INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES
REPÚBLICA DE COLOMBIA LIBERTAD Y ORDEN
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES
Pliego de Condiciones Definitivos
CONCURSO DE MÉRITOS No. SEA CM 012 2008
OBJETO: INTERVENTORIA TECNICA, AMBIENTAL, LEGAL, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA Y OPERATIVA AL CONTRATO No 001161 de 2001 DEL PROYECTO DE CONCESIÓN “ ZIPAQUIRA – PALENQUE” CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y LA CONCESIONARIA UNION TEMPORAL CONCESION VIAL LOS COMUNEROS.
Bogotá, D. C. Noviembre de 2008.
INTRODUCCIÓN
En virtud del principio de publicidad establecido en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y su Decreto Reglamentario 2474 de 2008, el Instituto Nacional de Concesiones se permite presentar a continuación el Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones para el presente proceso de selección.
El presente documento contiene la información particular del proyecto y las condiciones y requisitos del proceso de selección.
Los interesados deben conocer completamente los presentes Proyectos Pliegos de Condiciones, toda vez que al participar en la convocatoria para precalificar, se presume que tienen conocimiento de los mismos y de las modificaciones introducidas.
INCO agradece las sugerencias u observaciones al mismo, las cuales deben ser enviadas al correo electrónico: xxxxxx@xxxx.xxx.xx, xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
TABLA DE CONTENIDO CAPITULO I
1. INFORMACIÓN GENERAL
1.1 ESTUDIOS PREVIOS
1.2 ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE RIESGOS PREVISIBLES.
1.3 OBJETO
1.4 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1.5 DISPONIBILIDAD DE RECURSOS
1.6 PRESUPUESTO OFICIAL Y FORMA DE PAGO
1.7 ATENCIÓN ADMINISTRATIVA DEL INCO
1.8 CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES
1.9 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
1.10 PROGRAMA PRESIDENCIAL “ LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
1.11 VEEDURÍAS CIUDADANAS
CAPITULO II
2. DOCUMENTOS, NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES
2.1 NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES
2.2 ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS
2.3 MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
2.4. PREVALENCIA DE LOS INTERESES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES - INCO
2.5. REGLAS DE SUBSANABILIDAD.
2.6 APERTURA DE LAS PROPUESTAS
2.7 TÉRMINO PARA LA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
2.8 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
CAPITULO III
3. ETAPAS DEL CONCURSO DE MERITOS CON PRECALIFICACIÓN
3.1 CONVOCATORIA PÚBLICA
3.2 CONSULTA PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES Y ESTUDIOS PREVIOS
3.3 OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
3.4 CONVOCATORIA PARA LA MANIFESTACIÓN DEL INTERÉS:
3.5 CONFORMACIÓN DE COMITÉ EVALUADOR
3.6 EVALUACION DE LAS MANIFESTACIONES DE INTERES
3.7 CONSULTA DEL INFORME DE PRECALIFICACIÓN (Traslado)
3.8 PUBLICACIÓN DE LA LISTA CORTA DEFINITIVA.
3.9 APERTURA DEL CONCURSO DE MERITOS Y PUBLICACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS.
3.10 INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS
3.11 CIERRE DEL CONCURSO Y ENTREGA DE PROPUESTA TÉCNICA
3.12 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
3.13 CONSULTA DEL INFORME DEEVALUACIÓN TÉCNICA (Traslado)
3.14 APERTURA, REVISIÓN DE DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Y ADJUDICACIÓN
CAPITULO IV
4. PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
4.1.1 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA
4.2 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
4.2.1 CONSUL ARIZACIÓN
4.2.2 APOSTILLE
4.3 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
4.4 AUTORIZACION PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESION EN COLOMBIA
4.5 INFORMACIÓN RESERVADA
4.6 REQUISITOS DE LOS PROPONENTES Y DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
4.7 SOBRE No. 1
4.7.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
4.7.2 PROPUESTA TECNICA
4.7.2.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA
4.7.2.2 PROPUESTA METODOLOGICA, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO
4.7.2.3 PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO
4.7.2.4 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
4.7.3 CARTA DE INTENCION
4.7.4 RECIPROCIDAD.
4.8 SOBRE No. 2- PROPUESTA ECONOMICA -
4.8.1 ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA
4.9 RETIRO DE LA PROPUESTA
CAPÍTULO V
5. CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
5.1 CIERRE DEL PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN – APERTURA DEL SOBRE CRITERIOS DE CALIFICACION EXPERIENCIA ESPECÍFICA
5.2 OTRAS CONSIDERACIONES
5.3 CRITERIOS DE EVALUACION PROPUESTA METODOLOGICA GENERAL, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO.
5.4 CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO.
5.5 EVALUACIÓN DEL LA PARTICIPACIÓN DEL PROVEEDOR NACIONAL.
5.6 OTRAS CONSIDERACIONES
5.7 RECIPROCIDAD
5.8 ORDEN DE CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS TECNICAS
5.9 APERTURA DEL SOBRE 2 - PROPUESTA ECONOMICA-
5.9.1 ÚNICO PROPONENTE CALIFICADO CON PUNTAJE MÍNIMO
5.9.2 VARIOS PROPONENTES CALIFICADOS POR ENCIMA DEL PUNTAJE
5.10 AUDIENCIA PÚBLICA EN LA CUAL SE DARÁ A CONOCER EL ORDEN DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS, APERTURA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE No. 2)
5.11 CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA
5.12 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
5.13 PLAZO PARA DENUNCIAR EVENTUALES INCONSISTENCIAS QUE PUEDAN CONSTITUIR FALTA A LA VERDAD
5.14 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
5.15 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
CAPITULO VI CONDICIONES DEL CONTRATO
6.1 OBJETO
6.2 INFORMACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN
6.2.1. PERSONAL PROFESIONAL OBLIGATORIO MÍNIMO ADICIONAL NECESARIO PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA
6.2.1.1. Cantidad y cargos mínimos OBLIGATORIOS adicionales solicitados
6.2.1.2 Calidades del personal profesional
6.2.1.2.1 Residente Ambiental
6.2.1.2.2 Residente Técnico y Operativo
6.2.1.2.3 Especialistas
6.2.1.2.4 Abogado para Gestión Contractual
6.2.1.2.5 Profesional del área de aseguramiento o gestión de la calidad
6.2.1.2.6 Profesional en el área social
6.2.1.2.7 Auditor de Sistemas
6.2.1.2.8 Auxiliar Financiero
6.2.1.2.9 Abogado para la Gestión predial y de expropiaciones
6.2.2 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO ADICIONAL NECESARIO PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA
6.2.3 CONSIDERACIONES PARA EL ANÁLISIS DEL PERSONAL
6.3. FUNCIONES GENERALES
6.3.1.1 Revisión del proyecto
6.3.1.2 Control del personal
6.3.1.3 Funciones de la Interventoría
6.3.1.3.1 Funciones Administrativas
6.3.1.3.2 Funciones Financieras
6.3.1.3.3 Funciones Técnicas
6.3.1.3.4 Funciones Ambientales
6.3.1.3.5 Funciones Sociales
6.3.1.3.6 Funciones Jurídicas
6.3.1.3.7 Funciones relacionadas con la Gestión Predial
6.3.1.3.8 Funciones relacionadas con el Aforo y de Auditoría.
6.3.1.4 Cambios o modificaciones en el diseño
6.3.1.5 Liquidación del contrato suscrito para el desarrollo del proyecto
6.3.1.6 Inspección final de la obra
6.3.1.7 Estudio del contrato suscrito para la ejecución del proyecto (Contrato de Concesión), pliego de condiciones y demás documentos
6.3.2. CUENTA PARA EL MANEJO DE RECURSOS DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA.
6.3.3. REVISIÓN AVANCE DE PROYECTO
6.3.4. LISTA DEL PERSONAL DE APOYO, SUBCONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DEL CONTRATISTA
6.3.5. ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL DE INTERVENTORÍA
6.3.6. OTRAS FUNCIONES
6.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS PARA REALIZAR LA MEDICIÓN DEL ÍNDICE DE ESTADO
6.4.1 REGULARIDAD
6.4.2 RESISTENCIA AL DESLIZAMIENTO
6.4.3 AHUELLAMIENTO.
6.4.4 RETROREFLECTIVIDAD.
6.5 FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO
6.6 IMPUESTO DE TIMBRE
6.7 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
6.8 PUBLICACIÓN DEL CONTRATO
6.9 ORDEN DE INICIACIÓN
6.10 SUJECIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA AL CONTRATO SUSCRITO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
6.11 RECIBO DE TRABAJOS PREVIOS
6.12 PERSONAL DE LA INTERVENTORÍA
6.13 SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS POR PARTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES – INCO
6.14 REUNIONES DE EVALUACIÓN
6.15 AJUSTES
6.16 FORMA DE PAGO
6.17 ANTICIPOS O PAGOS ANTICIPADOS
6.18 INCUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO
6.19 MULTAS
6.20 PENAL PECUNIARIA
6.21 INFORMACIÓN TÉCNICA FINAL
6.21.1 Cuadro de relación de obras
6.21.2 Informes técnicos
6.21.2.1 Informe descriptivo de la obra construida
6.21.2.2 Materiales y suelos
6.21.2.3 Fundaciones
6.21.2.4 Drenajes y estructuras
6.22 LIQUIDACIÓN FINAL
6.23 DOCUMENTOS DEL CONTRATO
7. MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
8. MODELO DE CARTA DE INFORMACIÓN DE CONSORCIO
9. MODELO DE CARTA DE INFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
10. CARTA DE ACEPTACION DE REQUISITOS TECNICOS MINIMOS
CAPITULO I
1. INFORMACIÓN GENERAL
1.1 ESTUDIOS PREVIOS
Forman parte del presente proyecto xx xxxxxx de condiciones los estudios previos adelantados por la Entidad, los cuales de acuerdo a su complejidad se encontraran a disposición de los interesados en un cuarto de datos ubicados en INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303 o se publicaran a través de la página del SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública) o la que haga sus veces y harán parte integrante del proyecto xx xxxxxx de condiciones.
1.2 ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE RIESGOS PREVISIBLES.
Los riesgos derivados del presente contrato serán asignados de acuerdo con el principio según el cual, cada riesgo debe ser asumido por la parte que mejor lo pueda controlar y administrar. De hecho, el Gobierno Nacional, a través del Documento CONPES Número 3107 de 2001, estableció dicho criterio cuando señaló: “Los principios básicos de la asignación de riesgos parten del concepto que estos deben ser asumidos: i) por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos y administrarlos; y/o; ii) por la parte que mejor disponga de los medios de acceso a los instrumentos de protección, mitigación y/o diversificación”
La tipificación de los riesgos es la enunciación que la entidad hace de aquellas contingencias previsibles que en su criterio pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato.
La estimación del riesgo es la valoración, en términos monetarios o porcentuales respecto del valor del contrato, que hace el Instituto de ellos, de acuerdo con la tipificación que ha establecido y con base en la información fehaciente y soportada que tenga a su alcance la entidad contratante (Num. 6, Art. 3 Dto 066 de 2008).
La asignación del riesgo es el señalamiento que hace la entidad de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo y su atención.
De tal forma, que la entidad en cumplimiento de lo previsto en el articulo 4 de la ley 1150 de 2008 y lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 3 del Decreto 2474 de 2008, y con base al desarrollo legal, jurisprudencial y doctrinal, los riesgos previsibles que puedan afectar la ejecución del contrato que llegaré a adjudicarse para la satisfacción del objeto requerido, en el presente caso obedecen a riesgos empresariales, es decir aleas normales, inherentes a la ejecución del objeto contractual, que se imputan exclusivamente al contratista afectado, y no a la entidad. (Ver Sentencia del 9 xx xxxx de 1996, Consejo de Estado Secc. Tercera)
TIPIFICACIÓN | ESTIMACIÓN | DISTRIBUCIÓN | |
TIPO DE | DESCRIPCIÓN DEL RIESGO |
RIESGOS | |||
AMENAZA DE LA NATURALEZA | Propensión a contraer enfermedades típicas de la zona de ejecución del proyecto | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
Existencia de condiciones climáticas, ambientales o geográficas anormales que generen retraso, dificultad o imposibilidad de acceder al sitio indicado, por parte del profesional o técnico asignado. | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
Inexistencia o limitaciones de medios de acceso y/o transporte de los profesionales o técnicos designados | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
AMENENAZA DE ORDEN PÚBLICO | Deterioro de las condiciones de seguridad y orden público que impidan la ejecución de las funciones del personal designado | 100% del daño o perjuicio | INCO |
Interrupción de las actividades por acciones Civiles o problemas de orden social | 100% del daño o perjuicio | INCO | |
Interrupción de las actividades del proyecto por el secuestro de las personas que realizan las actividades del proyecto | 100% del daño o perjuicio | INCO | |
AMENAZA REGULATORIA | Imposición de nuevos tributos | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
Imposición de nuevos trámites o permisos | 100% del daño o perjuicio | Contratista | |
Cambios en el marco regulatorio o normatividad aplicable al proyecto | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
Variación de tasas o tarifas | 100% del daño o | Contratista | |
perjuicio | |||
En general cualquier evento que | |||
modifique las condiciones | |||
tributarias existentes al | |||
momento de la presentación de | |||
la propuesta y/o los efectos, | |||
favorables o desfavorables, de | |||
las variaciones de los | |||
componentes económicos, | 100% del daño o | Contratista | |
fiscales, legales y técnicos | perjuicio | ||
necesarios para cumplir con las | |||
obligaciones del oferente | |||
adjudicatario necesarios para | |||
dar cabal ejecución del contrato | |||
resultante | |||
RIESGOS EMPRESARIALES O DE OPERACIÓN Y TECNOLOGICO | Riesgos normales que corresponden al giro ordinario de la empresa (contratista) y que deben ser previstos por el contratista al momento de presentar la oferta. En consecuencia comprende los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios xxx xxxxxxx de gastos de administración para dar cabal cumplimiento al objeto de este proceso de selección. | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
Dentro de esta descripción se enmarca aquellos situaciones que tienen ocurrencia al interior de la empresa o en el círculo propio del sujeto afectado que pueden llegar a generar incumplimientos o dificultades en la ejecución del contrato, por ejemplo, accidentes de trabajo de los operarios, incendios en las instalaciones de la empresa, averías internas de los equipos suministrados para la prestación del servicio, incumplimiento de |
proveedores o subcontratistas entre otros. Dichos riesgos solo son imputables al contratista. | |||
RIESGO DE PERMANENCIA EN EL LUGAR DE LA OBRA | La ejecución de la interventoría está ligada a la ejecución del contrato de concesión, de tal manera que si éste llegare a suspenderse por cualquier de las causales previstas en la Ley, el contrato de Interventoría producto del presente proceso de selección, será suspendido, razón por la cual se aceptará la ampliación del término de ejecución del contrato de interventoría sin indemnización alguna. | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
RIESGO DEL PERSONAL | La seguridad del personal (del contratista, subcontratistas, empleados administrativos o personal visitante a la obra) en caso de conflictos internos, conflictos de Colombia con otros Estados, y situaciones de orden público generados por cualquier organización al margen de la ley dentro de las instalaciones de las unidades militares donde se llevan a cabo las obras. | 100% del daño o perjuicio | Contratista |
RIESGO POR ATRASO EN LOS PAGOS AL CONTRATISTA | Los costos imprevistos ocasionados por los retrasos injustificados en los pagos mensuales que la entidad deba efectuarle al oferente adjudicatario durante la ejecución del objeto contractual se liquidarán de acuerdo al interés corriente autorizado por la Superintendencia Financiera. | 5% del valor del contrato | INCO |
De conformidad con lo establecido en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007, durante la etapa de publicación de los estudios previos y prepliegos, los interesados deberán pronunciarse sobre la estimación, tipificación y asignación de riesgos previsibles realizada por la Entidad,
con el fin de ser revisados por el Instituto y establecer su distribución definitiva, la cual quedará plasmada en el pliego de condiciones definitivo, para lo cual deberá radicar sus observaciones conforme a este documento.
1.3 OBJETO
El objeto del presente Concurso de Méritos con precalificación es la INTERVENTORIA TECNICA, AMBIENTAL, LEGAL, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA Y OPERATIVA AL CONTRATO No 001161 de 2001 DEL PROYECTO DE CONCESIÓN “ ZIPAQUIRA – PALENQUE” CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y LA CONCESIONARIA UNION TEMPORAL CONCESION VIAL LOS COMUNEROS.
1.4 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo previsto para la ejecución de la consultoría y/o interventoría que se deriven del presente proceso de selección será de TREINTA Y SEIS (36) meses, contados a partir de la fecha de la orden de iniciación.
La ejecución de la interventoría está ligada a la ejecución del contrato de concesión, de tal manera que si éste llegare a suspenderse o terminarse por cualquier de las causales previstas en la Ley, el contrato de Interventoría producto del presente proceso de selección, según el caso será suspendido o liquidado por terminación de su objeto sin lugar a indemnización.
1.5 DISPONIBILIDAD DE RECURSOS
El pago de la suma estipulada en este contrato, se efectuará por el patrimonio autónomo constituido en Fiduciaria FIDUAGRARIA. Para el manejo de los recursos del Contrato de Concesión No. 01161 de 2001, con cargo a la Subcuenta 1 Constituida para el manejo de los recursos para pago de la Interventoría, de acuerdo con la certificación contenida en el oficio VNGC-2517 de 23 xx Xxxxx de 2008, firmada por el Contador de la Fiduciaria.
Para realizar el pago del contrato se cuenta inicialmente con recursos del Proyecto en las Subcuentas 1 y 3, y un fondeo mensual correspondiente a $49.000.000.oo de pesos de diciembre de 2000.
De acuerdo a lo anterior, la disponibilidad de recursos para la ejecución de la presente interventoría asciende a CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS PESOS M/CTE ($COL 4.187,157.700.oo). En
ningún caso el valor total de la propuesta económica podrá exceder la disponibilidad de recursos, so pena de rechazo de la misma.
1.6 PRESUPUESTO OFICIAL Y FORMA DE PAGO
El Instituto tiene previsto que el valor de la Interventoría del presente proceso de selección, asciende a CUATRO MIL VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS TRECE MIL
CINCUENTA PESOS M/CTE ($COL 4.027.913.050.oo) de pesos constantes de fecha Julio de 2008 valor que incluye: Un valor para el precio básico de la Interventoría y el valor del IVA. El valor total de la propuesta económica no podrá exceder la disponibilidad de recursos, so pena del RECHAZO de la propuesta.
El Fideicomiso pagará el valor del contrato de la siguiente manera: a) Un pago anticipado del 10% del valor total del contrato, una vez cumplido los requisitos de perfeccionamiento y legalización del mismo. Para el cobro del pago anticipado bastará que el Interventor presente la constancia de aprobación de la garantía única y de la orden de iniciación expedida por el Subgerente de Gestión Contractual del Instituto. b) El noventa por ciento (90%) restante en pagos mensuales de igual valor, previa presentación del informe mensual de Interventoría y de la respectiva cuenta de cobro, aprobados por el Supervisor designado, quedando el pago de la ultima cuenta supeditado a la aprobación del informe final de Interventoría. c) Todos los pagos serán efectuados por el Fideicomiso, previo cumplimiento de los requisitos para la presentación de la cuenta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de los documentos relacionados en el anterior literal en las oficinas del fideicomiso.
1.7 ATENCIÓN ADMINISTRATIVA DEL INCO
Para efectos del presente proceso de selección, el Instituto tiene previsto adelantar la atención administrativa en el siguiente sitio:
• Avenida El Dorado CAN, Edificio Ministerio de Transporte Piso 3º – Bogotá, D. C. Telefono: 3240800 ext 1920.
• Email: xxxxxx@xxxx.xxx.xx,xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Para efectos de la radicación de cualquier documento o comunicación dirigido al INSTITUTO en desarrollo del presente proceso, los proponentes o interesados deberán tener en cuenta que para que dichos documentos sean considerados por la Entidad, es necesario que éstos cuenten con el número de radicación (sticker) asignado en las ventanillas externas de correspondencia del Instituto Nacional de Concesiones, que atienden en jornada continúa de 8:00 a 16:30 horas de lunes a jueves y de 8:00 a 15:30 horas los días viernes.
Todos los documentos a radicar deberán venir debidamente foliados, incluir el radicado de las solicitudes enviadas por el INCO a las que hacen referencia en su respuesta, citar proceso de selección al que se dirige, identificando el asunto o referencia de manera clara y amplia.
1.8 CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES
La consulta xxx xxxxxx de condiciones podrá hacerse durante el plazo del presente proceso de selección en el Instituto Nacional de Concesiones - INCO, Avenida El Dorado CAN, Edificio Ministerio de Transporte Piso 3º – Bogotá, D. C. Oficina 303 – Subgerencia de Estructuración y Adjudicación; o a través del SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública) o la que haga sus veces.
1.9 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
La siguiente es la cronología del presente proceso de selección a llevarse a cabo en la ciudad de Bogotá, D.C.:
APERTURA DEL CONCURSO DE MERITOS, PUBLICACION DE PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS E INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS | 19 de Noviembre de 2008 | Páginas electrónicas xxx.xxxx.xxx.xx/. o xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx |
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS | Desde el 19 hasta el 27 de Noviembre de 2008 | INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303, |
CIERRE DEL CONCURSO (PRESENTACION DE PROPUESTA TÉCNICA)[1] | 27 de Noviembre de 2008 a las 11:00 a.m | INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303, |
EVALUACION DE PROPUESTA TÉCNICA | Desde el 28 hasta el 3 de Diciembre de 2008 | INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303, |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR EN EL SECOP O PUC | 4 de Diciembre de 2008 | Páginas electrónicas xxx.xxxx.xxx.xx/. o xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx |
TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACION | Desde el 4 hasta el 5 de Diciembre de 2008. hasta las 6:00 p.m. | Páginas electrónicas xxx.xxxx.xxx.xx/. o xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303, |
RESPUESTA OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACION DEFINITIVO | 10 de Diciembre de 2008 | Páginas electrónicas xxx.xxxx.xxx.xx/. o xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx |
APERTURA DE PROPUESTA ECONÓMICA DEL PRIMER ELEGIBLE Y VERIFICACIÓN DE LA | 11 de Diciembre de 2008 a las 9:00 a.m | INCO – SALON XXXXXXX XXXXXX. |
CONSISTENCIA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA CON LA OFERTA TECNICA | ||
VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS | Dentro de los cinco (5) días siguientes a la apertura de propuesta económica del primer elegible. | INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303 |
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la verificación de documentos. | INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303. |
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación del contrato. | INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303 |
En cualquier momento INCO puede hacer uso de la suspensión del procedimiento o podrá reducir el plazo de las actividades de evaluación de expresiones de interés y propuestas cuando técnicamente se recomiende, en consecuencia el cronograma de actividades podrá ajustarse o modificarse respetando en todo caso los términos xx xxx.
1.10 PROGRAMA PRESIDENCIAL “ LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax al número
telefónico: (0) 000 00 00; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 01
8000 913 040 o (0) 000 00 00; en el correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en el Portal de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx 0–00, Xxxxxx, X.X. También puede reportar el hecho a la Oficina de Atención al Ciudadano del Instituto Nacional de Concesiones a través del número telefónico (0) 000 00 00; la línea gratuita, al número telefónico: 01 8000 913 156 o en el Portal de Internet: xxx.xxxx.xxx.xx.
1.11 VEEDURÍAS CIUDADANAS
Las Veedurías Ciudadanas podrán desarrollar su actividad durante la etapa precontracual, contractual y poscontractual del presente proceso licitatorio de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.
CAPITULO II
2. DOCUMENTOS, NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES
El Instituto garantiza el cumplimiento integral del debido proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.
2.1 NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES
Hacen parte del presente concurso de meritos, entre otros, las normas y actos que se relacionan a continuación.
DOCUMENTOS
Hacen parte del presente Concurso de Meritos los documentos que se relacionan a continuación:
• Los estudios técnicos y financieros previos
• El aviso de Convocatoria Pública
• Los proyectos de Pliegos de Condiciones
• El aviso de convocatoria para la expresión de interés.
• El informe de evaluación preliminar de los criterios para conformar la lista corta
• La lista corta de precalificación
• La Resolución de apertura del proceso de selección.
• Las preguntas, aclaraciones, observaciones y respuestas presentadas durante el desarrollo del proceso de selección.
• Adendas
• Acto de Cierre
• Avisos
• Informe de evaluación de la propuesta técnica
• Las Observaciones y respuestas al informe de evaluación de la propuesta técnica
• Acto de apertura de la propuesta económica
• Resolución de adjudicación
• Todos los documentos que hacen parte del Contrato de Concesión objeto de la interventoría, incluyendo sus anexos, apéndices, contratos adicionales y otrosí.
• Los documentos que hicieron parte de la Licitación Pública del Contrato objeto de la interventoría.
• Los Pliegos de Condiciones del presente proceso de selección sus adendas y avisos si los hubiere.
• Las resolución relacionada con los peajes de la concesión: número 000041 de Enero 16 de 2006 y las demás que las actualicen y/o modifiquen.
• La Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, las normas comerciales y civiles vigentes que rijan las materias que aquella o estos no regulen particularmente.
• La ley 9 de 1989, ley 388 de 1997, el Decreto 1420 de 1998, la resolución 0762 de 1998 expedida por el Instituto Geográfico Xxxxxxx Xxxxxxx y las demás que las actualicen y/o
modifiquen, especialmente en lo relacionado con la adquisición de predios requeridos para la ejecución de obras públicas.
