Contract
Contrato de Compraventa de Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo, que celebran por una parte La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial Mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría” y por la otra parte la empresa S.O.S. en Computación, S.A. de C.V., representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, en su calidad de Representante Legal, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Proveedor”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes: ----------------------
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ANTECEDENTES:
A. Con fecha 19 de Diciembre de 2007, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-082-07 relativa a la compraventa de Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo dependiente de “La Secretaría”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 45 del Decreto No. 837 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal de 2007 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -------------------------------------
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B. Con fecha 27 de Diciembre de 2007, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de referencia.----
C. Con fecha 28 de Diciembre 2007, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-082-07 relativa a la compraventa de Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo dependiente de “La Secretaría”, siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la Cláusula Primera de este contrato se indica en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B.---------------------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARÍA”
I.1. Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, que se encuentra facultada para la celebración del presente contrato en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 y 213 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 45 del Decreto No. 837 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2007.-------------------------------------------
I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Oficial Mayor, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz
xx Xxxxxxx de la Llave, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12, 14 fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.----------------------------------------------------------
I.3. Que cuenta con los recursos suficientes en la Partida Presupuestal 5206 para cubrir el monto de los bienes pactados en el presente contrato.-------------------------------------------------------------------------------------------
I.4. Que es su Voluntad celebrar el presente contrato con “El Proveedor” bajo la modalidad de Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-082-07 relativa a la compraventa de Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo dependiente de “La Secretaría”, de conformidad con los artículos 26 fracción II, 36, 37, 39, 54, 56, 57 y 58 y demás relativos y aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el Kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa-Veracruz, Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. DE “EL PROVEEDOR”
II.1. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida conforme a las Leyes Mexicanas cuyo objeto social es la Compraventa de equipo de cómputo, accesorios, prestación de servicio técnico especializado en reparación, comercialización y mantenimiento de los mismos, justificada con la Escritura Pública No. 16,222 de fecha 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Notario Xxxxxxx Xx. 00, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx.----------------------------------------------------
