CONTRATO DE GESTION DE SERVICIOS PUBLICOS CONCURSO ABIERTO,
“PROCEDIMIENTOS TERAPÉUTICOS DE REHABILITACION, DE LA COMUNIDAD DE MADRID “
CONTRATO DE GESTION DE SERVICIOS PUBLICOS CONCURSO ABIERTO,
MEDIANTE PLURALIDAD DE CRITERIOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL ACUERDO MARCO DENOMINADO: “ACUERDO MARCO PARA LA REALIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS TERAPÉUTICOS DE REHABILITACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DE REFERENCIA “A.M. REHABILITACION 2013”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE PLURALIDAD DE CRITERIOS
ÍNDICE
CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1. Régimen jurídico 4
Cláusula 2. Objeto del acuerdo marco 5
Cláusula 3. Medios para la prestación del servicio 5
Cláusula 4. Valor estimado del acuerdo marco y régimen económico 5
Cláusula 5. Centros adquirientes de servicios sanitarios y existencia de crédito 6
Cláusula 6. Perfil de contratante 6
CAPÍTULO II - LICITACIÓN
Cláusula 7. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas. 7
Cláusula 8. Procedimiento de adjudicación. 7
Cláusula 9. Criterios objetivos de adjudicación. 7
Cláusula 10. Garantía provisional. 8
Cláusula 11. Presentación de proposiciones. 8
Cláusula 12. Medios electrónicos. 9
Cláusula 13. Forma y contenido de las proposiciones. 9
Cláusula 14. Calificación de la documentación presentada, valoración de los criterios de
selección y apertura de proposiciones. 14
Cláusula 15. Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. 15
CAPÍTULO III - ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
Cláusula 16. Garantía definitiva 15
Cláusula 17. Adjudicación del Acuerdo Marco 16
Cláusula 18. Seguros 18
Cláusula 19. Perfección y formalización del Acuerdo Marco. 19
CAPÍTULO IV - EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 20. Ejecución del Acuerdo Marco… 19
Cláusula 21. Principio de riesgo y xxxxxxx 19
Cláusula 22. Duración y prórroga del acuerdo marco… 19
Cláusula 23. Modificación del contrato. 20
Cláusula 24. Cesión del contrato. 20
Cláusula 25. Subcontratación. 20
CAPÍTULO V - DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cláusula 26. Contraprestaciones económicas. 20
Cláusula 27. Revisión de precios. 21
Cláusula 28. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. 21
Cláusula 29. Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su
plantilla trabajadores con discapacidad. 22
Cláusula 30. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales 23
CAPÍTULO VI - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 31. Terminación del acuerdo marco 23
Cláusula 32. Devolución y cancelación de garantías 23
Cláusula 33. Resolución del acuerdo xxxxx. 23
Cláusula 34. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes. 24
CAPITULO VII – CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
Cláusula 35. Principio de riesgo y xxxxxxx 25
Cláusula 36. Sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de
prescripciones técnicas……………………………………………………………………………… 25
Cláusula 37. Dirección y supervisión de la ejecución del contrato 26
Cláusula 38. Adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco 26
Cláusula 39. Procedimiento de adjudicación …………………………………………………... 26
Cláusula 40. Solicitud de mejoras ……………………………………………………………….. 29
Cláusula 41. Ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco 29
Cláusula 42.- Duración y prórroga de los contratos basados en el acuerdo marco 30
Cláusula 43. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales… 30
Cláusula 44. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios 31
Cláusula 45. Cumplimiento del contrato… 31
ANEXOS
ANEXO I. Características del contrato
ANEXO II. Procedimientos Terapéuticos de Rehabilitación ANEXO III. Precios Máximos
ANEXO IV Criterios de Valoración de Mejoras ANEXO V. Modelo de proposición económica
ANEXO VI. Modelo de declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos establecidos en el PPT y del compromiso de que los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato no están incursos en incompatibilidad para contratar con la Administración Pública
ANEXO VII. Modelo de declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid
ANEXO VIII. Modelo de declaración responsable relativa al compromiso de tener contratados trabajadores con discapacidad
ANEXO IX. Modelo de declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores
ANEXO X. Modelo de declaración sobre la elección de medios electrónicos para recibir notificaciones y autorización a realizar consultas de sus datos, a través de los sistemas de la Comunidad de Madrid
ANEXO XI . Modelo de garantía mediante valores anotados (con inscripción) ANEXO XII Modelo de Aval
ANEXO XIII Modelo de certificado de seguro de caución
ANEXO XIV Documento de adjudicación de contrato derivado del Acuerdo Xxxxx
XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL ACUERDO MARCO DENOMINADO: “ACUERDO MARCO PARA LA REALIZACION DE PROCEDIMIENTOS TERAPÉUTICOS DE REHABILITACION” EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DE REFERENCIA “A.M. REHABILITACION 2013”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE PLURALIDAD DE CRITERIOS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1. Régimen jurídico.
El presente contrato tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares.
Asimismo, el presente contrato se encuentra sometido a la normativa reguladora del régimen jurídico del servicio objeto del mismo, en la que se regulan los aspectos de carácter jurídico, económico y administrativo relativos a la prestación del servicio, y que se determina en el apartado 3 del anexo I de este pliego.
Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y, en cuanto no se oponga a lo establecido en el TRLCSP, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), por las Leyes aprobadas por las Asamblea de Madrid y por el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx, (RGCPCM) y sus normas complementarias. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
Será de aplicación Ley 14/1986, de 25 xx xxxxx, General de Sanidad; Ley 16/2003, de 28 xx xxxx, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud; el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización; Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
Igualmente será de aplicación lo recogido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (B.O.E 4-1- 1985), Real Decreto 598/1985, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del personal al Servicio de la Administración del Estado, Seguridad Social, Entes, Organismos y Empresas dependientes (B.O.E 4-5-1985) y, en su caso, el Artículo 11 del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid para los años 2004 a 2007.
Cláusula 2. Objeto del acuerdo marco.
El acuerdo marco tiene por objeto determinar las condiciones de los contratos de gestión de servicios público para la realización de los procedimientos Terapéuticos de Rehabilitación indicados en el anexo II, que se describen en el apartado 1 del anexo I y definen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (en adelante PPT) y establecer el procedimientos para su adjudicación mediante contratos basados en este acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 del TRLCSP
La adjudicación definitiva del acuerdo marco determinará los proveedores de tratamientos rehabilitadores con quienes se contratarán éstos y el grupo de procedimientos para los que cada uno de ellos queda acreditado. La Comunidad de Madrid no se compromete a contratar una cantidad determinada de procedimientos, por estar subordinada a las necesidades de la Administración durante la vigencia del acuerdo, sin que los contratistas puedan exigir la contratación de un número determinado de procedimientos o de importes mínimos como condición de ejecución.
Los tratamientos rehabilitadores objeto de contratación están agrupados en Bloques, según técnicas rehabilitadoras en los que se incluyen Grupos de procedimientos, en función de criterios clínicos y funcionales.
La modalidad del contrato se encuentra definida en el apartado 4 del anexo I.
Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares como el pliego de cláusulas administrativas particulares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato de Acuerdo Xxxxx.
Cláusula 3. Medios para la prestación del servicio.
Las características y los requisitos del Centro o Centros que el contratista ha de poner a disposición de la Administración se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas regulador del concurso (en adelante PPT).
Cláusula 4. Valor estimado del Acuerdo Marco y régimen económico..
El valor estimado del acuerdo marco durante su periodo de vigencia asciende a la cantidad expresada en el apartado 6 del anexo I. El mismo, es el valor máximo estimado del conjunto de contratos contemplados durante la duración del acuerdo marco, según lo dispuesto en el artículo 88.8 del TRLCSP, y tiene carácter meramente orientativo y no vinculante.
El precio de cada uno de los procedimientos que se indican en el Anexo III del presente pliego “Precios Máximos” tiene la consideración de máximo y su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 xx Xxx 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el Valor Añadido, están exentas del citado impuesto las prestaciones de servicios de hospitalización o asistencia sanitaria y las demás relacionadas directamente con las mismas realizadas por Entidades de Derecho público o por Entidades o establecimientos privados en régimen de precios autorizados o comunicados.
Para la estimación del importe de los contratos en ejecución objeto de este acuerdo marco se establecen como base de licitación los precios máximos por tratamiento que se especifican en el Anexo III.
El régimen económico del contrato es el que se especifica en el apartado 21 del anexo I.
Si el contrato se financia con Fondos europeos, debe someterse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.
Cláusula 5. Centros adquirientes de servicios sanitarios y existencia de crédito.
La prestación de los procedimientos se llevará a cabo por los adjudicatarios a requerimiento y previa adjudicación, de los centros, entes y empresas públicas adscritos o dependientes del Servicio Madrileño de Salud que, en cada momento, determine la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, así como los nuevos centros que la Consejeria de Sanidad pudiera hacer depender del mismo durante la vigencia del contrato.
La contratación de las prestaciones sanitarias basadas en el presente acuerdo marco estarán amparadas por los créditos presupuestarios del centro peticionario que los requiera y adjudique.
Cláusula 6. Perfil de contratante.
El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el sitio web institucional de la Comunidad de Madrid: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx.
CAPÍTULO II
LICITACIÓN
Cláusula 7. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas.
Podrán optar a la adjudicación del presente acuerdo marco las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en el apartado 7 del anexo I, en el que se indican asimismo los criterios que se aplicarán para la selección de las empresas, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del RGLCAP. El cumplimiento de dichos criterios se acreditará por los medios que en el mismo apartado se indican.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 8 del anexo I.
Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
Cláusula 8. Procedimiento de adjudicación.
El Acuerdo Marco, basado en lo establecido en el artículo 196 y siguientes del TRLCSP, se adjudicará por procedimiento abierto mediante pluralidad de criterios, en aplicación de los artículos 138.2, 157 y 150 del TRLCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.
Cláusula 9. Criterios objetivos de adjudicación.
Los Criterios objetivos de adjudicación serán los establecidos para la selección de proposiciones, adjudicándose el Acuerdo Xxxxx a todos los licitadores que cumplan los requisitos precisos para la admisión de sus propuestas y ofertas técnicas y económicas. El cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el PPT, así como los criterios objetivos de valoración de mejoras se comprobará “in situ” por un Equipo evaluador designado al efecto, cuyo Informe será determinante para la adjudicación del contrato
Los criterios establecidos con su correspondiente ponderación en el Anexo IV del PCAP “Criterios de Valoración de Mejoras”, junto con la ponderación de los precios ofertados, serán la base para la Clasificación por Orden Decreciente de las empresas adjudicatarias,
con la que se establecerá la distribución de los procedimientos a adjudicar mediante los contratos en ejecución derivados del acuerdo marco.
Los contratos en ejecución basados en el acuerdo marco se regulan en el CAPITULO VII de este pliego
Cláusula 10. Garantía provisional.
No procede, artículo 91de la LCSP.
Cláusula 11. Presentación de proposiciones.
Tras la publicación del anuncio de licitación, previamente a la presentación de las ofertas, los licitadores dispondrán, en su caso, del plazo indicado en el apartado 14 del anexo I para solicitar las aclaraciones que estimen pertinentes sobre el contenido del mismo. Las respuestas tendrán carácter vinculante y se harán públicas en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el proceso de licitación.
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en los artículos 17 del RGCPCM y 80 del RGLCAP.
En el Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx) se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de licitación de este acuerdo marco, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y documentación complementaria, en su caso.
Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria con una antelación de 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación. Esta información se facilitará seis días antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.
La oferta mínima a presentar por los licitadores será a un GRUPO, debiendo concurrir a todos los procedimientos incluidos en ese grupo. La falta de oferta a uno de los procedimientos incluidos en el Grupo determinará que no se valore dicho grupo.
Como excepción, los licitadores que tengan una actividad monográfica en una determinada patología de las incluídas en los procedimientos convocados, podrán presentar oferta única al procedimiento correspondiente a esa patología
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la in admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
Cuando una empresa, quiera licitar con varios establecimiento (o centros sanitarios) bajo una misma razón social, solo podrá formular una única proposición, de forma que tanto la oferta económica como la oferta técnica que presente para cada grupo de procedimientos deberá incluir las condiciones técnicas y económicas de cada uno de los centros y equipamientos diferentes con los que licita, debiendo indicar en dichas ofertas esta circunstancia.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.
En lo que concierne a las variantes o mejoras se estará, en su caso, a lo dispuesto en el Anexo IV (Criterios de valoración de mejoras).
Cláusula 12. Medios electrónicos.
Se admitirá la utilización de medios y soportes electrónicos, informáticos y telemáticos en la presentación de proposiciones y documentos, así como en las notificaciones y comunicaciones entre el órgano de contratación y los interesados si así se indica en el apartado 15 del anexo I.
En el mismo apartado se indica el portal informático donde, en su caso, se puede acceder a los programas y la información necesaria para licitar por medios electrónicos y para acceder al tablón de anuncios electrónico.
Cláusula 13. Forma y contenido de las proposiciones.
Las proposiciones se presentarán redactadas en lengua castellana o traducidas oficialmente a esta lengua, y constarán de TRES (3) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF ó CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen, así como los datos de contacto de la empresa a efectos de notificaciones (dirección, teléfono, fax, correo electrónico…) y relación de los Bloques y Grupos a los que presenta oferta
Los sobres se dividen de la siguiente forma:
A) SOBRE Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
1.- Capacidad de obrar.
1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
1.3.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
1.5.- Documentación acreditativa de la habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato, en su caso, conforme a lo requerido en el apartado 8 del anexo I
2.- Bastanteo de poderes.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación declarado bastante por un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberán presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
Se significa que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, la solicitud de bastanteo se encuentra sujeta a tasa, debiendo auto liquidarse por el interesado en el momento de su formulación , requisito sin el cual no se iniciará la actuación administrativa, según lo establecido en la Orden 98/2002, de 29 de enero, de la Consejería de Presidencia, por la que se
aprueban las normas de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por bastanteo de documentos.
3.- Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo VII al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con la Comunidad de Madrid.
4.- Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo VIII al presente pliego, por la que, de resultar adjudicatario, asume, conforme con lo señalado en la cláusula 31 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista esté sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1, de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el
R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx. En esta declaración se hará constar, además, que asume igualmente la obligación de acreditar ante el órgano de contratación cuando le fuese requerido durante la vigencia del contrato, o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la obligación anteriormente referida
5.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 7 del anexo I. En el mismo apartado se especifican los criterios de selección en función de los medios de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.
Para acreditar la solvencia, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que
tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.
6.- Uniones temporales de empresarios.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción.
7.- Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
8.- Registro de Licitadores.
El certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación relativa a la capacidad de obrar, bastanteo del poder, de las declaraciones de no encontrarse incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid y, en su caso, de la certificación acreditativa de encontrarse clasificados para los tipos de contratos a los que pretendan concurrir y de la declaración relativa al compromiso de tener contratados trabajadores con discapacidad.
No será preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos y mesas de
contratación al mismo por medios electrónicos, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de 19 de enero de 2007, de la Consejería de Hacienda, sobre la presentación telemática de solicitudes en los procedimientos del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, la consulta en Internet de los datos registrados y el acceso por medios electrónicos a los certificados de inscripción.
El empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que figura como anexo IX al presente pliego. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.
9.- Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación.
A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 16 del presente pliego, “Adjudicación del contrato”, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación:
- contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad.
10.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo.
Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.
También deberán presentar declaración explícita, respecto de los socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio.
B) SOBRE Nº 2. “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”.
En este sobre se incluirá:
a) Anexo VI de este PCAP, Declaración responsable sobre el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas de requisitos mínimos y características de los centros ofertados que se establecen en el PPT. Declaración responsable de que los profesionales y trabajadores que se adscribirán a la ejecución del contrato no están incursos en incompatibilidad para trabajar en la Administración Pública
b) Relación nominal de los profesionales, alfabetizada por categorías, que han de realizar los procedimiento terapéuticos de rehabilitación (apartado 1 PPT)
c) Anexo I del PPT, Oferta Técnica, elaborado de acuerdo con lo indicado en el Anexo IV del PCAP (Criterios Valoración de Mejoras)
d) Documentación exigida en el apartado 12 del anexo I en relación con los criterios objetivos de valoración de mejoras del contrato
Las empresas que presenten en su oferta distintos establecimientos para la ejecución del contrato, deberán aportar los documentos indicados en los apartados b) y c) por cada uno de los centros ofertados, según lo indicado en la cláusula 11
Se incluirá asimismo la documentación técnica exigida, en su caso, en el PPT, así como la que considere conveniente cada licitador.
Entre la documentación incluida en este sobre no podrá figurar ninguna relativa al precio.
C) SOBRE Nº 3 "PROPOSICIÓN ECONÓMICA”.
Este sobre contendrá la proposición económica, que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo V al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
Las ofertas económicas se realizarán por precios unitarios para cada uno de los procedimientos, no pudiendo exceder del precio máximo establecido para cada uno de ellos en el Anexo III del presente Pliego “Precios Máximos”.
En el Anexo II se indican los procedimientos convocados, no admitiéndose las propuestas de los Grupos que no se oferten completos, si así se determina en el Anexo I
Cláusula 14. Calificación de la documentación presentada, valoración de los criterios de selección y apertura de proposiciones.
