PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA CELEBRACION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE 10,00 HECTÁREAS DE LA FINCA “BARRANCO MIGUEL- LA BELLEZA” PARA LA INSTALACIÓN DE EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA.
PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA CELEBRACION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE 10,00 HECTÁREAS DE LA FINCA “XXXXXXXX XXXXXX- LA BELLEZA” PARA LA INSTALACIÓN DE EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA.
1.- REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.
El presente Contrato es de carácter privado y se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en el mismo será de aplicación los artículos 20, 189, 190, Disposición ´Transitoria 5 del Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. Y respecto de sus efectos y extinción se aplicarán las normas de derecho privado.
Sin perjuicio de lo anterior, el contratista quedará obligado, con respecto al personal que emplee para la ejecución de las obras objeto de este contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación social, así como a las que se puedan promulgar durante la ejecución del mismo y en particular por el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre por el que se establecen las condiciones mínimas de Seguridad y Salud para las obras de construcción.
El Orden Jurisdiccional Civil será el competente para la resolución de las controversias que puediesen sirgir, aunque se consideranrán actos jurídicos separables los que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del contrato, y por lo tanto podrán ser impugnados en el Orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo, todo ello en virtud de lo duspuesto en art. 110.3 de la Ley de Patrimonio por ser de aplicación general.
2.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto de la licitación a que este pliego se refiere, del contrato de arrendamiento de la siguiente finca rústica propiedad de la Empresa Municipal EMDARO AROCHE S.L.U., para la instalación de una explotación agrícola:
Finca Rústica.
Superficie: 10,00 Hectáreas del inmueble de titularidad de la empresa municipal EMDARO AROCHE S.L.U, denominado “Xxxxxxxx Xxxxxx – La Belleza”, del Término Municipal xx Xxxxxx, cuya identificación material es la siguiente:
Finca Rústica descrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx bajo el número 6.474 xx Xxxxxx, inscrita en el Tomo 1549, Libro 83, Folio 150, de una superficie de caber total de quince hectáreas.
Referencia catastral: 21008A006001160000ZR. Clase: Rústico. Uso: Agrario. Valor Catastral: 23.288,51 €.
3.- DESTINO DE LA FINCA.-
Las 10,00 Has. objeto del futuro contrato de arrendamiento que en este pliego se prevé, deberán destinarse al uso exclusivo de desarrollo y puesta en explotación agrícola.
Por lo tanto, el arrendatario utilizará la finca con arreglo a los usos permitidos para tal fín, estando obligado a conservarla en perfecto estado, realizando por su cuenta las obras y reparaciones necesarias para la puesta en explotación de la finca, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios, quedando en beneficio de la propiedad, todas las mejoras materiales realizadas en la finca objeto de la cesión.
4.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
Dado el marcado interés social que la explotación del bien objeto de este pliego persigue, se establece un plazo de duración del contrato excepcional de VEINTE AÑOS contados desde la fecha de fima del contrato, pudiendose prorrogar automáticamenete por periodos de CINCO AÑOS salvo notificación expresa en contra por alguna de las partes con una anticipación de 1 año.
5.- TIPO DE LICITACIÓN.
El precio de la contraprestación que deberá efectuar la empresa adjudicataria se fija en 1.500,00 €. Mensuales, es decir, 18.000,00 €. ANUALES (MIL QUINIENTOS EUROS MENSUALES Y DIECIOCHO MIL Euros anuales).
6.- FIANZA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
Los licitadores deberán constituir una fianza provisional de 698,66 Euros, equivalente al 3% del valor del bien licitado y una definitiva equivalente al 5% del importe del remate, admitiéndose modalidades previstas en el artículo 84 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público (LCSP) y las formas de depósito serán las establecidas en el artículo 91.3 del mismo texto normativo.
7.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y ORGANO DE CONTRATACIÓN.
Están facultadas para contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de obrar no se encuentren comprendidas en alguna de las circunstancias que señala el artículo 43 y siguientes de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público.
Los contratistas deberán acreditar solvencia económica, técnica y profesional, conforme establece el artículo 51 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público, considerándose nulas las adjudicaciones de contratos a favor de personas que carezcan de dicha solvencia.
Igualmente la prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se realizará mediante declaración responsable otorgada por el solicitante.
En cuanto al organo de contratación se estará a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, relativo a Normas específicas de contratación en las Entidades Locales.
8.-GASTOS.
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos que se originen como consecuencia de formalización del contrato en escritura pública y cuantos otros pudieran originarse como consecuencia directa del procedimiento de contratación.
