Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LAS CONDICIONES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE VEHÍCULO PARA EL DEPARTAMENTO DE URBANISMO, UN TRACTOR CORTACÉSPED Y UN CAMIÓN CON PLATAFORMA PARA EL DEPARTAMENTO DE PARQUES Y JARDINES DIVIDIDO EN TRES LOTES Y FINANCIADO MEDIANTE UN CONTRATO DE “LEASING”
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1 Es objeto del presente contrato el suministro conforme al Anexo de Prescripciones Técnicas que figura unido al expediente, financiado mediante un contrato de leasing con una entidad autorizada, en los siguientes lotes:
LOTE 1: VEHÍCULO FURGÓN PARA DEPARTAMENTO DE URBANISMO
LOTE 2: TRACTOR CORTACÉSPED PARA XXXXXXXXXXXX XXXXXXX X XXXXXXXX
XXXX 0: CAMIÓN XX XXXXX CABINA CON GRÚA, CESTA Y CAJA BASCULANTE TRASERA ABIERTA PARA EL DEPARTAMENTO DE PARQUES Y JARDINES
1.2 El presente contrato se adjudicará en dos fases distintas:
1ª) El ayuntamiento seleccionará el suministrador de los vehículos por un precio cierto entre aquellos suministradores que hagan la mejor oferta de acuerdo con este pliego.
2º) El ayuntamiento seleccionará la entidad financiera de leasing entre aquellas que oferten mejores condiciones financieras, la cual comprará los vehículos previamente seleccionados a los proveedores correspondientes por el precio adjudicado, para proceder a arrendarlos al ayuntamiento por un precio consistente en el importe de adquisición más un coste financiero, incluyendo una opción de compra al final del contrato por el valor residual del bien.
1.3. La adjudicación y selección del suministrador o suministradores de los vehículos, implicará su compromiso de su venta a la entidad de leasing al que el ayuntamiento adjudique dicho contrato.
Una vez adjudicado el contrato de leasing, el ayuntamiento podrá ejercitar frente al proveedor, por subrogación, las acciones que en principio corresponden al arrendador financiero y, por tanto, en ejercicio de dichas acciones, el ayuntamiento podrá solicitar la reparación o sustitución del bien, y incluso solicitar la resolución del contrato de compraventa, y ejercitar todas las acciones de indemnización de daños y perjuicios que correspondan, bien contra el proveedor o bien contra la sociedad de leasing.
1.4. El ayuntamiento podrá utilizar el bien objeto del contrato de forma directa o ceder su uso a un tercero.
1.5. De conformidad con el artículo 22 de la ley de contratos del sector público 30/2007, se hace necesario acudir a la contratación de estos bienes por la necesidad manifestada por los departamentos implicados de contar con los vehículos necesarios para en el caso del departamento de parques y jardines, mantener los espacios verdes a su cargo y por otro lado, en el caso de departamento de obras, disponer de un medio de transporte para el personal.
1.6 La clasificación CPV de los contratos es el siguiente:
Lote 1: 34136100-0, 66114000-2
Lote 2: 34114000-9, 66114000-2
Lote 3: 34142100-5, 66114000-2
2. RÉGIMEN JURÍDICO
2.1.- El presente contrato es de naturaleza administrativa como contrato administrativo de suministro de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la ley de contratos del sector público 30/2007 y se regirá por las cláusulas contenidas en el presente Xxxxxx y en los Anexos que se acompañan a los mismos.
2.2.- Para todo lo no previsto en ellos se aplicará lo dispuesto en la legislación vigente en
materia de contratación administrativa enumerada sin carácter restrictivo a continuación:
− Ley de contratos del sector público 30/2007, LCSP en adelante.
− Real Decreto 1098/2001 por el que se aprueba el Reglamento de la ley de contratos de las administraciones públicas.
2.3.- Podrá aplicarse cualquier otro tipo de reglamentos, normas o instrucciones oficiales de derecho administrativo que puedan afectar al objeto del concurso.
2.4.- Igualmente tendrán carácter contractual y vincularán al contratista las determinaciones contenidas en la Memoria Técnica que presente en el sobre C.
2.5.- Las controversias que surjan en la ejecución del presente contrato se dirimirán ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El Órgano competente para contratar es el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxx de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda LCSP.
El mencionado Órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, modificarlo y acordar su resolución, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
4. PRECIO DEL CONTRATO
A) DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
4.1.- El presupuesto máximo para esta contratación asciende para cada lote a las siguientes cuantías:
|
BASE |
IVA |
LOTE 1 |
18.000,00 € |
2.880,00 € |
LOTE 2 |
22.000,00 € |
3.520,00 € |
LOTE 3 |
49.000,00 € |
7.840,00 € |
4.2.- Los presupuestos indicados en el apartado anterior son los de contrata y tanto en ellos como en las ofertas que se formulen han de entenderse incluidos igualmente todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transporte, personal a su cargo, de comprobación y ensayo, homologaciones y demás derechos y tasas e impuestos - en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido -, se entenderán incluidos en el coste global del contrato sin que por tanto puedan ser repercutidos como partida independiente.
B) DEL CONTRATO DE LEASING
4.3.- El presupuesto máximo para esta contratación asciende para cada lote a las siguientes cuantías:
|
ARRENDAMIENTO Y OPCIÓN DE COMPRA |
INTERESES |
TOTAL |
LOTE 1 |
20.880,00 € |
4.336,42 € |
25.216,42 € |
LOTE 2 |
25.520,00 € |
5.300,08 € |
30.820,08 € |
LOTE 3 |
56.840,00 € |
11.804,71 € |
68.644,71 € |
4.4.- Cuota de alquiler
Su cuantía será igual al importe de adjudicación del contrato de suministro menos el importe del valor residual del bien que determine la oferta de acuerdo con este pliego, prorrateada en 16 trimestralidades pagaderas a su vencimiento.
