MEMORIA VALORADA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA JORNADA “MI FAMILIA, MI MASCOTA. II JORNADA DE ADIESTRAMIENTO” A REALIZAR EN LA ANTIGUA COCHERA TRANVIAS EL PRÓXIMO 27 DE NOVIEMBRE DE 2022.
Concejalía de Sanidad-protección Animal
MEMORIA VALORADA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA JORNADA “MI FAMILIA, MI MASCOTA. II JORNADA DE ADIESTRAMIENTO” A REALIZAR EN LA ANTIGUA COCHERA TRANVIAS EL PRÓXIMO 27 DE NOVIEMBRE DE 2022.
ÍNDICE
1.- INTRODUCCIÓN
2.- OBJETO
3.- CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR
4.- OBLIGACIONES DEL CONTRATO
5.- NECESIDAD Y CONVENIENCIA DE LA CONTRATACIÓN
6.- DOCUMENTACIÓN TECNICA Y SEGURIDAD
7.- PERSONAL
8.- CONDICIONES SALARIALES
9.- AMBITO GEOGRÁFICO
10.- PLAZO DURACIÓN DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE PRECIOS
11.- TIPO DE CONTRATO
12.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
13.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO
14.- DIVISIÓN EN LOTES DEL OBJETO DEL CONTRATO
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15.- ADMISIÓN DE MEJORAS
16.- ADMISIÓN DE VARIANTES
17.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
18.- PLAZO DE GARANTÍA
19.- SUBCONTRATACIÓN
20.- CESIÓN DEL CONTRATO
21.- CONDICIONES ESPECIALES DE CONTRATACIÓN
22.- PREVENCIÓN Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
23.- INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES
24.- SEGURO Y COBERTURAS
25.- CONFIDENCIALIDAD
26.- PROPIEDAD INTELECTUAL
27.- USO DEL ESCUDO MUNICIPAL
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1.- INTRODUCCIÓN
Los animales de compañía, también llamados mascotas, son animales domésticos que cumplen una función de acompañamiento al ser humano. Estos animales al estar en estrecho contacto con el ser humano, crean ciertos factores que ponen en riesgo la integridad tanto humana como animal, hablando en términos de Salud Pública, bienestar animal, medio ambiental y de convivencia ciudadana.
Estos factores de riesgo aumentan por un deficiente conocimiento y falta de sensibilización en la comunidad, en temas de Bienestar Animal (BA) y tenencia responsable de animales de compañía, de ahi deviene la necesidad de realización de actividades, campañas,divulgativas, charlas,...etc que vengan a generar el impacto correspondiente en nuestra sociedad, tales como el buen trato o manejo hacia los animales y el conocimiento de los riesgos que puede acarrear una mala tenencia de estos animales, como lo es en la parte sanitaria, por la presencia de malos olores y vectores, el aumento en los ataques o agresiones hacia los humanos u otros animales, la aparición de enfermedades zoonóticas ; también en riesgos medio ambientales, viéndose amenaza de extinción de fauna xxxxxxxxx a causa de animales de compañía abandonados que pasaran a ser animales ferales o asilvestrados (en especial los felinos) los cuales son animales que se establecen en un medio xxxxxxxxx pero de origen doméstico, como también el mal manejo de heces fecales en cascos urbanos, zonas verdes.
Por cuanto antecede, se considera muy importante concienciar a la ciudadania con campañas divulgativas sobre la tenencia responsable y el bienestar animal, para una necesaria convivencia entre la ciudadanía y los animales, con la debida protección de estos. Así, la realización de la campaña presume de mascotas persigue estos objetivos.
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2.- OBJETO
El objeto de la presente memoria es la contratación de los servicios de montaje, decoración, mantenimiento, desmontaje y realización de actividades y talleres en la jornada denominada “MI FAMILIA, MI MASCOTA, II JORNADA DE ADIESTRAMIENTO CANINO” que se celebrará el próximo día 27 de noviembre en el parque Antigua Cochera de Tranvías, de 11 a 15 horas.
No obstante lo anterior, las fechas definitivas y lugar de celebración estarán sujetos a la confirmación por parte de la Concejalía de Sanidad, siendo comunicado a la empresa que resulte adjudicataria con al menos 15 días de antelación para poder ejecutar dicho proyecto .