Igualmente serán de cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato.
9.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
1.- INTERÉS SOCIAL. GENERACIÓN DE EMPLEO.
Dado el marcado carácter social que la empresa municipal EMDARO AROCHE S.L.U. tiene encomendada en sus estatutos sociales y de promoción socioeconómica de la localidad xx Xxxxxx, y que también se persigue con la celebración del contrato de arrendamiento sobre la finca rústica objeto de este pliego, se considera prioritario por parte de la adjudicataria la aportación de un proyecto donde se contenga tanto la inversión a realizar como la generación de empleo que contemple, simpre partiendo de la actividad agrícola para la que se va a realizar.
En este sentido será susceptible de valoración la generación de empleo, la incorporación de personas con especiales dificultades para el empleo, la eliminación de desigualdades entre el hombre y la mujer en el mercado laboral, las incorporación de medidas para combatir el desempleo o el favorecimiento de la formación de los propios trabajadores, y otras actuaciones que se establezcan en referencia a la estrategia coordinada para el empleo establecida en el artículo 125 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, o en aras a garantizar el respeto a los derechos laborales básicos.
El incumplimiento de las condiciones establecidas podrá dar lugar a la rescisión del contrato por parte de la empresa municipal EMDARO AROCHE S.L.U., por ejecución defectuosa del mismo, con la posibilidad de establecimiento de penalidades proporcionales al citado incumplimiento tal y como preceptúa el art. 196 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público.
2.- CONSIDERACIONES MEDIOAMBIENTALES.
Se tendrán en cuenta también la aplicación de medidas de compatibilidad entre la actividad agrícola a desarrollar y el respeto al medio ambiente por parte de la empresa adjudicataria, valorándose aquéllas medidas tendentes a implementar el respeto al medio ambiente y el menor impacto medioambiental del proyecto a desarrollar en la finca objeto del presente pliego.
Asimismo se podrán consensuar en documento aparte y de común acuerdo aquéllas medidas complementarias tendentes a la consecución de un menor impacto medioambiental en la finca como consecuencia de la instalación de la actividad agrícola.
Igualmente, el incumplimiento de las condiciones establecidas podrá dar lugar a la rescisión del contrato por parte de la adjudicataria por ejecución defectuosa del mismo, con la posibilidad de establecimiento de penalidades proporcionales al citado incumplimiento tal y como preceptúa el art. 196 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público.
En lo que respecta a las cláusulas de de resolución del contrato, se estará a lo establecido en el art. 206 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público y su aplicación se somete a lo dispuesto en el siguiente art. 207 de dicho texto normativo.
En cuanto a los criterios para la adjudicación del procedimiento, se estará a lo establecido en el art. 77.3 del RD. 18/2006, así como el art. 86 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Adminstraciones Públicas.
CONDICIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO:
A.- Revisiones periciales anuales por técnicos cualificados del Ayuntamiento xx Xxxxxx o de la Excma. Diputación Provincial de Huelva.
B.- Disposición de contratación de la mano de obra necesaria para la explotación según el Convenio laboral del campo que rige en la Provincia de Huelva, con especial atención a la mano de obra local.
C.- Será de obligado cumplimiento también por parte de la entidad adjudicataria la obtención de las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para el desarrollo de la actividad objeto del contrato, así como la orientación de la explotación de manera que ocasione los mínimos perjuicios al medio ambiente. Se valorarán además aquéllas medidas complementarias de protección medioambiental además de las que sean exigibles en el correspondiente Informe de Calificación Ambiental que se elabore al efecto.
10.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.
El contrato, se adjudicará mediante el procedimiento negociado sin publicidad por tramitación urgente atendiendo a la normativa contenida en el art. 96 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público, dado el marcado interés público que persigue la adjudicación del bien a la empresa adjudicataria, interés general que se deduce del contenido de la cláusula 9ª de este Pliego de Condiciones.
De acuerdo con la justificación para la apertura del procedimiento de licitación que figura en este expediente y en base a las razones de interés general expuestas en el mismo, el expediente se tramitará por el procedimiento negociado sin publicidad en los términos del artículo 37.3 de la Ley 7/1999, de 29 de Septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente pliego, sin atender exclusivamente al precio de la misma.
11.- PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
La presentación de proposiciones presume que la entidad licitadora acepta de forma incondicional el contenido de este Pliego.
