CONTRATISTA: VALOR: $ PLAZO DE EJECUCIÓN: DIRECCIÓN DEL CONTRATISTA: TELÉFONO DEL CONTRATISTA: CORREO:
CONTRATO N°: - 201 8 TIPO DE CONTRATO:
CONTRATISTA:
VALOR: $
PLAZO DE EJECUCIÓN:
DIRECCIÓN DEL CONTRATISTA:
TELÉFONO DEL CONTRATISTA:
CORREO:
Entre los suscritos a saber: XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.684.325 de Bogotá, actuando en representación legal de la SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD SUR E.S.E., designada mediante Decreto No. 160 de 2017, proferido por el Alcalde Mayor de Bogotá y posesionada mediante Acta de fecha 07 xx Xxxxx de 2017, quien en adelante se denominará la SUBRED SUR, con NIT. 900958564-9 y de conformidad con lo establecido en el numeral
6. del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, el Código Civil, el Código de Comercio y normas reglamentarias, sin embargo la SUBRED se reserva el derecho de hacer uso de las normas exorbitantes de la Ley 80 de 1993 y normas reglamentarias, de una parte y de otra parte _, identificado(a) con cedula de ciudadania N° _ de , actuando en calidad de representante legal de con NIT , quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente contrato, conforme al objeto y las necesidades descritas en los estudios de necesidades y conveniencias y los términos de la invitación, conforme a las siguientes CONSIDERACIONES: 1. Conforme a la Ley 489 de 1998, el Concejo Distrital de Bogotá expidió el Acuerdo 641 de 2016 por medio del cual se efectuó la reorganización del Sector Salud de Bogotá Distrito Capital y en su artículo 2 establece: “Fusión de Empresas Sociales del Estado. Fusionar las siguientes Empresas Sociales del Estado, adscritas a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C., como sigue: Empresas Sociales del Estado de: Xxxx, Xxxxxxxx, Vista Hermosa, Tunjuelito, Meissen y El Tunal se fusionan en la Empresa Social del Estado denominada “Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. Para la presente contratación: a.) La Subred Sur elaboró el estudio de Necesidades y Conveniencia de bienes y servicios en el mes xx Xxxxx de 2018; para lo cual aportó los soportes necesarios; b.) Que existe disponibilidad presupuestal para satisfacer la necesidad, contenida en el CDP No. XXX del XX de XXXX de 201X c.) Que el régimen legal aplicable para la contratación de las ESE’S es la Ley 100 de 1993 artículo 195 numeral 6. De acuerdo a la Resolución 1720 de 2017 y Acuerdo 027 de 2017 Articulo 9 de las Modalidades y Mecanismos de Selección – Articulo 9.2 contratación directa “es el mecanismo de selección mediante el cual se celebran contratos sin necesidad de acudir al proceso de convocatoria pública mediante un trámite simplificado, abreviado, ágil y expedito” Articulo 9.2.1 Invitación a cotizar “ se presenta cuando la contratación directa y la cuantía no supere el 0.3% del presupuesto aprobado por el CONFIS DISTRITAL, para la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. d.) Que la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. requiere contratar el servicio de transporte para atender las necesidades de desplazamiento del personal administrativo, operativo y asistencial a cada una de las unidades de servicios de salud que la componen, ubicadas en las localidades Ciudad Bolívar, Tunjuelito, Usme, Sumapaz y Zonas aledañas, de igual manera se beneficia a los usuarios de la terapia de Hemodiálisis ambulatoria de la unidad renal y a sus acompañantes ya que se deben trasladar desde y hasta su domicilio una vez se presta el servicio en la Unidad de Servicios de Xxxxx Xxxxx. e.) Que la Subred Sur adelantó el proceso de selección en la modalidad de contratación directa - Invitación a Cotizar N° XXX de 201X. f.) Que el día XXXX (XX) de XXX de 201X, se recibió la propuesta de g.) Que una
vez realizada la evaluación Jurídica, Económica, Técnica y de Experiencia, y de acuerdo al Informe del Comité Técnico Evaluador del XX de XXXXX de 201X, se determina que la propuesta presentada por . cumple con la totalidad de los requisitos exigidos en la invitación, siendo favorable para la Subred Sur ajustándose al presupuesto destinado para la presente contratación, lo anterior de conformidad con el consolidado de evaluaciones de fecha XXXX (XX) de XXX de 201X. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, las partes proceden a la suscripción de este contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO:
CLAUSULA SEGUNDA.- ESPECIFICACIONES: En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga a realizar la prestación del servicio, de conformidad con las especificaciones técnicas descritas a continuación:
ITEMS | DESCRIPCION TECNICA CARRO | UBICACION | TIEMPO | VALOR UNITARIO | VALOR MES |
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PARAGRAFO I.- Las cantidades podrán variar de acuerdo a la necesidad del servicio y del requerimiento que para tal efecto realice el supervisor del contrato.