Códigos CPV:
92300000-4 Servicios de entretenimiento
93.29 – Otros servicios recreativos y de entretenimiento
3.- CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR
La instalación de los talleres, actividades, carpas, actuaciones, ...etc deberá presentar una distribución que permita una visita fácil y sin barreras. Se construirá a nivel de suelo en única planta y ofrecerá una imagen corporativa de la Concejalía de Sanidad-Protección Animal, debiendo identificarse desde cualquier lado.
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Sin perjuicio de las características específicas de dicha jornada, se realizará la construcción de acuerdo con la normativa vigente de seguridad en todos los materiales utilizados y en las instalaciones (las jaimas estarán homologadas y certificadas según normas UNE-EN 13782:2016 Estructuras temporales. Carpas. Seguridad. y UNE-EN 15619:2014 Textil, PVC para carpas), así como en lo referente a la prevención de riesgos de incendio (serán impermeables e ignífugas según la norma EN 135011:2007 y M2 de la UE) y a la eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas para permitir el acceso de personas con movilidad reducida.
Así mismo, estará formado por los siguientes elementos :
a) 3 jaimas que serán ocupadas según las necesidades de merchadising, objetos promocionales, entidades,...etc.
Las características serán de de 3 x 3 m , color blanco, incluyendo transporte, montaje y desmontaje y limpieza durante todos los días de su celebración.
La distribución y dotación definitiva de las jaimas será comunicada a la empresa adjudicataria con al menos 10 días de antelación.
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b) Se podrá conectar la energía eléctrica necesaria a la megafonia a las instalaciones municipales del referido parque, previa ejecución de protecciones que correspondan y disponer del correspondiente Boletin de Instalaciones Eléctricas.
c) Photocall tipo fotomatón, montaje y decoración del mismo
d) Trabajos de acotar recinto para exhibición y dar cursos de obediencia y cuidado de las mascotas, mediante las vallas municipales facilitadas y cinta.
e) Trabajos de colocación y distribución de las sillas facilitadas por el ayuntamiento
f) Dotación de un adiestrador/etólogo de animales que imparta talleres y cursos prácticos durante la jornada a los asistentes.
g) Megafonia para el acto
h) Diseño y producción de cartelería. La empresa adjudicaria tendrá que realizar el diseño de la imagen de la jornada y adaptarlo a todas las piezas a producir:
• 4 Cartel vertical de 80/1,90 cm encapsulado mate con imágenes impresas a 4/5 tintas con estructura roll-up.
• 20 Pósters tamaño 50 x 70 cm impresos a 4/0 tintas con imagen de la j o r n a d a , sobre papel mate de 170 grs. cortados a sangre y con barniz máquina 1 cara.
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• 2 banderolas.
La Concejalía de Sanidad, facilitará al adjudicatario en la sede del órgano contratante, las imágenes corporativas a utilizar en la ejecución del diseño para toda la cartelería a utilizar en la jornada.
i) Todo el material fungible necesario para el mantenimiento de los animales durante la celebración de la jornada: Bebederos para perros (2).
j ) Transporte, montaje, mantenimiento durante la celebración del evento y desmontaje, de todo el material (cartelería, lonas, rótulos, carpas, talleres, photocall etc.).
k) materiales infantiles para talleres ( material manualidades y packs de pinturas que los niños podrán llevarse al terminar) . Panel de pie para exponer los dibujos. Material Pinta carasy otros necesarios para desarrollo de los talleres.
l) mesas y sillas para talleres infantiles (4 mesas de 2,70X1 y 40 sillas).
4.- OBLIGACIONES DEL CONTRATO
Será por cuenta del adjudicatario, lo siguiente:
a. Gestión y tramitación ante los responsables del lugar de celebración del evento (Ayuntamiento de Alicante), de los permisos necesarios para la realización de la jornada.