Constituida la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la documentación administrativa, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico, tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a cinco días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa procederá a determinar las empresas que cumplen los criterios de selección establecidos, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Estas circunstancias podrán publicarse, si así se determina en el apartado 15 del anexo I, en el tablón de anuncios electrónico que en él se indica
En acto público, dentro del plazo de un mes desde el fin del plazo de presentación de ofertas, la Mesa:
▪ Pondrá en conocimiento de los licitadores el resultado de la calificación de la documentación administrativa.
▪ Seguidamente, abrirá el sobre de “Documentación técnica” (SOBRE 2) de las empresas admitidas a licitación, que se entregará al Equipo Evaluador para su estudio y la realización de la inspección “in situ” establecida en la Cláusula 9. En base a la Auditoria de los centros ofertados y el cumplimiento de los criterios de mejoras, el equipo evaluador elaborará el Informe Técnico correspondiente.
A partir de este Informe la Mesa establecerá, en su caso, la exclusión de las licitaciones que incumplan los requisitos mínimos y la valoración técnica de las mejoras ofertadas
En acto público dentro del plazo de tres meses desde la apertura de las ofertas técnicas, la Mesa comunicará a los licitadores, en su caso, las ofertas que hayan resultado excluidas y la valoración técnica de las mejoras ofertadas. A continuación abrirá el sobre nº 3 “Proposición económica”, dando lectura a las ofertas de las empresas admitidas.
Posteriormente, realizadas las valoraciones pertinentes, la Mesa elevará al Órgano de Contratación las actas de las actuaciones realizadas y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 11 del anexo I, al Órgano de Contratación.
Cláusula 15. Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento.
La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato.
Si, antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica
CAPÍTULO III
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
Cláusula 16. Garantía definitiva.
ACUERDO MARCO: Procede: [No] El Acuerdo Xxxxx no genera directamente ningún gasto, por lo que no procede la constitución de garantía definitiva por parte de los adjudicatarios
CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO MARCO: Procede: [SI]
Los Adjudicatarios del Acuerdo marco seleccionados para la ejecución de los contratos en ejecución derivados del mismo según lo establecido en el CAPITULO VII de este pliego, estarán obligado a constituir a disposición del órgano de contratación una garantía definitiva.
Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, según lo previsto en el apartado 16 del anexo I. La constitución de esta garantía deberá efectuarse por el licitador en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento de la Administración. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.
La garantía definitiva de los contratos basados en el Acuerdo marco se constituirá de conformidad con lo preceptuado en los artículos 96 a 99 del TRLCSP y 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSP, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos que se establecen en los anexos XI, XII, y XIII al presente pliego, debiendo consignarse en la Tesorería de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, en su caso, o en los establecimientos equivalentes de otras Administraciones Públicas en los términos previstos en los Convenios que a tal efecto se suscriban con las mismas. Tratándose de garantías depositadas en la Tesorería de la Comunidad de Madrid, no será preciso que los empresarios aporten el resguardo acreditativo de su constitución, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos de contratación al mismo por medios electrónicos, según lo dispuesto en la Resolución de 7 xx xxxxx de 2003, del Director General de Política Financiera y Tesorería.
Asimismo, la garantía podrá constituirse mediante retención en el precio, si así se indica en el apartado 16 del Anexo I
En el caso de amortización o sustitución de los valores que integran la garantía, el adjudicatario viene obligado a reponer la garantía en igual cuantía, siendo a su xxxxx el otorgamiento de los documentos necesarios a tal fin.
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
Cláusula 17. Adjudicación del Acuerdo Marco
La adjudicación del Acuerdo Xxxxx se realizará por procedimientos terapéuticos de rehabilitación, de acuerdo con los criterios objetivos de adjudicación del procedimiento de licitación.
El órgano de contratación adjudicará el Acuerdo Xxxxx a todos los licitadores que cumplan todos los requisitos establecidos el PCAP y PPT, tanto de admisión de proposiciones como técnicos y económicos y de todo tipo
El órgano de contratación ordenará las licitaciones propuestas como adjudicatarias de acuerdo a los criterios objetivos de clasificación establecidos en el apartado 11 del Anexo I, o podrá declarar desierta la licitación cuando no exista ninguna proposición admisible de acuerdo con los mismos.
En Órgano de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 151.2 del TRLCSP, requerirá a el/los licitadores seleccionados para que en un plazo xx xxxx días hábiles presenten la documentación justificativa que se indica a continuación.
• Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Dicha acreditación se efectuará de acuerdo con lo siguiente:
Obligaciones tributarias
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
De presentar varios centros bajo una única razón social, deberá presentar la justificación del Impuesto sobre Actividades Económicas relativa a cada uno de ellos
Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
Además, los licitadores seleccionados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, no deberá tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas. El certificado que acredite la inexistencia de deudas se aportará de oficio por la Administración Autonómica.
Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
• Asimismo, los justificantes correspondientes al pago de los anuncios de licitación y, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
Se presentará declaración jurada de cada uno de los facultativos de la empresa que se adscriba a la ejecución del contrato, de no encontrarse inmerso en incompatibilidad de acuerdo con lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (B.O.E. 4-1-1985), Real Decreto 598/1985, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del personal al Servicio de la Administración del Estado, Seguridad Social, Entes, Organismos y Empresas dependientes (B.O.E. 4-5-1985) y, en su caso, el Artículo 11 del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid para los años 2004 a 2007.
Los licitadores seleccionados que se comprometieran a la contratación de personas en situación de exclusión social, deberá presentar igualmente en el citado plazo: informes de los servicios sociales públicos competentes acreditativos de dicha situación, contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social
Si no se presenta la documentación requerida en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
La empresa adjudicataria, durante todo el periodo de vigencia del Acuerdo Marco, está obligada a mantener actualizada toda la documentación requerida para la formalización del contrato e informar al Órgano de Contratación de las modificaciones de todo tipo que puedan producirse en relación con la misma, especialmente su capacidad para contratar con la Administración (cambio de denominación, representantes, CIF, ...), cesión, cambio de profesionales que ejecuten el contrato, etc. Igualmente, deberán solicitar autorización para cualquier modificación en los centros acreditados para la ejecución del contrato (cambio de ubicación, etc.). Esta documentación podrá ser comprobada en cualquier momento por el órgano de contratación
El Acuerdo Xxxxx se adjudicará en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones económicas.
Una vez presentada la documentación señalada, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, sin perjuicio de la eventual revisión de la adjudicación en vía de recurso.
Adjudicado definitivamente el Acuerdo Xxxxx y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación definitiva, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando.
Cláusula 18. Seguros.
En el momento de la formalización de los contratos basados en el Acuerdo Marco, el contratista estará obligado a suscribir, con compañías que hayan sido previamente aceptadas por el órgano de contratación, las pólizas de seguros que se indican en el apartado 17 del anexo I, por los conceptos, cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establecen en el mismo.
Cláusula 19. Perfección y formalización del Acuerdo Marco.
El Acuerdo Marco se perfeccionará mediante su formalización, que se efectuará en documento administrativo dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
Si el presupuesto de gastos de primer establecimiento del contrato es superior a 500.000 euros, para lo que se estará a lo establecido en el apartado 6 del anexo I, y el plazo de duración superior a cinco años, circunstancia que se indica en el apartado 18 del anexo I, la formalización se efectuará dentro de los cinco días siguientes a aquel en que hubiera recibido el requerimiento de formalización, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o se hubiera levantado la suspensión.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
CAPÍTULO IV
EJECUCIÓN DEL ACUERDO XXXXX
Cláusula 20. Ejecución del acuerdo xxxxx
El acuerdo marco se ejecuta por medio de los contratos en ejecución derivados, que se definen en el Capítulo VII de este pliego.
El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo.
La Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios.
Cláusula 21. Principio de riesgo y xxxxxxx y mantenimiento del equilibrio económico
La ejecución del acuerdo marco se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto por el artículo 215 del TRLCSP.
No obstante, la Administración deberá restablecer el equilibrio económico del contrato, en beneficio de la parte que corresponda, cuando se produzcan los supuestos establecidos en el artículo 264.4 del TRLCSP, mediante las medidas que se indican en el artículo 264.5 del TRLCSP.
Cláusula 22. Duración y prórroga del Acuerdo Marco.
La duración del Acuerdo Marco será de cuatro años desde su formalización. En casos excepcionales, debidamente justificados, podrá autorizarse la prórroga, que será expresa y
obligatoria para el empresario, sin que pueda producirse por consentimiento tácito de las partes
Durante dicho plazo los adjudicatarios estarán obligados a atender las peticiones de procedimientos que reciban de los centros de gasto del Servicio Madrileño de Salud que se determinen, sobre los procedimientos objeto del Acuerdo Marco.
Cláusula 23. Modificación del Acuerdo Marco.
El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en las características del servicio contratado, en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP, justificándolo debidamente en el expediente.
En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 106, 107, 108, 210, 219 y 282 del TRLCSP.
En el apartado 20 del Anexo I se especifican, en su caso, las condiciones, el alcance y los límites de las modificaciones previstas.
Las modificaciones no previstas en el apartado 20 del Anexo I sólo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación y deberán limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que las haga necesarias.
Cláusula 24. Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del Acuerdo Xxxxx podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
Cláusula 25. Subcontratación.
La ejecución de los procedimientos terapéuticos de rehabilitación no es susceptibles de subcontratación.
CAPÍTULO V
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cláusula 26. Contraprestaciones económicas.
El Acuerdo Xxxxx no tiene repercusión económica. En los contratos basados en el Acuerdo marco que se regulan en el CAPITULO VII, se establece el abono de las prestaciones objeto de los mismos, previo cumplimiento por el adjudicatario de los requisitos que establezca al efecto el órgano administrativo correspondiente.
Cláusula 27. Revisión de precios.
En la revisión de precios se estará a lo especificado en el apartado 22 del anexo I, todo ello de conformidad con los artículos 89 a 94 y 281.2 del TRLCSP y 104 y 105 del RGLCAP.
Cláusula 28. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.
Con carácter general, el contratista está sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas
b) Organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato, cuidando de su buen orden, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía de la Administración.
d) Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, incluyendo los derivados de mala praxis asistencial, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración.
e) Actualizar la documentación relativa al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y la Comunidad de Madrid, así como de los seguros aplicables al contrato
f) Mantener informado al Servicio Madrileño de Salud de cualquier modificación de cualquier tipo que el adjudicatario pretenda llevar a cabo y pueda afectar a la ejecución del contrato: recursos humanos, condiciones administrativas, titularidad de la empresa, ubicación, cambios técnicos ….
g) Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos.
h) Cumplir lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y especialmente lo indicado en sus artículos 9, 10, 12, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 8/2001 de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar los servicios o entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de
tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, como, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado o en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 23 del anexo I.
Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 17 del anexo I.
El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 24 del anexo I, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto a tal efecto en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de sus Derechos y Obligaciones en materia de información y documentación clínica. Los ficheros de datos de carácter personal que sean creados por la entidad adjudicataria estarán sujetos al régimen de protección de datos establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en el Real Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal y demás normativa aplicable que sustituya, actualice o complemente a las anteriores.
Cláusula 29. Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.
El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx.
La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 13 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 “Documentación administrativa”, apartado 4 “Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”.
El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.
Cláusula 30. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales.
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en:
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, X/ Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 0 xxxxxxx 0x x 0x, 00000 - Xxxxxx, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00.
Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx).
En el modelo de proposición económica que figura como anexo V al presente pliego se hará manifestación expresa que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones.
CAPÍTULO VI
EXTINCIÓN DEL ACUERDO XXXXX
Cláusula 31. Terminación del Acuerdo Marco.
El Acuerdo Xxxxx se entenderá cumplido por el contratista, transcurrido el plazo de vigencia más sus posibles prórrogas, cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración.
Cláusula 32. Devolución y cancelación de la garantía definitiva
Finalizado el plazo del contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejecutarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución de aquella o de cancelación de aval conforme el procedimiento establecido en el artículo 24 del RGCPCM
Cláusula 33. Resolución del Acuerdo Marco.
Son causas de resolución del Acuerdo Xxxxx las recogidas en los artículos 223, excepto sus letras e) y f), y 286 del TRLCSP, así como las siguientes:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
- El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, que se indican en el apartado 24 del anexo I.
- El incumplimiento injustificado por parte del contratista de la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco que le adjudique el Órgano de Contratación correspondiente.
- El incumplimiento culpable por parte del contratista de lo establecido en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, siempre y cuando su conducta haya sido objeto de sanción muy grave, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2.1 de dicha Ley.
La resolución del Acuerdo Xxxxx se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP, y la misma conllevará la resolución de los procedimientos en ejecución derivado de un Acuerdo Marco deducidos del mismo.
En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 224 y 287 del TRLCSP y 110 del RGLCAP, y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 288 del TRLCSP.
Cláusula 34. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula primera xxx xxxxxx, el Acuerdo Xxxxx tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.
Si el presupuesto de gastos de primer establecimiento del contrato es superior a 500.000 euros, para lo que se estará a lo establecido en el apartado 6 del anexo I, y el plazo de duración superior a cinco años, circunstancia que se indica en el apartado 18 del anexo I, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de exclusión de licitadores de la Mesa de Contratación. No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
105 a 107 del TRLCSP, sea preciso realizar una vez adjudicado el contrato, tanto si acuerdan como si no la resolución y la celebración de nueva licitación.
El recurso especial en materia de contratación tiene carácter postestativo, pudiendo presentarse el escrito de interposición en el registro del órgano de contratación o del competente para la resolución, en el plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP, previo anuncio por escrito al órgano de contratación. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo.
Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como los que se dicten en contratos no comprendidos en el artículo 40 del TRLCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa
CAPITULO VII
CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
Cláusula 35. Principio de riesgo y xxxxxxx.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 215 y 292 del TRLCSP, la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
Cláusula 36. Sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones técnicas.
Los contratos basados en el acuerdo xxxxx se ejecutarán con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las del de prescripciones técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista a través, en su caso, del responsable del contrato.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 198 del TRLCSP solo podrán celebrase contratos basados en el Acuerdo Marco entre los órganos de contratación definidos en la cláusula 5 del presente pliego y las empresas adjudicatarias.
Podrán participar en la ejecución de los procedimientos terapéuticos de rehabilitación los hospitales de la Red Sanitaria Pública dependientes o adscritos al Servicio Madrileño de Salud, acogiéndose a precios de referencia del Acuerdo Marco para cada uno de los Grupos de procedimientos.
El contratista será responsable de la calidad en la ejecución del contrato así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros por las omisiones, errores o métodos inadecuados empleados.
Cláusula 37. Dirección y supervisión de la ejecución del contrato.
La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada de la ejecución de los contratos, pudiendo ordenar o realizar por sí misma auditorias de actividad, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de los contratos basados en el acuerdo marco. La dirección y supervisión de la ejecución del servicio será ejercida por el responsable del contrato o, en su defecto, por la persona que a tal efecto se designe por la Administración.
Cláusula 38.- Adjudicación de contratos basados en el Acuerdo Xxxxx.
Los procedimientos objeto de los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx serán adjudicados, sin necesidad de convocar una nueva licitación mediante el procedimiento en ejecución derivado de un Acuerdo Marco regulado en el artículo 198 del TRLCSP, al proveedor o proveedores que se requiera de entre los adjudicatarios del Acuerdo Xxxxx acreditados para la realización de los procedimientos a contratar.
Para ello, se cursarán las adjudicaciones de los Grupos de pruebas que sean necesarios, con arreglo al procedimiento establecido en la cláusula siguiente, utilizando el modelo de documento de adjudicación que figura como anexo XIV a este pliego, quedando los proveedores obligados a la ejecución de los mismos
Los adjudicatarios no deberán atender las solicitudes que hayan sido efectuadas al margen de este procedimiento. Podrá ser causa de resolución del Acuerdo Marco el incumplimiento de estas prescripciones.
Las empresas adjudicatarias del Acuerdo Marco están obligadas a participar en los procedimientos en ejecución derivados del mismo. De no poder ejecutar en un momento dado los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx que se le adjudiquen, las empresas deberán presentar un escrito justificativo al Órgano de Contratación, quien adoptará la resolución motivada que proceda
En el caso de que la empresa adjudicataria no tuviera causa justificada para no cumplir con las solicitudes y requisitos de los contratos en ejecución derivados, se entenderá que desiste de su participación en el Acuerdo Xxxxx, por lo que se procederá a la rescisión del contrato firmado
Las características de los procedimientos y sus condiciones de ejecución serán los señalados en el Acuerdo Xxxxx, ajustados a las ofertas de mejoras y, en relación a los precios, éstos serán como máximo aquellos con los que cada una de las empresas haya resultado adjudicataria del mismo
Cláusula 39.- Procedimiento de Adjudicación.
En la contratación de los procedimientos se seguirá el siguiente procedimiento:
1º.- Memoria Justificativa.
El órgano de contratación elaborará una Memoria Justificativa de las necesidades asistenciales a cubrir para un determinado período de tiempo, indicando el número y
tipo de procedimientos terapéuticos de rehabilitación a concertar y el método concreto de distribución de los procedimientos entre los adjudicatarios.