• La Resolución INCO No. 609 del 29 de diciembre de 2005 por la cual se definen los factores sociales y se establecen sus criterios de aplicación respecto a los procesos de adquisición predial, voluntaria o forzosa (expropiación judicial o administrativa), en desarrollo de los proyectos de concesión.
• La Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios, con excepción de la reglamentación que ha sido derogada.
• El Decreto – Ley 2811 de 1974 por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de protección del Medio Ambiente y sus Decretos reglamentarios.
• La Ley 30 de 1992.
• La Ley 105 de 1993.
• La Ley 685 de 2001.
• La Ley 716 de 2001.
• La Ley 734 de 2002.
• La Ley 789 de 2002 con excepción de la reglamentación que ha sido derogada.
• La Ley 842 de 2003.
• El Manual de Gestión Socio - Ambiental y Predial de Proyectos Viales en Colombia - INVIAS, versiones 2000 y 2002, Licencias ambientales y sus modificaciones.
• El Código Colombiano de Diseño Sísmico xx Xxxxxxx, adoptado mediante Resolución No. 0003600, del 20 xx xxxxx de 1996, emanada del Ministerio de Transporte, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• Las Normas de Ensayos de Materiales para Carreteras, versión 1996, adoptadas mediante Resolución No. 008067 del 19 de diciembre de 1996 emanada de la Dirección General del INVIAS, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• Las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras, versión 1996, adoptadas mediante Resolución No. 008068 del 19 de diciembre de 1996, emanada de la Dirección General del INVIAS, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• El Manual de Capacidad y Niveles de Servicio para Carreteras de Dos Carriles – segunda versión, adoptado mediante Resolución No. 005864, del 12 de noviembre de 1998, emanada de la Dirección General del INVIAS, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• El Manual de Diseño Geométrico para Carreteras, adoptado mediante Resolución No. 005865, del 12 de noviembre de 1998, emanada de la Dirección General del INVIAS, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• El Manual de Señalización Vial, adoptado mediante resolución Nº 1050 de 2004, emanada del Ministerio de Transporte, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• El Manual de Diseño de Pavimentos Asfálticos en Vías con Medios y Altos Volúmenes de Tránsito, adoptado mediante Resolución No. 002857, del 6 de julio de 1999, emanada de la Dirección General del INVIAS, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• La Guía Metodológica para el Diseño de Obras de Rehabilitación de Pavimentos Asfálticos de Carreteras, adoptada mediante Resolución No. 002658 del 27 de julio de 2002, emanada de la Dirección General del INVIAS.
• La Ley 1228 de Julio 16 de 2008, por la cual se determinan las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, para las carreteras del sistema vial nacional, se crea el sistema integral nacional de información de carreteras y se dictan otras disposiciones, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• La Resolución No. 000090 del 26 de enero de 2004, emanada del Ministerio de Transporte, por la cual se establece la instalación obligatoria xx xxxxxx informativas en las obras públicas que realice el Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas y vinculadas, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• La Resolución No. 002543 del 23 xx xxxxxx de 2000, emanada del Ministerio de Transporte, por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 002633 del 14 de diciembre de 1999, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• La Resolución No. 002666 del 1 xx xxxxx de 2002, emanada del Ministerio de Transporte, por la cual se modifica la Resolución No. 2633 del 14 de diciembre de 1999, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• La Resolución No. 002661 del 27 xx xxxxx de 2002, emanada de la Dirección General del INVIAS, por medio de la cual se actualizan las Normas de Ensayo de Materiales para Carreteras del Instituto Nacional de Vías - INVIAS, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• La Resolución No. 002662 del 27 xx xxxxx de 2002, emanada de la Dirección General del INVIAS, por medio de la cual se actualizan las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras, o cualquiera que la modifique y/o adicione.
• Todos los documentos, ENTRE OTROS Pliego de Condiciones, Contrato, anexos y modificaciones, y demás antecedentes del contrato de concesión objeto de la Interventoría.
Dentro de la normatividad citada (leyes, decretos), se incluyen las modificaciones o actualizaciones a estas normas. Con relación a los manuales y resoluciones citadas se considera importante indicar que las modificaciones que se den a estos documentos también deben ser asumidas por el contratista.
Para adquirir las resoluciones emanadas de la Gerencia General del Instituto Nacional de Concesiones – INCO, los interesados deben acercarse a la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación, Oficina 311 y en lo relacionado con los Manuales y el Código a la División de Servicios Generales de la entidad; en las mencionadas dependencias se les informará el procedimiento establecido por Instituto Nacional de Concesiones – INCO para su compra.
2.2 ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS
Las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones deberán ser presentadas dentro del término establecido en el numeral 19 del presente documento, y solo generará obligación de respuestas a las mismas aquellas solicitudes radicadas o presentadas dentro de dicho término.
Para las respuestas a las observaciones, la entidad podrá agrupar las observaciones de naturaleza común y en el evento de darse alguna respuesta contrario a lo establecido al pliego de condiciones y demás documentos que conforman el proceso, prevalecerá lo establecido en el pliego de condiciones definitivo y adendas.
Los interesados podrán solicitar por escrito aclaraciones xxx xxxxxx de condiciones definitivo hasta cuatro (4) días hábiles anteriores a la fecha inicial de cierre del Concurso de Meritos, establecida en el cronograma del proceso.
Concluido dicho término, LA ENTIDAD no aceptará en las etapas subsiguientes del proceso de Selección, cuestionamientos sobre el contenido y alcance de las estipulaciones y exigencias establecidas en el pliego de condiciones definitivo.
La información sobre preguntas y respuestas y las modificaciones que llegaren a hacerse a los documentos del proceso se publicarán en la página Web xxx.xxxx.xxx.xx/. o xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y deberán tenerse en cuenta para la elaboración y presentación de la propuesta.
Igualmente se podrán consultar en la dependencia encargada del proceso, Instituto Nacional de Concesiones – INCO Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303.
Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por los proponentes durante el proceso de selección tendrán únicamente valor interpretativo.
2.3 MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
El Instituto hará las aclaraciones o modificaciones que considere necesarias desde la fecha de apertura y hasta el día hábil anterior a la fecha establecida en la Cronología del proceso para el cierre, a fin de que se realicen los ajustes a que haya lugar por parte de los interesados. Cualquier aclaración o modificación se hará mediante adendas numeradas consecutivamente; estos documentos formarán parte integral del presente pliego de condiciones; las adendas serán suscritas por el ordenador del gasto.
Si se expidiere una adenda el día hábil anterior al cierre del proceso de selección, en el mismo se indicará la fecha hasta la cual se prorroga el cierre.
Los documentos antes mencionados serán publicados en el SECOP o el que haga sus veces para consulta de los interesados; por tanto, la entidad en virtud del principio de economía da por entendido que los interesados en participar en el presente concurso de meritos tienen conocimiento de ellos.
Es entendido, que el Pliego de Condiciones y los adendas se complementan entre sí, cualquier mención, especificación o detalle que aparezca en uno de ellos y no esté contemplado en el otro, se tendrá como valedero para las condiciones del Concurso de Meritos.
Las solicitudes de aclaraciones o modificaciones al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones definitivo y/o su respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de propuestas y en consecuencia, las condiciones xxx xxxxxx y las adendas respectivas, habrán de tomarse como se expidieron originalmente, si antes del cierre del Concurso el interesado no recibe respuesta del Instituto ante cualquier sugerencia, manifestación de supuestas inconsistencias, errores u omisiones.
2.4. PREVALENCIA DE LOS INTERESES DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES - INCO
De conformidad con el artículo 59 del Decreto 2474 de 2008, con la presentación de la propuesta, los proponentes se comprometen a que en el evento en que sean seleccionados, se obligarán a dar asesoramiento competente, objetivo e imparcial, y en todo momento, a otorgar la máxima importancia a los intereses de la entidad sin consideración alguna y a asegurarse de que la prestación de sus servicios esté libre de conflictos de interés. En consecuencia, los proponentes evitarán dar lugar a situaciones en que se pongan en conflicto con sus obligaciones previas o vigentes con respecto a otros contratantes, o con su futura o actual participación en procesos de selección, o en la ejecución de otros contratos, o que puedan ponerlos en situación de no poder prestar sus servicios en la forma que mejor convenga a los intereses de esta entidad.
En consecuencia, al momento de presentar su expresión de interés en precalificar para ser incluido en la lista corta y al presentar su propuesta, el proponente deberá declarar que él, sus directivos y el equipo de trabajo con que se ejecutarán los servicios contratados, no se encuentran incursos en conflicto de interés, y en el evento en que se presente cualquier circunstancia de ese tipo, solicitar al gerente del INCO o su delegado que decida si puede continuar en el proceso de selección.
2.5. REGLAS DE SUBSANABILIDAD
En el presente proceso de selección primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por el INCO en el presente documento.
Tales requisitos o documentos serán requeridos por el Instituto en condiciones de igualdad para todos los interesados y/o proponentes y deberán ser aportados dentro del término que para el efecto se haya establecido, de lo contrario la propuesta será rechazada.
NOTA: Los documentos que deban ser presentados por los proponentes en desarrollo del proceso de selección, podrán ser allegados por cualquier medio, pero serán válidos siempre que sean radicados en las ventanillas externas de correspondencia del Instituto Nacional de Concesiones, en el horario previsto en estos pliegos.
2.6 APERTURA DE LAS PROPUESTAS
El sobre que contiene los documentos de orden, técnico, será abierto en el lugar, fecha y hora señalados para el cierre del concurso. La apertura de este sobre, así como la devolución de aquellas propuestas cuya solicitud de retiro se hubiere efectuado dentro de los términos señalados en el numeral 2.7, se hará en presencia de los proponentes que deseen asistir al acto de cierre del concurso. De lo anterior se levantará un acta donde se consignarán los siguientes aspectos de cada propuesta:
• Nombre del proponente
• Número de folios que conforman la propuesta
• Nombre de la aseguradora que expide la póliza de seriedad de la propuesta y número de póliza.
Cuando todos los oferentes que asistan al cierre del concurso soliciten la rubrica de las propuestas, en aras de garantizar el principio de transparencia y cuando la administración lo considere necesario, las propuestas solo podrán ser rubricadas por el jefe de control interno de la entidad.
2.7 TÉRMINO PARA LA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
Los proponentes podrán solicitar el retiro de sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre Del Concurso de Méritos; en este caso se les devolverá sin abrir y se dejará constancia de esta devolución en el acta de cierre del Concurso de Méritos y recibo de propuestas.
2.8 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las expresiones de interés, las propuestas y la recomendación para la adjudicación que más se ajuste al interés del Instituto, no podrá ser revelada a los interesados o proponentes ni a terceros hasta que la Entidad comunique a los primeros que los informes de evaluación se encuentran disponibles para que presenten las observaciones correspondientes.
CAPITULO III
3. ETAPAS DEL CONCURSO DE MERITOS CON PRECALIFICACIÓN
La selección del interventor se llevará a cabo a través de las etapas descritas en el numeral
1.9 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES, para lo cual los interesados en participar deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:
3.1 CONVOCATORIA PÚBLICA
La entidad publicará en las páginas Web: xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx un aviso de convocatoria pública que contendrá la información necesaria para dar a conocer el objeto a contratar, la modalidad de selección que se utilizará, el lugar físico o electrónico donde puede consultarse el proyecto xx xxxxxx de condiciones, el presupuesto oficial del contrato, así como los estudios y documentos previos.
3.2 CONSULTA PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES Y ESTUDIOS PREVIOS
El Proyecto xx xxxxxx de Condiciones se publicara durante diez (10) días hábiles según cronograma de este proceso de selección, en la dirección xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx., según el cronograma del presente proceso.
La publicación de los proyectos xx xxxxxx de condiciones no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección.
Junto con los proyecto de pliegos de condiciones se publicarán los estudios y documentos previos que sirvieron de base para su elaboración, con excepción del análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del objeto a contratar.
3.3 OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES:
Los interesados en el presente proceso de concurso de meritos, podrán presentar observaciones al Proyecto de Pliegos de Condiciones y al documento de convocatoria según el cronograma de este proceso de selección, dirigidas al correo electrónico del responsable de este proceso que figure en la página xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, o de forma escrita, dirigida a INCO - Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303.
3.4 AVISO DE CONVOCATORIA PARA LA MANIFESTACIÓN DEL INTERÉS:
Las condiciones establecidas para la presentación de expresiones de interés que permitirán conformar la lista corta de precalificados se publicará en documento aparte a los presentes pliegos de condiciones, en las páginas Web: xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, según el cronograma del proceso.
Las manifestaciones de interés deberán ser presentadas en el lugar y fecha señalados en el cronograma de actividades del presente proceso de selección.
3.5 CONFORMACIÓN DE COMITÉ ASESOR Y EVALUADOR
La entidad designará y conformará un comité asesor y evaluador para el concurso de meritos, el cual estará conformado por un número plural e impar de personas idoneas para la valoración de las expresiones de interés y ofertas. El comité asesorará a la entidad durante el proceso de selección, para lo cual entre otras responsabilidades, validará el contenido de los requerimientos técnicos, tendrá a su cargo la conformación de la lista corta, y evaluará y calificará las ofertas presentadas de conformidad con los criterios establecidos en los pliegos de condiciones Así mismo, verificará la propuesta económica del proponente ubicado en primer lugar en el orden de calificación de conformidad con los pliegos de condiciones.
Los miembros del comité contarán con la competencia y la imparcialidad suficientes que les permita evaluar la calidad de las propuestas, conocer los objetivos de los servicios a contratar, las metas y los fines de la entidad contratante. En caso de no contar con personal idóneo para el efecto, la entidad celebrará contratos de prestación de servicios especializados para integrar el mencionado comité.
3.6 EVALUACION DE LAS MANIFESTACIONES DE INTERES
El comité evaluador verificará los documentos habilitantes de los interesados y determinará cuáles de ellos se incluirán en la lista corta, a partir de la valoración razonada de los criterios para la conformación de la lista corta y teniendo en cuenta los intereses de la entidad y los fines de la contratación.
La lista corta que elabore el comité de evaluación, no incluirá más de seis (6) ni menos de dos (2) proponentes precalificados. Sin embargo, la entidad podrá determinar la no conformación de la mencionada lista, cuando a juicio del comité evaluador el perfil de
quienes manifestaron interés no satisface adecuadamente los criterios señalados para la conformación de la lista corta y ello imposibilita llegar al número mínimo señalado o a la conformación de una lista con participantes homogéneos. En este caso la entidad procederá a declarar desierto el proceso de selección y revisará las causas que lo originaron.
3.7 CONSULTA DEL INFORME DE PRECALIFICACIÓN (Traslado)
Efectuada la evaluación de los documentos habilitantes, los interesados podrán consultar el informe de evaluación en la dependencia encargada del proceso o en las páginas Web: xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, para que en el término establecido en el Cronograma del proceso presenten las observaciones que consideren pertinentes.
En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán modificar o mejorar los documentos habilitantes.
3.8 PUBLICACIÓN DE LA LISTA CORTA DEFINITIVA.
La decisión final del comité evaluador se plasmará en un informe de lista corta que será publicado en las páginas Web: xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. donde se explicarán los factores, consideraciones y razones que determinaron la conformación de la lista corta.
3.9 APERTURA DEL CONCURSO DE MERITOS Y PUBLICACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS E INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS
El Gerente General de la entidad o su delegado, mediante acto administrativo de carácter general, ordenará de manera motivada la apertura del proceso de selección y la publicación de los pliegos de condiciones definitivos y documentos anexos.
Junto con la expedición del acto administrativo de apertura, la entidad enviará a los oferentes precalificados una carta de invitación a presentar propuestas, la cual será remitida por cualquier medio a las direcciones reportadas por los consultores, debiendo quedar el reporte de envío de la invitación.
3.10 CIERRE DEL CONCURSO Y ENTREGA DE PROPUESTA TÉCNICA
El plazo para el recibo de propuestas es aquel comprendido entre la fecha señalada para la apertura del proceso y la fecha y hora establecidas para el cierre del mismo en el Cronograma del proceso.
Este plazo podrá ser prorrogado cuando LA ENTIDAD lo estime conveniente.
3.11 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
El comité evaluador realizará la evaluación y ponderación de la propuesta técnica de los interesados preclasificados conforme a los criterios señalados en el presente documento.
El comité entregará a la Entidad su informe de evaluación, el cual contendrá el análisis efectuado por el comité y el puntaje final obtenido. La mejor propuesta será la que obtenga
el puntaje más alto. El informe de evaluación estará suscrito por cada uno de los miembros del comité.
3.12 CONSULTA DEL INFORME DEEVALUACIÓN TÉCNICA (Traslado)
Efectuada la evaluación técnica de las propuestas, los oferentes podrán consultar el informe de evaluación en la dependencia encargada del proceso o en las páginas Web: xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, para que en el término establecido en el Cronograma del proceso presenten las observaciones que consideren pertinentes.
En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán modificar o mejorar su propuesta.
3.13. APERTURA, REVISIÓN DE DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Y ADJUDICACIÓN
La apertura del sobre con la propuesta económica, la definición del alcance de los servicios de consultoría y de los términos contractuales se llevará a cabo de conformidad con las siguientes reglas:
1. Una vez concluida la evaluación técnica, la entidad, en audiencia pública, dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas.
2. La entidad procederá a abrir el sobre que contiene la propuesta económica del proponente ubicado en el primer lugar en el orden de calificación.
3. Si el valor contenido en el sobre económico del proponente que obtuvo el mayor puntaje excede la disponibilidad presupuestal, su propuesta será rechazada y se procederá a abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación, y así sucesivamente.
4. La entidad verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse, en lo sustancial, los requerimientos técnicos.
5. Si de la verificación de la propuesta económica del proponente se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica, se dará por terminada la revisión de dicha propuesta, se rechazará y se procederá a abrir el sobre económico de la ubicada en el siguiente orden de elegibilidad, y se repetirá el procedimiento indicado en el numeral anterior.
6. La entidad y el proponente elaborarán un acta de los acuerdos alcanzados con el fin de que se incluyan en el respectivo contrato.
7. La entidad adjudicará el contrato al consultor seleccionado, por medio de acto administrativo motivado.
En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio del jefe de la Entidad o su delegado requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la
audiencia podrá ser suspendida por el término razonable necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.
Cuando dos o más propuestas obtengan la misma calificación técnica se considerará que hay empate. En tal caso se procederá conforme a lo señalado en el numeral 5.9 “ orden de calificación de las propuestas técnicas” del presente documento.
El plazo para adjudicar la propuesta que de manera objetiva se ajuste más al interés de LA ENTIDAD es el fijado en el cronograma del proceso.
CAPITULO IV
4.1 PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas se conformará de la siguiente manera: Sobre No. 1 Propuesta Técnica (verificación de cumplimiento de aspectos técnicos) y Sobre No. 2 (propuesta económica); los documentos que debe contener cada uno de los mencionados sobres se establecen en el presente pliego de condiciones. El proponente deberá presentar los sobres debidamente cerrados, separados e identificados, correspondientes a un (1) original del Sobre No. 1 y dos (2) copias del mismo indicando en cada sobre si es original o copia. Y un Sobre No. 2. Los documentos que conforman el original de los Sobres Nos. 1 y 2 y las dos (2) copias del Sobre No. 1, se presentarán legajados, foliados, escritos en idioma castellano (español) y en medio mecánico. Todas las páginas de la propuesta que tengan modificaciones o enmiendas, deberán ser validadas con la firma al pie de las mismas de quien suscribe la carta de presentación, cada una de ellas conformará un folio de lo contrario se tendrán por no escritas.
Adjunto a la propuesta deberá reposar en medio magnético (CD) formato xls, la información correspondiente a los formularios diligenciados por el proponente en su oferta (Formularios anexos 1, 2 y 4).
Todos los documentos exigidos se incluirán en el original y en la copia de la propuesta. En caso de discrepancia entre la copia y el original, primará para todos los efectos el original.
Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, y el Instituto, en ningún caso, será responsable de los mismos.
4.2 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA
La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana, acerca de los temas objeto del Concurso de Meritos y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones.
La propuesta, junto con todos los documentos que la conformen, debe ser entregados dentro del plazo del presente Concurso de Meritos, en la fecha señalada en la cronología del presente pliego en la siguiente dirección y etiquetadas de la siguiente manera:
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES
Avenida El Dorado CAN, Edificio Ministerio de Transporte. Oficina 303 Concurso de Méritos No. SEA – CM – 012 – 2008.
INTERVENTORIA TECNICA, AMBIENTAL, LEGAL, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA Y OPERATIVA AL CONTRATO No 001161 de 2001 DEL PROYECTO DE CONCESIÓN “ ZIPAQUIRA – PALENQUE” Y SUS ADICIONALES CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y LA CONCESIONARIA UNION TEMPORAL CONCESION VIAL LOS COMUNEROS.
Sobre No. .
Indicar si es original o copia _ _ Nombre del Proponente
Identificación del Proponente Dirección Comercial del proponente
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax, correo electrónico ni radicadas en las ventanillas de correspondencia de la Entidad.
Se darán por no presentadas todas las propuestas que no se encuentren en el recinto dispuesto para la recepción de ofertas a la fecha y hora previstos en el presente pliego de condiciones, independientemente de que hayan sido radicadas o entregadas en otras dependencias del Instituto.
La propuesta debe contener un índice en el que se identifique en forma clara la documentación de la oferta y el folio o folios a que corresponde. En el momento en que exista una incongruencia en la propuesta, es decir, que una parte de la misma establezca algo que se contradiga en otra parte, el INSTITUTO podrá solicitar las aclaraciones pertinentes. Toda tachadura y/o enmendadura en la oferta debe estar convalidada con la firma del oferente al pie de la misma, para ser tenida en cuenta por el Instituto.
Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original así como sus copias, por lo tanto el Instituto no asume responsabilidad alguna en el proceso de apertura de los sobres que contienen las propuestas si alguna viniere incorrectamente identificada.
NOTA: El Instituto para la presentación y entrega de las propuestas, tendrá en cuenta lo estipulado en el artículo 4º del Decreto 679 de 1994 el cual consagra: "De las personas inhabilitadas por razón de la presentación de otras ofertas - para efectos de establecer cuándo el oferente es inhábil en virtud de los literales g) y h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos literales, para lo cual, las Entidades Estatales dejarán constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera xxxxx y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación”.
Solo se recibirán las propuestas de los oferentes que conforman la lista corta de precalificados, que sean entregadas en la fecha establecida en la cronología del proceso o en la fecha establecida mediante adenda que modifique la cronología. La hora límite de entrega (Hora Oficial de la República de Colombia) será la establecida en la citada cronología.
SE ENTENDERÁN RECIBIDAS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES- INCO LAS OFERTAS QUE A LA FECHA Y HORA INDICADA EN LA CRONOLOGIA, SE ENCUENTREN EN EL LUGAR DESTINADO PARA LA RECEPCIÓN DE LAS MISMAS:
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES. Avenida El Dorado CAN. Edificio Ministerio de Transporte. Subgerencia de Estructuración y Adjudicación - Oficina 303. LAS DEMÁS OFERTAS SE ENTENDERÁN NO RECIBIDAS POR EL INSTITUTO.
4.2 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y
259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
El apostille o consularización de los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse en originales o copias autenticadas so pena de tenerse como no presentadas.
4.2.1 Consularización
De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.”.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”.
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones Transversal 17 No. 98-55 Bogotá D.C.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
4.2.2 Apostille
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado original mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Si la apostille está dada en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada del original de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
4.3 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar, la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.
Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia.
4.4 AUTORIZACION PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESION EN COLOMBIA
De conformidad con lo dispuesto por la Ley 842 de 2003, el proponente que ofrezca personal profesional titulado y domiciliado en el exterior, deberá acreditar, la autorización expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia. En su defecto, deberá acreditar la solicitud de permiso radicada ante el mismo organismo con el lleno de los requisitos exigidos. Para estos efectos, el proponente deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites correspondientes.
4.5 INFORMACIÓN RESERVADA
Si dentro del Sobre Uno (1) de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, el Instituto Nacional de Concesiones se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, el INCO, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, el INCO no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma.
4.6 REQUISITOS DE LOS PROPONENTES Y DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Los integrantes de la lista corta deben presentar propuesta bajo la modalidad con la que adquirieron su derecho a ser invitados, es decir persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal sin modificaciones, de lo contrario su propuesta será rechazada.
Los integrantes de la lista corta no podrán asociarse entre sí para presentar una propuesta, de lo contrario su propuesta será rechazada.
Apoderado
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, que integren la lista corta podrán acreditar un
apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representada en las diferentes instancias del Concurso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos señalados en el presente pliego relacionados con la autenticación, Consularización y traducción; particularmente con lo exigido en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En caso de no anexarse el poder original o copia auténtica del mismo en la propuesta o que este no se encuentre suscrito por el apoderado o por quien debe conferirlo de conformidad con el Certificado xx Xxxxxx de Comercio o quien haga sus veces en el país de origen, será causal de RECHAZO.
La propuesta se presentará en dos (2) sobres cada uno de los cuales se integrará como se estipula a continuación:
4.7 SOBRE No. 1
4.7.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá acompañarse del original de una garantía bancaria o de una póliza otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con el fin de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, la cual contendrá:
⮚ Asegurado / Beneficiario: Instituto Nacional de Concesiones – INCO.
⮚ Cuantía: QUINCE POR CIENTO (15%) del PRESUPUESTO OFICIAL.
⮚ Vigencia: Cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de cierre del presente concurso de meritos. En caso de prorrogarse el plazo del concurso el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale el INCO.
⮚ Tomador / Afianzado: si el proponente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la póliza deberá tomarse a nombre de todos y cada uno sus integrantes, y no a nombre de los representantes legales, ni a nombre del consorcio o unión temporal.