CLAUSULA TERCERA OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: En concordancia con el objeto descrito anteriormente, EL CONTRATISTA se obliga para con la SUBRED SUR a cumplir con las siguientes obligaciones Generales: 1. Cumplir lo previsto con los objetivos, las obligaciones y demás disposiciones contempladas en la invitación a cotizar. 2. Obrar con lealtad y buena fe. 3. Atender los servicios y/o bienes contratados en forma oportuna. 4. Constituir dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato las garantías pactadas a que haya lugar y presentar dichos documentos al área de contratación de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. 5. Dar cumplimiento a las obligaciones del sistema general de seguridad social y presentar al supervisor los documentos respectivos que así lo acrediten, de conformidad con la normatividad vigente que rija la materia. 6. Mantener actualizada la garantía que cubre los amparos establecidos, durante el plazo de ejecución del mismo, incluidas las novedades contractuales cuando a ello haya lugar (si aplica) 7. Presentar mensualmente al Supervisor los informes de avance de ejecución de las obligaciones contractuales y periódicamente cuando el Supervisor lo exija hasta la terminación del contrato anexando los archivos y documentos elaborados por el contratista y relacionados en cumplimiento del objeto contractual, además participar de las reuniones, actividades y/o requerimientos programados por la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. 8. Mantener indemne por cualquier concepto a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E, de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones de EL CONTRATISTA en desarrollo del objeto contractual. 9. Cumplir con las demás instrucciones que le sean impartidas por el Supervisor del contrato que se deriven o tengan relación con la naturaleza del mismo 10. En general, las que se desprendan de la naturaleza del contrato y de su objeto y le imparta su Supervisor siempre que estén dentro de sus facultades y se enmarquen dentro del objeto del contrato.
CLAUSULA CUARTA.- OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA: En cumplimiento del objeto descrito anteriormente, EL CONTRATISTA se obliga para con la SUBRED SUR al desarrollo de las siguientes obligaciones específicas:
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CLAUSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DE LA SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD SUR E.S.E. a) Ejercer el control
sobre el cumplimiento de la ejecución y del objeto del contrato a través del Supervisor designado; b) Pagar el valor del contrato, conforme a lo estipulado en la Cláusula séptima del presente contrato; c) Exigir a través del Supervisor del contrato los comprobantes de aportes al Sistema General de Seguridad Social, Pensión y Parafiscales.
CLAUSULA SEXTA.- VALOR: El valor del presente contrato será hasta por la suma de _ ($ ),
con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° XXX de fecha XXXXX (XX) de XXXXX de 201X del rubro
, código del rubro presupuestal 3XXXXXX.
CLAUSULA SEPTIMA.- FORMA DE PAGO: El valor del servicio contratado se pagará a las tarifas señaladas en el presente contrato, previa verificación por parte del Supervisor del Contrato del servicio efectivamente prestado y facturado, quien, una vez realice la referida verificación, autorizará al Contratista para que proceda a la presentación de la factura, que será pagada por la Subred dentro de los noventa (90) días siguiente, sujeto al flujo de Caja, previa presentación del informe de supervisión correspondiente y acreditación del pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud , Pensión y parafiscales.
Los pagos a que se obliga la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE, se sujetan a las apropiaciones y disponibilidades presupuestales correspondientes y a la situación de recursos del Programa Anual Mensualizado de Caja- PAC sin que generen interese moratorios.