De acuerdo con lo establecido en la normativa de contratación y con el fin de garantizar la libre elección de centro por los pacientes, el número de adjudicatarios de estos contratos nunca podrá ser inferior a tres, pudiendo determinar el órgano de contratación el número máximo de adjudicatarios que se van a seleccionaran, que se reflejará junto con su motivación en la Memoria Justificativa
2º.- Selección de adjudicatarios
Para la selección de los adjudicatarios entre los que se distribuirán los procesos a contratar se tendrá en cuenta la accesibilidad de los pacientes a los centros, por lo que se deberá establecer una isócrona, cuya definición se incluirá en la Memoria justificativa del proceso
La isócrona se aplicará a la clasificación de los adjudicatarios fijada por la Resolución de adjudicación del Acuerdo Marco, obteniendo una clasificación personalizada para cada centro adquiriente de servicios sanitarios
3º.- Solicitud de mejoras en el contrato en ejecución derivado
Con el fin de promover la competencia entre los adjudicatarios, de la clasificación personalizada del centro se podrán descartar el 10% de los adjudicatarios que hayan obtenido menor puntuación, procediendo a solicitar al resto de las empresas capaces de ejecutar el contrato una mejora en los precios de adjudicación del Acuerdo Marco ó en las condiciones de ejecución de los contratos. Estas mejoras no podrán modificar los requisitos técnicos mínimos establecidos en el PPT ni las ofertas técnicas valoradas de acuerdo a los criterios de valoración de mejoras que sirvieron para la clasificación por orden decreciente de la empresa, en la Adjudicación del Acuerdo Marco.
La solicitud de mejoras tendrá que estar definida en la Memoria Justificativa, donde se relacionará las que pueden ofertarse y se comunicarán a los adjudicatarios en el escrito de solicitud de ofertas, de los que quedará constancia de su recepción.
Se concederá a las empresas un plazo no inferior a cinco días hábiles para presentar su oferta, que se entregará por escrito, en sobre cerrado y firmado por el representante legal de la empresa, cuyo contenido será confidencial hasta el momento fijado para su apertura. La fecha de apertura de las ofertas y el resultado de las mismas se hará pública en el tablón de anuncios del centro contratante.
La valoración de las mejoras que presenten las empresas se realizará mediante la asignación de un mínimo del 70% a las mejoras económicas y el 30% a las mejoras de ejecución de los contratos.
Para determinar las empresas adjudicatarias de los contratos basados en el Acuerdo Xxxxx también habrá de tenerse en cuenta su capacidad de ejecución de procedimientos. (En la oferta económica de cada empresa, se recogerá el número máximo mensual de procedimientos que se compromete a realizar)
La puntuación obtenida por cada empresa se sumará a la de la clasificación personalizada del centro, determinando los adjudicatarios de los contratos en ejecución derivados del acuerdo marco
4º.- Distribución de procedimientos terapéuticos de rehabilitación.
Con el fin de mejorar la distribución de los procedimientos terapéuticos de rehabilitación entre los adjudicatarios, teniendo en cuenta la libre elección de centro que puedan realizar los usuarios, el órgano de contratación podrá adjudicar inicialmente un porcentaje del total de procedimientos previstos y reservar un número de procedimientos para ampliar la asignación inicial a aquellas empresas que tengan un mayor índice de ejecución. Esta circunstancia se hará constar en la Memoria justificativa del proceso de adjudicación, indicando en todo caso el porcentaje de distribución inicial de procedimientos.
En caso de ampliación de la adjudicación será necesario reajustar el importe de la garantía definitiva constituida por las empresas.
5º.- Presentación de documentación.
Seleccionados los adjudicatarios del Acuerdo Xxxxx según las pautas indicadas en los apartados anteriores, las empresas seleccionadas justificaran ante el órgano de Contratación, en el plazo xx xxxx días hábiles desde la notificación de su selección, la constitución de la garantía definitiva establecida en la Cláusula 16 del PCAP y apartado 16 del Anexo I a este pliego y, en su caso, actualizarán los documentos acreditativos de su capacidad de contratar con la Administración: certificaciones vigentes de estar al corriente en sus obligaciones tributarias (Agencia Tributaria e IAE) y Seguridad Social, las pólizas de seguro de establecidas en la Cláusula 18 de este pliego, personal adscrito a la ejecución del contrato, etc.
De no presentar la documentación indicada en el plazo requerido para ello, se entenderá que renuncian a la adjudicación y, de acuerdo con lo estipulado en el párrafo segundo de la presente Cláusula que desiste de su participación en el Acuerdo Xxxxx, por lo que se procederá a la rescisión del contrato firmado
En este caso, se adjudicará el contrato a la siguiente empresa en puntuación de la selección realizada después de la presentación de las mejoras.
6º.- Adjudicación:
Una vez completada la documentación requerida, se formalizará el contrato basado en el Acuerdo Xxxxx con las empresas que hayan resultado adjudicatarias, junto con el documento de adjudicación que figura en el anexo XIV al presente pliego.
El importe total del contrato de cada adjudicatario será la suma de la adjudicación inicial y sus ampliaciones (formalizadas en los anexos XIV), en caso de que las haya.
Reasignación de actividad. Adjudicados inicialmente los contratos, si una o más de las empresas adjudicatarias no pudiera ejecutar el total de los procedimientos asignados, estos procedimientos se reasignaran, al resto de los adjudicatarios del proceso de contratos
derivados, siguiendo el orden de puntuación de la clasificación decreciente aprobada para ese proceso, que estén capacitadas para su ejecución, previa conformidad de la empresa y mediante Resolución motivada del órgano correspondiente. El Órgano de Contratación evaluará la justificación aducida por la empresa que desiste en la ejecución de los procedimientos adjudicados y adoptará la Resolución que proceda
Cláusula 40.- Solicitud de mejoras
El Órgano de Contratación del Acuerdo Marco, con el fin de promover la competencia entre las empresas, por propia iniciativa o a instancia de los adjudicatarios, podrá solicitar:
- Nuevos precios o descuentos en los precios unitarios en función de la cantidad de procedimiento a ejecutar -economía de escala-, o por cualquier otra circunstancia posible. Las nuevas ofertas se presentarán en el modelo establecido en el Anexo V a este Pliego
- Incluir nuevas técnicas de ejecución de los procedimientos incluidos en el acuerdo marco o nuevos procedimientos del tipo de los adjudicados o similares a los mismos, cuando concurran motivos de interés público o por incorporación de una nueva tecnología
Esta actualización de precios y medios de ejecución de los procedimientos se producirá por Resolución del Órgano de Contratación, en la que se especificará el motivo de la convocatoria y el procedimiento de valoración a seguir y exigirá la conformidad de los adjudicatarios
El Órgano de Contratación cursará a los adjudicatarios una invitación para que presenten sus ofertas. Se concederá a las empresas un plazo no inferior a cinco días hábiles para presentar su oferta, que se entregará por escrito, en sobre cerrado y firmado por el representante legal de la empresa, cuyo contenido será confidencial hasta el momento fijado para su apertura. Finalizado el plazo de presentación establecido, se realizará la apertura pública de las mismas. Posteriormente, se valorarán las ofertas presentadas y se clasificarán por orden decreciente las empresas adjudicatarias, dejando constancia documental de todo lo actuado. Esta Clasificación será el nuevo punto xx xxxxxxx para la clasificación personalizada del resto de los órganos de contratación de los contratos en ejecución derivado del acuerdo marco que se convoquen a partir de su publicación.
La fecha de apertura de las ofertas y el resultado de las mismas se hará pública en el Tablón de Anuncios del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx)
Cláusula 41. Ejecución de los contratos basados en el del Acuerdo Marco.
La ejecución del contrato y el pago de las contraprestaciones derivadas del mismo se realizarán conforme a las normas generales de la legislación sobre contratos públicos y demás disposiciones aplicables, de acuerdo a lo estipulado en la cláusula xxx xxxxxx.
El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el Acuerdo Marco y en el pliego de condiciones establecido al efecto.
El contratista contará con el personal adecuado para la ejecución del contrato. Si fuera necesario procederá inmediatamente a la sustitución del personal preciso de forma que la buena ejecución del contrato quede siempre asegurada.
El órgano de contratación, directamente o a través de la entidad que considere más idónea tiene la facultad de inspeccionar y de establecer sistemas de control de calidad, dictando cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
Con independencia de las autorizaciones administrativas con las que debe contar como centro sanitario, el adjudicatario atenderá, en todo momento, cuantas disposiciones, recomendaciones o directrices hayan dictado o se puedan dictar en el futuro sobre la materia por las Autoridades Sanitarias.
El adjudicatario está obligado, en los centros ofrecidos para la prestación del servicio, a cumplir con todas las disposiciones vigentes en cada momento, en especial en materia de autorización, registro, acreditación, homologación, identificación y elaboración de información y estadísticas sanitarias, así como todas aquellas que le sean de aplicación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los servicios realizados, de las consecuencias que se deduzcan para la Administración contratante, o para terceros, de las omisiones, errores, métodos inadecuados o prácticas incorrectas en la ejecución del contrato.
Cuando la ejecución del contrato así lo aconseje, la Administración podrá recabar del contratista la designación de una persona que actúe como delegado suyo, para organizar la realización del contrato.
Cláusula 42.- Duración y prórroga de los contratos basados en el acuerdo marco.
Los contratos que se adjudiquen por procedimiento en ejecución derivado de un Acuerdo Marco no podrán tener un plazo de ejecución superior a la vigencia que tenga el Acuerdo Marco de origen.
No obstante lo anterior, por razones de interés público sanitario, en el caso de tratamientos iniciados con anterioridad a la finalización del Acuerdo Marco y que no se hubiesen ejecutado en su totalidad, el contrato será de prórroga obligatoria para el empresario hasta la finalización de los procedimientos en curso, sin que proceda modificación alguna del contrato.
Cláusula 43. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales.
En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato, incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales adecuados, o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, fundamentalmente, el retraso en la prestación del servicio o, en su caso, el rechazo de pacientes sin motivo justificado documentalmente y de conformidad con los requisitos mínimos exigidos, la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.1 del TRLCSP, podrá imponer como penalidad un descuento por importe equivalente hasta la cuarta parte de la factura presentada por el adjudicatario, correspondiente al mes siguiente a aquel en que el órgano de contratación determine el cumplimiento defectuoso. Esta
REHABILITACIÓN AMBULATORIA
BLOQUE 1:
GRUPO 1.- PATOLOGÍA MUSCULOESQUELETICA Y DEL SNP
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN CMD | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN PROCESO |
4 | Afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. | 4.1 | Síndromes caniculares y/o de atrapamiento. |
4.2 | Traumatismos del sistema nervioso periférico. | ||
4.3 | Otras afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. | ||
6 | Afecciones traumáticas osteoarticulares y de las partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 6.1 | Fracturas extremo proximal del húmero. |
6.2 | Otras afecciones traumáticas, osteoarticulares de las extremidades, tronco y/o abdomen. | ||
6.3 | Afecciones traumáticas de las partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | ||
6.4 | Afecciones traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de localización múltiple (extremidades tronco y/o abdomen). |
7 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 7.1 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas del hombro. |
7.2 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas de la rodilla. | ||
7.3 | Otras afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas de extremidades (excepto del hombro y rodilla), tronco y/o abdomen. | ||
7.4 | Artritis. | ||
7.5 | Síndrome de dolor regional complejo. | ||
7.6 | Artroplastias y plastias ligamentosas. | ||
7.10 | Afecciones no traumáticas. Osteoarticulares y de partes blandas de localización múltiple (extremidades tronco y/o abdomen). |
8 | Afecciones traumáticas y no traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. | 8.1 | Afecciones traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. |
8.2 | Síndromes álgidos vertebrales de características mecánicas y/o degenerativas. | ||
8.3 | Deformidades vertebrales en periodo de crecimiento. |
9 | Amputaciones. | 9.1 | Amputaciones. |
11 | Linfedema. | 11.1 | Linfedema de extremidades. |
12 | Grupo específico de patología senil. | 12.1 | Síndrome de inmovilidad. |
GRUPO 2.- ENFERMEDADES DEL SNC- DAÑO CEREBRAL ADQUIRIDO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN CMD | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN PROCESO |
1 | Accidente vascular cerebral (AVC) con hemiplejía. | 1.1 | AVC con hemiplejía en fase aguda. |
1.2 | AVC con hemiplejía en fase de secuelas. | ||
2 | Enfermedades del sistema nervioso central. | 2.1 | Enfermedades del sistema nervioso central. |
3 | Lesiones de la médula espinal. | 3.1 | Lesiones de la médula espinal. |
5 | Daño cerebral adquirido. | 5.1 | Daño cerebral adquirido. |
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.9 | Afasia. |
13.10 | Disartria. |
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REHABILITACIÓN DOMICILIARIA
BLOQUE 2:
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN CMD | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN PROCESO |
1 | Accidente vascular cerebral (AVC) con hemiplejia. | 1.3 | AVC con hemiplejia en fase aguda. |
1.4 | AVC con hemiplejia en fase de secuelas. |
2 | Enfermedades del sistema nervioso central. | 2.2 | Enfermedad xx Xxxxxxxxx. |
2.3 | Esclerosis múltiple. | ||
2.4 | Otras enfermedades del sistema nervioso central. |
3 | Lesiones de la médula espinal. | 3.2 | Lesiones de la médula espinal. |
4 | Afecciones del sistema nervioso periférico y neuromiopatías. | 4.4 | Otras afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. |
5 | Traumatismos cráneo encefálicos. | 5.2 | Traumatismos cráneo encefálicos. |
6 | Afecciones traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades. | 6.5 | Fractura de epífisis proximal del húmero. |
6.6 | Fractura de epífisis proximal del fémur. | ||
6.7 | Otras afecciones traumáticas y de las partes blandas de las extremidades. | ||
7 | Afecciones no traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades. | 7.7 | Artroplastia de rodilla. |
7.8 | Artroplastia de cadera. | ||
7.9 | Otras afecciones no traumáticas y de las partes blandas de las extremidades (excepto artroplastia de rodilla y cadera). |
REHABILITACIÓN DOMICILIARIA (Continuación)
BLOQUE 2:
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN CMD | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN PROCESO |
8 | Afecciones traumáticas y no traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. | 8.4 | Afecciones vertebrales sin lesión medular. |
9 | Amputaciones. | 9.2 | Amputación/es de la/s extremidad/es inferior/es. |
10 | Enfermedades respiratorias. | 10.2 | E.P.O.C. |
12 | Grupo especifico de patología senil. | 12.2 | Síndrome de inmovilidad. |
18 | Enfermedades crónicas o degenerativas. | 18.1 | Enfermedades crónicas o degenerativas con necesidad de rehabilitación prolongada. |
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.11 | Afasia. |
13.12 | Disartria. |
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REHABILITACIÓN RESPIRATORIA AMBULATORIA
BLOQUE 3:
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN CMD | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN PROCESO |
10 | Enfermedades respiratorias. | 10.1 | Enfermedades respiratorias. |
🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌
REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR
BLOQUE 4:
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN CMD | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN PROCESO |
14 | Grupo de patología Cardiovascular. | 14.1 | Cardiopatía Isquémica en pacientes de riesgo cardiovascular medio. |
14.2 | Cardiopatía Isquémica en pacientes de riesgo cardiovascular Bajo. | ||
14.3 | Cardiopatías Valvulares Operadas. | ||
14.4 | Cardiopatías Congénitas Operadas. | ||
14.5 | Insuficiencia Cardíaca. | ||
14.6 | Transplante Cardíaco. | ||
14.7 | Arteriopatía de Miembros Inferiores. |
🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌
LOGOPEDIA
BLOQUE 5:
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN CMD | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN PROCESO |
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.1 | Disfonía. |
13.2 | Afasia. | ||
13.3 | Disartria. | ||
13.4 | Trastornos de la fluencia. | ||
13.5 | Anomalías bucodentofaciales. | ||
13.6 | Laringectomía. | ||
13.7 | Implante Coclear. Pacientes Postlocutivos. | ||
13.8 | Implante Coclear. Pacientes Prelocutivos. | ||
13.9 | Hipoacusia Infantil | ||
16 | Trastornos del lenguaje y habla | 16.1 | Disfasia. |
16.2 | Dislalia. | ||
16.3 | Retraso del lenguaje expresivo y/o mixto |
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REHABILITACIÓN DE SUELO PÉLVICO
BLOQUE 6:
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN CMD | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN PROCESO |
15 | Disfunción del suelo pélvico. | 15.1 | Disfunción del suelo pélvico. |
🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌
PARA TODOS LOS BLOQUES A LOS QUE SE PRESENTE OFERTA
DESCRIPCION
PRIMERA y ÚNICA CONSULTA MÉDICA, en el caso de que en ella se de por finalizado el proceso.
VISITA DOMICILIARIA AISLADA a realizar por el médico.