4.5.- Intereses
Su cuantía se derivará de la aplicación de un tipo de interés que podrá ser variable o fijo.
Para el tipo variable la entidad determinará en su oferta el diferencial que se vaya a aplicar, que estará referido al euríbor a un año en el momento del cálculo, sin redondeo. Dicho tipo nunca superará el límite superior del 8 % TAE. No se podrá incluir en la oferta un tipo mínimo.
Se considera el euribor el tipo de interés de oferta, de naturaleza interbancaria, que fue concebido por la Federación Bancaria Europea y que la Agencia Bridge Telerate calcula y publica a diario.
Las proposiciones podrán señalar el tipo sustitutivo en caso de que no se pueda determinar el tipo referido en el párrafo anterior por cualquier razón que afecte al mercado.
Para el tipo fijo, la entidad ofertará el tipo de interés TAE que estará vigente para toda la duración del contrato. Dicho tipo no será superior al 7 % TAE.
Los intereses se calcularán aplicando el tipo de interés de la oferta que se seleccione al capital pendiente de amortizar en cada vencimiento de la siguiente manera:
Tipo variable
a) De la fecha de formalización del contrato al vencimiento de la primera trimestralidad regirá un interés vigente dos días hábiles antes de la fecha de formalización.
b) Durante la ejecución del contrato, el vigente dos días hábiles antes del la finalización del año natural inmediatamente anterior.
Tipo fijo
Se aplicará el tipo de interés seleccionado al capital pendiente de amortizar.
4.6. Comisiones y otros condicionantes
No se aceptará ninguna oferta que suponga comisiones de apertura, de cancelación anticipada o cualquier otra a cargo del ayuntamiento, así como el condicionamiento de la operación a cualquier otra contraprestación accesoria, como domiciliaciones de ingresos, garantías especiales, etc.
4.7. Opción de compra
La oferta incluirá el importe del valor residual del bien consistente en un porcentaje sobre el precio de adquisición del bien o bien referirse a una cuantía igual, inferior o superior al equivalente al pago de una factura trimestral.
Los presupuestos indicados en el apartado anterior son los de contrata y tanto en ellos como en las ofertas que se formulen han de entenderse incluidos igualmente todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transporte, personal a su cargo, de comprobación y ensayo, homologaciones y demás derechos y tasas e impuestos - en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido -, se entenderán incluidos en el coste global del contrato sin que por tanto puedan ser repercutidos como partida independiente.
5.- FINANCIACIÓN
A) DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
La adjudicación del presente contrato al suministrador del bien no genera ninguna obligación económica por parte del ayuntamiento, teniendo en cuenta que el bien será adquirido por una entidad financiera para su cesión al ayuntamiento mediante contrato de leasing.
B) DEL CONTRATO DE LEASING
Por tratarse de un servicio de carácter plurianual y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las haciendas locales( Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx) y artículos 79 y ss del Decreto 500/90, los gastos se imputarán a cada uno de los ejercicios presupuestarios en que se extienda la duración del contrato. En consecuencia el presente gasto queda subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en el presupuesto.
Las anualidades máximas del presente contrato quedarán dispuestas de la siguiente manera:
LOTE 1 |
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|
|
|
PARTIDA |
AÑO 2010 |
AÑO 2011 |
AÑO 2012 |
AÑO 2013 |
450.648.00 |
4.633,71 € |
5.004,40 € |
5.404,76 € |
5.837,14 € |
011.358.00 |
1.670,40 € |
1.299,70 € |
899,35 € |
466,97 € |
LOTE 2 |
|
|
|
|
PARTIDA |
AÑO 2010 |
AÑO 2011 |
AÑO 2012 |
AÑO 2013 |
171.648.00 |
5.663,42 € |
6.116,49 € |
6.605,81 € |
7.134,28 € |
011.358.00 |
2.041,60 € |
1.588,53 € |
1.099,21 € |
570,74 € |
LOTE 3 |
|
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PARTIDA |
AÑO 2010 |
AÑO 2011 |
AÑO 2012 |
AÑO 2013 |
171.648.00 |
12.613,98 € |
13.623,10 € |
14.712,94 € |
15.889,98 € |
011.358.00 |
4.547,20 € |
3.538,08 € |
2.448,23 € |
1.271,20 € |
6.- DURACIÓN DEL CONTRATO
A) DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El plazo de entrega será marcado por el licitador y no podrá sobrepasar en ningún caso un mes a partir de la fecha de formalización del contrato de leasing.
B) DEL CONTRATO DE LEASING
La duración del contrato de leasing será de 4 años improrrogables (48 meses) a partir de la formalización del correspondiente contrato.
7.- REVISIÓN DE PRECIOS
De conformidad con el artículo 77.2 LCSP el presente contrato no se someterá a revisión de precios.
8.- PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN
A) DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
8.1.- El abono a la empresa adjudicataria de las obligaciones económicas derivadas del presente contrato se efectuará por la entidad de leasing con quien el ayuntamiento concierte el correspondiente contrato.
8.2.- La selección de los vehículos y del proveedor no generará ningún derecho a suministrar la misma hasta que el ayuntamiento formalice el contrato de leasing, ni podrá el adjudicatario exigir indemnización alguna en el supuesto de que el ayuntamiento no adjudique el contrato de leasing.
En caso de que el contrato de leasing se declarase desierto, el ayuntamiento podrá adquirir los vehículos directamente, al mismo precio que oferte el adjudicatario del presente contrato, previa la tramitación del correspondiente expediente de modificación de crédito.