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b. Deberá ejecutar el contrato de conformidad con el presente pliego, así como las instrucciones que sean cursadas desde la Concejalía de Sanidad.
c. El servicio de primera limpieza y mantenimiento de la j o x x x x x x xx xxxxxxxx total al
finalizar la misma, de manera que el lugar de celebración quede en perfectas condiciones, de acuerdo con las normas del lugar de celebración.
d. Los materiales para la realización de la j o r n a d a , así como el mobiliario del mismo, serán aportados por la empresa adjudicataria y estarán siempre en perfectas condiciones, rechazándose en todo momento los deteriorados o que presenten mal estado.
e. Cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, de seguridad y de salud. A tal fin la adjudicataria aportará un extintor A,B,C y un extintor CO2, a instalar en zona de jaimas y del cuadro eléctrico, respectivamente.
f. La información, documentación, planos, archivos o especificaciones en cualquier soporte facilitadas por la C o n c e j a l í a d e S a n i d a d al adjudicatario para la ejecución del contrato, deberán ser consideradas por este como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, difusión, utilización para finalidad distinta de la ejecución del contrato, comunicación o cesión a terceros.
g. El adjudicatario, estará obligado a indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.
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5.- NECESIDAD Y CONVENIENCIA DE LA CONTRATACIÓN.
El artículo 25.2.j de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que el Municipio para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, pueden promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal y que, en todo caso, ejercerá competencias en materia de protección de la salubridad pública.
El artículo 33.3.q de la Ley 8/2010, de 23 xx xxxxx, de régimen local de la Comunidad Valenciana, establece que los municipios valencianos tienen competencias propias en recogida y gestión de animales vagabundos y abandonados.
Las competencias relacionadas con los animales, deben ser desarrolladas y ejecutadas según lo dispuesto en el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por lo que tendrán en cuenta que los animales como seres sensibles deben gozar de unas condiciones adecuadas de bienestar. A pesar de vivir en un mundo globalizado e interconectado en el que se hace necesario disponer de una perspectiva amplia para actuar eficazmente, la acción local es de gran importancia en la protección de los animales.
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A la vista de la situación actual, se considera aconsejable la realización de la jornada, como la prevista en esta memoria, denominada “Mi mascota Mi familia” donde se impartirán cursos de cuidados responsables de mascotas, de obediencia, mercadillo solidario de comidas y utensilios para mascotas,
…..etc.
6.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y SEGURIDAD
La documentación que deberá presentar el licitador deberá constar al menos de:
a. Certificado de Compañía Aseguradora
b. Proyecto Técnico de la actividad realizado por un técnico competente.
c. Plan de actuación ante emergencias
d. Boletín eléctrico de baja tensión
e. Certificado Técnico final de instalación.
f. Documentación de las carpas con sus homologaciones y certificaciones, de los equipos xx xxxx - do , talleres y otros elementos a instalar.
g. Seguros de las instalaciones colocadas.
h. Seguro del Organizador par daños materiales y/o personales ocasionados a terceros con motivo de evento programado.
El Organizador presentara toda la documentación por correo electrónico, o en papel si así se solicitara, con antelación a la celebración del evento.
7.- PERSONAL
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En el ámbito del presente contrato, la entidad contratista asume la gestión y organización del programa, así como del personal que lo preste, debiendo contar con el que resulte necesario y suficientemente cualificado, para atender las prestaciones definidas a lo largo de sus cláusulas, asumiendo los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal, así como todas las responsabilidades, tanto de los hechos susceptibles de producirlas, como de las relaciones con su propio personal que, en ningún caso, tendrán relación jurídica o laboral con el Ayuntamiento.
La entidad contratista ejercerá de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección empresarial en aspectos tales como permisos, licencias, vacaciones, sustituciones de trabajadores en casos de ausencia o baja, obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales y de coordinación de la actividad preventiva, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador, por tanto, el Ayuntamiento, por su parte, no asumirá obligación alguna respecto del personal empleado o colaborador de la adjudicataria, ni durante el tiempo de vigencia del contrato, ni al finalizar éste por cualquier causa, siendo de cuenta de dicha entidad todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que se originen con ocasión de la ejecución del mismo. Corresponde exclusivamente a la empresa la selección del personal, que reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en el presente memoria formará parte del equipo de trabajo, sin perjuicio de la verificación de su cumplimiento por parte de la entidad contratante en cualquier momento.