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ANEXO III PRECIOS MAXIMOS
Las ofertas económicas para cada uno de los procedimientos incluidos en cada bloque no podrán ser superiores a los precios máximos, en euros, que se especifican a continuación:
REHABILITACIÓN AMBULATORIA
BLOQUE 1:
GRUPO 1.- PATOLOGÍA MUSCULOESQUELETICA Y DEL SNP
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Precio Maximo |
4 | Afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. | 4.1 | Síndromes caniculares y/o de atrapamiento. | 200 |
4.2 | Traumatismos del sistema nervioso periférico. | 385 | ||
4.3 | Otras afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. | 475 | ||
6 | Afecciones traumáticas osteoarticulares y de las partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 6.1 | Fracturas extremo proximal del húmero. | 475 |
6.2 | Otras afecciones traumáticas. osteoarticulares de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 270 | ||
6.3 | Afecciones traumáticas de las partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 200 | ||
6.4 | Afecciones traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de localización múltiple (extremidades tronco y/o abdomen). | 505 | ||
7 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 7.1 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas del hombro. | 390 |
7.2 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas de la rodilla. | 175 | ||
7.3 | Otras afecciones no traumáticas. osteoarticulares y de partes blandas de extremidades (excepto del hombro y rodilla), tronco y/o abdomen. | 160 | ||
7.4 | Artritis. | 175 | ||
7.5 | Síndrome de dolor regional complejo. | 390 | ||
7.6 | Artroplastias y plastias ligamentosas. | 330 | ||
7.10 | Afecciones no traumáticas. Osteoarticulares y de partes blandas de localización múltiple (extremidades tronco y/o abdomen). | 230 | ||
8 | Afecciones traumáticas y no traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. | 8.1 | Afecciones traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. | 145 |
8.2 | Síndromes álgicos vertebrales de características mecánicas y/o degenerativas. | 105 | ||
8.3 | Deformidades vertebrales en periodo de crecimiento. | 145 | ||
9 | Amputaciones. | 9.1 | Amputaciones. | 330 |
11 | Linfedema. | 11.1 | Linfedema de extremidades. | 400 |
12 | Grupo específico de patología senil. | 12.1 | Síndrome de inmovilidad. | 315 |
GRUPO 2.- ENFERMEDADES DEL SNC- DAÑO CEREBRAL ADQUIRIDO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Xxxxxx Xxxxxx |
1 | Accidente vascular cerebral (AVC) con hemiplejía. | 1.1 | AVC con hemiplejía en fase aguda. | 1.287 |
1.2 | AVC con hemiplejía en fase de secuelas. | 430 | ||
2 | Enfermedades del sistema nervioso central. | 2.1 | Enfermedades del sistema nervioso central. | 430 |
3 | Lesiones de la médula espinal. | 3.1 | Lesiones de la médula espinal. | 560 |
5 | Daño cerebral adquirido. | 5.1 | Daño cerebral adquirido. | 4.200 |
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.9 | Afasia. | 1.020 |
13.10 | Disartria. | 585 |
REHABILITACIÓN DOMICILIARIA
BLOQUE 2:
GRUPO UNICO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Xxxxxx Xxxxxx |
1 | Accidente vascular cerebral (AVC) con hemiplejia. | 1.3 | AVC con hemiplejia en fase aguda. | 890 |
1.4 | AVC con hemiplejia en fase de secuelas. | 680 | ||
2 | Enfermedades del sistema nervioso central. | 2.2 | Enfermedad xx Xxxxxxxxx. | 615 |
2.3 | Esclerosis múltiple. | 705 | ||
2.4 | Otras enfermedades del sistema nervioso central. | 765 | ||
3 | Lesiones de la médula espinal. | 3.2 | Lesiones de la médula espinal. | 750 |
4 | Afecciones del sistema nervioso periférico y neuromiopatías. | 4.4 | Otras afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. | 750 |
5 | Traumatismos cráneo encefálicos. | 5.2 | Traumatismos cráneo encefálicos. | 900 |
6 | Afecciones traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades. | 6.5 | Fractura de epífisis proximal del húmero. | 615 |
6.6 | Fractura de epífisis proximal del fémur. | 700 | ||
6.7 | Otras afecciones traumáticas y de las partes blandas de las extremidades. | 641 | ||
7 | Afecciones no traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades. | 7.7 | Artroplastia de rodilla. | 524 |
7.8 | Artroplastia de cadera. | 736 | ||
7.9 | Otras afecciones no traumáticas y de las partes blandas de las extremidades (excepto artroplastia de rodilla y cadera). | 615 | ||
8 | Afecciones traumáticas y no traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. | 8.4 | Afecciones vertebrales sin lesión medular. | 480 |
9 | Amputaciones. | 9.2 | Amputación/es de la/s extremidad/es inferior/es. | 750 |
10 | Enfermedades respiratorias. | 10.2 | E.P.O.C. | 750 |
12 | Grupo especifico de patología senil. | 12.2 | Síndrome de inmovilidad. | 700 |
18 | Enfermedades crónicas o degenerativas. | 18.1 | Enfermedades crónicas o degenerativas con necesidad de rehabilitación prolongada. | 1.300 |
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.11 | Afasia. | 550 |
13.12 | Disartria. | 524 |
REHABILITACIÓN RESPIRATORIA AMBULATORIA
BLOQUE 3:
GRUPO UNICO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Xxxxxx |
10 | Enfermedades respiratorias. | 10.1 | Enfermedades respiratorias. | 520 |
REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR
BLOQUE 4:
GRUPO UNICO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Xxxxxx Xxxxxx |
14 | Grupo de patología Cardiovascular. | 14.1 | Cardiopatía Isquémica en pacientes de riesgo cardiovascular medio. | 1.450 |
14.2 | Cardiopatía Isquémica en pacientes de riesgo cardiovascular Bajo. | 450 | ||
14.3 | Cardiopatías Valvulares Operadas. | 1.150 | ||
14.4 | Cardiopatías Congénitas Operadas. | 1.150 | ||
14.5 | Insuficiencia Cardíaca. | 1.090 | ||
14.6 | Transplante Cardíaco. | 1.450 | ||
14.7 | Arteriopatía de Miembros Inferiores. | 410 |
LOGOPEDIA
BLOQUE 5:
GRUPO: 1 - LENGUAJE
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Xxxxxx Xxxxxx |
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.1 | Disfonía. | 469 |
13.2 | Afasia. | 1.020 | ||
13.3 | Disartria. | 585 | ||
13.4 | Trastornos de la fluencia. | 595 | ||
13.5 | Anomalías bucodentofaciales. | 499 | ||
13.6 | Laringectomía. | 402 | ||
13.7 | Implante Coclear. Pacientes Postlocutivos (Hasta 120 sesiones) | 1.287 | ||
Implante Coclear. Pacientes Postlocutivos (Hasta 320 sesiones) | 3.732 | |||
13.8 | Implante Coclear. Pacientes Prelocutivos (Hasta 120 sesiones) | 1.287 | ||
Implante Coclear. Pacientes Prelocutivos (Hasta 627 sesiones) | 6.678 | |||
13.9 | Hipoacusia Infantil | 1.287 | ||
16 | Desordenes del desarrollo del lenguaje o del habla. | 16.1 | Trastornos del lenguaje expresivo y mixto (receptivo-expresivo). Disfasia. | 643 |
16.2 | Trastornos del habla- articulación. Dislalia. | 643 | ||
16.3 | Retraso del lenguaje expresivo y/o mixto | 643 |
REHABILITACIÓN DE SUELO PÉLVICO
BLOQUE 6:
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Xxxxxx Xxxxxx |
15 | Disfunción del suelo pélvico. | 15.1 | Disfunción del suelo pélvico. | 530 |
PARA TODOS LOS BLOQUES A LOS QUE SE PRESENTE OFERTA
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Xxxxxx Xxxxxx |
PRIMERA y ÚNICA CONSULTA MÉDICA, en el caso de que en ella se de por finalizado el proceso. | 23 | |||
DOMICILIARIA AISLADA a realizar por el médico. | 40 |
Nº SESIONES RECIBIDAS | % FACTURACIÓN MAXIMA |
De 1 a 10% sesiones | 10% del precio del tratamiento |
De 10% a 20% sesiones | 20% del precio del tratamiento |
De 20% a 40% sesiones | 40% del precio del tratamiento |
De 40% a 60% sesiones | 60% del precio del tratamiento |
De 60% a 80% sesiones | 80% del precio del tratamiento |
A partir del 80% sesiones | 100% del precio del tratamiento |
ANEXO IV CRITERIOS DE VALORACIÓN
REHABILITACIÓN AMBULATORIA
BLOQUE 1:
Los criterios para la valoración de las ofertas presentadas, son los siguientes:
1.- Por estar en posesión de certificado o acreditación de calidad, expedido por entidad externa e independiente, con reconocimiento nacional o internacional, que abarque las actividades incluidas en el BLOQUE 1: 3 Puntos.
2.- Por disponer de los elementos de mejora de oferta, técnicos, personales y de servicio que se expresan a continuación, agrupados en los apartados de A a F, la puntuación que en cada caso se indica.
EQUIPAMIENTO
APARTADO A:
EN VERDE LO QUE SUPRIMIRIAMOS
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 Existencia del EQUIPAMIENTO FISIOTERÁPICO que se describe a continuación:
1.1 Termoterapia.
1.1.1 Hot- Packs y su calentador correspondiente. Con gama de temperaturas como mínimo entre 50-95º C y con una exactitud mínima de 5º, indicadores de temperatura y mecanismos de seguridad contra ebullición. Al menos hot-packs de tres tamaños distintos.
1.2 Crioterapia.
0,20 puntos
1.2.1
Equipo de crioterapia estándar por flujo de aire frío.
Por cada aparato sumar 0,50 puntos.
Máximo 1 punto
1.3
1.4
1.5
1.6
Hidroterapia.
1.3.1 Tanques para baños de contraste con instalación de agua caliente y fría con termómetros incorporados para el control de la temperatura.
1.3.2 Tanques xx xxxxxxxx para extremidades.
1.3.3 Baño de mariposa con unidad de masaje subacuático.
1.3.4 Piscina terapéutica.
Electroterapia de baja y media frecuencia.
Dispositivos incorporados en los equipos citados en el Anexo II de Requisitos Mínimos, que permitan:
1.4.1 Tratamientos con Feedback.
1.4.2 Capacidad para conexión con elementos informáticos externos (ordenador, impresora) y su utilización de forma rutinaria.
Otros equipos de Mejora.
1.5.1 Equipo de presoterapia multicámara con manguitos para extremidades superiores e inferiores.
Mecanoterapia y cinesiterapia.
0,30 puntos
0,50 puntos
1 punto
2 puntos
0,15 puntos
0,15 puntos
0,50 puntos
1.6.1
1.6.2
Pista de marcha. “Cinta sin fin” para la deambulación progresiva, simulando marcha en terreno plano e inclinado, con ajuste de carga de trabajo, lectura de velocidad, reloj con señal de alarma.
Banco de cuádriceps.
Por cada pista se sumarán 0,30 puntos.
Máximo 0,90 puntos
0,20 puntos
1.6.3
1.6.4
1.6.5
Férula activa para ejercicios pasivos de rodilla y cadera que permite flexo- extensión progresiva en velocidad y ritmo.
Jaula xx Xxxxxx.
Equipo para la realización de ejercicios isocinéticos.
0,20 puntos
0,30 puntos
0,60 puntos
BLOQUE 1: | REHABILITACIÓN AMBULATORIA | |
APARTADO A: | EQUIPAMIENTO (Continuación) |
2 | Existencia del EQUIPAMIENTO PARA TERAPIA OCUPACIONAL que se describe a continuación: | |||
2.1 | • Cama estándar. • Equipamiento de ayudas técnicas para: • Alimentación (cubiertos adaptados, pelafrutas adaptado...). • Vestido (calzador alargado, abrochabotones...). • Higiene (esponja alargada, cortauñas para hemipléjico...). • Trabajo doméstico (pinzas de ropa adaptadas, escurridor adaptado de alimentos...). • Comunicación (tijeras adaptadas, bolígrafos adaptados...). • Ocio (adaptaciones para hacer labores, adaptaciones para juegos xx xxxx...). • Ortesis prefabricadas y reutilizables para hombro, codo, muñeca y mano. • Pequeño material necesario para el tratamiento, adecuado al conocimiento científico actualizado, de las deficiencias de los miembros superiores y trastornos neuropsicológicos. | 0.75 punto | ||
2.2 | Existencia de instalación de cocina adaptada y bañera estándar. | 0,50 puntos | ||
2.3 | Para diseño y confección de férulas (calentador de agua de 220-240 x. xx xxxxx inoxidable de dimensiones superiores a 50x60 cm. y 20 cm. de alto, para trabajar el material termoplástico en confección de ortesis, pistola térmica con temperatura que alcance los 370º C para trabajar el material termoplástico en la confección de ortesis y material termomoldeable). | 0,20 puntos | ||
3 | Existencia del EQUIPAMIENTO GENERAL que se describe a continuación: | |||
3.1 | Fotocopiadora. | 0,20 puntos | ||
3.2 | TV y vídeo y/o DVD en sala de tratamiento en grupo para exponer programas terapéuticos y educación sanitaria. | 0,20 puntos | ||
3.3 | Cámara de vídeo. | 0,15 puntos | ||
3.4 | Cámara fotográfica. | 0,15 puntos | ||
3.5 | Cañón de proyección. | 0,15 puntos | ||
3.6 | Aplicativo informático de gestión de actividad del servicio. | 0.15 puntos | ||
3.7 | Aplicativo informático de gestión de calidad de servicio. | 0,40 puntos | ||
4 | Existencia del EQUIPAMIENTO PARA FONDO BIBLIOGRÁFICO que se describe a continuación: | |||
4.1 | Fondo bibliográfico propiamente dicho, para la consulta de información y para la periódica actualización de conocimientos del colectivo que desarrolle su actividad en la entidad contratada, que constará de: ▪ Un mínimo de 25 volúmenes de contenido vigente tanto en el campo de la medicina general como en el de la rehabilitación. ▪ Un mínimo de dos colecciones de publicaciones periódicas especializadas en rehabilitación. ▪ Organización física y temática del fondo bibliográfico claramente establecida, así como una configuración sistemática de todo el circuito de los documentos (adquisición, recepción y préstamo). ▪ Acceso a biblioteca virtual. En el caso de que el fondo bibliográfico esté centralizado en espacio físico distinto del destinado a la prestación del servicio, la entidad contratada debe garantizar la existencia de un protocolo de acceso para todos los profesionales. | 1,15 puntos | ||
VALORACIÓN MAXIMA | ||||
12 Puntos |
REHABILITACIÓN AMBULATORIA
BLOQUE 1:
LOCALES E INSTALACIONES
APARTADO B:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 AREA DE ENTRADA
1.1 Zona reservada para el estacionamiento de vehículos de transporte (vado).
Por cada espacio destinado al estacionamiento de un vehículo, sumar 0,10 puntos.
Máximo 0,40 puntos
2 ÁREA DE SERVICIOS GENERALES NO TERAPÉUTICOS
2.1 Zona de Recepción y Administración.
2.1.1 Superficie mayor de 8 m2.
2.2 Sala de espera con superficie mayor de 20 m2.
2.3 Sala de consulta con superficie igual o superior a 12 m2.
2.4 Sala de reuniones y biblioteca con una superficie superior a 15 m2.
2.5 Sala para taller de reparación y mantenimiento, con una superficie superior a 6 m2.
2.6 Aseos especiales para discapacitados físicos diferenciados por sexo, ambos con las mismas características especificadas en el Anexo II (Requisitos Mínimos).
2.7 Aseos de usuarios con superficie superior a 8 m2 para cada sexo, ambos con las mismas características especificadas en el ANEXO II (Requisitos Mínimos).
2.8 Vestuarios de los usuarios con superficie superior a 15 m2 en ambos sexos.
3 ÁREA TERAPEUTICA
3.1 Sala de gimnasio polivalente con superficie superior a 50 m2.
0,15 puntos
0,30 puntos
0,20 puntos
0,30 puntos
0,20 puntos
0,20 puntos
0,15 puntos
0,25 puntos
0,50 puntos
3.2
Box de tratamiento individual con superficie superior a 4 m2.
Por cada box con estas características se sumarán 0,3 puntos.
Máximo 1,20 puntos
3.3
3.4
3.5
Zona de parafina, baños alternantes y otras terapias que utilicen al agua como medio terapéutico con: - Superficie superior a 8 m2. – Toma de agua caliente y fría. – Desagües correspondientes en cada recipiente. – Desagüe en el suelo.
Sala de Terapia Ocupacional con:
▪ La superficie mínima será de 10 m2.
▪ Espacio destinado para la reeducación de las A.V.D. (actividades de la vida diaria)
▪ Espacio destinado para la reeducación de las deficiencias de los miembros superiores, trastornos neuropsicobiológicos y actividades de la vida diaria.
▪ Posibilidad de independizar una zona para tratamientos que precisen privacidad.
Sala de logopedia específica para el tratamiento con programas informáticos con capacidad mínima para dos pacientes. Espacio mínimo 10 m2.
0,10 puntos
0,50 puntos
0,50 puntos
4 ASPECTOS GENERALES
4.1 Iluminación natural en sala de espera.
4.2 Iluminación natural en sala de consulta.
4.3 Iluminación natural en sala de gimnasio polivalente.
4.4 Sistema antiséptico de renovación de aire, al menos, en dos zonas terapéuticas y de consulta.
0,25 puntos
0,25 puntos
0,25 puntos
0,30 puntos
6 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
ORGANIZACIÓN EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
APARTADO D:
VALORACIÓN
MEJORAS EN LA OFERTA
1 | AMPLIACIÓN DEL HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO | ||
1.1 | Diez horas diarias, en horario de mañana y tarde, 5 días a la semana. | 0,50 punto |
1 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
0,50 punto
Historia clínica informatizada con protocolo de cumplimiento normalizado.