B) DEL CONTRATO DE LEASING
8.3.- El pago del precio se hará contra la expedición de xxxxxxxxx (16) facturas trimestrales por parte del contratista, por trimestre vencido a partir de la formalización del contrato de leasing. El pago se realizará por transferencia bancaria una vez aprobada la factura por el órgano competente, en los plazos señalados en el artículo 200 LCSP. A los solos efectos de permitir la tramitación de las facturas, se permitirá la remisión de las mismas 15 días antes del vencimiento de cada una de las trimestralidades.
8.4.- Cada una de las facturas, que será separada para cada uno de los lotes del presente contrato, deberá desglosar los siguientes componentes:
Amortización del principal, en concepto de alquiler, igual al prorrateo de la cuantía financiada menos el importe del valor residual del bien.
Intereses, resultado de aplicar el tipo de interés vigente en cada momento al principal pendiente de amortización.
IVA repercutido al ayuntamiento.
Para el caso de ejercicio de la opción de compra por parte del ayuntamiento a la finalización del contrato, se expedirá por el contratista la correspondiente factura por el valor residual del bien especificado por el contratista en su oferta.
8.5.- En todo caso el pago de las cuotas está condicionado a la entrega a la administración de los bienes objeto del presente contrato en los términos del presente pliego.
9.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
El ayuntamiento tendrá derecho en consonancia con el carácter administrativo de este contrato a:
Interpretar las dudas que surjan en la ejecución del presente contrato.
Modificar el objeto del contrato por razones de interés público.
Resolver el presente contrato de acuerdo con el punto 24 del presente pliego.
Dictar las oportunas órdenes e instrucciones vinculantes para acomodar la conducta del contratista a las obligaciones recogidas en el presente pliego.
Sancionar al contratista de acuerdo con el presente pliego cuando no cumpliese las obligaciones dimanantes del presente contrato o la normativa en vigor.
Resarcirse de los daños y perjuicios ocasionados a la administración por el contratista de acuerdo con el presente pliego.
II. FORMA DE ADJUDICACIÓN
10.- MODALIDAD CONTRACTUAL
10.1.- La adjudicación del contrato será mediante procedimiento abierto, con multiplicidad de criterios de valoración y tramitación ordinaria.
11.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA
A) DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
11.1. Para participar en el procedimiento abierto, el licitador deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación que luego se especifica, indicando en cada uno el procedimiento a que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.
En
el interior de cada sobre se incluirá una relación rubricada de la
documentación contenida en cada uno de ellos.
El licitador
también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo
anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el
anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha de
imposición del envío en la oficina de correos y anunciará a este
Ayuntamiento la remisión de la oferta mediante fax o telegrama,
hasta las catorce horas del último día de presentación de ofertas.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la
proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la
fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, los diez días siguientes a la fecha
indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será
admitida en ningún caso.
11.2. Sobre (A) Proposición económica
Contendrá la proposición, expresada conforme al modelo que figura como anexo 2, para cada uno de los lotes en que se divide este contrato.
Los licitadores podrán presentar oferta para alguno o la totalidad de los lotes de este contrato.
Las ofertas presentadas para cada lote no podrán superar las cantidades máximas establecidas en el punto 4.1 del presente pliego para cada lote individualmente.
Se admite un máximo de dos variantes o alternativas por lote que deberán respetar en todo caso las prescripciones mínimas de este pliego y el de prescripciones técnicas.
11.3. Sobre (B) Capacidad para contratar. Contendrá los siguientes documentos.
11.3.1. Acreditación de la solvencia técnica y financiera, mediante la presentación de los siguientes extremos:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Se considerará acreditada dicha solvencia cuando el número medio anual de vehículos suministrados sea igual o superior a 3.
b) Declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios.
Se considerará acreditada dicha solvencia cuando importe medio anual de la cifra de negocios sea superior a 200.000 euros.
11.3.2. Los empresarios deberán acreditar su personalidad. Si se trata de empresario individual, presentará el Documento Nacional de Identidad. Si se trata de sociedades, deberá acompañarse copia autorizada o testimonio de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
Para
el caso de presentación de uniones temporales de empresarios frente
a la Administración será necesario que los empresarios que deseen
concurrir integrados en ella indiquen los nombres y circunstancias de
los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que
asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal,
caso de resultaradjudicatarios.
11.3.3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trata de una sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante (legal, suficiente y subsistente) ante la Secretaría del Ayuntamiento.
11.3.4. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante las Haciendas Estatal y de la Comunidad Autónoma Gallega y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
11.3.5. El órgano de contratación, en uso de las facultades que le confiere el artículo 91 LCSP, resuelve no exigir garantía provisional.
11.3.6. Declaración de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar que se enumeran en el artículo 49 LCSP, que se apreciarán según lo dispuesto en el artículo 50 de esa misma ley.
11.3.7. Los empresarios extranjeros formularán en su proposición, declaración solemne de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.
11.3.8. Las empresas inscritas en el Registro de documentación de empresas contratistas de la Excma. Diputación Provincial de A Coruña no tendrán que presentar los documentos a que se refieren los apartados 11.3.2, 11.3.3, 11.3.4 anteriores siempre que los citados documentos estén vigentes.
A estos efectos será suficiente con que el licitador indique el número de inscripción en el Registro o acompañe una fotocopia simple del documento acreditativo de inscripción.
11.3.9 Toda la documentación presentada deberá ser original o compulsada.
11.4. Sobre (C) Documentación técnica.
11.4.1. Se incluirá en este sobre una memoria detallada en la que se relacionen los siguientes extremos:
a) Memoria descriptiva de los vehículos a suministrar. Se incluirá en la misma:
Muestra fotográfica de los vehículos a suministrar, así como de los accesorios más importantes.