II.2. Que su representante legal acredita su personalidad en el instrumento legal señalado en la declaración que antecede.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.3. Que acredita su actividad empresarial mediante el R.F.C. No. SOS-950921-DF9 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II.4. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en 00 xx Xxxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 0,000, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Teléfono 00 (000) 0-00-00-00, 9-37- 92-12 y Fax 00 (000) 0-00-00-00 y 01 800 0000 767, en Veracruz, Veracruz.------------------------------------------
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II.5. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes requeridos por “La Secretaría”.
II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los casos de impedimento para la celebración del presente contrato, establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende y se obliga a entregar a “La Secretaría” los Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo, mismos que a continuación se detallan:
- PARTIDA | DESCRIPCIÓN | U.M. | CANT. | P.U. | TOTAL |
1 | SERVIDOR PARA MONTAJE EN RACK CON 2 PROCESADORES INTEL XEON QUAD CORE I,86GHZ, MARCA Y MODELO: DELL POWEREDGE 2950: PROCESADOR: 2 PROCESADOR INTEL XEON CUÁDRUPLE L5320, 2X4MB CACHE, 1.86GHZ, BUS: FRONTAL DE 1066 MHZ. . MEMORIA DEL SISTEMA: 4 GB 667MHZ 667MHZ (4X1 GB) DE MEMORIA DIMM EN BÚFER CON ECC EXPANDIBLE A 32 GB. GRÁFICOS: CONTROLADOR ATI RN50 INTEGRADO CON 16 MB DE SDRAM, ALMACENAMIENTO: SAS DE 3,5 PULGADAS (10,000 RPM): 4 DISCOS DUROS DE 300 GB EN CALIENTE, TARJETA CONTROLADORA DE DISCOS: PERC5N INTEGRADO, (CONTROLADOR SAS RAID DE 3,0 GB/S CON CACHÉ DE COPIA DE SEGURIDAD EN MEMORIA DE 256 MB), UNIDAD DE RESPALDO POWERVAULT PV110T, LTO-2-L, 200/400GB EXTEMA VIA SCSI U320 INCLUYE TARJETA Y CABLE PARA SU CONEXIÓN, UNIDAD DE DVD-RW, INTERFAZ DE RED: 10/100/1000 GIGABIT DUAL INTEGRADA BROADCOM@ NETXTREME II 5708 GIGABIT, 2 TARJETAS HBA DE FIBRA CANAL ÓPTICA QLOGIC 2462 DE CANAL DUAL, 4 GB, PCLE, RANURAS DE EXPANSIÓN: CANAL 1: RISER DE 3PCI-E SLOT, INTERFAZ DE ENTRADA/SALIDA: 1 VGA; 3 USB, 1 SERIAL, 2 RJ-45, 1 PUERTO USB PARA MOUSE Y TECLADO. TECTADO Y MOUSE, MARCA DELL. FUENTE DE ALIMENTACIÓN REDUNDANTE CON CABLES EN Y MONITOR: LCD DE 15" SVGA RESOLUCIÓN DE 1280 X 768 MARCA DELL, SISTEMA OPERATIVO: MICROSOFT WINDOWS SERVER 2003 R2, STANDARD EDITION. GARANTÍA: 3 AÑOS EN SITIO. INCLUYE CD DE RECUPERACIÓN CON LOS DRIVERS INCLUIDOS DE LOS DISPOSITIVOS OFERTADOS Y RIELES DESLIZANTES RÁPIDOS/VERSA Y BRAZO, ADMINISTRADOR DE CABLES, UNIVERSAL PARA MONTAJE EN RACK. SE ANEXAN CARTA DE FABRICANTE, CUMPLE CON LA NORMA OFICIAL MEXICANA E ISO9001 Y/O ISO9002 VIGENTES. ES OBLIGADO SOLIDARIO JUNTO CON EL OFERTANTE PARA ESTA LICITACIÓN MANIFIESTE GARANTIA MINIMA DE 3 AÑOS, EN SITIO, EN TODAS SUS PARTES, OTORGADA POR EL FABRICANTE. | Pieza | 1 | $99,494.00 | $99,494.00 |
2 | COMPUTADORA DE ESCRITORIO INTEL DUAL CORE DE 1,80GHZ CON MONITOR LCD DE 15” MARCA Y MODELO: DELL OPTIPLEX GX330 MINITORRE. PROCESADOR: INTEL PENTIUM@ DUAL CORE E2160 (1.80GHZ, 1 M). BUS: FRONTAL DE 800 MHZ, MEMORIA EL SISTEMA: 1 GB TIPO DDR2 EN UN MÓDULO A 667 MHZ. EXPANDIBLE A 4 GB. GRAFICOS: INTEGRADOS INTEL GRAPHICS MEDIA ACCELEFATOR 3100 CON HASTA 256MB DE VIDEO COMPARTIDO, AIMACENAMIENTO: DISCO DURO DE 320 GB SATA 7200RPM. UNIDAD OPTICA: 16X DVD+/-RW SATA, DRIVE DE 3.5" DE 1.44 MB, INTERFAZ DE RED: TARJETA DE RED INTEGRADA AL MOTHERBOARD 10/100/1000 RJ45 BASE- TX. FAX/MODEM PCI. RANURAS DE EXPANSIÓN: 2 PCT DE BAJO PERFIL, 1 PCLE X16 DE BAJO PERFIL PARA TARJETAS DE GRÁFICOS ANTES DE CONFIGURAR BAHIAS DE ALMACENAMIENTO: 2 INTERNOS DE 3,5", 1 EXTEMO DE 3,5", | Pieza | 18 | $10,294.00 | $185,292.00 |