2.1
OTROS
2
REHABILITACIÓN AMBULATORIA
BLOQUE 1:
REALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
APARTADO E:
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
1 | Por presentar oferta al grupo 2, especificados en el Anexo II de Requisitos Mínimos. | 2,5 puntos |
2 | Por presentar oferta al BLOQUE 2 (Rehabilitación Domiciliaria). | 0,20 puntos |
3 | Por presentar oferta al BLOQUE 3 (Rehabilitación Respiratoria Ambulatoria). | 0,20 puntos |
4 | Por presentar oferta al BLOQUE 4 (Rehabilitación Cardiovascular). | 0,20 puntos |
5 | Por presentar oferta al BLOQUE 5 (Logopedia). | 0,20 puntos |
6 | Documento de Educación Sanitaria en, al menos, los cuatro procedimientos más frecuentes (el contenido cumplirá los requisitos especificados en el Anexo II de Requisitos Mínimos). | 0,20 puntos |
7 | Documento de Educación Sanitaria en, al menos, los ocho procedimientos más frecuentes (el contenido cumplirá los requisitos especificados en el Anexo II de Requisitos Mínimos). | 0,40 puntos |
8 | Documento de Educación Sanitaria en todos los procedimientos (el contenido cumplirá los requisitos especificados en el Anexo II de Requisitos Mínimos). | 0,40 puntos |
9 | Colabración en el ámbito docente y de investigación con el/los centros que el centro de gestión contratante determine, en forma de liderar un mínimo de 4 sesiones clínicas multidisciplinarias/año o un proyecto de investigación en el/los centro/s referidos. En cualquier caso se permitirá la asistencia con fines docentes del personal sanitario y no sanitario que el citado centro de gestión contratante determine, impartiendo en todo momento, según sus recursos disponibles, una docencia de la máxima calidad. | 0,50 puntos |
10 | Divulgación de información científica relacionada con la especialidad en el/los centro/s que el centro de gestión contratante determine, en forma de un mínimo de 2 comunicaciones a congresos de ámbito nacional. | 0,50 puntos |
11 | Disponibilidad, sin coste adicional, de valoración y apoyo Psicológicos en todos los pacientes y tratamiento por Facultativo Licenciado/Doctor en Psicología en todos los casos en que se precise, por indicación tanto de el/los facultativo/s de la entidad contratada como por el/los que el centro de gestión contratante determine. | 0,70 puntos |
VALORACIÓN MAXIMA 6 Puntos |
APARTADO F:
INFORME DE RESULTADOS
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
1 | Confección del informe de resultados mediante programa informatizado vinculado a la historia clínica. | 1 punto |
VALORACIÓN MAXIMA 1 Punto
VALORACIÓN MAXIMA TOTAL 30 Puntos
ANEXO IV CRITERIOS DE VALORACIÓN
REHABILITACIÓN DOMICILIARIA
BLOQUE 2:
Los criterios para la valoración de las ofertas presentadas, son los siguientes:
1.- Por estar en posesión de certificado o acreditación de calidad, expedido por entidad externa e independiente, con reconocimiento nacional o internacional, que abarque las actividades incluidas en el BLOQUE 2
:……………………………………………………3 Puntos.
VALORACIÓN
2.- Por disponer de los elementos de mejora de oferta, técnicos, personales y de servicio que se expresan a continuación, agrupados en los apartados de A a F, la puntuación que en cada caso se indica.
EQUIPAMIENTO
APARTADO A:
6 puntos
VALORACIÓN MAXIMA
Máximo 3,50 puntos
Por cada equipo adicional sumar 1,50 puntos.
Equipo que permita, al menos, la aplicación xx xxxxx frecuencia de 1 MHz. y de 3 MHz. Con, también como mínimo, doble cabezal de 1 cm2. y de 5 cm2. de ERA.
ULTRASONIDOS
2.1
Existencia del EQUIPAMIENTO FISIOTERÁPICO que se describe a continuación:
2
2,50 puntos
Espirómetro electrónico (medición de parámetros convencionales inspiratorios y espiratorios) con medición fiable independiente de la temperatura de la habitación, presión atmosférica y humedad.
1.1
Existencia del EQUIPAMIENTO MÉDICO que se describe a continuación:
1
MEJORAS EN LA OFERTA
RECURSOS HUMANOS
APARTADO C:
MEJORAS EN LA OFERTA | VALORACIÓN | ||
3 | PLAN DE FORMACIÓN | ||
3.1 | Plan de formación con una media superior a 10 horas/año por profesional. | 1 punto |
1 punto
VALORACIÓN MAXIMA
ORGANIZACIÓN EN LA PRESTACION DEL SERVICIO
APARTADO D:
VALORACIÓN
MEJORAS EN LA OFERTA
1 punto
Diez horas diarias, en horario de mañana y tarde, 6 días a la semana.
2.2
0,50 puntos
Siete horas diarias, en horario de mañana y/o tarde, 6 días a la semana.
2.1
AMPLIACIÓN DEL HORARIO DE OFICINA
2
0,25 puntos
Diez horas diarias, en horario de mañana y tarde, 6 días a la semana.
1.2
1 puntos
Diez horas diarias, en horario de mañana y tarde, 5 días a la semana.
1.1
AMPLIACION DEL HORARIO DE PRESTACION DEL SERVICIO
1
6 puntos
VALORACIÓN MAXIMA
2,25 puntos
Disponer de contestador automático para recepción de llamadas, 24 horas diarias, 7 días a la semana, con período de respuesta inferior a 24 horas excepto festivos.
3.2
1 punto
Historia clínica informatizada con protocolo de cumplimentación normalizado.
3.1
OTROS
3
REHABILITACIÓN DOMICILIARIA
BLOQUE 2:
REALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
APARTADO E:
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
1 | Por presentar oferta al BLOQUE 1 (Rehabilitación Ambulatoria). | 1,50 puntos |
2 | Por presentar oferta al BLOQUE 3 (Rehabilitación Respiratoria Ambulatoria). | 1,50 puntos |
3 | Por presentar oferta al BLOQUE 4 (Rehabilitación Cardiovascular). | 1 punto |
4 | Por presentar oferta al BLOQUE 5 (Logopedia). | 1 punto |
5 | Disponibilidad, sin coste adicional, de valoración y apoyo Psicológicos en todos los pacientes y tratamiento por Facultativo Licenciado/Doctor en Psicología en todos los casos en que se precise, por indicación tanto de el/los facultativo/s de la entidad contratada como por el/los que el centro de gestión contratante determine. | 3 puntos |
6 | Documento de Educación Sanitaria en, al menos, los cuatro procedimientos más frecuentes (el contenido cumplirá los requisitos especificados en el Anexo II de Requisitos Mínimos). | 0,50 puntos |
7 | Documento de Educación Sanitaria en los ocho procedimientos más frecuentes. (El contenido cumplirá los requisitos especificados en el Anexo II de Requisitos Mínimos). | 0,50 puntos |
8 | Documento de Educación Sanitaria en todos los procedimientos. (El contenido cumplirá los requisitos especificados en el Anexo II de Requisitos Mínimos). | 2 puntos |
9 | Colaboración en el ámbito docente y de investigación con el/los centros que el centro de gestión contratante determine, en forma de liderar un mínimo de 4 sesiones clínicas multidisciplinarias/año o un proyecto de investigación en el/los centro/s referidos. En cualquier caso se permitirá la asistencia con fines docentes del personal sanitario y no sanitario que el citado centro de gestión contratante determine, impartiendo en todo momento, según sus recursos disponibles, una docencia de la máxima calidad. | 0,50 puntos |
10 | Divulgación de información científica relacionada con la especialidad en el/los centro/s que el centro de gestión contratante determine, en forma de un mínimo de 2 comunicaciones a congresos de ámbito nacional. | 0,50 puntos |
VALORACIÓN MAXIMA 12 puntos |
APARTADO F:
INFORME DE RESULTADOS
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
1 | Archivo de resultados en entidad adjudicataria, a disposición de centro de gasto contratante durante más de 10 años. | 1 punto |
2 | Confección del informe de resultados mediante programa informatizado vinculado a la historia clínica. | 1 punto |
VALORACIÓN MAXIMA 2 puntos
VALORACIÓN MAXIMA TOTAL 30 Puntos
🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌
ANEXO IV CRITERIOS DE VALORACIÓN
REHABILITACIÓN RESPIRATORIA AMBULATORIA
BLOQUE 3:
1.- Por estar en posesión de certificado o acreditación de calidad, expedido por entidad externa e independiente, con reconocimiento nacional o internacional, que abarque las actividades incluidas en el BLOQUE 3: 3 Puntos.
2.- Por disponer de los elementos de mejora de oferta, técnicos, personales y de servicio que se expresan a continuación, agrupados en apartados de A a F, la puntuación que en cada caso se indica.
EQUIPAMIENTO
APARTADO A:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | Existencia del EQUIPAMIENTO MÉDICO que se describe a continuación; | ||||
1.1 | Electrocardiógrafo con doce derivaciones. | 1 puntos | |||
1.2 | Monitorización cardíaca con, al menos, 3 canales de electrocardiografía y uno de presión arterial. | 1.2 puntos | |||
1.3 | Espirómetro electrónico con pantalla iluminada para representación de la curva flujo/volumen en tiempo real, medición fiable independiente de la temperatura de la habitación, presión atmosférica y humedad. | 1.8 puntos | |||
1.4 | Pulsioxímetro con canal de ECG, conectable a PC y con gráfico de curva pletismográfica. | Por cada equipo sumar 0,40 punto. | Máximo 1,20 puntos | ||
1.5 | Capnógrafo estándar. | Por cada equipo sumar 0,20 puntos. | Máximo 0,60 puntos | ||
2 | Existencia del EQUIPAMIENTO FISIOTERÁPICO que se describe a continuación: | ||||
2.1 | Percutor vibrador. | 0,50 puntos | |||
2.2 | Instalación central de oxígeno, aire comprimido y vacío, con toma en pared. | 0.50 puntos | |||
2.3 | Disponibilidad de más de 8 colchonetas individuales y/o una o más colectivas con capacidad para más de 8 pacientes. | 0,50 puntos | |||
2.4 | Disponibilidad de equipos portátiles de oxígeno líquido. | Por cada equipo sumar 0,30 puntos. | Máximo 0,90 puntos | ||
2.5 | Pista (cinta sin fin) de marcha regulable, con ajuste de carga de trabajo, lectura de velocidad y reloj con señal de alarma. | Por cada una, sumar 0,40 puntos. | Máximo 1,20 puntos | ||
2.6 | Bicicleta ergométrica con marcha regulable, con ajuste de carga de trabajo, lectura de velocidad y reloj con señal de alarma. | Por cada una, sumar 0,30 puntos. | 0,90 puntos | ||
4 | Existencia del EQUIPAMIENTO GENERAL que se describe a continuación: | ||||
4.1 | Fotocopiadora. | 0,10 puntos | |||
4.2 | TV y vídeo en sala de tratamiento en grupo para exponer programas terapéuticos y educación sanitaria. | 0,10 puntos | |||
4.3 | Cámara de vídeo. | 0,10 puntos | |||
4.4 | Cámara fotográfica. | 0,10 puntos | |||
4.5 | Cañon de proyección. | 0,10 puntos | |||
4.6 | Aplicativo informático de gestión de actividad del servicio | 0,10 puntos | |||
4.7 | Aplicativo informático de gestión de calidad de servicio. | 0,10 puntos | |||
5 | Existencia del EQUIPAMIENTO PARA FONDO BIBLIOGRÁFICO que se describe a continuación: | ||||
5.1 | Fondo bibliográfico propiamente dicho, para la consulta de información y para la periódica actualización de conocimientos del colectivo que desarrolle su actividad en la entidad contratada, que constará de: ▪ Un mínimo de 25 volúmenes de contenido vigente tanto en el campo de la medicina general como en el de la rehabilitación y/o neumología. ▪ Un mínimo de dos colecciones de publicaciones periódicas especializadas en rehabilitación y/o neumología. ▪ Organización física y temática del fondo bibliográfico claramente establecida, así como una configuración sistemática de todo el circuito de los documentos (adquisición, recepción y préstamo). ▪ Acceso a biblioteca virtual. En el caso de que el fondo bibliográfico esté centralizado en espacio físico distinto del destinado a la prestación del servicio, la entidad contratada debe garantizar la existencia de un protocolo de acceso para todos los profesionales. | 1 punto | |||
VALORACIÓN MAXIMA | 12 puntos |
REHABILITACIÓN RESPIRATORIA AMBULATORIA
BLOQUE 3:
LOCALES E INSTALACIONES
APARTADO B:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | AREA DE ENTRADA | |||
1.1 | Zona reservada para el estacionamiento de vehículos de transporte (vado). | Por cada espacio destinado al estacionamiento de un vehículo, sumar 0,15 puntos. | Máximo 0,30 puntos | |
2 | ÁREA DE SERVICIOS GENERALES NO TERAPÉUTICOS | |||
2.1 | Zona de Recepción y Administración. | |||
2.1.1 | Superficie mayor de 8 m2. | 0,20 puntos | ||
2.2 | Sala de espera con superficie mayor de 20 m2. | 0,30 puntos | ||
2.3 | Sala de consulta con superficie superior a 12 m2. | 0,20 puntos | ||
2.4 | Sala de reuniones y biblioteca con una superficie superior a 15 m2. | 0,30 puntos | ||
2.5 | Servicio de guardarropía con superficie superior a 10 m2 atendido permanentemente por una persona, y/o un servicio de taquillas individuales con llave, que garanticen razonablemente la custodia de los objetos personales (ropa, bolsos, carteras, etc.) y en número suficiente para cubrir las necesidades de todos los pacientes, en función de la demanda existente en los diferentes horarios de asistencia al servicio. | 0,20 puntos | ||
2.6 | Aseos especiales para discapacitados físicos diferenciados por sexo, ambos de las mismas caracteristicas especificadas en el ANEXO II (Requisitos Mínimos). | 0,20 puntos | ||
2.7 | Vestuarios de personal específicos para cada sexo, cada uno con las características especificadas en el ANEXO II. | 0,30 puntos | ||
3 | ÁREA TERAPEUTICA | |||
3.1 | Sala de tratamiento en grupo con superficie superior a 40 m2. | 0,05 puntos | ||
3.2 | Box de tratamiento individual con superficie superior a 6 m2. | Por cada box con estas características se sumarán 0,30 puntos. | Máximo 0,90 puntos | |
3.3 | Sala de Terapia Ocupacional con: ▪ La superficie mínima será de 10 m2. ▪ Espacio destinado para la reeducación de las A.V.D. (actividades de la vida diaria). ▪ Posibilidad de independizar una zona para tratamientos que precisen privacidad. | 0,90 puntos | ||
4 | ASPECTOS GENERALES | |||
4.1 | Iluminación natural en sala de espera. | 0,20 puntos | ||
4.2 | Iluminación natural en consulta. | 0,20 puntos | ||
4.3 | Iluminación natural en sala de tratamiento en grupo. | 0,20 puntos | ||
4.4 | Sistema antiséptico de renovación de aire, al menos, en dos zonas terapéuticas y sala de consulta. | 0,30 puntos | ||
4.5 | Ubicación en Centro Hospitalario con disponibilidad, en situaciones urgentes, los servicios de Anestesiología y Reanimación así como los habituales de una Unidad de Cuidados Intensivos. | 0,80 puntos |
6 puntos
VALORACIÓN MAXIMA
RECURSOS HUMANOS
APARTADO C:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 punto
VALORACIÓN MAXIMA
1 punto
Plan de formación con una media superior a 10 horas/año por profesional.
3.1
PLAN DE FORMACION
3
REHABILITACIÓN RESPIRATORIA AMBULATORIA
BLOQUE 3:
ORGANIZACIÓN EN LA PRESTACION DEL SERVICIO
APARTADO D:
0,50 punto
Historia clínica informatizada con protocolo de cumplimiento normalizado.
4.1
OTROS
4
0,50 punto
Diez horas diarias, en horario de mañana y tarde, 5 días a la semana.
1.1
AMPLIACION DEL HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
1
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
REALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
APARTADO E:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | Por presentar oferta al BLOQUE 1 (Rehabilitación Ambulatoria). | 0,80 puntos | |
2 | Por presentar oferta al BLOQUE 2 (Rehabilitación Domiciliaria). | 0,80 puntos | |
3 | Por presentar oferta al BLOQUE 4 (Rehabilitación Cardiovascular). | 0,80 puntos | |
4 | Disponibilidad, sin coste adicional, de valoración y apoyo Psicológicos en todos los pacientes y tratamiento por Facultativo Licenciado/Doctor en Psicología en todos los casos en que se precise, por indicación tanto de el/los facultativo/s de la entidad contratada como por el/los que el centro de gestión contratante determine. | 1 puntos | |
5 | Disponibilidad, sin coste adicional, de los servicios de Anestesiología y Reanimación y/o de una Unidad de Vigilancia Intensiva, con todo el equipamiento necesario, en situaciones de urgencia. | 1,60 puntos | |
6 | Colaboración en el ámbito docente y de investigación con el/los centros que el centro de gestión contratante determine, en forma de liderar un mínimo de 4 sesiones clínicas multidisciplinarias/año o un proyecto de investigación en el/los centro/s referidos. En cualquier caso se permitirá la asistencia con fines docentes del personal sanitario y no sanitario que el citado centro de gestión contratante determine, impartiendo en todo momento, según sus recursos disponibles, una docencia de la máxima calidad. | 0,50 puntos | |
7 | Divulgación de información científica relacionada con la especialidad en el/los centro/s que el centro de gestión contratante determine, en forma de un mínimo de 2 comunicaciones a congresos de ámbito nacional. | 0,50 puntos | |
VALORACIÓN MAXIMA | 6 puntos |
INFORME DE RESULTADOS
APARTADO F:
VALORACIÓN
1 | Conexión informática con el centro contratante para envío de informe de resultados. | 1 punto |
1 Punto
VALORACIÓN MAXIMA
30 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA TOTAL
MEJORAS EN LA OFERTA
ANEXO IV CRITERIOS DE VALORACIÓN
REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR
BLOQUE 4:
Los criterios para la valoración de las ofertas presentadas, son los siguientes:
1.- Por estar en posesión de certificado o acreditación de calidad, expedido por entidad externa e independiente, con reconocimiento nacional o internacional, que abarque las actividades incluidas en el BLOQUE 4: 3 Puntos.