La garantía de seriedad de las ofertas no aceptadas será devuelta de conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones.
4.7.2. PROPUESTA TECNICA
4.7.2.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA (0-210-puntos)
Se evaluará a partir de la información del ANEXO 1 Formulario No. 1, de los contratos que cumplan los siguientes requisitos:
• Sus fechas de inicio se encuentran dentro del período correspondiente al 1 de enero de 1993 y la fecha de cierre del presente Concurso de Meritos.
• Su objeto haya sido la interventoría técnica, legal y financiera de contratos de concesión de carreteras.
• Su objeto haya sido la asesoría y/o auditoria financiera en proyectos de Infraestructura y/o estructuración de proyectos de Infraestructura, y/o Banca de Inversión para proyectos de infraestructura, y/o Estudios Financieros para proyectos de infraestructura.
Los contratos deberán cumplir con por lo menos una combinación de los requisitos exigidos en las viñetas uno y dos y/o uno y tres para ser tenidos en cuenta en la evaluación del proponente. Sin embargo el proponente deberá presentar como mínimo un contrato que cumpla con los requisitos 1 y 2 en el caso en que presente los otros contratos que cumplen los requisitos 1 y 3. Igualmente, el proponente deberá presentar como mínimo un proyecto que cumpla con los requisitos 1 y 3 en el caso en que presente los otros contratos que cumplen los requisitos 1 y 2.
El criterio será susceptible de calificación en el numeral 5.2 del presente pliego de condiciones, de acuerdo con las siguientes premisas:
Por cada contrato terminado y/o ejecutado en un porcentaje igual o mayor a un cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato cuyo valor sea igual o mayor al 10% del presupuesto oficial del presente concurso que cumplan los requisitos 1 y 2 y/o 1 y 3, según lo antes mencionado; recibirá 70 puntos hasta un máximo de 210 puntos en caso contrario, se calificará con un puntaje total igual cero (0).
Si el proponente no diligencia y allega con la propuesta el Formulario No. 1, la experiencia especifica será evaluada con un puntaje total igual a cero (0) y se rechazará la propuesta.
Para efectos de la acreditación de experiencia específica no se aceptarán subcontratos.
Los contratos válidos para acreditar la experiencia especifica serán aquellos suscritos entre el ente y/o persona contratante y el oferente (contratista de primer orden), cualquier otra derivación de estos se entenderá para efectos del proceso como subcontrato.
En caso de la acreditación de experiencia especifica a través de contratos ejecutados en el extranjero, la misma solo será válida para efectos del proceso cuando se haya ejecutado para entidades estatales del país donde se ejecutó el contrato.
Para la contabilización de la experiencia especifica del interesado persona jurídica se podrá acumular la de los socios, cuando no cuente con mas de cinco (5) años de constituida, y se hará en proporción a su participación en el capital social.
En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia específica será la acumulación de las experiencias específicas (individuales) de quienes lo conforman proporcional a su participación en el mismo.
Cuando el proponente sea una persona natural o jurídica extranjera que no tenga sucursal en Colombia, presentará la información que acredite su experiencia específica, en iguales condiciones que los proponentes nacionales. En caso de que alguna información referente a esta experiencia no esté acreditada de la manera que exige el presente pliego de condiciones, deberá aportar el documento o documentos equivalentes, de los cuales se pueda obtener la información requerida. Esta acreditación con documentos equivalentes, solo aplica en relación con los expedidos en un país extranjero.
Cuando en la revisión del formulario se encuentren errores de trascripción en cifras, en fechas, en números o en letras, prevalecerá la información contenida en la certificación que acompaña dicho formulario.
En caso que la Entidad requiera verificar la veracidad de la información aportada para acreditar la experiencia especifica, podrá solicitarla y el oferente está en la obligación de allegarla, de lo contrario los contratos no serán tenidos en cuenta para la asignación de puntaje.
La información deberá ser presentada en moneda legal colombiana, en este orden, cuando el valor de los contratos este expresado en monedas extranjeras éste deberá convertirse en Pesos Colombianos, siguiendo el procedimiento que a continuación se describe:
⮚ Si está expresado originalmente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América; los valores se convertirán a pesos colombianos, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio de las tasas representativas xxx xxxxxxx, certificadas por el Banco de la República, a las fechas de inicio y de terminación del contrato, para lo cual el proponente deberá indicar la tasa representativa xxx xxxxxxx utilizada para la conversión.
⮚ Si está expresado originalmente en una moneda o unidad de cuenta diferente a Dólares de los Estados Unidos de Norte América, deberá convertirse a ésta moneda, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio de las tasas de cambio vigentes entre el dólar y dicha moneda, a las fechas de inicio y de terminación del contrato. Hecho esto se procederá en la forma que señala el inciso anterior.
LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA EXPERIENCIA ESPECIFICA SE CALIFICARÁ A PARTIR DE LA INFORMACION APORTADA EN LA PROPUESTA, POR ENDE NO SERÁ SUSCEPTIBLE DE MODIFICACIÓN, ACLARACIÓN, COMPLEMENTACIÓN, NI CORRRECCIÓN POR PARTE DEL OFERENTE CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO, POR TRATARSE DE UN FACTOR DE PONDERACION ESENCIAL PARA LA COMPARABILIDAD DE LAS OFERTAS.
INSTRUCCIONES SOBRE LA EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECIFICA
(Formulario No. 1)
Para la prestación de las propuestas, los oferentes deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:
• En los contratos que el proponente pretenda acreditar en el formulario No. 1, la entidad solo evaluará los contratos que cumplan con los requisitos señalados en el presente documento.
• Si en el Formulario No. 1 se consignan mas de tres contratos la entidad solo evaluará la información correspondiente a los primeros tres (3) contratos relacionados.
• Si el proponente no aporta o adjunta a la propuesta los documentos con los que pretenda acreditar la experiencia específica se evaluaran como no presentados.
• En los documentos aportados para la acreditación de los contratos deberán estar consignados como mínimo los siguientes datos:
o Nombre de la Entidad Contratante, contratista, actividades ejecutadas, objeto, valor facturado (incluido el IVA), fecha de inicio y terminación.
o Si el contrato fue ejecutado en consorcio o unión temporal, se deberá adjuntar el acta de conformación del mismo.
o La experiencia específica (formulario 1) podrá ser acreditada con los siguientes documentos: Copia del Contrato o certificaciones de ejecución del contrato, actas de liquidación y/o actas parciales de ejecución según el caso. En el caso que la facturación sólo pueda verificarse mediante la suma de las actas parciales de ejecución, se deberá aportar un folio adicional donde se consigne una relación resumida de las actas presentadas con su fecha y valor. La sumatoria de las actas relacionadas deberá coincidir con el valor consignado en el formulario respectivo.
Los documentos aportados deberán estar firmados por las personas competentes para suscribir estos documentos.
• Los documentos que acrediten los contratos consignados en el formulario No.1 deberán estar identificados o separados por un folio adicional (separador) que identifique el formulario al que pertenecen y el número de orden en el cual aparecen consignados en el formulario.
VALORACIÓN DE LOS CONTRATOS ACREDITADOS POR LOS PROPONENTES EN EL FORMULARIO No. 1
La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta cuando
no cuente con mas de 5 años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
En caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a cada uno de los socios escindidos y se contabilizará en proporción a la participación que tenía en la sociedad escindida.
En el caso de los consorcios y uniones temporales la experiencia se calculará de acuerdo a las siguientes premisas:
Cuando la expresión de interés se presente en consorcio o unión temporal, la experiencia del interesado se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes de acuerdo al porcentaje de participación, lo cual se traduce en el siguiente ejemplo:
• Un contrato ejecutado pluralmente por A y B y que con ocasión de la presente expresión de interés se presenten nuevamente como A y B independientemente de su participación se ponderará por el 100% de la participación.
• Un contrato ejecutado pluralmente por A y B y que con ocasión de la presente expresión de interés se presente como A y C se tomará el valor facturado por A en el contrato ejecutado y se ponderará por el porcentaje de participación de A en la presente expresión de interés.
• Un contrato ejecutado pluralmente por A y B y que con ocasión de la presente expresión de interés se presente como A, B y C se tomará la sumatoria del valor facturado por A y B en el contrato ejecutado y se ponderará por la sumatoria de los porcentajes de participación de A y B en la presente expresión de interés
Adjunto a las expresiones de interés deberá reposar en medio magnético (CD) formato xls, la información correspondiente al Formulario No. 1.
4.7.2.2 PROPUESTA METODOLOGICA, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO (0-150 ptos) Tipo de propuesta técnica:
Teniendo en cuenta la naturaleza del contrato objeto de interventoría y los requerimientos técnicos para la ejecución de la consultoría a contratar, el proponente deberá presentar una Propuesta Técnica Detallada (PTD) que deberá ajustarse a los lineamientos definidos en el presente documento y demás documentos que integran el proceso.
Los proponentes deberán presentar una PROPUESTA de manera coherente y clara, que sustente la Metodología, el Plan de trabajo y la Organización, coordinación y distribución de cargas de trabajo para el proyecto propuesto, cumpliendo con la idoneidad, calidad y requisitos mínimos exigidos.
El proponente de conformidad con lo establecido para el criterio de calificación “METODOLOGIA, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO”, deberá desarrollar dentro de su propuesta, como mínimo los siguientes aspectos en cada uno de los subcriterios a calificar.
• Metodología. Actividades claves para la ejecución del proyecto de interventoría o consultoría, controles a realizar, criterio de aceptación, responsable de la actividad, frecuencia de la actividad, documento que genera y registros.
• Plan de trabajo. Nombre de la actividad, precedencias, duración estimada, inicio y final.
• Organización, coordinación y distribución de cargas de trabajo. Plan de calidad, Organigrama para el proyecto, funciones y responsabilidades
LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA METODOLOGIA, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO SE CALIFICARÁ A PARTIR DE LA INFORMACION APORTADA EN LA PROPUESTA, POR ENDE NO SERÁ SUSCEPTIBLE DE MODIFICACIÓN, ACLARACIÓN, COMPLEMENTACIÓN, NI CORRRECCIÓN POR PARTE DEL OFERENTE CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO, POR TRATARSE DE UN FACTOR DE PONDERACION ESENCIAL PARA LA COMPARABILIDAD DE LAS OFERTAS.
4.7.2.3. PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO. Rango de ponderación entre máximo 540 Puntos
Se evaluará a partir de la información del ANEXO No. 2, Personal Profesional ofrecido para los cargos de Director de Interventoría, Subdirector Técnico y Operativo y Subdirector Financiero. El profesional ofrecido podrá obtener puntaje en el numeral 5.5 del presente pliego de condiciones, si acredita lo siguiente:
a.- Director de la interventoría
El profesional ofrecido para el cargo de Director debe acreditar lo siguiente:
1. Posee matrícula profesional vigente de Ingeniero Civil o de Ingeniero en Transportes y Vías.
2. Posee título de especialización o maestría o doctorado en alguna de las siguientes áreas: Administración de Empresas o Economía o Finanzas o Gerencia Financiera o Gerencia de Proyectos o Evaluación de Proyectos o Evaluación Financiera o Gerencia de Construcción o Gerencia de Obras, o Diseño Geométrico de vías y transporte o infraestructura vial o pavimentos o Gestión de proyectos viales o Geotecnia.
3. Tiene la siguiente experiencia:
a) Una experiencia general no menor de ciento veinte (120) meses.
b) Posee mínimo ochenta y cuatro (84) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual el profesional ejerce legalmente la profesión hasta la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
▪ Ejercicio profesional en la empresa privada, como director de proyectos viales rurales o director de Interventoría de proyectos viales rurales o como director de proyectos de concesión de infraestructura vial o director de Interventoría de proyectos de concesión de infraestructura vial.
▪ Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo, asesor y/o directivo o como contratista de prestación de servicios profesionales, siempre y cuando se haya desempeñado en la coordinación o supervisión de actividades relacionadas con proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales y/o de Concesión de Infraestructura Vial.
▪ Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo, asesor y/o directivo, o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya relacionado en actividades relacionadas con la coordinación o supervisión de actividades relacionadas con proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales y/o de Concesión de Infraestructura Vial.
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, el ítem 5.5 correspondiente a los CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO se calificará con un puntaje total igual a cero (0) y automáticamente la propuesta será declarada NO HABIL por no cumplir con el puntaje mínimo requerido de 750 puntos.
Adicionalmente, el Director debe tener disponibilidad mínima del 40% en el desarrollo del proceso de la Interventoría
b.- Subdirector Técnico y Operativo
El profesional ofrecido para el cargo de Subdirector Técnico y Operativo deberá cumplir lo siguiente:
1. Posee matrícula profesional vigente de Ingeniero Civil o de Ingeniero de Transportes y Vías.
2. Posee título de especialización o maestría o doctorado en alguna de las siguientes áreas: Diseño Geométrico de Vías, Transporte, Infraestructura Vial, Pavimentos, Gestión de proyectos viales, Geotecnia, Gerencia de Proyectos, Gerencia de Construcción o Gerencia de Obras.
3. Tiene la siguiente experiencia:
a) Una experiencia general no menor de noventa y seis (96) meses.
b) Posee mínimo sesenta (60) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual el profesional ejerce legalmente la profesión, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
• Ejercicio profesional en la empresa privada, como director, subdirector, gerente, subgerente o coordinador de proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales o como director, subdirector, gerente, subgerente o coordinador de Interventoría de proyectos de construcción y/o rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales y/o Director o subdirector de Interventoría en Proyectos de Concesión de infraestructura vial.
• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo, asesor y/o directivo o como contratista de prestación de servicios profesionales, siempre y cuando se haya desempeñado en la coordinación o supervisión de actividades relacionadas con proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales y/o de Concesión de Infraestructura Vial.
Adicionalmente, el Subdirector Técnico y Operativo debe tener disponibilidad mínima del 30% en el desarrollo del proceso de la Interventoría.
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, el ítem 5.5 correspondiente a los CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO se calificará con un puntaje total igual a cero (0) y automáticamente la propuesta será declarada NO HABIL por no cumplir con el puntaje mínimo requerido de 750 puntos.
c.- Subdirector Financiero
El profesional ofrecido para el cargo de Subdirector Financiero debe acreditar lo siguiente:
1. Posee matrícula y/o título profesional en alguna de las siguientes profesiones: economía o Administración de Empresas o Administración Publica o ingeniería industrial o ingeniería civil o Ingeniería de Transportes y Vías.
2. Posee título de especialización o maestría o doctorado en: Administración Financiera o Gerencia Financiera o Finanzas o Evaluación financiera de proyectos o Gerencia de Proyectos o Gerencia de Obras o Magíster en Administración o Auditoría Financiera o Gestión Financiera.
3. Tiene la siguiente experiencia:
a) Una experiencia general no menor de noventa y seis (96) meses.
b) Posee mínimo sesenta (60) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual ejerce legalmente la profesión, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
1. Ejercicio profesional en la empresa privada, como director financiero, subdirector financiero o coordinador del área financiera en proyectos relacionados con cualquiera de las siguientes actividades:
Infraestructura: Se entiende por Proyectos de Infraestructura los eléctricos, de acueductos y alcantarillados, de empresas de gas, de aseo, puentes, puertos, aeropuertos, vías terrestres, marítimas, fluviales y férreas.
Estructuración de concesiones.
Proyectos relacionados con el sistema financiero colombiano. Mercado de capitales.
Banca de inversión.
Manejo de modelos financieros.
Project Finance para proyectos privados.
2. Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo, asesor, directivo y/o profesional Especializado, o como contratista de prestación de servicios siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la coordinación o supervisión de proyectos financieros de infraestructura concesionada o en cualquiera de las descritas en el numeral 1, de este literal.
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, el ítem 5.5 correspondiente a los CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO se calificará con un puntaje total igual a cero (0) y automáticamente la propuesta será declarada NO HABIL por no cumplir con el puntaje mínimo requerido de 750 puntos
NOTA: La veracidad acerca de la información suministrada en relación con el personal ofrecido podrá ser verificada integralmente por el INCO.
4.7.2.3.1 CARTA DE INTENCION Y SUSTITUCIÓN DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS EN LA EXPRESIÓN DE INTERÉS.
Con el fin de asegurar que se tiene la aquiescencia o consentimiento del personal profesional ofrecido, el contratista deberá presentar el formato suministrado por la Entidad, debidamente suscrito por el profesional correspondiente donde manifieste su intención de conformar el equipo de trabajo para la ejecución del proyecto, dedicación al mismo en porcentaje y el cargo a desempeñar.
Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la apertura del concurso de meritos, el proponente podrá solicitar por escrito a la entidad, la sustitución de algunos de los profesionales propuestos en la expresión de interés en los siguientes casos:
1.- Muerte del profesional, la cual se acreditará con el acta de defunción o certificado judicial que acredite dicha circunstancia.
2.- Enfermedad grave, entendida como aquella que le impida al profesional ejecutar las actividades para el cual fue propuesto, circunstancia que se acreditará con la certificación médica correspondiente en la que conste el diagnostico y el tiempo de incapacidad.
3.- Salida del País por asilo, estudios o trabajo. Para el caso de estudio solo será válido para la realización de especializaciones, maestrías y doctorados y solo podrá acreditarse con la certificación de admisión de la entidad educativa. En ningún caso será valida la certificación de admisión para cursos de idiomas.
La salida del país del profesional por trabajo en el exterior se acreditará con el contrato de trabajo suscrito o certificado laboral donde conste la entidad contratante, el objeto del contrato y fecha de inicio.
El asilo Político se acreditará con el documento diplomático a través del cual se otorga el mismo.
Con la solicitud de sustitución, el proponente deberá aportar la documentación que acredita la causal alegada Si la información no es clara, completa o la misma no acredita cualquiera de las causales anteriormente descrita la entidad negará la sustitución. En todo caso, para la procedencia de la sustitución será necesario la aceptación por parte de la entidad, la cual se pronunciará a más tardar dos días hábiles anteriores al cierre.
LA INFORMACIÓN RELATIVA A PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO SE CALIFICARA A PARTIR DE LA INFORMACION APORTADA EN LA PROPUESTA, POR ENDE NO SERÁ SUSCEPTIBLE DE MODIFICACIÓN, ACLARACIÓN, COMPLEMENTACIÓN, NI CORRRECCIÓN POR PARTE DEL OFERENTE CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO, POR TRATARSE DE UN FACTOR DE PONDERACION ESENCIAL PARA LA COMPARABILIDAD DE LAS OFERTAS.
4.7.2.4 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (0-100 puntos)
Con el fin de establecer el apoyo que los proponentes NACIONALES O EXTRANJEROS otorguen a la industria nacional en virtud de lo dispuesto en el articulo 2 de la Ley 816 de 2003, DEBERÁN ANEXAR A LA PROPUESTA CERTIFICACIÓN EN LA CUAL CONSTE LA
PROCEDENCIA, nacional o extranjera del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato.
NOTA: LA OMISIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN ESTE NUMERAL, NO SERÁ SUBSANABLE POR SER FACTOR DE PONDERACIÓN, POR ENDE NO SERÁ SUSCEPTIBLE DE MODIFICACIÓN, COMPLEMENTACIÓN, NI CORRRECCIÓN POR PARTE DEL OFERENTE CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO, POR TRATARSE DE UN FACTOR DE PONDERACION ESENCIAL PARA LA COMPARABILIDAD DE LAS OFERTAS.
4.7.3 RECIPROCIDAD.
La RECIPROCIDAD aplica para aquellos proponentes e integrantes de consorcios o uniones temporales EXTRANJEROS que deseen el tratamiento de proponente nacional.
Las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten propuesta, recibirán el mismo tratamiento que los nacionales, siempre que exista un acuerdo, tratado o un convenio entre el país de su nacionalidad y Colombia, en el sentido de que a las ofertas de servicios colombianos se les concederá en ese país el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público.
En el supuesto de no existir los mencionados acuerdos, el proponente deberá incluir dentro del Sobre Uno (1) un certificado emitido por la respectiva Misión Diplomática Colombiana, en la cual conste que los proponentes colombianos gozan de la oportunidad de participar en los procesos de contratación pública en las mismas condiciones y con los mismos requisitos exigidos a los nacionales de su país.
En todo caso, la inexistencia del acuerdo o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
En virtud de la Ley, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. Este último caso se demostrará con informe de la respectiva Misión Diplomática Colombiana, que se acompañará a la documentación que se presente.
4.8 SOBRE No. 2- PROPUESTA ECONOMICA -
En este sobre el proponente deberá incluir su propuesta económica debidamente diligenciada, de conformidad con en el ANEXO 4 Formulario No. 2 y 2A, en lo correspondiente a precios (propuesta económica).
La no presentación de la propuesta económica, la presentación de la misma sin la firma del proponente o la omisión del precio unitario de alguno (s) de los ítems, generará RECHAZO de la propuesta.
Una vez se de apertura al sobre No. 2 y se encuentre que la propuesta económica no corresponde a los requerimientos técnicos solicitados en el presente documento, generará RECHAZO de la propuesta.
La propuesta económica deberá incluir todos los precios solicitados en el ANEXO 4. Formulario No 2A el cual solo se tendrá en cuenta para efectos de verificar la consistencia de la propuesta económica con la propuesta técnica.
En caso de inconsistencias de los valores consignados en los formularios 2 y 2A del ANEXO No 4, prevalecerá el formulario No 2.
El Instituto no asignará puntaje a la propuesta económica.
4.8.1 Aspectos a considerar en el valor de la propuesta
1. Información previa
Estudiará la información relacionada en estos pliegos de condiciones, a efectos de familiarizarse con las especificaciones necesarias para ejecutar el proyecto, así como la normatividad que regirá el futuro contrato que sea celebrado en desarrollo del presente proceso.
2. Examen de los sitios
Antes de la presentación de la propuesta el proponente deberá inspeccionar y examinar el sitio y los alrededores del proyecto a fin de informarse por su cuenta sobre todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su propuesta.
3. Factor Multiplicador
El proponente deberá calcular un factor multiplicador, que contenga, entre otros, los sueldos, las prestaciones sociales, los costos indirectos que correspondan a aquellos gastos en que incurre la organización del consultor para poder ofrecer la disponibilidad de sus servicios y los honorarios o beneficio económico que pretende percibir por la ejecución del trabajo.
Dicho factor deberá consignarlo en su propuesta económica, so pena de rechazo.
4. Personal para la consultoría
El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución de la consultoría y hasta la entrega total de la misma a satisfacción del Instituto, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos que se requieran.
5. Impuestos, tasas y contribuciones
Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, por el uso e intervención de recursos naturales necesarios para el desarrollo de la obra; estos pagos deben soportarse con las certificaciones correspondientes expedidas y/o validadas por las autoridades competentes.
6. Garantías, seguros y contribución especial
El proponente favorecido con la adjudicación tendrá a su cargo los costos de las garantías y seguros que se mencionan en la minuta del contrato.
4.9 RETIRO DE LA PROPUESTA
Los proponentes podrán solicitar por escrito, al Instituto, el retiro de su propuesta en cualquier momento, antes de la fecha y hora previstas para el cierre del plazo del presente proceso de selección, la cual será devuelta sin abrir, al proponente o a la persona autorizada.
CAPÍTULO V
CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
5.1 CIERRE DEL PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN – APERTURA DEL SOBRE No. 1
Los Sobres No. 1 de las propuestas recibidas hasta la fecha y hora del cierre del plazo del presente proceso, establecida en la cronología de este pliego de condiciones, serán abiertos en la Sala INCO en el tercer piso del Edificio del Ministerio de Transporte – CAN. Bogota D.C.
La apertura del Sobre No. 1 se efectuará en acto público, por parte de la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación y del Jefe de la Oficina de Control Interno, o sus delegados. De lo anterior se levantará un acta suscrita por los asistentes, en la cual se relacionará el nombre de los proponentes, si la carta de presentación fue incluida y está firmada, los módulos a los cuales presenta oferta, de ser el caso, el nombre de la compañía aseguradora y el número de la póliza o garantía de seriedad de la propuesta que la acompaña, el numero de folios y las observaciones correspondientes, así como los demás aspectos relevantes que considere la Entidad.
Los funcionarios antes mencionados verificarán que cada Sobre No. 2 esté debidamente sellado y lo depositaran en una tula a la cual se le colocará un sello de seguridad. Los números de serie de la tula y del sello de seguridad serán consignados en el acta de apertura del Sobre No. 1, y serán de conocimiento público de los proponentes con el fin de ser verificados el día de la audiencia pública de apertura del Sobre No. 2, prevista en la cronología de este pliego de condiciones.
El Instituto no será responsable por no abrir, o abrir prematuramente los sobres incorrectamente dirigidos o sin la identificación adecuada.
A partir de la fecha y hora de cierre del plazo de la presente licitación pública los proponentes no podrán retirar, adicionar o corregir sus propuestas.
El original y las copias de las propuestas se distribuirán de la siguiente manera:
✓ El original y una copia del Sobre No. 1 en el Grupo de Licitaciones y Concursos.
✓ El original del Sobre No. 2 se entregará a una firma experta en seguridad resguardo de valores y documentos.
El siguiente procedimiento será aplicable para el presente proceso así:
El Instituto realizará la calificación técnica de las propuestas, con el fin de determinar, de acuerdo con las exigencias de este pliego de condiciones, los puntajes para cada una de las proponentes.