Las proposiciones se presentarán en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE 10,00 HAS. DEL IMMUEBLE DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA MUNICIPAL EMDARO AROCHE S.L.U. DENOMINADO “XXXXXXXX XXXXXX-LA BELLEZA” DEL TÉRMINO MUNICIPAL XX XXXXXX PARA LA INSTALACIÓN DE ACTIVIDAD AGRÍCOLA.
Dentro de este sobre mayor se contendrán dos sobres con la misma inscripción anterior y un subtítulo que el licitador deberá presentar en el Registro General, dentro del plazo señalado en la convocatoria de la licitación. Estos dos sobres contendrán la documentación que se especifica en esta Cláusula, indicando en cada uno de ellos la inscripción antes citada. Sobre A/B, según xxxxxxx, nombre, apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, así como un domicilio y teléfono a efectos de notificaciones, todo ello de forma legible.
El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio. En este caso, el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telex, telegrama o telefax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.
No obstante, transcurridos diez dias naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la documentación de referencia, esta no será admitida en ningún caso.
EL SOBRE “A”, bajo la denominación de “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y GENERAL”, contendrá:
A.1.- Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del empresario:
A.1.1.- Si el solicitante fuera persona jurídica, deberá presentar copia notarial de la escritura de constitución y, en su caso, modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
A.1.2.- Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial del DNI y del NIF.
A.1.3.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su inscripción en un Registro Comercial, cuando así sea exigido por la Legislación del Estado respectivo.
A.1.4.- Los demás empresarios extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea deberán estar a lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, aportando la documentación que en su caso corresponda.
A.1.5.- Cuando dos o más empresarios presenten ofertas conjuntas de licitación, constituyendo uniones de empresarios, cada uno acreditará su capacidad, personalidad y representación debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
A.2.- Documentos acreditativos de la representación:
A.2.1.-Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación expedido por Notario que otorgó la escritura o por quien le sustituya, bastanteado por el Secretario del Ayuntamiento.
A.2.2.-Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil cuando sea exigible legalmente.
A.2.3.-Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su DNI.
A.3.- Documentos que acreditan la solvencia económica, financiera y técnica del contratista, conforme al art. 64 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
A.3.1.- Declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
A.3.2.- Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar cuentas en Registros oficiales podrán optar, como medio de alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
A.3.3.- Declaración relativa al volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto de contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referncias de dicho volumen de negocios.
A.3.4.- Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas, podra acreditar su solvencia económica y financiaera por cualquier otra documentación considerada suficiente por la Administración.
A.4.-. Acreditación de que el concursante no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. Este requisito se justificará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable ante autoridad administrativa, ajustada al modelo que se acompaña como Anexo de este Pliego, o bien ante notario público u organismo profesional cualificado.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial de dicho Estado.
Dicha declaración comprenderá además expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social..
A.5.- Certificación expedida por órgano competente en la que se acredite, según los casos, que la persona física o los administradores de la persona jurídica no está(n) incurso(s) en alguno de los supuestos a que se refieren la Ley 12/1995 de 11 xx xxxx de Incompatibilidades de Altos Cargos, Ley 5/1984 de 23 xx xxxxx modificada por la Ley 4/1990 de 23 xx xxxxx, Ley 53/1984 de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y Decreto 5/1985 de 22 de enero sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y Organismos de ella dependientes.
Dicha certificación comprenderá igualmente a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refiere el párrafo anterior, siempre que, respecto de los últimos, dichas personas ostenten su representación legal.
A.6.- Resguardo de haber consignado a disposición de la Tesorería Municipal la garantía provisional del 3% del presupuesto del contrato, por cualquiera de los medios que regula el artículo 91 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, salvo que se constituya dicha garantía mediante Aval o Seguro de Caución, en cuyo caso tales documentos se incorporarán directamente al expediente de contratación.
A.7.- Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudera corresponder al concursante.
A.8.- Acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, mediante la presentación de los documentos que acrediten hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social dispuestas por las disposiciones vigentes.
EL SOBRE “B bajo la denominación de “OFERTA ECONOMICA”, contendrá:
Sobre B1: Contendrá exclusivamente una sola proposición, expresada conforme al Modelo siguiente:
“MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA.
Don..................................................................................., con DNI nº..............................,
Con domicilio a efectos de notificaciones en calle.............................................., nº..... Código Postal.................., Localidad....................................., Teléfono............................. en nombre propio (o en representación de)........................................., como acredito por .............................