2.- Por disponer de los elementos de mejora de oferta, técnicos, personales y de servicio que se expresan a continuación, agrupados en los apartados de A a F, la puntuación que en cada caso se indica.
EQUIPAMIENTO
APARTADO A:
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
1 | Existencia del EQUIPAMIENTO MEDICO que se describe a continuación: | |||
1.1 | Equipos de monitorización telemétrica que cumplan los requisitos especificados en el Anexo II. | Por cada equipo adicional a los especificados como mínimos en el citado Xxxxx XX, se sumarán 0,30 puntos. | Máximo 0,90 puntos | |
1.2 | Espirómetro con pantalla iluminada para representación de la curva flujo/volumen en tiempo real, medición fiable independiente de la temperatura de la habitación, presión atmosférica y humedad. | 0,20 puntos | ||
1.3 | Equipo adicional de Electrocardiografía de 12 derivaciones. | 0,30 puntos | ||
1.4 | Desfibrilador miocárdico adicional. | 0,40 puntos | ||
1.5 | Equipo específico para la medición directa del consumo máximo de oxígeno (VO2 max.) | 0,60 punto | ||
1.6 | Equipo de Ecocardiografía-Doppler color. | 1 punto | ||
1.7 | Equipo de Ecografía-Doppler vascular. | 1 punto | ||
1.8 | Equipo xx Xxxxxx de ECG. | Por cada equipo se sumarán 0,30 puntos. | Máximo 0,90 puntos | |
1.9 | Equipo xx Xxxxxx de Presión. | Por cada equipo se sumarán 0,30 puntos. | Máximo 0,90 puntos | |
1.10 | Equipo para “ PADHOC” (Peripheral Arterial Disease Xxxxxx Control). | Por cada equipo se sumarán 0,30 puntos. | Máximo 0,90 puntos | |
1.11 | Equipamiento para la medida de la presión de oxígeno transcutáneo. | Por cada equipo se sumarán 0,20 puntos. | Máximo 0,60 puntos | |
1.12 | Equipos de Pulsioximetría con, el menos: ▪ Sensores adaptables a dedo de carácter universal y en caso necesario, adaptables a la oreja. Alarmas regulables de porcentaje de saturación y frecuencia cardíaca. Memoria interna o de tarjeta. ▪ Los siguientes intervalos de valoración: - Saturación de oxígeno entre 0 y 100 % y frecuencia cardíaca, al menos, entre 20 y 220 latidos/minuto. ▪ Errores máximos de medición serán: Saturación oxígeno ± 2%, para saturación entre 50 y 100%, y frecuencia cardíaca ± 2 latidos/min. ▪ Canal de ECG, conexión a PC. | Por cada equipo se sumarán 0,2 puntos. | Máximo 0,60 puntos | |
2 | Existencia del EQUIPAMIENTO FISIOTERÁPICO que se describe a continuación: | |||
2.1 | Existencia de bicicleta/s ergométrica/s que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo II. | Por cada bicicleta adicional a las establecidas como mínimo en el citado Anexo II se sumarán 0,20 puntos. | Máximo 0,40 puntos | |
2.2 | Existencia de cinta/s sin fin que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo II. | Por cada equipo adicional a los establecidos como mínimo en el citado Xxxxx XX se sumarán 0,20 puntos. | Máximo 0,40 puntos | |
2.3 | Existencia de bicicleta/s ergométrica/s de brazos (o remo ergométrico) que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo II. | Por cada equipo adicional a los establecidos como mínimo en el citado Xxxxx XX se sumarán 0,30 puntos. | Máximo 0,60 puntos | |
2.4 | Instalación central de oxígeno, aire comprimido y vacío, con toma en pared. | 0,20 puntos | ||
2.5 | Disponibilidad de equipos portátiles de oxígeno líquido. | 0,20 puntos | ||
3 | Existencia del EQUIPAMIENTO de TERAPIA OCUPACIONAL que se describe a continuación: | |||
3.1 | Herramientas de clavado y atornillado. Sierras de marquetería y serruchos. Útiles de pintura y esmaltes. Herramientas de Jardinería. | 0,20 puntos |
REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR
BLOQUE 4:
EQUIPAMIENTO (Continuación)
APARTADO A:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
4 | Existencia del EQUIPAMIENTO GENERAL que se describe a continuación: | ||
4.1 | Fotocopiadora. | 0,10 puntos | |
4.2 | TV y vídeo en sala de tratamiento en grupo para exponer programas terapéuticos y educación sanitaria. | 0,10 puntos | |
4.3 | Cámara de vídeo. | 0,10 puntos | |
4.4 | Cámara fotográfica. | 0,10 puntos | |
4.5 | Cañon de proyección. | 0,10 puntos | |
4.6 | Aplicativo informático de gestión de actividad del servicio. | 0,10 puntos | |
4.7 | Aplicativo informático de gestión de calidad de servicio | 0,10 puntos | |
5 | Existencia del EQUIPAMIENTO PARA FONDO BIBLIOGRÁFICO que se describe a continuación: | ||
5.1 | Fondo bibliográfico propiamente dicho, para la consulta de información y para la periódica actualización de conocimientos del colectivo que desarrolle su actividad en la entidad contratada, que constará de: ▪ Un mínimo de 25 volúmenes de contenido vigente en los campos de la medicina general, cardiología, cirugía cardiovascular y la rehabilitación. ▪ Un mínimo de una colección de publicación periódica especializada en cardiología, cirugía cardiovascular y rehabilitación. ▪ Organización física y temática del fondo bibliográfico claramente establecida, así como una configuración sistemática de todo el circuito de los documentos (adquisición, recepción y préstamo). ▪ Acceso a biblioteca virtual. En el caso de que el fondo bibliográfico esté centralizado en espacio físico distinto del destinado a la prestación del servicio, la entidad contratada debe garantizar la existencia de un protocolo de acceso para todos los profesionales. | 1 punto |
12 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
LOCALES E INSTALACIONES
APARTADO B:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | AREA DE ENTRADA | |||
1.1 | Zona reservada para el estacionamiento de vehículos de transporte (vado). | Por cada espacio destinado al estacionamiento de un vehículo, sumar 0,15 puntos. | Máximo 0,45 puntos | |
2 | ÁREA DE SERVICIOS GENERALES NO TERAPÉUTICOS | |||
2.1 | Zona de Recepción y Administración. | |||
2.1.1 | Superficie mayor de 8 m2 | 0,15 puntos | ||
2.2 | Sala de espera con superficie mayor de 20 m2 | 0,30 puntos | ||
2.3 | Sala de consulta con superficie mayor de 12 m2 | 0,30 puntos | ||
2.4 | Espacio específico reservado para la realización de pruebas de esfuerzo. | 0,30 puntos | ||
2.5 | Sala de reuniones y/o biblioteca con una superficie superior a 15 m2. | 0,30 puntos | ||
2.6 | Servicio de guardarropía con superficie superior a 10 m2 atendido permanentemente por una persona, y/o un servicio de taquillas individuales con llave, que garanticen razonablemente la custodia de los objetos personales (ropa, bolsos, carteras, etc.) y en número suficiente para cubrir las necesidades de todos los pacientes, en función de la demanda existente en los diferentes horarios de asistencia al servicio. | 0,20 puntos | ||
2.7 | Aseo para discapacitados físicos diferenciado para cada sexo. | 0,20 puntos | ||
2.8 | Vestuarios de los usuarios con superficie superior a 15 m2 en ambos sexos. | 0,20 puntos | ||
2.9 | Vestuarios de personal específicos para cada sexo, cada uno con las características especificadas en el ANEXO II. | 0,15 puntos |
LOCALES E INSTALACIONES
APARTADO B:
3 | ÁREA TERAPEUTICA | ||
3.1 | Sala de tratamiento en grupo con superficie superior a 40 m2 | 0,50 puntos | |
3.2 | Sala de Terapia Ocupacional con: ▪ Superficie igual o superior a 20 m2. ▪ Espacio destinado para la realización de ejercicios de jardinería. ▪ Posibilidad de independizar una zona para tratamientos que precisen privacidad. | 0,70 puntos | |
3.3 | Sala de terapia ocupacional con zona específica de Jardinería de al menos 50 m2 | 0,35 puntos | |
4 | ASPECTOS GENERALES | ||
4.1 | Sala de espera con iluminación natural. | 0,20 puntos | |
4.2 | Método antiséptico de renovación de aire en sala de tratamiento en grupo. | 0,30 puntos | |
4.3 | Sala de consulta con iluminación natural m2 | 0,30 puntos | |
4.4 | Espacio específico reservado para la realización de pruebas de esfuerzo con iluminación natural. | 0,30 puntos | |
4.5 | Sala de tratamiento en grupo con iluminación natural. | 0,30 puntos |
5 | Ubicación en Centro Hospitalario con disponibilidad, en situaciones urgentes, los servicios de Anestesiología y Reanimación así como los habituales de una Unidad de Cuidados Intensivos. | 0,50 puntos |
6 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
RECURSOS HUMANOS
APARTADO C
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
3 | PLAN DE FORMACION | ||
3.1 | Plan de formación con una media superior a 10 horas/año por profesional. | 1 punto |
1 punto
VALORACIÓN MAXIMA
ORGANIZACIÓN EN LA PRESTACION DEL SERVICIO
APARTADO D:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | AMPLIACIÓN DEL HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO | |
1.1 | Diez horas diarias, en horario de mañana y tarde, 5 días a la semana. | 0,50 punto |
4 | OTROS | ||
4.1 | Historia clínica informatizada con protocolo de cumplimiento normalizado. | 0,50 punto |
1 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
REALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
APARTADO E:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | Por presentar oferta a los procedimientos del grupo 2. | Cardiopatías vasculares operadas. | 0,40 puntos |
Cardiopatías congénitas operadas. | 0,40 puntos | ||
Insuficiencia cardíaca. | 0,40 puntos | ||
Arteriopatía periférica de extremidades inferiores. | 0,40 puntos | ||
Transplante cardíaco. | 0,40 puntos |
REALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
APARTADO E:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
2 | Por la incorporación, sin coste adicional, del protocolo de Terapia Ocupacional que se especifica a continuación: | ||||
Profesional | Tipo y Nº de sesiones | Se realizarán (además de lo específico de cada modalidad terapéutica): | |||
Terapeuta Ocupacional | TO-I | 1 | • Entrenamiento en la realización de las actividades de la vida diaria: básicas e instrumentales. • Asesoramiento sobre las posturas, el manejo y/o la estimulación del paciente. • Informar e implicar tanto a la familia como al paciente en el proceso terapéutico de terapia ocupacional. • Educación sanitaria. | ||
TO-R | 11 | ||||
Al proceso 14.1: Cardiopatía Isquémica. | 0,30 puntos | ||||
Al proceso 14.3: Cardiopatías valvulares operadas. | 0,30 puntos | ||||
Al proceso 14.4: Cardiopatías congénitas operadas. | 0,30 puntos | ||||
Al proceso 14.5: Insuficiencia Cardíaca. | 0,30 puntos | ||||
Al proceso 14.6: Transplante Cardíaco. | 0,30 puntos | ||||
3 | Por presentar oferta al BLOQUE 1 (Rehabilitación Ambulatoria). | 0,20 puntos | |||
4 | Por presentar oferta al BLOQUE 3 (Rehabilitación Respiratoria Ambulatoria). | 0,20 puntos | |||
7 | Inclusión de Ecocardiografía-Doppler Color en todos los pacientes, al finalizar el tratamiento. | 0,40 puntos | |||
8 | Inclusión de Ecografía-Doppler de Extremidades inferiores, sin coste adicional, del tratamiento en pacientes incluidos en el proceso 14.7: Arteriopatía periférica de extremidades inferiores. | 0,40 puntos | |||
9 | Disponibilidad, sin coste adicional, de los servicios de Anestesiología y Reanimación y/o de una Unidad de Vigilancia Intensiva, con todo el equipamiento necesario, en situaciones de urgencia. | 0.50 puntos | |||
10 | Colaboración en el ámbito docente y de investigación con el/los centros que el centro de gestión contratante determine, en forma de liderar un mínimo de 4 sesiones clínicas multidisciplinarias/año o un proyecto de investigación en el/los centro/s referidos. En cualquier caso se permitirá la asistencia con fines docentes del personal sanitario y no sanitario que el citado centro de gestión contratante determine, impartiendo en todo momento, según sus recursos disponibles, una docencia de la máxima calidad. | 0,40 puntos | |||
11 | Divulgación de información científica relacionada con la especialidad en el/los centro/s que el centro de gestión contratante determine, en forma de un mínimo de 2 comunicaciones a congresos de ámbito nacional. | 0,40 puntos |
6 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
INFORME DE RESULTADOS
APARTADO F:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | Conexión informática con el centro contratante para envío de informe de resultados. | 1 punto |
1 Punto
VALORACIÓN MAXIMA
30 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA TOTAL
🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌
ANEXO IV CRITERIOS DE VALORACIÓN
LOGOPEDIA
BLOQUE 5:
Los criterios para la valoración de las ofertas presentadas, son los siguientes:
1.- Por estar en posesión de certificado o acreditación de calidad, expedido por entidad externa e independiente, con reconocimiento nacional o internacional, que abarque las actividades incluidas en el BLOQUE 5: 3 Puntos.
2.- Por disponer de los elementos de mejora de oferta, técnicos, personales y de servicio que se expresan a continuación, agrupados en los apartados de A a F, la puntuación que en cada caso se indica.
