xx |
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00 -000 gr |
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101 - 200 gr |
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201 - 350 gr |
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351 - 500 gr |
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501 - 1000 gr 1001 -1500 gr |
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1501 - 2000 gr |
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Carta certificada |
0 - 20 gr normalizadas |
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0 - 20 gr sin normalizar |
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21 - 50 gr |
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51 - 100 gr |
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101 - 200 gr |
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201 - 350 gr |
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351 - 500 gr |
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501 - 1000 gr 1001 – 1500 gr 1501 - 2000 gr. |
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Carta urgente |
0 - 20 gr normalizados 0 - 20 gr sin normalizar 21 - 50 gr 51 - 100 gr |
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101 - 200 gr 201 - 350 gr 351 - 500 gr |
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501 - 1000 gr 1001 - 1500 gr 1501 – 2000 gr |
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Carta urgente certificada |
0 - 20 gr normalizada 0 - 20 sin normalizar 21 – 50 gr 51 – 100 gr |
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101 – 200 gr 201 – 350 gr 351 – 500 gr 501 – 1000 gr 1001 - 1500 gr 1501 - 2000 gr |
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TABLA DE PRECIOS |
PRECIOS |
OTROS : VALORES AÑADIDOS |
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Notificaciones administrativas
Recogida y entrega de correspondencia a domicilio |
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Acuse de recibo |
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PRODUCTOS: PAQUETES POSTALES Y OTROS |
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Paquetes Postales Nacionales a domicilio y certificado. Paquetes Postales Internacionales. Otros servicios: Acuse de recibo y reembolso. Burofax.
Publicidad:Impresos y Catálogos. Libros.
Publicaciones periódicas y material fonográfico y videográfico Publicorreo.
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4º) Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.
En ..............., a ... de .............. de 2011 .
Firma
ANEXO II
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)..........................................................., con N.I.F. ..................... y domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en .............................. la calle/plaza/avenida ................... C.P. ................... y en su nombre y representación .................................... (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)......................................., N.I.F. ..................................., en virtud de lo dispuesto por : (artículos 83 y siguientes para constituir la garantía definitiva y artículo 91 para constituir la garantía provisional) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y artículo 55 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto de la garantía y obligación asumida por el garantizado), .............................................................................................., ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx por importe de (en letra).....................euros, (en cifra)............................euros.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La presente garantía estará en vigor hasta que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la citada Ley de Contratos y legislación complementaria.
Fecha.......................................
Razón social de la entidad.......
Firma de apoderados...............
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o Código
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que habrá de regir el contrato, a adjudicar por el procedimiento ABIERTO, para la realización del contrato de SERVICIOS POSTALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX.
ANEXO III
AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS TRIBUTARIOS.
D./D.ª ................................................................en calidad de1 ..........................................................
Con DNI / NIF nº ....................................., en nombre propio o en representación de la empresa ........................................................., con C.I.F. nº ............................................................
autoriza al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, a acceder a los datos tributarios de esta empresa de conformidad con la legislación vigente y resultando exonerado de la obligación de presentar el certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias requerido en el Pliego de Condiciones de conformidad con el artículo 130 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La presente autorización tendrá validez en cualquier expediente de contratación tramitado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx hasta tanto no sea revocada.
SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA
Fdo.
1 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.
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