Ficha técnica de los mismos, con las características más importantes: dimensiones, potencia, consumo, accesorios incluidos, etc. y de los accesorios más importantes.
b) Programa de asistencia técnica y de repuestos en España, en el que se hará constar la duración del periodo de garantía y mantenimiento (que en ningún caso será inferior a la fijada por la Administración), los medios de asistencia técnica con los que cuenta la empresa para el mantenimiento de los vehículos o bien los concesionarios o distribuidores que disponga de un mínimo de stock de los artículos, piezas o elementos necesarios para su mantenimiento puntual y operativo, indicando expresamente el nombre y denominación social, dirección número de teléfono y fax en la provincia de A Coruña y específicamente en el área de Santiago de Compostela.
c) En su caso, precio anual del mantenimiento, una vez transcurrido el plazo de garantía.
d) Declaración y compromiso de plazos de entrega, instalación y garantía de la totalidad del suministro, respetando los mínimos de este pliego.
En caso de presentación de variantes para un mismo lote, deberá diferenciarse claramente en la memoria entre las mismas, identificándose cada una de las variantes con una letra consecutiva (ej.: Variante A, Variante B).
Dicha memoria junto con la proposición económica serán los elementos a valorar de cara a la adjudicación.
B) DEL CONTRATO DE LEASING
11.5. Para participar en el procedimiento, el licitador deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, dos sobres cerrados (A, B), con la documentación que luego se especifica, indicando en cada uno el procedimiento a que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.
En
el interior de cada sobre se incluirá una relación rubricada de la
documentación contenida en cada uno de ellos.
El licitador
también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo
anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el
anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha de
imposición del envío en la oficina de correos y anunciará a este
Ayuntamiento la remisión de la oferta mediante fax o telegrama,
hasta las catorce horas del último día de presentación de ofertas.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la
proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la
fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, los cuatro días hábiles siguientes a la
fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será
admitida en ningún caso.
En el curso del plazo señalado en el párrafo primero, los licitantes podrán solicitar la información económica-financiera precisa del ayuntamiento para la preparación de sus ofertas.
11.6. Sobre (A) Proposición económica
Contendrá la proposición, expresada conforme al modelo que figura como anexo 3, para cada uno de los lotes en que se divide este contrato, así como un cuadro de amortización, comprensivo de amortización e intereses.
Los licitadores deberán presentar oferta obligatoriamente para la totalidad de los lotes de este contrato.
Las ofertas presentadas para cada lote no podrán superar las cantidades máximas establecidas en el punto 4.3 del presente pliego para cada lote individualmente.
Se admite un máximo de dos variantes o alternativas, una basada en un tipo fijo y otra en un tipo variable, que deberán respetar en todo caso las prescripciones mínimas de este pliego y el de prescripciones técnicas.
11.7. Sobre (B) Capacidad para contratar. Contendrá los siguientes documentos.
11.7.1. Acreditación de la solvencia técnica y económica, mediante la presentación de los siguientes extremos:
a) Certificado de inscripción en el Registro del Banco de España como alguna de las Entidades financieras de las citadas en la disposición adicional séptima de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.
11.7.2. Los empresarios deberán acreditar su personalidad. Si se trata de empresario individual, presentará el Documento Nacional de Identidad. Si se trata de sociedades, deberá acompañarse copia autorizada o testimonio de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
Para
el caso de presentación de uniones temporales de empresarios frente
a la Administración será necesario que los empresarios que deseen
concurrir integrados en ella indiquen los nombres y circunstancias de
los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que
asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal,
caso de resultar adjudicatarios.
Los empresarios no
españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios
del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su
personalidad mediante la inscripción en un registro profesional o
comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del
Estado respectivo, en función de los diferentes contratos.
Los restantes empresarios no españoles acreditarán su personalidad
mediante certificación expedida por la respectiva representación
diplomática española, en la que se haga constar que figuran
inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o,
en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en
el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del
contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe
de la representación diplomática española sobre la condición de
Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la
Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe
de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas.
11.7.3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trata de una sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante (legal, suficiente y subsistente) ante la Secretaría del Ayuntamiento.
11.7.4. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante las Haciendas Estatal y de la Comunidad Autónoma Gallega y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
11.7.5. El órgano de contratación, en uso de las facultades que le confiere el artículo 35 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, resuelve no exigir garantía provisional.
11.7.6. Declaración responsable de que la empresa interesada no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar o incompatibilidades establecidas en el artículo 130 y 49 de la LCSP.
11.7.7. Los empresarios extranjeros formularán en su proposición, declaración solemne de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.
11.7.8. Las empresas inscritas en el Registro de documentación de empresas contratistas de la Excma. Diputación Provincial de A Coruña no tendrán que presentar los documentos a que se refieren los apartados 11.3.2, 11.3.3, 11.3.4 anteriores siempre que los citados documentos estén vigentes.
A estos efectos será suficiente con que el licitador indique el número de inscripción en el Registro o acompañe una fotocopia simple del documento acreditativo de inscripción.
11.8.9 Toda la documentación presentada deberá ser original o compulsada.
12. MESA DE CONTRATACIÓN
12.1. La Mesa de Contratación estará compuesta por:
|
TITULARES |
SUPLENTES |
PRESIDENTE |
Alcalde |
1ºTenente xx xxxxxxx |
X. Xxxxxx Mirás Xxxxxxxxxx |
X. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx |
|
Conselleiro de obras, servizos básicos e persoal laboral |
||
VOGAIS |
Secretario( con funcións de asesoramento xurídico) |
Interventor |
D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx |
D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxx |
|
Interventor (encargado do control económico-orzamentario) |
Secretario |
|
D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxx |
D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx |
|
1º Tenente xx xxxxxxx |
4º Tenente xx xxxxxxx |
|
D. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx |
Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx |
|
Conselleiro de obras, servizos básicos e persoal laboral |
Conselleiro de limpeza viaria, protección civil e seguridade cidadá, parques e xardíns |
|
Arquitecto municipal |
Arquitecta técnica municipal |
|
X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx |
Xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx |
|
SECRETARIO |
Administrativo adscrito ao Departamento de Intervención |
Administrativo adscrito a Secretaría |
Xx Xxx Xx Xxxxxxx Xxxxxx |
D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx |
|
13. APERTURA DE PROPOSICIONES
13.1.