CLAUSULA OCTAVA.- PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo para la ejecución del presente contrato es por el término de XXXXX (XX) MESES, a partir de la suscripción del acta de inicio del Contrato, previo cumplimiento de los requisitos de legalización; expedición de registro presupuestal y aprobación de pólizas.
CLAUSULA NOVENA.- GARANTÍAS: Para amparar los riesgos de naturaleza contractual derivados del incumplimiento del contrato, la Subred Sur, con NIT. 900.958.564 – 9, exigirá al contratista como mecanismo de cobertura del riesgo, dentro de los Cinco (05) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, una garantía expedida por una aseguradora legalmente autorizada para funcionar en Colombia o en garantías bancarias con los siguientes amparos: A. CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL CONTRATO, El contratista deberá constituir esta garantía, para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales, independiente de las multas y la cláusula penal que se pacte en el contrato. Su cuantía corresponderá a la que en cada caso se determine, la cual no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del monto del contrato y una duración igual a la del plazo máximo previsto al momento de la suscripción del contrato y cuatro (4) meses más. B. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: El contratista deberá constituir esta garantía para precaver los eventos en que incurra en el no pago de las obligaciones laborales respecto de los trabajadores relacionados con la ejecución del respectivo contrato. Su cuantía corresponde al diez por ciento (10%) del monto del contrato y su vigencia será igual al plazo del contrato y Tres (03) años más. C. DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, El contratista deberá constituir esta garantía para asegurar el pago de los perjuicios que el contratista ocasione a terceros por razón de la ejecución del contrato. Su cuantía no podrá ser inferior al veinte por ciento (20%) del monto del contrato y su vigencia será igual al plazo del contrato y tres (3) meses más.
CLAUSULA DECIMA.- DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR: La supervisión del presente contrato de Prestación de servicios será realizada por la XXXXXXXXXXXX de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E y/o quien designe el ordenador del gasto de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ES.X.X. Xxxxxxx velaran por que se cumpla con todos los parámetros y obligaciones establecidas en el contrato, Manual de contratación y Manual de supervisión que la entidad tenga para tal fin.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- LIQUIDACIÓN: Corresponde a la Subred Integrada De Servicios De Salud E.S.E. liquidar los contratos de acuerdo a lo siguiente: solo serán objeto de liquidación, los contratos que de acuerdo al informe técnico, administrativo y financiero del supervisor y/o interventor presente un saldo al momento de la terminación del contrato. Se exceptúan los contratos de obra, los convenios interadministrativos y aquellos que por el objeto se considere importante realizar la liquidación de los mimos.
En caso de no existir saldos solo bastara que repose el informe final de supervisión.
El supervisor o interventor del contrato remitirá informe final de supervisión con sus respectivos soportes, en un plazo de Dos (02) Meses después del vencimiento del termino del contrato, en dicho informe deberá incluir el reporte de ejecución de pagos remitidos por la tesorería de la subred.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL CONTRATO: Hacen parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Estudio de Necesidad y Conveniencia de bienes y servicios; b) Invitación a cotizar c) Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), d) La propuesta con sus anexos e) Los demás documentos que se produzcan durante el desarrollo, ejecución y liquidación del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA TERCERA.- MULTAS: La SUBRED Sur, podrá imponer multas sucesivas mediante acto administrativo motivado de Uno por ciento (1%) y hasta el Diez por ciento (10%), del valor del contrato por negligencia, omisión, retardo, o incumplimiento parcial de una o más de las obligaciones pactadas en el contrato.
CLAUSULA DECIMA CUARTA- PENAL PECUNIARIA El CONTRATISTA se obliga a pagar a la SUBRED SUR una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato a título de indemnización, por los perjuicios que ocasione en caso de incumplimiento de sus compromisos, previa agotamiento de los trámites necesarios que garanticen al CONTRATISTA su derecho de defensa y contradicción. EI valor de la cláusula penal pecuniaria a que se refiere el presente numeral ingresara a la cuenta que señale la SUBRED SUR o en su defecto autoriza con la firma del presente contrato que la SUBRED SUR lo descuente directamente de los desembolsos que no se hayan girado al CONTRATISTA.