Las propuestas serán calificadas teniendo en cuenta los aspectos que se enuncian a continuación:
Criterio calificado | Xxxxxx Xxxxxxx |
Experiencia específica | 210 |
Propuesta metodológica, plan y cargas de trabajo | 150 |
Profesionales y expertos integrantes del equipo de trabajo | 540 |
Apoyo a la industria nacional | 100 |
TOTAL | 1000 |
La evaluación se realizará de conformidad con las siguientes reglas:
5.2 CRITERIOS DE CALIFICACION EXPERIENCIA ESPECÍFICA se ponderará entre 0 - 210 puntos
Una vez calificada la documentación que sustenta la experiencia específica de cada uno de los proponentes la ponderación se realizará de la siguiente manera:
Por cada contrato terminado y/o ejecutado en un porcentaje igual o mayor a un cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato, cuyo valor sea igual o mayor al 10% del presupuesto oficial del presente concurso, y que cumpla con los requisitos solicitados en el presente numeral, recibirá 100 puntos hasta un máximo de 210 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
Numero de Contratos Válidos | 1 | 2 | 3 |
Puntaje Obtenido | 70 | 140 | 210 |
Los contratos y sus soportes deben cumplir los siguientes requisitos:
• Sus fechas de inicio y terminación se encuentran dentro del período correspondiente al 1 de enero de 1993 y la fecha de cierre del presente Concurso de Méritos.
• Su objeto haya sido la interventoría técnica, legal y financiera de contratos de concesión de carreteras.
• Su objeto haya sido la asesoría y/o auditoria financiera en proyectos de Infraestructura y/o estructuración de proyectos de Infraestructura, y/o Banca de Inversión para proyectos de infraestructura, y/o Estudios Financieros para proyectos de infraestructura.
Si el contrato incumple cualquiera de los dos requisitos anteriores (1 y 2) o (1 y 3) NO SERÁ tenido en cuenta para la calificación.
La información consignada en el Formulario de experiencia debe contener claramente los siguientes datos:
El objeto; el porcentaje de participación si fue ejecutado bajo la modalidad de consorcio o unión temporal; las fechas contractuales de iniciación y terminación y las de reiniciación o suspensión si el contrato presentó suspensiones; el valor total facturado (incluido el IVA) por concepto de obra o el que corresponda según el porcentaje de participación si fue ejecutado bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, dentro del período correspondiente al 1 de enero de 1993 y la fecha de terminación.
El Instituto se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el proponente, tendiente a acreditar su experiencia, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades contratantes.
Cuando exista inconsistencia definitiva entre la información suministrada por el oferente y la efectivamente obtenida o suministrada a la entidad por la fuente de donde proviene la información relativa a la experiencia que se pretende acreditar en el proceso, se considerará falta a la verdad y la Entidad mantendrá hasta la adjudicación la potestad de aplicar: la causal de rechazo de la oferta, el descuento durante doce (12) meses contados a partir de la adjudicación o declaratoria de desierta del proceso en que se produjo el rechazo, consistente en la disminución de doscientos cincuenta (250) puntos del total obtenido en la evaluación en aquellos procesos de la Entidad en los cuales participe, el reporte correspondiente al Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA) para que se adopten las acciones correspondientes y de ser el caso se instaurará la correspondiente denuncia penal.
Este descuento se hace extensivo al proponente aunque participe bajo cualquiera de las modalidades asociativas previstas en la Ley (Consorcios o Uniones Temporales) afectando a todos los integrantes.
En caso de aplicarse la causal de rechazo aquí prevista, el Instituto, comunicará las irregularidades presentadas al Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA) para que se adopten las acciones correspondientes y de ser el caso se instaurará la correspondiente denuncia penal.
NOTA: Los documentos contentivos del ofrecimiento de la experiencia especifica deberán ser anexado por el oferente dentro del sobre No. 1 y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las ofertas.
5.3 OTRAS CONSIDERACIONES
• La información de los contratos suscritos con el Instituto Nacional de Concesiones registrada en el ANEXO 1. Formulario 1. RELACIÓN DE CONTRATOS DE CONSULTORÍA, podrá ser verificada en los archivos de la entidad, para lo cual deberá relacionar la información requerida en el presente pliego de condiciones. En
caso de presentar inconsistencia o no consignar la información necesaria se aplicará el correctivo correspondiente.
• Para efectos de la experiencia especifica, la calificación de aquellos contratos cuyo objeto ha previsto adelantar independientemente actividades de consultoría y de ejecución de obras, se efectuará considerando únicamente el plazo y los valores correspondientes a la etapa de consultoría que comprenda cualquiera de las actividades descrita en el numeral 4.7.2.1 del presente documento, siempre y cuando el plazo y valor de la consultoría estén claramente especificados en el contrato o en su defecto en el acta de liquidación o terminación o recibo final, en caso contrario no se tendrá en cuenta para la evaluación.
• En el evento en que dos o más proponentes relacionen una misma información y ésta presente inconsistencias, se solicitará a la Entidad contratante aclarar la información real del contrato.
• Para efectos de la calificación, los plazos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de mes y cuando la centésima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes.
5.4. CRITERIOS DE EVALUACION PROPUESTA METODOLOGICA GENERAL, PLAN Y CARGAS DE TRABAJO. 0 – 150 puntos
Propuesta Metodológica
El proponente deberá elaborar:
1 - Los procesos metodológicos que considere claves para el desarrollo de la Consultoría
2 - Los aportes adicionales a los alcances de la Interventoría planteados para el mejoramiento del trabajo, basado en su experiencia o en la utilización o consideración de nuevas prácticas o ayudas técnicas.
Items | (Puntos por ítem) |
1 Claridad de los procesos metodológicos | 30 |
2 Aportes Adicionales a los Pliegos de condiciones | 20 |
Total Puntos | 50 |
Para el ítem 1 el comité evaluador asignará la calificación proporcionalmente a la calidad de su planteamiento, así:
Excelente | 30 puntos |
Satisfactorio | 20 puntos |
Regular | 10 puntos |
Inadecuado | 0 puntos |
Para el ítem 2 el comité evaluador asignará la calificación proporcionalmente a la calidad de su planteamiento, así:
Excelente | 20 puntos |
Satisfactorio | 15 puntos |
Regular | 10 puntos |
Inadecuado | 0 puntos |
Plan de Trabajo
La propuesta debe incluir en forma clara:
1 - El desarrollo de los procesos y trabajos detallados y los informes.
2 - La interacción de los recursos (humanos, físicos y herramientas definidas para darle el mejor carácter operativo e integral al mismo).
3 -La dedicación que le dará al grupo de profesionales durante la ejecución del contrato 4 -Se debe anexar, el Cronograma de Actividades (en diagrama xx xxxxxx), donde se
visualicen las actividades, su precedencia, su ruta crítica y duración.
Items | Puntos por ítem | |
1 | Desarrollo de los procesos y trabajos detallados e informes | 12,5 |
2 | Interacción de los recursos | 12,5 |
3 | Dedicación que le dará al grupo de profesionales claves | 12,5 |
4 | Coherencia del Cronograma de Actividades | 12,5 |
Total Puntos | 50 |
Para cada uno de los ítems, se asignará la calificación proporcionalmente a la calidad de los planteamientos del plan, así:
Excelente | 12,5 puntos |
Satisfactorio | 7 puntos |
Aceptable | 5 puntos |
Inadecuado | 0 puntos |
Las macro actividades a tener en cuenta son las siguientes: FUNCIONES TÉCNICAS
FUNCIONES ADMINISTRTIVAS FUNCIONES FINANCIERAS FUNCIONES PREDIALES FUNCIONES SOCIALES FUNCIONES JURÌDICAS FUNCIONES AMBIENTALES OTRAS FUNCIONES INFORMACIÓN TECNICA FINAL
Cargas de Trabajo
El proponente deberá definir:
1 - La asignación de las responsabilidades y funciones de los profesionales del personal mínimo
2 - La entrega de los productos mínimos requeridos. 3 - La coordinación interinstitucional.
4 - Se presentará un organigrama consistente para el proyecto.
Items | Puntos por ítem |
1 Asignación de responsabilidades y funciones de los profesionales del personal mínimo | 12,5 |
2 Entrega de los productos mínimos requeridos | 12,5 |
3 Coordinación interinstitucional | 12,5 |
4 Organigrama consistente para el proyecto | 12,5 |
Total Puntos | 50 |
Para cada uno de los ítems, se asignará la calificación proporcionalmente a la calidad de los planteamientos, así:
Excelente | 12,5 puntos |
Satisfactorio | 7 puntos |
Aceptable | 5 puntos |
Inadecuado | 0 puntos |
EN CASO QUE EL PROPONENTE NO PRESENTE ALGUNO DE LOS TRES SUBCRITERIOS A PONDERAR O NO INCLUYA Y DESARROLLE LOS ASPECTOS MÍNIMOS REQUERIDOS, SE LE ASIGNARÁ UN PUNTAJE TOTAL IGUAL A CERO (0).
En caso que el proponente anexe más de una metodología, plan y cargas de trabajo para efectos de otorgar puntaje, únicamente se tendrá en cuenta el primer documento foliado en la propuesta.
NOTA: Los documentos contentivos del ofrecimiento de la metodología, plan y cargas de trabajo deberá ser anexado por el oferente dentro del sobre No. 1 y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las ofertas.
5.5 CRITERIOS DE EVALUACION PROFESIONALES Y EXPERTOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO. (0-540 puntos)
Una vez calificada la documentación que sustenta la formación académica y experiencia en proyectos similares de cada uno de los proponentes la ponderación se realizará de la siguiente manera:
a.- Formación académica y especializaciones. 0 – 240 puntos
Se aplicarán los rangos de ponderación que a continuación se discriminan:
PROFESIONAL | FORMACION ACADEMICA | PUNTAJE | RANGO DE PUNTAJE |
0 – 120 | |||
Director Proyecto | Especialización | 80 | |
Maestría, Doctorado o superior | 120 | ||
0 – 60 | |||
Subdirector Técnico- Operativo | Especialización | 30 | |
Maestría, Doctorado o superior | 60 | ||
0 –60 | |||
Subdirector Financiero | Especialización | 30 | |
Maestría, Doctorado o superior | 60 | ||
TOTAL PUNTAJE POSIBLE DE OBTENER 0 – 240 |
b.- EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN PROYECTOS SIMILARES. 0 – 300 puntos
PROFESIONAL | Meses de Experiencia específica equivalente (e) | PUNTAJE POR EXPERIENCIA | RANGO DE PUNTAJE |
Director Proyecto | 0<= e < 84 | 0 | 0 – 150 |
84 <= e < 114 | 50 | ||
114 <= e < 144 | 100 | ||
e >= 144 | 150 | ||
Subdirector Técnico-Operativo | 0<= e < 60 | 0 | 0 – 75 |
60 <= e < 95 | 30 | ||
95 <= e < 130 | 50 | ||
e >= 130 | 75 | ||
Subdirector Financiero | 0<= e < 60 | 0 | 0 – 75 |
60 <= e < 95 | 30 | ||
95 <= e < 130 | 50 | ||
e >= 130 | 75 | ||
TOTAL PUNTAJE POSIBLE DE OBTENER | 0 – 300 |
• Se entiende por meses de experiencia específica equivalente, el resultado de la multiplicación de la duración en meses de los contratos validados por la entidad por el
porcentaje de dedicación de cada uno de ellos. El valor total de los meses de experiencia específica equivalente estará dado por la sumatoria de la experiencia como funcionario en entidades oficiales y la experiencia especifica en entidades privadas.
• LOS PROYECTOS QUE PRESENTEN SIMULTANEIDAD EN EL TIEMPO Y QUE EXCEDAN EL 100% DE DEDICACIÓN DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS POR EL OFERENTE NO SERÁN TENIDOS EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LOS MESES DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA EQUIVALENTE, ES DECIR, SE ASIGNARÁ UN PORCENTAJE DE DEDICACIÓN IGUAL A CERO (0).
5.6 EVALUACIÓN DEL LA PARTICIPACIÓN DEL PROVEEDOR NACIONAL.
Esté factor se evaluará con base en la Ley 816 de 2003 para el proceso, módulo o módulos a los cuales se presente propuesta, con el fin de garantizar el apoyo a la Industria Nacional con fundamento en la documentación aportada de acuerdo con los presentes pliegos de condiciones así:
• Cuando el proponente oferte servicios con un porcentaje igual o mayor al 50% de personal nacional, en lo correspondiente al objeto del presente concurso de méritos, se le asignarán 100 puntos.
• Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional inferior al 50%, se le asignarán 50 puntos.
• Cuando el proponente oferte servicios únicamente con personal extranjero en lo correspondiente al objeto del presente concurso, se le asignarán 20 puntos.
NOTA: El documento contentivo del ofrecimiento del requisito de Apoyo a la Industria Nacional deberá ser anexado por el oferente dentro del sobre No. 1 y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las ofertas.
De no presentar carta que contenga el ofrecimiento aquí establecido y en las condiciones previstas en este pliego de condiciones no se otorgara puntaje por este factor.
5.7 OTRAS CONSIDERACIONES
• Para efectos de la asignación de puntajes por EXPERIENCIA ESPECIFICA EN PROYECTOS SIMILARES, los tiempos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de mes y cuando la centésima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes.
• En el caso de profesionales que hayan ejercido la profesión en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en el país, esa experiencia se tomara a partir de la fecha de la matrícula o su equivalente en el país de origen o donde hubiere trabajado.
• La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.
• Los títulos de postgrado deberán acreditarse mediante copia de los diplomas y/o actas de grado; de lo contrario, no se tendrán en cuenta.
• Se debe anexar la siguiente documentación para el personal exigido en el numeral
4.7.2.3 de los pliegos de condiciones , de lo contrario, no se tendrán en cuenta:
- Fotocopia de la matricula profesional
- Fotocopia del certificado de vigencia de la matricula profesional, con fecha de expedición no mayor a 30 días antes de la presentación de la propuesta.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía
Para acreditar la experiencia específica del Director de interventoría, Subdirector técnico y operativo y Subdirector financiero el proponente deberá anexar a la propuesta, las certificaciones respectivas, en las cuales se indique: Nombre de la Entidad Contratante, contratista, actividades ejecutadas, objeto, valor y fecha de inicio y terminación del contrato.
5.8 RECIPROCIDAD
El proponente extranjero, que oferte servicios con personal nacional colombiano y su origen sea un país con el cual Colombia tenga tratado vigente o en el que se de tratamiento de reciprocidad a los bienes y servicios nacionales, en los términos del parágrafo del artículo 1º de la Ley 816 de 2003, deberá anexar con su propuesta copia del documento o acuerdo vigente que acredité la reciprocidad a los bienes y servicios en su país de origen.
5.9 ORDEN DE CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS TECNICAS Y CRITERIO DE DESEMPATES.
En la Audiencia Pública en la cual se dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas prevista en la “Cronología del Proceso”, el Instituto Nacional de concesiones, además de realizar la apertura del sobre No. 2 para el proceso, establecerá el orden de calificación de las propuestas técnicas, así:
El comité entregará a la entidad su informe de evaluación, el cual contendrá la explicación del desarrollo de su actividad, y los puntajes individuales y final de las propuestas. Con base en este resultado el instituto conformará el orden de elegibilidad de manera descendente de acuerdo con el puntaje obtenido, es decir, obtendrá el primer lugar de elegibilidad aquella
propuesta que haya obtenido el mayor puntaje y así sucesivamente.
En caso de empate entre las propuestas consideradas ELEGIBLES y que obtuvieron un puntaje igual, se aplicará el siguiente procedimiento de desempate:
1. En caso de que exista empate entre propuesta nacional y extranjera, se preferirá la propuesta nacional, de conformidad con el artículo 2 de la ley 816 de 2006.
2. De persistir el empate, se escogerá la propuesta que mayor puntaje haya obtenido en el numeral 5.5. “ criterios de evaluación profesionales y expertos integrantes del equipo de trabajo.” del presente documento.
3.- Si persiste el empate tendrá prelación el oferente que no haya sido multado o sancionado durante los últimos dos (2) años
Para efectos de la evaluación se considerarán las multas y sanciones por incumplimiento de contratos que hayan sido impuestas al proponente dentro de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.
4. Si persiste el empate, se escogerá la propuesta que presente certificado de aseguramiento de la calidad ISO 9000 cuyo alcance involucre interventoría de obras civiles en infraestructura vial.
5.- De persistir el empate, se procederá a realizar sorteo, por medio de balotas.
5.10 APERTURA DEL SOBRE 2 - PROPUESTA ECONOMICA-
En la audiencia publica prevista en la cronología del proceso, el Instituto Nacional de Concesiones informará:
• En virtud del principio de economía, INCO da por entendido que los proponentes conocen el documento “Respuesta a las observaciones formuladas al informe de evaluación de las propuestas” publicado en el SECOP o en la pagina web que haga sus veces, por lo tanto, no dará lectura al mismo y procederá a dar oportunidad a los asistentes a la reunión para que dejen sus constancias.
• Se efectuará la apertura del Sobre No. 2 del oferente que ocupe el primer lugar en el orden de calificación. La tula retornará nuevamente al sitio de seguridad con los Sobres No. 2 de las restantes propuestas.
• Dará a conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas.
• En el evento de presentarse acuerdos entre el proponente y la Entidad se levantará un acta donde se deje constancia de los acuerdos alcanzados los cuales serán parte integrante del respectivo contrato.
5.10.1 ÚNICO PROPONENTE CALIFICADO CON PUNTAJE MÍNIMO (750 PUNTOS)
En el evento que solo un proponente obtenga el puntaje mínimo requerido sumando todos los criterios de calificación, es decir 750 puntos, el Instituto procederá a la apertura del Sobre No. 2 que contiene la propuesta económica de su propuesta y verificará que oferta cumpla con lo siguiente:
• El valor total corregido de la propuesta no podrá exceder el del presupuesto oficial establecido de acuerdo al Formulario 1 del presente pliego de condiciones, de lo contrario será rechazada.
• La Entidad verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse en lo sustancial los requerimientos técnicos, de lo contrario, la propuesta será RECHAZADA.
• Si en la propuesta económica del proponentes se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica o no se logra un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión, se dará por terminada la revisión de dicha propuesta y será rechazada.
El Instituto sólo efectuará correcciones aritméticas originadas por:
• Todas las operaciones aritméticas a que haya lugar en la propuesta económica, la cual solo se efectuará sobre el formulario No 2.
• El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios contenidos en la propuesta económica, de las operaciones aritméticas a que haya lugar y del valor del IVA, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero del peso.
5.10.2 VARIOS PROPONENTES CALIFICADOS POR ENCIMA DEL PUNTAJE MÍNIMO (750 puntos).
Para aquel proponente que haya obtenido el primer lugar en orden de calificación se da apertura al sobre 2 que contiene la propuesta económica y se verificarán los siguientes aspectos:
• El valor total corregido de la propuesta no podrá exceder el del presupuesto oficial establecido de acuerdo al ANEXO 4. Formulario 2 COSTO TOTAL DE LA PROPUESTA del presente pliego de condiciones, de lo contrario será rechazada y se procederá abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación y así sucesivamente.
• La Entidad verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y
ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse en lo sustancial los requerimientos técnicos, de lo contrario, la propuesta será RECHAZADA y se procederá abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación y así sucesivamente.
• Si en la propuesta económica del proponente se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica o no se logra un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión, se dará por terminada la revisión de dicha propuesta y será rechazada y se procederá abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación y así sucesivamente.
5.11 AUDIENCIA PÚBLICA EN LA CUAL SE DARÁ A CONOCER EL ORDEN DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS, APERTURA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE No. 2)
Dentro del termino previsto en la cronología del proceso y atendiendo los lineamientos previstos en el articulo 71 del Decreto Reglamentario 2474 de 2008, en la audiencia publica se dará a conocer el orden de calificación definitivo obtenido por los proponentes en sus propuestas técnicas; se llevará a cabo la apertura del sobre No. 2 del proponente que ocupe el primer orden de calificación y se verificará lo establecido en este pliego de condiciones; se levantará un acta de acuerdos alcanzados , si es del caso y se adjudicará el contrato al consultor seleccionado, por medio de acto administrativo motivado.
Los representantes legales o delegados de los proponentes deberán asistir a la audiencia pública de apertura y revisión de la propuesta económica. La no asistencia a la audiencia implicará la no aceptación de los acuerdos planteados por la entidad cuando esta resulte aplicable.
Los hechos ocurridos durante el desarrollo de la audiencia pública de apertura y revisión de la propuesta económica del proponente ubicado en el primer orden de elegibilidad se plasmará en acta y la misma se podrá suspender de oficio por la Entidad.
Agotada la audiencia de apertura y revisión de la propuesta económica, y previa verificación de la información solicitada en el numeral 6.2 y siguientes del presente documento, se expedirá acto administrativo de adjudicación, mediante resolución motivada suscrita por el Jefe de la Entidad o su Delegado.
En el evento que el Jefe de la Entidad o su Delegado no acoja lo recomendación del Comité Evaluador deberá justificarlo en el acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierta.
5.13 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
El Instituto rechazará aquellas propuestas, que no se ajusten a las exigencias de este pliego de condiciones, a menos que hubiere posibilidad de saneamiento, conforme a lo previsto en el mismo y en la ley.
De acuerdo con lo numerales anteriores, se incluyen los casos en que se generará RECHAZO de la propuesta:
a. La falta de capacidad jurídica para presentar la propuesta a la fecha de cierre del concurso.
b. Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado u obtenido correspondencia interna, proyectos de conceptos de evaluación o de respuesta a observaciones no enviados oficialmente a los proponentes.
c. Cuando se compruebe confabulación entre los interesados o proponentes tendiente a alterar la aplicación de los principios fijados por LA ENTIDAD para el procedimiento de contratación.
d. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o que contengan errores que determinen el resultado de la evaluación.
e. Cuando la expresión de interés o propuesta se reciba con posterioridad a la fecha y hora fijadas para el cierre del concurso o haya sido enviada por correo.
f. En el caso que el interesado o proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la Constitución y la Ley.
g. Cuando durante el proceso de selección se presenten circunstancias que alteren sustancial y desfavorablemente la capacidad económica u operativa del interesado o proponente.
h. La omisión de la firma del profesional que debe abonar la propuesta, en caso de ser necesario según se establezca en el pliego de condiciones.
i. Cuando el proponente no asiste a la visita de técnica, en caso que esta sea de carácter obligatorio de acuerdo con lo establecido en presente documento.
j. Cuando los proponentes presenten propuesta bajo una modalidad diferente a como adquirieron su derecho a ser invitados.
k. Cuando los integrantes de la lista corta que se asocien entre sí para presentar una propuesta.
l. Cuando los proponentes que modifiquen los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales con los que adquirieron su derecho a ser invitados.
m. No presentar o no suscribir la carta de presentación de la propuesta.
n. No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por quien está en la obligación legal.
o. No consignar o no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecer como valor de ese precio unitario cero (0).
p. Cuando la propuesta económica no sea consistente con los ofrecimientos hechos en la propuesta técnica o no se logre un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión.
q. Presentar propuesta alternativa condicionada.
r. No incorporar el factor multiplicador en las condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones.
s. Cuando la propuesta económica exceda el presupuesto oficial (ANEXO 4. Formulario No. 2) del proceso.
t. En el caso que el proponente, directivos y el equipo de trabajo con los que ejecutará el objeto a contratar se encuentren incurso en conflicto de interés.
u. Cuando la calificación de cualquiera de los factores de evaluación y ponderación sea calificada con un puntaje total igual a cero (0).
v. Cuando el Proponente no aclare o subsane dentro del término establecido por la entidad los documentos que le hayan sido requeridos.
w. Cuando se demuestre la existencia de hechos constitutivos de falta a la verdad proveniente de los oferentes.
x. Cuando el oferente se haya presentado con el mismo equipo de trabajo en más de un (1) un concurso de meritos y la metodología planteada en su propuesta técnica no le permita ejecutar el contrato con los mismos profesionales.
5.14 PLAZO PARA DENUNCIAR EVENTUALES INCONSISTENCIAS QUE PUEDAN CONSTITUIR FALTA A LA VERDAD:
Para efectos de la aplicación de la consecuencia prevista en el literal n, la información que pretende denunciarse como constitutiva de falta a la verdad deberá radicarse ante la Entidad como plazo definitivo el día hábil anterior al señalado para la publicación del documento de respuesta a las observaciones al informe de evaluación previsto en la cronología del proceso o en la adendas de ser el caso; vencido este plazo no se aceptaran observaciones referentes a eventuales hechos constitutivos de falta a la verdad proveniente de los oferentes.
5.15 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
Una vez finalizado el proceso de selección los proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad y la copia del Sobre No. 1, en la subgerencia de estructuración y adjudicación, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acta de adjudicación, prevista en la cronología del proceso; de lo contrario, el Instituto procederá al archivo de la propuesta original y a la destrucción de su copia.
5.16 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Agotada la audiencia de apertura y revisión de la propuesta económica, y previa verificación de la información solicitada en el numeral 6.2 y siguientes del presente documento, se expedirá acto administrativo de adjudicación, mediante resolución motivada suscrita por el Jefe de la Entidad o su Delegado.
CAPITULO VI CONDICIONES DEL CONTRATO
6.1 OBJETO
El objeto del contrato es realizar la interventoría al Contrato de Concesión No. 001161 de 2001 y sus adicionales el cual incluye: revisar, verificar, analizar y conceptuar permanentemente sobre todos los aspectos técnicos, financieros, operativos, prediales, socio-ambientales y legales relacionados con el Contrato de Concesión No. 001161 de 2001 “ZIPAQUIRA - PALENQUE”.
Lo anterior para efecto de constatar el cumplimiento, por parte del contratista (Concesionario), de las condiciones establecidas en el contrato de Concesión, para el desarrollo y control integral del proyecto, así como determinar oportunamente las acciones necesarias para garantizar el logro de los objetivos previstos.