La entidad contratista velará especialmente porque los/as trabajadores/as adscritos/as a la ejecución del contrato, desarrollen la actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el Pliego objeto de contrato.
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El adjudicatario dispondrá del personal necesario para la realización de todos los trabajos para la celebración de la jornada.
El personal necesario será el siguiente:
- 6 Monitores/Operarios
- 1 Persona de la empresa responsable del desarrollo d e la jorn ada.
- 2 Adiestrador/etólogo para dar charlas/cursos prácticos sobre tenencia, educación, manejo, comportamiento de los perros y atenciones sanitarias a los mismos.
7.- CONDICIONES SALARIALES.
La empresa adjudicataria estará obligada al cumplimiento de sus obligaciones salariales para con sus trabajadores durante el período de vigencia del contrato según el Convenio colectivo aplicable
8.- ÁMBITO GEOGRÁFICO.
El ámbito geográfico se extiende al parque de la antigua Cochera de Tranvias u otro emplazamiento que se designe.
9.- PLAZOS DE DURACIÓN DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE PRECIOS.
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El plazo de duración del contrato se establece en una jornada de 11 a 15 horas.
No procede la revisión de precios de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Ley 9/2017, de 0 xx xxxxxxxxx, xx xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
10.- TIPO DE CONTRATO.
Se trata de un contrato de servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP).
11.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
Se propone la adjudicación del servicio de referencia como contrato menor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 118.1 y 131.3 de la LCSP.
12.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO.
Se establece un presupuesto base de licitación, conforme a las reglas contenidas en el artículo
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100.2 de la LCSP, de costes directos e indirectos se detalla a continuación:
CONCEPTOS | Coste euros | ||||||
COSTES DIRECTOS | |||||||
Diseño gráfico, rolers, carteles banderas, posters, lonas,...etc Diseño gráfico (1) 200,00 Carteles (6) 500 Poster (20) 100 2 banderolas 170 | 970,00 | ||||||
3 carpas jaimas con mostradores | 900,00 | ||||||
1 Equipo de megafonía y música ambiental | 300,00 | ||||||
4 mesas talleres infantiles y 40 sillas | 100,00 | ||||||
1 Utensilios promocionales | de | alimentación | animal | y | otros | productos | 100,00 |
4 Talleres de manualidades, pintacaras, juegos,etc con regalos a los participantes | 1000,00 | ||||||
1 Photocall tipo fotomatón | 600,00 | ||||||
1 Obsequios promocionales | 1000,00 | ||||||
Coordinación, monitores de ocio educativo y tiempo libre y operarios ( Ver cuadro adjunto de personal) | 685,13 |
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Honorarios adiestradores | 300,00 |
Otros trabajos y limpieza | 300,00 |
Homologaciones, proyecto técnico y documentacion a aportar | 400,00 |
Subtotal costes directos | 6.655,13 |
COSTES INDIRECTOS | |
Gastos generales (4%) | 266,20 |
Beneficio empresarial (6%) | 399,30 |
Subtotal costes indirectos | 665,5 |
COSTES INDIRECTOS + DIRECTOS | 7.320,63 |
IVA 21% | 1.537,33 |
TOTAL | 8.857,96 |
Personal lote 1 | Salario Bruto a partir 1 octubre 2022 | Seg. Social empresa 35 % | Subtotal | Precio hora | IMPORTE € | ||
1 Coordinador de actividades y proyectos centro | 16.311,30 | 5.708,95 | 22.020,25 | 12,64 | 126,41 ( 10 h) | ||
1 Monitor/a de ocio educativo y tiempo libre | 15.020,85 | 5.257,30 | 20.278,15 | 11,64 | 558,72 (48 horas) | ||
T | O T A | L | PERSONAL ANUAL | 685,13€ |
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• 1. Convenio colectivo Marco Estatal de ocio educativo y animación sociocultural 1742 horas/año Se establece un presupuesto base de licitación de siete mil trescientos veinte euros con sesenta
y tres céntimos correspondiente (7320,63 Euros), con el IVA al tipo vigente del 21 %, que asciende a mil quinientos treinta y siete euros con treinta y tres céntimos (1.537,33€), por lo que resulta un total de ocho mil ochocientos cincuenta y siete euros con noventa y seis céntimos. (8.857,96€).