La Mesa de Contratación, previamente al acto de apertura de
proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la
documentación contenida en el sobre B, y si estos contienen todo lo
exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la
exclusión o defectos materiales subsanables.
Los resultados de
esta calificación previa de la documentación, así como los
restantes actos de la mesa, se publicarán en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento, a los efectos de la notificación prevista en los
artículos 59 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
y en el perfil del contratante.
Para la subsanación de los
defectos materiales observados se concederá, si la Mesa de
Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días
hábiles para que el licitador subsane el error. El cómputo de dicho
plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la
antedicha publicación en el tablón de anuncios.
13.2. La Mesa de Contratación, el cuarto día hábil a contar desde la calificación y exposición de la documentación administrativa, en acto público y en sesiones diferentes, procederá a dar cuenta de las empresas excluidas y la causa de su exclusión así como a la apertura de los sobres “C” y “A”, caso de ser sábado, se pasará al día hábil inmediatamente siguiente.
14.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
A) DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
La valoración de las propuestas de los licitantes se hará separadamente para cada uno de los lotes del presente contrato y se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
A) Hasta 60 puntos por la mejora de la oferta económica, calculada de la siguiente manera:
De 0 a 10 puntos porcentuales de baja sobre el precio de licitación, 1 punto por cada uno.
De 11 puntos porcentuales de baja en adelante, 2 puntos por cada uno.
Las fracciones no serán consideradas.
B) Hasta 40 puntos por los aspectos técnicos de los vehículos.
En este apartado se valorará la memoria técnica presentada, valorando tanto la calidad técnica de los vehículos a suministrar ( potencia, consumo, accesorios, capacidad de carga, etc.) y mejoras de los mismos, la duración y alcance de la garantía, así como el programa de mantenimiento de los vehículos valorando especialmente la cercanía de los talleres que presten el mantenimiento, y en general aquellos aspectos que el licitador consigne en su oferta y que signifiquen su oferta frente a la de otros licitadores, siempre que tengan una relación directa con una mejor prestación del servicio.
B) DEL CONTRATO DE LEASING
La valoración de las propuestas de los licitantes se hará conjuntamente para todos los lotes del presente contrato y se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Tipo de interés que se aplica - menor tipo máximo dentro del límite que se establece.
En el supuesto de que, aplicando los criterios de valoración, dos ó más empresas obtengan igual puntuación, se resolverá el empate por sorteo en la misma sesión de apertura de la oferta económica.
15.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
15.1. La Mesa de Contratación formulará propuesta de adjudicación del contrato o de declararlo desierto si ninguna de las ofertas presentadas reuniese los requisitos exigidos. La propuesta podrá recaer para cada uno de los lotes del presente contrato en empresas diferentes, para el supuesto del contrato de suministro y en la misma empresa para el caso del contrato de leasing.
15.2. Cualquier miembro de la Mesa de Contratación tendrá derecho a expresar su voto particular con relación a la propuesta de adjudicación. Esta circunstancia, en caso de producirse, se hará constar en el acta de la Mesa de Contratación.
15.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 136.2 LCSP se considerará baja temeraria en el apartado de la oferta económica del suministrador la concurrencia de las circunstancias señaladas en el artículo 85 del RD 1098/2001.
16.- ADJUDICACIÓN PROVISIONAL
La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que se notificará a los licitadores y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia o en el perfil de contratante del órgano de contratación, y si los interesados lo solicitan se les facilitará información, en un plazo de cinco dias hábiles, de los motivos del rechazo de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor.
17.- ADJUDICACION DEFINITIVA
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia o en el perfil de contratante del órgano de contratación.
Durante este plazo, el adjudicatario provisional deberá:
a) Presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b) Constituir la garantía definitiva por importe del 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el impuesto sobre el Valor Añadido, por cualquiera de los medios a que se refiere el art. 84 de la LCSP en el caso del adjudicatario del contrato de suministro.
La Administración podrá rehusar la admisión de avales y seguros de caución provenientes de entidades, que se encuentren en situación xx xxxx frente a la Administración contratante como consecuencia del impago de obligaciones derivadas de la incautación de anteriores avales o seguros de caución, y que mantuvieren impagados los importes correspondientes a avales o seguros de caución ya ejecutados 30 días naturales después de haberse recibido en la entidad el primer requerimiento de pago. A estos efectos el contratista antes de constituir el aval o el seguro de caución deberá informar a la entidad avalista o aseguradora de lo dispuesto en esta cláusula, sin que pueda alegar en consecuencia desconocimiento en el supuesto de que el aval o seguro fuere rechazado por la Administración.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
18.1. La formalización del contrato se llevará a cabo dentro de los diez hábiles siguientes al recibo de la notificación de la adjudicación definitiva y de acuerdo con lo establecido en el artículo 140 LCSP.