2 EXTEMOS DE 5,25". INTERFAZ DE ENTRADA/SALIDA: 1 VGA, 8 PUERTOS USB 2.0, 2 FRONTALES Y 6 POSTERIORES, 1RJ- 45, 1RJ-11, 1 CONECTOR PARA SALIDA DE AUDIO, 1 CONECTOR PARA MICRÓFONO, 1 PUERTO USB PARA MOUSE, 1 PUERTO USB PARA TECLADO.1 PUERTO PARALELO.1 PUERTO SERIAL. TEDADO: TEDADO EXPANDIDO EN ESPAÑOL USB MARCA DELL, RATÓN: DE 2 TECLAS CON SCROLL: CONECTOR USB MARCA DELL, AUDIO: AUDIO INTEGRADO AL MOTHERBOARD COMPATIBLE CON SOUNDBLASTER. BOCINAS: DE LA MISMA MARCA. DELL CPU, MONITOR LCD DE 15" SVGA RESOLUCIÓN DE 1280 X 1024 MARCA DELL, SISTEMA OPERATIVO: MICROSOFT WINDOWS XP HOME, GARANTÍA: 3 AÑOS EN SITIO Y MANO DE OBRA A DOMICILIO, INCLUYE: CD DE RECUPERACIÓN CON LOS DRIVERS INCLUIDOS DE LOS DISPOSITIVOS OFERTADOS. PRESENTA CARTAS DEL FABRICANTE O DISTRIBUIDOR MAYORISTA DONDE SE MANIFIESTE LO SIGUIENTE: SE ANEXAN CARTA DE FABRICANTE, CUMPLE CON LA NORMA OFICIAL MEXICANA E IS09001 YLO IS09002 VIGENTES. ES OBLIGADO SOLIDARIO JUNTO CON EL OFERTANTE PARA ESTA LICITACIÓN, MANIFIESTE GARANTÍA MÍNIMA DE 3 AÑOS, EN SITIO, EN TODAS SUS PARTES, OTORGADA POR EL FABRICANTE. | |||||
SUBTOTAL | $284,786.00 | ||||
IVA | $42,717.90 | ||||
TOTAL | $327,503.90 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $327,503.90 (Trescientos Veintisiete Mil Quinientos Tres Pesos 90/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente requisitada fiscalmente. El pago se efectuará a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica.-----------------------------------------------------
TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la Prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx No. 43, Colonia Viveros, del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, con previo aviso a los teléfonos 0-00-00-00, 0-00-00-00 extensión 104 y 000-00-00, en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas --------------------------------------------------------------------
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CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de
15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción de este contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago.
QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término establecido en la Cláusula Primera de este Contrato, contado a partir de su entrega total, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.
SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los suministros y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (Diez por Ciento) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $28,478.60 (Veintiocho Mil Cuatrocientos Setenta y Ocho Pesos 60/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. --------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. “El Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la Cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro. -----
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OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -----------------------------------------------------
NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. ------------------------------------
DÉCIMA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. Asimismo, ambas partes convienen la rescisión de este contrato sin responsabilidad administrativa para “La Secretaría” y sin necesidad de declaración judicial, en caso de insuficiencia o cancelación de la disponibilidad presupuestal correspondiente.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato. ------------------------
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DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la Licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA TERCERA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.-----------------------------------------------------------------
DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.----------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.------------------------------------------------------------------------------------
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Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los Veintiocho días del mes de Diciembre de Dos Mil Siete.
Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Oficial Mayor
Por “El Proveedor”
S.O.S. en Computación, S.A. de C.V.