El valor estimado coincide con el presupuesto base de licitación ya que no hay prórrogas posibles.
El gasto se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
PARTIDA PRESUPUESTARIA | EJERCICIO | CONCEPTO | IMPORTE € |
44 311 2279922 | 2022 | Otros trabajos realizados por otras empres.Protección animal | 8.857,96 |
TOTAL | 8.857,96 |
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El pago del servicio se realizará mediante la presentación de la factura a la finalización de los trabajos.
De conformidad con lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, en el caso de que el adjudicatario esté en alguno de los supuestos previstos en el artículo 4 de la citada Ley, deberá presentar las facturas en formato electrónico a través del Punto General de Entradas de Facturas Electrónicas del Estado (FACe). Para ello el contratista deberá incluir obligatoriamente en las facturas los siguientes datos:
• Código y denominación de la Oficina Contable: "L01030149 Intervención del Ayto. de Alicante".
• Código y denominación del Centro Gestor: "L01030149 Ayto. de Alicante".
• Código y denominación de la Unidad Tramitadora: "LA0008606PROTECCIÓN ANIMAL".
13.- DIVISIÓN EN LOTES DEL OBJETO DEL CONTRATO.
No procede la división en lotes del objeto del contrato, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 99.3 de la LCSP., ya que la realización independiente de las diversas prestaciones dificultarían la correcta ejecución del contrato desde el punto de vista técnico, pues los datos obtenidos en la primera fase necesariamente vinculan a la segunda y posteriores.
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14.- ADMISIÓN DE MEJORAS.
Únicamente se admitirán las mejoras indicadas en la presente memoria.
15.- ADMISIÓN DE VARIANTES.
No se admite la presentación de variantes.
16.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato no es susceptible de ninguna modificación, salvo aquellas establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
17.- PLAZO DE GARANTÍA.
Se establece un plazo de garantía de tres (3) meses, a partir de la finalización de prestación del servicio.
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18.- SUBCONTRATACIÓN.
La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros, estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 215 LCSP.
19.- CESIÓN DEL CONTRATO.
A excepción de los supuestos de sucesión del contratista establecidos en el artículo 98 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el contratista no podrá ceder su derechos y obligaciones a terceros.
20.- CONDICIONES ESPECIALES DE CONTRATACIÓN.
De conformidad con el art. 202 de la LCSP, el adjudicatario está obligado a cumplir las siguientes condiciones especiales de contratación :Utilizar códigos estéticos de vestimenta unisex, si así lo desean los trabajadores y trabajadoras.
El contratista presentará, antes del inicio del contrato, una declaración responsable de cumplimiento de las referidas condiciones. El incumplimiento de la misma podrá ser sancionado con una penalidad equivalente entre el 3 % y 10 % del importe de la adjudicación.
21.- PREVENCIÓN Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.
Será de exclusiva competencia y riesgo del adjudicatario todo lo referente a accidentes de trabajo, normas de seguridad en el mismo, de previsión y seguridad social y de cuantas disposiciones sean de aplicación a los trabajos objeto de este contrato.
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Asimismo, vendrá obligado a entregar al Ayuntamiento cuanta documentación sea necesaria para justificar las anteriores exigencias, incluyendo acreditación de los certificados exigidos.
Junto con el acta de inicio del servicio, el representante de la empresa contratista deberá facilitar al responsable del contrato un certificado, según modelo anexo I, con el objeto de mantener la coordinación de actividades empresariales legalmente establecida en la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, y asegurar que se cumple con la citada normativa.
22.- RÉGIMEN DE INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES.
La entidad contratista incurrirá en responsabilidad objetiva por el mero hecho de incumplir cualquiera de las obligaciones que le incumben por razón de su posición en el contrato.
Los incumplimientos de la entidad contratista durante la vigencia del contrato, se calificarán como leves, graves y muy graves. Las sanciones se graduarán atendiendo a los siguientes criterios:
• La intensidad en la perturbación u obstrucción causada al normal funcionamiento de un servicio público.
• La intensidad de los perjuicios, incomodidad y daños causados a la Administración o a la ciudadanía.