EQUIPAMIENTO
APARTADO A:
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
1 | Existencia de EQUIPO TÉCNICO ESPECÍFICO PARA LOS PROCESOS ASISTENCIALES que se describe a continuación: | |||
1.1 | Disponibilidad, sin coste adicional, de exploración mediante Estroboscopio simple propio o contratado por la entidad ofertante. | 1,40 puntos | ||
1.2 | Disponibilidad, sin coste adicional, de exploración mediante Estroboscopio con sistema informatizado de manipulación propio o contratado por la entidad ofertante. | 1,40 puntos | ||
1.3 | Espirómetro para la valoración del flujo aéreo, con medición de parámetros estándares inspiratorios y espiratorios. | 0,75 puntos | ||
1.5 | Equipos de grabación con al menos, las características especificadas en el ANEXO II de Requisitos Mínimos. | Por cada equipo se sumarán 0,20 puntos. | Máximo 0,60 puntos | |
1.6 | Sonómetros con al menos, las características especificadas en el ANEXO II de Requisitos Mínimos. | Por cada equipo se sumarán 0,20 puntos. | Máximo 0,60 puntos | |
1.7 | Sonómetro digital automático y al menos, las características especificadas en el ANEXO II de Requisitos Mínimos. Dispondrá de salida digital adaptable a impresora y ordenador. | Por cada equipo se sumará 0,25 punto. | Máximo 0,75 puntos | |
1.8 | Cronómetros con al menos, las características especificadas en el ANEXO II de Requisitos Mínimos. | Por cada equipo se sumarán 0,10 puntos. | Máximo 0,40 punto | |
1.9 | Teclados musicales con al menos, las características especificadas en el ANEXO II de Requisitos Mínimos. | Por cada equipo se sumarán 0,20 puntos. | Máximo 0,60 puntos | |
1.10 | Metrómetros con al menos, las características especificadas en el ANEXO II de Requisitos Mínimos. | Por cada equipo se sumarán 0,20 puntos. | Máximo 0,60 puntos | |
2 | Existencia de EQUIPO TÉCNICO ESPECÍFICO DE REHABILITACIÓN LOGOPÉDICA que se describe a continuación: | |||
2.1 | Más de 2 ordenadores conectados en red con auriculares y altavoces que permitan el trabajo individualizado y con más de 2 programas informáticos de rehabilitación. Características técnicas: Pentium IV, RAM 256 Mb y disco duro de 80 Gb, CD-ROM, tarjeta gráfica de 16 Mb, tarjeta de sonido 32 bits. | 1,20 puntos | ||
3 | Existencia de EQUIPO TÉCNICO ESPECÍFICO PARA EL PROCESO ADMINISTRATIVO que se describe a continuación: | |||
3.1 | Red informática compuesta por cableado ETHERNET (cable tipo EIA/TIA-568 categoría 5, conector RJ 45) válido para voz y datos, Dual Speed HUB, con servidor dedicado con gran capacidad de almacenamiento de datos con sistema de seguridad y privacidad de los mismos, montando discos en sistema Mirroring. Sistema operativo de red (tipo Windows NT Server) y un mínimo de 4 ordenadores conectados. | 0,70 punto | ||
3.2 | Scanner para el registro de documentos. | 0,30 puntos | ||
3.3 | Impresora láser. | 0,30 puntos |
LOGOPEDIA
BLOQUE 5:
EQUIPAMIENTO (Continuación)
APARTADO A:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
4 | Existencia del EQUIPAMIENTO PARA FONDO BIBLIOGRÁFICO que se describe a continuación: | ||
4.1 | Fondo bibliográfico propiamente dicho, para la consulta de información y para la periódica actualización de conocimientos del colectivo que desarrolle su actividad en la entidad contratada, que constará de: ▪ Un mínimo de 25 volúmenes de contenido vigente tanto en el campo de la medicina general como en el de la foniatría y Logopedia. ▪ Un mínimo de dos colecciones de publicaciones periódicas especializadas en foniatría y Logopedia. ▪ Organización física y temática del fondo bibliográfico claramente establecida, así como una configuración sistemática de todo el circuito de los documentos (adquisición, recepción y préstamo). ▪ Acceso a biblioteca virtual. • En el caso de que el fondo bibliográfico esté centralizado en espacio físico distinto del destinado a la prestación del servicio, la entidad contratada debe garantizar la existencia de un protocolo de acceso para todos los profesionales. | 1 punto | |
5 | Existencia del EQUIPAMIENTO GENERAL que se describe a continuación: | ||
5.1 | Fotocopiadora que permita ampliar y reducir documentos, con rango mínimo de 25% a 150 %. | 0,20 puntos | |
5.2 | TV y vídeo para sala de tratamiento en grupo para exponer programas terapéuticos y educación sanitaria. | 0,20 puntos | |
5.4 | Cámara de vídeo. | 0,15 puntos | |
5.5 | Cámara fotográfica. | 0,15 puntos | |
5.6 | Cañon de proyección | 0,15 puntos | |
5.7 | Aplicativo informático de gestión de actividad del servicio. | 0,15 puntos | |
5.8 | Aplicativo informático de gestión de calidad del servicio. | 0,40 puntos |
12 puntos
VALORACIÓN MAXIMA
LOCALES E INSTALACIONES
APARTADO B:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | AREA DE ENTRADA | |||
1.1 | Zona reservada para el estacionamiento de vehículos de transporte (vado). | Por cada espacio destinado al estacionamiento de un vehículo, sumar 0,10 puntos. | Máximo 0,40 puntos | |
2 | ÁREA DE SERVICIOS GENERALES NO TERAPÉUTICOS | |||
2.1 | Zona de recepción y Administración | 0,15 puntos | ||
2.2 | Sala de espera con superficie mayor de 20 m2 | 0,30 puntos | ||
2.3 | Sala de reuniones y biblioteca con una superficie superior a 15 m2 | 0,30 puntos | ||
2.4 | Sala de consulta con superficie superior a 12 m2 | 0,50 puntos | ||
2.5 | Aseo para discapacitados físicos diferenciado para cada sexo. | 0,40 puntos | ||
2.6 | Servicio de guardarropía con superficie superior a 10 m2 atendido permanentemente por una persona, y/o un servicio de taquillas individuales con llave, que garanticen razonablemente la custodia de los objetos personales (ropa, bolsos, carteras, etc.) y en número suficiente para cubrir las necesidades de todos los pacientes, en función de la demanda existente en los diferentes horarios de asistencia al servicio. | 0,50 puntos | ||
3 | ÁREA TERAPEUTICA | |||
3.1 | Sala de tratamiento en grupo con superficie superior a 20 m2 | 0,40 puntos | ||
3.2 | Sala de tratamiento en grupo con superficie superior a 35 m2 | 0,40 puntos | ||
3.3 | Sala específica destinada al tratamiento por ordenador, que permita el tratamiento individualizado en un mínimo de 3 puestos. | 0,50 puntos | ||
3.4 | Box de tratamiento individual con superficie superior a 4 m2. | Por cada box con estas características se sumarán 0,30 puntos. | Máximo 0,90 puntos |
LOGOPEDIA
BLOQUE 5:
LOCALES E INSTALACIONES
APARTADO B:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
4 | ASPECTOS GENERALES | ||
4.1 | Sala de espera con iluminación natural. | 0,25 puntos | |
4.2 | Sala de consulta con iluminación natural. | 0,25 puntos | |
4.3 | Sala de tratamiento en grupo con iluminación natural. | 0,25 puntos | |
4.4 | Sala específica destinada al tratamiento por ordenador con iluminación natural. | 0,25 puntos | |
4.5 | Método antiséptico de renovación aire en, al menos, dos áreas considerando áreas terapéuticas y/o de consulta. | 0.25 puntos |
6 puntos
VALORACIÓN MAXIMA
RECURSOS HUMANOS
APARTADO C:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
3 | PLAN DE FORMACIÓN | ||
3.1 | Plan de formación con una media superior a 10 horas/año por profesional. | 1 punto |
1 punto
VALORACIÓN MAXIMA
ORGANIZACIÓN EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
APARTADO D:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
0,50 puntos
1 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
0,5 puntos
Historia clínica informatizada con protocolo de cumplimiento normalizado.
4.1
OTROS
4
Diez horas diarias, en horario de mañana y tarde, 5 días a la semana.
1.1
AMPLIACION DEL HORARIO DE PRESTACION DEL SERVICIO
1
REALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
APARTADO E:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | Por presentar oferta al BLOQUE 1 (Rehabilitación Ambulatoria). | 1 punto | |
2 | Por presentar oferta al BLOQUE 2 (Rehabilitación Domiciliaria). | 1 punto | |
3 | Por presentar oferta al BLOQUE 3 (Rehabilitación Respiratoria Ambulatoria). | 0,50 puntos | |
4 | Por presentar oferta al BLOQUE 4 (Rehabilitación Cardiovascular). | 0,50 puntos | |
5 | Disponibilidad, sin coste adicional, de los servicios de Anestesiología y Reanimación y/o de una Unidad de Vigilancia Intensiva, con todo el equipamiento necesario, en situaciones de urgencia. | 1 punto | |
6 | Documento de Educación Sanitaria en todos los procedimientos (el contenido cumplirá los requisitos especificados en el Anexo II). | 1 puntos | |
7 | Colaboración en el ámbito docente y de investigación con el/los centros que el centro de gestión contratante determine, en forma de liderar un mínimo de 4 sesiones clínicas multidisciplinarias/año o un proyecto de investigación en el/los centro/s referidos. En cualquier caso se permitirá la asistencia con fines docentes del personal sanitario y no sanitario que el citado centro de gestión contratante determine, impartiendo en todo momento, según sus recursos disponibles, una docencia de la máxima calidad. | 0,50 puntos | |
8 | Divulgación de información científica relacionada con la especialidad en el/los centro/s que el centro de gestión contratante determine, en forma de un mínimo de 2 comunicaciones a congresos de ámbito nacional. | 0,50 puntos | |
VALORACIÓN MAXIMA | 6 puntos |
LOGOPEDIA
BLOQUE 5:
APARTADO F:
INFORME DE RESULTADOS
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
5 | Confección del informe de resultados mediante programa informatizado vinculado a la historia clínica. | 1 puntos |
VALORACIÓN MAXIMA 1 Punto
VALORACIÓN MAXIMA TOTAL 30 Puntos
🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌
ANEXO IV CRITERIOS DE VALORACIÓN
REHABILITACIÓN DE SUELO PÉLVICO
BLOQUE 6:
Los criterios para la valoración de las ofertas presentadas, son los siguientes:
1.- Por estar en posesión de certificado o acreditación de calidad, expedido por entidad externa e independiente, con reconocimiento nacional o internacional, que abarque las actividades incluidas en el BLOQUE 6
:..……………………………………………………3 Puntos.
2.- Por disponer de los elementos de mejora de oferta, técnicos, personales y de servicio que se expresan a continuación, agrupados en los apartados de A a F, la puntuación que en cada caso se indica.
EQUIPAMIENTO
APARTADO A:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | Existencia del EQUIPAMIENTO MEDICO que se describe a continuación; | ||
1.1 | Mesa de exploración ginecológica. | 2 puntos | |
1.2 | Dotación de material de exploración ginecológica desechable. | 1 puntos |
2 | Existencia del EQUIPAMIENTO FISIOTERÁPICO que se describe a continuación: | |||
2.1 | Xxxxxxx articulada eléctrica. | Por cada una, sumar 0,50 puntos. | Máximo 2 puntos | |
2.2 | Por cada equipo de de electroterapia con Biofeedback y electroestimulación adicional. | Por cada una, sumar 0,50 puntos. | Máximo 2,50 puntos | |
2.3 | Por cada lámpara individual de infrarrojos con potencia, de al menos, 250 W. | Por cada una, sumar 0,50 puntos. | Máximo 2,50 puntos |
3 | Existencia del EQUIPAMIENTO GENERAL que se describe a continuación: | ||
3.1 | Fotocopiadora. | 0,15 puntos | |
3.2 | Cámara de vídeo. | 0,15 puntos | |
3.3 | Cámara fotográfica. | 0,15 puntos | |
3.4 | Cañón de proyección. | 0,15 puntos | |
3.5 | Aplicativo informático de gestión de la actividad del servicio. | 0,20 puntos | |
3.6 | Aplicativo informático de gestión de calidad de servicio. | 0,20 puntos |
4 | Existencia del EQUIPAMIENTO PARA FONDO BIBLIOGRÁFICO que se describe a continuación: | ||
4.1 | Fondo bibliográfico propiamente dicho, para la consulta de información y para la periódica actualización de conocimientos del colectivo que desarrolle su actividad en la entidad contratada, que constará de: ▪ Un mínimo de 25 volúmenes de contenido vigente tanto en el campo de la medicina general como en el de la rehabilitación y/o neumología. ▪ Un mínimo de dos colecciones de publicaciones periódicas especializadas en rehabilitación y/o neumología. ▪ Organización física y temática del fondo bibliográfico claramente establecida, así como una configuración sistemática de todo el circuito de los documentos (adquisición, recepción y préstamo). ▪ Acceso a biblioteca virtual. En el caso de que el fondo bibliográfico esté centralizado en espacio físico distinto del destinado a la prestación del servicio, la entidad contratada debe garantizar la existencia de un protocolo de acceso para todos los profesionales. | 1 puntos |
12 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
LOCALES E INSTALACIONES
APARTADO B:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | AREA DE ENTRADA | |||
1.1 | Zona reservada para el estacionamiento de vehículos de transporte (vado). | Por cada espacio destinado al estacionamiento de un vehículo, sumar 0,10 puntos. | Máximo 0,40 puntos |
REHABILITACIÓN DE SUELO PÉLVICO
BLOQUE 6:
LOCALES E INSTALACIONES
APARTADO B:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
2 | ÁREA DE SERVICIOS GENERALES NO TERAPÉUTICOS | |||
2.1 | Zona de Recepción y Administración. | |||
2.1.1 | Superficie mayor de 8 m2 | 0,20 puntos | ||
2.2 | Sala de espera con superficie mayor de 20 m2 . | 0,30 puntos | ||
2.3 | Sala de consulta con superficie superior a 12 m2 | 0,20 puntos | ||
2.4 | Sala de reuniones y biblioteca con una superficie superior a 15 m2. | 0,30 puntos | ||
2.5 | Aseos especiales para discapacitados físicos diferenciados por sexo. | 0,20 puntos | ||
2.6 | Vestuarios de los usuarios con superficie superior a 15 m2 en ambos sexos. Con dotación de ducha incorporada. | 1 punto | ||
2.7 | Vestuarios de personal específicos para cada sexo, cada uno con las características especificadas en el ANEXO II. | 0,50 puntos | ||
3 | ÁREA TERAPEUTICA | |||
3.1 | Box de tratamiento individual con superficie superior a 6 m2 | Por cada box con estas características se sumarán 0,30 puntos. | Máximo 0,90 puntos | |
4 | ASPECTOS GENERALES | |||
4.1 | Equipo de DVD con monitor de TV, con material de reproducción. | 0,75 puntos | ||
4.2 | Iluminación natural en sala de espera. | 0,25 puntos | ||
4.3 | Iluminación natural en consulta. | 0,25 puntos | ||
4.4 | Iluminación natural en sala de tratamiento en grupo. | 0,25 puntos | ||
4.5 | Sistema antiséptico de renovación de aire, al menos, en dos zonas terapéuticas y sala de consulta. | 0,50 puntos |
6 Puntos
VALORACIÓN MAXIMA
RECURSOS HUMANOS
APARTADO C:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
3 | PLAN DE FORMACION | ||
3.1 | Plan de formación con una media superior a 10 horas/año por profesional. | 1 punto |
1 punto
VALORACIÓN MAXIMA
ORGANIZACIÓN EN LA PRESTACION DEL SERVICIO
APARTADO D:
MEJORAS EN LA OFERTA
VALORACIÓN
1 | AMPLIACION DEL HORARIO DE PRESTACION DEL SERVICIO | |
1.1 Diez horas diarias, en horario de mañana y tarde, 5 días a la semana. | 0,50 punto | |
4 | OTROS | |
4.1 Historia clínica informatizada con protocolo de cumplimiento normalizado. | 0,50 punto | |
VALORACIÓN MAXIMA | 1 Puntos |
REHABILITACIÓN DE SUELO PÉLVICO
BLOQUE 6:
REALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
APARTADO E:
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
1 | Por presentar oferta al BLOQUE 1 (Rehabilitación Ambulatoria). | 1 punto |
2 | Por presentar oferta al BLOQUE 2 (Rehabilitación Domiciliaria). | 1 punto |
3 | Por presentar oferta al BLOQUE 3 (Rehabilitación Respiratoria Ambulatoria). | 1 punto |
4 | Por presentar oferta al BLOQUE 4 (Rehabilitación Cardiovascular). | 1 punto |
5 | Colaboración en el ámbito docente y de investigación con el/los centros que el centro de gestión contratante determine, en forma de liderar un mínimo de 4 sesiones clínicas multidisciplinarias/año o un proyecto de investigación en el/los centro/s referidos. En cualquier caso se permitirá la asistencia con fines docentes del personal sanitario y no sanitario que el citado centro de gestión contratante determine, impartiendo en todo momento, según sus recursos disponibles, una docencia de la máxima calidad. | 0,50 puntos |
6 | Divulgación de información científica relacionada con la especialidad en el/los centro/s que el centro de gestión contratante determine, en forma de un mínimo de dos comunicaciones a congresos de ámbito nacional. | 0,50 puntos |
7 | Por elaboración y edición de una guía de consejos sobre ejercicios y practicas de vida saludable para esta patología. | 1 punto |
VALORACIÓN MAXIMA 6 puntos
APARTADO F:
INFORME DE RESULTADOS
MEJORAS EN LA OFERTA VALORACIÓN
1 | Confección del informe de resultados mediante programa informatizado vinculado a la historia clínica. | 1 punto |
VALORACIÓN MAXIMA 1 Punto
VALORACIÓN MAXIMA TOTAL 30 Puntos
🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌🄌
ANEXO V (1)
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx....................................................................................................................., con DNI
número .................................... en nombre (propio) o actuando en representación de (empresa que representa)................................................................................. con
CIF/NIF............................., correo electrónico ……………………………, con domicilio en
…................................................... calle ,
número.................., D.P. …………………. enterado de la convocatoria del contrato de gestión de servicios públicos para la adjudicación del Acuerdo Marco de Procedimientos Terapéuticos de Rehabilitación, de referencia A. M. REHABILITACION 2013, y conociendo las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medio ambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato en las condiciones económicas que se indican en las hojas anexas a este escrito, en las que se presenta oferta a los siguientes:
BLOQUE | GRUPO/S |
Fecha y firma del licitador.