Lic. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Representante Legal
Contrato de Compraventa de Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo, que celebran por una parte La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Oficial Mayor, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría” y por la otra parte la empresa Capacitación de Computadoras de Veracruz, S.A. de C.V., representada en este acto por el Fis. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en su calidad de Representante Legal, a quien en lo subsecuente se le designará como “El Proveedor”, de conformidad con los Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES:
A. Con fecha 19 de Diciembre de 2007, “La Secretaría”, a través de la Oficialía Mayor, envió oficios donde se les formuló una invitación a varias empresas y funcionarios de la misma dependencia, asimismo a la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a la Contraloría General; para participar en la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-082-07 relativa a la compraventa de Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo dependiente de “La Secretaría”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 45 del Decreto No. 837 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal de 2007 y 1, 9, 10, 26 fracción II, 43, 56, 57, 58 y demás relativos aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -------------------------------------
B. Con fecha 27 de Diciembre de 2007, se celebró la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones respecto a la licitación señalada en el inciso anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, y base quinta de las bases de participación de la licitación de referencia.----
C. Con fecha 28 de Diciembre 2007, se llevo a cabo la Notificación de Fallo de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-082-07 relativa a la compraventa de Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo dependiente de “La Secretaría”, siendo favorecido “El Proveedor” en las partidas de la licitación que en la Cláusula Primera de este contrato se indica en acatamiento a lo estipulado en el artículo 44 de la Ley citada en el antecedente B.---------------------------------------------------------
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “LA SECRETARÍA”
I.1. Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, que se encuentra facultada para la celebración del presente contrato en términos de los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 1, 2, 4, 9 fracción IV, 10, 11, 15, en relación con los artículos 21 y 22 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 186 y 213 del Código Financiero para el Estado Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 45 del Decreto No. 837 del Presupuesto de Egresos para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, para el Ejercicio Fiscal 2007.-------------------------------------------
I.2. Que la personalidad jurídica del C. Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Oficial Mayor, para celebrar a nombre de “La Secretaría” en los términos del presente contrato, se acredita con el nombramiento expedido a su favor, por el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Secretario de Educación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, así como por las facultades conferidas en los artículos 4 fracción I, 12, 14 fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.----------------------------------------------------------
I.3. Que cuenta con los recursos suficientes en las Partidas Presupuestales 5206 y 5205 para cubrir el monto de los bienes pactados en el presente contrato.-------------------------------------------------------------------------
I.4. Que es su Voluntad celebrar el presente contrato con “El Proveedor” bajo la modalidad de Licitación Simplificada No. LS-GEV-23-082-07 relativa a la compraventa de Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo dependiente de “La Secretaría”, de conformidad con los artículos 26 fracción II, 36, 37, 39, 54, 56, 57 y 58 y demás relativos y aplicables de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
I.5. Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en el Kilómetro 4.5 de la Carretera Federal Xalapa-Veracruz, Colonia S.A.H.O.P. con Código Postal 91190 y R.F.C. No. SED9905019C2.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. DE “EL PROVEEDOR”
II.1. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida conforme a las Leyes Mexicanas cuyo objeto social es la de Prestar y Comercializar Servicios multidisciplinarios para la realización y desarrollo de estudios y proyectos relacionados con los Sectores Publico, Privado y Social del país o del extranjero en materia de: Desarrollo Social y Organizacional, Diseño e Instrumentación de Sistemas, justificada con la Escritura Pública No. 3,721 de fecha 7 xx Xxxxxx de 1993, pasada ante la fe del Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Notario Xxxxxxx Xx. 00, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx.----------------------------------------------------
II.2. Que su representante legal acredita su personalidad en el instrumento legal señalado en la declaración que antecede.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.3. Que acredita su actividad empresarial mediante el R.F.C. No. CCV-930807-5F6 expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II.4. Que señala como su domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx Xx. 00, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Teléfono 00 (000) 0-00-00-00 y Fax 01 (229) 9-35- 50-64 en Veracruz, Veracruz.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.5. Que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera suficiente para el suministro de los bienes requeridos por “La Secretaría”.