6.2 VERIFICACIÓN DE INFORMACIÒN
Comprenden los documentos que en consideración del Instituto Nacional de Concesiones – INCO se requieren para efectuar una adecuada supervisión del contrato de interventoría. La aprobación de los mismos, por parte de la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación, constituye requisito previo para la adjudicación del contrato; por lo tanto, el proponente deberá entregarlos dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al recibo del oficio mediante el cual la entidad realiza el requerimiento.
El proponente incurrirá en causal de rechazo de la propuesta, sin perjuicio de lo estipulado en el Numeral 5.13, cuando:
✓ Incumpla el término fijado para la entrega de la documentación.
✓ La documentación allegada este incompleta o contenga información o documentos que incluyan datos tergiversados o alterados.
En el evento de presentarse cualquiera de las consideraciones anteriores, la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación o su delegado comunicarán al proponente lo ocurrido y efectuará el mencionado requerimiento al proponente que se encuentre en el siguiente puesto del orden de elegibilidad, y así sucesivamente, hasta lograr la adjudicación del contrato.
La Subgerencia de Estructuración y Adjudicación verificará que la documentación que fue sujeto de evaluación se ajuste a las exigencias de los presentes Pliegos de Condiciones dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la referida documentación. La presente documentación será considerada y analizada como información para la supervisión
6.2.1. Personal profesional OBLIGATORIO mínimo adicional necesario para el desarrollo del contrato de Interventoría
6.2.1.1. Cantidad y cargos mínimos OBLIGATORIOS adicionales solicitados
El proponente deberá diligenciar el formato que se suministra en el ANEXO No. 3 y adjuntar la documentación que acredite toda la información allí requerida (solo para la verificación de documentos del proponente ubicado de primero en el orden de elegibilidad), del personal profesional adicional ofrecido para ocupar los siguientes cargos:
- Cuatro (4) Ingenieros residente técnico, operativo y ambiental.
- un Abogado.
- un Auditor de peajes, pesajes y sistemas.
- Un (1) Especialista por cada una de las siguientes áreas:
• Diseño Geométrico de Vías y Transporte.
• Geología, Geotécnia, suelos y pavimentos.
• Estructuras.
• Ambiental.
• Predial.
• Hidrología Hidráulica
- dos Ingenieros Auxiliares.
- un Ingeniero Auxiliar predial
- un Profesional de Aseguramiento o Gestión de la Calidad.
- un Profesional Apoyo Técnico y Administrativo (en las oficinas del INCO).
- un Coordinador social.
- un auxiliar de ingeniería.
- dos secretarias (una sede principal y una en el lugar del proyecto).
- Cuatro conductores, cada uno con vehiculo (en el lugar del proyecto).
6.2.1.2 Calidades del personal profesional
El estudio de las calidades de los profesionales se hará a partir de la información suministrada y con los documentos que soporten la misma.
Los profesionales deben cumplir y acreditar, como mínimo, los siguientes requisitos de calidad y experiencia:
6.2.1.2.1 Residente Técnico Operativo y Ambiental
Los profesionales ofrecidos para el cargo de Ingeniero Residente Técnico y Operativo y Ambiental con dedicación de tiempo completo Y EN EL SITIO DE LAS OBRAS, debe acreditar lo siguiente:
1. Posee matrícula profesional vigente de Ingeniero Civil o de Ingeniero en Transportes y Vías.
2. Tiene la siguiente experiencia:
a) Una experiencia general no menor de treinta y seis (36) meses.
b) Posee mínimo veinticuatro (24) meses de experiencia específica acumulada, dentro del período comprendido entre la fecha de confirmación de la matricula profesional y la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
• Ejercicio profesional en la empresa privada, como ingeniero residente de construcción y/o de rehabilitación y/o mantenimiento de vías rurales o como residente de interventoría de proyectos relacionados con la construcción y/o pavimentación y/o rehabilitación y/o mantenimiento de carreteras rurales.
• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel ejecutivo y/o profesional o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en la coordinación o supervisión de actividades relacionadas con proyectos de construcción y/o de rehabilitación y/o mejoramiento de vías rurales y/o de Concesión de Infraestructura Vial.
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
6.2.1.2.2 Abogado
El profesional ofrecido para el cargo de Xxxxxxx deberá acreditar lo siguiente:
1. Posee tarjeta profesional y título en derecho y especialización en derecho administrativo y/o financiero o contratación estatal.
2. Tiene la siguiente experiencia:
a) Una experiencia general no menor de sesenta (60) meses.
b) Posee mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual el profesional ejerce legalmente, en cualquiera de las siguientes opciones de contratos en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
• Ejercicio profesional en la empresa privada, como abogado en Esquemas de participación privada, y/o Proyectos de concesiones, y/o Proyect finance para proyectos privados o de infraestructura, y/o litigante en derecho administrativo y/o contratación estatal.
• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, y/o ejecutivo, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con proyectos de concesión.
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
6.2.1.2.3 Auditor de Peajes, Pesajes y Sistemas
El profesional ofrecido para el cargo de Auditor de Peajes, Pesajes y Sistemas deberá acreditar lo siguiente:
1. Posee matrícula o título profesional y título de especialización en áreas relacionadas con la auditoria de sistemas.
2. Tiene la siguiente experiencia:
a) Una experiencia general no menor de sesenta (60) meses.
b) Posee mínimo treinta y seis (36) meses de experiencia específica acumulada, contados a partir de la fecha en la cual el profesional ejerce legalmente la profesión, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
• Ejercicio profesional en la empresa privada como auditor de sistemas.
• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, y/o ejecutivo, o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades de auditoría de sistemas.
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
6.2.1.2.4 Especialistas
Los profesionales ofrecidos para el cargo de especialista serán estudiados en forma individual. Cada uno de los profesionales ofrecidos para el cargo de Especialista debe acreditar lo siguiente:
a) El profesional acredita que ha adelantado estudios a nivel de especialización, maestría o doctorado en la especialidad para la cual se ofrece.
b) Tiene una experiencia general no menor de setenta y dos (72) meses.
c) Posee mínimo cuarenta y ocho (48) meses de experiencia específica acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha de grado de la especialización y la fecha de cierre del plazo del presente Concurso Público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
• Ejercicio profesional en la empresa privada, en la disciplina para la cual fue propuesto.
• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, ejecutivo, asesor, profesional especializado o como contratista de prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la disciplina para la cual fue propuesto.
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores a), b) o c), no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
Para el estudio de la experiencia específica de los especialistas se tendrán en cuenta los siguientes criterios generales:
▪ Especialista en Geología, Geotecnia, Suelos y Pavimentos: sólo se considerará la relacionada con el área de geología, geotecnia, suelos y pavimentos.
▪ Especialista en Estructuras: sólo se considerará la relacionada con proyectos de infraestructura, puentes, xxxxxxxx, viaductos vehiculares y/o ferroviarios.
• Especialista Predial: solo se considerara la relacionada con la gestión predial de proyectos de infraestructura vial.
• Especialista en Diseño Geométrico Vías y Transporte: solo se considerara la relacionada con el área de Vías y transporte en lo referente a proyectos de infraestructura vial. Para el área de diseño geométrico solo se considerara la relacionada con el área de Diseño Geométrico de vías rurales.
• Especialista Ambiental: El profesional ofrecido para este cargo tendrá dedicación mínima de treinta por ciento (30%). Como experiencia se considerará la elaboración de estudios ambientales para proyectos de infraestructura vial, ferrocarriles, oleoductos y/x xxxxxxx y/o la interventoría ambiental de los mismos.
• Especialista en Hidráulica e Hidrología: solo se considerara la relacionada con el área de Hidráulica e Hidrología en lo referente a proyectos de infraestructura vial
6.2.1.2.4 Ingeniero auxiliar
Los profesionales ofrecidos para el cargo de Ingeniero Auxiliar debe acreditar que posee matrícula profesional de Ingeniero Civil o de Ingeniero en Transportes y Vías, con una experiencia no menor de dos (2) años; de lo contrario, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
6.2.1.2.5 Ingeniero Auxiliar Predial
El profesional ofrecido de medio tiempo y con dedicación para la revisión del cumplimiento de la Gestión Predial, que adelanta el Concesionario, deberá acreditar lo siguiente:
1. Poseer título de profesional y tarjeta profesional vigente en Ingeniería Civil o Catastral y Geodesta.
2. Tiene la siguiente experiencia:
a) Una experiencia general no menor de veinticuatro (24) meses.
b) Posee mínimo veinticuatro (24) meses de experiencia específica acumulada, dentro del periodo comprendido entre la fecha desde la cual ejerce legalmente la profesión y la fecha de cierre del plazo del presente Concurso Público, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
• Ejercicio profesional en entidades oficiales, como funcionario del nivel profesional, y/o ejecutivo y/o asesor o como contratista de prestación de servicios siempre y cuando se haya desempeñado en actividades relacionadas con la gestión inmobiliaria y/o gestión predial.
▪ Ejercicio profesional en la empresa privada en actividades de gestión inmobiliaria y/o gestión predial.
6.2.1.2.5 Profesional del área de aseguramiento o gestión de la calidad
El profesional ofrecido para el cargo de de aseguramiento o gestión de la calidad debe acreditar lo siguiente:
1. Posee matrícula profesional de Ingeniero Civil o de Ingeniero en Transportes y Vías o Administración de Empresas.
2. Posee título de especialista en sistemas de calidad.
3. Tiene experiencia técnica igual o superior a tres (3) años en la implantación de sistemas de calidad en empresas de ingeniería y/o que haya participado en la elaboración de por lo menos cinco (5) planes de calidad, todo lo anterior bajo la Norma NTC - ISO 9000:1994 o NTC - ISO 9001:2000
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
6.2.1.2.6 Profesional Apoyo Técnico y Administrativo
El proponente deberá ofrecer un Profesional Apoyo Técnico y Administrativo que apoye en tiempo completo las labores de la interventoría y de la Supervisión del Proyecto en las oficinas del INCO.
El profesional ofrecido para el cargo de Apoyo Técnico y Administrativo debe acreditar que posee matrícula profesional de Ingeniero Civil o de Ingeniero en Transportes y Vías o Arquitectura, con una experiencia no menor de 1 año; de lo contrario, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
6.2.1.2.7 Coordinador Social
El profesional ofrecido para el cargo de coordinador social debe acreditar lo siguiente:
1. Titulo profesional de Sociólogo o Trabajador Social o afines.
2. Tiene la siguiente experiencia:
a) Una experiencia general no menor de veinticuatro (24) meses.
b) Posee mínimo doce (12) meses de experiencia específica acumulada, dentro del período comprendido entre la fecha de confirmación de la matricula profesional (si se requiere o de la fecha de grado profesional) y la fecha de cierre del plazo del presente concurso público, dicha experiencia debe estar relacionada con temas de la gestión socio-predial de proyectos viales
Si el profesional incumple al menos uno de los requisitos anteriores a), o b), no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
6.2.2 Personal técnico mínimo adicional necesario para el desarrollo del contrato de Interventoría (solo para la verificación de documentos del proponente ubicado de primero en el orden de elegibilidad)
- un (1) Auxiliares de Ingeniería.
- Dos (2) Secretarias - una en Bogota al servicio del Proyecto y una (1) Secretaria en la zona del proyecto.
- Cuatro (4) conductores con vehiculo cada uno, en la zona del proyecto.
Auxiliar de Ingeniería:
El proponente deberá ofrecer un auxiliares de ingeniería que apoye las labores de la Interventoría en la zona del proyecto, que tenga una experiencia general no menor de doce
(12) meses en la empresa privada o en entidades oficiales, como auxiliar de ingeniería de proyectos relacionados con la construcción y/o pavimentación y/o rehabilitación y/o mejoramiento de carreteras rurales.
Si el personal propuesto incumple los requisitos anteriores, no será admitido para participar en la ejecución del contrato.
Otro Personal
El proponente deberá ofrecer como mínimo el resto del personal relacionado en el listado de este numeral.
6.2.3 Consideraciones para el análisis del personal
1. Para efectos del análisis de la información del personal, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
• Con el fin de asegurar que se tiene el consentimiento del personal profesional ofrecido, el proponente deberá presentar el formato suministrado en el ANEXO No. 3 debidamente suscrito por el profesional correspondiente o en su defecto carta de intención.
• Los plazos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de mes y cuando la centésima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes.
• Si un proponente ofrece dos (2) o más profesionales para realizar actividades de un mismo cargo, cada uno de ellos deberá cumplir los requisitos exigidos en estos términos de referencia para el cargo.
• Con excepción del Director, del Subdirector Técnico y Operativo, del Ingeniero Residente Técnico y Operativo. Los ingenieros auxiliares, el coordinador social y el abogado, un mismo profesional puede ser ofrecido para dos cargos diferentes. En cualquier caso, para cada cargo deberá diligenciarse el formato del ANEXO No. 3
• El proponente deberá informar la fecha a partir de la cual los profesionales ofrecidos ejercen legalmente la profesión.
• Los profesionales del área de la ingeniería deberán presentar certificación original de vigencia de la matrícula expedida con antelación no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de apertura del presente concurso.
• Como experiencia general de los profesionales se entiende el tiempo transcurrido desde el momento en que la norma que reglamente la respectiva profesión, establezca el ejercicio legal de la misma, o a partir de la fecha de grado para aquellas que no estén reglamentadas o que hayan sido reglamentadas con posterioridad a ésta fecha, hasta la fecha de cierre del plazo del presente concurso público. En el caso de profesionales que hayan ejercido la profesión en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en el país, esa experiencia se tomara a partir de la fecha de la matrícula o su equivalente en el país de origen o donde hubiere trabajado.
• La experiencia específica en la empresa privada se calculará con base en la duración que haya tenido el profesional en cada caso.
• La experiencia específica en la entidad oficial de los profesionales vinculados laboralmente a la administración pública, o vinculados por contrato de prestación de servicios, se calculará con base en el período de su desempeño.
• La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.
• Las certificaciones de experiencia de los profesionales deben ser expedidas por la persona natural o jurídica con quien se haya establecido la relación laboral o de prestación de servicios.
• Las certificaciones o los documentos soportes que acrediten la experiencia en la empresa privada, deberán determinar: el cargo desempeñado, el proyecto ejecutado o en ejecución y el tiempo durante el cual participó o participa el profesional en cada proyecto, con su correspondiente porcentaje de dedicación (indicando las fechas de iniciación y de terminación formato, día/mes/año).
• Las certificaciones o los documentos soportes, que acrediten la experiencia específica en entidades oficiales deberán determinar: el cargo desempeñado, las actividades realizadas y el tiempo de servicio (indicando la fecha de iniciación y terminación, formato día/mes/año).
• Si durante un mismo período el profesional participó en más de un proyecto, no se tendrá en cuenta el lapso de tiempo de dedicación que se superponga y se validará la experiencia de los proyectos de mayor tiempo de dedicación ÚNICAMENTE Y HASTA QUE SE ALCANCE EL 100% DEL TIEMPO.
• Los títulos de pregrado, así como los títulos de postgrado, especialización o maestría y/o doctorado, deberán acreditarse mediante copia de las actas de grado o diplomas, sí fueron obtenidos en el exterior deberá cumplir con los requisitos de homologación ante el Ministerio de Educación Nacional; de lo contrario, no se tendrán en cuenta.
• Si el personal profesional mínimo propuesto no cumple con los requisitos exigidos en estos pliegos de condiciones, el proponente deberá reemplazarlo por otro que sí los cumpla dentro del lapso de tiempo que el Instituto Nacional de Concesiones – INCO le establezca para tal cambio.
• Una vez el Instituto Nacional de Concesiones – INCO apruebe el personal mínimo propuesto, éste no podrá ser cambiado durante la ejecución del proyecto, a menos que exista una justa causa, para lo cual deberá presentarse comunicación suscrita por el profesional en la que conste la justificación de su retiro. En caso de aprobarse el cambio por parte del INCO, el personal deberá reemplazarse por uno de iguales o mejores calidades (Experiencia General, experiencia específica y estudios académicos) que el exigido en los pliegos de condiciones.
• Para el caso de los residentes técnicos y operativos, los ingenieros auxiliares, el auxiliar de ingeniería, los conductores y una secretaria, su dedicación será exclusiva y de tiempo completo y deberán estar ubicados en la zona del Proyecto, para lo cual se dispondrá de tres oficinas ubicadas en la zona del proyecto.
• El proponente deberá cumplir lo estipulado en las Leyes 14 de 1975 y 64 de 1993, sobre Técnico Constructor.
2. Programa de distribución del personal y de otros recursos ofrecidos
Es la manifestación gráfica de la distribución del personal y de otros recursos, representada en hombres - mes y costos en función del plazo establecido en el numeral 1.4 de estos pliegos de condiciones, que el proponente se compromete a ejecutar. Este programa deberá elaborarse mes a mes y ajustado al costo total corregido de la propuesta y teniendo en cuenta el programa de obra del Concesionario. El Instituto Nacional de Concesiones - INCO verificará la ejecución de este programa.
3. Vehículos
Cuatro (4) vehículos para los cuales deberá relacionarse la marca, modelo, tipo y capacidad, los mismos deberán ser vehículos 0 kilómetros y serán de un cilindraje superior o igual a 1300 centímetros cúbicos, tendrán una capacidad mínima de cinco (5) pasajeros. Tendrá, de ser posible, identificaciones del INCO y de la interventoría de acuerdo a lo solicitado posteriormente por la Subgerencia de Gestión Contractual.
4. Ensayos de laboratorio
El Interventor deberá realizar todos los ensayos de campo y laboratorio que considere necesarios, de acuerdo con las metodologías normalizadas por el INVIAS y el ICONTEC. La frecuencia y el tipo de ensayos de laboratorio sobre los materiales de construcción de la vía, las estructuras, los puentes etc. serán realizados de acuerdo con el criterio del interventor, las buenas practicas de la ingeniería y según solicitud del INCO, de tal manera que los resultados que arrojen sirvan para que el Interventor alerte al concesionario sobre las posibles consecuencias que se pudiesen derivar del resultado de los mismos. Los laboratorios en donde se realicen los ensayos deben contar con todas las certificaciones de calibración de sus equipos, de dichas certificaciones se anexarán a los resultados de los ensayos. Adicionalmente, estos certificados de calibración deben ser emitidos por las autoridades legales colombianas o en quien ellas deleguen, por ejemplo superintendencia de industria y comercio.
5. Plan de control de calidad
El adjudicatario deberá presentar el plan control de calidad para el proyecto de acuerdo con lo solicitado en el ANEXO No. 5 de los pliegos de condiciones, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.2 de los mismos.
6.3 ALCANCE DE LOS TRABAJOS
SIN DETRIMENTO DE LO PREVISTO EN EL CONTRATO DE CONCESION NO 001161 DE
2001, LA CLAUSULA 58 INTERVENTORIA Y CONTROL, PARA el logro del cometido, la interventoría ejercerá ENTRE OTRAS las siguientes:
6.3.1 Funciones Generales
6.3.1.1 Revisión del proyecto
Las OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR serán entre otras las siguientes: las previstas en el Contrato de Concesión No. 001161 de 2001, en sus Apéndices, Anexos y modificaciones, incluida la revisión de las obras contenidas en el documento CONPES 3535 y las demás que el INCO en sus Pliegos y el Contrato de Interventoría se estipulen, las cuales podrán ser consultadas en la oficina de archivo y correspondencia del INCO
Teniendo en cuenta que el proyecto de concesión se encuentra en etapa de operación y construcción, el Interventor deberá realizar una revisión y un análisis completo de los diseños en detalle elaborados y presentados por el Concesionario y de las actividades relacionadas con los componentes técnico, socio ambiental, predial, financiero, jurídico y operativo, contractualmente establecidas, las cuales ya se encuentran en pleno desarrollo, deberá revisar dichos diseños de detalle y el avance del proyecto, en relación con lo contratado según el programa de actividades, inversiones y obras, los planos del proyecto y sus obras ejecutadas, y emitir un informe al respecto de cada tema, y conceptuar sobre las alternativas de desarrollo del contrato. El informe correspondiente deberá entregarlo al INCO dentro de los DOS (2) MESES siguientes a la fecha de iniciación.
Mensualmente, la Interventoría deberá presentar un informe en el cual se consigne el estado del proyecto, teniendo en cuenta como mínimo los aspectos técnicos, ambientales, sociales, prediales, jurídicos, contractuales y de acuerdo con las metodologías sugeridas para tal efecto por parte del INCO.
Los registros fotográficos de los informes presentados por la Interventoría se realizaran con cámaras fotográficas digitales con una resolución mínima de 6 mega píxeles.
6.3.1.2 Control del personal
La Interventoría designará a un Director, quien será su representante en el proyecto, y quien deberá tener plena autonomía para actuar y tomar decisiones en su nombre.
El Interventor deberá vigilar que el Concesionario dé estricto cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 12 y demás normas pertinentes de la Ley 14 de 1975, y su reglamentaria, Ley 64 de 1993, respecto al ejercicio de la profesión de Técnico Constructor en el territorio nacional.
El Interventor se obliga a mantener el personal propuesto durante todo el plazo del contrato para lograr una adecuada interventoría y cualquier modificación deberá ser aprobada por la Subgerencia de Gestión Contractual del INCO. El interventor se obliga a permanecer personalmente al frente de los trabajos y ha mantener al frente de los mismos a los ingenieros residentes, suficientemente facultados para representarlo en todo lo relacionado con el desarrollo y cumplimiento del contrato.
El personal de interventoría podrá ser movilizado de acuerdo con los requerimientos del INCO, en relación con el avance del contrato de obra, lo que no dará lugar a reclamación alguna por parte del interventor. El Instituto se reserva el derecho de exigir, por escrito, al
interventor el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto. Esta exigencia no dará derecho al interventor para elevar ningún reclamo contra el Instituto.
El Interventor se obliga a llevar y mantener el equipo en perfectas condiciones, para lograr una adecuada interventoría. El Instituto podrá solicitar al interventor, en cualquier momento, el suministro de información sobre la nómina del personal. El interventor atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que el Instituto haya fijado.
El desacato de cualquiera de estas condiciones, constituye causal de incumplimiento del contrato.
6.3.1.3. Funciones de la Interventoría
El Interventor tendrá las siguientes funciones, además de las establecidas en el Contrato de Concesión No. 001161 de 2001 y en sus documentos que lo complementan:
• Proveer el conocimiento especializado necesario para garantizar la identificación de las mejores soluciones acorde con las condiciones y requerimientos establecidos.
• Organizar y poner al servicio del cliente y del proyecto los recursos humanos y técnicos que sean apropiados para garantizar el desarrollo del trabajo, dentro de los más estrictos parámetros éticos, de calidad y de cumplimiento en alcance, tiempo y costos.
• Realizar las acciones necesarias para garantizar su actualización científica y tecnológica en las áreas de su competencia, incorporar el nuevo conocimiento en el desarrollo del trabajo y, en general, propender porque los servicios prestados tengan el mayor valor agregado posible para beneficio del proyecto.
• Desarrollar la actividad Consultora de acuerdo con estrictos principios de moralidad y ética profesional.
• El interventor deberá ser un eficiente, responsable y xxxx representante del INCO, sin perjuicio de su obligación de colaborar para el logro de los fines de la contratación.
• Ejercer una interventoría integral sobre las obras objeto de esta interventoría, en nombre del INCO, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al concesionario la información que considere necesaria, sin perjuicio de las demás revisiones y verificaciones que deba efectuar en cumplimiento del contrato de interventoría.
• Exigir al Concesionario la ejecución del Contrato de Concesión de manera idónea y oportuna.
• Exigir al Concesionario la presentación de la documentación necesaria para el desarrollo de la gestión predial y socio-ambiental.
• Realizar seguimiento a la gestión predial en cabeza del Concesionario en lo concerniente a la adquisición de predios por vía de enajenación voluntaria o expropiación judicial, incluyendo esta última todo el proceso hasta la obtención de sentencia ejecutoriada.
• Vigilar que el Concesionario siga las directrices impartidas por el INCO en materia socio- ambiental y predial, de acuerdo al Instructivo predial.
• Exigir al Concesionario el trámite de las licencias ambientales.
• Exigir al concesionario la ejecución de las obras de restitución y demolición a que haya lugar.
• Realizar los Análisis y conceptuar sobre los ajustes necesarios para que el Contrato de Concesión responda a los requerimientos de la Superintendencia de Puertos y Transporte, Comisión reguladora de Transportes y demás entes fiscalizadores y de control.
• Elaborar y mantener actualizada una ficha técnica del proyecto de acuerdo con las orientaciones del INCO en este sentido. La ficha será entregada con cada Informe mensual.
• Presentar a la Subgerencia de Gestión Contractual, dentro de los quince (15) primeros días siguientes a la iniciación del contrato de interventoría, un informe detallado del estado en que recibe la ejecución del contrato de concesión, en el que se detalle entre otros temas los asuntos pendientes, e indicadores de gestión que permitan detectar de forma rápida y visual la situación del contrato desde el punto de vista técnico, legal y financiero. La subgerencia de Gestión Contractual suministrará el modelo de informe a presentar el cual podrá ser sujeto a modificaciones o actualizaciones de acuerdo con las necesidades de información que tenga el INCO.