• La continuidad en la comisión de la misma infracción.
• La intensidad de la perturbación ocasionada en la convivencia, tranquilidad o ejercicio de derechos legítimos de otras personas, o a la salubridad u ornato públicos.
• La existencia de intencionalidad o reiteración.
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• El impedimento del uso de un bien o servicio público por otra u otras personas con derecho a su utilización.
• La gravedad y relevancia de los daños causados en espacios públicos, así como en equipamientos, infraestructuras, instalaciones o elementos de un servicio público.
En lo no previsto expresamente en el presente Xxxxxx, se estará a lo que disponga tanto lo previsto en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector público, como en la regulación contenida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector Público.
Las acciones u omisiones, por parte la entidad contratista, que constituyan infracciones administrativas, serán penalizadas incluso cuando se trate de simple negligencia conforme a la normativa específica que le sea de aplicación. No obstante tomando en consideración la cláusula 11ª xxx Xxxxxx de Condiciones Jurídico Administrativas Generales para regir los Contratos Administrativos que celebre el Excmo. Ayuntamiento de Alicante, se concretan las siguientes:
22.1.- Incumplimientos leves:
a) No asistir a alguna reunión convocada con un mínimo de veinticuatro horas de antelación.
b) Cualquier incumplimiento que no esté catalogado como falta grave o muy grave.
22.2.- Incumplimientos graves:
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a. Retraso en el montaje de las instalaciones para el evento, hasta dos horas.
b. Deficiencias en la uniformidad del personal adscrito al contrato.
c. Falta de respecto del personal adscrito al contrato con los asistentes.
d. La resistencia a suministrar datos, facilitar información o prestar colaboración a las autoridades competentes o a sus agentes, en el desarrollo de las labores de inspección o control.
e. Dificultar la labor inspectora mediante cualquier acción u omisión que perturbe o retrase la misma.Las que sean concurrentes con otros incumplimientos leves o hayan servido para facilitarlas o encubrirlas.
22.3.- Incumplimientos muy graves:
a. El incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato y sus mejoras cuando produzca un perjuicio muy grave.
b. La paralización total y absoluta en la ejecución de las prestaciones por causas imputables a la entidad contratista.
c. El incumplimiento de los requerimientos o las medidas cautelares o definitivas que adopten las autoridades competentes, cuando se produzca de modo reiterado o cuando concurra daño grave para la salud o seguridad de las personas.
El incumplimiento consciente y deliberado de los requisitos, obligaciones o prohibiciones estipulados en el Pliego, o cualquier otro comportamiento doloso, siempre que ocasionen alteración o riesgo grave en la asistencia y seguridad de las personas.
d. La existencia de personal de servicio sin la titulación profesional requerida para su puesto o de las autorizaciones correspondientes.
e. La identificación falsa o contraria al principio de veracidad, en cuanto a los méritos, titulaciones, experiencia, capacidad técnica de los profesionales intervinientes en el servicio.
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f. El incumplimiento muy grave de las obligaciones de tipo fiscal, laboral y de Seguridad Social , y de las medidas anticovid a implantar en la actividad de acuerdo con el pland e medidas anticovid y la legislación vigente que dependan de la organización ,que se deriven por la ejecución del contrato.
g. La negativa absoluta a facilitar información o a prestar colaboración a los servicios de control e inspección.
h. Las que sean concurrentes con otros incumplimientos graves o hayan servido para facilitar o encubrir estos.
i. El incumplimiento de lo establecido, tanto en materia laboral como de seguridad personal e higiene de los trabajadores y lo que se refiere a la obligatoriedad de constituir pólizas de aseguramiento.
j. No comenzar la prestación del servicio contratado dentro del plazo establecido.
A los efectos de los párrafos anteriores, se entiende por reincidencia cualquier incumplimiento de la misma naturaleza penalizado por resolución administrativa firme.