VICECONSEJERIA DE ASISTENCIA SANITARIA - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
GRUPO 1.- PATOLOGÍA MUSCULOESQUELETICA Y DEL SNP
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Máximo | PRECIOS UNITARIOS | Economia escala | ||
Ofertado | Nº Procesos mes | Nº Procesos | Precio Unitario | |||||
4 | Afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. | 4.1 | Síndromes caniculares y/o de atrapamiento. | 200 | ||||
4.2 | Traumatismos del sistema nervioso periférico. | 385 | ||||||
4.3 | Otras afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. | 475 | ||||||
6 | Afecciones traumáticas osteoarticulares y de las partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 6.1 | Fracturas extremo proximal del húmero. | 475 | ||||
6.2 | Otras afecciones traumáticas. osteoarticulares de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 270 | ||||||
6.3 | Afecciones traumáticas de las partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 200 | ||||||
6.4 | Afecciones traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de localización múltiple (extremidades tronco y/o abdomen). | 505 | ||||||
7 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades, tronco y/o abdomen. | 7.1 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas del hombro. | 390 | ||||
7.2 | Afecciones no traumáticas osteoarticulares y de partes blandas de la rodilla. | 175 | ||||||
7.3 | Otras afecciones no traumáticas. osteoarticulares y de partes blandas de extremidades (excepto del hombro y rodilla), tronco y/o abdomen. | 160 | ||||||
7.4 | Artritis. | 175 | ||||||
7.5 | Síndrome de dolor regional complejo. | 390 | ||||||
7.6 | Artroplastias y plastias ligamentosas. | 330 | ||||||
7.10 | Afecciones no traumáticas. Osteoarticulares y de partes blandas de localización múltiple (extremidades tronco y/o abdomen). | 230 | ||||||
8 | Afecciones traumáticas y no traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. | 8.1 | Afecciones traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. | 145 | ||||
8.2 | Síndromes álgicos vertebrales de características mecánicas y/o degenerativas. | 105 | ||||||
8.3 | Deformidades vertebrales en periodo de crecimiento. | 145 | ||||||
9 | Amputaciones. | 9.1 | Amputaciones. | 330 | ||||
11 | Linfedema. | 11.1 | Linfedema de extremidades. | 400 | ||||
12 | Grupo específico de patología senil. | 12.1 | Síndrome de inmovilidad. | 315 |
GRUPO 2.- ENFERMEDADES DEL SNC- DAÑO CEREBRAL ADQUIRIDO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Máximo | PRECIOS UNITARIOS | Economia escala | ||
Ofertado | Nº Procesos mes | Nº Procesos | Precio Unitario | |||||
1 | Accidente vascular cerebral (AVC) con hemiplejía. | 1.1 | AVC con hemiplejía en fase aguda. | 1.287 | ||||
1.2 | AVC con hemiplejía en fase de secuelas. | 430 | ||||||
2 | Enfermedades del sistema nervioso central. | 2.1 | Enfermedades del sistema nervioso central. | 430 | ||||
3 | Lesiones de la médula espinal. | 3.1 | Lesiones de la médula espinal. | 560 | ||||
5 | Daño cerebral adquirido. | 5.1 | Daño cerebral adquirido. | 4.200 | ||||
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.9 | Afasia. | 1.020 | ||||
13.10 | Disartria. | 585 |
REHABILITACIÓN DOMICILIARIA
BLOQUE 2:
GRUPO UNICO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Máximo | PRECIOS UNITARIOS | Economia escala | ||
Ofertado | Nº Procesos mes | Nº Procesos | Precio Unitario | |||||
1 | Accidente vascular cerebral (AVC) con hemiplejia. | 1.3 | AVC con hemiplejia en fase aguda. | 890 | ||||
1.4 | AVC con hemiplejia en fase de secuelas. | 680 | ||||||
2 | Enfermedades del sistema nervioso central. | 2.2 | Enfermedad xx Xxxxxxxxx. | 615 | ||||
2.3 | Esclerosis múltiple. | 705 | ||||||
2.4 | Otras enfermedades del sistema nervioso central. | 765 | ||||||
3 | Lesiones de la médula espinal. | 3.2 | Lesiones de la médula espinal. | 750 | ||||
4 | Afecciones del sistema nervioso periférico y neuromiopatías. | 4.4 | Otras afecciones del sistema nervioso periférico y Neuromiopatías. | 750 | ||||
5 | Traumatismos cráneo encefálicos. | 5.2 | Traumatismos cráneo encefálicos. | 900 | ||||
6 | Afecciones traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades. | 6.5 | Fractura de epífisis proximal del húmero. | 615 | ||||
6.6 | Fractura de epífisis proximal del fémur. | 700 | ||||||
6.7 | Otras afecciones traumáticas y de las partes blandas de las extremidades. | 641 | ||||||
7 | Afecciones no traumáticas Osteoarticulares y de partes blandas de las extremidades. | 7.7 | Artroplastia de rodilla. | 524 | ||||
7.8 | Artroplastia de cadera. | 736 | ||||||
7.9 | Otras afecciones no traumáticas y de las partes blandas de las extremidades (excepto artroplastia de rodilla y cadera). | 615 | ||||||
8 | Afecciones traumáticas y no traumáticas de la columna vertebral sin lesión medular. | 8.4 | Afecciones vertebrales sin lesión medular. | 480 | ||||
9 | Amputaciones. | 9.2 | Amputación/es de la/s extremidad/es inferior/es. | 750 | ||||
10 | Enfermedades respiratorias. | 10.2 | E.P.O.C. | 750 | ||||
12 | Grupo especifico de patología senil. | 12.2 | Síndrome de inmovilidad. | 700 | ||||
18 | Enfermedades crónicas o degenerativas. | 18.1 | Enfermedades crónicas o degenerativas con necesidad de rehabilitación prolongada. | 1.300 | ||||
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.11 | Afasia. | 550 | ||||
13.12 | Disartria. | 524 |
REHABILITACIÓN RESPIRATORIA AMBULATORIA
BLOQUE 3:
GRUPO UNICO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Máximo | PRECIOS UNITARIOS | Economia escala | ||
Ofertado | Nº Procesos mes | Nº Procesos | Precio Unitario | |||||
10 | Enfermedades respiratorias. | 10.1 | Enfermedades respiratorias. | 520 |
REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR
BLOQUE 4:
GRUPO UNICO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Máximo | PRECIOS UNITARIOS | Economia escala | ||
Ofertado | Nº Procesos mes | Nº Procesos | Precio Unitario | |||||
14 | Grupo de patología Cardiovascular. | 14.1 | Cardiopatía Isquémica en pacientes de riesgo cardiovascular medio. | 1.450 | ||||
14.2 | Cardiopatía Isquémica en pacientes de riesgo cardiovascular Bajo. | 450 | ||||||
14.3 | Cardiopatías Valvulares Operadas. | 1.150 | ||||||
14.4 | Cardiopatías Congénitas Operadas. | 1.150 | ||||||
14.5 | Insuficiencia Cardíaca. | 1.090 | ||||||
14.6 | Transplante Cardíaco. | 1.450 | ||||||
14.7 | Arteriopatía de Miembros Inferiores. | 410 |
LOGOPEDIA
BLOQUE 5:
GRUPO: 1 - LENGUAJE
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Máximo | PRECIOS UNITARIOS | Economia escala | ||
Ofertado | Nº Procesos mes | Nº Procesos | Precio Unitario | |||||
13 | Alteraciones del lenguaje, de la voz y del habla. | 13.1 | Disfonía. | 469 | ||||
13.2 | Afasia. | 1.020 | ||||||
13.3 | Disartria. | 585 | ||||||
13.4 | Trastornos de la fluencia. | 595 | ||||||
13.5 | Anomalías bucodentofaciales. | 499 | ||||||
13.6 | Laringectomía. | 402 | ||||||
13.7 | Implante Coclear. Pacientes Postlocutivos (Hasta 120 sesiones) | 1.287 | ||||||
Implante Coclear. Pacientes Postlocutivos (Hasta 320 sesiones) | 3.732 | |||||||
13.8 | Implante Coclear. Pacientes Prelocutivos (Hasta 120 sesiones) | 1.287 | ||||||
Implante Coclear. Pacientes Prelocutivos (Hasta 627 sesiones) | 6.678 | |||||||
13.9 | Hipoacusia Infantil | 1.287 | ||||||
16 | Desordenes del desarrollo del lenguaje o del habla. | 16.1 | Trastornos del lenguaje expresivo y mixto (receptivo-expresivo). Disfasia. | 643 | ||||
16.2 | Trastornos del habla- articulación. Dislalia. | 643 | ||||||
16.3 | Retraso del lenguaje expresivo y/o mixto | 643 |
REHABILITACIÓN DE SUELO PÉLVICO
BLOQUE 6:
GRUPO UNICO
CODIGO CMD | DESCRIPCIÓN | CODIGO PROCESO | DESCRIPCIÓN | Máximo | PRECIOS UNITARIOS | Economia escala | ||
Ofertado | Nº Procesos mes | Nº Procesos | Precio Unitario | |||||
15 | Disfunción del suelo pélvico. | 15.1 | Disfunción del suelo pélvico. | 530 |
PARA TODOS LOS BLOQUES A LOS QUE SE PRESENTE OFERTA
CODIGO | CODIGO | PRECIO UNITARIO | |||
CMD | DESCRIPCIÓN | PROCESO | DESCRIPCIÓN | Xxxxxx | Xxxxxxxx |
PRIMERA y ÚNICA CONSULTA MÉDICA, en el caso de que en ella se de por finalizado el proceso. | 23 | ||||
DOMICILIARIA AISLADA a realizar por el médico. | 40 |
Nº SESIONES | % FACTURACIÓN MAXIMA |
De 1 a 10% sesiones | 10% del precio del tratamiento |
De 10% a 20% sesiones | 20% del precio del tratamiento |
De 20% a 40% sesiones | 40% del precio del tratamiento |
De 40% a 60% sesiones | 60% del precio del tratamiento |
De 60% a 80% sesiones | 80% del precio del tratamiento |
A partir del 80% sesiones | 100% del precio del tratamiento |
OFERTA | |
Nº SESIONES RECIBIDAS | % FACTURACIÓN |
De 1 a 10% sesiones | |
De 10% a 20% sesiones | |
De 20% a 40% sesiones | |
De 40% a 60% sesiones | |
De 60% a 80% sesiones | |
A partir del 80% sesiones |
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS TECNICOS MINIMOS Y DEL COMPROMISO DE QUE LOS TRABAJADORES ADSCRITOS A LA EJECUCUÓN DEL CONTRATO NO ESTAN INCURSOS EN INCOMPATIBILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
D./Xx. ,
con DNI número en nombre (propio) o actuando en representación
de (empresa que representa)
......................................................................................................................... con
CIF/NIF................................, xxxxxxxxxxx en ……...................................................................
calle ,
número..................
consultado el anuncio de licitación del contrato de X.X.Xxxxxxxxxxxxxx 2013 publicado en el (BOCM, BOE, DOUE) ............. del día................. de.............. de. y enterado de
las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente,
DECLARA:
1. Que tanto el/los centro/s sanitario/s como los equipamientos ofertado/s por la empresa que represento cumple/n todas y cada una de las especificaciones técnicas, de toda índole, establecidas como requisitos mínimos para la adjudicación del contrato de gestión de servicios públicos de realización de mamografías digitales, de referencia A.M.REHABILITACION 2013, de la Comunidad de Madrid
2. Que los profesionales y trabajadores que se adscribiran a la ejecución del contrato A.M.REHABILITACION 2013, no incurren en ningún tipo de incompatibilidad de las establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (B.O.E 4-1-1985), Real Decreto 598/1985, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del personal al Servicio de la Administración del Estado, Seguridad Social, Entes, Organismos y Empresas dependientes (B.O.E 4-5-1985) y, en su caso, el Artículo 11 del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.
Fecha y firma del licitador.
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD – Viceconsejería de Asistencia Sanitaria
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE NO TENER DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON LA COMUNIDAD DE MADRID.
D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..………
en nombre propio o en representación de la empresa
……………………..…………………, con NIF nº ….……………, en calidad de
………………………...…………………....……… DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en los términos y condiciones previstos en la misma, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.
En ……………………………………, a …….. de de
….
Fdo.:
Nota: Esta declaración responsable deberá ser suscrita por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad, salvo que ésta opte por otro de los medios previstos en el artículo 62 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE TENER CONTRATADOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
D./Dña………………… , en nombre propio o en representación de la empresa
………… con N.I.F. nº ….………………, en calidad de
………………………………………………….....
DECLARA:
Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 ó más trabajadores, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx.
Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.
En .............................,a ....... de ....................de 2.......
Firmado:
Nota: Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES 1
D./D.ª .................................................................... en calidad de 2
.......................................... con DNI / NIF n.º: , en nombre
propio o en representación de la empresa ,
con C.I.F:.........................., inscrita en el Registro de Licitadores de
3 , con el n.º , al objeto de participar en
la contratación denominada …......................…………………….
…………………………………………. convocada por 4
.................................................., de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, bajo su personal responsabilidad,
DECLARA:5
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que de los datos de esta empresa anotados en el Registro de Licitadores han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta:
En ................................., a ....... de .......................... de 20...
Fdo:
1 Esta declaración es de presentación obligatoria en cada licitación.
2 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa. 3 Indíquese la Administración correspondiente
4 Indíquese órgano, unidad o ente que tramita el expediente de contratación.
5 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda.
ANEXO X 1
MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE LA ELECCIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS PARA RECIBIR NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN A REALIZAR CONSULTAS DE SUS DATOS, A TRAVES DE LOS SISTEMAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
D./Dña …………………………………....…, con DNI/NIE en nombre propio
o en representación de la empresa , con CIF nº
….……………, en calidad de , en relación con el contrato de
gestión de servicios públicos denominado A.M.REHABILITACION 2013
DECLARA:
1. Que en el procedimiento de contratación, las notificaciones [ ]SÍ / [ ]NO (señálese lo que proceda) se le remitan a través del Servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, a la Dirección Electrónica Única que tiene habilitada para este fin. 2
2. Que [ ]AUTORIZA / [ ]NO AUTORIZA (señálese lo que proceda) a la Comunidad de Madrid, a utilizar medios electrónicos para recabar los datos del DNI del firmante empresario individual o representante de la empresa, y en caso de resultar adjudicataria provisional, a que realice la consulta de que la empresa se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En .............................,a ....... de ....................de 2.......
Firmado:
1 Este modelo está previsto para los órganos de contratación que dispongan de los medios para realizar notificaciones telemáticas y consultas on-line a través de la aplicación ICDA.
2 En caso afirmativo la empresa debe haberse dado de alta en el Servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid. A este servicio se puede acceder en la página de Administración Electrónica, del sitio web xxxx://xxx.xxxxxx.xxx
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS (CON INSCRIPCIÓN)
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad
PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número valores | Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión | Código valor | Referencia del Registro | Valor nominal unitario | Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma).
Don ..., con DNI ..., en representación de (entidad adherida encargada del registro
contable), certifica la inscripción de la prenda,
(fecha) (firma)
MODELO DE AVAL
La entidad… (razón social de la entidad de crédito o sociedad
de garantía recíproca), NIF…………………….., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………....….., en la calle/plaza/avenida……………………...…………, CP…………….., y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)… ,
…................................................................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
A (nombre y apellidos o razón social del avalado)……………………..…………………….., NIF ……………………….., en virtud de lo dispuesto por (norma/s y artículos/s que impone/n la constitución de esta garantía)… para responder de las obligaciones siguientes (detallar
el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato)……………, ante (órgano administrativo, Organismo Autónomo, o Ente Público) ….…………………… ………………por importe de (en letra y en cifra)… euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Comunidad de Madrid, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación)
………… o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con número……………………..
………………………….(Xxxxx y fecha)
…….………(Razón social de la entidad)
...……………(Firma de los apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA | POR DE LA | EL SERVICIO COMUNIDAD | JURÍDICO EN DE MADRID. | LA |
PROVINCIA FECHA | CÓDIGO |
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número…………………………..
La entidad aseguradora (1)………………………....…………..en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ,
calle……..………………, y NIF…………………debidamente representado por D. (2)…………………..........................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
ASEGURA
A (3) ………………………..………………......, NIF ………...………………, en concepto de tomador de seguro, ante (4)………….…………………………………………………………….…………, en adelante asegurado, hasta el importe de (5)… , (en cifra y
letra)… Euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos
del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6)……………………., en concepto de garantía (7)…………………………., para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el art. 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (8)… , o quien en su
nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En………………………., a……………………de……………….de………..
Firma:
Asegurador
CÓDIGO
FECHA
PROVINCIA
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR EL SERVICIO XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX.
Instrucciones para la cumplimentar el modelo:
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado/s
(3) Nombre y apellidos/razón social del tomador del seguro.
(4) Órgano de contratación.
(5) Importe por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase,…..) el contrato en virtud del cual se presta la caución, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato.
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata: provisional, definitiva, etc. Caución.
(8) Autoridad a cuya disposición se constituye la garantía.
ANEXO XIV
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
CONSEJERIA DE SANIDAD – VICECONSEJERIA DE ASISTENCIA SANITARIA
Comunidad de Madrid
DOCUMENTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO DERIVADO DEL ACUERDO MARCO | ||
Exp. Acuerdo Marco : A. M. REHABILITACION 2013 | Objeto: Procedimientos Terapéuticos de Rehabilitación | |
CONSEJERÍA /ORGANISMO | ||
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD – Dirección / Gerencia C.I.F.: c/ Pza. Núm. , D.P. - Teléfonos: | Fax: | |
ADJUDICATARIO | ||
Empresa: C.I.F.: | Calle: Población: | CP: |
Este procedimiento en ejecución se recoge en el Capítulo VII del PCAP regulador del Acuerdo Xxxxx -regulado y adjudicado de acuerdo a lo estipulado en el artículo 196 y siguientes del TRLCSP, del que deriva y se ejecutará con estricta sujeción a lo dispuesto en el PCAP y PPT de dicho Acuerdo, dónde se recogen todos los aspectos contractuales que le afectan. El adjudicatario se compromete a la realización de los procedimientos/tratamientos que se indican a continuación:
BLOQUE / GRUPO | Descripción | Nº Procedimientos | Precio unitario | Total | ||
TOTAL ADJUDICACION | 0€ | |||||
GARANTÍA | Documento constitución: | Nº | De | Importe | 0€ | |
Los procedimientos adjudicados serán derivados durante desde la fecha de formalización del contrato, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga prevista en la cláusula del contrato. | ||||||
Madrid, Por el Órgano de Contratación Fdo.: . | Actuando en nombre y representación de la empresa , según el poder otorgado al efecto EL (Gerente / Administrador/…) Fdo.: D. NIF.: |
A.M. REHABILITACION 2013- Adjudicación Contrato en Ejecución Derivado