18.2. Serán de cuenta del contratista suministrador de los bienes los gastos de la publicación de anuncios en la prensa y en los diarios o boletines oficiales hasta un máximo de 1.000 euros y demás gastos o impuestos necesarios para la prestación del servicio.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
19.- OBLIGACIONES DE LOS CONTRATISTAS
A) DEL ADJUDICATARIO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El contratista ejecutará el contrato de acuerdo con lo dispuesto en este pliego, el pliego de prescripciones técnicas y la normativa sectorial en la materia, y en particular estará obligado a:
A concertar con la entidad de leasing seleccionada por el ayuntamiento el correspondiente contrato de compraventa por el precio ofertado al ayuntamiento, que incorporará al mismo las garantías a favor del ayuntamiento consignadas en el presente pliego y en especial este artículo.
A la entrega de los vehículos al ayuntamiento en el plazo máximo un mes desde la formalización del contrato de leasing con la entidad, matriculados, con la rotulación y anagrama del ayuntamiento y en correcto estado de circulación, tanto funcional como administrativamente, para lo cual se firmará la oportuna acta de recepción, firmada por representante del ayuntamiento, el contratista y la entidad de leasing. Las posibles deficiencias encontradas deberán ser corregidas en el plazo máximo de 48 horas o deberá procederse a la sustitución del vehículo.
A la sustitución del vehículo o de los accesorios más importantes por otros nuevos, cuando durante el periodo de garantía aquellos sufran reiteradas averías que no sean provocadas por un mal uso por parte del personal del ayuntamiento y que revelen defectos de fabricación, a requerimiento del ayuntamiento basándose en los informes técnicos oportunos, previa audiencia del contratista, en un plazo máximo de treinta días naturales.
A asegurar un periodo de garantía y mantenimiento mínimo de cuatro años a contar desde la recepción satisfactoria de los vehículos que cubra como mínimo las siguientes prestaciones:
Recambios necesarios para su óptimo funcionamiento operativo tales como neumáticos, amortiguadores, aceites, filtros, cuchillas, etc. así como la mano de obra, incluyendo desplazamientos, necesaria para su instalación, en un plazo máximo de ocho horas laborables desde la recepción del aviso en jornada laboral ordinaria de lunes a viernes.
Reparación de cualquiera tipo de avería en la maquinaria, incluyendo piezas, mano de obra, desplazamientos y las revisiones señaladas por la marca, salvo aquellas derivadas de manifiesta negligencia en su uso por parte del personal del ayuntamiento, en un plazo máximo de ocho horas laborables desde la recepción del aviso en jornada laboral ordinaria de lunes a viernes.
Sustitución de la maquinaria o de los accesorios más importantes por otros nuevos, cuando aquellos sufran reiteradas averías que no sean provocadas por un mal uso por parte del personal del ayuntamiento y que revelen defectos de fabricación, a requerimiento del ayuntamiento basándose en los informes técnicos oportunos, previa audiencia del contratista, en un plazo máximo de dos meses.
A mantener la oferta hecha al ayuntamiento durante al menos tres meses desde la formalización del presente contrato.
B) DEL ADJUDICATARIO DEL CONTRATO DE LEASING
A la adquisición de los vehículos especificados a los proveedores previamente seleccionados por el ayuntamiento conforme al presente pliego en el plazo máximo de 15 días naturales desde la formalización del presente contrato, concertando para ello el oportuno contrato de compraventa que incorporará al mismo las garantías a favor del ayuntamiento consignadas en el presente pliego y en especial en este artículo.
A la entrega de los vehículos al ayuntamiento en el plazo máximo un mes desde la formalización del presente contrato, matriculados, con la rotulación y anagrama del ayuntamiento y en correcto estado de circulación, tanto funcional como administrativamente, para lo cual se firmará la oportuna acta de recepción, firmada por representante del ayuntamiento, el contratista y la entidad de leasing. Las posibles deficiencias encontradas deberán ser corregidas en el plazo máximo de 48 horas o deberá procederse a la sustitución del vehículo.
El contratista responderá por evicción de los bienes suministrados, de tal manera que si por cualquier causa el ayuntamiento fuese privado de la posesión pacífica de los mismos, se compromete a la entrega de un bien de sustitución con iguales o superiores características técnicas, en un plazo máximo de un mes.
A subrogar al ayuntamiento frente al proveedor de las acciones que en principio corresponden al arrendador financiero y, por tanto, en ejercicio de dichas acciones, el ayuntamiento podrá solicitar la reparación o sustitución del bien, y incluso solicitar la resolución del contrato de compraventa, y ejercitar todas las acciones de indemnización de daños y perjuicios que correspondan, bien contra el proveedor o bien contra la sociedad de leasing.
A no ceder la titularidad del bien ni su uso a un tercero sin autorización expresa del ayuntamiento.
A los solos efectos administrativos de la inscripción en el Registro Archivo de la Jefatura Provincial de Tráfico, el ayuntamiento figurará como titular en el permiso de circulación de los vehículos.
20.- DERECHOS DE LOS CONTRATISTAS
A) DEL ADJUDICATARIO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El ayuntamiento se obliga a una vez adjudicado el contrato de leasing, a proponer a la entidad financiera la adquisición de los vehículos seleccionados de conformidad con el presente pliego, por el precio ofertado.
B) DEL ADJUDICATARIO DEL CONTRATO DE LEASING
Al pago de las cantidades constitutivas del precio de adjudicación de acuerdo con el presente pliego.
A mantener la propiedad de los vehículos objeto del presente contrato durante su duración hasta la finalización del mismo o en su caso ejercicio de la opción de compra por parte del ayuntamiento.
El ayuntamiento se compromete a no enajenar, gravar ni ceder el uso de los vehículos sin la autorización expresa del arrendador financiero.
El ayuntamiento se compromete a mantener en condiciones óptimas de funcionamiento los bienes objetos del arrendamiento, y a seguir el programa de mantenimiento de la marca.