II.6. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los casos de impedimento para la celebración del presente contrato, establecidos en el artículo 45, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles para el Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
C L Á U S U L A S:
PRIMERA: Objeto. “El Proveedor” vende y se obliga a entregar a “La Secretaría” los Bienes Informáticos para la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo, mismos que a continuación se detallan:
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | U.M. | CANT. | P.U. | TOTAL |
3 | IMPRESORA LÁSER BLANCO Y NEGRO DE 35PPM | Pieza | 10 | $9,654.00 | $96,540.00 |
MARCA Y MODELO: DELL 5210N TECNOLOGÍA DE IMPRESIÓN: LASER. VELOCIDAD DE IMPRESIÓN: 35 PÁGINAS POR MINUTO. CALIDAD DE IMPRESIÓN: 1200 X 1200 DPI. TIEMPO DE IMPRESIÓN DE LA PRIMERA COPIA: MENOR A 8 SEGUNDOS. PROCESADOR: 400 MHZ MÍNIMO, MEMORIA RAM: 64 MB, CONECTIVIDAD: 1 PUERTO USB Y 1 PUERTO DE RED ETHERNET 10/100 BASETX (RJ45). PUERTO PARALELO. LENGUAJES: EMULACIÓN POSTSCRIPT 3 Y PCL 6 MÍNIMO BANDEJAS DE PAPEL: 1 BANDEJA DE 250 HOJAS. TAMAÑOS SOPORTADOS: SOBRE, EJECUTIVO, LEGAL, CARTA, OFICIO, CAPACIDAD PARA IMPRIMIR EN PAPEL, TRANSPARENCIAS, SOBRES, ETIQUETAS, CARTULINA. INCLUYE: CABLE DE PODER, 1 TONER, MANUALES, SOFTWARE D ADMINISTRACIÓN DE IMPRESORA EN RED, CONTROLADORES Y CABLE USB. COMPATIBLE CON SISTEMAS OPERATIVOS: CARTAS DE APOYO DEL FRABRICANTE, WINDOWS Y MAC, CUMPLA CON LA NORMA OFICIAL MEXICANA E 1509001 Y/D 1509002 VIGENTES. ES OBLIGADO SOLIDARIO JUNTO CON EL OFERTANTE PARA ESTA LICITACIÓN MANIFIESTE GARANTIA MINIMA DE 3 AÑOS, EN SITIO, EN TODAS SUS PARTES, OTORGADA POR EL FABRICANTE. | |||||
4 | NO BREAK: MARCA Y MODELO: CENTRALION 2200. CAPACIDAD: CAPACIDAD DE 2200VA /1320 WATTS CON REGULADOR INTEGRADO. CONTACTOS: 6 CONTACTOS NEMA 5-15R RESPALDADOS, REGULADOS Y PROTEGIDOS. ENTRADA DE VOLTAJE: DE 120V/127 VCA. SALIDA DE VOLTAJE: DE 120 VCA +/- 10% EN LINEA, +/- 5% EN BATERIA FACTO DE POTENCIA: 0,6. CON AUTO SENSING DE FRECUENCIA DE ENTRADA. FRECUENCIA DE POTENCIA: 60HZ +/- 1 HZ. ONDA DE SALIDA: SENOIDAL. TIEMPO DE RESPALDO A MEDIA CARGA: 60 MINUTOS DE TDR A MEDIA CARGA APROXIMADAMENTE. PUERTOS: RS-232. CIRCUITOS DE PROTECCIÓN: SOBRECALENTAMIENTO, SOBRECARGA, CORTO CIRCUITO. CIRCUITOS DE PROTECCIÓN DE BATERIA: SOBREVOLTAJE, BAJO VOLTAJE. GARANTA: I AÑO. | Pieza | 12 | $3,741.00 | $44,892.00 |
6 | CAMARA WEB: MARCA Y MODELO: GENIUS E312. TIPO DE DISPOSITIVO: CAMARA WEB A COLOR. RESOLUCIÓN DE IMAGEN FIJA: 1280 X 960. SENSOR DE IMAGEN: CMOS. AJUSTE XX XXXX: MANUAL. INTERFACES: USB. INCLUYE: CABLE USB Y CONTROLADORES. GARANTÍA: 1 AÑO. | Pieza | 5 | $234.00 | $1,170.00 |
SUBTOTAL | $142,602.00 | ||||
IVA | $21,390.30 | ||||
TOTAL | $163,992.30 |
SEGUNDA: Forma de Pago. “La Secretaría” se compromete a pagar a precio fijo a “El Proveedor” la cantidad de $163,992.30 (Ciento Sesenta y Tres Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos 30/100 M.N.) incluido el 15% del Impuesto al Valor Agregado, cantidad que será pagada dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente
requisitada fiscalmente. El pago se efectuará a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, mediante transferencia electrónica.-------------------------------------------------
TERCERA: Lugar de Entrega. Los bienes deberán ser entregados libre a bordo en el almacén de “La Secretaría” ubicado en la Prolongación de Xxxx Xxxxx Xxxxxxx y Xxxxx No. 43, Colonia Viveros, del Municipio de Banderilla, Veracruz. Las entregas deberán realizarse coordinadamente con el almacén, con previo aviso a los teléfonos 0-00-00-00, 8-12-58-04 extensión 104 y 000-00-00, en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas --------------------------------------------------------------------
CUARTA: Plazo de Entrega. “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de
15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción de este contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago.
QUINTA: Garantía de los bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término establecido en la Cláusula Primera de este Contrato, contado a partir de su entrega total, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.
SEXTA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los suministros y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (Diez por Ciento) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $14,260.20 (Catorce Mil Doscientos Sesenta Pesos 20/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
SÉPTIMA: Vigencia de la Fianza. “El Proveedor” queda obligado a mantener vigente la Fianza mencionada en la Cláusula anterior por el término de 1 (un) año y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente, en la inteligencia que dicha Fianza, solo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. La institución afianzadora se somete al procedimiento administrativo de ejecución que establecen los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas con exclusión de cualquier otro. -----
OCTAVA: Incremento. “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. -----------------------------------------------------
NOVENA: Pena Convencional. “El Proveedor” se compromete a pagar a “La Secretaría” como pena convencional un 5 (cinco) al Millar por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente contrato, mismo que será deducido proporcionalmente del importe total a pagar, con sujeción en lo
establecido en el artículo 62 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. ------------------------------------
DÉCIMA: Rescisión de Contrato. “La Secretaría” podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por ”El Proveedor”, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 79, 80 y 81 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. Asimismo, ambas partes convienen la rescisión de este contrato sin responsabilidad administrativa para “La Secretaría” y sin necesidad de declaración judicial, en caso de insuficiencia o cancelación de la disponibilidad presupuestal correspondiente.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA PRIMERA: Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “La Secretaría”. Queda entendido y aceptado expresamente por “La Secretaría” y “El Proveedor” que el pago por resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de la rescisión del contrato, no podrá exceder del monto total del valor del presente contrato. -----------------------
DÉCIMA SEGUNDA: Incumplimiento. “El Proveedor” acepta y reconoce que en caso de incumplimiento en el sostenimiento de su oferta, como se establece en la base Décima Octava de las Bases de la Licitación que originan este contrato o a las obligaciones pactadas en este instrumento legal, se hará acreedor a las sanciones consistentes en multa de cien a mil xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la capital del Estado, en la fecha que se cometa la infracción; y prohibición para participar en los procesos de licitación durante dos años, de conformidad con el artículo 73 fracciones I y II de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA TERCERA: Capacidad. “El Proveedor” acepta que “La Secretaría” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes, así como realizar visitas a las instalaciones de “El Proveedor” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad.----------------------------------------------------------------
DÉCIMA CUARTA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas.-----------------------------------------------------------------------
DÉCIMA QUINTA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales comunes de la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro.-----------------------------------------------------------------------------------
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; a los Veintiocho días del mes de Diciembre de Dos Mil Siete.
Por “La Secretaría”
Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Oficial Mayor
Por “El Proveedor” Capacitación de Computadoras de Veracruz,
S.A. de C.V.
Fis. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Representante Legal