22.4.- Penalidades contractuales:
Independientemente del resarcimiento por daños y perjuicios, en caso de incumplimiento que no produzca resolución del contrato, el Ayuntamiento podrá aplicar las siguientes penalidades, graduadas en función de la negligencia o intencionalidad, del fraude o connivencia, incumplimientos de advertencias previas, reincidencia, número de personas afectadas, perjuicio causado, peligrosidad, beneficios obtenidos a causa del incumplimiento permanencia y transitoriedad de los riesgos, y cualquier otra circunstancia objetiva o subjetiva que tenga virtualidad para incidir en el grado de reprochabilidad de la conducta o en el de la culpabilidad, en un sentido atenuante o agravante.
− Incumplimientos leves:
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Apercibimiento o penalidad hasta el 1,50% del precio del contrato (IVA excluido).
− Incumplimientos graves:
Penalidad hasta el 5,00% del precio del contrato (IVA excluido).
− Incumplimientos muy graves:
Penalidad hasta el 10,00% del precio del contrato (IVA excluido) y/o Resolución contractual.
En la tramitación del expediente, se dará audiencia a la entidad contratista para que pueda formular alegaciones dentro de un plazo xx xxxx días hábiles y el órgano de contratación resolverá, previa emisión de los informes pertinentes.
23.- SEGUROS Y COBERTURAS.
El adjudicatario deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a 300.000,00 euros, para responder civilmente de los accidentes y daños y/o perjuicios que pudieran ocurrir ocasionados por los trabajos realizados durante Ia prestación del servicio o a causa de este. Se presentará al responsable municipal del contrato el justificante de dicho seguro, antes de la firma del Acta de inicio del servicio. La duración de dicho seguro coincidirá con la duración del contrato.
24.- CONFIDENCIALIDAD.
Todos los trabajos realizados para el buen fin del presente contrato tendrán carácter de confidencial, no pudiendo la empresa adjudicataria utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, datos o información alguna de los trabajos contratados sin autorización escrita del Ayuntamiento de Alicante,
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Concejalía de Sanidad-protección Animal
estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información y documentación recibida del Ayuntamiento de Alicante, como de los resultados obtenidos del trabajo realizado.
La empresa adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
25.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
Todos los derechos de propiedad intelectual que se puedan derivar de dichos trabajos serán propiedad exclusiva del Ayuntamiento de Alicante.
26.- USO DEL ESCUDO MUNICIPAL.
No se podrá hacer use del escudo ni logotipo municipal en la documentación, en cualquier de sus posibles formatos, que realice, confeccione, diseñe, publique o difunda el adjudicatario.
27.- SOLVENCIA
AYUNTAMIENTO DE ALICANTE
Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los docs. firmados accediendo al apartado Validación de Documentos de la Sede Electrónica del Ayto. de Alicante: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx.xxx
El licitador, clasificado en primer lugar, debe acreditar que cuenta con la debida capacidad de obrar, solvencia y habilitación profesional necesaria para realizar el objeto del contrato.
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ANEXO I MODELO CERTIFICADO
D./Dña. ………………………………………………………………...…………, con DNI nº ………...…………. y teléfono de contacto… ,en representación de la empresa adjudicataria del contrato para la prestación
del servicio…………………………………………………………………………………………………….. y con el objeto de mantener la coordinación de Actividades Empresariales legalmente establecida en la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, y asegurar que los trabajadores de nuestra empresa que desempeñen sus funciones para el Excmo. Ayuntamiento de Alicante, disponen de un adecuado nivel de protección de la salud frente a los riesgos laborales de las condiciones de trabajo,
CERTIFICO:
- Que se ha realizado la Evaluación de Riesgos y Planificación de la actividad preventiva, de las actividades desarrolladas en sus puestos de trabajo, entregándose copia de dichos Informes al Ayuntamiento.
- Que los trabajadores han sido informados sobre los riesgos y medidas preventivas a aplicar en el desempeño de las tareas propias de su puesto.
- Que los trabajadores cuentan con la formación necesaria para el desarrollo de su trabajo en condiciones de segundad y de acuerdo con su evaluación de riesgos.
AYUNTAMIENTO DE ALICANTE
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- Que los trabajadores disponen de los equipos de protección individuales que establece la evaluación de riesgos de su puesto, siendo conocedores de su correcto uso.
- Que se lleva a cabo la vigilancia de la salud establecida legalmente, siendo todos los trabajadores aptos para el desempeño de su puesto.
Firma
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