CLAUSULA DECIMA QUINTA.- SOLUCIÓN A CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Las diferencias insalvables que ocurran entre la Subred Sur y el Contratista durante la ejecución del contrato, diferentes a la aplicación de la cláusula de caducidad, y de los principios de terminación, modificación e interpretación unilateral, serán dirimidas por los mecanismos alternativos de solución mediante: Acuerdo, Transacción, Conciliación y amigable composición de acuerdo a los procedimientos establecidos para el efecto.
CLAUSULA DECIMA SEXTA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El Contratista afirma bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que no se haya incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidades previstas en la Constitución, la Ley 80 de 1993 y Ley 1474 de 2011 Estatuto Anticorrupción y demás normas que le apliquen.
CLAUSULA DECIMA SEPTIMA.- CESIÓN Y SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar con persona natural o jurídica alguna, los derechos y obligaciones emanados del presente contrato, en caso de permitirse deberá suscribirse entre las partes la respectiva modificación.
CLAUSULA DECIMA OCTAVA.- GASTOS DE LEGALIZACIÓN: Corresponde al Contratista sufragar los gastos que se generen con la suscripción del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA NOVENA.- AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: El presente contrato será ejecutado por EL CONTRATISTA con absoluta autonomía e independencia y, en desarrollo del mismo, no se generará vínculo laboral alguno entre la SUBRED y EL CONTRATISTA y/o sus dependientes si los hubiere.
CLAUSULA VIGÉSIMA.- SUSPENSIÓN: Las partes contratantes podrán suspender el presente contrato, cuando se presente alguna circunstancia que impida seguir con la ejecución temporal del objeto contratado, las partes de mutuo acuerdo podrán suspender la ejecución. La suspensión del contrato se hará constar por las partes en un acta, con indicación de los motivos que llevaron a la misma y en ella se dejara constancia de la fecha de reanudación del contrato. En ningún caso la suspensión del presente contrato podrá ser indefinida.
CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.-CAUSALES DE TERMINACIÓN: El presente contrato se dará por terminado por las siguientes causales: a) Por extinción del plazo pactado para su ejecución. b) Por acuerdo bilateral. c) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. d) Las determinadas por Xxx. PARÁGRAFO: El Supervisor deberá sustentar y presentar los soportes a que haya lugar al área de contratación a fin de llevar a cabo el trámite correspondiente.
CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes, como consentimiento de acuerdo sobre el objeto y la contraprestación. Para la ejecución del mismo, se requiere: a) Registro de compromiso presupuestal. b). Expedición y aprobación de las pólizas exigidas.
CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales del presente contrato se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C. PARÁGRAFO: Para efectos de notificación, se efectuará en la dirección en la cual la Subred Sur centralice su centro de operatividad. EL CONTRATISTA en la dirección aportada en la propuesta. Las partes manifiestan libremente que han procedido a la lectura total y cuidadosa del presente documento, por lo que en consecuencia, se obligan a todo lo pactado y manifestado en este contrato.
CLAUSULA VIGESIMA CUARTA- MANIFESTACION DE NO LAVADO DE ACTIVOS NI FINANCIACON DEL TERRRORISMO: El
CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento que el origen de los recursos empleados para la ejecución del objeto del presente contrato son lícitos y ajenos a las actividades que comprenden el tipo penal xx xxxxxx de activos, conforme a las disposiciones legales vigentes, en especial el Art. 27 de la Ley 1121 de 2016 “Por la cual se dictan normas para la prevención, detección, investigación y sanción de la financiación del terrorismo y otras disposiciones”
CLAUSULA VIGESIMA QUINTA- DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS. EL CONTRATISTA declara que los recursos que
conforman el patrimonio de la empresa no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique, aclare o adicione. En todo momento, EL CONTRATISTA dará cumplimiento a las disposiciones contenidas en, SARLAFT con el fin de prevenir y evitar cualquier situación relacionada con el lavado de activos, captación ilegal, y demás actividades prohibidas en materia económica y de servicios financieros.
En constancia se firma en la ciudad de Bogotá D. C. a los
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL
GERENTE REPRESENTANTE LEGAL
SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS RAZÓN SOCIAL DE SALUD SUR E.S.E.
FUNCIONARIO / CONTRATISTA | NOMBRE | CARGO | FIRMA |
Proyectado por: | |||
Revisado y Aprobado por: |