• Preparar y presentar a la Subgerencia de Gestión Contractual, dentro de los diez (10) primeros días calendario de cada mes, un Informe Mensual (copia dura y magnética) que, metodológicamente, comprenderá una parte ejecutiva (informe ejecutivo mensual) y otra de temas generales (informe general mensual). La parte ejecutiva contendrá indicadores de gestión presentados de forma visual, gráficos u otras herramientas que permitan comprender rápidamente el estado del Proyecto, considerando los ítems de la parte general, indicando las conclusiones y recomendaciones de la interventoría. La parte general del informe contendrá el análisis de los datos del Proyecto, entre otros, de los siguientes: (i) el desarrollo y avance del programa de obra, con un seguimiento cronológico y fotográfico. (ii) los problemas presentados y las soluciones planteadas, con su correspondiente trazabilidad; (iii) las actividades y gestiones de la interventoría; (iv) la relación de temas pendientes y las causas de su no definición; (v) un resumen ejecutivo sobre el avance en la implementación de las medidas prediales, sociales y ambientales; (vi) los niveles de accidentalidad y seguridad vial en las vías objeto de esta interventoría, con un seguimiento cronológico identificando los puntos críticos del proyecto y sugiriendo las medidas que se deben tomar para mitigar los posibles efectos negativos de los puntos críticos identificados, (vii) informe visual de estado del pavimento; (vii) un resumen ejecutivo y consolidado mes a mes sobre todos y cada uno de los servicios prestados por el Concesionario a los usuarios de la vía, con un seguimiento cronológico identificando los puntos críticos del proyecto y sugiriendo las medidas que se deben tomar para mitigar los posibles efectos negativos de los puntos críticos identificados, (viii) las conclusiones y recomendaciones de la interventoría con un registro fotográfico (mensual) y de video en formato DVD (cada 2 meses) del estado de la vía. Este informe deberá incluir el concepto del Interventor sobre todos y cada uno de los asuntos cuya revisión, evaluación y análisis tenga éste a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el contrato de interventoría y en los pliegos de condiciones correspondientes, así como en el Contrato de Concesión, sus Apéndices,
otrosi y Anexos. La subgerencia de Gestión Contractual del Instituto suministrará el modelo de informe a presentar el cual podrá ser sujeto a modificaciones o actualizaciones de acuerdo con las necesidades de información que tenga el INCO.
• Dentro de los veinte (20) días siguientes al vencimiento del plazo del contrato de interventoría, deberá presentar el Informe Final, el cual metodológicamente comprenderá una parte ejecutiva y otra de temas generales, la parte ejecutiva contendrá indicadores de gestión presentados de forma visual, gráficos u otras herramientas que permitan comprender rápidamente el estado del proyecto, así como las conclusiones y recomendaciones de la Interventoría. El informe general contendrá el análisis de datos, entre otros los de: balance general de todas las tareas y actividades del proyecto otorgado en concesión, durante el ejercicio de la interventoría y la situación de cada una de ellas al concluir su gestión, indicando detalladamente la situación financiera de la Concesión. Este informe deberá contener la relación de los documentos y asuntos pendientes relacionados con el proyecto, indicando las causas de su no solución y las recomendaciones especiales que el interventor crea convenientes para el adecuado desarrollo del mismo y todo lo que hubiere recibido de interventores anteriores, los asuntos, modificaciones aprobadas por la interventoría. El Informe Final se acompañará de un archivo fotográfico y de video de la vía, así como indicará una relación de temas pendientes y las causas de su no definición.
• Deberá hacer entrega a la interventoría que la reemplace, o quien el INCO designe mediante acta, archivo, planos, carteras de campo, informes técnicos, administrativos y financieros, y en fin toda la información con la MEMORIA TECNICA elaborada con respecto al contrato de concesión.
• Deberá elaborar al inicio y al final de la Interventoría el Inventario de la vía, donde se localicen las edificaciones (estaciones de servicio, industrias, zonas urbanas, etc.) existentes a lo largo de la misma, en planos As Built, en medio magnético e impreso.
• Responder a las solicitudes o consultas que le formule el INCO o el Concesionario en un término no mayor a diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud. Este término podrá ser ampliado de mutuo acuerdo, cuando la naturaleza de la consulta así lo requiera.
• Exigir al CONCESIONARIO la información que considere necesaria, la cual está obligado a suministrar dentro de los diez (10) Días Hábiles siguientes contados a partir de la fecha de solicitud. Cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiera, este plazo podrá ser ampliado.
• Impartir instrucciones por escrito al CONCESIONARIO sobre asuntos de responsabilidad de éste.
• Revisar los diseños de detalle elaborados por el Concesionario durante la etapa de preconstrucción y posteriores, los cronogramas de trabajo y avance de obra y los planes de mantenimiento presentados por EL CONCESIONARIO, y conceptuar sobre ellos en los términos y para los efectos previstos en el CONTRATO de Concesión, sus anexos y modificaciones, el primer informe de revisión de dichos diseños será presentado por el Interventor al INCO dos (2) meses después de suscribir el acta de inicio del contrato de Interventoria y posteriormente se debe incluir en cada informe mensual de interventoria un seguimiento de dichas revisiones. Aunque el Interventor
tiene la obligación frente al INCO de analizar dichos diseños y advertir y comunicar al CONCESIONARIO cualquier inconsistencia entre dichos diseños y las Especificaciones Técnicas aplicables al contrato de concesión, esta comunicación del Interventor o su silencio, no se entenderá como aprobación o desaprobación de los diseños entregados y no servirá de excusa al CONCESIONARIO para el no cumplimiento de las Especificaciones Técnicas mencionadas o para el no cumplimiento de cualquier otra de sus obligaciones bajo el Contrato de Concesión, sus anexos y modificaciones. En consecuencia, el CONCESIONARIO deberá adecuar y/o modificar los diseños de detalle presentados, a su costo y bajo su responsabilidad, con el objeto de dar cumplimiento a dichas especificaciones. De estas adecuaciones o modificaciones el CONCESIONARIO dará noticia al Interventor, entregándole los documentos técnicos que correspondan.
• Advertir cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONCESIONARIO, realizar los requerimientos necesarios al mismo y comunicarle esta circunstancia al INCO y adoptar los procedimientos previstos según el caso.
• Adelantar todas las gestiones pertinentes para el efectivo cobro de las multas, de acuerdo con lo previsto en el CONTRATO de Concesión, sus anexos y modificaciones.
• En general, vigilar y controlar que EL CONCESIONARIO cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del Proyecto, mediante los mecanismos descritos en el Contrato de Interventoría y el Contrato de Concesión correspondiente, sus anexos y modificaciones.
• Verificar que se cumplan las políticas de EL INCO en la ejecución del Proyecto, vigentes al momento de la apertura de la Licitación, y requerir al CONCESIONARIO en caso de que éste no las cumpla.
• Las demás que se requieran para velar por el cabal cumplimiento de EL CONTRATO de concesión.
• El Interventor no ejercerá funciones de control de las actividades de los subcontratistas, ni de aprobación del resultado de las mismas para lo cual EL CONCESIONARIO dispondrá de su propio equipo de interventoría o control de calidad interno, cuyos costos ha incluido en la Propuesta. En caso de discrepancias entre el Interventor y EL CONCESIONARIO, cualquiera de los dos podrá acudir en primera instancia al INCO mediante una solicitud escrita, para que dicha entidad rinda su concepto al respecto.
• En general, apoyar al INCO en los asuntos jurídicos propios de las obras objeto de esta interventoría.
6.3.1.3.1 Funciones Administrativas
Las funciones administrativas comprenden, entre otras, las siguientes actividades:
• Analizar y tener en cuenta lo relacionado con aspectos regulatorios, riesgos legales y contractuales del proyecto.
• Elaborar y suscribir, conjuntamente con el Instituto Nacional de Concesiones – INCO y el concesionario, los convenios, acuerdos, pactos y eventos que afecten el desarrollo de los trabajos, objeto de esta Interventoría. Toda documento suscrito por el Interventor infiere la obligatoriedad del mismo para este.
• Elaborar las estadísticas del Proyecto y presentar los Indicadores de gestión del mismo.
• Elaborar y suscribir, conjuntamente con el INCO y el Concesionario, los convenios, acuerdos, pactos y eventos relacionados con la ejecución del Proyecto, así como dejar constancia en actas de los eventos que afecten el desarrollo de los trabajos o, en general, del Proyecto.
• Atender las solicitudes, sugerencias y aclaraciones formuladas por el concesionario, el INCO y las entidades fiscalizadoras y de control, en relación con las obras objeto del proyecto de concesión.
• Verificar el cumplimiento por parte del Concesionario de todas las obligaciones contractuales a su cargo e informar al INCO oportunamente, sobre los incumplimientos registrados durante la ejecución del Contrato de Concesión, así como remitir concepto sobre la aplicación de multas y sanciones al Concesionario cuando este presente incumplimiento.
• Constatar de manera permanente el estado de las pólizas y garantías constituidas por el concesionario en virtud de las estipulaciones contractuales, a fin de verificar su concordancia con lo pactado en el Contrato de Concesión, sus anexos y modificaciones y exigir al Concesionario el cumplimiento de sus obligaciones al respecto.
• Analizar, proponer y/o incorporar las recomendaciones y expectativas de las comunidades y/o instituciones afectadas con el desarrollo del proyecto.
• Hacer un seguimiento a los procesos de control de calidad que aplicará el Concesionario.
• Revisar todos los documentos referentes a las obras objeto de esta interventoría, cuando, por razones técnicas, económicas o de otra índole, el Concesionario solicite cambios o modificaciones, y si encuentra conveniente dicho cambio para los intereses del INCO, solicitar autorización a la Subgerencia de Gestión Contractual, indicando la cantidad, valor unitario, valor total y las respectiva justificación técnica, jurídica y financiera.
• Colaborar en la liquidación y determinación de: (i) Multas; (ii) Compensación en el evento de terminación anticipada; (iii) Compensación por cualquier tipo de desequilibrio que llegara a presentarse.
• En los informes mensuales anexar la relación y copia magnética de la correspondencia que le permita al INCO mantener control sobre los requerimientos escritos, cumplir los plazos de respuesta y actuar según lo acordado.
• Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
• Apoyar las actividades de Supervisión del INCO con un profesional de apoyo técnico y administrativo, que apoye en tiempo completo las labores de la interventoría y de la Supervisión del Proyecto en las oficinas del INCO.
• Apoyar mediante la disponibilidad de un vehiculo con conductor todas las visitas al proyecto adelantadas por el Supervisor del Proyecto, dicho vehiculo deberá ser como mínimo superior a 1300 cc y ultimo modelo, dicha disponibilidad deberá ser de tiempo completo durante la permanencia del Supervisor en el lugar del proyecto.
• A través del profesional de apoyo técnico y administrativo, mantener actualizado el archivo de la Subgerencia de Gestión Contractual del proyecto objeto de esta interventoría.
• Supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad e higiene industrial, contenidas en el manual elaborado por el concesionario.
• Llevar y mantener el archivo actualizado de la interventoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de la ejecución del contrato de Interventoría. El archivo con la correspondencia enviada y recibida por los diferentes actores del proyecto al interventor deberá ser digitalizada en archivos PDF y actualizada diariamente para ser entregada al INCO en medio magnético junto con el informe mensual de actividades. El Interventor dispondrá de los equipos necesarios para este efecto.
• Elaborar y actualizar toda la información necesaria, e ingresar los datos al sistema de información SIINCO, de acuerdo con las directrices y condiciones establecidas por la Oficina de Evaluación del INCO, Elaborar y diligenciar todos los formatos de información referentes al proyecto, como los formatos SIAC y demás de acuerdo a las solicitudes dadas por el INCO.
• Verificar el cumplimiento por parte del concesionario y de sus subcontratistas de todas las obligaciones contractuales a su cargo e informar al Instituto Nacional de Concesiones -INCO, oportunamente, sobre los incumplimientos registrados durante la ejecución de las obras objeto de esta interventoría. Esta verificación se refiere a todos los trabajos realizados por el concesionario directa o indirectamente, es decir, a través de subcontratistas.
• Impartir instrucciones por escrito al CONCESIONARIO sobre asuntos de responsabilidad de éste.
• Exigir al CONCESIONARIO la información que considere necesaria, la cual está obligado a suministrar dentro de los diez (10) Días Hábiles siguientes contados a partir de la fecha de solicitud, según la cláusula 64 del contrato de concesión No. 001161 del 2001. Cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiera, este plazo podrá ser ampliado.
• Mantener indemne al INCO frente a cualquier irregularidad sobre la legalidad del software o hardware implementado y/o utilizado en su organización, de tal suerte que el único responsable sobre éste tema es el Interventor.
• Adelantar el proceso de verificación de posibles beneficiarios de la tarifa diferencial para los peajes que tengan previsto el mencionado beneficio, desde la recepción del
formulario hasta la recomendación al CONCESIONARIO, junto con la revisión de documentos y visitas de confrontación de información.
• Adelantar semestralmente una encuesta con los usuarios de la vía sobre la percepción de la satisfacción del servicio prestado.
• Hacer auditoría al recaudo de los peajes, al menos durante una muestra de tres días del mes. Implementar el 100% del registro fílmico del transito que circule por las estaciones de peaje del proyecto garantizando que el formato de la información filmada sea no digitalizable (no editable) las 24 horas del día. Lo anterior con un margen de error en el tiempo de filmado de un 5%. Se seleccionaran tres (3) días al mes para el conteo y comparación con el transito en lo referido al paso de los vehículos por cada estación. Estos días serán seleccionados en forma aleatoria por el interventor o por instrucciones del INCO.
• Realizar operativos de control mediante visita a los peajes, al menos tres veces al mes, que incluyan: revisión de libros de asistencia, conteos secretos de comparación, arqueo en las casetas de recolección, revisión de la boletería existente en casetas y oficina, arqueos administrativos, de caja menor y del dinero de recambio, revisión de planillas y registros, inspección de toda la infraestructura y el estado y funcionamiento de la planta física y los demás que se consideren pertinentes.
• Mantener durante la ejecución del contrato una oficina en el lugar del proyecto con todos los elementos necesarios para el normal desarrollo del trabajo del ingeniero residente y el personal de apoyo de la interventoria en campo y una sala de reuniones para desarrollar los comités técnicos necesarios, dicha oficina deberá contar con un espacio para los funcionarios del INCO que deban desplazarse por la naturaleza misma de la Supervisión del proyecto, dotado de comunicaciones e Internet xx xxxxx ancha
• Verificar todos los informes y reportes del Concesionario, los registros de pesaje, los registros de recaudo de Peaje, los registros de placas de vehículos evasores y todos los demás informes y estadísticas que éste presente, así como supervisar su calidad, contenido y periodicidad en su presentación.
• Verificar el cumplimiento de la ruta crítica, advertir retrasos en el plan de trabajo respecto de actividades críticas y prestar apoyo en la determinación de las causas y en el planteamiento de soluciones.
• Contar con personal idóneo y suficiente para la ejecución de las actividades de interventoría a su cargo, de conformidad con lo establecido en los pliegos de condiciones.
• Disponer de los elementos técnicos, logísticos y de información necesarios para adelantar las actividades de la interventoría.
• Realizar un archivo digital de la totalidad de los documentos contractuales (Pliegos, Minuta, Anexos, Apéndices, propuesta, actas, contratos adicionales, otrosí, oficios etc.) correspondientes al proyecto mediante el escaneo de los correspondientes documentos en formato PDF.
• Realizar, preparar, asistir y apoyar al INCO, oportunamente, en las reuniones, presentaciones, y/o documentación que sobre el proyecto soliciten las autoridades
departamentales, municipales, regionales y/o nacionales y los entes fiscalizadores y de control.
• En general, vigilar y controlar que el Concesionario cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del proyecto.
6.3.1.3.2 Funciones Financieras
Las funciones financieras comprenden, entre otras, las siguientes actividades:
• La vigilancia de las cuentas del proyecto de acuerdo con las normas aplicables al mismo.
• Impartir instrucciones por escrito al CONCESIONARIO sobre asuntos en esta materia que sean responsabilidad de este.
• Exigir al CONCESIONARIO la información que considere necesaria, la cual esta obligado a suministrar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de solicitud. Cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiere este plazo podrá ser ampliado.
• Llevar un control mensual (o en otra unidad de tiempo cuando el INCO lo requiera) detallado de los recaudos de Peaje hechos por el CONCESIONARIO, de acuerdo con la discriminación por Caseta de Peaje y por categoría de vehículos, así como el Ingreso Generado y suscribir las actas mensuales correspondientes, de conformidad con lo contemplado en el Contrato de Concesión.
• Suscribir, en conjunto con el Concesionario, las Actas de Acuerdo de Ingresos relativas a ese aspecto en cada Período y enviar dichas actas al INCO.
• Revisar mensualmente las cuentas y los estados financieros del fideicomiso, y sus cuentas especiales para verificar que se cumpla con lo establecido al respecto en el Contrato de Concesión y dar aviso al INCO de cualquier situación que puede afectar el normal desarrollo del mismo.
• Informar al INCO si encontrara que los aportes del Estado han sido utilizados para gastos diferentes de los elegibles.
• Supervisar el cumplimiento del programa de consecución de recursos y demás actividades necesarias para la financiación del proyecto, por parte del CONCESIONARIO, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, en la propuesta y en el Contrato de Concesión.
• Supervisar el costo financiero de los recursos y el cumplimiento del programa de previsiones de financiamiento e inversiones.
• Realizar los conceptos y estimativos esenciales de cálculo financiero que el INCO solicite.
• Revisar las actualizaciones del flujo de fondos del proyecto.
• Efectuar el estudio y análisis de cualquier propuesta de modificación al programa financiero o al Contrato de Concesión y remitir su concepto al INCO.
• Participar en los comités fiduciarios de conformidad con lo establecido en el contrato de concesión, en cuanto a los aspectos financieros que sean tratados en cada reunión y especialmente en temas específicos de carácter contables, financieros y tributarios, efectuando un análisis financiero preliminar con base a la información revisada durante el periodo, el cual será el soporte de los comentarios y observaciones que se generen en desarrollo de la reunión, previa coordinación con los delegados por parte del INCO, y presentar a la semana siguiente a la fecha de realización de dicho comité los estados financieros del Fideicomiso y de la Concesión.
• Identificar las inversiones objeto del contrato de concesión, al igual que las inversiones temporales o permanentes que se tengan en los Fondos de la fiduciaria, especialmente de los recursos aportados por la nación en desarrollo del contrato.
• Participar en el trámite de los pagos del contrato e inclusive de las compensaciones. Este punto en lo referente a las cuentas de control de la ejecución del INCO.
• Efectuar un seguimiento y control a las observaciones y recomendaciones que sobre la ejecución financiera del proyecto presente el INCO, directamente, en cuanto a los movimientos contables, tributarios y financieros a la Fiduciaría, de acuerdo a lo formulado en los comités fiduciarios o en forma escrita.
• Verificar y hacer seguimiento sobre la aplicación de los recursos entregados como aportes del Estado al proyecto y sus rendimientos, de conformidad con el contrato y reportarlos al INCO para efecto de su registro en la contabilidad, al igual que de las demás cuentas por pagar y cobrar que puedan generarse en desarrollo del contrato, para la entidad concedente del contrato, de acuerdo con los formatos que establezca el Instituto, y remitir la información diligenciada al INCO. Diligenciar y entregar oportunamente al INCO los formatos de revisión establecidos para tal fin en los términos y plazos establecidos por la Subgerencia de Gestión Contractual.
• Seguimiento de los Aportes que el concesionario de acuerdo con el contrato se comprometió a realizar en el fideicomiso y que contractualmente esta obligado a hacerlo, para lo cual será necesario revisar su naturaleza, monto y fechas específica de desembolsos.
• Revisión de informes del fideicomiso (Estados Financieros Básicos y Complementarios), a los cuales se les debe efectuar un análisis financiero detallado que muestre un diagnostico de la situación financiera, del avance periódico del proyecto a partir de la gestión registrada en el patrimonio autónomo. La labor de análisis debe servir de soporte a las observaciones que la firma interventora debe reportar dentro de los informes financieros y en los comités fiduciarios.
• Revisar la estructura financiera del proyecto y reportar el perfil de la deuda del proyecto, donde se identifique el monto de la deuda (Obligaciones Financieras), estableciendo tipos de créditos, entidades, montos, tasas de interés, plazos, reestructuraciones de deuda, si se generan, sustitución de deuda, otras combinaciones dentro del financiamiento del proyecto (Bonos).
• Efectuar una verificación a los movimientos y registros (Débitos, Créditos), de las cuentas que por su naturaleza estén bajo la ejecución del INCO, donde se tenga identificado el objeto del gasto, su aplicación y soportes en la contabilidad del fideicomiso, resaltando sus movimientos en el tiempo respecto a comisiones, pagos, rendimientos y saldos entre otros y reportar al Instituto en el informe financiero de interventoría.
• Conocer la ingeniería financiera del proyecto propuesto, para acompañar al INCO con simulaciones financieras, tendientes a evaluar los diferentes escenarios que por efecto del desarrollo del contrato ameriten de un análisis financiero, previa la toma de decisiones que coyuntural o estructural deba tomar el Instituto.
• Adoptar en la gestión de interventoría financiera el Protocolo de Seguimiento al igual que la estructura del informe respectivo.
• Analizar los estados financieros dictaminados por el revisor fiscal.
• Verificar el cumplimiento de la entrega del Cierre Financiero, si este no se ha dado antes del inicio de ejecución del contrato de interventoría.
• Verificar que el Cierre Financiero cumpla con los requisitos de alcance, vigencia, garantías, compromisos y responsabilidades del concesionario, cuyo cumplimiento garantice la ejecución del proyecto en lo que respecta a los flujos de recursos financieros.
• Llevar un control mensual (o en otra unidad de tiempo cuando el INCO lo requiera) del Ingreso Esperado y del Ingreso de Peaje (tanto en pesos corrientes como en pesos constantes).
• Comunicar al INCO, cuando el Concesionario haya obtenido el Ingreso Esperado, en los términos previstos en el Contrato de Concesión No. 001161 de 2001, sus anexos y modificaciones e informar al Instituto cuando el Concesionario haya obtenido el noventa por ciento (90%) o más del Ingreso Esperado y Cumplir con las obligaciones estipuladas al respecto en dicho Contrato.
• Advertir Cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del CONCESIONARIO, realizar los requerimientos necesarios y comunicarle esta circunstancia al INCO para que adopte los procedimientos previstos en el Contrato de Concesión, según el caso.
• Vigilar el cumplimiento del programa de amortización de créditos, y vigilar y/o controlar que los ingresos y egresos durante la ejecución del proyecto se ajusten a lo establecido en el Contrato de Concesión y en el contrato xx Xxxxxxx celebrado para la constitución del Fideicomiso.
• Supervisar el cumplimiento, por parte del Concesionario, de los requisitos y controles financieros y del manejo comercial de las tarifas de peaje (esquemas tarifaríos) establecidos en el contrato o en acuerdos posteriores entre las partes.
• Vigilar el cumplimiento del programa financiero y verificar que el Concesionario se ajuste a los recursos y al esquema financiero aceptados por el INCO.
• Sugerir correctivos, en el menor tiempo posible, a los desajustes económicos o financieros que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos
pertinentes para prever o solucionar, rápida y eficazmente, las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del Contrato de Concesión.
• En el análisis de los Estados Financieros: balance general, estado de resultados acumulado, resaltar aquellas partidas cuyo valor muestre notorias diferencias con los otros períodos.
• El interventor gestionará ante el concesionario para que remita la información financiera tanto al INCO como a la interventoría financiera dentro de los plazos establecidos.
• Reportar al INCO los saldos diarios, la tasa diaria, el rendimiento diario y los rendimientos acumulados mensuales sobre los encargos fiduciarios.
• El interventor en compañía del CONCESIONARIO harán seguimiento semestral de las contingencias y riesgos del proyecto.
• Velar porque el Concesionario cumpla con las obligaciones tributarias (impuestos y retenciones) sobre los pagos que efectúe a nombre del INCO.
• En general, vigilar y controlar que el CONCESIONARIO cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del Proyecto.
6.3.1.3.3. Funciones Técnicas y Operativas
Además de lo establecido para la interventoría a lo largo del texto del contrato de concesión y sus documentos, así como lo establecido en la cláusula 58, interventoría y control, del contrato de concesión No. 001161 del 2001, Concesión Zipaquira – Palenque La interventoría técnica y operativa comprende, entre otras, las siguientes actividades:
• Actualizar el inventario vial de proyecto concesionado. Se deberá realizar la inspección visual de la señalización existente, tanto temporal como definitiva, las obras de arte y xxxxxxx xxx xxxxxxxx vial al igual que del estado del pavimento, especificando en cada caso, sus características geométricas, de capacidad, estado y otras, identificando los puntos críticos del proyecto y sugiriendo las medidas que se deben tomar para mitigar los posibles efectos negativos de los puntos críticos identificados, además, deberá actualizar el estado de derecho de vía xxx xxxxxxxx. El inventario se realizara en acuerdo con el Concesionario y deberá estar listo a los dos (2) meses de iniciada la interventoría.
• Realizar las mediciones del Índice de Estado y la medición de reflectividad en señalización con la periodicidad pactada en el contrato de Concesión y/o la exigida por el INCO. Anexo al respectivo informe se debe entregar certificación de la entidad pertinente que garantice la correcta calibración de los equipos con los cuales se realizó la medición. Las mediciones del Índice de estado deben ser acordes al procedimiento establecido en el Contrato de Concesión No. 001161 de 2001, sus anexos, sus Apéndices y sus modificaciones, igualmente las especificaciones técnicas de los equipos para realizar la medición del Índice de Estado se encuentran en el numeral 6.4 de los presentes pliegos de condiciones. Se presentará un Informe de Índice de estado, al INCO con copia al Concesionario, comparando las diferentes Mediciones realizadas en el pasado con el fin de observar, analizar y determinar los efectos de los posibles cambios del Índice en las condiciones contractuales y de nivel de servicio a los usuarios.
• En el caso en que algunos de los tramos de las obras objeto de esta interventoría o el proyecto de concesión, concluya antes de cumplido el plazo de la presente interventoría, se deberán realizar las mediciones de Deflectometría con la periodicidad pactada en el contrato de Concesión y/o la exigida por el INCO. Anexo al respectivo informe se debe entregar certificación de la entidad pertinente que garantice la correcta calibración de los equipos con los cuales se realizó la medición. Las mediciones de Deflectometría deben ser acordes al procedimiento establecido en el Contrato de Concesión No. 001161 de 2001 sus anexos, sus Apéndices y modificaciones.