A ser indemnizado por el ayuntamiento cuando por dolo o negligencia se causen daños a los vehículos y tales daños no sean cubiertos por las compañías aseguradoras, hasta un monto total máximo del importe del valor de las cuotas de arrendamiento pendientes de devengar al tipo de interés vigente en el momento y el valor residual del bien, correspondiendo el eventual exceso de indemnización al ayuntamiento.
El ayuntamiento asumirá eventualmente el pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica que graven los vehículos, así como las sanciones que recaigan por la conducción de los mismos.
El ayuntamiento asegurará los vehículos, cumpliendo las prescripciones legales mínimas y reglamentarias en la materia. El arrendador figurará como beneficiario por los daños ocasionados a los vehículos, correspondiéndole las indemnizaciones por daños hasta el límite máximo descrito en el apartado e) de este artículo, y al ayuntamiento en lo que supere a dicho límite.
V. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
21. CAUSAS DE RESOLUCIÓN
Además de las causas de resolución del contrato establecidas en los artículos 206 y 275 LCSP, el presente contrato podrá resolverse, a instancia de la propia administración:
A) DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El retraso en la entrega de los vehículos por un tiempo superior a 1 mes respecto del máximo autorizado en el presente pliego o inferior ofertado por el contratista.
La no entrega de un vehículo o accesorio fundamental de sustitución de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 A) c).
No cumplimiento de las obligaciones derivadas de la garantía de los vehículos.
B) DEL CONTRATO DE LEASING
El retraso en la entrega de los vehículos por un tiempo superior a 1 mes respecto del máximo autorizado en el presente pliego o inferior ofertado por el contratista.
La pérdida de la cosa arrendada, previa indemnización al arrendador financiero en los términos del artículo 20 del presente pliego.
La resolución del contrato de suministro concertado con el suministrador del bien.
22. TERMINACIÓN NORMAL DEL CONTRATO
A) DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
El contrato se entenderá finalizado trascurrido el periodo de garantía sin que se efectúen reclamaciones por la administración en un plazo de seis meses desde la finalización de la misma.
B) DEL CONTRATO DE LEASING
Terminado el plazo del presente contrato, en un plazo máximo de 15 días naturales, la administración comunicará al contratista su decisión de ejercitar o no la opción de compra del vehículo.
Si decidiese ejecutar la misma, el contratista deberá proceder a su xxxxx a cumplimentar los trámites legales para la transmisión del bien libre de cargas al ayuntamiento, emitiendo la factura en los términos del artículo 8 del presente pliego.
Si el ayuntamiento no ejercitase tal opción, se procederá a la entrega de los vehículos en los mismos términos del artículo siguiente.
23. TERMINACIÓN ANORMAL DEL CONTRATO
Si el contrato fuese objeto de resolución antes de su término por alguna de las causas señaladas en el artículo 21 del presente pliego, se procederá como sigue:
El ayuntamiento pondrá a disposición del arrendador financiero los bienes objetos del presente contrato en el estado en que estos se encuentren, para lo cual se notificará el lugar y fecha de entrega por parte del ayuntamiento con una antelación mínima de 10 días naturales a la fijada para la entrega, en el término municipal xx Xxxxx o municipios limítrofes, formalizándose la correspondiente acta de entrega.
El arrendador podrá exigir una revisión técnica del estado del vehículo, cuyo coste en todo caso asumirá, a fin de determinar el estado de los vehículos y los posibles daños sufridos, informe que se unirá al acta de entrega como parte de la misma.
Si el arrendador se negase o no acudiese a dicha entrega, el ayuntamiento pondrá el vehículo en depósito, indicando al arrendador dónde se encuentra y asumiendo la entidad de leasing los costes derivados del mismo, así como los riesgos derivados de su conservación.
Efectuada la entrega o en su caso constituido el depósito, cesará la obligación de la administración de satisfacer las cuotas de leasing, así como el pago de los seguros de los vehículos y cualquier otro gasto que se derive de los mismos.
En el caso de que la entrega no sea posible por pérdida total del bien, se procederá a fijar la indemnización a pagar al arrendador en los términos del artículo 20 e), con audiencia en su caso a las compañías aseguradoras.
Sólo será exigible al ayuntamiento el pago de indemnizaciones por los daños reflejados en el acta de entrega y que no sean consecuencia de vicios inherentes de los vehículos, o bien del desgaste normal por su uso, una vez fijadas en su caso las cuantías de las indemnizaciones por parte de las compañías aseguradoras, sin perjuicio del derecho del ayuntamiento de exigir la subrogación de la posición del arrendador beneficiario para ejercitar las acciones correspondientes en caso de no conformidad con el valor de las indemnizaciones.
La tasación en todo caso de los daños será hecha por técnico competente designado por el ayuntamiento y aprobada por el mismo, previa audiencia del contratista.
ANEXO I – CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS VEHÍCULOS
Los vehículos a suministrar serán nuevos, recién salidos de fábrica y sin propietarios o usuarios anteriores, rechazándose por el ayuntamiento los llamados “km 0” o similares.
Igualmente los vehículos entregados en sustitución definitiva de los entregados inicialmente deberán cumplir las condiciones del párrafo anterior.
Las características mínimas de los vehículos objeto del presente contrato son las siguientes:
LOTE 1: VEHÍCULO PARA DEPARTAMENTO DE OBRAS
Características generales
Vehículo tipo furgón 4 puertas laterales y 5 plazas.
Motor carburante diesel.
Potencia mínima: 85 cv.
Asientos regulables y desmontables que permitan adaptar la carga a distintas situaciones.
Tapicería reforzada y de fácil limpieza.
Calefacción y aire acondicionado.
ABS, ESP.
Airbag delanteros.
Xxxx portaequipajes.