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE 10,00 HAS. DEL IMMUEBLE DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA MUNICIPAL EMDARO AROCHE S.L.U. DENOMINADO “XXXXXXXX XXXXXX-LA BELLEZA” DEL TÉRMINO MUNICIPAL XX XXXXXX PARA LA INSTALACIÓN DE ACTIVIDAD AGRÍCOLA, de propiedad municipal, anunciada en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento , tomo parte en la misma, comprometiendome a obtener la cesión del bien en el precio de .................................. (letra y número), con arereglo al pliego de clausulas económico-administrativas que acepto íntegramente, haciendo constar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público
En..............................................., a.........de.............................................de 20.....
El Empresario.
Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxx (HUELVA).-
Sobre B2: Dado el marcado carácter social que el empresa municipal persigue con el arrendamiento de la finca rústica objeto de este pliego, se considera prioritario por parte del licitador, la aportación de un Proyecto donde se contenga tanto la inversión como una memoria justificativa de su rentabilidad y del interés que supondría el desarrollo de la actividad para el municipio. En este sentido la propuesta de adjudicación se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios y puntuaciones que se indican:
Tipo de licitación al alza: se otorgará 1 punto por cada 1.000 euros adicionales sobre el precio de licitación, hasta un máximo de 10 puntos.
Tipo de actividad a desarrollar, viabilidad económica y técnica del proyecto, hasta 10 puntos.
Número de empleos y estabilidad de los mismos, hasta 20 puntos. Quien contrate más trabajadores tendrá la puntuación máxima y el resto proporcionalmente.
Por cada puesto creado entre los colectivos de jóvenes, mayores de 45 años, desempleados de larga duración, mujeres, personas con discapacidad 1 punto por cada contrato.
Medidas de formación del personal hasta 2 puntos.
Medidas complementarias de minimización de riesgos medioambientales hasta 10 puntos.
12.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.-
Los licitadores solamente podrán presentar una sola proposición en la Secretaría del Ayuntamiento en horario de oficina durante el plazo de VEINTE días naturales contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del Anuncio en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en el Perfil del Contratante.
Perfil del contratante.-
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el Ayuntamiento xx Xxxxxx cuenta con el Perfil del Contrante al que tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxx.xx.
13.- CONSTITUCIÓN DE LA MESA Y APERTURA DE OFERTAS.
1.- Tendrá lugar en el Salón de Plenos del Ayuntamiento a las 12 horas del segundo día hábil siguiente al en que termine el plazo señalado en el apartado 1 de la cláusula anterior.
2.- La calificación de la documentación y defectos u omisiones subsanables se realizará coforme establece la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
3.- Calificados previamente los documentos presentados en tiempo y forma la mesa procederá en acto público a la apertura de las ofertas admitidas y propondrá al órgano de contratación que adjudique el contrato al postor que presente la oferta que en su conjunto este Ayuntamiento considere más ventajosa, que no tendrá porqué ser la más favorable desde el punto de vista económico.
14.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La empresa municipal adjudicará el contrato dentro del plazo xxxxxx xx xxxx días a contar desde el siguiente al de apertura de plicas, en acto público, de las ofertas recibidas, sin que la propuesta de adjudicación que realice la Mesa cree derecho alguno a favor del empresario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya adjudicado definitivamente el contrato.
Previamente la Mesa de Contratación recabará los informes técnicos oportunos antes de la adopción del acuerdo plenario de adjudicación del Concurso.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación provisional, siempre que el adjudicatario haya presentado la acreditación documental de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y constituido la Garantía Definitiva.
15.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
El régimen jurídico del contrato será el regulado por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, respecto de los precepto de aplicación básica que regulan las presentes cláusulas que tienen naturaleza administrativa y se regirá:
En cuanto a su preparación y adjudicación, por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
En cuanto a sus efectos y extinción por las normas de derecho público.
La empresa pública tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el Contrato a la proposición más ventajosa sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el Concurso, motivando en todo caso la Resolución con referencia a los criterios de adjudicación del Concurso que figura en el presente Xxxxxx.
De no dictarse acuerdo de adjudicación en el plazo señalado, el empresario tendrá derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva o cancele la garantía provisional que hubiese prestado, en su caso.
Una vez acordada por el órgano de Contratación la adjudicación del contrato, ésta será notificada al adjudicatario.
16.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contratista, en el plazo máximo de 15 días naturales a contar desde la notificación de la adjudicación deberá acreditar documentalmente haber constituido una garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación en la Tesorería Municipal por cualquiera de los medios previstos en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público.
17.- RÉGIMEN DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Serán causas de resolución del contrato las contenidas en el art. 206 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público y su aplicación se somete a lo dispuesto en el siguiente art. 207 de dicho texto normativo. Igualmente es causa de resolución del contrato el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones fijadas en este pliego de condiciones, las cuales se conceptúana tales efectos como esenciales. La resolución implicará la pérdida de la garantía definitiva, en todo caso, inclusive la terminación del arrendamiento antes del plazo fijado, debiendo abonarse al Ayuntamiento los daños y perjuicios efectivos que se ocasionen.
El contratista estará obligado a indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de las operaciones realizadas que sean requeridas para la ejecución del contrato, tal y como preceptúa el art. 198 en sus apartados 1, 2, 3 y 4 del texto normativo antes mencionado.
Asimismo, el arrendatario está obligado a lo siguiente:
A la utilización de la finca rústica, conforme a su propia naturaleza.
Solicitar las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para el desarrollo de la actividad, sin las que no podrá ejercer la misma en el caso de que la autorización sea preceptiva.
Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los habitantes tanto del municipio como de los municipios colindantes.
Solicitar autorización para la apertura de caminios y pistas de acceso a la explotación, abonando en su caso, los gastos que se deriven de ello.
El concesionario utilizará la finca con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarla en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios, quedando en beneficio de la propiedad, todas las mejoras materiales realizadas en la finca objeto de la cesión.
No podrá utilizar el terreno objeto del contrato para plantaciones de especies forestales no autóctonas, salvo lo imprescindible para el uso y normal desarrollo de la actividad ni destinarse a otros usos que no sean la explotación agraria de los mismos.
Serán de cuenta del arrendatario las actuaciones encaminadas a la limpieza y mantenimiento necesario con el fin de conservar la finca en estado de servir para la explotación a que fue destinado al concertarse el correspondiente contrato. Y en particular los gastos que sean necesarios para la puesta en funcionamiento y el desarrollo de la actividad agrícola a la que va a ser destinada la finca.
No subarrendar la explotación objeto de este contrato.
No ceder los derechos y facultades que se otorgan al arrendatario, salvo a otras empresas del grupo.
Cumplir con las obligaciones relativas a la Hacienda, la Seguridad Social y la Contratación Laboral y Prevención de Riesgos Laborales con respecto a los trabajadores que emplee para el desarrollo de la explotación.
18.- FORMALIZACION DEL CONTRATO.
El contrato se formalizará en documento privado, en todo caso.
A petición del adjudicatario se formalizará en escritura pública siendo a su xxxxx los gasos de otorgamiento. En este caso, vendrá obligdo a la entrega de una copia autorizada a la empresa municipal EMDARO AROCHE S.L.U.
19.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTIA DEFINITIVA.
Aprobada la liquidación del contrato, y transcurrido el plazo de garantía, si no resultasen responsabilidades se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución, conforme al artículo 90 de la Ley 30/2007.
20.- OBRAS E INSTALACIONES.
Para el supuesto de que con motivo de la actividad agrícola sea precisa la realización de obras, instalaciones, etc., sobre la parcela, independientemente de la previa autorización que deberá obtenerse en este caso del Ayuntamiento xx Xxxxxx, estas instalaciones u obras no generarán derecho indemnizatorio alguno a favor del arrendatario a la finalización del contrato.
21.- EXPOSICION DEL EXPEDIENTE Y PLAZOS.
El expediente, con cuantos documentos lo integran, estará de manifiesto desde las 9 a las 13 horas de todos los días hábiles durante el periodo de presentación de proposiciones en los lugares donde se indique en el Anuncio de licitación, donde podrá ser examinado y copiado por quienes lo estimen oportuno.
La apertura de las ofertas admitidas se realizará en acto público en el lugar que se exprese en el anuncio de licitación en la hora y día que asimismo se señale.
Aroche, a 26 de Febrero de 2015.-
El Alcalde-Presidente.
Fdo. X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx..-
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DE NO ESTAR EL CONTRATISTA INCURSO EN PROHIBICION DE CONTRATAR CONFORME AL ARTICULO 49 DE LA LEY 30/2007 DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Ante mí, X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, como Alcalde Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
COMPARECE:
Don/Dña. ................................................... con DNI nº ...........................
En nombre propio.
Como representante legal de la empresa ..........................................
Y declara bajo su responsabilidad que:
La empresa .............................................
(si es persona física, consignar el nombre del empresario individual) posee plena capacidad de obrar y no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades que establece el artículo artículo 49 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público y en el resto de normativa vigente sobre la materia.
Además, declara igualmente que dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con el artículo 49.d), de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
Xxxxxx, x.......de...................................de 2015.-
Por el Ayuntamiento: Por el concursante:
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