• En caso de ser pertinente, realizar la medición de las cantidades de obra ejecutadas por el concesionario de acuerdo al alcance básico del contrato, las mayores cantidades de obra y las obras complementarias y/o adicionales autorizadas y las demás que pudieran surgir durante la ejecución de las obras. El cumplimiento de esta actividad no generará en ningún caso costos adicionales al INCO.
• Elaborar una página Web de la Interventoría que presente diferentes niveles de información (layers) sobre datos importantes del proyecto. Alguna información será clasificada solo disponible para la supervisión del proyecto y otra estará a disposición del público en general. Lo anterior según las disposiciones que considere la Subgerencia de Gestión Contractual del INCO. La información destinada al supervisor debe tener la opción de visualizar en video en tiempo real situaciones excepcionales que ocurran sobre el proyecto, tales como: accidentes con pérdidas humanas, desastres naturales, derrumbes de gran proporción etc. Cada vehículo de la interventoría contará dentro de su equipo de carretera con una filmadora que permita hacer la interconexión mencionada.
• La pagina Web elaborada por la Interventoría, deberá contener dentro de las funciones técnicas, un link o enlace específico y único para el uso del INCO en el cual la entidad pueda en cualquier momento consultar toda la información digitalizada del proyecto, es decir desde los pliegos de condiciones, sus anexos y apéndices, pasando por la propuesta del concesionario, documentos contractuales, documentos de diseño (planos, actas, estudios, etc.), informes de toda índole, y la correspondencia generada entre el INCO, la interventoría, el concesionario y terceros actores. No deberá quedar ningún tipo de información exento de esta actividad. Adicionalmente debe contener la página Web, Video, en tiempo real, de los principales frentes de obra, según los tramos del contrato No. 001161 de 2001 Concesión Zipaquira - Palenque y Video, en tiempo real de la operación de cada una de las básculas. En la visualización de cada estación de báscula debe incluirse tanto una panorámica de la instalación como el detalle del monitor de la báscula (indicador de peso) simultáneo con los detalles del vehículo que se encuentra sobre la báscula. El INCO podrá durante el desarrollo del contrato de interventoría, y según el desarrollo de las obras y/o operación vial pedir la ubicación de cámaras en sitios de especial interés.
• Revisar y dar el visto bueno a los informes que presente el CONCESIONARIO directamente o a través xxx xxxxxxx contratado por él, respecto de las actividades realizadas en materia técnica y de operación, y solicitar los demás informes y documentos necesarios para hacerle seguimiento y supervisión a las obligaciones del
CONCESIONARIO en materia técnica y de operación de la vía, todo lo anterior de acuerdo con lo establecido en el Contrato de concesión, sus anexos y modificaciones.
• Revisar y conceptuar la Memoria técnica del Proyecto que presenta el Concesionario.
• En el caso que el Concesionario tenga la obligación contractual de elaborar la pagina de Internet del proyecto, el Interventor deberá alimentar y verificar la información y comprobar su correcto funcionamiento.
• Se deberá garantizar todo el tiempo la comunicación móvil con el supervisor del proyecto en el INCO, suministrando el equipo y el servicio necesario para tal fin.
• Realizar un informe semestral del estado del proyecto, incluyendo el recorrido de la vía, el cual consiste en registro fílmico en formato DVD, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 6.3.1.3. de estos pliegos.
• Realizar un inventario Socioeconómico sobre la pequeña industria, la industria, agroindustria y comercio asentado alrededor del derecho de vía, actualizable semestralmente.
• Verificar e identificar mensualmente las invasiones en derecho de vía con el fin de alertar al Concesionario para que éste tome las acciones respectivas, y realizar un seguimiento sobre dichas acciones para realizar los requerimientos necesarios al Concesionario.
• Verificar el estado de señalización horizontal y vertical, tanto temporal como definitiva y vigilar, controlar y asegurar en todo momento que el Concesionario mantenga el buen estado tanto de la demarcación horizontal como de la señalización vertical, durante el tiempo que dure la concesión, cumpliendo con las normas vigentes. Deberá a través de instrumentos especializados efectuar, por lo menos cada cuatro meses, mediciones para establecer los índices de reflectividad para la señalización, y realizar los requerimientos necesarios al Concesionario para que corrija las deficiencias, de acuerdo con lo establecido en el contrato de concesión, sus anexos y modificaciones.
• Verificar, vigilar, controlar y asegurar en todo momento que el Concesionario sustituya la señalización y/o los dispositivos de señalización dañados, tan pronto como ello sea advertido por parte del Interventor, de un representante del INCO o del mismo Concesionario, así como en caso de dispositivos cuya falta, avería o reflectividad: (i) sea menor a la especificada en las Especificaciones Generales de Construcción vigentes y en el Manual de Señalización Vial del Ministerio de Transporte (2004), atendiendo las aclaraciones, modificaciones o adiciones posteriores a estas disposiciones o (ii) que puedan generar peligro de accidentes. Verificar que el Concesionario realice la limpieza periódica de las señales y demarcación en los sitios donde se requiera. Realizar los requerimientos necesarios al Concesionario para que corrija las deficiencias, de acuerdo con lo establecido en el contrato de concesión, sus anexos y modificaciones.
• Verificar, vigilar, controlar y asegurar en todo momento que el Concesionario cumpla con sus obligaciones contractuales en materia de operación de la vía y del servicio a los usuarios de la misma. Realizar los requerimientos necesarios al Concesionario para que corrija las deficiencias, de acuerdo con lo establecido en el contrato de concesión, sus anexos y modificaciones.
• Acopiar en medio magnético y en medio físico los planos definitivos de construcción (As built) del proyecto y enviarle copia al INCO.
• Realizar una auditoría de sistemas de software y hardware bimensual a los sistemas de tránsito y recaudo del concesionario.
• Realizar el control de ejecución de las obras que son objeto de esta interventoría.
• Realizar la revisión de los estudios y diseños definitivos que adelante el Concesionario y emitir el respectivo concepto, de acuerdo a las especificaciones y normas generales de diseño, construcción, rehabilitación y mejoramiento y de acuerdo al alcance del Proyecto de Concesión, sus anexos y modificaciones, del Contrato de Concesión No. 001161 de 2001.
• Verificar que las obras objeto de esta interventoría, cumplan con la normatividad vigente, las Especificaciones Generales de Construcción vigentes y requerir al CONCESIONARIO para que corrija los incumplimientos.
• Verificar que las obras objeto de esta interventoría cumplan con el Cronograma de avance de obra, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión, sus anexos y modificaciones.
• Realizar las pruebas y ensayos que sean necesarias para verificar que las obras objeto de esta interventoría cumplan con las características técnicas exigidas, o para verificar si existen defectos en la construcción que se deban corregir.
• Revisar y Conceptuar sobre cambios en los diseños y/o adición de tramos que se propongan a lo largo de la ejecución de esta interventoría en los aspectos técnicos (incluye predial, ambiental y social), financiero y jurídico. Revisión, análisis y emitir concepto para la aprobación de precios unitarios no previstos que surjan en el desarrollo del contrato de concesión.
• Elaborar los conceptos solicitados de acuerdo a lo establecido en la resolución 063 de 2003, expedida por el INCO y la Resolución No 05050 de 2006, expedida por el Ministerio de Transporte, o cualquiera que las modifique o adicione, y revisar toda la documentación presentada por los peticionarios. Adicionalmente, elaborar los proyectos de resolución para que el INCO oficialice el eventual permiso temporal y/o pueda emitir concepto técnico y jurídico sobre la solicitud.
• Revisar los diseños de detalle y los cronogramas de trabajo y avance de obra presentados por el concesionario y conceptuar sobre ellos.
• Realizar funciones técnicas relacionadas con los diseños y su respectiva revisión.
• Realizar la interventoría a la ejecución de los diseños adicionales y obras adicionales o complementarias que se presenten. El cumplimiento de esta actividad no generará en ningún caso costos adicionales al INCO.
• Verificar, en los términos y con los efectos previstos en el Contrato de concesión, sus anexos y modificaciones, las obras previstas objeto de esta interventoría, con una periodicidad mínima mensual.
• Rendir informes periódicos al Instituto Nacional de Concesiones – INCO con base en las pruebas y verificaciones de las obras que realice el Concesionario, identificando los puntos críticos del proyecto y sugiriendo las medidas que se deben tomar para mitigar los posibles efectos negativos de los puntos críticos identificados.
• Exigir al concesionario el cumplimiento de la normatividad vigente sobre vallas informativas.
• Revisar, analizar y emitir concepto técnico y económico, para la aprobación de precios unitarios no previstos que surjan en el desarrollo de las obras objeto de esta interventoría.
• Revisar, analizar y emitir concepto técnico con respecto al programa de higiene y seguridad industrial implementado por el Concesionario y realizar los requerimientos que sean del caso para que este corrija las deficiencias..
• En el caso que en el plazo de la presente interventoría, se cumplan la entrega de trayectos del alcance básico u obras adicionales o alcances progresivos, el interventor deberá verificar las obras entregadas y realizar y/o revisar las memorias técnicas de las etapas del proyecto.
• Corroborar el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del contratista sobre el contrato de concesión, sus anexos y modificaciones en las obras del alcance de esta interventoría, e indicar y remitir concepto al Instituto Nacional de Concesiones -INCO sobre la aplicación de multas y sanciones al concesionario cuando este presente incumplimiento e iniciar dicho proceso.
• Revisar, analizar y emitir concepto para la aprobación de cambios en las especificaciones técnicas de Construcción y Operación que surjan en el desarrollo de las obras objeto de esta Interventoría.
• Elaborar las actas de inicio y finalización de las etapas del proyecto de Concesión, a satisfacción del Interventor, siempre dentro del marco del contrato, sus anexos y modificaciones, de los diferentes tramos con su respectiva memoria técnica.
• Advertir cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del concesionario, comunicarle esta circunstancia al Instituto Nacional de Concesiones –
INCO y adoptar procedimientos previstos en el contrato de concesión, sus anexos y modificaciones según sea el caso.
• Incluir dentro del informe mensual que debe presentar la interventoría, se relacione y cuantifique las actividades de mantenimiento rutinario, periódico, y de ser el caso, de operación de la vía. Adicionalmente se deben presentar los planes de mantenimiento anual para cada tramo del proyecto de concesión.
• Implementar un plan de aseguramiento de calidad en los procesos de interventoría, que asegure la adecuada documentación y archivo de los procesos de verificación y control de calidad, de acuerdo a la Norma ISO 9001 o las que la sustituyan o complementen.
• Colaborar en la liquidación, preparación y determinación de: (i) Multas; (ii) Compensación en el evento de terminación anticipada; (iii) Compensación por cualquier tipo de desequilibrio que llegara a presentarse. Para lo cual deberá preparar un informe técnico, financiero y jurídico que soporte el tema.
• Corregir, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.
• Verificar el cobro de las tarifas de peaje del contrato.
• Recibir a nombre del INCO la infraestructura para Operación del proyecto.
• Realizar los AFOROS DE TRAFICO particulares que el Instituto le solicite.
• Elaborar bimensualmente un video de la carretera, en formato DVD, según parámetros suministrados por el INCO.
• Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del INCO.
• Responder, en primera instancia, y someter a aprobación de la Subgerencia de Gestión Contractual las reclamaciones que presente el contratista.
• Prestar apoyo al INCO para resolver las peticiones y reclamos del CONCESIONARIO.
• Realizar, cada vez que sea necesario, reuniones periódicas de evaluación de obra con el Concesionario o su representante, según el plazo y la clase de contrato. En dichas reuniones participará, por derecho propio, el Subgerente de Gestión Contractual y el Supervisor del Proyecto por parte del INCO, o su delegado. De dichas reuniones se elaborará un acta suscrita por todos los que intervinieron en ellas, las cuales serán archivadas y mantenidas en custodia por la interventoría.
• En general, vigilar y controlar que el concesionario cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución de las obras objeto de esta interventoría.
• Revisar, evaluar y emitir concepto para el otorgamiento de permisos de ocupación del derecho de vía y a su vez de las respectivas pólizas.
• Alimentar los sistemas de información que el INCO se solicite, entre ellos están el SIINCO, SIGOB y SIAC.
• Las demás que sean pertinentes para el cabal desarrollo del objeto de este contrato.
6.3.1.3.4 Funciones Prediales
Tienen como objetivo fundamental, el fortalecimiento de la función de control y vigilancia a la gestión que adelanta el CONCESIONARIO para la adquisición de las áreas requeridas para la ejecución del proyecto, mediante la vigilancia y control de la gestión predial. Bajo esos criterios las funciones relacionadas con la gestión predial son las siguientes:
• Realizar la revisión y verificación técnica, jurídica y social de la Gestión Predial y vigilar el cumplimiento normativo y contractual en la materia.
• Apoyar la consecución de información técnica relacionada con los predios objeto de adquisición por el proyecto y realizar las verificaciones topográficas y de infraestructura que en su momento se requieran para resolver inquietudes prediales y preparar el concepto técnico respectivo a solicitud del INCO, así como apoyar la elaboración de conceptos jurídicos relacionados con la gestión predial.
• Apoyar la gestión que debe adelantarse con las autoridades departamentales y municipales y demás entidades y organizaciones relacionadas con el proyecto.
• Velar para que con la debida anticipación al inicio de la obra se elabore por parte del concesionario el documento de acta de vecindad que contiene el registro detallado del estado actual estructural y/o funcional, incluidas las mejoras existentes (infraestructura, viviendas, bodegas, beneficiaderos, sistemas xx xxxxx, pozos, etc.), de los predios que eventualmente pueden sufrir daños por el proceso de construcción y operación de la concesión y hacer seguimiento y verificación de las actas de vecindad levantadas por el concesionario, y de las quejas de la comunidad sobre posibles daños a las construcciones aledañas a los predios en las diferentes etapas del proyecto.
• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de las fichas prediales y planos prediales, para constatar que la información del área requerida del predio corresponda a los diseños definitivos del proyecto, su correcta identificación, la clasificación del terreno teniendo en cuenta el Plan de Ordenamiento Territorial respectivo, así como adelantar una revisión prejurídica de la ficha predial, de manera que la información corresponda con el estudio de títulos, verificando que la información del área total del predio teniendo en cuenta el certificado de catastro, el folio de matrícula inmobiliaria y los títulos y que la identificación catastral del inmueble, corresponda con el folio de matrícula inmobiliaria sobre el cual se adelante la adquisición del predio.
• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de los avalúos comerciales para constatar el cumplimiento a las normas que regulan la materia, especialmente en cuanto a los valores de asignación.
• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación documental técnica y en campo de los impactos económicos y sociales identificados en la adquisición predial,
con el fin de constatar la realidad social del diagnostico presentado, así como la correcta aplicación de factores sociales, conforme a los parámetros establecidos en las normas que regulan la materia y conceptuar, de considerarse necesario, sobre el reconocimiento de compensaciones socioeconómicas.
• Hacer durante el proceso de adquisición, la verificación de los títulos traslaticios de dominio a 20 años, folios de matrícula inmobiliaria, para determinar la correcta titularidad del inmueble, y en el caso de adquisición de mejoras verificar la procedencia de la no adquisición de la titularidad sobre el inmueble.
• Para la verificación de la gestión alimentará una base de datos bajo los parámetros establecidos por el INCO.
• Verificar que el acta de entrega de cada predio corresponda realmente al área física entregada por el propietario al CONCESIONARIO y que se ocupe exclusivamente el área adquirida y no se intervenga, ocupe o se causen daños en el área no adquirida; verificar en campo el corredor predial adquirido y disponible para corroborar la viabilidad de los tramos de obra programados y la utilización para la obra de la totalidad de las áreas adquiridas, en los términos señalados por la ley.
• Suscribir conjuntamente con el CONCESIONARIO las actas de restitución de accesos, canales de drenaje, tuberías xx xxxxx, etc., en las cuales se dejará constancia de las obras que debe ejecutar el CONCESIONARIO dentro de los alcances básicos del Contrato de Concesión, para mantener las condiciones normales de funcionamiento de los predios objeto de la adquisición y que no deben ser incluidas dentro de los avalúos respectivos.
• Verificar que las obras para los accesos, servicios públicos a los predios y otras, sean adelantadas por el CONCESIONARIO de manera oportuna y adecuada, cumpliendo las especificaciones técnicas y dejando el predio sin limitaciones de funcionamiento.
• Cuando el INCO lo requiera, para el ejercicio de su función de control y vigilancia de la gestión predial a cargo del CONCESIONARIO, revisar las ofertas formales de compra dirigidas a los propietarios, las cuales deben ajustarse a la información de la ficha predial, la ficha social, el estudio de títulos y el avalúo comercial, entre otros; verificar que se haya notificado debidamente y su posterior registro en el folio de matrícula; igualmente con relación a la promesa de compraventa y/o escritura pública, según el caso; adelantar el seguimiento a la protocolización de la escritura pública de adquisición y el registro de la misma en el folio de matrícula y verificar que al momento de efectuarse el registro de la tradición a favor del INCO, éste se encuentre libre de limitaciones y gravámenes tales como hipotecas, embargos, etc. Cuando se trate de compras parciales deberá verificar que el Concesionario adelante el correspondiente desenglobe del inmueble y la asignación de su cédula Catastral por la Entidad competente.
• Cuando las necesidades del servicio lo exijan, apoyar los procesos de expropiación y demás acciones judiciales que se requieran en desarrollo de los procesos de adquisición, para lo cual deberá, según el caso, revisar y complementar los antecedentes que sean necesarios, proyectar los actos administrativos, asegurarse de que la entidad adelante las notificaciones de acuerdo a lo establecido en las normas pertinentes, recibir el poder que se le otorgue para actuar jurisdiccionalmente en representación del INCO, y ejercer de buena fe las facultades que éste le otorga, proyectar y presentar las demandas judiciales solicitando la entrega anticipada de los predios en los casos de expropiación judicial, representar al INCO en las diligencias de entrega material y demás actividades inherentes a la representación judicial,
ejerciendo la vigilancia judicial correspondiente, presentando las peticiones, objeciones periciales, recursos, alegatos y en general las actividades que la buena diligencia indique hasta llevar a feliz término cada proceso judicial.
• Efectuar conforme a las cuentas del Fideicomiso establecidas según el contrato, un control de los cobros realizados por el concesionario por concepto de la gestión adelantada respecto a elaboración de fichas prediales, avalúos comerciales y adquisiciones de predios y demás actividades relacionadas con el proceso predial.
• Verificar permanentemente la actualización de la base de datos que para el seguimiento y control de la gestión predial alimente el CONCESIONARIO, con la información básica de los documentos inherentes a cada uno de los predios en proceso de adquisición o de expropiación, y sobre los compromisos y pagos que se adelanten en cada uno de los predios, con el fin de llevar un control de ejecución conforme a los documentos legales, planificar la disponibilidad y ejecución del presupuesto, de manera que se pueda adelantar seguimiento, prever circunstancias que afecten la gestión y determinar sus correspondientes medidas o estrategias.
• Exigir al concesionario la remisión de la documentación necesaria para lograr una efectiva revisión, seguimiento y efectividad de la gestión predial, y entregar informes periódicos de gestión acerca del avance de las diferentes actividades. Cuando se considere necesario, se efectuará la verificación de la información mediante la revisión de los expedientes.
• Constatar la suscripción de pólizas de calidad y cumplimiento a cargo del Concesionario y a favor del INCO, y velar por la buena calidad de documentos y el cumplimiento de los procedimientos establecidos.
• En general, apoyar al INCO en la implementación y ejecución de mecanismos de control y vigilancia para verificar que la etapa de enajenación voluntaria y expropiación judicial o administrativa de cada uno de los predios se cumpla dentro de la normatividad y en los términos establecidos por la ley, con respeto al debido proceso y protección de los derechos de los particulares y constatar el cumplimiento de la obligación de sanear al INCO en todo lo referente a los efectos perjudiciales de carácter patrimonial y jurídico en materia fiscal, penal, administrativa o cualquier tipo de reclamación de terceros en materia judicial o extrajudicial por estos efectos; en caso contrario, informar la situación y adelantar o proponer las acciones correctivas del caso.
• Asistir a las reuniones o comités prediales programadas por el Instituto Nacional de Concesiones relacionadas con el objeto de la contratación. Para tal efecto, el Subgerente de Gestión Contractual, el Supervisor del Contrato o el Coordinador del Grupo de Territorio, sin perjuicio de que participen otros funcionarios de las diferentes áreas del INCO, establecerá reuniones cuando lo estime conveniente, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos, jurídicos y administrativos para llevar un adecuado control al desarrollo, ejecución y cumplimiento del contrato. Se evaluarán previamente los informes y las actividades que se vayan realizando y los demás aspectos a que haya lugar. De cada una de estas reuniones se levantará un acta firmada por los participantes, la cual quedará en custodia por el Interventor.
• Al finalizar la gestión contratada deberá entregar un informe consolidado de todo el proceso de adquisición, señalando aspectos relevantes que permitieron agilizar o que ocasionaron demoras, cambios a introducir para lograr mejores resultados en siguientes procesos, así como la información que considere útil para la entidad contratante para el programa de mejoramiento continúo de la gestión predial.
• Mantener en reserva la información que obtenga y conozca con ocasión y desarrollo del contrato por parte del CONCESIONARIO.
6.3.1.3.5 Funciones Sociales
Tienen como objetivo fundamental, asegurar el cumplimiento por parte del CONCESIONARIO de las obligaciones sociales contenidas en el Plan Social Básico y el Plan de Gestión Social del Plan de manejo ambiental, con el fin de lograr un verdadero acercamiento a las necesidades de la comunidad y la mitigación de los impactos sociales que genere la ejecución del proyecto. Con dicha finalidad, son funciones relacionadas con la gestión social las siguientes:
• Presentar informes mensuales, durante el tiempo de desarrollo de la etapa de preconstrucción sobre el avance del CONCESIONARIO en la elaboración de los estudios sociales y la aplicación de las medidas que en esta etapa deba implementar (PMA Y EIA), estos informes serán independientes del informe general de la interventoría, pero deberán entregarse simultáneamente y en el formato que defina el INCO.
• Verificar que el CONCESIONARIO mantenga el personal mínimo e idóneo para ejecutar la Gestión Social, establecido en el Contrato de Concesión.
• Realizar el seguimiento a la implementación y operación, así como al cumplimiento de las especificaciones básicas en espacio, personal y horarios de las Oficinas de atención al usuario (Fijas y Móvil), de acuerdo al contrato de concesión.
• Realizar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos suscritos en las consultas previas con las comunidades étnicas.
• Verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en materia de gestión social a cargo del CONCESIONARIO. En caso de incumplimiento, la INTERVENTORIA deberá analizar las causas, realizar los requerimientos y advertencias escritas a que haya lugar e informar al coordinador del Grupo Territorio del INCO y adelantar o proponer las acciones correctivas del caso.
• Realizar verificación permanente en los frentes de obra del cumplimiento de la constitución y las leyes en materia de atención al ciudadano.
• Hacer el efectivo acompañamiento proveyendo los medios necesarios para el desarrollo de las visitas de seguimiento programadas por el Ministerio de Ambiente, Ministerio del Interior, Corporación Regional y/o Instituto Nacional de Concesiones.
• Presentar informes mensuales sobre el avance del Plan de Gestión Social, Plan Social Básico, los compromisos de las consultas previas y la gestión socio predial, el cual será incorporado al Informe General de la Interventoría como capítulo particular.
• Realizar seguimiento al trámite que brinda el CONCESIONARIO a las peticiones, quejas e inquietudes de las comunidades respecto al manejo social del proyecto, la información del proceso de adquisición predial y la ocupación de las zonas requeridas para el desarrollo del proyecto, en los términos xx xxx. De no haberse dado respuesta dentro de los tiempos establecidos para tales efectos deberá hacer los requerimientos del caso e informar al INCO.
• Realizar seguimiento al CONCESIONARIO sobre la gestión que se adelanta con los municipios relacionados con el ordenamiento xxx xxxxxxxx vial, la restitución del espacio público y al inventario y acciones para custodiar y preservar saneada la zona de seguridad de acuerdo a la norma.
• Asistir a todas las reuniones de información y formación que debe desarrollar el CONCESIONARIO con las comunidades, organizaciones e instituciones, y velar que de cumplimiento a los mecanismos de participación ciudadana y brinde información clara y oportuna a la comunidad.
• Realizar el análisis y las observaciones al informe de actividades que periódicamente debe realizar el CONCESIONARIO, de acuerdo con lo establecido en el Contrato de Concesión, sus apéndices y modificaciones correspondientes.
• Realizar la revisión, análisis y observación al esquema operativo (cronograma de actividades) a través del cual el concesionario implementará sus obligaciones sociales.
• Analizar los diferentes indicadores que presenta el CONCESIONARIO en los informes mensuales de gestión social y evaluar la eficiencia de los mismos.
• En el evento que se presentan afectaciones no previstas a comunidades por desarrollo del proyecto de concesión, la interventoría debe conceptuar sobre las medidas de manejo, compensación y mitigación elaboradas por el CONCESIONARIO y verificar la ejecución.
• Verificar y exigir la contratación de mano de obra local que realice el CONCESIONARIO en las diferentes etapas del proyecto.
