DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR Cláusulas de Ejemplo

DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La designación de supervisor será comunicada por escrito por Gestión Contractual, o a través de correo electrónico en el cual se adjuntará el memorando firmado por parte del ordenador del gasto, copia del contrato, registro presupuestal y aprobación de póliza si la hubiere. El supervisor del contrato deberá hacer seguimiento al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, con el fin que verificar que el contrato se encuentre debidamente registrado y que el contratista xxxxxxx dentro del término señalado en el contrato, las pólizas solicitadas. Teniendo en cuenta que la supervisión recae sobre el cargo situado en una dependencia, en el evento en que se presente la ausencia (vacaciones, permiso, comisión, licencia y retiro de la entidad), la supervisión recaerá automáticamente en el Jefe Inmediato del supervisor o en el funcionario que sea encargado de las funciones de ese cargo, en los casos en que se realice dicho encargo. Por lo anterior, los supervisores cuando se vayan a ausentar de su cargo, ya sea por vacaciones, licencias, retiro definitivo, permisos, comisiones u otro, deberá realizar un acta de entrega a la persona que lo reemplazará en su ausencia, señalando los contratos a su cargo como supervisor con copia al Gestión Contractual y al Grupo de Gestión Financiera y Contable para su conocimiento. Por lo anterior, los supervisores cuando se vayan a ausentar de su cargo, ya sea por vacaciones, licencias, retiro definitivo, permisos, comisiones u otro, deberá realizar un acta de entrega a la persona que lo reemplazará en su ausencia, señalando los contratos a su cargo como supervisor con copia al Grupo de Gestión Contractual y al Grupo de Gestión Financiera y Contable para su conocimiento. De igual manera cuando se requiera modificar la supervisión de un contrato, el jefe de la dependencia respectiva, deberá remitir un memorando dirigido a la Dirección General señalando la nueva persona que ejercerá la labor de supervisión, a quien de la misma manera se le notificará mediante correo electrónico o de manera escrita enviado desde el Grupo de Gestión Contractual para su conocimiento. Es responsabilidad del supervisor enviar los documentos de la ejecución de cada contrato, al Grupo de Gestión Administrativa y Documental del Instituto, para su respectiva incorporación al expediente Contractual, documentos tales como informes, actas, listas de asistencia de reuniones, ayudas de memoria y demás que se hayan expedido durante l...
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La designación de los supervisores de los contratos o convenios corresponde al Ordenador del Gasto, previa recomendación del área que requirió la contratación. Cuando el supervisor de un contrato o convenio sea un servidor público de la entidad, para su designación se tendrá en cuenta que dicho servidor sea una persona idónea y competente, es decir que tenga la formación profesional y la experiencia técnica en las actividades a supervisar, así mismo, se tendrá en cuenta la carga laboral de quien va a ser designado, y dependiendo de la misma se le asignarán contratistas para el apoyo a la supervisión de acuerdo con el objeto del contrato y/o convenio, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 En el evento en que se presente vacancia temporal o definitiva del supervisor, entre otras causas, por vacaciones o retiro de la entidad, la supervisión recaerá automáticamente en el jefe inmediato quien podrá solicitar al ordenador del gasto la designación del nuevo supervisor. Igualmente se deberá realizar dicha solicitud cuando sea necesario el cambio del supervisor del contrato o convenio, caso en el cual se deberá justificar por escrito las razones del cambio de supervisión. En el evento de cambio de supervisor, no será necesario modificar el c ontrato o convenio y la designación se efectuará mediante comunicación escrita por el ordenador del gasto, copia de la cual deberá remitirse al contratista y al Grupo Interno de Trabajo de Contratación. La designación de supervisión debe ser aceptada por el servidor público obligatoriamente, salvo que exista justa causa debidamente motivada que lo impida, evento en el cual, con autorización del ordenador del gasto, se designará a otro servidor público la supervisión del contrato o convenio.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. Desde el estudio previo debe informarse al representante legal sobre el funcionario que cuenta con el perfil o experiencia requerida para realizar la supervisión del contrato o convenio. Una vez suscrito el contrato corresponde al representante legal hacer la designación en forma escrita. La designación se informará al contratista en la minuta del contrato o a través de documento escrito posterior y al supervisor a través de comunicación escrita, la cual deberá ser entregada oportunamente al designado, pues a partir de este momento nacen las obligaciones relacionadas con vigilancia del contrato.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. 5.2.2. Duración de la Función de Supervisión
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. Con el propósito de vigilar y con la responsabilidad de velar por la correcta ejecución del objeto del contrato convenio u orden, se requerirá la designación del o los Supervisores. La correspondiente designación se realizará en la minuta del contrato, convenio u orden de conformidad con lo indicado por el área interesada en la contratación, en los Términos de Referencia o en el formato CNT-FOR-012. Cuando se trate de convenios o contratos interadministrativos se propenderá por designar un supervisor en representación de FINAGRO, independientemente de que la entidad con la que se suscriba el convenio designe un supervisor o exista un comité supervisor del convenio. En el evento en el que se designe a dos o más colaboradores para que sean supervisores, todas las funciones podrán ser ejercidas por los supervisores designados o las funciones podrán dividirse, lo cual constará en el contrato, convenio u orden. Sin perjuicio de todas las demás obligaciones que resulten inherentes, necesarias y útiles para la cabal ejecución del contrato, es deber del supervisor de todo contrato, convenio u orden, cumplir las siguientes funciones.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. 8.3.1 Criterio Normativo
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. Le corresponde al respectivo ordenador del gasto, efectuar la designación del supervisor, lo cual implica previamente un adecuado análisis técnico, frente a la naturaleza y objeto del contrato/convenio, así como el marco obligacional, de manera que, frente a esos factores será necesario determinar las condiciones de idoneidad que ha de tener quien deba vigilar el contrato/convenio de que se trate. La comunicación de la supervisión se establecerá en los formatos que correspondan y que estén vigentes en la entidad, según la modalidad de selección que proceda, como parte de los respectivos documentos previos. 4 Artículo 32 de la Ley 80 de 1993, modificado por el parágrafo 1° del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011. La supervisión será ejercida desde la designación realizada por el ordenador del gasto, hasta el cierre del expediente contractual. El supervisor deberá observar el régimen vigente de inhabilidades, incompatibilidades, conflictos de interés y preferiblemente pertenecer a la dependencia que requiere el bien o servicio. Así mismo, el supervisor designado suscribirá un pacto de probidad, en el sentido que desarrollará sus actividades con estricta sujeción al marco legal y a los principios que rigen la función administrativa. La entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que sean requeridos, para acompañar esta actividad.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. La supervisión del presente contrato de Prestación de servicios será realizada por la XXXXXXXXXXXX de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E y/o quien designe el ordenador del gasto de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ES.X.X. Xxxxxxx velaran por que se cumpla con todos los parámetros y obligaciones establecidas en el contrato, Manual de contratación y Manual de supervisión que la entidad tenga para tal fin.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. 75 6.5 DEBERES DEL INTERVENTOR O SUPERVISOR 75-77
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR. 8.4. ACTIVIDADES QUE LOS SUPERVISORES DEBEN ABSTENERSE DE REALIZAR DURANTE EL EJERCICIO DE SU ACTIVIDAD.