OBLIGACIONES DEL CONTRATO. 1.- Los trabajos se desarrollarán en los talleres de la empresa adjudicataria, previa autorización expresa del Servicio de Archivos y Bibliotecas, y formalización, por parte de la empresa adjudicataria, del correspondiente seguro.
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Actividades realizadas por el ContratIstas
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Actividades realizadas por el contratistas Obligaciones Específicas
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Además de las relacionadas en el Anexo Técnico, Apéndices y demás documentos que hacen parte del presente proceso de contratación y los que hacen parte del contrato de obra objeto de vigilancia, el Interventor deberá cumplir con las obligaciones establecidas en el manual de supervisión e interventoría del IMDRI vigente y con las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Con independencia de otras posibles obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá cumplir las siguientes obligaciones: * El adjudicatario está obligado a que su/ s Centro/ s dispong an, durante la vigencia del contrato, para el cumplimiento de los objetivos asistenciales previstos en el mismo, de los recursos materiales y de equipamiento general, clínico y quirófanos, en su caso, necesarios para realizar con eficacia, calidad y garant ía, las actividades objeto del contrato, así como del personal sanitario y no sanitario que permita la perfecta atención del servicio público.
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. Cód. Validación: 4YM7HMYMM9WRG5NG2QLJYT5C4 | Verificación: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 32 Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido. Sin embargo, si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios de la demora le pudiera ocasionar. De la formalización del contrato se dará publicidad según lo dispuesto en el artículo 154 TRLCSP.
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. El contratista será responsable de la calidad de los bienes que entregue, así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración o para terceros de las omisiones, errores y métodos inadecuados o incorrectos en la ejecución del contrato. ❖ Cualquier referencia técnica que haga mención a una determinada marca, modelo o tecnología concreta no podrá ser sustituida por otra salvo autorización expresa del Ayuntamiento de Arroyomolinos. ❖ El contratista estará obligado a facilitar al Ayuntamiento de Arroyomolinos toda la información requerida sobre cualquier aspecto relacionado con el suministro contratado. ❖ El adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los suministros, debiendo indemnizar a la Administración por todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma. ❖ El adjudicatario se compromete a no utilizar el nombre del Ayuntamiento de Arroyomolinos en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores, siendo la persona o empresa adjudicataria la única responsable de las obligaciones que contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase. ❖ Será obligación de la entidad adjudicataria contar con cualquier tipo de certificación, inscripción o autorización necesaria para el correcto cumplimiento del contrato según la legislación que le sea de aplicación. ❖ En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos, la entidad adjudicataria y el personal encargado de la realización de los trabajos, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. El contrato comprende obligatoriamente en cuanto a la construcción: Por una parte el contrato comprende la construcción de un bar-restaurante, según el proyecto presentado que se adjunta en el anexo. Que deberá ser realizado dentro del plazo que se haya fijado y bajo la dirección de obra del arquitecto municipal. El contrato comprende obligatoriamente en cuanto a la explotación: - Gestión y explotación de la piscina. (con zona de tumbonas, sombrilla, jardines e instalaciones anexas). - Mantenimiento íntegro del complejo de Piscina Municipal, sus instalaciones, bar- restaurante, reparación de equipos, piscinas, motores, zonas ajardinadas, poda, etc. Esto incluye cualquier obra o reforma que sea necesaria para la puesta a punto y el correcto funcionamiento del servicio, de las instalaciones. - La adquisición e instalación de todo equipamiento, consumibles y mobiliario necesario para el funcionamiento de las instalaciones. - Servicio de socorrismo, incluyendo asistencia sanitaria con desfibriladores por personal con titulación suficiente. - Servicio de monitores especializados para diferentes modalidades de servicios que el adjudicatario quiera ofertar y cobrar según precios públicos aprobados por el Ayuntamiento: médico-natación, rehabilitación, cursos de natación, actividades acuáticas y aquafitness, buceo, musculación, entrenamientos etc… - Servicio de asistencia sanitaria con desfibriladores, según decreto 22/2012, de 14 de febrero. - Conserjería y vigilancia xxx xxxxxxx e instalaciones, taquillas y guardarropa. - Limpieza de todas las instalaciones - Suministro de todos los productos necesarios para el funcionamiento. - Administración. Elaboración xx xxxxxx, tickets y abonos de temporada. - Explotación de servicio de bar-restaurante y restauración complementario con cuantas actividades de hostelería puedan ser compatibles. La gestión del servicio será integral, comprendiendo los aspectos económicos, administrativos, técnicos, deportivos y cualquier otro que involucre. El contratista, contando con la pertinente autorización del Ayuntamiento, gestionará los espacios disponibles que podrá dedicarlos, a su cargo y coste, y a riesgo y xxxxxxx del concesionario, no sólo al servicio público de piscina municipal sino igualmente a los usos complementarios arriba mencionados (bien directamente o mediante terceros) dentro del marco que fija la legislación vigente, es decir, sometido a la obtención de las autorizaciones administrativas establecidas, y todo ello, mie...
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. El profesional está obligado y sin perjuicio de lo previsto por las leyes y reglamentos vigentes en el Ecuador a:
OBLIGACIONES DEL CONTRATO. En desarrollo del objeto, el Contratista adquirirá para con la Contraloría de Bogotá D.C., las siguientes obligaciones. ----------------- CUARTA.