• Asistir a las reuniones o comités de monitoreo social programadas por el Instituto Nacional de Concesiones relacionadas con el objeto de la contratación. Para tal efecto, el Subgerente de Gestión Contractual, el Supervisor del Contrato o el Coordinador del Grupo de Territorio, sin perjuicio de que participen otros funcionarios de las diferentes áreas del INCO, establecerá reuniones cuando lo estime conveniente, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos, jurídicos y administrativos para llevar un adecuado control al desarrollo, ejecución y cumplimiento del contrato. Se evaluarán previamente los informes y las actividades que se vayan realizando y los demás aspectos a que haya lugar. De cada una de estas reuniones se levantará un acta firmada por los participantes, la cual quedará en custodia por el Interventor.
6.3.1.3.6 Funciones Ambientales
Tiene como objetivo fundamental, la coordinación de las diferentes actividades y métodos de control, tendientes a propiciar que las obras, programas y medidas planteadas en el plan de manejo ambiental, sean implementadas para lograr el objetivo de minimizar los efectos ambientales negativos y maximizar los positivos, buscando un equilibrio entre el desarrollo de la región y la preservación de los recursos naturales. Las funciones ambientales comprenden, entre otras, las siguientes actividades:
• Verificar y hacer el seguimiento que corresponda para que el CONCESIONARIO aporte en forma oportuna todos los documentos que se requieran para el tramite y la información que este debe presentar a las Autoridades Ambientales en la jurisdicción del Proyecto y obtención de la licencia ambiental de los tramos que lo requieran, además del tramite y obtención de permisos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales que pretenda utilizar y no estén contenidos en la licencia ambiental, permisos que deberán obtenerse previo la realización de las actividades que los requieran.
• Verificar el cumplimiento por parte del CONCESIONARIO de las normas ambientales, condicionantes, diseños, actividades y procesos recomendados en el Plan de Manejo Ambiental y Licencia Ambiental, y de la obtención de los respectivos permisos para uso y aprovechamiento de recursos naturales.
• Verificar el seguimiento y monitoreo de los trabajos para vigilar que la realización de la obra se enmarque dentro de los requerimientos ambientales y que sus resultados correspondan a los esperados, y diseñar y recomendar los correctivos necesarios.
• Verificar la puesta en marcha y operación del plan de manejo ambiental, así como la del plan de contingencias en caso necesario. Revisar y aprobar los planes de disposición de desechos y, en general, supervisar y hacer cumplir la reglamentación ambiental vigente.
• Verificar que los trabajos se realicen de forma tal que los procedimientos aplicados sean compatibles, no solo con los requerimientos técnicos necesarios, sino también con las disposiciones ambientales legales vigentes, el código de recursos naturales, los permisos y servidumbres, y concesiones otorgadas por autoridades competentes MAVDT
• Revisar y dar dictamen sobre los estudios ambientales que debe elaborar el CONCESIONARIO con el fin de asegurarse que los mismos corresponden a la realidad actual de la zona de influencia, la especificidad de sus diseños, la legislación ambiental, social y de cultura y patrimonio arqueológico, así como para verificar que contiene la ingeniería de detalle (diseños) de cada una de las medidas ambientales propuestas en el plan de manejo ambiental.
• Verificar y/o ejecutar cuando el INCO lo requiera la toma de muestras y análisis de laboratorio de calidad de aire, de agua y ruido necesarios y determinados en el plan de manejo ambiental y en la licencia ambiental, realizados por el CONCESIONARIO en cumplimiento de los requerimientos impuestos en la misma. En el evento de presentarse impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, la interventoría debe conceptuar sobre el diseño de las medidas tendientes a controlar, compensar y mitigar dichos impactos, elaborado por el CONCESIONARIO y a su vez, debe verificar la ejecución por parte del concesionario.
• Verificar que el sistema de calidad ambiental y el programa de Higiene, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional elaborado por EL CONCESIONARIO, cumpla con las disposiciones legales en materia de seguridad industrial y determinado para todas y cada una de las actividades de obra y operación a realizar y Vigilar el cumplimiento.
• Verificar el esquema operativo a través del cual el concesionario implementará sus obligaciones ambientales, efectuar el seguimiento permanente en los frentes de obras, para verificar la aplicación de las técnicas, procedimientos, medidas propuestas en el Plan de Manejo Ambiental y la correspondiente Licencia Ambiental, así como efectuar acciones de control por parte de personal especializado para garantizar que los efectos ambientales negativos que puedan presentarse sean minimizados, aplicando el plan de manejo ambiental.
• Realizar los requerimientos y conminaciones al CONCESIONARIO cuando este incumpla sus obligaciones en materia ambiental. En caso de incumplimiento a los Planes de Manejo Ambiental, Licencias, permisos Ambientales y Concesiones el interventor deberá dar aplicación al Contrato de Concesión en lo relacionado al tema ambiental.
• Presentar informes mensuales, durante el tiempo de desarrollo de la etapa de preconstrucción y Construcción sobre el avance del CONCESIONARIO en la
elaboración e implementación de los estudios ambientales y la aplicación de las medidas que en esta etapa se deban ejecutar. Estos informes deben incluir los indicadores de gestión ambiental de acuerdo al formato que defina el Grupo Territorio del INCO.
• Presentar trimestralmente un cronograma detallado de las actividades a desarrollar en el seguimiento ambiental de acuerdo a lo programado por el Concesionario
• Presentar al Grupo Territorio del Instituto Nacional de Concesiones –INCO, dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento del plazo del contrato de la interventoría el Informe ambiental Final.
• Asistir a los comités de obra, así como hacer el efectivo acompañamiento proveyendo los medios necesarios y la asistencia permanente para el desarrollo de las visitas de seguimiento programadas por el Ministerio de Ambiente, Ministerio del Interior, Corporación Regional y/o Instituto Nacional de Concesiones y presentar un informe de las actividades desarrolladas durante la visita al Grupo Territorio de INCO.
• Resolver las consultas e inquietudes de las comunidades con respecto al manejo ambiental de las obras objeto de esta interventoría.
• Asesorar al INCO, en todos los asuntos jurídicos y técnicos de carácter ambiental que se susciten en el desarrollo del objeto de la interventoría y lograr cuando sea necesario, el apoyo de otras disciplinas del conocimiento para atender problemáticas específicas en el campo ambiental.
6.3.1.3.7 Funciones Jurídicas
Las funciones jurídicas comprenden, entre otras, las siguientes actividades:
• Analizar y tener en cuenta los aspectos regulatorios, riesgos legales y contractuales relacionados con el contrato de concesión.
• Preparar para el Instituto Nacional de Concesiones – INCO, en forma oportuna, todas las respuestas a las solicitudes, peticiones y requerimientos que formule la comunidad, usuarios de la vía, entidades de control del Estado, y en general todos los requerimientos que se relacionen con las obras objeto del Contrato de Concesión y de esta interventoría.
• Asesorar al Instituto en todos los asuntos jurídicos de carácter ambiental, con apoyo del Especialista Ambiental, que se susciten en desarrollo de las obras objeto de esta interventoría.
• Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas jurídicas hechas por el Instituto Nacional de Concesiones – INCO.
• Prestar apoyo al Instituto Nacional de Concesiones – INCO para resolver las peticiones y reclamos jurídicos del concesionario, respecto a la ejecución de las obras objeto de esta interventoría, dándoles respuesta, en primera instancia, para luego someterlas a aprobación de la Subgerencia de Gestión Contractual y/o el Grupo de Defensa Judicial del Instituto.
• Estudiar y conocer el contenido del Contrato de Concesión y el de todos sus documentos relacionados con la ejecución de las obras objeto de esta interventoría.
• Verificar la correcta expedición, la validez jurídica y los términos y plazos de las garantías que deberá presentar el concesionario, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Concesión, sus anexos y modificaciones con relación a la ejecución de las obras objeto de esta interventoría.
• En general, asesorar y apoyar al Instituto Nacional de Concesiones – INCO, en todos los asuntos jurídicos que se susciten en desarrollo de las obras objeto del Contrato de Concesión y de esta interventoría.
6.3.1.3.8 Funciones relacionadas con el Aforo y la Auditoria.
Las funciones de aforo y auditoria comprenden, entre otras, las siguientes actividades:
• Realizar la medición, conteo, caracterización de los tráficos y evaluación del Nivel de servicio de los Trayectos del Proyecto durante la vigencia del Contrato, así como la elaboración de los Informes Semestrales de Aforo y el suministro de los Datos de Aforo.
• Verificar los conteos de vehículos que realice el CONCESIONARIO con el fin de comprobar que la información suministrada sea lo más precisa posible y requerir al CONCESIONARIO para que cumpla esta obligación.
• Realizar conteos de tráfico independientes con el fin de verificar que los datos obtenidos por el CONCESIONARIO coincidan con la realidad.
• Verificar mediante AUDITORIA DE SISTEMAS el correcto funcionamiento de los equipos de control de tráfico en las Casetas de Peaje del Proyecto e informar al INCO sobre el particular en el Informe Mensual. Para tal efecto, el Interventor tendrá la posibilidad de requerir la información producida por tales equipos en forma directa cuando lo considere conveniente, sin que el CONCESIONARIO pueda rehusarse a ello.
• Evaluar los riesgos asociados en el sistema de información existente en los peajes y verificar si el software y los procedimientos asociados con el manejo del sistema satisfacen los requerimientos de seguridad, efectividad y eficiencia.
• Conteos de vehículos en cada una de las estaciones de peaje, durante un mínimo de
(3) tres días consecutivos al mes durante 24 horas para establecer un parámetro de control al TPD reportado por el concesionario.
• Verificar y evaluar la información producida por las aplicaciones para comprobar que éstas sean confiables, completas y oportunas.
• Verificar y evaluar las rutinas de cálculo ejecutadas por las aplicaciones y que las cantidades calculadas se aplican correctamente en los archivos de computador y en los registros oficiales que se reportan al INCO.
• Verificar y evaluar los planes de contingencia para garantizar la continuidad en las operaciones.
• Verificar y evaluar el proceso de diseño, desarrollo y prueba de los cambios de software aplicativo.
• Recomendar acciones de mejoramiento para corregir las debilidades de control que se detecten y para incrementar las condiciones de calidad, confiabilidad y seguridad del sistema de información de peajes.
• Estimar la confiabilidad de los equipos de control de tránsito, de conformidad con el Contrato de Concesión No. 001161 de 2001 y su Anexo 3, con el fin de determinar el grado de confiabilidad en la operación y administración del recaudo de peaje y hacer los requerimientos necesarios al Concesionario y presentará un informe a la Subgerencia de Gestión Contractual del INCO.
• Instalar equipos de video de ultima generación para la grabación de las 24 horas del día encada una de las estaciones de peaje, con el fin de verificar los datos de tráfico obtenidos por el CONCESIONARIO y que los mismos coincidan con la realidad. Implementar el 100% del registro fílmico del transito que circule por las estaciones de peaje del proyecto garantizando que el formato de la información filmada sea no digitalizable (no editable) las 24 horas del día. Lo anterior con un margen de error en el tiempo de filmado de un 5%. Se seleccionaran tres (3) días al mes para el conteo y comparación con el transito en lo referido al paso de los vehículos por cada estación. Estos días serán seleccionados en forma aleatoria por el interventor o por instrucciones del INCO.
• Certificar los tráficos vehiculares para las Estaciones de Recaudo de Peaje y para cada una de las categorías de vehículos, para los efectos previstos en el Contrato de Interventoría y en el Contrato de Concesión.
• Advertir cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del CONCESIONARIO, comunicarle esta circunstancia al INCO y adoptar los procedimientos previstos en este Contrato, según el caso.
• Suministrar la información requerida para la elaboración y aprobación del Acta de Acuerdo de Ingresos.
• Realizar el levantamiento de la información requerida para identificar las características generales y específicas del sistema de información que se encuentra en funcionamiento en las estaciones de peaje.
• Verificar los informes del CONCESIONARIO, los registros de recaudo de Peaje y todas las demás estadísticas que éste presente, así como supervisar su calidad, contenido y periodicidad.
• Supervisar las operaciones de recaudo de peaje y los niveles de tránsito, por medio de:
o Instalación e implementación de ayudas tecnológicas que permitan determinar el grado de confiabilidad, mediante la utilización de: video, tarjetas de software u otras que permitan controlar el trafico del proyecto, verificar el cumplimiento del reglamento de operación, la operación de la estación, en particular lo previsto para el manejo xx xxxxxxxx exteriores, colas, atención al usuario, etc. En todo caso el interventor deberá disponer de recursos para el cumplimiento de esta obligación.
• Revisión de las estadísticas diarias de tránsito, recaudos de peaje y evasión.
• Montar y ejecutar operativos de control mediante visita a las Casetas de Peaje, que incluyan: revisión de libros de asistencia, conteos secretos de comparación, arqueo en las casetas de recolección, revisión de la boletería existente en casetas y oficina, arqueos administrativos, de caja menor y del dinero de recambio, revisión de planillas y registros.
• Verificación del funcionamiento correcto y permanente de los equipos de conteo, clasificación de vehículos y de registro de recaudo de peaje.
• Presentar al INCO un cronograma de las actividades a desarrollar en forma mensual, relacionadas con la supervisión y control al recaudo de peaje, indicando la frecuencia con que se realizan.
• Verificar que en las casetas de peaje se cobren como máximo las tarifas contempladas en la Estructura Tarifaria del Contrato de Concesión, y que se ajusten de acuerdo con lo establecido en el mismo.
• Revisar los reportes y la información de tránsito y recaudo enviada por el CONCESIONARIO, con el fin de constatar que el ingreso de dinero al fideicomiso corresponda al recaudo de peaje obtenido en cada Caseta de Peaje.
• Realizar el levantamiento de la información requerida para identificar las características generales y específicas del sistema de información que se encuentra en funcionamiento en las estaciones de peaje.
• Evaluar los riesgos asociados en el sistema de información existente en las casetas de peaje y verificar si el software y los procedimientos asociados con el manejo del sistema satisfacen los requerimientos de seguridad, efectividad y eficiencia.
• Recomendar acciones de mejoramiento para corregir las debilidades de control que se detecten y para incrementar las condiciones de calidad, confiabilidad y seguridad del sistema de peajes.
• Proyección estadística del tráfico cada 6 meses.
• Realización periódica de auditoria de sistemas realizando entre otras, las siguientes actividades:
o Evaluación de riesgos e implementación de controles.
o Aplicación de técnicas y herramientas de verificación de controles manuales y automatizados en las aplicaciones.
o Evaluación de seguridad física en centro de procesamientos de datos.
o Elaboración de software y Hardware.
o Elaboración y presentación de informes de auditoria.
o Control interno del área de informática.
• En general, vigilar y controlar que el CONCESIONARIO cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución del Proyecto.
6.3.1.4 Cambios o modificaciones en el diseño
Cuando por razones técnicas, económicas o de otra índole plenamente justificadas, el Concesionario solicite cambiar o modificar el diseño inicial de las obras objeto de esta interventoría, se dirigirá al Interventor, quien analizará cuidadosamente todos los documentos del contrato, y si encuentra conveniente dicho cambio para los intereses del Estado en cabeza del Instituto Nacional de Concesiones – INCO, solicitará autorización a la Subgerencia de Gestión Contractual, indicando la cantidad, el valor ajustado a precios xxx xxxxxxx y la respectiva justificación.
6.3.1.5 Liquidación del contrato suscrito para el desarrollo del proyecto
El Interventor procederá a liquidar el contrato suscrito para el desarrollo del proyecto por vencimiento del plazo contractual y en cualquiera de los eventos señalados por la ley, de acuerdo con el procedimiento establecido en el mismo.
Si el Interventor se negare a suscribir el acta final de liquidación del contrato de obra, lo hará el Supervisor, o quien haga sus veces, dentro de los términos establecidos por la Ley.
6.3.1.6 Inspección final de la obra
El Interventor, el representante del INCO y el Concesionario, efectuarán una inspección final a las obras que se entreguen de acuerdo con el programa de obra acordado, un mes antes de entregarla a la Subgerencia de Gestión Contractual del INCO, con el fin de determinar el estado en que se van a recibir, para lo cual, el Interventor preparará un informe previo, en donde se describa el balance general de la obra, diseños entregados, alcance ejecutado, el costo de la obra, informes de laboratorio, y en general el cumplimiento de especificaciones, normas técnicas y demás anexos del contrato de concesión.
En caso de observaciones que deban atenderse por parte del Concesionario, se dejará constancia en oficio dirigido al mismo, suscrito por el Representante Legal de la Interventoría, en el cual se fijará el plazo para el acondicionamiento final de las obras. Una vez realizados los trabajos requeridos, se procederá a elaborar el Acta de Recibo Final y Entrega de la Obra, de la cual hará parte la certificación expedida por el Ministerio del Medio Ambiente o la corporación correspondiente, de conformidad con las medidas de mitigación y el Plan de Manejo Ambiental planteado en el respectivo estudio de impacto ambiental, con la presencia del Interventor, y un delegado del Concesionario.
6.3.1.7 Estudio del contrato suscrito para la ejecución del proyecto (Contrato de Concesión), pliego de condiciones y demás documentos
Además de estudiar el proyecto, el Interventor analizará el contrato, el pliego de condiciones, los anexos, los contratos adicionales u otrosí y cualquier otro documento oficial concerniente a las obras a ejecutar que son objeto de esta interventoría.
El Interventor no permitirá que el contratista inicie el desarrollo de obras sin los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales.
6.3.2. Cuenta para el manejo de recursos del contrato de Interventoría.
Para el manejo de los fondos del contrato el Instituto cuenta, de acuerdo con lo previsto en los documentos contractuales, sus anexos y modificaciones, con los recursos que serán pagados al interventor según lo acordado en el presente pliego y en el contrato de Interventoría, con los recursos de la Subcuenta denominada ‘Subcuenta 1’ establecida en el contrato de concesión.
6.3.3. Revisión avance de proyecto
El Interventor revisará bajo su responsabilidad, las actas de avance de proyecto, las modificaciones a las cantidades de obra, el valor de la obra ejecutada y los acumulados, y toda la información adicional esté correcta, para lo cual anexará un balance general de la obra ejecutada.
Bajo ningún aspecto, el Interventor aceptará obras que estén por fuera del contrato original, sus anexos y modificaciones y que no hayan sido previamente aprobadas por el INCO y debidamente incluidas mediante actas de autorización para modificación de cantidades de obra, o contrato adicional, según sea el caso.
6.3.4. Lista del personal de apoyo, subcontratistas y/o proveedores del Contratista
El Interventor podrá solicitar al concesionario, en cualquier momento, el suministro de información sobre el personal a su cargo, además del listado de subcontratistas y/o proveedores que tuviese en los frentes de trabajo.
6.3.5 Elaboración del informe final de interventoría
Además de lo solicitado en este sentido previamente en este pliego el Interventor hará la entrega de los planos definitivos, y deberá incluir en este informe, una relación de los problemas técnicos, geológicos, geotécnicos, estructurales, hidráulicos, de suelos, las fuentes de materiales utilizadas en la construcción de las obras, y su ubicación, clase de ensayos ejecutados y los resultados obtenidos, todos estos documentos constitutivos de la MEMORIA TECNICA. De igual forma informará acerca de los controles de calidad e informe de calidad llevados a cabo por el concesionario. Se incluirá la variable ambiental, principalmente en lo relacionado con el plan de manejo ambiental y el monitoreo a que dé lugar la obra.
El informe deberá contener las recomendaciones especiales que el Interventor crea convenientes para la adecuada conservación de la obra.
6.3.6 Otras funciones
Con el fin de buscar el adecuado y oportuno desarrollo del proyecto y, a su vez, una mayor eficiencia en la administración de las mismas, la interventoría comprende, además de la gestión técnica, financiera, operativa, predial, socio – ambiental y legal del contrato suscrito para la realización de las obras objeto de esta interventoría, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar al Instituto Nacional de Concesiones – INCO en todos los asuntos de orden técnico, financiero, operativo, predial, socio – ambiental y legal que se susciten durante el desarrollo de los trabajos, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten. En tal sentido, se establecen entre otras las siguientes funciones
• Exigir al Contratista la ejecución directa o indirecta de manera idónea y oportuna del contrato, sus anexos y modificaciones.
• Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato de concesión, las condiciones contractuales técnicas, financieras, operativas, prediales, socio – ambientales y legales del mismo, durante la ejecución de contrato de interventoría.
• Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
• Efectuar todos los estimativos y presupuestos que el Instituto Nacional de Concesiones – INCO solicite.
• Determinar y actualizar el flujo de fondos del proyecto (Plan Anual de Caja - PAC).
• Corregir, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.
• Apoyar al INCO técnica, social y jurídicamente en la gestión de compra de predios.
• Elaborar bimensualmente un video del avance de obra, según parámetros suministrados por el Instituto Nacional de Concesiones – INCO.
• Llevar y mantener el archivo actualizado de la Interventoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de la ejecución del contrato.
• Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del Instituto Nacional de Concesiones – INCO, en materia técnica, financiera, jurídica, predial y socio
- ambiental.
• Responder, en primera instancia, y someter a aprobación de la Subgerencia de Gestión Contractual las reclamaciones que presente el contratista, en materia técnica, financiera, jurídica, operativa, predial y socio – ambiental.
• Prestar apoyo al Instituto Nacional de Concesiones – INCO para resolver las peticiones y reclamos del Concesionario en materia técnica, financiera, jurídica, operativa predial, socio – ambiental y jurídica.
• En general, asesorar al Instituto Nacional de Concesiones – INCO en todos los asuntos que se susciten en desarrollo de las obras que son objeto de esta interventoría.
• Elaborar y allegar los documentos que se requieran para la liquidación contractual.
• Asistir y apoyar al INCO, oportunamente, en las reuniones, presentaciones, y/o documentación que sobre el proyecto soliciten las autoridades municipales, regionales y/o nacionales.
• Realizar mensualmente comités de obra con el Instituto Nacional de Concesiones – INCO y el Concesionario. En dichas reuniones participará, por derecho propio, el Subgerente de Gestión Contractual o su delegado. De dichas reuniones se elaborará un acta suscrita por todos los que intervinieron en ellas, las cuales serán archivadas y mantenidas en custodia por la interventoría.
• Proyectar, de una manera oportuna y para consideración del INCO, las respuestas a las diferentes solicitudes, peticiones y requerimientos formulados por los usuarios de la vía, la comunidad en general y en sí, de cualquier requerimiento que en los diferentes aspectos se remitan al INCO en materia técnica, financiera, operativa, predial, socio – ambiental y Legal.
6.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS PARA REALIZAR LA MEDICIÓN DEL ÍNDICE DE ESTADO
6.4.1 Regularidad. La unidad de medida utilizada para determinar la regularidad es el índice Internacional de Regularidad (IRI), expresado en metros por kilómetros (m/Km.).
Para seleccionar el equipo a utilizar para la determinación del índice Internacional de Regularidad (IRI), se atenderá la siguiente clasificación, de los equipos en 4 clases, de acuerdo con la forma en que se tomen las medidas y a la precisión de los resultados
• Clase 1. Estos equipos establecen la regularidad en unidades IRI haciendo uso de programas de cómputo, los cuales se basan en algoritmos matemáticos que simulan la respuesta dinámica que experimenta el sistema de suspensión de un vehículo modelo, al transitar por el perfil a medir. Las medidas tomadas tienen un espaciamiento máximo de
0.25 m y las cotas tienen una precisión inferior a 0.5 mm., los equipos que clasifican dentro de este grupo son el perfilómetro TRRL Beam y la mira y nivel de precisión.
• Clase 2. Esta clase incluye todos los otros métodos en los cuales la regularidad se determina sobre la base de la medición del perfil longitudinal, pero con una exactitud menor que los de clase 1. Estos equipos corresponden a perfilómetros de alta velocidad o estáticos con niveles inferiores de exactitud. Dentro de estos equipos se tienen el APL Trailer y GMR Inertial Profilometer.
• Clase 3. En esta clase están los métodos que recurren al uso de una ecuación de correlación para la estimación del IRI por lo que se denominan de “tipo respuesta”. Dentro de esta clase se encuentran los equipos Mays Meter, Bump Integrator, NAASRA Meter.
• Clase 4. Dentro de este grupo se encuentran las evaluaciones subjetivas, ya sea mediante experiencia previa recorriendo vías o basándose en una inspección visual, dentro de este grupo también clasifican los clase 3 sin calibrar.
El equipo o equipos a utilizar serán aquellos que se encuentren clasificados dentro de las clases 1, 2 ó 3. Por ningún motivo se podrá utilizar un equipo clasificado como clase 4, adicionalmente el método de la mira y el nivel, el MERLÍN y cualquier otro equipo que no sea automatizado no se podrá utilizar para la evaluación de la vía, por el riesgo que ellos implican al generar perturbaciones al tráfico, su utilización estará restringida a la evaluación de pistas de prueba para calibración de los equipos automatizados.
Independientemente del tipo de equipo que se empleé será necesario realizar la calibración de este antes de realizar los ensayos, para lo cual se elegirán como mínimo 8 tramos con regularidad uniforme en su longitud, localizadas en zonas sin curvas y sin obstáculos, la longitud de estos tramos será mínimo de 250 m A cada tramo se le evaluará el IRI con el MERLÍN o con el método del nivel y mira, tomando igual número de medidas en la huella derecha como en la izquierda. En caso de utilizarse el MERLÍN se deberán tomar 100 lecturas por cada una de las huellas, si el método utilizado es el del nivel y mira se deberá tomar como mínimo 40 lecturas por huella a 50 cm. una de otra en cuyo caso el tramo deberá tener una longitud de 200 m
A cada tramo se le tomarán 7 lecturas con el equipo a calibrar o verificar, para esto se debe tener precaución de que el vehículo portador del equipo siempre circule por las huellas por donde se evaluó el IRI, con las medidas tomadas se realizará la calibración o verificación del equipo, adicionalmente con estas medidas se evaluará la confiabilidad del equipo de acuerdo