Instalación equipo manos libres de telefonía móvil.
Pintura y rotulación de la carrocería con anagrama del Xxxxxxxx xx Xxxxx.
Dimensiones y prestaciones.
Carga útil mínima: 650 kg.
Capacidad maletero mínima: 3000 dm3.
Altura de carga mínima: 1.100 mm.
Longitud mínima útil de carga (sin abatir asientos delanteros): 1.400 mm.
Anchura trasera mínima: 1.100 mm.
Longitud máxima del vehículo: 4,8 metros.
LOTE 2: TRACTOR CORTACÉSPED PARA DEPARTAMENTO DE VÍAS Y OBRAS
Características generales
Tractor cortacésped de una plaza con capota para el conductor.
Motor carburante diesel.
Potencia mínima: 25 cv.
Alta velocidad de desplazamiento, velocidad máxima pedida mínima 20 km/h.
Neumáticos de alta resistencia.
Depósito de combustible de alta capacidad, mínimo 40 litros.
Ancho de vía mínimo 190 cm.
Sistema de protección antivuelco, plegable para acceder a sitios reducidos.
Sistema de acoplamiento rápido de accesorios que permita su cambio en tiempo reducido.
Carcasa xx xxxxx con anchura mínima de 150 cm., con elevación mediante sistema hidráulico, alturas xx xxxxx ajustables desde 2.55 a 15,20 cm mínimo y cuchillas xx xxxxx de diámetro mínimo 20 cm., de alta resistencia.
Pintura y rotulación de la carrocería con anagrama del Xxxxxxxx xx Xxxxx.
LOTE 3: CAMIÓN XX XXXXX CABINA CON GRÚA , CESTA Y CAJA BASCULANTE TRASERA ABIERTA
CHASIS
Potencia mínima: 120 CV.
Cilindrada mínima: 2.400 cm3
Motor carburante diesel.
Cabina fija doble de seis plazas
Dirección asistida
Frenos de disco delanteros de disco y traseros xx xxxxxx.
Suspensión:
Delantera de 2 barras estabilizadoras.
Trasera con ballestas parabólicas y barra estabilizadora.
Peso máximo autorizado incluída grúa y caja de 3.500 kg.
Rotulación escudo ayuntamiento xx Xxxxx.
GRÚA:
Grúa instalada detrás de la cabina.
Cesta porta operarios basculante aluminio con capacidad mínima para 2 personas.
Funcionamiento hidráulico.
Galos estabilizadores con extensión manual.
Ángulo de giro total.
Momento de elevación 2,5 toneladas por metro
Alcance mínimo hidráulico horizontal 6,20 m y 8,50 m vertical.
CAJA
Basculante hidráulica de dos botellas y toma de fuerza al cambio del camión.
Caja de herramientas y depósito de agua.
Longitud de 3.300mm mínima y doble xxxxxxx de mínima 400mm y 900 mm.
Piso en chapa galvanizada y xxxxxxxx de aluminio.
ANEXO II - MODELO DE OFERTA ECONÓMICA CONTRATO DE SUMINISTRO
D..........................con enderezo en ..................... rúa...........................nºteléfono................con DNI (ou Pasaporte ou documento que o sustitúa)Nº ..................actuando en nome propio (ou en representación de) con , D.N.I. o C.I.F. Nº.........................e con enderezo en…………………………… Nº teléfono ................ toma parte no concurso para a contratación de suministro mediante el sistema de leasing de tres vehículos a cuxos efectos fai constar:
1º.- Que ofrece o seguinte prezo, para cada un dos lotes que consta o presente contrato:
|
ALTERNATIVA A |
ALTERNATIVA B |
||
|
BASE |
IVE |
BASE |
IVE |
LOTE 1 |
|
|
|
|
LOTE 2 |
|
|
|
|
LOTE 3 |
|
|
|
|
2º.- Que coñece e acepta incondicionalmente cantas obrigas se deriven dos Pregos de Cláusulas Administrativas Particulares e Técnicas do presente contrato.
3º.- Que acompaña a documentación esixida no Prego de Cláusulas Administrativas Particulares.
En ........... a ............ de ....... de
O LICITADOR (Asinado e Rubricado)
ANEXO II - MODELO DE OFERTA ECONÓMICA CONTRATO DE LEASING
D..........................con enderezo en ..................... Rúa...........................nºteléfono................con DNI (ou Xxxxxxxxx ou documento que o sustitúa)Nº ..................actuando en nome propio (ou en representación de) con , X.X.X. x C.I.F. Nº.........................e con enderezo en…………………………… Nº teléfono ................ toma parte no concurso para a contratación de suministro mediante o sistema de leasing de dos vehículos a cuios efectos fai constar:
1º.- Que o tipo de interés a aplicar na operación de leasing é:
Tipo variable: EURIBOR a tres meses máis o diferencial do………….. %.
Tipo fixo: …….. % TAE.
2º.- Que o precio residual dos bens que coincidirá coa opción de compra dos mesmos será: (elexir unha opción)
A porcentaxe de ………. sobre o importe da compraventa do xxx.
O importe equivalente a unha trimestralidade (en máis ou en menos no seu caso).
3º.- Que coñece e acepta incondicionalmente cantas obrigas se deriven dos Pregos de Cláusulas Administrativas Particulares e Técnicas do presente contrato.
4º.- Que acompaña a documentación esixida no Prego de Cláusulas Administrativas Particulares.
En ........... a ............ de ....... de
O LICITADOR (Asinado e Rubricado)
XXXXX XX XXXXX XXXX XXXXX, 0 x 00000 XXXXXXXX – OROSO | A CORUÑA | T 981 691 478 | F 981 691 786 | xxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx
xxx.xxxxx.xx | xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx