CONTRATO DE SUMINISTRO Nº ..001 -2007-UGELS
CONTRATO DE SUMINISTRO Nº ..001 -2007-UGELS
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 0004 -2007-UGELS
MATERIAL DE ENSEÑANZA
Conste por el presente documento que se extiende en original y dos (02) copias, el Contrato de Compraventa que celebran de una parte de la UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA con R.U.C. Nº 20316055631, representado por el Señora CPC Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx TrellesDirectora de Administración identificada con DNI Nº 00000000, con domicilio legal en Av.. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx S/N AH Xxxxxxx Cerro-Sullana quién en adelante se le denominará LA ENTIDAD; y de la otra la…SRA IIRENE XXXXX XXXXXXXX . con domicilio legal en ...MZ L-1 LOTE 25 URB. XXXX XXX XXXXXX XXXXXX-LIMA,,identificada con DNI Nº 00000000 a quien en adelante se denominará el Contratista en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: BASE LEGAL
El presente contrato se basa en las normas legales siguientes:
- Ley No. 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Estado.
- Ley No. 28427 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007.
- Decreto Supremo No. 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante La LEY.
- Decreto Supremo No. 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante EL REGLAMENTO.
CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES
2.1 LA ENTIDAD convocó la Adjudicación Directa SELECTIVA Nº 0004 -2007-, con el objeto de seleccionar y contratar a la persona(s) natural(es) o jurídica(s) que se encargará(n) de suministrar MATERIAL DE ENSEÑANZA”, aprobando las bases administrativas mediante Hoja de Envió N° ..0798-DI................... del 24-04-................2007.
2.2 El Comité Especial designado mediante Resolución Directoral Nº ......272.............del .....15 DE FEBRERO...del 2007, otorgó la buena pro y, luego de consentida, se cumplió con notificar a EL CONTRATISTA a fin de que se apersone para la firma del contrato por el monto de S/. ..................
CLAUSULA TERCERA : OBJETO
El objeto del contrato es el ADQUISICION Y SUMINISTRO DE MATERIAL DE ENSEÑANZA para LA ENTIDAD, la misma que deberá cumplirse de acuerdo a los plazos, cantidades y especificaciones técnicas establecidas en las Bases cuya obligación de cumplimiento recae en EL CONTRATISTA desde el momento de la suscripción del presente documento.
CLAUSULA CUARTA : PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
Forman parte integrante de este contrato, las bases integradas, la propuesta técnica y económica presentada, la declaración jurada de conformidad con el artículo 56º del Reglamento.
CLAUSULA QUINTA : PRECIO
LA ENTIDAD por la adquisición del MATERIAL DE ENSEÑANZA” pagará la suma total de .....VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS Y 00/00 NUEVOS SOLES................ (S/24,500) NUEVOS SOLES en la persona del CONTRATISTA.
CLAUSULA SEXTA : FORMA DE PAGO
El pago se realizará en un plazo no mayor a diez (10) días contados después del informe de conformidad de los bienes al finalizar el internamiento de los suministros mensuales de los mismos, y de acuerdo con la disponibilidad financiera. Para el efecto del trámite del pago, se presentarán y formularán previamente los siguientes documentos:
Orden de Compra – Guía de Internamiento
Factura Comercial en original y copia
Guía de Remisión y/ internamiento
CLAUSULA SETIMA : PLAZO DE ENTREGA
EL CONTRATISTA suministrará los bienes materia del presente contrato, dentro de los ..UN...... (..01.) días, contabilizados a partir de la recepción de la Orden de Compra cuyo plazo de suministro final se materializará indefectiblemente el 31 de Diciembre 2007.
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CLAUSULA OCTAVA: GARANTIA TECNICA
EL CONTRATISTA en sujeción a lo establecido en el Artículo 51º de LA LEY, es el responsable de la calidad ofrecida y de los vicios ocultos de los bienes contratados por un período de .........seis(06)meses, contados a partir de la recepción de los bienes. Los bienes identificados con defectos de fabricación dentro del periodo de garantía, serán reemplazados por EL CONTRATISTA sin ningún costo para LA ENTIDAD en un plazo no mayor de .....UN.. (...01) días de detectada la falla.
CLAUSULA NOVENA: RECEPCION Y CONFORMIDAD DE BIENES
9.1 Los bienes serán recepcionados en el almacén de LA ENTIDAD sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx S/N A.H. Xxxxxxx Cerro,-Sullana donde en presencia del representante de EL CONTRATISTA y el Jefe xx Xxxxxxx ó Comité de Recepción designado por LA ENTIDAD, se procederá a verificar la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, debiendo de realizar las pruebas que fueren necesarias de ser el caso.
9.2 En caso de existir observaciones, se levantará un Acta de Observaciones en la que se indique claramente en que consisten estas, concediéndose a EL CONTRATISTA un plazo prudencial para su subsanación, siempre que las observaciones no constituyan obligaciones esenciales de EL CONTRATISTA.
9.3 La recepción conforme no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos o vicios ocultos.
9.4 EL CONTRATISTA declara someterse a la responsabilidad que determina el CODIGO PENAL en su artículo 239º por la entrega de bienes distintos a los ofertados y solicitados por LA ENTIDAD.
CLAUSULA DECIMA: PENALIDADES Art. 222º
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la entrega de los bienes, LA ENTIDAD le aplicará a EL CONTRATISTA, una penalidad por cada día de retraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) del monto total del contrato.
La penalidad por cada día de atraso se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
0.10 x Monto del Contrato
Penalidad diaria ----------------------------------
F x Plazo en días
Donde F = 40
Plazo de días = Plazo de entrega
Cuando se llegue a cumplir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la garantía de fiel cumplimiento y la garantía adicional por el monto diferencial de propuesta, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir; así como procederá a comunicar este hecho al CONSUCODE.
Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías. La xxxx es automática
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: CESION DE POSICION CONTRACTUAL
11.1 EL CONTRATISTA está totalmente impedido de realizar cesión de posición contractual alguna, así como no podrá Sub Contratar con terceros total ni parcialmente la compraventa del bien materia del presente contrato.
11.2 El incumplimiento de esta cláusula por parte de EL CONTRATISTA faculta a LA ENTIDAD a resolver el contrato en forma inmediata, siendo suficiente para ello la remisión de una carta notarial,
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
LA ENTIDAD podrá resolver el presente contrato bajo las siguientes cláusulas:
Incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese haber sido requerido para ello;
EL CONTRATISTA llegue a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo;
EL CONTRATISTA paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese haber sido requerido para corregir tal situación.
LAS PARTES podrán resolver el presente contrato de mutuo acuerdo por causa no atribuibles a ellas o por caso fortuito o de fuerza mayor, generados por hechos extraordinarios e imprevisibles, ajenos a la voluntad o actuación de las partes. Las causas de fuerza mayor o caso fortuito serán invocadas por escrito detallando su naturaleza, comienzo, duración y consecuencias, acreditándolas fehaciente e indubitablemente con documento público. En los supuestos de caso fortuito LA ENTIDAD, liquidará, en forma exclusiva la parte efectivamente ejecutada por EL CONTRATISTA.
Para resolver el contrato, se seguirá el procedimiento establecido en el Artículo 226° del Reglamento.
Salvo caso fortuito o fuerza mayor, la resolución del contrato generará las sanciones y penalidades previstas en el presente documento y en lo normado por la Ley y el Reglamento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: DE LA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO
En los casos de duda, ambigüedad y/o desacuerdo sobre la interpretación del contrato, éstos deberán ser interpretados en sentido integral de acuerdo a lo expresado en el texto del mismo, en sus propuesta técnica y económica, en los documentos derivados del proceso de selección que establecen obligaciones y las bases administrativas integradas.
CLÁUSULA DECIMO CUARTO : DE LAS MODIFICACIONES
Sólo podrán modificarse los términos y condiciones del presente contrato mediante acuerdo escrito entre las partes, formalizados a través del Addendum respectivo; salvo aquellas reguladas expresamente por la LEY y el REGLAMENTO.
CLAUSULA DECIMO QUINTA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN LA EJECUCION CONTRACTUAL.
Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo relacionado con la ejecución y/o interpretación del presente contrato, serán resueltas en forma definitiva mediante arbitraje de derecho conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y la Ley General de Arbitraje
CLAUSULA DECIMO SEXTA : FINALIZACION DEL CONTRATO
El contrato finaliza con la conformidad de la orden de compra o de servicio de haber cumplido cabalmente las obligaciones contractuales.
CLAUSULA DECIMO SETIMA : FORMA DE ENTREGA Y PRESENTACIÓN
La entrega del MATERIAL DE ENSEÑANZA” deberá realizarse en perfectas condiciones con el fin de protegerlos de la humedad, golpes y otros agentes, posibles sustracciones, su entrega final se realizará en el almacén de LA ENTIDAD, sito en el Av. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx S/N A.H Xxxxxxx Cerro -Sullana
CLAUSULA VI. DECIMO OCTAVA- CONDICIONALIDAD DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El cumplimiento del presente contrato se condicionará al presupuesto que se le asigne a LA ENTIDAD, de conformidad a la Política Económica del Gobierno Central.
CLAUSULA DECIMO OCTAVA: DOMICILIO .
Las partes señalan como domicilio legal las indicadas en la parte introductoria del presente contrato, lugares donde se les cursará válidamente las notificaciones xx Xxx.
Los cambios domiciliarios que pudieran ocurrir serán comunicados notarialmente al domicilio legal de la otra parte con cinco (05) días de anticipación.
CLAUSULA DECIMO NOVENA : DE LA COMUNICACIÓN ENTRE LAS
PARTES
Cualquier comunicación que deba efectuarse entre las partes, se tendrá por bien dirigida cuando se envíe al domicilio consignado en la parte introductoria del presente documento.
CLÁUSULA VIGESIMO PRIMERA: DE LA INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS.
Durante la vigencia del presente contrato como después de su expiración, EL CONTRATISTA indemnizará a LA ENTIDAD por los daños y perjuicios que sean resultado de acto ilícito o de su incumplimiento y/o de su personal.
CLAUSULA VIGESIMO SEGUNDA: VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO
22.1 El presente contrato entrará en vigencia al día siguiente de suscrito el presente documento contractual, hasta el 31de Diciembre 2007por tanto sus efectos relacionados con las obligaciones y derechos de ambas partes podrán ser motivo de reclamo únicamente después de cumplirse el requisito mencionado.
23.2 En todos los aspectos no contemplados en el presente contrato se aplicarán las normas señaladas la LEY y su REGLAMENTO.
En señal de conformidad y ratificación de los términos que contiene el presente Contrato, lo suscriben las partes en original y tres copias de igual valor en la ciudad de Sullana a los ...dieciséis días del mes xx xxxx del 2007
CPC.XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX INOCENTE
ADMINISTRADORA
UGEL SULLANA
LA ENTIDAD EL CONTRATISTA